2. Etapas del Proceso Electoral
¿QUE ES EL PROCESO ELECTORAL?
Es el nombre que reciben las actividades ordenadas por la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, como por el Código Electoral del
Estado de Michoacán de Ocampo, que realizan el IEM, los partidos políticos y los
ciudadanos, con la finalidad de llevar a cabo las elecciones para elegir al Gobernador, a
los integrantes del Poder Legislativo y los ayuntamientos del Estado.
Preparatoria de la Elección
Jornada Electoral
Resultados y declaraciones de validez de
las elecciones, dictamen y declaraciones
de validez de la elección y de
Gobernador electo, o posterior a la
elección.
Para llevar a cabo la elección del próximo 7 de junio del 2015, el IEM organiza un proceso
electoral, el cual se compone de tres etapas:
3. 12
¿Qué vamos a elegir en la elección
del 7 de junio?
• Al titular del Poder Ejecutivo que se denomina Gobernador. Tendrá un período de ejercicio de 6 (seis)
años será del 1° de octubre de 2015 al 31 de septiembre de 2021.
Artículo 51, CPELySMO.
• Al Poder Legislativo que está integrado por 40 (cuarenta) diputados. Su período de ejercicio será de 3
(tres) años del 15 de septiembre de 2015 al 14 de septiembre de 2018. Con opción de ser electos hasta
por cuatro períodos consecutivos.
Artículo 20, CPELySMO.
• El Estado se divide en 24 (veinticuatro) distritos, para la elección de diputados, se elegirá 1 (un)
diputado por cada distrito (mayoría relativa); y 16 (dieciséis) diputados son electos por el principio de
representación proporcional.
Artículos 20 y 21, CPELySMO.
• Para los ayuntamientos de cada municipio, que son 113 (ciento trece), su período de ejercicio será de 3
(tres) años del 1° de septiembre de 2015 al 31 de agosto de 2018. Con opción de elegirse por un período
más.
Artículo 117, CPELySMO.
(VER CASO CHERÁN)
- Serán electos a nivel nacional 300 diputados federales de mayoría relativa, de los cuales 12
corresponden a distritos de Michoacán, además de elegirse diputados de representación proporcional de la
Quinta Circunscripción Electoral.
¿Cómo se integra cada Ayuntamiento?
Ayuntamiento
Un Presidente Municipal:
Representante del Ayuntamiento y
responsable directo del gobierno y de la
administración pública municipal.
Un cuerpo de Regidores (tanto de mayoría
relativa como de representación proporcional)
: Su función principal será participar en la
atención y solución de los asuntos
municipales.
Un Síndico responsable de
vigilar la debida administración
del erario público y del
patrimonio municipal
4. ¿Cuál será el periodo de ejercicio de los cargos
que se elegirán el 7 de junio de 2015?
Gobernador
Del 1 de octubre de 2015 al 30
de septiembre del 2021
Diputados Locales
Del 15 de septiembre del 2015
al 14 de septiembre de 2018
Ayuntamientos
Del 1 de septiembre de 2015
al 31 de agosto de 2018
Diputados Federales
Del 1 de Septiembre de 2015
al 31 de agosto de 2018
5. ¿Qué es la capacitación electoral?
¿Quiénes reciben la capacitación?
Funcionarios, Consejeros;
para un mejor desempeño de
actividades del órgano
electoral
Observadores Electorales,
que dan testimonio de los
actos de preparación y
desarrollo del proceso
electoral
Electores, para que tengan
un amplio conocimiento de
los procesos a seguir para la
votación.
Funcionarios de mesa Directiva de
Casilla, ciudadanos que el día de la
votación cuidarán, recibirán, contarán y
registrarán en cada una de las
comunidades el día de la jornada
electoral.
Vocalía de
Capacitación
Electoral y Educación
Cívica
Instrucción que se brinda por parte de los órganos
electorales administrativos, en este caso el Instituto
Electoral de Michoacán
El propósito de la capacitación electoral es que cada participante en el proceso
electoral contribuya de manera comprometida y responsable en las distintas
funciones que a cada uno corresponda y que sus actos se apeguen a los principios
rectores que rigen la función electoral
6. ¿Qué es la mesa directiva de casilla
única?
La LGIPE establece que en las entidades, (como el Estado de Michoacán),
que se celebren elecciones concurrentes, se instalará una mesa directiva
de casilla única para ambas elecciones, en donde los ciudadanos podrán
ejercer su derecho al voto por los cargos de la elección federal como la de
la local.
Las mesas directivas de casilla única se integrarán por:
Un presidente
Dos Secretarios
(uno para la local)
Tres Escrutadores
(uno para la local)
Tres Suplentes
Generales
7. ¿Qué aspectos prevé el modelo de casilla
única?
Modelo Físico de la Casilla Única
Secuencia de la votación
Escrutinio y Cómputo
Remisión de paquetes electorales
Las representaciones de los partidos
políticos y candidatos independientes
El escrutinio y cómputo
se llevará a cabo en el
orden siguiente en
forma simultánea:
Elección Federal:
• Diputados
Elección Local:
• Gobernador
• Diputados
• Ayuntamientos
8. ¿Cómo funciona la casilla especial?
Corresponde al Consejo General del IEM, solicitar al INE la aprobación del
número, ubicación e integración de mesas directivas de casillas especiales para
la elección local de los ciudadanos que se encuentren en tránsito en la entidad,
en los distritos electorales en los que se divide el territorio del estado para las
elecciones de Gobernador y Diputados. Artículo 34, fracción XV, CEEMO
Los tipos de elección por la que puede votar un elector
en tránsito en casilla especial, en la elección local, son:
Si está fuera de su sección y
municipio pero dentro de su
distrito únicamente podrá votar
para Diputado de Mayoría
Relativa y Gobernador
Si está fuera de su distrito, pero
dentro de la entidad sólo votará
para Gobernador y Diputados de
Representación Proporcional.
9. 14
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Todo lo que debes saber de los capacitadores asistentes y supervisores
electorales
¿Quién es el CAE?
El Capacitador-Asistente Electoral es el encargado de visitar, sensibilizar, notificar y capacitar a los
ciudadanos que integrarán las mesas directivas de casilla.
Los CAE también apoyan en las labores de ubicación de casilla y entrega de documentación y material
electoral a los presidentes de casilla, facilitan el adecuado funcionamiento de éstas e informan sobre su
instalación y posibles incidentes el día de la Jornada Electoral y, en su caso, la consulta popular, entre
otras actividades.
¿Quién es el Supervisor Electoral?
El supervisor electoral, en apoyo a la Junta y Consejo Distrital, es el responsable de
coordinar, auxiliar y verificar en campo y en gabinete las actividades de capacitación
y asistencia electoral realizadas por los capacitadores-asistentes electorales que
estén bajo su responsabilidad, con al finalidad de dar cumplimiento en tiempo y
forma al trabajo encomendado