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                                                                                                                                             El Peruano
467366                                                   NORMAS LEGALES                                                 Lima, viernes 1 de junio de 2012




                       MUNICIPALIDAD                                                              MUNICIPALIDAD
                       DE PACHACÁMAC                                                              DE SANTA ANITA

Ordenanza N° 103-2012-MDP/C.- Aprueban Reglamento del                       Ordenanza N° 00092-MDSA.- Disponen y reglamentan el
Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo en el distrito         proceso del presupuesto participativo del distrito para el año fiscal
para el año fiscal 2013                                  467499              2013                                                        467503
Acuerdo N° 045-2012-MDP/C.- Aprueban Balance General                        D.A. N° 00006-2012/MDSA.- Aprueban Cronograma del Proceso
y Memoria Anual del Ejercicio Económico 2011 de la Municipalidad            del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2013       467505
                                                        467500
D.A. N° 003-2012-MDP/A.- Disponen la celebración de
Matrimonio Civil Comunitario en el distrito             467501                              SEPARATAS ESPECIALES

                                                                                           VIVIENDA, CONSTRUCCION
       MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA
                                                                                                  Y SANEAMINETO
Acuerdo N° 24-2012-MDPH.- Disponen la contratación de
estudio jurídico para asumir la defensa judicial del Alcalde, Regidores y   R.M. N° 102-2012-VIVIENDA.- Reglamento Operativo para
Gerente Municipal por denuncias en el cumplimiento de sus funciones         acceder al Bono Familiar Habitacional para las Modalidades de
                                                                467502      Aplicación de Construcción en sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda
                                                                                                                                        467337
MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
                                                                                       SUPERINTENDENCIA NACIONAL
D.A. N° 012.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 232-2012
                                                    467502                                      DE ADUANAS Y DE
                                                                                        ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
                                                                            Res. N° 279-2012-SUNAT/A.- Aprueban Procedimiento General
D.A. N° 11-2012-MDSJM.- Amplían plazo para el pago de la                    IF GRA-PG.03 “Determinación y Control de la Deuda Tributaria
segunda cuota del Impuesto Predial             467503                       Aduanera y Recargos (versión 2)                   467357



                                                                                      b) Los Gobiernos Regionales, sus dependencias
                PODER LEGISLATIVO                                                        y reparticiones.
                                                                                      c) Los Gobiernos Locales, sus dependencias y
                                                                                         reparticiones.
  CONGRESO DE LA REPUBLICA                                                            d) Los        Organismos       Constitucionales
                                                                                         Autónomos.
                                                                                      e) Las Universidades Públicas.
                           LEY Nº 29873                                               f) Las Sociedades de Beneficencia y las Juntas
                                                                                         de Participación Social.
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA                                                     g) Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional
                                                                                         del Perú.
    POR CUANTO:                                                                       h) Los Fondos de Salud, de Vivienda, de
                                                                                         Bienestar y demás de naturaleza análoga de
    El Congreso de la República                                                          las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional
    Ha dado la Ley siguiente:                                                            del Perú.
                                                                                      i) Las empresas del Estado de derecho
    EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;                                                         público o privado, ya sean de propiedad del
    Ha dado la Ley siguiente:                                                            Gobierno Nacional, Regional o Local y las
                                                                                         empresas mixtas bajo control societario del
             LEY QUE MODIFICA                                                            Estado.
                                                                                      j) Los proyectos, programas, fondos, órganos
        EL DECRETO LEGISLATIVO 1017                                                      desconcentrados,     organismos     públicos
   QUE APRUEBA LA LEY DE CONTRATACIONES                                                  del Poder Ejecutivo, instituciones y demás
                                                                                         unidades orgánicas, funcionales, ejecutoras
                DEL ESTADO                                                               y/o operativas de los Poderes del Estado;
                                                                                         así como los organismos a los que alude
    Artículo único. Modificaciones a la Ley de                                            la Constitución Política del Perú y demás
Contrataciones del Estado                                                                que sean creados y reconocidos por el
    Modifícanse los artículos 3, 9, 11, 19, 20, 22, 23, 27,                              ordenamiento jurídico nacional, siempre
28, 32, 39, 41, 51, 52, 53, 56, 58, 60, 62, 63, 64, 68, 70                               que cuenten con autonomía administrativa,
y Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto                                    económica y presupuestal.
Legislativo 1017 que aprueba la Ley de Contrataciones
del Estado, los cuales quedan redactados de la siguiente
manera:                                                                         3.2 La presente ley se aplica a las contrataciones
                                                                                    que deben realizar las Entidades para proveerse
    “Artículo 3. Ámbito de aplicación                                               de bienes, servicios u obras, asumiendo el pago
                                                                                    del precio o de la retribución correspondiente con
    3.1 Se encuentran comprendidos dentro de los                                    fondos públicos, y demás obligaciones derivadas
        alcances de la presente ley, bajo el término                                de la calidad de contratante.
        genérico de Entidad(es):                                                3.3 La presente ley no es de aplicación para:

           a) El Gobierno Nacional, sus dependencias y                                a) La contratación de trabajadores, empleados,
              reparticiones.                                                             servidores o funcionarios públicos sujetos a
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Lima, viernes 1 de junio de 2012                       NORMAS LEGALES                                                  467367
                    los regímenes de la carrera administrativa o                entre Entidades, o entre éstas y organismos
                    laboral de la actividad privada.                            internacionales, siempre que se brinden los
              b)    La contratación de auditorías externas en                   bienes, servicios u obras propios de la función
                    o para las Entidades, la que se sujeta a las                que por ley les corresponde, y además no se
                    normas que rigen el Sistema Nacional de                     persigan fines de lucro.
                    Control. Todas las demás contrataciones                     Los convenios a que se refiere el presente
                    que efectúe la Contraloría General de la                    numeral, en ningún caso se utilizarán para
                    República se sujetan a lo dispuesto en la                   el encargo de la realización de procesos de
                    presente ley y su reglamento.                               selección.
              c)    Las operaciones de endeudamiento y                       t) La contratación de servicios públicos, siempre
                    administración de deuda pública.                            que no exista la posibilidad de contratar con
              d)    La contratación de asesoría legal y financiera               más de un proveedor.
                    y otros servicios especializados, vinculados             u) Las contrataciones realizadas de acuerdo con
                    directa o indirectamente a las operaciones                  las exigencias y procedimientos específicos
                    de endeudamiento interno o externo y de                     de organismos internacionales, Estados
                    administración de deuda pública.                            o entidades cooperantes, siempre que se
              e)    Los contratos bancarios y financieros                        deriven de operaciones de endeudamiento
                    celebrados por las Entidades.                               externo y/o donaciones ligadas a dichas
              f)    Los contratos administrativos de servicios o                operaciones.
                    régimen que haga sus veces.                              v) Las contrataciones realizadas de acuerdo
              g)    Los contratos de locación de servicios                      con las exigencias y procedimientos
                    celebrados con los presidentes de directorios,              específicos de organismos internacionales,
                    que desempeñen funciones a tiempo                           Estados o entidades cooperantes, que se
                    completo en las Entidades o empresas del                    deriven de donaciones efectuadas por estos,
                    Estado.                                                     siempre que dichas donaciones representen
              h)    Los actos de disposición y de administración                por lo menos el 25% del monto total de las
                    y gestión de los bienes de propiedad estatal.               contrataciones involucradas en el Convenio
              i)    Las contrataciones cuyos montos, sean                       suscrito para tal efecto.
                    iguales o inferiores a tres (3) Unidades
                    Impositivas      Tributarias,     vigentes     al   En todos los supuestos señalados en el presente
                    momento de la transacción, lo cual no               numeral, salvo el literal u), intervendrá la Contraloría
                    enerva la responsabilidad de la Entidad             General de la República.
                    de salvaguardar el uso de los recursos
                    públicos de conformidad con los principios          Artículo 9. Registro Nacional de Proveedores
                    de moralidad y eficiencia.
                    Este supuesto no es aplicable a las                 9.1. Para ser participante, postor y/o contratista se
                    contrataciones de bienes y servicios incluidos           requiere estar inscrito en el Registro Nacional
                    en el Catálogo de Convenios Marco, conforme              de Proveedores (RNP) y no estar impedido,
                    a lo que establezca el reglamento.                       sancionado ni inhabilitado para contratar con el
              j)    La contratación de notarios públicos para                Estado.
                    que ejerzan las funciones previstas en la           9.2. El reglamento establece la organización,
                    presente ley y su reglamento.                            funciones y procedimientos del Registro
              k)    Los servicios brindados por conciliadores,               Nacional de Proveedores (RNP), así como los
                    árbitros, centros de conciliación, instituciones         requisitos para la inscripción y su renovación,
                    arbitrales y demás derivados de la función               la asignación de categorías y especialidades,
                    conciliatoria y arbitral; salvo en lo que                la inclusión y la periodicidad con que se publica
                    respecta a las infracciones y sanciones                  la relación de sancionados en el Portal del
                    previstas para los árbitros.                             Organismo Supervisor de las Contrataciones
              l)    Las contrataciones que deban realizarse con              del Estado (OSCE). En ningún caso, estos
                    determinado proveedor, por mandato expreso               requisitos constituyen barreras a la competencia
                    de la ley o de la autoridad jurisdiccional.              y se establecen en cumplimiento del principio de
              m)    La concesión de recursos naturales y obras               reciprocidad.
                    públicas de infraestructura, bienes y servicios          La publicación de los sancionados incluye
                    públicos.                                                información de los socios, accionistas,
              n)    La transferencia al sector privado de acciones           participacionistas o titulares, y de los integrantes
                    y activos de propiedad del Estado, en el                 de los órganos de administración, de conformidad
                    marco del proceso de privatización.                      con el procedimiento previsto en el reglamento.
              ñ)    La modalidad de ejecución presupuestal              9.3. A los Proveedores del Estado inscritos como
                    directa contemplada en la normativa de la                Ejecutores de Obra ante el Registro Nacional
                    materia, salvo las contrataciones de bienes              de Proveedores (RNP), se les asignará una
                    y servicios que se requieran para ello.                  capacidad máxima de contratación que será
              o)    Las      contrataciones       realizadas     con         calculada en función de su capital social
                    proveedores no domiciliados en el país cuyo              suscrito y pagado en el Perú y de la experiencia
                    mayor valor estimado de las prestaciones se              con la que cuenten como ejecutores de obra,
                    realice en el territorio extranjero.                     quedando expresamente establecido que el
              p)    Las contrataciones que realicen las Misiones             capital social suscrito y pagado de las personas
                    del Servicio Exterior de la República,                   jurídicas inscritas como ejecutores de obra ante
                    exclusivamente para su funcionamiento y                  el Registro Nacional de Proveedores (RNP), no
                    gestión, fuera del territorio nacional.                  podrá ser inferior al 5% de su capacidad máxima
              q)    Las contrataciones de servicios de abogados,             de contratación; y en el caso de personas
                    asesores legales y de cualquier otro tipo de             jurídicas que no estuvieran constituidas en
                    asesoría requerida para la defensa del Estado            el Perú y que en consecuencia no contaran
                    en las controversias internacionales sobre               con capital social en el país, en función de
                    inversión en foros arbitrales o judiciales.              la asignación de capital que le hubiera sido
              r)    Las compras de bienes que realicen las                   efectivamente depositada en una entidad del
                    Entidades mediante remate público, las                   sistema financiero nacional en el caso de las
                    que se realizarán de conformidad con la                  sucursales y, de un mecanismo equivalente en el
                    normativa de la materia.                                 caso de las personas jurídicas no domiciliadas,
              s)    Los convenios de cooperación, gestión                    quienes deberán acreditar haber depositado
                    u otros de naturaleza análoga, suscritos                 en una cuenta abierta en una empresa del
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467368                                      NORMAS LEGALES                                   Lima, viernes 1 de junio de 2012

       sistema financiero nacional a nombre de su                 la fiscalización posterior de la información
       representante legal en el país, el monto en virtud        presentada por los proveedores.
       del cual se calculará su capacidad máxima de              Mediante Decreto Supremo refrendado por
       contratación. Tanto en el caso de las sucursales          el Ministro de Economía y Finanzas puede
       de personas jurídicas extranjeras en el Perú              disponerse el acceso a la información que
       como de personas jurídicas no domiciliadas, los           posean otras Entidades y que sea relevante para
       aportes dinerarios antes señalados, a efectos             el Registro Nacional de Proveedores (RNP).
       de tener validez frente al Registro Nacional         9.5. En ningún caso, las Bases de los procesos de
       de Proveedores (RNP), deberán haber sido                  selección exigen a los postores la documentación
       aprobados por la Junta General de Accionistas             que estos hubiesen tenido que presentar para
       u órgano análogo de la Sociedad, previamente a            su inscripción ante el Registro Nacional de
       su depósito efectivo, de acuerdo a los estatutos          Proveedores (RNP).
       de cada empresa o a las leyes del país en virtud
       de las cuales se hubiera constituido la matriz.      Artículo 11. Prohibición de prácticas que afecten
       Sin perjuicio de lo antes señalado, a efectos de     la mayor concurrencia y competencia en los
       realizar la inscripción de empresas extranjeras      procesos de contratación
       ante el Registro Nacional de Proveedores             Se encuentra prohibida la concertación de precios,
       (RNP) se aplicará el Principio de Reciprocidad.      condiciones o ventajas, entre proveedores o entre
       Las empresas extranjeras recibirán el mismo          proveedores y terceros, que pueda afectar la mayor
       trato que las empresas peruanas reciben en su        concurrencia y/o competencia en los procesos de
       país de origen en materia de contrataciones del      contratación. Esta afectación a la libre competencia
       Estado.                                              también puede materializarse mediante acuerdos
       Las disposiciones establecidas en los párrafos       para no participar o no presentar propuestas en los
       anteriores no se aplican a los proveedores que       procesos de contratación. El funcionario o servidor
       provengan de países con los cuales la República      público que intervenga o favorezca estas prácticas
       del Perú tuviera vigente un tratado o compromiso     será sancionado administrativa o penalmente de
       internacional que incluya disposiciones en           acuerdo a la normativa correspondiente.
       materia de contrataciones públicas; ni a las micro
       y pequeñas empresas - mypes debidamente              Artículo 19. Prohibición de fraccionamiento
       inscritas en el Registro Nacional de la Micro y      Queda prohibido fraccionar la contratación de bienes,
       Pequeña Empresa (REMYPE).                            de servicios y la ejecución de obras con el objeto de
  9.4. Los proveedores cuya inscripción en el               evitar el tipo de proceso de selección que corresponda
       Registro Nacional de Proveedores (RNP) haya          según la necesidad anual, o de evadir la aplicación
       sido declarada nula por haber presentado             de la normativa de contrataciones del Estado para
       documentación falsa o información inexacta,          dar lugar a contrataciones menores a tres (3) UIT,
       sólo podrán solicitar su reinscripción en el         y/o de acuerdos comerciales suscritos por el Estado
       referido Registro luego de transcurrido dos (2)      peruano en materia de contratación pública. No se
       años desde que quedó administrativamente             considera fraccionamiento a las contrataciones por
       firme la resolución que declaró la nulidad.           etapas, tramos, paquetes o lotes posibles en función
       El Registro Nacional de Proveedores (RNP) no         a la naturaleza del objeto de la contratación o para
       debe exigir la licencia de funcionamiento en el      propiciar la participación de las microempresas y
       procedimiento de inscripción.                        de las pequeñas empresas en aquellos sectores
       El Organismo Supervisor de las Contrataciones        económicos donde exista oferta competitiva.
       del Estado (OSCE) administra el Registro             El Ministerio de Economía y Finanzas, previa
       Nacional de Proveedores (RNP) y debe                 opinión favorable del Ministerio de la Producción y
       mantenerlo actualizado en su portal institucional.   del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo,
       Las Entidades están prohibidas de llevar             establece mediante Decreto Supremo los sectores
       registros de proveedores. Sólo están facultadas      que son materia de interés del Estado para promover
       para llevar y mantener un listado interno de         la participación de la microempresa y de la pequeña
       proveedores, consistente en una base de datos        empresa.
       que contenga la relación de aquellos. Bajo           La prohibición se aplica sobre el monto total de la
       ninguna circunstancia, la incorporación en este      etapa, tramo, paquete o lote a ejecutar.
       listado es requisito para la participación en los    El órgano encargado de las contrataciones en cada
       procesos de selección que la Entidad convoque.       Entidad es responsable en caso de incumplimiento de
       La incorporación de proveedores en este listado      la prohibición a que se refiere el presente artículo.
       es discrecional y gratuita.
       El Registro Nacional de Proveedores (RNP) tiene      Artículo 20. Exoneración de procesos de
       carácter desconcentrado a fin de no perjudicar        selección
       ni generar mayores costos de transacción a las       Están exoneradas de los procesos de selección las
       pequeñas y micro empresas localizadas en las         contrataciones que se realicen:
       diversas regiones del país.
       Bajo responsabilidad, en el marco de la              a)   Entre Entidades, siempre que en razón de
       legislación vigente sobre la materia, el                  costos de oportunidad resulten más eficientes
       Registro Nacional de Identificación y Estado               y técnicamente viables para satisfacer la
       Civil (RENIEC), la Superintendencia Nacional              necesidad y no se contravenga lo señalado en
       de Aduanas y de Administración Tributaria                 el artículo 60º de la Constitución Política del
       (SUNAT), la Superintendencia Nacional de                  Perú.
       los Registros Públicos (SUNARP), el Instituto        b)   Ante una situación de emergencia derivada
       Nacional de Defensa de la Competencia y                   de acontecimientos catastróficos, o de
       de la Protección de la Propiedad Intelectual              acontecimientos que afecten la defensa o
       (INDECOPI), la Superintendencia de Banca,                 seguridad nacional, o de situaciones que
       Seguros y Administradoras Privadas de Fondos              supongan el grave peligro de que ocurra alguno
       de Pensiones (SBS), el Poder Judicial, la Policía         de los supuestos anteriores.
       Nacional del Perú (PNP) y otras Entidades            c)   Ante una situación de desabastecimiento
       de las que pueda requerirse información,                  debidamente comprobada, que afecte o impida
       deben proporcionar el acceso a la información             a la Entidad cumplir con sus actividades u
       pertinente, salvaguardando las reservas                   operaciones, debiendo determinarse, de ser el
       previstas por ley con la finalidad que el Registro         caso, las responsabilidades de los funcionarios
       Nacional de Proveedores (RNP) cuente con                  o servidores cuya conducta hubiera originado la
       información actualizada que permita ejercer               configuración de esta causal.
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Lima, viernes 1 de junio de 2012                   NORMAS LEGALES                                                467369
     d)       Con carácter de secreto, secreto militar o por       Los funcionarios públicos que aprovechando de
              razones de orden interno, por parte de las Fuerzas   las disposiciones de este artículo dispusieran las
              Armadas, la Policía Nacional del Perú y los          adquisiciones de bienes, servicios y obras, sin que
              organismos conformantes del Sistema Nacional         se haya dado una real situación de emergencia y/o
              de Inteligencia, que deban mantenerse en             adquirieran los mismos más allá de lo estrictamente
              reserva conforme a ley, previa opinión favorable     necesario, serán pasibles de las sanciones penales y
              de la Contraloría General de la República.           administrativas que correspondan.
     e)       Cuando exista proveedor único de bienes o
              servicios que no admiten sustitutos, o cuando por    Artículo 27. Valor Referencial
              razones técnicas o relacionadas con la protección    El órgano encargado de las contrataciones en cada
              de derechos, se haya establecido la exclusividad     Entidad determina el Valor Referencial de contratación
              del proveedor.                                       con el fin de establecer el tipo de proceso de selección
     f)       Para los servicios personalísimos prestados por      correspondiente y gestionar la asignación de los
              personas naturales, con la debida sustentación       recursos presupuestales necesarios. En los procesos
              objetiva.                                            de selección sujetos a la modalidad de Convenio
                                                                   Marco, la determinación del valor referencial es
     El Reglamento establece las formalidades, condiciones         facultativa.
     y requisitos complementarios que corresponden a               El Valor Referencial es determinado sobre la base
     cada una de las causales de exoneración.                      de un estudio de las posibilidades de precios y
                                                                   condiciones que ofrece el mercado, efectuado en
     Artículo 22. Situación de desabastecimiento                   función del análisis de los niveles de comercialización,
     Se considera desabastecimiento a aquella situación            a partir de las especificaciones técnicas o términos de
     inminente, extraordinaria e imprevisible en la que la         referencia y los costos estimados en el Plan Anual de
     ausencia de un bien o servicio compromete en forma            Contrataciones, de acuerdo a los criterios señalados
     directa e inminente la continuidad de las funciones,          en el reglamento. Cuando se trate de proyectos
     servicios, actividades u operaciones que la Entidad           de inversión, el valor referencial se establece de
     tiene a su cargo. Dicha situación faculta a la Entidad        acuerdo al monto de inversión consignado en el
     a la contratación de los bienes y servicios solo por el       estudio de preinversión que sustenta la declaración de
     tiempo y/o cantidad, según sea el caso, necesario             viabilidad.
     para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de      Tratándose de obras, el Valor Referencial no puede
     selección que corresponda.                                    tener una antigüedad mayor a los seis (6) meses
     La aprobación de la exoneración en virtud de                  contados desde la fecha de determinación del
     la causal de situación de desabastecimiento no                presupuesto consignado en el Expediente Técnico.
     constituye dispensa, exención o liberación de las             En el caso de bienes y servicios, la antigüedad
     responsabilidades de los funcionarios o servidores de la      del Valor Referencial no puede ser mayor a tres
     Entidad cuya conducta hubiese originado la presencia          (3) meses contados a partir de la aprobación del
     o configuración de dicha causal. Constituye agravante          Expediente de Contratación. Para los casos en que
     de responsabilidad si la situación fue generada por           se requiera un período mayor a los consignados,
     dolo o culpa inexcusable del funcionario o servidor de        el órgano encargado de las contrataciones,
     la Entidad. En estos casos, la autoridad competente           responsable de determinar el Valor Referencial,
     para autorizar la exoneración debe ordenar, en el acto        debe indicar el período de actualización del
     aprobatorio de la misma, el inicio de las acciones que        mismo.
     correspondan, de acuerdo al artículo 46 de la presente        El Valor Referencial tiene carácter público. Sólo
     ley.                                                          de manera excepcional, la Entidad determina que
     Tratándose de contrataciones bajo la cobertura de             éste tenga carácter reservado, mediante decisión
     un tratado o compromiso internacional que incluya             debidamente sustentada, bajo responsabilidad del
     disposiciones     sobre     contrataciones      públicas,     Titular de la Entidad. El Valor Referencial siempre es
     la exoneración sólo procede si la situación de                informado al Sistema Electrónico de Contrataciones
     desabastecimiento reúne las condiciones indicadas             del Estado (SEACE).
     en el primer párrafo del presente artículo.                   El reglamento señala los mecanismos para la
     Cuando no corresponda realizar un proceso de                  determinación del Valor Referencial, incluyendo la
     selección posterior, en los informes técnico y legal          contratación de servicios de cobranza, recuperaciones
     previos que sustentan la Resolución o el Acuerdo              o similares, y honorarios de éxito.
     que autoriza la exoneración, se debe fundamentar
     las razones que motivan la contratación definitiva             Artículo 28. Consultas y Observaciones a las
     materia de la exoneración. Esta disposición también           Bases
     es de aplicación, de ser el caso, para la situación de        El cronograma a que se refiere el literal f) del
     emergencia.                                                   artículo 26 de la presente ley debe establecer plazos
                                                                   para la presentación y absolución de consultas y
     Artículo 23. Situación de emergencia                          observaciones al contenido de las Bases.
     Se entiende como situación de emergencia aquella              A través de las consultas, se formulan pedidos
     en la cual la Entidad tenga que actuar de manera              de aclaración a las disposiciones de las Bases
     inmediata a causa de acontecimientos catastróficos, o          y mediante las observaciones se cuestionan las
     de acontecimientos que afecten la defensa o seguridad         mismas en lo relativo al incumplimiento de las
     nacional, o de situaciones que supongan el grave              condiciones mínimas o de cualquier disposición en
     peligro de que alguno de los supuestos anteriores             materia de contrataciones del Estado u otras normas
     ocurra.                                                       complementarias o conexas que tengan relación
     En este caso, la Entidad queda exonerada de la                con el proceso de selección.
     tramitación del expediente administrativo, debiendo           Las respuestas a las consultas y observaciones deben
     obtener en forma inmediata lo estrictamente                   ser fundamentadas y sustentadas y se comunicarán,
     necesario para prevenir y atender los requerimientos          de manera oportuna y simultánea, a todos los
     generados como consecuencia del evento producido,             participantes a través del Sistema Electrónico de
     sin sujetarse a los requisitos formales de la presente        Contrataciones del Estado (SEACE), considerándose
     norma. El reglamento establece los mecanismos y               como parte integrante de las Bases.
     plazos para la regularización del procedimiento               Los participantes pueden solicitar que las Bases
     correspondiente.                                              y los actuados del proceso sean elevados para
     Las demás actividades necesarias para completar               pronunciamiento del Organismo Supervisor de las
     el objetivo propuesto por la Entidad no tienen el             Contrataciones del Estado (OSCE), siempre que se
     carácter de emergencia y se contratan de acuerdo a            cumpla con los supuestos de elevación establecidos
     lo establecido en la presente norma.                          en el reglamento.
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                                                                                                                      El Peruano
467370                                       NORMAS LEGALES                                      Lima, viernes 1 de junio de 2012

  El procedimiento y plazo para tramitar las consultas y     c)   El pago a favor del contratista considere, al
  observaciones son fijados en el reglamento.                      menos, dos (2) valorizaciones periódicas en
                                                                  función del avance de la obra.
  Artículo 32. Proceso de selección desierto
  El Comité Especial otorga la Buena Pro en una              Sin perjuicio de la conservación definitiva de los
  licitación pública, concurso público o adjudicación        montos retenidos, el incumplimiento injustificado
  directa aún en los casos en los que se declare como        por parte de los contratistas beneficiados con lo
  válida una única oferta.                                   dispuesto en el presente artículo, que motive la
  El proceso de selección será declarado desierto            resolución del contrato, da lugar a la inhabilitación
  cuando no quede válida ninguna oferta; y, parcialmente     temporal para contratar con el Estado por un
  desierto cuando no quede válida ninguna oferta en          período no menor a un (1) año ni mayor a dos (2)
  alguno de los ítems identificados particularmente.          años.
  La declaración de desierto de un proceso de selección
  obliga a la Entidad a formular un informe que evalúe las   Artículo 41. Prestaciones adicionales, reducciones
  causas que motivaron dicha declaratoria, debiéndose        y ampliaciones
  adoptar las medidas correctivas antes de convocar
  nuevamente, bajo responsabilidad.                          41.1. Excepcionalmente y previa sustentación por el
  En el supuesto que una licitación pública, concurso              área usuaria de la contratación, la Entidad puede
  público o adjudicación directa sean declaradas                   ordenar y pagar directamente la ejecución de
  desiertas, se convocará a un proceso de adjudicación             prestaciones adicionales en caso de bienes y
  de menor cuantía.                                                servicios hasta por el veinticinco por ciento (25%)
  El proceso de adjudicación de menor cuantía derivado             de su monto, siempre que sean indispensables
  de un proceso de selección declarado desierto, debe              para alcanzar la finalidad del contrato. Asimismo,
  contar con las mismas formalidades del proceso                   puede reducir bienes, servicios u obras hasta por
  principal.                                                       el mismo porcentaje.
  Para otorgar la Buena Pro en los procesos de selección     41.2. Tratándose de obras, las prestaciones
  convocados bajo la modalidad de Subasta Inversa se               adicionales pueden ser hasta por el quince
  requerirá la existencia de dos (2) ofertas válidas como          por ciento (15%) del monto total del contrato
  mínimo; de lo contrario, el proceso se declarará como            original, restándole los presupuestos deductivos
  desierto.                                                        vinculados, entendidos como aquellos derivados
                                                                   de las sustituciones de obra directamente
  Artículo 39. Garantías                                           relacionadas con las prestaciones adicionales
  Las garantías que deben otorgar los postores y/                  de obra, siempre que ambas respondan a la
  o contratistas, según corresponda, son las de fiel                finalidad del contrato original. Para tal efecto, los
  cumplimiento del contrato, por los adelantos y por el            pagos correspondientes serán aprobados por el
  monto diferencial de propuesta. Sus modalidades,                 Titular de la Entidad.
  montos, condiciones y excepciones son regulados en               En el supuesto de que resulte indispensable
  el reglamento.                                                   la realización de prestaciones adicionales de
  Las garantías que acepten las Entidades deben                    obra por deficiencias del Expediente Técnico
  ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de               o situaciones imprevisibles posteriores a
  realización automática en el país, al solo requerimiento         la suscripción del contrato, mayores a las
  de la respectiva Entidad, bajo responsabilidad de las            establecidas en el segundo párrafo del presente
  empresas que las emiten. Dichas empresas deben                   artículo y hasta un máximo de cincuenta por
  encontrarse bajo la supervisión de la Superintendencia           ciento (50%) del monto originalmente contratado,
  de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de                 sin perjuicio de la responsabilidad que pueda
  Fondos de Pensiones y deben estar autorizadas para               corresponder al proyectista, el Titular de la
  emitir garantías; o estar consideradas en la última              Entidad puede decidir autorizarlas. Para ello se
  lista de bancos extranjeros de primera categoría que             requiere contar con la autorización del Titular de
  periódicamente publica el Banco Central de Reserva               la Entidad, debiendo para la ejecución y el pago
  del Perú.                                                        contar con la autorización previa de la Contraloría
  En virtud de la realización automática, a primera                General de la República y con la comprobación
  solicitud, las empresas emisoras no pueden oponer                de que se cuentan con los recursos necesarios.
  excusión alguna a la ejecución de las garantías                  En el caso de adicionales con carácter de
  debiendo limitarse a honrarlas de inmediato dentro del           emergencia dicha autorización se emite previa
  plazo máximo de tres (3) días. Toda demora genera                al pago. La Contraloría General de la República
  responsabilidad solidaria para el emisor de la garantía          cuenta con un plazo máximo de quince (15) días
  y para el postor o contratista, y da lugar al pago de            hábiles, bajo responsabilidad, para emitir su
  intereses en favor de la Entidad.                                pronunciamiento. Dicha situación debe ponerse
  El reglamento señala el tratamiento a seguirse en los            en conocimiento de la Comisión de Presupuesto
  casos de contratos de arrendamiento y de aquellos                y Cuenta General de la República del Congreso
  donde la prestación se cumpla por adelantado al                  de la República y del Ministerio de Economía y
  pago.                                                            Finanzas, bajo responsabilidad del Titular de la
  En los contratos periódicos de suministro de bienes o            Entidad.
  de prestación de servicios, así como en los contratos      41.3. Respecto a los servicios de supervisión, cuando
  de ejecución y consultoría de obras que celebren                 en los casos distintos a los de adicionales de
  las Entidades con las Micro y Pequeñas Empresas,                 obras, se produzcan variaciones en el plazo de
  éstas últimas pueden otorgar como garantía de fiel                la obra o variaciones en el ritmo de trabajo de
  cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto                  la obra, autorizadas por la Entidad, y siempre
  total a contratar, porcentaje que será retenido por              que impliquen prestaciones adicionales en la
  la Entidad.                                                      supervisión que resulten indispensables para
  En el caso de los contratos para la ejecución de obras,          el adecuado control de la obra, el Titular de la
  tal beneficio sólo es procedente cuando:                          Entidad puede autorizarlas, bajo las mismas
                                                                   condiciones del contrato original y hasta por un
  a)   Por el monto, el contrato a suscribirse                     monto máximo del quince por ciento (15%) del
       corresponda a un proceso de selección                       monto contratado de la supervisión, considerando
       de adjudicación de menor cuantía, a una                     para el cálculo todas las prestaciones adicionales
       adjudicación directa selectiva o a una                      previamente aprobadas. Cuando se supere el
       adjudicación directa pública.                               citado porcentaje, se requerirá la autorización,
  b)   El plazo de ejecución de la obra sea igual o                previa al pago, de la Contraloría General de la
       mayor a sesenta (60) días calendario.                       República, no siendo aplicable para este caso el
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Lima, viernes 1 de junio de 2012                       NORMAS LEGALES                                                467371
           límite establecido en el numeral 41.1 del presente                 injustificadamente las obligaciones del
           artículo.                                                          contrato hasta los plazos de responsabilidad
     41.4. Alternativamente, la Entidad puede resolver                        establecidos en las Bases.
           el contrato, mediante comunicación escrita al                   m) Otras infracciones que se establezcan en el
           contratista.                                                       reglamento.
     41.5. La decisión de la Entidad o de la Contraloría
           General de la República de aprobar o no la                 51.2. Sanciones
           ejecución de prestaciones adicionales, no puede                  En los casos que la presente ley o su reglamento
           ser sometida a arbitraje. Tampoco pueden ser                     lo señalen, el Tribunal de Contrataciones del
           sometidas a arbitraje las controversias referidas                Estado impondrá a los proveedores, participantes,
           a la ejecución de las prestaciones adicionales de                postores, contratistas, las sanciones siguientes:
           obra y mayores prestaciones de supervisión que
           requieran aprobación previa de la Contraloría                   a) Inhabilitación temporal: Consiste en la
           General de la República.                                           privación, por un período determinado, de los
     41.6. El contratista puede solicitar la ampliación del                   derechos a participar en procesos de selección
           plazo pactado por atrasos y paralizaciones                         y a contratar con el Estado. Esta inhabilitación
           ajenas a su voluntad debidamente comprobados                       en ningún caso puede ser menor de seis (6)
           y que modifiquen el cronograma contractual.                         meses ni mayor de tres (3) años.
     41.7. Las discrepancias respecto de la procedencia                    b) Inhabilitación definitiva: Consiste en la
           de la ampliación del plazo se resuelven de                         privación permanente del ejercicio de los
           conformidad con lo establecido en el literal b) del                derechos de los proveedores, participantes,
           artículo 40 de la presente ley.                                    postores y contratistas a participar en
                                                                              procesos de selección y a contratar con el
     Artículo    51.               Infracciones   y     sanciones             Estado. Cuando en un período de cuatro (4)
     administrativas                                                          años a una persona natural o jurídica se le
                                                                              impongan dos (2) o más sanciones que en
     51.1. Infracciones                                                       conjunto sumen treinta y seis (36) o más
           Se impondrá sanción administrativa a los                           meses de inhabilitación temporal, el Tribunal
           proveedores,      participantes, postores y                        de Contrataciones del Estado resolverá
           contratistas que:                                                  la inhabilitación definitiva del proveedor,
                                                                              participante, postor o contratista.
              a) No mantengan su oferta hasta el                           c) Económicas: Son aquellas que resultan de
                 consentimiento de la Buena Pro, de resultar                  la ejecución de las garantías otorgadas a la
                 ganadores hasta la suscripción del contrato,                 presentación de recursos de apelación que
                 no suscriban injustificadamente el contrato                   son declarados infundados o improcedentes
                 o acuerdo de Convenio Marco, o no reciban                    por la Entidad o el Tribunal de Contrataciones
                 injustificadamente la orden de compra o de                    del Estado. Si el recurso de apelación es
                 servicio emitida a su favor.                                 declarado fundado en todo o en parte, se
              b) Den lugar a la resolución del contrato, orden                devuelve la garantía por el Tribunal o la
                 de compra o de servicios por causal atribuible               Entidad. En caso de desistimiento, se ejecuta
                 a su parte.                                                  el cien por ciento (100%) de la garantía.
              c) Hayan entregado el bien, prestado el servicio
                 o ejecutado la obra con existencia de vicios              Los proveedores, participantes, postores o
                 ocultos, previa sentencia judicial firme o                 contratistas que incurran en las causales
                 laudo arbitral.                                           establecidas en el numeral 51.1 del presente
              d) Contraten con el Estado estando impedidos                 artículo, serán sancionados con inhabilitación
                 para ello, de acuerdo a la presente ley.                  temporal para contratar con el Estado o con
              e) Se registren como participantes, presenten                inhabilitación definitiva, según corresponda.
                 propuestas, o suscriban un contrato o                     En el caso de la infracción prevista en el literal j)
                 acuerdo de Convenio Marco sin contar con                  del numeral 51.1 del presente artículo, la sanción
                 inscripción vigente en el Registro Nacional               será de inhabilitación temporal no menor de tres
                 de Proveedores (RNP).                                     (3) años ni mayor de cinco (5) años. En caso de
              f) Suscriban un contrato, en el caso de ejecución            reincidencia en esta causal, la inhabilitación será
                 o consultoría de obras, por montos mayores                definitiva, independientemente del período en el
                 a su capacidad libre de contratación, o en                que se ha reincidido y el número de sanciones
                 especialidades distintas, según sea el caso.              impuestas.
              g) Suscriban contrato pese a haber sido                      En caso de concurrir más de una infracción en
                 notificados de la suspensión o nulidad del                 el proceso de selección o en la ejecución de un
                 proceso de contratación, dispuesta por el                 contrato se aplica la sanción prevista para la
                 Organismo Supervisor de las Contrataciones                infracción de mayor gravedad.
                 del Estado (OSCE) en ejercicio de sus                     Las sanciones que se imponen no constituyen
                 funciones.                                                impedimento para que el contratista cumpla
              h) Realicen subcontrataciones sin autorización               con las obligaciones derivadas de contratos
                 de la Entidad o por un porcentaje mayor al                anteriormente suscritos con Entidades; por
                 permitido en el reglamento.                               lo tanto, debe proseguir con la ejecución de
              i) Incurran en la transgresión de la prohibición             los contratos que tuviera suscritos hasta la
                 prevista en el artículo 11 de la presente                 culminación de los mismos.
                 ley o cuando incurran en los supuestos de                 La imposición de las sanciones es independiente
                 socios comunes no permitidos según lo que                 de la responsabilidad civil o penal que pueda
                 establece el reglamento.                                  originarse por las infracciones cometidas.
              j) Presenten documentos falsos o información                 Asimismo, el Organismo Supervisor de las
                 inexacta a las Entidades, al Tribunal de                  Contrataciones del Estado (OSCE) puede
                 Contrataciones del Estado o al Organismo                  imponer sanciones económicas a las Entidades
                 Supervisor de las Contrataciones del Estado               que trasgredan la normativa de contratación
                 (OSCE).                                                   pública, cuando actúen como proveedor.
              k) Interpongan recursos impugnativos contra
                 los actos inimpugnables establecidos en el           Artículo 52. Solución de controversias
                 reglamento.
              l) Se constate, después de otorgada                     52.1. Las controversias que surjan entre las partes
                 la     conformidad,      que     incumplieron              sobre la ejecución, interpretación, resolución,
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        inexistencia, ineficacia, nulidad o invalidez del             así como su utilización para el desarrollo de
        contrato, se resuelven mediante conciliación                 estudios especializados en materia de arbitraje
        o arbitraje, según el acuerdo de las partes. La              administrativo.
        conciliación debe realizarse en un centro de           52.8. Los árbitros deben cumplir con la obligación
        conciliación público o acreditado por el Ministerio          de informar oportunamente si existe alguna
        de Justicia.                                                 circunstancia que les impida ejercer el cargo
  52.2. Los procedimientos de conciliación y/o arbitraje             con independencia, imparcialidad y autonomía;
        deben solicitarse en cualquier momento anterior              actuar con transparencia; y sustentar el apartarse
        a la fecha de culminación del contrato. Para                 cuando corresponda del orden de prelación
        los casos específicos en los que la materia en                previsto en el numeral 52.3 del presente artículo.
        controversia se refiera a nulidad de contrato,                El deber de informar se mantiene a lo largo de
        resolución de contrato, ampliación de plazo                  todo el arbitraje.
        contractual, recepción y conformidad de                      El incumplimiento de cualquiera de estas
        la prestación, valorizaciones o metrados,                    obligaciones configura infracción y es sancionable
        liquidación del contrato y pago, se debe iniciar             administrativamente, según la gravedad de
        el respectivo procedimiento dentro del plazo de              la falta cometida, con suspensión temporal
        quince (15) días hábiles conforme lo señalado en             o inhabilitación permanente para ejercer el
        el reglamento. La parte que solicita la conciliación         cargo de árbitro en las controversias que se
        y/o el arbitraje debe ponerla en conocimiento del            produzcan dentro del marco de la presente ley y
        Organismo Supervisor de las Contrataciones                   su reglamento; con la consecuente suspensión o
        del Estado (OSCE) en el plazo establecido en el              exclusión del Registro de Árbitros del Organismo
        reglamento, salvo cuando se trate de un arbitraje            Supervisor de las Contrataciones del Estado
        administrado por dicho organismo o cuando éste               (OSCE), según la sanción impuesta.
        designe a los árbitros.                                      La sanción administrativa se aplica sin perjuicio
        Para los reclamos que formulen las Entidades                 de la que pudiera corresponder conforme al
        por vicios ocultos en los bienes, servicios y                Código de Ética para el arbitraje administrado por
        obras entregados por el contratista, el plazo de             el Organismo Supervisor de las Contrataciones
        caducidad es el que se fije en función del artículo           del Estado (OSCE) o por otra institución que
        50 de la presente ley, y se computa a partir de la           lleve adelante el proceso.
        conformidad otorgada por la Entidad.                   52.9. Las partes pueden dispensar a los árbitros de
        Todos los plazos previstos son de caducidad.                 las causales de recusación que no constituyan
  52.3. El arbitraje será de derecho y resuelto por árbitro          impedimento absoluto.
        único o tribunal arbitral mediante la aplicación de    52.10. En el caso que el convenio arbitral
        la Constitución Política del Perú, de la presente            establezca que el arbitraje es institucional, y
        ley y su reglamento, así como de las normas                  no se haga referencia a una institución arbitral
        de derecho público y las de derecho privado;                 determinada, se entenderá que el arbitraje
        manteniendo obligatoriamente este orden de                   se rige bajo la organización y administración
        preferencia en la aplicación del derecho. Esta               de los órganos del Sistema Nacional de
        disposición es de orden público. El incumplimiento           Arbitraje del Organismo Supervisor de las
        de lo dispuesto en este numeral es causal de                 Contrataciones del Estado (OSCE) de acuerdo
        anulación del laudo.                                         a su reglamento.
  52.4. El árbitro único y el presidente del tribunal          52.11.El Sistema Nacional de Arbitraje del Organismo
        arbitral deben ser necesariamente abogados,                  Supervisor de las Contrataciones del Estado
        que cuenten con especialización acreditada en                (SNA-OSCE) constituye un régimen institucional
        derecho administrativo, arbitraje y contrataciones           de arbitraje especializado para la resolución
        con el Estado, pudiendo los demás integrantes                de controversias en las contrataciones con el
        del colegiado ser expertos o profesionales en                Estado. Es autónomo, especializado y se rige
        otras materias. La designación de los árbitros               por su propio reglamento que es aprobado por
        y los demás aspectos de la composición del                   el Organismo Supervisor de las Contrataciones
        tribunal arbitral son regulados en el reglamento.            del Estado (OSCE) y supletoriamente por la
  52.5. Cuando exista un arbitraje en curso y surja una              Ley de Arbitraje. El reglamento establece su
        nueva controversia derivada del mismo contrato,              conformación y atribuciones.
        cualquiera de las partes puede solicitar a los         52.12.Los procedimientos de conciliación y arbitraje
        árbitros la acumulación de las pretensiones a                se sujetan supletoriamente a lo dispuesto por
        dicho arbitraje, debiendo hacerlo dentro del plazo           las leyes de la materia, siempre que no se
        de caducidad previsto en el numeral 52.2. del                opongan a lo establecido en la presente ley y su
        presente artículo. No obstante, en el convenio               reglamento.
        arbitral se puede establecer que solo procede
        la acumulación de pretensiones cuando ambas            Artículo 53. Recursos impugnativos
        partes estén de acuerdo y se cumpla con las            Las discrepancias que surjan entre la Entidad y los
        formalidades establecidas en el propio convenio        participantes o postores en un proceso de selección,
        arbitral; de no mediar dicho acuerdo, no procede       solamente podrán dar lugar a la interposición del
        la acumulación.                                        recurso de apelación. Mediante el recurso de apelación
  52.6. El laudo arbitral es inapelable, definitivo y           se pueden impugnar los actos dictados desde la
        obligatorio para las partes desde el momento           convocatoria hasta antes de la celebración del contrato.
        de su notificación, debiéndose notificar a las           Por esta vía no se pueden impugnar las Bases ni su
        partes en forma personal y a través del Sistema        integración, así como tampoco las resoluciones o
        Electrónico de Contrataciones del Estado               acuerdos que aprueben las exoneraciones.
        (SEACE) para efecto de su validez. Dicho sistema       El recurso de apelación sólo puede interponerse luego
        debe permitir, operativamente la notificación del       de otorgada la Buena Pro. El reglamento establece el
        laudo. La notificación se dará por efectuada            procedimiento, requisitos y plazo para su presentación
        desde ocurrido el último acto. Contra dicho laudo      y resolución.
        solo cabe interponer recurso de anulación de           El recurso de apelación es conocido y resuelto por
        acuerdo a lo establecido en la presente ley y al       el Tribunal de Contrataciones del Estado, cuando se
        Decreto Legislativo 1071, Ley de Arbitraje.            trate de procesos de selección de adjudicación directa
  52.7. El arbitraje a que se refiere la presente norma         pública, licitaciones públicas y concursos públicos,
        se desarrolla en cumplimiento del Principio de         incluidos los procesos de menor cuantía cuando
        Transparencia. El Organismo Supervisor de las          deriven de procesos declarados desiertos. En los
        Contrataciones del Estado (OSCE) dispone la            procesos de menor cuantía y en las adjudicaciones
        publicación de los laudos y actas de conciliación,     directas selectivas, corresponde dicha competencia
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Lima, viernes 1 de junio de 2012                  NORMAS LEGALES                                                 467373
     al Titular de la Entidad. La resolución que resuelva el      Cuando corresponda al árbitro único o al Tribunal
     recurso de apelación agota la vía administrativa.            Arbitral evaluar la nulidad del contrato, se
     El Titular de la Entidad puede delegar la potestad           considerarán en primer lugar las causales previstas
     de resolver el recurso de apelación. El funcionario a        en la presente ley y su reglamento, y luego las
     quien se otorgue dicha facultad es responsable por la        causales de nulidad aplicables reconocidas en el
     emisión del acto que resuelve el recurso.                    derecho nacional.
     Cuando la apelación se haya interpuesto ante el
     Tribunal de Contrataciones del Estado, la Entidad            Artículo 58. Funciones
     está obligada a remitir el expediente correspondiente,       El Organismo Supervisor de las Contrataciones del
     dentro del plazo máximo de tres (3) días de requerida,       Estado (OSCE) tiene las siguientes funciones:
     bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. El
     incumplimiento de dicha obligación por parte de la           a)   Velar y promover el cumplimiento y difusión de
     Entidad será comunicada a la Contraloría General de               esta ley, su reglamento y normas complementarias
     la República.                                                     y proponer las modificaciones que considere
     La garantía por interposición del recurso de apelación            necesarias.
     debe otorgarse a favor del Organismo Supervisor de           b)   Implementar actividades y mecanismos de
     las Contrataciones del Estado (OSCE) y de la Entidad,             desarrollo de capacidades y competencias en la
     cuando corresponda. Esta garantía será equivalente al             gestión de las contrataciones del Estado.
     tres por ciento (3%) del Valor Referencial del proceso       c)   Emitir directivas, lineamientos, manuales
     de selección o del ítem que se decida impugnar. La                y comunicados sobre materias de su
     garantía no puede ser menor al cincuenta por ciento               competencia.
     (50%) de una (1) UIT.                                        d)   Resolver los asuntos de su competencia en
     La interposición de la acción contencioso-                        última instancia administrativa.
     administrativa procede contra lo resuelto en última          e)   Supervisar y fiscalizar, de forma selectiva y/o
     instancia administrativa, sin suspender su ejecución.             aleatoria, los procesos de contratación que
     Mediante acuerdos adoptados en Sala Plena, los                    realicen las Entidades para proveerse de bienes,
     cuales constituyen precedentes de observancia                     servicios u obras, asumiendo el pago con fondos
     obligatoria, el Tribunal de Contrataciones del Estado             públicos, independientemente del régimen
     interpreta de modo expreso y con carácter general                 legal. Esta supervisión también alcanza a las
     las normas establecidas en la presente ley y su                   contrataciones previstas en los literales i), o), s),
     reglamento.                                                       t) y v) del numeral 3.3 del artículo 3 de la presente
                                                                       ley.
     Artículo 56. Nulidad de los actos derivados de los           f)   Administrar y operar el Registro Nacional de
     procesos de contratación                                          Proveedores (RNP), así como cualquier otro
     El Tribunal de Contrataciones del Estado, en los casos            instrumento necesario para la implementación
     que conozca, declara nulos los actos expedidos,                   y operación de los diversos procesos de
     cuando hayan sido dictados por órgano incompetente,               contrataciones del Estado.
     contravengan las normas legales, contengan un                g)   Desarrollar, administrar y operar el Sistema
     imposible jurídico o prescindan de las normas                     Electrónico de las Contrataciones del Estado
     esenciales del procedimiento o de la forma prescrita              (SEACE).
     por la normatividad aplicable, debiendo expresar en la       h)   Organizar y administrar arbitrajes, de conformidad
     Resolución que expida la etapa a la que se retrotraerá            con los reglamentos que apruebe para tal
     el proceso de selección.                                          efecto.
     El Titular de la Entidad declara de oficio la nulidad         i)   Designar árbitros y resolver las recusaciones
     del proceso de selección, por las mismas causales                 sobre los mismos en arbitrajes que no se
     previstas en el párrafo anterior, sólo hasta antes de la          encuentren sometidos a una institución arbitral,
     celebración del contrato, sin perjuicio que pueda ser             en la forma establecida en el reglamento.
     declarada en la resolución recaída sobre el recurso de       j)   Absolver consultas sobre las materias de su
     apelación.                                                        competencia. Las consultas que le efectúen las
     Después de celebrados los contratos, la Entidad puede             Entidades son gratuitas.
     declarar la nulidad de oficio en los siguientes casos:        k)   Imponer sanciones a los proveedores que
                                                                       contravengan las disposiciones de esta ley, su
     a)       Por haberse suscrito en contravención con el             reglamento y normas complementarias, así como
              artículo 10 de la presente ley.                          los árbitros en los casos previstos en la presente
     b)       Cuando se verifique la trasgresión del principio          ley.
              de presunción de veracidad durante el               l)   Poner en conocimiento de la Contraloría General
              proceso de selección o para la suscripción del           de la República, de manera fundamentada, las
              contrato.                                                trasgresiones observadas en el ejercicio de sus
     c)       Cuando se haya suscrito el contrato no obstante          funciones cuando existan indicios razonables
              encontrarse en trámite un recurso de apelación.          de perjuicio económico al Estado o de comisión
     d)       Cuando no se haya cumplido con las condiciones           de delito o de comisión de infracciones graves
              y/o requisitos establecidos en la normativa a fin         o muy graves por responsabilidad administrativa
              de la configuración de alguna de las causales de          funcional de acuerdo al marco legal vigente.
              exoneración.                                        m)   Suspender los procesos de contratación, en los
     e)       Cuando no se haya utilizado los procedimientos           que como consecuencia del ejercicio de sus
              previstos en la presente ley, pese a que la              funciones observe trasgresiones a la normativa
              contratación se encontraba bajo su ámbito                aplicable, pudiendo adoptar y/o disponer las
              de aplicación. En este supuesto, asumirán                medidas que resulten necesarias para tal
              responsabilidad los funcionarios y servidores            efecto, incluida la no emisión de las constancias
              de la Entidad contratante, conjuntamente con             necesarias para la suscripción del respectivo
              los contratistas que celebraron irregularmente el        contrato, sin perjuicio de la atribución del Titular
              contrato.                                                de la Entidad, de declarar la nulidad de oficio de
                                                                       dichos procesos.
     En caso de contratarse bienes, servicios u obras, sin        n)   Promover la Subasta Inversa, determinando las
     el previo proceso de selección que correspondiera,                características técnicas de los bienes o servicios
     se incurrirá en causal de nulidad del proceso y                   que serán provistos a través de esta modalidad.
     del contrato, asumiendo responsabilidades los                o)   Desconcentrar sus funciones en sus órganos
     funcionarios y servidores de la Entidad contratante               de alcance regional o local de acuerdo a lo que
     conjuntamente con los contratistas que celebraron                 establezca su Reglamento de Organización y
     dichos contratos irregulares.                                     Funciones.
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  p)   Realizar estudios conducentes a evaluar               b)   Aplicar las sanciones de inhabilitación temporal
       el funcionamiento de los regímenes de                      y definitiva a los proveedores, participantes,
       contratación del Estado, analizar y proponer               postores, contratistas, árbitros y expertos
       nuevos mecanismos idóneos de contratación                  independientes, según corresponda para cada
       según mercados, así como proponer estrategias              caso.
       destinadas al uso eficiente de los recursos            c)   Las demás funciones que le otorga la normativa.
       públicos.
  q)   Las demás que le asigne la normativa.                 Su conformación y el número de Salas son establecidos
                                                             por Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de
  Artículo 60. El Consejo Directivo y la Presidencia         Economía y Finanzas.
  Ejecutiva del Organismo Supervisor de las
  Contrataciones del Estado (OSCE)                           Artículo 64. Requisitos e impedimentos para ser
                                                             Vocal del Tribunal de Contrataciones del Estado
  60.1. El Consejo Directivo es el máximo órgano del         Los Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado
        Organismo Supervisor de las Contrataciones           son elegidos por concurso público y designados por
        del Estado (OSCE). Se encuentra integrado            un periodo de tres (03) años. Para ello se requiere:
        por tres (3) miembros, los que son designados
        por un período de tres (3) años renovables por       a)   Contar con título profesional universitario.
        un periodo adicional, mediante Resolución            b)   Experiencia acreditada no menor a cinco (5) años
        Suprema refrendada por el Ministro de Economía            en las materias relacionadas con la presente
        y Finanzas. Los miembros del Consejo Directivo            norma.
        perciben dietas a excepción de su Presidente         c)   Acreditar estudios de especialización en temas
        Ejecutivo.                                                afines a las materias de esta ley.
        Son funciones del Consejo Directivo:                 d)   Contar con reconocida solvencia moral.
                                                             e)   No tener sentencia condenatoria por delito doloso
       a) Aprobar las Directivas referidas en el inciso           o encontrarse inhabilitado para ejercer la función
          b) del artículo 58 de la presente ley.                  pública por sentencia judicial o por resolución del
       b) Proponer        estrategias    de      gestión          Congreso de la República.
          institucional.                                     f)   No haber sido declarado insolvente o haber
       c) Proponer las estrategias destinadas a                   ejercido cargos directos en personas jurídicas
          promover el uso eficiente de los recursos                declaradas en quiebra, durante por lo menos un
          públicos y de reducción de costos en materia            (1) año, previo a la declaración.
          de contrataciones del Estado.                      g)   No haber sido inhabilitado para contratar con el
       d) Aprobar los lineamientos de gestión de sus              Estado.
          órganos desconcentrados.                           h)   No tener participación en personas jurídicas que
       e) Otras que se le asigne en el Reglamento de              contraten con el Estado.
          Organización y Funciones.                          i)   No estar inmerso en causal de impedimento para
                                                                  el ejercicio de la función pública.
  60.2. El Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo
        es uno de sus miembros, el cual es designado         El Presidente del Tribunal de Contrataciones del
        mediante Resolución Suprema refrendada por           Estado es elegido de acuerdo a lo previsto en el
        el Ministro de Economía y Finanzas. El cargo de      reglamento de la presente ley, conforme al marco
        Presidente Ejecutivo es remunerado.                  previsto en ésta.
        Son funciones del Presidente Ejecutivo:
                                                             Artículo 68. Obligatoriedad
       a) Convocar y presidir las sesiones del Consejo       Las Entidades están obligadas a utilizar el Sistema
          Directivo.                                         Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE),
       b) Actuar como Titular del Pliego, máxima             independientemente del régimen legal de contratación
          autoridad administrativa y representante           pública o fuente de financiamiento al que se sujete
          legal del Organismo Supervisor de las              la contratación, conforme a los requisitos que se
          Contrataciones del Estado (OSCE).                  establezca en el reglamento.
       c) Supervisar la marcha institucional y               En los procesos de menor cuantía, las contrataciones
          administrativa.                                    se realizan obligatoriamente en forma electrónica a
       d) Designar a los altos funcionarios de acuerdo       través del Sistema Electrónico de Contrataciones del
          a las normas que resulten aplicables.              Estado (SEACE), con las excepciones que establezca
       e) Otras que se le asigne en el Reglamento de         el reglamento.
          Organización y Funciones.                          El reglamento establece los criterios de
                                                             incorporación gradual de las Entidades al Sistema
  Artículo 62. Causales de remoción                          Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE),
  Los miembros del Consejo Directivo y el Presidente         considerando la infraestructura y condiciones
  Ejecutivo del Organismo Supervisor de las                  tecnológicas que éstas posean o los medios
  Contrataciones del Estado (OSCE) pueden ser                disponibles para estos efectos, así como la forma
  removidos de su cargo, mediante resolución suprema,        en que se aplican progresiva y obligatoriamente
  por permanente incapacidad física o incapacidad moral      las contrataciones electrónicas a los procesos de
  sobreviniente, por falta grave o pérdida de confianza.      licitación pública, concurso público, adjudicación
  La remoción genera la vacancia del cargo, la que           directa pública y adjudicación directa selectiva en
  también se produce por renuncia.                           sus distintas modalidades.
                                                             Las Entidades están obligadas a registrar,
  Artículo 63. Tribunal de Contrataciones del Estado         mensualmente, sus contrataciones por montos de
  El Tribunal de Contrataciones del Estado es un             una (1) a tres (3) Unidades Impositivas Tributarias
  órgano resolutivo que forma parte de la estructura         (UIT), en el Sistema Electrónico de Contrataciones del
  administrativa del Organismo Supervisor de las             Estado (SEACE).
  Contrataciones del Estado (OSCE). Cuenta con plena
  autonomía e independencia en el ejercicio de sus           Artículo 70. Validez y eficacia de los actos
  funciones.                                                 Los actos realizados por medio del Sistema Electrónico
  Tiene las siguientes funciones:                            de Contrataciones del Estado (SEACE) que cumplan
                                                             con las disposiciones vigentes poseen la misma
  a)   Resolver, de ser el caso, las controversias que       validez y eficacia que los actos realizados por medios
       surjan entre las Entidades, los participantes y los   manuales, pudiéndolos sustituir para todos los efectos
       postores durante el proceso de selección.             legales.
www.ComprasEstatales.org
El Peruano
Lima, viernes 1 de junio de 2012               NORMAS LEGALES                                                   467375
     Todos los actos realizados a través del Sistema              En Lima, a los veinticinco días del mes de mayo de
     Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE),         dos mil doce.
     incluidos los efectuados por el Organismo Supervisor
     de las Contrataciones del Estado (OSCE) en el                DANIEL ABUGATTÁS MAJLUF
     ejercicio de sus funciones, se entienden notificados          Presidente del Congreso de la República
     el mismo día de su publicación, salvo lo dispuesto en
     el numeral 52.6 del artículo 52 de la presente ley en        MANUEL ARTURO MERINO DE LAMA
     cuanto fuera aplicable.                                      Primer Vicepresidente del Congreso de la República
     La intervención de los notarios públicos se efectúa
     en las oportunidades y formas que establezca el              AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE
     reglamento.                                                  LA REPÚBLICA

               DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS                      POR TANTO:
                           FINALES
                                                                  Mando se publique y cumpla.
     Quinta. El Organismo Supervisor de las Contrataciones
     del Estado (OSCE) utilizará los medios electrónicos          Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintaiún
     de comunicación para notificar todos los actos que         días del mes de mayo del año dos mil doce.
     emita en el ejercicio de sus funciones, los que poseen
     la misma validez y eficacia que los realizados por los        OLLANTA HUMALA TASSO
     medios manuales.                                             Presidente Constitucional de la República
     Adicionalmente a los métodos de notificación
     tradicionales, las Entidades podrán utilizar medios          ÓSCAR VALDÉS DANCUART
     electrónicos de comunicación para el cumplimiento de         Presidente del Consejo de Ministros
     los distintos actos que se disponen en la presente ley
     y su reglamento.                                             795926-1
     En todos los casos, se deberán utilizar las tecnologías
     necesarias que garanticen la identificación de los
     participantes y la confidencialidad de las propuestas.
     El reglamento de la presente ley establece las
                                                                             PODER EJECUTIVO
     condiciones necesarias para la utilización de los
     medios electrónicos de comunicación.”
                                                                           PRESIDENCIA DEL
            DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
                        FINALES                                      CONSEJO DE MINISTROS
     Primera. Modificaciones al Reglamento de la Ley
de Contrataciones del Estado                                   Designan representante del sector
     El Poder Ejecutivo dicta las modificaciones al             público de salud ante el Consejo
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado,             Directivo de la Autoridad Nacional del
aprobado por Decreto Supremo 184-2008-EF, dentro de
un plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles, contados       Agua
a partir del día siguiente de la publicación de la presente
ley.                                                                          RESOLUCIÓN SUPREMA
                                                                                 Nº 153-2012-PCM
    Segunda. Vigencia de la ley
    La presente ley entra en vigencia a partir del trigésimo      Lima, 31 de mayo de 2012
día hábil siguiente de la publicación de la modificación
del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado,            VISTOS, el Oficio Nº 251-2012-ANA-J/OAJ del Jefe
aprobado mediante el Decreto Supremo 184-2008-EF.              de la Autoridad Nacional del Agua; y, el Oficio Nº 2605-
                                                               2011-SG/MINSA del Secretario General del Ministerio de
    Tercera. Aplicación de la ley                              Salud;
    La presente ley es aplicable a las contrataciones
cuyos procesos de selección se convoquen a partir de su           CONSIDERANDO:
entrada en vigencia.                                               Que, la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos,
                                                               creó el Sistema Nacional de Gestión de los Recursos
   Cuarta. Derogatoria                                         Hídricos con el objeto de articular el accionar del Estado,
   Deróganse     la   Décima     Tercera    Disposición        para conducir los procesos de gestión integrada y de
Complementaria Final y la Tercera Disposición                  conservación de los recursos hídricos en los ámbitos de
Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo 1017,       cuencas, de los ecosistemas que lo conforman y de los
que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado.               bienes asociados; así como para establecer espacios
                                                               de coordinación y concertación entre las entidades de la
                DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA                     administración pública y los actores involucrados en dicha
                        TRANSITORIA                            gestión;
                                                                   Que, el artículo 14º de la Ley antes acotada establece
    Única. Los Vocales del Tribunal de Contrataciones          que la Autoridad Nacional del Agua es el ente rector
del Estado                                                     y la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema
    Los Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado      Nacional de Gestión de Recursos Hídricos, responsable
elegidos por concurso público en el marco del Decreto          del funcionamiento de dicho sistema;
Supremo 189-2011-EF, que aprueba el procedimiento                  Que, asimismo, el artículo 19º del dispositivo legal
para el concurso público de evaluación y selección de          antes invocado prevé que el Consejo Directivo es la
los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado,         máxima instancia de la Autoridad Nacional del Agua, el
mantienen su cargo hasta el cumplimiento del plazo             cual estará conformado, entre otros, por un representante
señalado en el artículo 64 de la Ley de Contrataciones         del sector público de salud, quien será designado mediante
del Estado, Decreto Legislativo 1017, contados desde la        Resolución Suprema de la Presidencia del Consejo de
fecha de su designación, sin perjuicio de las causales de      Ministros, considerando como requisito que el designado
remoción correspondientes.                                     sea un funcionario del más alto nivel con rango de director
                                                               general o similar;
   Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la            Que, conforme a los documentos del visto resulta
República para su promulgación.                                pertinente designar al representante del sector público de

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  • 1. www.ComprasEstatales.org El Peruano 467366 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de junio de 2012 MUNICIPALIDAD MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC DE SANTA ANITA Ordenanza N° 103-2012-MDP/C.- Aprueban Reglamento del Ordenanza N° 00092-MDSA.- Disponen y reglamentan el Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo en el distrito proceso del presupuesto participativo del distrito para el año fiscal para el año fiscal 2013 467499 2013 467503 Acuerdo N° 045-2012-MDP/C.- Aprueban Balance General D.A. N° 00006-2012/MDSA.- Aprueban Cronograma del Proceso y Memoria Anual del Ejercicio Económico 2011 de la Municipalidad del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2013 467505 467500 D.A. N° 003-2012-MDP/A.- Disponen la celebración de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito 467501 SEPARATAS ESPECIALES VIVIENDA, CONSTRUCCION MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Y SANEAMINETO Acuerdo N° 24-2012-MDPH.- Disponen la contratación de estudio jurídico para asumir la defensa judicial del Alcalde, Regidores y R.M. N° 102-2012-VIVIENDA.- Reglamento Operativo para Gerente Municipal por denuncias en el cumplimiento de sus funciones acceder al Bono Familiar Habitacional para las Modalidades de 467502 Aplicación de Construcción en sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda 467337 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO SUPERINTENDENCIA NACIONAL D.A. N° 012.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 232-2012 467502 DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Res. N° 279-2012-SUNAT/A.- Aprueban Procedimiento General D.A. N° 11-2012-MDSJM.- Amplían plazo para el pago de la IF GRA-PG.03 “Determinación y Control de la Deuda Tributaria segunda cuota del Impuesto Predial 467503 Aduanera y Recargos (versión 2) 467357 b) Los Gobiernos Regionales, sus dependencias PODER LEGISLATIVO y reparticiones. c) Los Gobiernos Locales, sus dependencias y reparticiones. CONGRESO DE LA REPUBLICA d) Los Organismos Constitucionales Autónomos. e) Las Universidades Públicas. LEY Nº 29873 f) Las Sociedades de Beneficencia y las Juntas de Participación Social. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA g) Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú. POR CUANTO: h) Los Fondos de Salud, de Vivienda, de Bienestar y demás de naturaleza análoga de El Congreso de la República las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional Ha dado la Ley siguiente: del Perú. i) Las empresas del Estado de derecho EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; público o privado, ya sean de propiedad del Ha dado la Ley siguiente: Gobierno Nacional, Regional o Local y las empresas mixtas bajo control societario del LEY QUE MODIFICA Estado. j) Los proyectos, programas, fondos, órganos EL DECRETO LEGISLATIVO 1017 desconcentrados, organismos públicos QUE APRUEBA LA LEY DE CONTRATACIONES del Poder Ejecutivo, instituciones y demás unidades orgánicas, funcionales, ejecutoras DEL ESTADO y/o operativas de los Poderes del Estado; así como los organismos a los que alude Artículo único. Modificaciones a la Ley de la Constitución Política del Perú y demás Contrataciones del Estado que sean creados y reconocidos por el Modifícanse los artículos 3, 9, 11, 19, 20, 22, 23, 27, ordenamiento jurídico nacional, siempre 28, 32, 39, 41, 51, 52, 53, 56, 58, 60, 62, 63, 64, 68, 70 que cuenten con autonomía administrativa, y Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto económica y presupuestal. Legislativo 1017 que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, los cuales quedan redactados de la siguiente manera: 3.2 La presente ley se aplica a las contrataciones que deben realizar las Entidades para proveerse “Artículo 3. Ámbito de aplicación de bienes, servicios u obras, asumiendo el pago del precio o de la retribución correspondiente con 3.1 Se encuentran comprendidos dentro de los fondos públicos, y demás obligaciones derivadas alcances de la presente ley, bajo el término de la calidad de contratante. genérico de Entidad(es): 3.3 La presente ley no es de aplicación para: a) El Gobierno Nacional, sus dependencias y a) La contratación de trabajadores, empleados, reparticiones. servidores o funcionarios públicos sujetos a
  • 2. www.ComprasEstatales.org El Peruano Lima, viernes 1 de junio de 2012 NORMAS LEGALES 467367 los regímenes de la carrera administrativa o entre Entidades, o entre éstas y organismos laboral de la actividad privada. internacionales, siempre que se brinden los b) La contratación de auditorías externas en bienes, servicios u obras propios de la función o para las Entidades, la que se sujeta a las que por ley les corresponde, y además no se normas que rigen el Sistema Nacional de persigan fines de lucro. Control. Todas las demás contrataciones Los convenios a que se refiere el presente que efectúe la Contraloría General de la numeral, en ningún caso se utilizarán para República se sujetan a lo dispuesto en la el encargo de la realización de procesos de presente ley y su reglamento. selección. c) Las operaciones de endeudamiento y t) La contratación de servicios públicos, siempre administración de deuda pública. que no exista la posibilidad de contratar con d) La contratación de asesoría legal y financiera más de un proveedor. y otros servicios especializados, vinculados u) Las contrataciones realizadas de acuerdo con directa o indirectamente a las operaciones las exigencias y procedimientos específicos de endeudamiento interno o externo y de de organismos internacionales, Estados administración de deuda pública. o entidades cooperantes, siempre que se e) Los contratos bancarios y financieros deriven de operaciones de endeudamiento celebrados por las Entidades. externo y/o donaciones ligadas a dichas f) Los contratos administrativos de servicios o operaciones. régimen que haga sus veces. v) Las contrataciones realizadas de acuerdo g) Los contratos de locación de servicios con las exigencias y procedimientos celebrados con los presidentes de directorios, específicos de organismos internacionales, que desempeñen funciones a tiempo Estados o entidades cooperantes, que se completo en las Entidades o empresas del deriven de donaciones efectuadas por estos, Estado. siempre que dichas donaciones representen h) Los actos de disposición y de administración por lo menos el 25% del monto total de las y gestión de los bienes de propiedad estatal. contrataciones involucradas en el Convenio i) Las contrataciones cuyos montos, sean suscrito para tal efecto. iguales o inferiores a tres (3) Unidades Impositivas Tributarias, vigentes al En todos los supuestos señalados en el presente momento de la transacción, lo cual no numeral, salvo el literal u), intervendrá la Contraloría enerva la responsabilidad de la Entidad General de la República. de salvaguardar el uso de los recursos públicos de conformidad con los principios Artículo 9. Registro Nacional de Proveedores de moralidad y eficiencia. Este supuesto no es aplicable a las 9.1. Para ser participante, postor y/o contratista se contrataciones de bienes y servicios incluidos requiere estar inscrito en el Registro Nacional en el Catálogo de Convenios Marco, conforme de Proveedores (RNP) y no estar impedido, a lo que establezca el reglamento. sancionado ni inhabilitado para contratar con el j) La contratación de notarios públicos para Estado. que ejerzan las funciones previstas en la 9.2. El reglamento establece la organización, presente ley y su reglamento. funciones y procedimientos del Registro k) Los servicios brindados por conciliadores, Nacional de Proveedores (RNP), así como los árbitros, centros de conciliación, instituciones requisitos para la inscripción y su renovación, arbitrales y demás derivados de la función la asignación de categorías y especialidades, conciliatoria y arbitral; salvo en lo que la inclusión y la periodicidad con que se publica respecta a las infracciones y sanciones la relación de sancionados en el Portal del previstas para los árbitros. Organismo Supervisor de las Contrataciones l) Las contrataciones que deban realizarse con del Estado (OSCE). En ningún caso, estos determinado proveedor, por mandato expreso requisitos constituyen barreras a la competencia de la ley o de la autoridad jurisdiccional. y se establecen en cumplimiento del principio de m) La concesión de recursos naturales y obras reciprocidad. públicas de infraestructura, bienes y servicios La publicación de los sancionados incluye públicos. información de los socios, accionistas, n) La transferencia al sector privado de acciones participacionistas o titulares, y de los integrantes y activos de propiedad del Estado, en el de los órganos de administración, de conformidad marco del proceso de privatización. con el procedimiento previsto en el reglamento. ñ) La modalidad de ejecución presupuestal 9.3. A los Proveedores del Estado inscritos como directa contemplada en la normativa de la Ejecutores de Obra ante el Registro Nacional materia, salvo las contrataciones de bienes de Proveedores (RNP), se les asignará una y servicios que se requieran para ello. capacidad máxima de contratación que será o) Las contrataciones realizadas con calculada en función de su capital social proveedores no domiciliados en el país cuyo suscrito y pagado en el Perú y de la experiencia mayor valor estimado de las prestaciones se con la que cuenten como ejecutores de obra, realice en el territorio extranjero. quedando expresamente establecido que el p) Las contrataciones que realicen las Misiones capital social suscrito y pagado de las personas del Servicio Exterior de la República, jurídicas inscritas como ejecutores de obra ante exclusivamente para su funcionamiento y el Registro Nacional de Proveedores (RNP), no gestión, fuera del territorio nacional. podrá ser inferior al 5% de su capacidad máxima q) Las contrataciones de servicios de abogados, de contratación; y en el caso de personas asesores legales y de cualquier otro tipo de jurídicas que no estuvieran constituidas en asesoría requerida para la defensa del Estado el Perú y que en consecuencia no contaran en las controversias internacionales sobre con capital social en el país, en función de inversión en foros arbitrales o judiciales. la asignación de capital que le hubiera sido r) Las compras de bienes que realicen las efectivamente depositada en una entidad del Entidades mediante remate público, las sistema financiero nacional en el caso de las que se realizarán de conformidad con la sucursales y, de un mecanismo equivalente en el normativa de la materia. caso de las personas jurídicas no domiciliadas, s) Los convenios de cooperación, gestión quienes deberán acreditar haber depositado u otros de naturaleza análoga, suscritos en una cuenta abierta en una empresa del
  • 3. www.ComprasEstatales.org El Peruano 467368 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de junio de 2012 sistema financiero nacional a nombre de su la fiscalización posterior de la información representante legal en el país, el monto en virtud presentada por los proveedores. del cual se calculará su capacidad máxima de Mediante Decreto Supremo refrendado por contratación. Tanto en el caso de las sucursales el Ministro de Economía y Finanzas puede de personas jurídicas extranjeras en el Perú disponerse el acceso a la información que como de personas jurídicas no domiciliadas, los posean otras Entidades y que sea relevante para aportes dinerarios antes señalados, a efectos el Registro Nacional de Proveedores (RNP). de tener validez frente al Registro Nacional 9.5. En ningún caso, las Bases de los procesos de de Proveedores (RNP), deberán haber sido selección exigen a los postores la documentación aprobados por la Junta General de Accionistas que estos hubiesen tenido que presentar para u órgano análogo de la Sociedad, previamente a su inscripción ante el Registro Nacional de su depósito efectivo, de acuerdo a los estatutos Proveedores (RNP). de cada empresa o a las leyes del país en virtud de las cuales se hubiera constituido la matriz. Artículo 11. Prohibición de prácticas que afecten Sin perjuicio de lo antes señalado, a efectos de la mayor concurrencia y competencia en los realizar la inscripción de empresas extranjeras procesos de contratación ante el Registro Nacional de Proveedores Se encuentra prohibida la concertación de precios, (RNP) se aplicará el Principio de Reciprocidad. condiciones o ventajas, entre proveedores o entre Las empresas extranjeras recibirán el mismo proveedores y terceros, que pueda afectar la mayor trato que las empresas peruanas reciben en su concurrencia y/o competencia en los procesos de país de origen en materia de contrataciones del contratación. Esta afectación a la libre competencia Estado. también puede materializarse mediante acuerdos Las disposiciones establecidas en los párrafos para no participar o no presentar propuestas en los anteriores no se aplican a los proveedores que procesos de contratación. El funcionario o servidor provengan de países con los cuales la República público que intervenga o favorezca estas prácticas del Perú tuviera vigente un tratado o compromiso será sancionado administrativa o penalmente de internacional que incluya disposiciones en acuerdo a la normativa correspondiente. materia de contrataciones públicas; ni a las micro y pequeñas empresas - mypes debidamente Artículo 19. Prohibición de fraccionamiento inscritas en el Registro Nacional de la Micro y Queda prohibido fraccionar la contratación de bienes, Pequeña Empresa (REMYPE). de servicios y la ejecución de obras con el objeto de 9.4. Los proveedores cuya inscripción en el evitar el tipo de proceso de selección que corresponda Registro Nacional de Proveedores (RNP) haya según la necesidad anual, o de evadir la aplicación sido declarada nula por haber presentado de la normativa de contrataciones del Estado para documentación falsa o información inexacta, dar lugar a contrataciones menores a tres (3) UIT, sólo podrán solicitar su reinscripción en el y/o de acuerdos comerciales suscritos por el Estado referido Registro luego de transcurrido dos (2) peruano en materia de contratación pública. No se años desde que quedó administrativamente considera fraccionamiento a las contrataciones por firme la resolución que declaró la nulidad. etapas, tramos, paquetes o lotes posibles en función El Registro Nacional de Proveedores (RNP) no a la naturaleza del objeto de la contratación o para debe exigir la licencia de funcionamiento en el propiciar la participación de las microempresas y procedimiento de inscripción. de las pequeñas empresas en aquellos sectores El Organismo Supervisor de las Contrataciones económicos donde exista oferta competitiva. del Estado (OSCE) administra el Registro El Ministerio de Economía y Finanzas, previa Nacional de Proveedores (RNP) y debe opinión favorable del Ministerio de la Producción y mantenerlo actualizado en su portal institucional. del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Las Entidades están prohibidas de llevar establece mediante Decreto Supremo los sectores registros de proveedores. Sólo están facultadas que son materia de interés del Estado para promover para llevar y mantener un listado interno de la participación de la microempresa y de la pequeña proveedores, consistente en una base de datos empresa. que contenga la relación de aquellos. Bajo La prohibición se aplica sobre el monto total de la ninguna circunstancia, la incorporación en este etapa, tramo, paquete o lote a ejecutar. listado es requisito para la participación en los El órgano encargado de las contrataciones en cada procesos de selección que la Entidad convoque. Entidad es responsable en caso de incumplimiento de La incorporación de proveedores en este listado la prohibición a que se refiere el presente artículo. es discrecional y gratuita. El Registro Nacional de Proveedores (RNP) tiene Artículo 20. Exoneración de procesos de carácter desconcentrado a fin de no perjudicar selección ni generar mayores costos de transacción a las Están exoneradas de los procesos de selección las pequeñas y micro empresas localizadas en las contrataciones que se realicen: diversas regiones del país. Bajo responsabilidad, en el marco de la a) Entre Entidades, siempre que en razón de legislación vigente sobre la materia, el costos de oportunidad resulten más eficientes Registro Nacional de Identificación y Estado y técnicamente viables para satisfacer la Civil (RENIEC), la Superintendencia Nacional necesidad y no se contravenga lo señalado en de Aduanas y de Administración Tributaria el artículo 60º de la Constitución Política del (SUNAT), la Superintendencia Nacional de Perú. los Registros Públicos (SUNARP), el Instituto b) Ante una situación de emergencia derivada Nacional de Defensa de la Competencia y de acontecimientos catastróficos, o de de la Protección de la Propiedad Intelectual acontecimientos que afecten la defensa o (INDECOPI), la Superintendencia de Banca, seguridad nacional, o de situaciones que Seguros y Administradoras Privadas de Fondos supongan el grave peligro de que ocurra alguno de Pensiones (SBS), el Poder Judicial, la Policía de los supuestos anteriores. Nacional del Perú (PNP) y otras Entidades c) Ante una situación de desabastecimiento de las que pueda requerirse información, debidamente comprobada, que afecte o impida deben proporcionar el acceso a la información a la Entidad cumplir con sus actividades u pertinente, salvaguardando las reservas operaciones, debiendo determinarse, de ser el previstas por ley con la finalidad que el Registro caso, las responsabilidades de los funcionarios Nacional de Proveedores (RNP) cuente con o servidores cuya conducta hubiera originado la información actualizada que permita ejercer configuración de esta causal.
  • 4. www.ComprasEstatales.org El Peruano Lima, viernes 1 de junio de 2012 NORMAS LEGALES 467369 d) Con carácter de secreto, secreto militar o por Los funcionarios públicos que aprovechando de razones de orden interno, por parte de las Fuerzas las disposiciones de este artículo dispusieran las Armadas, la Policía Nacional del Perú y los adquisiciones de bienes, servicios y obras, sin que organismos conformantes del Sistema Nacional se haya dado una real situación de emergencia y/o de Inteligencia, que deban mantenerse en adquirieran los mismos más allá de lo estrictamente reserva conforme a ley, previa opinión favorable necesario, serán pasibles de las sanciones penales y de la Contraloría General de la República. administrativas que correspondan. e) Cuando exista proveedor único de bienes o servicios que no admiten sustitutos, o cuando por Artículo 27. Valor Referencial razones técnicas o relacionadas con la protección El órgano encargado de las contrataciones en cada de derechos, se haya establecido la exclusividad Entidad determina el Valor Referencial de contratación del proveedor. con el fin de establecer el tipo de proceso de selección f) Para los servicios personalísimos prestados por correspondiente y gestionar la asignación de los personas naturales, con la debida sustentación recursos presupuestales necesarios. En los procesos objetiva. de selección sujetos a la modalidad de Convenio Marco, la determinación del valor referencial es El Reglamento establece las formalidades, condiciones facultativa. y requisitos complementarios que corresponden a El Valor Referencial es determinado sobre la base cada una de las causales de exoneración. de un estudio de las posibilidades de precios y condiciones que ofrece el mercado, efectuado en Artículo 22. Situación de desabastecimiento función del análisis de los niveles de comercialización, Se considera desabastecimiento a aquella situación a partir de las especificaciones técnicas o términos de inminente, extraordinaria e imprevisible en la que la referencia y los costos estimados en el Plan Anual de ausencia de un bien o servicio compromete en forma Contrataciones, de acuerdo a los criterios señalados directa e inminente la continuidad de las funciones, en el reglamento. Cuando se trate de proyectos servicios, actividades u operaciones que la Entidad de inversión, el valor referencial se establece de tiene a su cargo. Dicha situación faculta a la Entidad acuerdo al monto de inversión consignado en el a la contratación de los bienes y servicios solo por el estudio de preinversión que sustenta la declaración de tiempo y/o cantidad, según sea el caso, necesario viabilidad. para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de Tratándose de obras, el Valor Referencial no puede selección que corresponda. tener una antigüedad mayor a los seis (6) meses La aprobación de la exoneración en virtud de contados desde la fecha de determinación del la causal de situación de desabastecimiento no presupuesto consignado en el Expediente Técnico. constituye dispensa, exención o liberación de las En el caso de bienes y servicios, la antigüedad responsabilidades de los funcionarios o servidores de la del Valor Referencial no puede ser mayor a tres Entidad cuya conducta hubiese originado la presencia (3) meses contados a partir de la aprobación del o configuración de dicha causal. Constituye agravante Expediente de Contratación. Para los casos en que de responsabilidad si la situación fue generada por se requiera un período mayor a los consignados, dolo o culpa inexcusable del funcionario o servidor de el órgano encargado de las contrataciones, la Entidad. En estos casos, la autoridad competente responsable de determinar el Valor Referencial, para autorizar la exoneración debe ordenar, en el acto debe indicar el período de actualización del aprobatorio de la misma, el inicio de las acciones que mismo. correspondan, de acuerdo al artículo 46 de la presente El Valor Referencial tiene carácter público. Sólo ley. de manera excepcional, la Entidad determina que Tratándose de contrataciones bajo la cobertura de éste tenga carácter reservado, mediante decisión un tratado o compromiso internacional que incluya debidamente sustentada, bajo responsabilidad del disposiciones sobre contrataciones públicas, Titular de la Entidad. El Valor Referencial siempre es la exoneración sólo procede si la situación de informado al Sistema Electrónico de Contrataciones desabastecimiento reúne las condiciones indicadas del Estado (SEACE). en el primer párrafo del presente artículo. El reglamento señala los mecanismos para la Cuando no corresponda realizar un proceso de determinación del Valor Referencial, incluyendo la selección posterior, en los informes técnico y legal contratación de servicios de cobranza, recuperaciones previos que sustentan la Resolución o el Acuerdo o similares, y honorarios de éxito. que autoriza la exoneración, se debe fundamentar las razones que motivan la contratación definitiva Artículo 28. Consultas y Observaciones a las materia de la exoneración. Esta disposición también Bases es de aplicación, de ser el caso, para la situación de El cronograma a que se refiere el literal f) del emergencia. artículo 26 de la presente ley debe establecer plazos para la presentación y absolución de consultas y Artículo 23. Situación de emergencia observaciones al contenido de las Bases. Se entiende como situación de emergencia aquella A través de las consultas, se formulan pedidos en la cual la Entidad tenga que actuar de manera de aclaración a las disposiciones de las Bases inmediata a causa de acontecimientos catastróficos, o y mediante las observaciones se cuestionan las de acontecimientos que afecten la defensa o seguridad mismas en lo relativo al incumplimiento de las nacional, o de situaciones que supongan el grave condiciones mínimas o de cualquier disposición en peligro de que alguno de los supuestos anteriores materia de contrataciones del Estado u otras normas ocurra. complementarias o conexas que tengan relación En este caso, la Entidad queda exonerada de la con el proceso de selección. tramitación del expediente administrativo, debiendo Las respuestas a las consultas y observaciones deben obtener en forma inmediata lo estrictamente ser fundamentadas y sustentadas y se comunicarán, necesario para prevenir y atender los requerimientos de manera oportuna y simultánea, a todos los generados como consecuencia del evento producido, participantes a través del Sistema Electrónico de sin sujetarse a los requisitos formales de la presente Contrataciones del Estado (SEACE), considerándose norma. El reglamento establece los mecanismos y como parte integrante de las Bases. plazos para la regularización del procedimiento Los participantes pueden solicitar que las Bases correspondiente. y los actuados del proceso sean elevados para Las demás actividades necesarias para completar pronunciamiento del Organismo Supervisor de las el objetivo propuesto por la Entidad no tienen el Contrataciones del Estado (OSCE), siempre que se carácter de emergencia y se contratan de acuerdo a cumpla con los supuestos de elevación establecidos lo establecido en la presente norma. en el reglamento.
  • 5. www.ComprasEstatales.org El Peruano 467370 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de junio de 2012 El procedimiento y plazo para tramitar las consultas y c) El pago a favor del contratista considere, al observaciones son fijados en el reglamento. menos, dos (2) valorizaciones periódicas en función del avance de la obra. Artículo 32. Proceso de selección desierto El Comité Especial otorga la Buena Pro en una Sin perjuicio de la conservación definitiva de los licitación pública, concurso público o adjudicación montos retenidos, el incumplimiento injustificado directa aún en los casos en los que se declare como por parte de los contratistas beneficiados con lo válida una única oferta. dispuesto en el presente artículo, que motive la El proceso de selección será declarado desierto resolución del contrato, da lugar a la inhabilitación cuando no quede válida ninguna oferta; y, parcialmente temporal para contratar con el Estado por un desierto cuando no quede válida ninguna oferta en período no menor a un (1) año ni mayor a dos (2) alguno de los ítems identificados particularmente. años. La declaración de desierto de un proceso de selección obliga a la Entidad a formular un informe que evalúe las Artículo 41. Prestaciones adicionales, reducciones causas que motivaron dicha declaratoria, debiéndose y ampliaciones adoptar las medidas correctivas antes de convocar nuevamente, bajo responsabilidad. 41.1. Excepcionalmente y previa sustentación por el En el supuesto que una licitación pública, concurso área usuaria de la contratación, la Entidad puede público o adjudicación directa sean declaradas ordenar y pagar directamente la ejecución de desiertas, se convocará a un proceso de adjudicación prestaciones adicionales en caso de bienes y de menor cuantía. servicios hasta por el veinticinco por ciento (25%) El proceso de adjudicación de menor cuantía derivado de su monto, siempre que sean indispensables de un proceso de selección declarado desierto, debe para alcanzar la finalidad del contrato. Asimismo, contar con las mismas formalidades del proceso puede reducir bienes, servicios u obras hasta por principal. el mismo porcentaje. Para otorgar la Buena Pro en los procesos de selección 41.2. Tratándose de obras, las prestaciones convocados bajo la modalidad de Subasta Inversa se adicionales pueden ser hasta por el quince requerirá la existencia de dos (2) ofertas válidas como por ciento (15%) del monto total del contrato mínimo; de lo contrario, el proceso se declarará como original, restándole los presupuestos deductivos desierto. vinculados, entendidos como aquellos derivados de las sustituciones de obra directamente Artículo 39. Garantías relacionadas con las prestaciones adicionales Las garantías que deben otorgar los postores y/ de obra, siempre que ambas respondan a la o contratistas, según corresponda, son las de fiel finalidad del contrato original. Para tal efecto, los cumplimiento del contrato, por los adelantos y por el pagos correspondientes serán aprobados por el monto diferencial de propuesta. Sus modalidades, Titular de la Entidad. montos, condiciones y excepciones son regulados en En el supuesto de que resulte indispensable el reglamento. la realización de prestaciones adicionales de Las garantías que acepten las Entidades deben obra por deficiencias del Expediente Técnico ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de o situaciones imprevisibles posteriores a realización automática en el país, al solo requerimiento la suscripción del contrato, mayores a las de la respectiva Entidad, bajo responsabilidad de las establecidas en el segundo párrafo del presente empresas que las emiten. Dichas empresas deben artículo y hasta un máximo de cincuenta por encontrarse bajo la supervisión de la Superintendencia ciento (50%) del monto originalmente contratado, de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de sin perjuicio de la responsabilidad que pueda Fondos de Pensiones y deben estar autorizadas para corresponder al proyectista, el Titular de la emitir garantías; o estar consideradas en la última Entidad puede decidir autorizarlas. Para ello se lista de bancos extranjeros de primera categoría que requiere contar con la autorización del Titular de periódicamente publica el Banco Central de Reserva la Entidad, debiendo para la ejecución y el pago del Perú. contar con la autorización previa de la Contraloría En virtud de la realización automática, a primera General de la República y con la comprobación solicitud, las empresas emisoras no pueden oponer de que se cuentan con los recursos necesarios. excusión alguna a la ejecución de las garantías En el caso de adicionales con carácter de debiendo limitarse a honrarlas de inmediato dentro del emergencia dicha autorización se emite previa plazo máximo de tres (3) días. Toda demora genera al pago. La Contraloría General de la República responsabilidad solidaria para el emisor de la garantía cuenta con un plazo máximo de quince (15) días y para el postor o contratista, y da lugar al pago de hábiles, bajo responsabilidad, para emitir su intereses en favor de la Entidad. pronunciamiento. Dicha situación debe ponerse El reglamento señala el tratamiento a seguirse en los en conocimiento de la Comisión de Presupuesto casos de contratos de arrendamiento y de aquellos y Cuenta General de la República del Congreso donde la prestación se cumpla por adelantado al de la República y del Ministerio de Economía y pago. Finanzas, bajo responsabilidad del Titular de la En los contratos periódicos de suministro de bienes o Entidad. de prestación de servicios, así como en los contratos 41.3. Respecto a los servicios de supervisión, cuando de ejecución y consultoría de obras que celebren en los casos distintos a los de adicionales de las Entidades con las Micro y Pequeñas Empresas, obras, se produzcan variaciones en el plazo de éstas últimas pueden otorgar como garantía de fiel la obra o variaciones en el ritmo de trabajo de cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto la obra, autorizadas por la Entidad, y siempre total a contratar, porcentaje que será retenido por que impliquen prestaciones adicionales en la la Entidad. supervisión que resulten indispensables para En el caso de los contratos para la ejecución de obras, el adecuado control de la obra, el Titular de la tal beneficio sólo es procedente cuando: Entidad puede autorizarlas, bajo las mismas condiciones del contrato original y hasta por un a) Por el monto, el contrato a suscribirse monto máximo del quince por ciento (15%) del corresponda a un proceso de selección monto contratado de la supervisión, considerando de adjudicación de menor cuantía, a una para el cálculo todas las prestaciones adicionales adjudicación directa selectiva o a una previamente aprobadas. Cuando se supere el adjudicación directa pública. citado porcentaje, se requerirá la autorización, b) El plazo de ejecución de la obra sea igual o previa al pago, de la Contraloría General de la mayor a sesenta (60) días calendario. República, no siendo aplicable para este caso el
  • 6. www.ComprasEstatales.org El Peruano Lima, viernes 1 de junio de 2012 NORMAS LEGALES 467371 límite establecido en el numeral 41.1 del presente injustificadamente las obligaciones del artículo. contrato hasta los plazos de responsabilidad 41.4. Alternativamente, la Entidad puede resolver establecidos en las Bases. el contrato, mediante comunicación escrita al m) Otras infracciones que se establezcan en el contratista. reglamento. 41.5. La decisión de la Entidad o de la Contraloría General de la República de aprobar o no la 51.2. Sanciones ejecución de prestaciones adicionales, no puede En los casos que la presente ley o su reglamento ser sometida a arbitraje. Tampoco pueden ser lo señalen, el Tribunal de Contrataciones del sometidas a arbitraje las controversias referidas Estado impondrá a los proveedores, participantes, a la ejecución de las prestaciones adicionales de postores, contratistas, las sanciones siguientes: obra y mayores prestaciones de supervisión que requieran aprobación previa de la Contraloría a) Inhabilitación temporal: Consiste en la General de la República. privación, por un período determinado, de los 41.6. El contratista puede solicitar la ampliación del derechos a participar en procesos de selección plazo pactado por atrasos y paralizaciones y a contratar con el Estado. Esta inhabilitación ajenas a su voluntad debidamente comprobados en ningún caso puede ser menor de seis (6) y que modifiquen el cronograma contractual. meses ni mayor de tres (3) años. 41.7. Las discrepancias respecto de la procedencia b) Inhabilitación definitiva: Consiste en la de la ampliación del plazo se resuelven de privación permanente del ejercicio de los conformidad con lo establecido en el literal b) del derechos de los proveedores, participantes, artículo 40 de la presente ley. postores y contratistas a participar en procesos de selección y a contratar con el Artículo 51. Infracciones y sanciones Estado. Cuando en un período de cuatro (4) administrativas años a una persona natural o jurídica se le impongan dos (2) o más sanciones que en 51.1. Infracciones conjunto sumen treinta y seis (36) o más Se impondrá sanción administrativa a los meses de inhabilitación temporal, el Tribunal proveedores, participantes, postores y de Contrataciones del Estado resolverá contratistas que: la inhabilitación definitiva del proveedor, participante, postor o contratista. a) No mantengan su oferta hasta el c) Económicas: Son aquellas que resultan de consentimiento de la Buena Pro, de resultar la ejecución de las garantías otorgadas a la ganadores hasta la suscripción del contrato, presentación de recursos de apelación que no suscriban injustificadamente el contrato son declarados infundados o improcedentes o acuerdo de Convenio Marco, o no reciban por la Entidad o el Tribunal de Contrataciones injustificadamente la orden de compra o de del Estado. Si el recurso de apelación es servicio emitida a su favor. declarado fundado en todo o en parte, se b) Den lugar a la resolución del contrato, orden devuelve la garantía por el Tribunal o la de compra o de servicios por causal atribuible Entidad. En caso de desistimiento, se ejecuta a su parte. el cien por ciento (100%) de la garantía. c) Hayan entregado el bien, prestado el servicio o ejecutado la obra con existencia de vicios Los proveedores, participantes, postores o ocultos, previa sentencia judicial firme o contratistas que incurran en las causales laudo arbitral. establecidas en el numeral 51.1 del presente d) Contraten con el Estado estando impedidos artículo, serán sancionados con inhabilitación para ello, de acuerdo a la presente ley. temporal para contratar con el Estado o con e) Se registren como participantes, presenten inhabilitación definitiva, según corresponda. propuestas, o suscriban un contrato o En el caso de la infracción prevista en el literal j) acuerdo de Convenio Marco sin contar con del numeral 51.1 del presente artículo, la sanción inscripción vigente en el Registro Nacional será de inhabilitación temporal no menor de tres de Proveedores (RNP). (3) años ni mayor de cinco (5) años. En caso de f) Suscriban un contrato, en el caso de ejecución reincidencia en esta causal, la inhabilitación será o consultoría de obras, por montos mayores definitiva, independientemente del período en el a su capacidad libre de contratación, o en que se ha reincidido y el número de sanciones especialidades distintas, según sea el caso. impuestas. g) Suscriban contrato pese a haber sido En caso de concurrir más de una infracción en notificados de la suspensión o nulidad del el proceso de selección o en la ejecución de un proceso de contratación, dispuesta por el contrato se aplica la sanción prevista para la Organismo Supervisor de las Contrataciones infracción de mayor gravedad. del Estado (OSCE) en ejercicio de sus Las sanciones que se imponen no constituyen funciones. impedimento para que el contratista cumpla h) Realicen subcontrataciones sin autorización con las obligaciones derivadas de contratos de la Entidad o por un porcentaje mayor al anteriormente suscritos con Entidades; por permitido en el reglamento. lo tanto, debe proseguir con la ejecución de i) Incurran en la transgresión de la prohibición los contratos que tuviera suscritos hasta la prevista en el artículo 11 de la presente culminación de los mismos. ley o cuando incurran en los supuestos de La imposición de las sanciones es independiente socios comunes no permitidos según lo que de la responsabilidad civil o penal que pueda establece el reglamento. originarse por las infracciones cometidas. j) Presenten documentos falsos o información Asimismo, el Organismo Supervisor de las inexacta a las Entidades, al Tribunal de Contrataciones del Estado (OSCE) puede Contrataciones del Estado o al Organismo imponer sanciones económicas a las Entidades Supervisor de las Contrataciones del Estado que trasgredan la normativa de contratación (OSCE). pública, cuando actúen como proveedor. k) Interpongan recursos impugnativos contra los actos inimpugnables establecidos en el Artículo 52. Solución de controversias reglamento. l) Se constate, después de otorgada 52.1. Las controversias que surjan entre las partes la conformidad, que incumplieron sobre la ejecución, interpretación, resolución,
  • 7. www.ComprasEstatales.org El Peruano 467372 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de junio de 2012 inexistencia, ineficacia, nulidad o invalidez del así como su utilización para el desarrollo de contrato, se resuelven mediante conciliación estudios especializados en materia de arbitraje o arbitraje, según el acuerdo de las partes. La administrativo. conciliación debe realizarse en un centro de 52.8. Los árbitros deben cumplir con la obligación conciliación público o acreditado por el Ministerio de informar oportunamente si existe alguna de Justicia. circunstancia que les impida ejercer el cargo 52.2. Los procedimientos de conciliación y/o arbitraje con independencia, imparcialidad y autonomía; deben solicitarse en cualquier momento anterior actuar con transparencia; y sustentar el apartarse a la fecha de culminación del contrato. Para cuando corresponda del orden de prelación los casos específicos en los que la materia en previsto en el numeral 52.3 del presente artículo. controversia se refiera a nulidad de contrato, El deber de informar se mantiene a lo largo de resolución de contrato, ampliación de plazo todo el arbitraje. contractual, recepción y conformidad de El incumplimiento de cualquiera de estas la prestación, valorizaciones o metrados, obligaciones configura infracción y es sancionable liquidación del contrato y pago, se debe iniciar administrativamente, según la gravedad de el respectivo procedimiento dentro del plazo de la falta cometida, con suspensión temporal quince (15) días hábiles conforme lo señalado en o inhabilitación permanente para ejercer el el reglamento. La parte que solicita la conciliación cargo de árbitro en las controversias que se y/o el arbitraje debe ponerla en conocimiento del produzcan dentro del marco de la presente ley y Organismo Supervisor de las Contrataciones su reglamento; con la consecuente suspensión o del Estado (OSCE) en el plazo establecido en el exclusión del Registro de Árbitros del Organismo reglamento, salvo cuando se trate de un arbitraje Supervisor de las Contrataciones del Estado administrado por dicho organismo o cuando éste (OSCE), según la sanción impuesta. designe a los árbitros. La sanción administrativa se aplica sin perjuicio Para los reclamos que formulen las Entidades de la que pudiera corresponder conforme al por vicios ocultos en los bienes, servicios y Código de Ética para el arbitraje administrado por obras entregados por el contratista, el plazo de el Organismo Supervisor de las Contrataciones caducidad es el que se fije en función del artículo del Estado (OSCE) o por otra institución que 50 de la presente ley, y se computa a partir de la lleve adelante el proceso. conformidad otorgada por la Entidad. 52.9. Las partes pueden dispensar a los árbitros de Todos los plazos previstos son de caducidad. las causales de recusación que no constituyan 52.3. El arbitraje será de derecho y resuelto por árbitro impedimento absoluto. único o tribunal arbitral mediante la aplicación de 52.10. En el caso que el convenio arbitral la Constitución Política del Perú, de la presente establezca que el arbitraje es institucional, y ley y su reglamento, así como de las normas no se haga referencia a una institución arbitral de derecho público y las de derecho privado; determinada, se entenderá que el arbitraje manteniendo obligatoriamente este orden de se rige bajo la organización y administración preferencia en la aplicación del derecho. Esta de los órganos del Sistema Nacional de disposición es de orden público. El incumplimiento Arbitraje del Organismo Supervisor de las de lo dispuesto en este numeral es causal de Contrataciones del Estado (OSCE) de acuerdo anulación del laudo. a su reglamento. 52.4. El árbitro único y el presidente del tribunal 52.11.El Sistema Nacional de Arbitraje del Organismo arbitral deben ser necesariamente abogados, Supervisor de las Contrataciones del Estado que cuenten con especialización acreditada en (SNA-OSCE) constituye un régimen institucional derecho administrativo, arbitraje y contrataciones de arbitraje especializado para la resolución con el Estado, pudiendo los demás integrantes de controversias en las contrataciones con el del colegiado ser expertos o profesionales en Estado. Es autónomo, especializado y se rige otras materias. La designación de los árbitros por su propio reglamento que es aprobado por y los demás aspectos de la composición del el Organismo Supervisor de las Contrataciones tribunal arbitral son regulados en el reglamento. del Estado (OSCE) y supletoriamente por la 52.5. Cuando exista un arbitraje en curso y surja una Ley de Arbitraje. El reglamento establece su nueva controversia derivada del mismo contrato, conformación y atribuciones. cualquiera de las partes puede solicitar a los 52.12.Los procedimientos de conciliación y arbitraje árbitros la acumulación de las pretensiones a se sujetan supletoriamente a lo dispuesto por dicho arbitraje, debiendo hacerlo dentro del plazo las leyes de la materia, siempre que no se de caducidad previsto en el numeral 52.2. del opongan a lo establecido en la presente ley y su presente artículo. No obstante, en el convenio reglamento. arbitral se puede establecer que solo procede la acumulación de pretensiones cuando ambas Artículo 53. Recursos impugnativos partes estén de acuerdo y se cumpla con las Las discrepancias que surjan entre la Entidad y los formalidades establecidas en el propio convenio participantes o postores en un proceso de selección, arbitral; de no mediar dicho acuerdo, no procede solamente podrán dar lugar a la interposición del la acumulación. recurso de apelación. Mediante el recurso de apelación 52.6. El laudo arbitral es inapelable, definitivo y se pueden impugnar los actos dictados desde la obligatorio para las partes desde el momento convocatoria hasta antes de la celebración del contrato. de su notificación, debiéndose notificar a las Por esta vía no se pueden impugnar las Bases ni su partes en forma personal y a través del Sistema integración, así como tampoco las resoluciones o Electrónico de Contrataciones del Estado acuerdos que aprueben las exoneraciones. (SEACE) para efecto de su validez. Dicho sistema El recurso de apelación sólo puede interponerse luego debe permitir, operativamente la notificación del de otorgada la Buena Pro. El reglamento establece el laudo. La notificación se dará por efectuada procedimiento, requisitos y plazo para su presentación desde ocurrido el último acto. Contra dicho laudo y resolución. solo cabe interponer recurso de anulación de El recurso de apelación es conocido y resuelto por acuerdo a lo establecido en la presente ley y al el Tribunal de Contrataciones del Estado, cuando se Decreto Legislativo 1071, Ley de Arbitraje. trate de procesos de selección de adjudicación directa 52.7. El arbitraje a que se refiere la presente norma pública, licitaciones públicas y concursos públicos, se desarrolla en cumplimiento del Principio de incluidos los procesos de menor cuantía cuando Transparencia. El Organismo Supervisor de las deriven de procesos declarados desiertos. En los Contrataciones del Estado (OSCE) dispone la procesos de menor cuantía y en las adjudicaciones publicación de los laudos y actas de conciliación, directas selectivas, corresponde dicha competencia
  • 8. www.ComprasEstatales.org El Peruano Lima, viernes 1 de junio de 2012 NORMAS LEGALES 467373 al Titular de la Entidad. La resolución que resuelva el Cuando corresponda al árbitro único o al Tribunal recurso de apelación agota la vía administrativa. Arbitral evaluar la nulidad del contrato, se El Titular de la Entidad puede delegar la potestad considerarán en primer lugar las causales previstas de resolver el recurso de apelación. El funcionario a en la presente ley y su reglamento, y luego las quien se otorgue dicha facultad es responsable por la causales de nulidad aplicables reconocidas en el emisión del acto que resuelve el recurso. derecho nacional. Cuando la apelación se haya interpuesto ante el Tribunal de Contrataciones del Estado, la Entidad Artículo 58. Funciones está obligada a remitir el expediente correspondiente, El Organismo Supervisor de las Contrataciones del dentro del plazo máximo de tres (3) días de requerida, Estado (OSCE) tiene las siguientes funciones: bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. El incumplimiento de dicha obligación por parte de la a) Velar y promover el cumplimiento y difusión de Entidad será comunicada a la Contraloría General de esta ley, su reglamento y normas complementarias la República. y proponer las modificaciones que considere La garantía por interposición del recurso de apelación necesarias. debe otorgarse a favor del Organismo Supervisor de b) Implementar actividades y mecanismos de las Contrataciones del Estado (OSCE) y de la Entidad, desarrollo de capacidades y competencias en la cuando corresponda. Esta garantía será equivalente al gestión de las contrataciones del Estado. tres por ciento (3%) del Valor Referencial del proceso c) Emitir directivas, lineamientos, manuales de selección o del ítem que se decida impugnar. La y comunicados sobre materias de su garantía no puede ser menor al cincuenta por ciento competencia. (50%) de una (1) UIT. d) Resolver los asuntos de su competencia en La interposición de la acción contencioso- última instancia administrativa. administrativa procede contra lo resuelto en última e) Supervisar y fiscalizar, de forma selectiva y/o instancia administrativa, sin suspender su ejecución. aleatoria, los procesos de contratación que Mediante acuerdos adoptados en Sala Plena, los realicen las Entidades para proveerse de bienes, cuales constituyen precedentes de observancia servicios u obras, asumiendo el pago con fondos obligatoria, el Tribunal de Contrataciones del Estado públicos, independientemente del régimen interpreta de modo expreso y con carácter general legal. Esta supervisión también alcanza a las las normas establecidas en la presente ley y su contrataciones previstas en los literales i), o), s), reglamento. t) y v) del numeral 3.3 del artículo 3 de la presente ley. Artículo 56. Nulidad de los actos derivados de los f) Administrar y operar el Registro Nacional de procesos de contratación Proveedores (RNP), así como cualquier otro El Tribunal de Contrataciones del Estado, en los casos instrumento necesario para la implementación que conozca, declara nulos los actos expedidos, y operación de los diversos procesos de cuando hayan sido dictados por órgano incompetente, contrataciones del Estado. contravengan las normas legales, contengan un g) Desarrollar, administrar y operar el Sistema imposible jurídico o prescindan de las normas Electrónico de las Contrataciones del Estado esenciales del procedimiento o de la forma prescrita (SEACE). por la normatividad aplicable, debiendo expresar en la h) Organizar y administrar arbitrajes, de conformidad Resolución que expida la etapa a la que se retrotraerá con los reglamentos que apruebe para tal el proceso de selección. efecto. El Titular de la Entidad declara de oficio la nulidad i) Designar árbitros y resolver las recusaciones del proceso de selección, por las mismas causales sobre los mismos en arbitrajes que no se previstas en el párrafo anterior, sólo hasta antes de la encuentren sometidos a una institución arbitral, celebración del contrato, sin perjuicio que pueda ser en la forma establecida en el reglamento. declarada en la resolución recaída sobre el recurso de j) Absolver consultas sobre las materias de su apelación. competencia. Las consultas que le efectúen las Después de celebrados los contratos, la Entidad puede Entidades son gratuitas. declarar la nulidad de oficio en los siguientes casos: k) Imponer sanciones a los proveedores que contravengan las disposiciones de esta ley, su a) Por haberse suscrito en contravención con el reglamento y normas complementarias, así como artículo 10 de la presente ley. los árbitros en los casos previstos en la presente b) Cuando se verifique la trasgresión del principio ley. de presunción de veracidad durante el l) Poner en conocimiento de la Contraloría General proceso de selección o para la suscripción del de la República, de manera fundamentada, las contrato. trasgresiones observadas en el ejercicio de sus c) Cuando se haya suscrito el contrato no obstante funciones cuando existan indicios razonables encontrarse en trámite un recurso de apelación. de perjuicio económico al Estado o de comisión d) Cuando no se haya cumplido con las condiciones de delito o de comisión de infracciones graves y/o requisitos establecidos en la normativa a fin o muy graves por responsabilidad administrativa de la configuración de alguna de las causales de funcional de acuerdo al marco legal vigente. exoneración. m) Suspender los procesos de contratación, en los e) Cuando no se haya utilizado los procedimientos que como consecuencia del ejercicio de sus previstos en la presente ley, pese a que la funciones observe trasgresiones a la normativa contratación se encontraba bajo su ámbito aplicable, pudiendo adoptar y/o disponer las de aplicación. En este supuesto, asumirán medidas que resulten necesarias para tal responsabilidad los funcionarios y servidores efecto, incluida la no emisión de las constancias de la Entidad contratante, conjuntamente con necesarias para la suscripción del respectivo los contratistas que celebraron irregularmente el contrato, sin perjuicio de la atribución del Titular contrato. de la Entidad, de declarar la nulidad de oficio de dichos procesos. En caso de contratarse bienes, servicios u obras, sin n) Promover la Subasta Inversa, determinando las el previo proceso de selección que correspondiera, características técnicas de los bienes o servicios se incurrirá en causal de nulidad del proceso y que serán provistos a través de esta modalidad. del contrato, asumiendo responsabilidades los o) Desconcentrar sus funciones en sus órganos funcionarios y servidores de la Entidad contratante de alcance regional o local de acuerdo a lo que conjuntamente con los contratistas que celebraron establezca su Reglamento de Organización y dichos contratos irregulares. Funciones.
  • 9. www.ComprasEstatales.org El Peruano 467374 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de junio de 2012 p) Realizar estudios conducentes a evaluar b) Aplicar las sanciones de inhabilitación temporal el funcionamiento de los regímenes de y definitiva a los proveedores, participantes, contratación del Estado, analizar y proponer postores, contratistas, árbitros y expertos nuevos mecanismos idóneos de contratación independientes, según corresponda para cada según mercados, así como proponer estrategias caso. destinadas al uso eficiente de los recursos c) Las demás funciones que le otorga la normativa. públicos. q) Las demás que le asigne la normativa. Su conformación y el número de Salas son establecidos por Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Artículo 60. El Consejo Directivo y la Presidencia Economía y Finanzas. Ejecutiva del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) Artículo 64. Requisitos e impedimentos para ser Vocal del Tribunal de Contrataciones del Estado 60.1. El Consejo Directivo es el máximo órgano del Los Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado Organismo Supervisor de las Contrataciones son elegidos por concurso público y designados por del Estado (OSCE). Se encuentra integrado un periodo de tres (03) años. Para ello se requiere: por tres (3) miembros, los que son designados por un período de tres (3) años renovables por a) Contar con título profesional universitario. un periodo adicional, mediante Resolución b) Experiencia acreditada no menor a cinco (5) años Suprema refrendada por el Ministro de Economía en las materias relacionadas con la presente y Finanzas. Los miembros del Consejo Directivo norma. perciben dietas a excepción de su Presidente c) Acreditar estudios de especialización en temas Ejecutivo. afines a las materias de esta ley. Son funciones del Consejo Directivo: d) Contar con reconocida solvencia moral. e) No tener sentencia condenatoria por delito doloso a) Aprobar las Directivas referidas en el inciso o encontrarse inhabilitado para ejercer la función b) del artículo 58 de la presente ley. pública por sentencia judicial o por resolución del b) Proponer estrategias de gestión Congreso de la República. institucional. f) No haber sido declarado insolvente o haber c) Proponer las estrategias destinadas a ejercido cargos directos en personas jurídicas promover el uso eficiente de los recursos declaradas en quiebra, durante por lo menos un públicos y de reducción de costos en materia (1) año, previo a la declaración. de contrataciones del Estado. g) No haber sido inhabilitado para contratar con el d) Aprobar los lineamientos de gestión de sus Estado. órganos desconcentrados. h) No tener participación en personas jurídicas que e) Otras que se le asigne en el Reglamento de contraten con el Estado. Organización y Funciones. i) No estar inmerso en causal de impedimento para el ejercicio de la función pública. 60.2. El Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo es uno de sus miembros, el cual es designado El Presidente del Tribunal de Contrataciones del mediante Resolución Suprema refrendada por Estado es elegido de acuerdo a lo previsto en el el Ministro de Economía y Finanzas. El cargo de reglamento de la presente ley, conforme al marco Presidente Ejecutivo es remunerado. previsto en ésta. Son funciones del Presidente Ejecutivo: Artículo 68. Obligatoriedad a) Convocar y presidir las sesiones del Consejo Las Entidades están obligadas a utilizar el Sistema Directivo. Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE), b) Actuar como Titular del Pliego, máxima independientemente del régimen legal de contratación autoridad administrativa y representante pública o fuente de financiamiento al que se sujete legal del Organismo Supervisor de las la contratación, conforme a los requisitos que se Contrataciones del Estado (OSCE). establezca en el reglamento. c) Supervisar la marcha institucional y En los procesos de menor cuantía, las contrataciones administrativa. se realizan obligatoriamente en forma electrónica a d) Designar a los altos funcionarios de acuerdo través del Sistema Electrónico de Contrataciones del a las normas que resulten aplicables. Estado (SEACE), con las excepciones que establezca e) Otras que se le asigne en el Reglamento de el reglamento. Organización y Funciones. El reglamento establece los criterios de incorporación gradual de las Entidades al Sistema Artículo 62. Causales de remoción Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE), Los miembros del Consejo Directivo y el Presidente considerando la infraestructura y condiciones Ejecutivo del Organismo Supervisor de las tecnológicas que éstas posean o los medios Contrataciones del Estado (OSCE) pueden ser disponibles para estos efectos, así como la forma removidos de su cargo, mediante resolución suprema, en que se aplican progresiva y obligatoriamente por permanente incapacidad física o incapacidad moral las contrataciones electrónicas a los procesos de sobreviniente, por falta grave o pérdida de confianza. licitación pública, concurso público, adjudicación La remoción genera la vacancia del cargo, la que directa pública y adjudicación directa selectiva en también se produce por renuncia. sus distintas modalidades. Las Entidades están obligadas a registrar, Artículo 63. Tribunal de Contrataciones del Estado mensualmente, sus contrataciones por montos de El Tribunal de Contrataciones del Estado es un una (1) a tres (3) Unidades Impositivas Tributarias órgano resolutivo que forma parte de la estructura (UIT), en el Sistema Electrónico de Contrataciones del administrativa del Organismo Supervisor de las Estado (SEACE). Contrataciones del Estado (OSCE). Cuenta con plena autonomía e independencia en el ejercicio de sus Artículo 70. Validez y eficacia de los actos funciones. Los actos realizados por medio del Sistema Electrónico Tiene las siguientes funciones: de Contrataciones del Estado (SEACE) que cumplan con las disposiciones vigentes poseen la misma a) Resolver, de ser el caso, las controversias que validez y eficacia que los actos realizados por medios surjan entre las Entidades, los participantes y los manuales, pudiéndolos sustituir para todos los efectos postores durante el proceso de selección. legales.
  • 10. www.ComprasEstatales.org El Peruano Lima, viernes 1 de junio de 2012 NORMAS LEGALES 467375 Todos los actos realizados a través del Sistema En Lima, a los veinticinco días del mes de mayo de Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE), dos mil doce. incluidos los efectuados por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) en el DANIEL ABUGATTÁS MAJLUF ejercicio de sus funciones, se entienden notificados Presidente del Congreso de la República el mismo día de su publicación, salvo lo dispuesto en el numeral 52.6 del artículo 52 de la presente ley en MANUEL ARTURO MERINO DE LAMA cuanto fuera aplicable. Primer Vicepresidente del Congreso de la República La intervención de los notarios públicos se efectúa en las oportunidades y formas que establezca el AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE reglamento. LA REPÚBLICA DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS POR TANTO: FINALES Mando se publique y cumpla. Quinta. El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) utilizará los medios electrónicos Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintaiún de comunicación para notificar todos los actos que días del mes de mayo del año dos mil doce. emita en el ejercicio de sus funciones, los que poseen la misma validez y eficacia que los realizados por los OLLANTA HUMALA TASSO medios manuales. Presidente Constitucional de la República Adicionalmente a los métodos de notificación tradicionales, las Entidades podrán utilizar medios ÓSCAR VALDÉS DANCUART electrónicos de comunicación para el cumplimiento de Presidente del Consejo de Ministros los distintos actos que se disponen en la presente ley y su reglamento. 795926-1 En todos los casos, se deberán utilizar las tecnologías necesarias que garanticen la identificación de los participantes y la confidencialidad de las propuestas. El reglamento de la presente ley establece las PODER EJECUTIVO condiciones necesarias para la utilización de los medios electrónicos de comunicación.” PRESIDENCIA DEL DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES CONSEJO DE MINISTROS Primera. Modificaciones al Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado Designan representante del sector El Poder Ejecutivo dicta las modificaciones al público de salud ante el Consejo Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Directivo de la Autoridad Nacional del aprobado por Decreto Supremo 184-2008-EF, dentro de un plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles, contados Agua a partir del día siguiente de la publicación de la presente ley. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 153-2012-PCM Segunda. Vigencia de la ley La presente ley entra en vigencia a partir del trigésimo Lima, 31 de mayo de 2012 día hábil siguiente de la publicación de la modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, VISTOS, el Oficio Nº 251-2012-ANA-J/OAJ del Jefe aprobado mediante el Decreto Supremo 184-2008-EF. de la Autoridad Nacional del Agua; y, el Oficio Nº 2605- 2011-SG/MINSA del Secretario General del Ministerio de Tercera. Aplicación de la ley Salud; La presente ley es aplicable a las contrataciones cuyos procesos de selección se convoquen a partir de su CONSIDERANDO: entrada en vigencia. Que, la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, creó el Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Cuarta. Derogatoria Hídricos con el objeto de articular el accionar del Estado, Deróganse la Décima Tercera Disposición para conducir los procesos de gestión integrada y de Complementaria Final y la Tercera Disposición conservación de los recursos hídricos en los ámbitos de Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo 1017, cuencas, de los ecosistemas que lo conforman y de los que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado. bienes asociados; así como para establecer espacios de coordinación y concertación entre las entidades de la DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA administración pública y los actores involucrados en dicha TRANSITORIA gestión; Que, el artículo 14º de la Ley antes acotada establece Única. Los Vocales del Tribunal de Contrataciones que la Autoridad Nacional del Agua es el ente rector del Estado y la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Los Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado Nacional de Gestión de Recursos Hídricos, responsable elegidos por concurso público en el marco del Decreto del funcionamiento de dicho sistema; Supremo 189-2011-EF, que aprueba el procedimiento Que, asimismo, el artículo 19º del dispositivo legal para el concurso público de evaluación y selección de antes invocado prevé que el Consejo Directivo es la los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado, máxima instancia de la Autoridad Nacional del Agua, el mantienen su cargo hasta el cumplimiento del plazo cual estará conformado, entre otros, por un representante señalado en el artículo 64 de la Ley de Contrataciones del sector público de salud, quien será designado mediante del Estado, Decreto Legislativo 1017, contados desde la Resolución Suprema de la Presidencia del Consejo de fecha de su designación, sin perjuicio de las causales de Ministros, considerando como requisito que el designado remoción correspondientes. sea un funcionario del más alto nivel con rango de director general o similar; Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la Que, conforme a los documentos del visto resulta República para su promulgación. pertinente designar al representante del sector público de