El documento presenta información sobre las condiciones básicas en los establecimientos educativos. Explica que la gestión de este componente se fundamenta en la alineación gubernamental, el empoderamiento territorial y las alianzas público-privadas. Además, detalla los objetivos específicos como garantizar la alimentación, el transporte escolar, la infraestructura física y tecnológica, así como fortalecer la gestión de las entidades territoriales en estas áreas.
2. Componente Condiciones Básicas
Contar con las condiciones básicas adecuadas en los
Establecimientos Educativos para la transformación de las
prácticas de aula es una responsabilidad de todos los
actores del proceso de mejoramiento de la calidad, por lo
tanto la gestión del componente se fundamenta en tres
alcances, así: alineación gubernamental, empoderamiento
territorial y alianzas público-privadas.
Cada uno de estos alcances se ha diseñado con
estrategias particulares y específicas que dinamizan la
consecución de los logros y las proyecciones trazadas por
el componente en el Programa Todos a Aprender.
3. Componente Condiciones Básicas
Objetivos Específicos
o Desarrollar conceptos y procedimientos propios de las
condiciones básicas aplicados a la gestión directiva,
administrativa, académica y de comunidad de los
Establecimientos Educativos –EE-.
o Fortalecer el empoderamiento territorial y la gestión
que realizan las Entidades Territoriales – ET- para
garantizar “ATIT” (alimentación y transporte escolar así
como infraestructura física y tecnológica) en el EE.
o Promover el diseño e implementación de la estrategia
de alimentación escolar en la ET y el EE como acciones
complementarias al Programa de alimentación Escolar
–PAE-.
4. Componente Condiciones Básicas
o Promover el uso e implementación de los Modelos Educativos
Flexibles –MEF - en la estrategia de transporte escolar en la ET y los
EE, como oportunidad que garantiza el derecho a la educación,
favorece la permanencia escolar y permite afrontar las necesidades
de transporte en el Institución Educativa.
o Fortalecer el empoderamiento de la ET en la formulación del plan
de infraestructura educativa.
o Fortalecer el empoderamiento del EE en la formulación de su plan
de mantenimiento de infraestructura física, a partir del diagnóstico
en mantenimiento preventivo, predictivo y recurrente.
o Identificar las diferentes fuentes de recursos a las que puede
acceder la ETC y el EE para el mejoramiento de las condiciones
básicas en “ATIT”.
o Generar un espacio de autoevaluación institucional frente al estado
actual y garantía de las condiciones básicas en los EE.
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11. SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES
DEFINICION
El Sistema General de Participaciones corresponde a los recursos que la
Nación transfiere, por mandato de los artículos 356 y 357 Constitucionales
(reformados por los Actos Legislativos 01 de 2001 y 04 de 2007), a las
entidades territoriales – departamentos, distritos y municipios, para la
financiación de los servicios a su cargo, en salud, educación, agua potable y
los definidos en el articulo 76 de la Ley 715 de 2001.
ESQUEMA LEY 715 DE 2001
La Constitución Política de Colombia de 1991 creó el Sistema General de
Participaciones (SGP), a partir del cual los departamentos, municipios y
distritos participaran con un porcentaje en los Ingresos Corrientes de la
Nación, para efectos de atender las necesidades en salud, educación, agua
potable y saneamiento básico, deporte, cultura y demás sectores sociales.
12. La principal fuente de recursos en todas las entidades territoriales
corresponde a la participación para educación del Sistema General de
Participaciones, SGP, que representa alrededor del 90% de los recursos
disponibles para el sector.
No obstante, existen otras fuentes de menor magnitud que permiten
apalancar el mejoramiento de la calidad y la cobertura del servicio
educativo, entre las cuales se encuentran:
Recursos del SGP asignados para calidad
Recursos del SGP para alimentación escolar
Recursos de Ley 21 de 1982
Recursos de programas nacionales orientados al mejoramiento del
sector educativo
Recursos propios de las entidades territoriales
Recursos de capital
Recursos de crédito externo o de cooperación internacional
Recursos aportados por entidades u organismos del sector privado.
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19. RECURSOS DEL SITEMA GENERAL DE REGALÍAS
Aunque el sector educativo se beneficia directamente del Sistema General de
Participaciones, los ingresos de regalías también favorecen la financiación de la
educación, a través de los fondos destinados a propiciar mayor equidad en las
regiones.
DEFINICION
Es el conjunto de ingresos, asignaciones, órganos, procedimientos y regulaciones
de los recursos naturales no renovables (Acto legislativo del 5 julio de 2011, citado
en la Guía No. 8 de 2012).
La reforma constitucional que crea el Sistema General de Regalías (SGR) establece
que los ingresos percibidos por el Estado provenientes de la explotación de
recursos naturales no renovables tendrán como fines el desarrollo de proyectos
regionales, departamentales y municipales de gran impacto social, económico y
ambiental, que favorezcan las condiciones de vida de sus grupos poblacionales, el
ahorro pensional y público, la financiación física de la educación, la generación de
acciones que promuevan un mayor avance en ciencia, tecnología e innovación, la
continuación de labores de exploración y explotación del subsuelo y, en general, la
promoción de cambios que vuelvan más competitivo al país y lo pongan al nivel de
las naciones desarrollados del mundo.
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21. RUTAS PARA EL MEJORAMIENTO
DE LAS CONDICIONES BÁSICAS
ORIENTADAS A LAS ETC
ALIMENTACIÓN ESCOLAR
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24. RUTAS PARA EL MEJORAMIENTO
DE LAS CONDICIONES BÁSICAS
ORIENTADAS A LAS ETC
TRANSPORTE ESCOLAR
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26. RUTAS PARA EL MEJORAMIENTO
DE LAS CONDICIONES BÁSICAS
ORIENTADAS A LAS ETC
INFRAESTRUCTURA FÍSICA
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28. RUTAS PARA EL MEJORAMIENTO
DE LAS CONDICIONES BÁSICAS
ORIENTADAS A LAS ETC
CONECTIVIDAD
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38. Destinación de los recursos de gratuidad
Los recursos que reciben los establecimientos educativos
por concepto de gratuidad se pueden destinar a financiar
los siguientes conceptos de gasto:
Dotación pedagógica de los Establecimientos Educativos:
mobiliario, textos, bibliotecas, materiales didácticos y
audiovisuales.
Acciones de mejoramiento de la gestión académica
enmarcada en los planes de mejoramiento institucional.
Ampliación, mantenimiento y adecuación de los
Establecimientos Educativos oficiales, con excepción de
servicios públicos.
39. Destinación de los recursos de gratuidad
Igualmente, pueden ser destinados al pago de
servicio de transporte escolar cuando las
condiciones geográficas lo requieran para garantizar
el acceso y permanencia en el sistema educativo de
los niños y jóvenes .
Construcción, mantenimiento y adecuación de
establecimientos educativos oficiales.
En caso de que sea necesario también pueden
destinar recursos para complementar los de
alimentación escolar, de acuerdo con la Directiva
Ministerial 13 de 2002.
40. Los recursos asignados para garantizar la gratuidad NO
podrán ser destinados.
Cancelar gastos de personal o contratos por servicios
personales indirectos (personal supernumerario,
honorarios, jornales, remuneración de servicios técnicos),
para la prestación del servicio público educativo.
Así mismo, no pueden ser destinados a dotaciones
particulares de los estudiantes, tales como (kits escolares,
cursos preparatorios para le examen del ICFES, entre otros).
Realizar pagos por concepto de servicios públicos
domiciliarios (electricidad, agua, aseo, gas domiciliario,
internet entre otros).
41. Los recursos asignados para garantizar la
gratuidad NO podrán ser destinados.
Financiar alimentación escolar
Financiar actividades tendientes a capacitación
de funcionarios.
Pago de viáticos a personal docente, directivo
docente y administrativo de los
establecimientos educativos ( DIRECTIVA
MINISTERIAL No 22 del 21 de julio de 2010).