2. Es un conjunto orgánico y
estructurado, conformado por
subsistemas, niveles y
modalidades, de acuerdo con las
etapas del desarrollo humano. Se
basa en los postulados de unidad,
corresponsabilidad,
interdependencia y flexibilidad.
Integra políticas, planteles,
servicios y comunidades para
garantizar el proceso educativo y
la formación permanente de la
persona sin distingo de edad, con
el respeto a sus capacidades, a la
diversidad étnica, lingüística y
cultural, atendiendo a las
necesidades y potencialidades
locales, regionales y nacionales.
Características del
Sistema Educativo
Venezolano
No es descentralizado
Los principios fundamentales del (SEV)
están contemplados en la Constitución
Nacional y en la Ley Orgánica de Educación.
La educación en Venezuela es gratuita y
obligatoria entre los 7 y los 14 años de
edad.
El Estado garantiza la gratuidad de la
enseñanza pública secundaria y
universitaria.
3.
4. Además, se considera a la educación como
un servicio público y como una función
primordial e indeclinable del Estado. Así
como un derecho permanente e
irrenunciable de la persona.
Asimismo, el sistema educativo se
fundamenta en principios de unidad,
coordinación, factibilidad, regionalización,
flexibilidad e innovación".
Los principios fundamentales del
Sistema Educativo Venezolano están
contemplados en la Constitución
Nacional y en la Ley Orgánica de
Educación. Estos principios
constitucionales se expresan en la Ley
Orgánica de Educación, al fijar como
objetivos de la educación, el pleno
desarrollo de la personalidad, la
formación de ciudadanos aptos para la
vida, el ejercicio de la democracia, el
fomento de la cultura y el espíritu de
solidaridad humana.
5. La educación en Venezuela es gratuita y obligatoria entre los 7 y los 14
años de edad; asimismo, el Estado garantiza la gratuidad de la enseñanza
pública secundaria y universitaria. La evolución de la alfabetización ha sido
creciente y especialmente acelerada durante el periodo 1950-1990; la tasa
de alfabetización en los habitantes de más de 10 años pasó del 51,2% en 1950
al 92,7% en 1994.
El Sistema Educativo Venezolano (según el Artículo 16 de la L.O.E.) está
comprendido por niveles y modalidades. Los niveles se refieren a: la
Educación Preescolar, la Educación Básica, la Educación Media Diversificada y
Profesional y la Educación Superior. En cuanto a las modalidades del Sistema
Educativo se tiene: la Educación Especial, la Educación para las Artes, la
Educación Militar, la Educación para la Formación de Ministros de Culto, la
Educación para Adultos y la Educación Extra-escolar.
6. • Constituye el primer nivel
obligatorio del SEV
• Primer nivel del SEV, cuya finalidad
es facilitar y mediar la formación
integral del niño o niña, apoyando su
desarrollo y crecimiento.
• Comprende las siguientes fases:
maternal (0 a 3 años) y la preescolar
obligatoria (3 a 6 años).
• Debe brindar atención integral de
calidad a la población infantil con la
participación de la familia y la
comunidad
7. Objetivos
Son de desarrollo no de aprendizaje, y
aunque el desarrollo lleva consigo el
aprendizaje, busca que el niño desarrolle:
Su autonomía e identidad personal,
requisitos para que progresivamente se
reconozca en su identidad cultural y
nacional.
Formas sensibles de relación con la
naturaleza que lo preparen para el cuidado
de la vida en sus diversas manifestaciones.
Su socialización a través del lenguaje del
trabajo grupal y la cooperación con otros
niños y adultos.
Formas de expresión creativa a través del
lenguaje, de su pensamiento y de su cuerpo,
lo cual permitirá adquirir aprendizajes
formales.
Un acercamiento sensible a los distintos
campos del arte y la cultura, expresándose
por medio de diversos materiales y técnicas.
8. Debe promover la formación integral, base para el aprendizaje y el
desarrollo humano de cada persona. Posee políticas de orientación pre-
vocacional y de formación en, por y para el trabajo.
Es el segundo nivel de la educación obligatoria y comprende nueve
años de estudio al cabo de los cuales se otorga la certificación
correspondiente.
Se organiza en tres etapas sucesivas: la Primera Etapa abarca 1°,
2° y 3° grado; Segunda Etapa incluye 4°, 5° y 6° grado y la Tercera
Etapa comprende 7°, 8° y 9° grado. La educación formal ofrecida en
este nivel es gratuita y obligatoria para toda la población en edad
escolar como servicio público garantizado por el Estado venezolano.
9. OBJETIVOS
La formación integral del educando.
La formación para la vida.
La formación para el ejercicio de la democracia.
El fomento de un ciudadano capaz de participar activa,
consciente, y solidariamente en los procesos de transformación
social.
El desarrollo de una conciencia ciudadana para la conservación,
defensa, y mejoramiento del ambiente y la calidad de vida y
para el uso racional de los recursos naturales.
El desarrollo de sus destrezas y su capacidad científica, técnica,
humanística y artística.
El inicio de la formación en el aprendizaje de disciplinas y
técnicas que le permitan el ejercicio de una función socialmente
útil.
El desarrollo de las capacidades del ser, conocer, hacer y
convivir de cada individuo de acuerdo con sus aptitudes.
La dignificación del ser.
10. La educación media diversificada y
profesional está articulada
curricular y administrativamente
con la educación superior. La
Educación Media tiene por finalidad
profundizar los conocimientos
científicos, humanísticos y
tecnológicos de los estudiantes, así
como continuar con su formación
ética y ciudadana y
particularmente;
11. prepararlos para su incorporación digna y eficaz al
mercado de trabajo y para proseguir sus estudios en
educación superior, constituye el tercer nivel educativo,
cuya duración es de 3 años.
Tiene una duración de 3 años. Acredita con el Título de
bachiller. Quienes hayan aprobado los requisitos
establecidos obtendrán el título de Técnico
Profesional.
12. Las Instituciones de Educación Superior y
en especial las Universidades
desempeñan un rol de suma importancia
en la formación de recursos humanos del
más ato nivel y en la creación,
desarrollo, transferencia y adaptación de
tecnología de manera que lo que ellas
hacen para responder adecuadamente a
los requerimientos de la sociedad
moderna se constituye en un imperativo
estratégico para el desarrollo nacional.
Las Universidades son reconocidas cada
vez más como un instrumento de
desarrollo de ciudades, regiones y países,
y están consideradas como un factor
clave para incrementar la competitividad
y calidad de vida.
13. En primer lugar es perfectamente funcional, pues
satisface las demandas de la sociedad.
No constituye un nivel obligatorio del SEV
Se desarrolla en: Institutos Técnicos Superiores y
Universidades Publicas y Privadas.
Corresponde a la formación en distintas áreas.
Comprende los niveles de pregrado y postgrado
universitarios. La duración, requisitos, certificados y
títulos de los niveles del subsistema de educación
universitaria estarán definidos en la ley especial.
14. Educación Especial
Tiene como objetivo atender a
aquellas personas cuyas
características físicas,
intelectuales o emocionales les
impida adaptarse y progresar en
los diferentes niveles del sistema
educativo. Igualmente presta
atención especializada a aquellas
personas que posean aptitudes
superiores a lo normal. La
Educación Especial está
enmarcada en el derecho a una
educación de calidad para todos
que de respuesta a la diversidad.
Es una variante escolar del sistema
educativo venezolano que se inscribe
en los mismos principios y fines de la
Educación, en general manteniendo
una relación de interdependencia con
el resto del Sistema. Representa la
garantía del derecho a la educación
para las Personas con Retardo Mental,
Autismo, Deficiencias Visuales,
Deficiencias Auditivas, Dificultad del
Aprendizaje, Talento e Impedimentos
Físicos desde temprana edad hasta la
adultez.
15. Educación de Adultos
Es la parte del sistema educativo a quien le compete lo relativo a
los servicios educativos que el Estado venezolano proporciona a
las personas mayores de 15 años
Abarca una educación básica, media diversificada y profesional
con salidas a la educación superior y capacitación en un oficio,
garantizando competencias básicas para la incorporación al campo
laboral, combinando estrategias flexibles que proporcionan al
adulto desarrollo personal, social, cultural, comunitario y
económico en pro del bienestar común y de la sociedad.
16. Educación Militar
Fortalece al venezolano sobre la importancia de los problemas
inherentes a la Soberanía, Defensa e Integridad de la República.
Misión.
El programa de Instrucción Pre- Militar es planificado y ejecutado
por los Ministerios de la Defensa y de Educación, Cultura y
Deportes
Proporciona al estudiante de educación media diversificada y
profesional los conocimientos de ciencias sociales y Militares
inherentes a la soberanía e integridad territorial de la república
que contribuyen a su formación integral.
17. Educación para las Artes
Ha de proteger el patrimonio artístico venezolano.
Debe promover, rescatar y difundir las manifestaciones folklóricas y las
de tradición popular.
Desarrollar en los educandos habilidades, y capacidades para la
interpretación, y valoración estética y visual de las distintas
manifestaciones del arte.
Educación para la Formación de Ministros de Culto (Eclesiástica)
Se rige por las disposiciones de la Ley Orgánica de Educación, en cuanto
le sean aplicables y por las normas que dicten las autoridades religiosas
competentes.
Llevada a cabo por los entes religiosos sin estar desligada de las leyes del
Estado.
18. Educación Extra-escolar
Atiende los requerimientos de la educación permanente.
Cuenta con programas diseñados especialmente proveen a la
población de conocimientos y prácticas que eleven su nivel
cultural, artístico y moral y perfeccionen la capacidad para el
trabajo.
19. En primer lugar esta ubicada nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
1999 ,La carta magna otorga a los venezolanos el derecho educativo, por medio del Estado con
la participación de las familias y la sociedad en general. El artículo 103 establece que la
educación debe ser integral de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y
oportunidades.
La normativa constitucional se basa en tres principios fundamentales sobre los cuales se
estructura el sistema educativo venezolano ellos son:
Artículo 102 consagra la educación como un derecho humano y un deber social fundamental
Todos tienen derecho a acceder a la educación y a la cultura.
Todos tienen derecho a impartir educación, previa demostración de su capacidad y bajo la
estricta inspección y vigilancia del Estado. Él Estado establecerá un sistema educativo público
que asegure a todos el acceso a la educación) y orientará y organizará el sistema educativo
global para lograr el cumplimiento de los fines le asigne la Constitución.
20. En segundo lugar se encuentra la Declaración Universal de los Derechos
Humanos que fue redactada por representantes de todas las regiones del
mundo y abarca todas las tradiciones jurídicas
El artículo 26 consagra el derecho que tiene toda persona a la educación
estableciendo así que la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la
personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos
En el tercer lugar se ubica la Ley Orgánica de Educación (LOE) 2009 la que
tiene por objeto desarrollar los principios y valores rectores, derechos,
garantías y deberes en educación, que asume el Estado como función
indeclinable y de máximo interés, de acuerdo con los principios
constitucionales
21. La Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNA)
2007 tiene por objeto garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes, que
se encuentren en el territorio nacional, el ejercicio y el disfrute pleno y
efectivo de sus derechos y garantías, a través de la protección integral que
el Estado, la sociedad y a familia deben brindarles desde el momento de su
concepción
El artículo 53 establece que todos los niños, niñas y adolescentes tienen
derecho a la educación gratuita y obligatoria en el cual el estado tiene el
deber de crear y sostener escuelas, planteles e institutos de educación.
22. Se puede mencionar a la Ley de Universidades 1970 la cual regula en materia
de Educación Superior y establece los lineamientos, fines y organización de la
universidades, las cuales deben realizar una función rectora en la educación,
la cultura y la ciencia
En sexto lugar se encuentra el Decreto 1011 promulgado por el Ministerio de
Educación, Cultura y Deportes cuyo texto modifica parcialmente el
Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente, al crearse una nueva figura
administrativa, la de los supervisores itinerantes.
23. Reglamento de la ley orgánica de Educación el cual tiene por objeto
establecer las normas y directrices complementarias sobre el sistema,
proceso y el régimen educativos.
Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente el cual establece las
normas y procedimientos que regulan el ejercicio de la Profesión Docente,
relativos a ingreso, reingreso, retiro, traslados, promociones, ubicación,
ascensos, estabilidad, remuneración, perfeccionamiento,
profesionalización, licencias, jubilaciones y pensiones, vacaciones, previsión
social, régimen disciplinario y demás aspectos relacionados con la
prestación de servicios profesionales docentes.
24. Reglamento de los Institutos y Colegios Universitarios el cual regula los institutos
universitarios pedagógicos, los institutos universitarios politécnicos, los institutos
universitarios de tecnología, los colegios universitarios y cualesquiera otros de nivel
superior cuya creación se justifique de conformidad con el Plan de la Nación y con los
programas sectoriales de educación.
Resolución 058 publicada en la Gaceta Oficial N° 40.029 de fecha 16 de octubre de 2012
tiene como objetivo democratizar la gestión escolar con base en el modelo sociopolítico de
la democracia participativa y protagónica, establecida en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela de 1999.