SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 233
Descargar para leer sin conexión
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 1 ~
Autor: Francesc Xavier Català i Massot
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 2 ~
Sumarii
..............................................................................................................2
1 Introducció.................................................................................................3
1.1 La Qüestió Rabassaire
1.2 Les Corporacions Municipals de Belianes de 1892 a 1923
2. El grau de compliment de les Competències........................................18
2.1 Vies de comunicació
2.2 Proveïment d’aigües
2.3 Vigilància i guarderia rural
2.4 Nomenament i separació de tots els empleats
2.5 Institucions d’ instrucció i serveis sanitaris
3. Govern i organització del Municipi........................................................30
3.1 Revisió de Comptes
3.2 Pressupostos Municipals de 1892 a 1923
3.3 Arbitris
3.4 Recàrrecs
3.5 Arrendaments
3.6 Repartiment de la Contribució
4. El finançament...........................................................................................54
5. Bibliografia.................................................................................................57
6. Documents.................................................................................................58
7. Índex onomàstic.......................................................................................232
8. Notes al final.............................................................................................233
1. Introducció
La característica fonamental de la legislació local sorgida de la Restauració va
ser el centralisme. Precisament i referint-se als intents de reforma llegim a
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 3 ~
l’exposició de Motius de “El Estatuto Municipal de 1924” de José Calvo Sotelo:
“Durante los cuarenta y siete años de vida que cuenta la Ley de 2 de octubre
de 1877, se ha intentado su reforma, siempre infructuosamente, veintidós
veces”ii
.
Amb Francisco Silvela com a ministre de Governació (1891), una Reial Ordre
disposava la preparació d’un informe sobre la reforma local espanyola. Els
treballs van anar a càrrec del Subsecretari del Departament, Sr. Sánchez de
Toca, que va elaborar dos projectes: la Llei de Govern i Administració Local i
les Bases per a la Reforma de la Llei Municipal. És l’ intent més rigorós de tots
els intents reformadors del Règim Local fins als projectes de Maura del segle
següent. El projecte contenia ferms propòsits descentralitzadors:
institucionalitzava l’espai regional amb el qual tractava de donar resposta al
problema que ja en aquell moment havia adquirit importància a Catalunya i al
País Basc. Les demandes de reconeixement regional plantejaven un problema
a l’organització del sistema local espanyol sorgit de les lleis de la Restauració ja
que la Constitució no preveia altres nivells territorials que la província i el
municipi, marc legal de difícil superació si no es procedia a una reforma del seu
contingut per a la qual cosa no existia el consens necessari entre els dos grans
partits.
Les “Bases para la reforma municipal” s’inspiraven en aquests dos principis:
 Que les facultats administratives atorgades als Ajuntaments han de
ser proporcionades a la capacitat que respectivament acrediten per a
administrar-les ordenadament.
 Que l’organització de les grans ciutats no pot ser la mateixa que la
dels petits municipis.
L’enfrontament entre Silvela i Romero Robledo va ser la causa de la definitiva
opció de Cánovas pel segon i, conseqüentment, de la dimissió de Silvela.
Les propostes de Maura del 1903 i 1907, sobretot en la segona ocasió quan
l’acord polític va unir tots els polítics de l’arc parlamentari, des dels carlistes a la
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 4 ~
Lliga passant pels republicans, liberals i conservadors –després del Manifest de
Solidaritat Catalana de 1906-, discutit durant dos anys amb una allau
d’esmenes i discursos, aconseguí consensos generals per a certes trajectòries,
que pocs anys després recollia quasi textualment el redactat per Canalejas, i
més endavant, en 1910, mereixia sanció plena de les diverses forces polítiques
representades en la Comissió extraparlamentària que va reunir el gabinet
presidit pel Comte de Romanones. L’ Estatut Municipal (1924) contenia gran
part de les innovacions que l’estudi previ d’aquestes iniciatives hi havia aportat.
Afirmava l’ Estatut Municipal la plena personalitat de les entitats municipals, i
conseqüentment la seva capacitat jurídica integral en tots els ordres del dret i la
vida, deixant sense vigor les lleis desamortitzadores que ja estaven en suspens
per anteriors disposicions.
Pel que fa a la Hisenda Municipal, que descansava del tot en els recàrrecs
sobre l’ Impost de Consums del qual obtenia la major part dels seus recursos,
les línies de la reforma van trobar expressió en el projecte de llei que regulava
els tributs municipals de 7 de novembre de 1910, presentat a les Corts pel
gabinet Canalejas. La supressió de l’ Impost de Consums va fer més urgent la
reforma. Mitjançant la cessió als Ajuntaments d’una part important de la
tributació real del producte va aplanar la relació de la Hisenda Municipal amb la
Hisenda General. Per iniciativa del Govern o bé a petició dels Ajuntaments,
gran part de les disposicions del projecte es van anar aplicant en els Municipis,
fins i tot en els d’alguna província foral.
El projecte de llei que regulava els tributs municipals va ser incorporat per l’
Estatut (1924) . Havia de servir per a convertir en estat legal, ferm i definitiu, el
purament precari en què es trobava la vida municipal, de del punt de vista
econòmic. Es facilitava la tributació dels drets i taxes municipals en els
rendiments nets de les Empreses que aprofitessin per als seus negocis el sòl,
subsòl o vol del terme municipal.
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 5 ~
L’arbitri sobre l’ Increment del Valor dels terrenys situats dins el terme municipal
s’incorporava també a l’ Estatut Municipal reduint les quotes a límits de gran
prudència.
S’establia també a l’ Estatut la manera de declarar mal conreat un terreny i
aprofitar fiscalment aquesta deficiència.
L’arbitri de lloguer es transforma, de fet, en una taxa de residència.
El Repartiment General d’utilitats, com a mitjà per a salvar el dèficit dels
pressupostos municipals, es trobava regulat en el Decret Llei d’onze de
setembre de 1918 de forma que s’estimava insuperable. Autoritzava una
modalitat restringida que en els grups rurals modestos permetia arribar al
mateix fi amb menys esforç tècnic.
Faltava encara en el sistema tributari general l’element que individualitzés els
gravàmens de manera suficient la qual cosa obligava al Repartiment General a
suportar una càrrega que, en justícia, no seria desitjable.
El Crèdit Municipal i els Pressupostos Extraordinaris eren regulats autoritzant
l’emissió de lletres de canvi i pagarés i estableix les normes bàsiques a què, en
tot cas, haurà d’ajustar-se l’emissió de préstecs per tal d’evitar que tinguin per
finalitat saldar el dèficit d’una gestió desordenada.
En el debat de 1907, a iniciativa dels diputats de la Lliga, encapçalats per
Cambó, va prendre estat parlamentari la figura de les mancomunitats
provincials.
L’opinió majoritària del catalanisme la representa la Lliga Regionalista que
controlava l’Administració Local i Provincial de Catalunya i que va aprofitar el
que en aquell moment els podia oferir el poder central pressionat pels temors a
un possible separatisme. Els representants de les quatre Diputacions
catalanes, a partir del juliol de 1911, redactaren les Bases de la Mancomunitat
de Catalunya, lliurades pel President de la Diputació de Barcelona Prat de la
Riba al Consell de Ministres Canalejas.
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 6 ~
Canalejas havia tingut en compte les aportacions del Projecte Maura de 1907-
1909 però el 1911 les dificultats sorgiren en el seu propi partit, precisament per
la tradició centralista que el caracteritzava. La intervenció de Niceto Alcalá-
Zamora fou un minuciós i detallat atac al projecte, al qual va qualificar de
regressió històrica. Va criticar la falta de precisió dels límits jurídics i polítics de
la Mancomunitat, les deficients condicions tècniques del projecte, els aspectes
financers i la qüestió de les Delegacions.
Abans de passar pel Senat es va produir l’assassinat del President Canalejas
quedant el projecte bloquejat malgrat els intents de Romanones que el succeí
en la presidència del Govern.
El nou President del Govern i líder del Partit Conservador Eduardo Dato pensà
que havia de recórrer a la reforma del Règim Local mitjançant una norma
d’urgència amb el Reial Decret de 18 de desembre de 1913 que diu el següent
en el seu Article Primer: “Las provincias de Barcelona, Gerona, Lérida y
Tarragona, acogiéndose al Real Decreto de 18 de Diciembre de 1913, se unen
indefinidamente para constituir la Mancomunidad Catalana, que se regirá por
las disposiciones del presente Estatuto y los acuerdos que tomen la Asamblea
y el Consejo dentro de sus atribuciones”. Al segon Article es concreten els
traspassos de competències: construcció i conservació de carreteres;
conservació de camins veïnals; hospitalització de dements pobres; concessió,
construcció i explotació de ferrocarrils, etc...
Com diu Conxita Mir i Curcó al pròleg de l’obra de Joaquim Capdevila i
Capdevilaiii
: la construcció de la societat liberal en els anys que transcorren
entre la crisi colonial de 1898 i la Dictadura de Primo de Rivera és un moment
crucial en la història del país, durant el qual el naixent catalanisme polític,
esperonat arran de la crisi econòmica que suposa la pèrdua del mercat
colonial, cerca de trobar un nou encaix de Catalunya dins Espanya.
1.1 La qüestió Rabassaire
Durant l’època del lent ressorgiment econòmic de Catalunya, als segles XVIII i
XIX, a les comarques on predominaven els conreus de la vinya, de l’olivera i de
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 7 ~
l’ametller no existia el contracte de parceria tal com el coneixem avui.
S’aplicava únicament al conreu dels cereals i tenia una duració més dilatada
que l’actual. Per a la vinya existia un tipus de contracte, el de “rabassa morta”,
que es pot considerar alhora com un cens emfitèutic temporal i com una
parceria de duració llarga i indefinida.
Els rabassaires conreaven trossos de terra a rabassa morta -la rabassa és la
part de la soca coberta per la terra, de la qual arrenquen les arrels- i el
contracte emfitèutic anomenat “a rabassa morta” definia la concessió d’una
terra plantada de vinya, que durava mentre vivien els primers ceps.
Al llarg del segle XVIII es va desenvolupar el conreu de la vinya d’una manera
notable sota l’estímul de l’augment del consum degut a l’augment de població i
a l’exportació creixent de vins i aiguardents a Amèrica i al Nord d’Europa.
Aleshores consideraven rendible la vella pràctica dels colgats i capficats que
durant els segles anteriors havien estat poc utilitzats pel fet que reclamaven
més adobs i exigien major nombre de feines. D’aquesta manera s’anava
renovant la vinya a mesura que es morien els ceps i el pagès treballador no
deixava mai que es morissin les dues terceres parts del total, ja que aleshores
s’hauria pogut donar per caducat l’establiment o emfiteusi.
El Codi Civil de 1889 sancionà definitivament la durada fixa d’aquest contracte i
l’antic rabasser perdia la condició jurídica de tal –més avantatjosa que la de
parcer o arrendatari- i quedava més desvalgut davant la resistència del
propietari a l’abonament de les millores, i més inermes davant les possibilitats
de desnonament.
A part del termini fix, altres elements van desfigurant la rabassa morta durant la
segona meitat del segle XIX. Per exemple, la no formalització del contracte en
escriptura pública fa impossible la inscripció dels drets del rabasser al Registre
de la Propietat o bé passant davant notari contractes de plantació de vinya però
no amb les formalitats de rabassa morta sinó com a arrendament a parts de
fruits, parceria o encàrrec de conreu.
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 8 ~
Hi ha parcers i arrendataris que també són petits propietaris. Teòricament la
part del fruit que rep el propietari és proporcional a la seva aportació a les
despeses del conreu. En el cas de la vinya, si el propietari dóna al parcer la
meitat del sulfat, el sofre i els adobs i, a més, ha plantat els ceps i els ha
empeltats; els fruits es divideixen en dues parts iguals i aleshores el parcer és
anomenat mitger. Aquest tipus de contracte sol tenir la duració d’un any i és
tàcitament prorrogable sense limitació, a voluntat de l’amo.
1.2 Les Corporacions Municipals de Belianes de 1891 a 1923
El primer de juliol de 1891, dia de les primeres eleccions per sufragi universal
masculí, fou elegit Alcalde el Sr. Antoni Bellart i Tristany que exercí com a tal
fins el dia primer de gener de 1894 que el va succeir el Sr. Lluís Català i Capell.
A l’Acta d’aquest dia hi trobem la constitució de la nova Corporació, va ser
elegit com a primer Tinent d’Alcalde el Sr. Antoni Massot i Duch, per set vots, i
el Sr. Blai Batlle i Serret, com a segon Tinent, per cinc vots.
La tercera Corporació fou elegida el primer de juliol de 1895:
/…/ se procedió á dar posesión á los nuevos elegidos y proceder á la
constitución del nuevo Ayuntamiento. Acto seguido se fueron presentando y
fueron recibidos cortésmente D. Tomás Escribá Plaza, D. Jaime Duch Tort, D.
Lorenzo Armengol Segura, D. José Culleré Escribá y D. Jaime Fabregat Reñé
electos y proclamados Concejales por este término en Mayo último /…/
(Document 46. Acta: 01-07-1895: Constitució del nou Ajuntament ).
Seguidamente, constituido el nuevo Ayuntamiento bajo la presidencia interina
de D. Tomás Escribá Plaza como Concejal que obtuvo mayor número de votos,
se procedió al nombramiento de Alcalde /…/ Terminada la votación y
practicado el escrutinio en la forma preceptuada por el artículo 55 de la Ley
Municipal vigente, dio el siguiente resultado: Alcalde, D. Luís Catalá Capell;
primer Teniente, D. Francisco Sendra Ariseta; segundo Teniente, D. Jaime
Duch Tort; Regidor Síndico, D. Lorenzo Armengol Segura /…/”
La quarta Corporació d’aquest període fou elegida el primer de juliol de 1897
Document 71. Acta 01-07-1897: Constitució del nou Ajuntament
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 9 ~
/…/ Siendo la hora señalada en las papeletas de convocatoria el Sr. Alcalde
saliente recibió á los Concejales electos D. Jaime Calvís Culleré, D. Jaime
Canela Bosch, D. Miguel Marimon y D. José Guasch Trullols /…/ Resultando
que siendo el número de votantes nueve, ha obtenido D. Miguel Marimon, siete
votos, ó sea la mayoría absoluta /…/ el Sr. Presidente proclamó Alcalde al Sr.
Miguel Marimon y Canela /…/ Seguidamente, y por el mismo orden y forma se
procedió á la elección de Tenientes de Alcalde, resultando designado D. Jaime
Calvís para primer Teniente, D. Jaime Duch para segundo /…/ Se nombró D.
Jaime Canela Bosch para desempeñar el cargo de Procurador Síndico y para
que le sustituya en ausencias, enfermedades o incompatibilidades se designó á
D. Tomás Escribá Plaza /…/ como Regidor primero D. José Culleré y Escribá;
para Regidor segundo Jaime Fabregat, para Regidor tercero José Guasch,
para cuarto Regidor Tomás Escribá y para quinto Regidor Lorenzo Armengol
/…/”
La cinquena corporació va ser elegida el primer de juliol del 1899:
Document 94
Acta 01-07-1899: Constitució del nou Ajuntament
“En el pueblo de Belianes á las diez de la mañana del día primero de Julio de
mil ochocientos noventa y nueve /…/ Siendo la hora señalada en las papeletas
de convocatoria el Sr. Alcalde saliente recibió á los Concejales electos D.
Francisco Sendra, D. José Puig Cantó, D. Jaime Batlle, D. José Martínez y D.
Manuel Claramunt /…/ cediendo la presidencia interina al Concejal D.
Francisco Sendra Ariseta que resultó ser de los presentes el que había
obtenido mayor número de votos /…/ resultando proclamado Alcalde D.
Francisco Sendra Ariseta, pasando á ocupar la presidencia y recibiendo las
insignias de su cargo /…/ Seguidamente y por ese mismo orden y forma se
procedió á la elección de Teniente 1º de Alcalde resultando designado D.
Jaime Calvís Culleré para primer regidor; D. José Puig Cantó para segundo /…/
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 10 ~
En cumplimiento del apartado 2º del Artículo 56 se nombró á D. Jaime Canela
Bosch para desempeñar el cargo de Procurador Síndico /…/ “
L’Alcalde, Francesc Sendra i Ariseta
El Secretari, Magí Trullols i Folguera
La sisena Corporació d’aquest període fou elegida el primer de gener de 1902
Document 118
Acta 01-01-1902: Elecció del nou Ajuntament1
“En el pueblo de Belianes á las nueve de la mañana del día primero de Enero
de mil novecientos dos /…/ reunidos en el salón de la Casa Consistorial bajo la
presidencia del Alcalde saliente D. Francisco Sendra y Ariseta, los Sres.
Concejales D. Jaime Lloreta Saltó, D. José Puig Cantó, D. Jaime Batlle Queralt,
D. Manuel Claramunt Carné, D. Francisco Culleré Bellart, D. Ramón Massot
Duch y D. José Martínez Bosch; para celebrar la Sesión inaugural del presente
bienio /…/ y se hace constar la renuncia del cargo de Concejal presentada por
Antonio Massot y Duch por cuanto se halla desempeñando interinamente la
Secretaría del Juzgado Municipal de Vilanova de Bellpuig /…/ Transcurridos los
cinco minutos, se reanudó anunciando el Sr. Presidente que iba á procederse á
la elección de Alcalde /…/ se procedió al escrutinio que dio el siguiente
resultado. D. Jaime Lloreta Saltó, cuatro votos; D. José Puig Cantó, cuatro
votos, siendo ocho los Concejales de que se compone el Ayuntamiento, no
resulta elegido ninguno por haber habido empate y se procede á una segunda
votación según previene el Artículo 55 de la Ley Municipal /…/ y resultando
nuevo empate se procedió al sorteo que resultó elegido Alcalde D. José Puig
Cantó /…/”
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 11 ~
L’Alcalde, Josep Puig i Cantó
El Secretari, Ricard Costa i Folguera
Fins al 1913 no trobem l’Acta corresponent al nomenament d’una nova
Corporació:
Document 159
Acta 11-02-1913: Constitució del nou Ajuntament
“En la villa de Belianes á once de Febrero de mil novecientos trece /…/ La
Presidencia dio cuenta á la Corporación Municipal de que en el Boletín Oficial
número diez y nueve, correspondiente al día ocho de los corrientes publicaba el
fallo favorable ó sea aprobando las elecciones verificadas el día doce de Enero
último, con respecto á la proclamación de Concejales por el Artículo 29,
verificado por la Junta Municipal del Censo Electoral de esta villa. Como así
mismo de una comunicación del M.I.S. Gobernador Civil en que traslada dicho
fallo y por lo tanto debe darse posesión á los señores D. Antonio Massot Duch,
D. José Badía Albareda y á D. Francisco Batlle Queralt del cargo de Concejales
como dispone la Comisión permanente de la Diputación Provincial de Lérida
/…/ Inmediatamente el Sr. Alcalde accidental Presidente, invitó á los
nombrados á que tomasen asiento en los escaños del Consistorio, depositó
sobre la mesa las insignias de su cargo y cedió la presidencia interina á D.
Antonio Massot Duch que resulta ser el Concejal de mayor edad de los
presentes al Acto. Seguidamente por orden del Sr. Presidente interino procedió
el infrascrito Secretario Accidental á la lectura de los Artículos 52, 53, 54, 55,
56 y 57 referentes al caso. Entonces la Presidencia declaró que debiendo
procederse á la elección de Alcalde en la forma que dispone el Artículo 54
suspendió por cinco minutos la Sesión /…/ se procedió al escrutinio dando el
siguiente resultado: D. Antonio Massot Duch obtuvo cinco votos y una papeleta
en blanco. Siendo el número de votantes seis ha obtenido D. Antonio Massot
Duch, cinco votos, ó sea la mayoría absoluta y por lo tanto queda proclamado
Alcalde /…/ Acto seguido por el mismo orden y forma se procedió á la elección
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 12 ~
de Primer Teniente de Alcalde, resultando designado D. Juan Puig Azcona que
obtuvo cinco votos y una papeleta en blanco y D. José Piñol Escribá obtuvo
cinco votos y una papeleta en blanco para la elección del cargo de Segundo
Teniente de Alcalde /…/ En cumplimiento del apartado segundo del Artículo
cincuenta y seis, se nombró por unanimidad á D. Manuel Fontova Fabregat
Procurador Síndico del Ayuntamiento, como suplente á D. Francisco Batlle
Queralt /…/ como Regidor Primero D. José Badía Albareda, como Segundo D.
José Amorós Amorós, como Tercero D. Manuel Inglés Clavé y como Cuarto D.
Luís Catalá Capell /…/ se constituyeron, en esta Casa Consistorial, el Alcalde
D. Antonio Massot Duch, el ex Alcalde accidental D. José Piñol Escribá, el Sr.
Depositario de los fondos municipales D. Ramón Massot Duch y el Secretario
Contador D. Joaquín Tello, al objeto de proceder á un arqueo de los fondos
existentes en Caja al hacerse cargo de la Alcaldía el referido Sr. D. Antonio
Massot Duch, dando el resultado siguiente: existencia en Caja, según arqueo
practicado en 27 de Diciembre último, pesetas 1,58; ingresos hasta la fecha
1,58, existencia en Caja en este día pesetas 1,58 /…/ se levanta la presente
Acta que firman todos los señores asistentes, de que certifico.”
L’Alcalde sortint, Josep Piñol Escribá
L’Alcalde entrant, Antoni Massot Duch
El secretari, Joaquim Tell
A partir de 1913 es normalitzen les Actes d’elecció de noves Corporacions:
Document 169
Acta 01-01-1914: Constitució de l’Ajuntament
“En el Salón Capitular de las Casas Consistoriales de la villa de Belianes /…/
se procedió al escrutinio dándose el siguiente resultado: D. Manuel Inglés
Clavé obtuvo 5 votos, tres papeletas en blanco /…/ el señor Presidente
manifiesta que siendo ocho el número de Concejales presentes y haber
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 13 ~
obtenido mayoría de votos de los nueve que componen el Ayuntamiento
quedaba elegido Alcalde D. Manuel Inglés Clavé á quien la Presidencia las
insignias de su cargo /…/ Seguidamente se procedió á la elección de 1er
Teniente Alcalde resultando elegido por 7 votos D. Antonio Huguet Inglés y una
papeleta en blanco /…/ En la misma forma y por cinco votos quedó de Regidor
Mayor ó Interventor D. José Amorós y Amorós, quedando constituido el
Ayuntamiento en la forma siguiente: D. Manuel Inglés Clavé, Alcalde
Presidente; D. Antonio Huguet Inglés, 1er Teniente Alcalde; D. José Santiañez
Álvarez, 2º Teniente Alcalde; D. José Balcells Segura, Regidor Síndico; D. José
Piñol Escribá, Regidor Síndico Suplente; D. José Amorós y Amorós,
Interventor; D. Luís Catalá Capell, Concejal; D. Andrés Puig Azcona, Concejal;
D. Juan Puig Azcona, Concejal.”
L’ Alcalde President, Manuel Inglés i Clavé
El Secretari, Rupert Edo
La dimissió de l’Alcalde força un altre nomenament:
Document 178
Acta 7-12-1914: Nomenament d’Alcalde
“En el pueblo de Belianes á siete de Diciembre de mil novecientos catorce /.../
Acto seguido se levantó el Sr. Alcalde accidental manifestando que el objeto de
esta Sesión era el de proceder al nombramiento de Alcalde en propiedad de
este Ayuntamiento por dimisión del que lo desempeñaba D. José Santiañez
Álvarez /.../ Reanudada la Sesión á los cinco minutos y anunciado, en voz alta,
por la Presidencia que iba á procederse á la votación de Alcalde, se dio
principio á ella /.../ procediéndose luego al escrutinio que dio el siguiente
resultado: D. José Amorós Amorós obtuvo seis votos /.../ el Sr. Presidente
manifiesta que siendo el número de Concejales presentes de los nueve de que
se componía el Ayuntamiento y haber por tanto mayoría absoluta de votos,
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 14 ~
quedaba elegido Alcalde Presidente de este Ayuntamiento D. José Amorós
Amorós /.../”
L’ Alcalde, Josep Amorós i Amorós
El Secretari, Bonaventura Majoral
La següent Acta menciona una carta rebuda del Diputat a Corts Sr. Francesc
Macià:
Document 179 (Llibre d’Actes de l’Ajuntament de Belianes, número 204)
Acta 14-02-1915: Carta del Diputat a Corts Sr. Francesc Macià
“En Belianes á catorce de Febrero de mil novecientos quince, reunidos en la
Casa Consistorial para celebrar reunión ordinaria, los señores del
Ayuntamiento que al margen se relacionan (Sr. Alcalde José Amorós, D.
Antonio Huguet, D. José Balcells, D. Andrés Puig, D. José Piñol i D. Juan Puig),
bajo la presidencia del Sr. Alcalde D. José Amorós Amorós que declara abierta
esta Sesión habiendo dado lectura al Acta de la anterior que fue aprobada por
unanimidad.
Según una carta del Diputado á Cortes Sr. Macià en la que se interesa que
asista un delegado de este Ayuntamiento á la reunión que hoy se celebra en
Borjas para llevar á cabo el proyecto de construcción de la agrupación
telefónica que teniendo la Central en Borjas ha de poner en comunicación á 34
pueblos de la Comarca/.../”
L’ Alcalde, Josep Amorós i Amorós
El Secretari, Bonaventura Majoral
Novament l’ Alcalde , aquest cop en Josep Amorós Amorós, presenta la
dimissió:
Document 182
Acta 25-07-1915: L’Alcalde presenta la dimissió
“En Belianes á veinte y cinco Julio de mil novecientos quince /.../ bajo la
presidencia del Alcalde D. José Amorós y siendo la hora señalada por este Sr.
se declaró abierta la Sesión y de orden del mismo por el infrascrito Secretario
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 15 ~
(Lorenzo Massana) se dio lectura del Acta de la Sesión anterior que fue
aprobada por unanimidad.
Acto seguido el propio Sr. Presidente presentó á la Corporación una Instancia
suscrita por el mismo en que pide la dimisión de su cargo de Alcalde de este
Ayuntamiento fundando la causa en motivos de salud que no le permiten
desempeñar por más tiempo el expresado cargo, justificándolo por certificación
facultativa que también presenta en el Acto. El Ayuntamiento por unanimidad
acuerda admitir al citado Presidente la dimisión de Alcalde de esta Corporación
/.../ pasando, acto continuo, á suplir la vacante de dicho cargo de Alcalde
Presidente D. José Balcells Segura por haber sido el Concejal que obtuvo
mayor número de votos /.../”
L’Alcalde President, Josep Amorós
Al mes següent es presenta al Ple l’embargament de tots els béns d’Alcaldes i
Regidors des de 1913.
El primer de gener de 1916 es nomena el nou Ajuntament:
Document 184
Acta 01-01-1916: Elecció de nou Ajuntament
“En la villa de Belianes á primero de Enero de mil novecientos diez y seis /…/
debiendo procederse á la elección de Alcalde en la forma que dispone el
artículo 54 de la expresada Ley Orgánica, suspendía por cinco minutos la
Sesión para que los Sres. Concejales se pusiesen de acuerdo en la
designación de Candidato /…/ dando el siguiente resultado: D. Andrés Puig
Azcona obtuvo cinco votos; contra cuatro papeletas en blanco /…/ Leído el
resultado de la votación, el Presidente manifiesta que siendo nueve el número
de Concejales presentes y haber obtenido mayoría de votos de los nueve que
componen el Ayuntamiento, D. Andrés Puig Azcona quedaba elegido Alcalde, a
quien la Presidencia entregó acto seguido las insignias de su cargo /…/
Seguidamente se procedió á la elección de 1r. Teniente Alcalde, resultando
elegido por cinco votos D. Francisco Juní Salla, resultando cuatro papeletas en
blanco. A continuación se pasó a elegir el 2º Teniente Alcalde quedando
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 16 ~
elegido D. Antonio Fontova Corominas por cinco votos y cuatro papeletas en
blanco /…/ el Ayuntamiento nombró Regidor Síndico por votación nominal de
cinco votos de mayoría á D. José Badía Albareda y suplente Francisco Sendra
Tristany, por resultar cuatro papeletas en blanco en dicha votación. En la
misma forma y por igual número de votos quedó de Regidor Mayor ó
Interventor D. José Queixal y Piqué, quedando constituido el Ayuntamiento en
la forma que sigue: D. Andrés Puig Azcona, Alcalde; D. Francisco Juní Salla,
1r. Teniente Alcalde; D. Antonio Fontova Corominas, 2º Teniente Alcalde; D.
José Badía Albareda, Regidor Síndico; D. Francisco Sendra Tristany, Síndico
Suplente; D. José Queixal Piqué, Regidor Interventor; D. José Balcells Segura,
Concejal; D. Simeón Vallverdú, Concejal; D. Antonio Huguet Inglés, Concejal
/…/”
L’ Alcalde, Andreu Puig Azcona
El Secretari, Llorenç Massana
El primer de gener de 1918 es forma el nou Ajuntament:
Document 201
Acta 01-01-1918: Elecció d’ Alcalde i nou Ajuntament
“En el Salón Capitular de las Casas Consistoriales, siendo las nueve horas, del
día primero de Enero de mil novecientos diez y ocho /…/ Inmediatamente el
Señor Alcalde invitó á los nombrados a que tomaran asiento en los escaños del
Consistorio, depositó sobre la mesa las insignias de su cargo, cedió la
Presidencia interina a D. Antonio Fontova Corominas que resulta ser el
Concejal de entre los que han obtenido el mayor número de votos el de más
edad /…/ quedando formado el Ayuntamiento en la forma siguiente: D.
Francisco Juní Salla, Alcalde; D. Antonio Fontova Corominas, 1er Teniente
Alcalde; D. José Badía Albareda, 2º Teniente Alcalde; D. José Queixal Piqué,
Regidor Síndico; D. José Culleré Escribá, Suplente de Síndico; D. Francisco
Fontova Escribá, 1er Concejal; D. Antonio Guasch Malet, 2º Concejal; D.
Simeón Vallverdú Timoneda, 3er Concejal; D. Ramón Florensa Tudela, 4º
Concejal /…/”
L’Alcalde, Francesc Juní Salla
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 17 ~
El Secretari, Ruperto Edo i Grau
Document 218
Acta 01-04-1920: Elecció d’Alcalde
“En el salón capitular de las Casas Consistoriales de la villa de Belianes, siendo
las nueve horas, del día primero de Abril de mil novecientos veinte /…/ debía
procederse a la elección de Alcalde en la forma que dispone el artículo 54 /---/
Reanudada a los cinco minutos , se dio principio a ella llamando sucesivamente
a todos los Concejales presentes por orden de mayor a menor por la edad,
fueron acercándose a la mesa y depositando en la urna preparada al efecto sus
papeletas, después de lo cual se procedió al escrutinio dando el siguiente
resultado; D. Francisco Marimon Altarriba obtuvo 4 votos; D. José Culleré
Escribá obtuvo 4 votos. Resultando empate entre los dos candidatos
propuestos se procede en la misma forma a nueva votación dando por
resultado un nuevo empate. Seguidamente y con arreglo a lo preceptuado en el
Artículo 55 de la Ley Municipal se procede al sorteo entre los dos referidos
candidatos quedando elegido por la suerte D. Francisco Marimon Altarriba /…/
siendo constituido el Ayuntamiento, con arreglo a lo preceptuado en las
disposiciones vigentes, en la forma siguiente: D- Francisco Marimon Altarriba,
Alcalde; D. Juan Puig Azcona, 1er. Teniente Alcalde; D. Francisco Sendra
Tristany, 2º Teniente Alcalde; D. Juan Armengol Canela, Regidor Síndico; D.
Jaime Balcells Guixá, ídem Suplente; D. José Culleré Escribá, 1er. Concejal; D.
Francisco Fontova Escribá, 2º ídem; D. Antonio Guasch Malet, 3er. Ídem; D.
Ramón Florensa Tudela, 4º ídem /---/”
L’ Alcalde, Francesc Marimon i Altarriba
El Secretari, Rupert Edo i Grau
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 18 ~
2. El grau de compliment de les Competències
2.1 Vies de Comunicació
La Llei Municipal de 2 d’octubre de 1877, en l’Article 72, determina que és
obligació dels Ajuntaments la composició i conservació dels camins veïnals.
Quant als camins rurals els Ajuntaments obligaran als interessats a la seva
reparació i conservació.
Per a assolir aquests objectius acordaran els mitjans en Junta d’Associats per
als veïnals, i en Junta d’Interessats per als rurals.
Els Governadors vetllaran pel compliment d’aquesta part tan interessant de
l’Administració, en virtut de les facultats que els confereix la Llei provincial.
El camí de Vilanova de Bellpuig, en el límit dels termes de Bellpuig, Vilanova i
Belianes, té prou importància perquè la Corporació Municipal es plategi la seva
reparació. L’onze de novembre del 1894 la Corporació acorda que es practiquin
obres de recomposició d’aquest camí ja sigui per personal a jova o per
subhasta pública.
Document 37
Acta 11-11-1894: Obres al Camí de Vilanova de Bellpuig
“En el pueblo de Belianes á once de Noviembre de mil ochocientos noventa y
cuatro /…/ Manifestó el Sr. Presidente que por la Comisión nombrada al efecto
se había procedido al examen del camino que conduce al inmediato pueblo de
Vilanova de Bellpuig y ha emitido informe sobre las obras que es indispensable
verificar en dicho camino /…/ la Corporación acuerda quedar enterada y que se
practiquen en el más breve plazo posible las obras de recomposición que
propone la Comisión en el informe que acaba de leerse, ya sea por
administración ya por subasta pública /…/”
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 19 ~
L’Alcalde accidental, Antoni Massot i Duch
El Secretari, Magí Trullols i Folguera
2.2 Proveïment d’aigües
El proveïment d’aigües és citat com un dels objectius de competència exclusiva
dels Ajuntaments en el govern i direcció dels interessos peculiars dels pobles
segons l’Article 72 de la Llei Municipal de 2 d’octubre de 1877.
El 4 de juny de 1893, l’Alcalde Antoni Bellart i Tristany manifesta que la
Corporació ha de prevenir els casos d’incendi i per aquest motiu ha de
sol·licitar al Sr. Alcalde de Maldà les aigües sobrants de la seva font i així
omplir la bassa d’ on beuen les cavalleries i utilitzar-la també en cas d’incendi.
Sent Alcalde Lluís Català i Capell, el dia 9 de desembre del 1894, el regidor Sr.
Marimon fa present que la Bassa està sense aigua i donat que els molins d’oli
de Maldà han començat a moldre les olives seria convenient que s’omplís
d’aigua ja que més tard serà impossible doncs restaran brutes les aigües de la
font.
El mateix Alcalde, el dia 15 de setembre del 1895, manifesta que la Bassa es
troba totalment buida i seria l’ocasió de netejar-la per a després omplir-la amb
aigua procedent de la font de Maldà que en aquesta època no s’aprofita per al
rec d’hortalisses.
No va ser fins a finals del 1899 que es plantejà el problema del
subministrament d’aigua potable. L’Alcalde era el Sr. Francesc Sendra i Ariseta
i amb ell tots els Senyors Regidors es manifestaren completament d’acord a
dirigir una Instància a la Junta del Canal d’Urgell suplicant que concedís a l’
Ajuntament de Belianes la quantitat d’aigua necessària per al poble així com la
força motriu indispensable per a la seva elevació.
Document 103
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 20 ~
Acta 22-11-1899: Projecte de subministrament d’aigües potables i d’enllumenat
elèctric
“En el pueblo de Belianes á veinte y dos de Noviembre de mil ochocientos
noventa y nueve /…/ como consta á la Corporación hace tiempo que se viene
acariciando la idea de dotar á este vecindario de aguas potables para el
consumo de todos los vecinos /…/ A todos consta la escasez que tiene esta
población de tan vital elemento y singularmente en las épocas de verano /…/
Otro tanto podríamos decir del alumbrado público por medio de luz eléctrica,
mejora que podría llevarse á efecto con la traída de las aguas, que si bien no
es tan necesaria como la de las aguas no deja de ser una importantísima
mejora que reclama todo el vecindario en general /…/ Abierto pues el debate,
todos los Sres. Concejales se manifestaron completamente conformes /…/ y
que para llevar á efecto el proyecto de que se trata tanto respecto al
abastecimiento de aguas potables como al proyecto del alumbrado de esta
población por medio de la luz eléctrica, se dirija atenta instancia á la Junta del
Canal de Urgel en súplica de que se sirva conceder á este Ayuntamiento la
cantidad de agua necesaria para el abastecimiento de la población así como
los saltos del Canal ó sus derivaciones que como fuerza motriz sean
indispensables para la elevación de aquella y demás usos á que debe
destinarse /…/”
L’Alcalde, Francesc Sendra i Ariseta
El Secretari, Magí Trullols i Folguera
Document 107. Acta 13-05-1900: Comunicació de la Junta del Canal d’Urgell
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que conforme al contenido de la comunicación
de la Junta Canal de Urgel de fecha 19 de Abril último y á las bases generales
que á la misma acompañan estipuladas por la referida Junta para la concesión
de aguas potables destinadas al abastecimiento de las poblaciones que
carecen de tan vital é imprescindible elemento y aceptadas ya en un principio
por esta Corporación, se estaba en el caso de nombrar una comisión
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 21 ~
compuesta de tres mayores contribuyentes para que en su nombre y
representación del Ayuntamiento pase á Barcelona á estipular las bases
definitivas del Convenio que este Municipio ha de celebrar con la indicada
Junta, á fin de que esta, una vez aprobadas por ambas partes, pueda
otorgar la correspondiente escritura para que en su día y previos los trámites
convenientes, puedan elevarse á Belianes las aguas que se tienen solicitadas,
mediante la instalación de una turbina utilizando como fuerza motriz la de los
saltos 1 y 2 de la 3ª Acequia Principal así como para la producción de la
electricidad para el alumbrado de la población en general /…/
2.3 Vigilància i guarderia rural
L’Article 73 de la Llei Municipal de 1877 determina que el servei de vigilància i
guarderia rural és un dels sis objectius preferents a procurar pels Ajuntaments,
conjuntament amb els de conservació i manteniment de vials; policia urbana i
rural; instrucció primària; administració, custòdia i conservació de totes les
finques, béns i drets del poble i Institucions de Beneficència.
Document 8. Acta 29-05-1892: Reposició del Guarda de Camp
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que próxima la época de las operaciones de la
siega era muy conveniente para los intereses de todos los vecinos reponer el
guarda municipal del Ayuntamiento con el fin de evitar en lo posible la
sustracción de gavillas durante el tiempo de la siega y aún después de
terminada esta /…/”
Document 10. Acta 24-07-1892: Vigilància durant la Festa Major
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que siendo mañana la Fiesta Mayor de este
pueblo , en donde por lo regular acceden bastantes forasteros, se hacía preciso
vigilar la población y particularmente en las noches en que se dan bailes en la
plaza pública y en el salón de Casa la Villa, á fin de evitar que en los mismos
se cometa ningún desmán y que se guarde el orden y compostura debidos /…/
se acuerda que se nombren patrullas convenientes y se ordene al Sr.
Comandante del puesto de la Guardia Civil para que redoble su vigilancia á fin
de evitar, en lo posible, que se cometa ningún desmán /…/”
Document 50. Acta 22-09-1895: Prohibició de netejar portadores a la Bassa
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 22 ~
/…/ en virtud del Acuerdo de la Sesión anterior, se había procedido á la limpia
de la Balsa comunal en donde abrevan las caballerías y que se estaba llenando
de agua con la procedente de la fuente de Maldá pero que atendido de que
hallándose próximos á la época de la vendimia y que durante la cual algunos
vecinos limpian las portadoras enturbiando las aguas y hasta corrompiéndolas
con los residuos del barrido, era de parecer se publicase un bando prohibiendo
en absoluto el lavar ninguna portadora ni pipa en la mencionada balsa ni en la
acequia conductora, imponiendo una multa á los contraventores /…/”
Document 81. Acta 06-02-1898: Sancions per infringir Ordenances d’Ordre
Públic
/…/ Expuso el Sr. Presidente que creía llegado el caso de adoptar serias
medidas que tiendan á cortar de raíz el hecho abusivo de la mayor parte de los
niños de seis á doce ó catorce años, que con sus constantes pedreas dentro
del recinto de la población tienen en constante peligro á los vecinos.
Otro de los abusos dijo, que cree deber de la Corporación, evitar á todo trance,
es el hecho que algunos propietarios tienen ya casi por costumbre el dejar
abandonado en la vía pública y durante la noche el carro de su propiedad con
gran riesgo de los transeúntes y muy singularmente en las noches de grande
oscuridad /…/ se acuerda que se imponga una peseta de multa á cada uno de
los niños /…/ haciendo responsables á los respectivos padres de los menores
de doce años /…/
Que á los propietarios que dejasen abandonados sus carros en la vía pública
durante la noche se les imponga la multa de dos pesetas cincuenta céntimos,
designando al propio tiempo los sitios llamados centro al Portal, Racó del
Massot, Vora del pati del Senan i darrere l’església, como puntos en donde
pueden dejar los carros durante la noche /…/”
Document 85. Acta 29-05-1898: Trasllat de la Guàrdia Civil a les Borges
Blanques
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que en virtud de haberse reconcentrado la
Guardia Civil en el inmediato pueblo de las Borjas á consecuencia de órdenes
superiores, creía conveniente excitar el celo del guarda municipal de campo
jurado, encargándole una vez más la vigilancia á fin de evitar en lo posible que
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 23 ~
se cause el menor daño posible en las propiedades de los vecinos de este
pueblo enclavadas en este término municipal /…/”
Document 104. Acta 06-01-1900: Proposició per a instal·lar la Guàrdia Civil
/…/ Expuso el Sr. Presidente que según le había manifestado verbalmente el
Sr. Teniente de la Guardia Civil Jefe de Línea á que corresponde el puesto de
este pueblo, si el Ayuntamiento no proporcionaba la casa habitación para los
individuos de que se compone dicho puesto, se veía obligado a trasladar dicha
fuerza á otra población de las limítrofes á Belianes /…/ Abierta la discusión
sobre lo expuesto por la Presidencia y después de amplio debate no
pudiéndose dilatar la resolución i conformes todos los demás Sres. Concejales
con lo expuesto por la presidencia se acuerda facultar al Sr. Alcalde como
presidente del Ayuntamiento para que presente la proposición para instalar
dicha fuerza en la Casa Consistorial previo las reparaciones que sean
necesarias /…/”
Document 106. Acta 25-02-1900: Prohibició d’ús de màscares de Carnaval a
les nits
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que á fin de evitar los abusos que se vienen
cometiendo durante los días de Carnaval por algunos jóvenes que hallándose
poco conformes con los sanos principios de la moral se dedican á insultar
durante las noches á algunos pacíficos vecinos profiriendo palabras soeces y
groseras /…/ se acuerda que por la Alcaldía se publique un bando acto
seguido prohibiendo el uso del antifaz desde la puesta del sol hasta la hora de
su salida /…/”
Document 108. Acta 22-07-1900: Abús contra la propietat particular per part del
bestiar
/…/ manifestó que, como no ignoraban seguramente todos los Sres. aquí
congregados, el abuso que se está cometiendo contra la propiedad particular
por parte del ganado cabrío y bovino que hoy existe en este término municipal
es a todas luces imposible ya que no hay realidad física alguna que se vea libre
de ser perjudicada por la clase de ganado de que se ha hecho mérito /…/ se
acuerda no permitir la entrada de ganado alguno que su propiedad no sea el
que se administra por cuenta de la población /…/”
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 24 ~
2.4 Nomenament i separació de tots els empleats
Segons l’Article 78 de la Llei Municipal de 1877 és atribució exclusiva dels
Ajuntaments el nomenament i separació de tots els empleats i dependents
pagats dels fons municipals i que siguin necessaris per a la realització dels
serveis que estan al seu càrrec.
Els funcionaris destinats a serveis professionals tindran la capacitat i condicions
que en les lleis a ells relatives es determini.
Document 12. Acta 15-01-1893: Sol·licitud del Secretari
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que en virtud de los múltiples y variados
trabajos que pesan sobre la Secretaria y en atención á que es muy penoso el
cargo de Secretario de la Corporación Municipal se había solicitado por el
Secretario que ya que no percibía más que el sueldo de setecientas cincuenta
pesetas, se le remunerase el trabajo de la confección de los repartos de
Inmuebles y Consumos de este Distrito ya que no es, en rigor, de su obligación
el confeccionarlos /…/ se acuerda subvencionar al Secretario con la cantidad
de cien pesetas por todos los trabajos correspondientes á la confección de los
expresados repartos, concediéndole además si fuera preciso un escribiente
temporero /…/”
Document 23. Acta 02-01-1894: Nomenament i destitució de personal de
l’Ajuntament
/…/ se acordó confirmar al Secretario en su puesto. Se pasó acto seguido á
tratar del cargo de alguacil /…/ se acuerda destituir del expresado cargo al que
lo es en la actualidad D. José Ribes Moyá /…/ Se pasó igualmente á tratar del
cargo de sereno /…/ se acuerda destituir del expresado cargo á D. Manuel
Serret Agustí /…/”
Document 25. Acta 07-01-1894: Nomenament definitiu dels càrrecs d’Agutzil i
Sereno
/…/ se acuerda nombrar para el cargo de alguacil previa votación nominal á
Lorenzo Sauch Torrelles por siete votos por uno que obtuvo D. José Juní
Escribá. Se pasó acto continuo á la elección del cargo de sereno resultando
elegido por siete votos D. Magín Serret Torramadé por uno que obtuvo D.
Ramón Escoté Capdevila /…/”
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 25 ~
Document 32. Acta 15-07-1894: Concessió de poder administratiu a l’Agent de
Negocis
/…/ Manifestó el Sr. Alcalde la conveniencia de que el Ayuntamiento se sirva
acordar que se confiera poder administrativo bastante á favor del Agente de
Negocios de la Capital de la provincia D. Arturo Pujadas y Pueyo para que
gestione todos los asuntos que interesen al Municipio y en que sean necesarios
ó convenientes sus oficios y encontrando muy conforme la idea, se acuerda
conferir como se confiere y otorga á favor del citado D. Arturo Pujadas y Pueyo,
vecino de Lérida, poder tan amplio como menester sea en derecho para que,
en nombre y representación de este Ayuntamiento, pueda gestionar y gestione,
en cualquier clase de Oficina del Estado, de la Provincia y del Municipio, el
despacho de todos los asuntos y negocios que al de este Distrito interesen /…/
Document 33. Acta 19-08-1894: Concessió de Llicència de tres mesos a
l’Alcalde
/…/ bajo la presidencia del Alcalde accidental D. Antonio Massot y Duch, este
declaró abierta la sesión /…/ Ordenó el Sr. Presidente que por el infrascrito
Secretario se leyera un oficio del Sr. Alcalde D. Luís Catalá y Capell, en el que
manifiesta que para atender al despacho de asuntos de su familia tenía
necesidad de ausentarse de la población y que, por consiguiente, solicitaba
autorización por tres meses, durante cuyo tiempo había de encargarse de la
Alcaldía el que está desempeñando en la actualidad el cargo de Presidente /…/
se acuerda conceder al Sr. Catalá la autorización solicitada /…/”
Document 41. Acta 04-01-1895: Nomenament d’Agent Executiu
/…/ se acuerda nombrar para dicho cargo á D. Vicente Agulló y Barber, vecino
de Lérida, á favor del cual se expidió el oportuno nombramiento /…/ dejando
sin efecto los nombramientos hechos á favor de D. Antonio Amigó y Martí y D.
Magín Gasó por la negligencia que han venido observando en los
procedimientos ejecutivos que se les había encomendado /…/”
Document 51. Acta 06-10-1895: Dimissió del Sereno
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que por el que fue sereno de este pueblo D.
Magín Serret Torramadé se había presentado la dimisión de su cargo /…/ se
acuerda que por de pronto se declare vacante la plaza anunciándose en el
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 26 ~
Boletín Oficial de la provincia, proveyéndose interinamente si es posible hasta
que se presente alguna persona que lo solicite /…/”
Document 55. Acta 18-12-1895: Nomenament d’un nou Recaptador de
Consums
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que conforme se indicaba en las papeletas de
convocatoria debía procederse al nombramiento de recaudador voluntario del
Impuesto de Consumos y demás Impuestos Locales toda vez que D. Jaime
Besó y Jové que lo venía desempeñando, había presentado la renuncia del
referido cargo /…/ se acuerda nombrar á D. José Duch y Tort, vecino de este
pueblo, quien deberá hacerse cago de los Libros correspondientes, previa
fianza de la cantidad de mil quinientas pesetas (1.500 pesetas) para estar á las
resultas de la recaudación /…/ Acto seguido y hallándose presente el referido
D. José Duch y Tort manifestó que aceptaba el cargo que se le había conferido
haciéndole entrega del papel pendiente de recaudación correspondiente al año
económico 1894-95 importante la suma de seis mil cuatrocientas treinta y dos
pesetas treinta y ocho céntimos (6.432,38 pesetas) /…/”
Document 79. Acta 24-10-1897: Exclusivitat de la funció d’Agutzil o pregoner
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que con el fin de evitar atrasos ó erróneas
interpretaciones sería muy conveniente se ordene por medio de pregones á
todos los vecinos en general y para conocimiento de los forasteros que nadie
se atreva á anunciar la venta de ningún género ni hacer ninguna clase de
anuncio público en todo el casco de la población que no sea la persona del
Alguacil ó Pregonero que tiene designado el mismo Ayuntamiento, pues de
consentirse podría dar el caso de encontrarse algunas veces cuatro ó cinco ó
más personas que hicieran pregones por las calles del pueblo /…/”
Document 97. Acta 13-08-1899: Concurs per a la provisió del càrrec de
Recaptador
/…/ Expuso el Sr. Presidente que creía llegada la época en que tal vez podría
intentarse el cobro de las cantidades que en concepto de Consumos se hallan
en poder del Agente Ejecutivo así como cerciorarse el Ayuntamiento si el
recaudador voluntario desea continuar recaudando los impuestos que ha
venido cobrando en representación del Ayuntamiento y en su caso si está
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 27 ~
dispuesto á prestar la oportuna fianza ó responder de las cantidades que en
papel pendiente de cobro se le entreguen por el Ayuntamiento para, en su
caso, nombrar otra persona que desempeñe dicho cargo /…/ Tras una breve
discusión en la que tomaron parte los Sres. Canela, Puig, Guasch, Martinez,
Batlle y Claramunt y declarado el asunto suficientemente discutido se acuerda
que habrá un concurso para que los interesados presenten en la Secretaría en
pliego cerrado las proposiciones que cada uno estime convenientes á fin que
en vista de las mismas pueda elegir la que estime más conveniente á los
intereses del Ayuntamiento /…/ ”
Document 99. Acta 27-08-1899: Obertura dels plecs de condicions per al
recaptador
/…/ De orden del Sr. Presidente se procedió á la apertura de los pliegos de
condiciones presentadas para adjudicar la recaudación voluntaria del Impuesto
de Consumos y siendo una exclusivamente la presentada que resulta ser D.
Ramón Massot Duch, quien se compromete á recaudar el referido impuesto
con la gratificación del uno noventa y cinco por ciento (1,95 %) y previa la
oportuna fianza á responder de las cantidades que se recaude /…/”
Document 102. Acta 22-10-1899: El Recaptador paga la fiança
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que acordado por el Ayuntamiento en sesión de
veinte y siete de Agosto último el nombramiento del recaudador voluntario para
el Impuesto de Consumos á favor de D. Ramón Massot y Duch y debiendo
procederse á la recaudación de dicho impuesto se hacía preciso que el referido
D. Ramón Massot presentase la fianza ya sea en metálico ya en fincas,
suficiente á responder de las cantidades que recaude /…/ Y hallándose
presente el referido D. Ramón Massot manifestó que para el cargo que se le ha
conferido y á las resultas de las cantidades que en su día recaude hipotecaba y
ponía de evicción todos sus bienes y que en caso de no ser suficientes sus
bienes propios respondería en su caso ante el Ayuntamiento y con sus bienes
propios D. Antonio Massot y Duch que también se hallaba presente /…/”
2.5 Institucions d’ instrucció i serveis sanitaris
Document 1. Acta 03-01-1892: De la higiene pública
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 28 ~
/…/ Expuso el Sr. Capdevila que hallándose en plena época de la matanza de
cerdos era muy conveniente y hasta necesario ejercer una asidua vigilancia por
parte del Ayuntamiento á fin de evitar que se degüelle ninguna res sin que
previamente sea inspeccionada por quien corresponda ya que en este caso
además de defraudarse los intereses del municipio podría acarrear graves
consecuencias, atendiendo el poco escrúpulo que muestran algunos tratantes
en sacrificar reses que podrían estar afectadas de alguna enfermedad
contagiosa /…/
Document 7. Acta 08-05-1892: Estat de la ramaderia
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que conforme á lo mandado por el Sr.
Gobernador Civil de la provincia en Circular de 2 de Mayo último inserta en el
Boletín Oficial de la Provincia correspondiente al día 4 del mismo mes, debía
remitirse al Sr. Ingeniero Agrónomo el estado de ganadería á que se refiere la
citada Circular /…/”
Document 35. Acta 07-10-1894: Mesures urgents sobre la salut del veïnat
/…/ por lo cual sería muy conveniente y hasta puede decirse indispensable,
que se nombre una persona la cual se encargase de vigilar constantemente un
ramo de policía tan importante como es la inspección de comestibles /…/ se
acuerda en la forma propuesta nombrándose al Concejal D. Ramón Tristany
para que se encargue de la vigilancia de los alimentos que se expendan /…/
dictándose al efecto un bando cuya redacción quedará encargada al Secretario
de la Corporación, imponiendo la multa que permite la Ley Municipal vigente
/…/”
Document 38. Acta 02-12-1895: Comissió per a la construcció del cementiri
/…/ se acuerda que sin levantar mano se procure hacer que desaparezca el
susodicho cementerio nombrándose al efecto una Comisión que estudie los
medios de que ha de valerse el Ayuntamiento para la construcción de una obra
de tanta importancia como es la obra de que se trata y que una vez estudiado
este asunto proponga la Comisión que se nombre al efecto los medios y forma
para la construcción de dicha obra /…/ se nombró al efecto á los Sres. Massot,
D. Antonio, Sendra y Tristany /…/”
Document 52. Acta 03-11-1895: Obres de reparació de l’habitació del professor
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 29 ~
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que toda vez que se han de ejecutar algunas
obras de reparación en la habitación del profesor de la escuela de niños, era de
parecer se practicasen las obras más urgentes y de absoluta necesidad antes
de entrar de lleno en el período de invierno ya que después si se aguardase á
esta época sería imposible poderlas ejecutar /…/”
Document 70. Acta 30-06-1897: Acabament de les obres del Cementiri Nou
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que tras vivas gestiones y gracias á la actividad
y celo desplegados por los individuos de la Corporación Municipal y después
de incesantes trabajos por espacio de dos años consecutivos ha podido
conseguir el Ayuntamiento ver terminadas las obras de construcción del nuevo
cementerio que con la solemnidad y ritual de nuestra santa madre Iglesia
Católica tuvo lugar la bendición en el día de ayer, quedando cumplidas las
unánimes aspiraciones de todos los vecinos /…/ las cantidades invertidas en la
construcción del referido cementerio son:
· Indemnización satisfecha á D. José Amorós Torren por el terreno que ocupa
el nuevo cementerio, ochocientas ochenta pesetas (880 pesetas).
· Obras de cerca y demás materiales empleados en las paredes de
circunvalación, tres mil cuatrocientas cuarenta pesetas (3.440 pesetas).
· Capilla, nichos y puertas de hierro para el cementerio y capillas, tres mil
doscientas cincuenta pesetas (3.250 pesetas).
Cuyo total importe de la obra es de siete mil quinientas setenta pesetas (7.570
pesetas)”
Document 92. Acta 04-06-1899: Neteja de la Bassa Comunal
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que la Balsa Comunal en donde se abrevan las
caballerías constituye un peligro constante no solo para las caballerías sí que
también para la salud de los vecinos en general /…/ La poca agua que existe
ha entrado en descomposición despidiendo un hedor insoportable por cuyo
motivo creía de indispensable necesidad limpiar la citada balsa y procurar que
vuelva á llenarse con el agua que mana de la fuente del inmediato pueblo de
Maldà /…/”
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 30 ~
3 Govern i Organització i del Municipi
Segons l’article 38 de la Llei Municipal de 1877, la primera divisió del terme en
Districtes Electorals es farà de conformitat a les següents regles:
1.ª L’Ajuntament acordarà la divisió i la farà pública en el Butlletí Oficial de la
Província (BOP) i mitjançant els periòdics locals o per Edicte.
2.ª Els veïns i domiciliats del terme poden fer, dintre del mes següent comptant
des de la data de publicació de l’Acord, les reclamacions que creguin
oportunes.
3.ª Si no hi hagués cap reclamació, l’Acord serà executiu acabat el termini fixat;
si n’hi hagués, l’Ajuntament les examinarà i remetrà informades, juntament amb
la còpia certificada de l’Acord de divisió, a la Diputació provincial dintre dels
quinze dies següents a l’acabament del termini.
4.ª La Diputació provincial, examinats els antecedents i reclamacions, resoldrà
el que procedeixi quant als punts a que aquestes facin referència i comunicarà
el seu Acord dintre d’un mes des que li van remetre l’expedient.
El document següent mostra la divisió de Belianes en dos Districtes
Electorals:
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que de conformidad á lo preceptuado por el
artículo 34 de la vigente ley municipal, Real Decreto de 1890 y Circular de la
Junta Central del Censo electoral de fecha cinco de Abril último, debía
procederse á la división en Distritos electorales de este término municipal por
constar el mismo de más de ochocientos residentes y menos de seis mil, cuya
división ha de servir de base para las tres clases de elecciones que se verifican
/…/ se acuerda dividir este término municipal en dos Distritos denominados el
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 31 ~
primero de Casa de la Villa que comprenderá las calles siguientes: Abajo,
Iglesia, Mayor, Nueva, Castellote, Medio y Balsa; y el segundo ó de la calle de
Arbeca, que comprenderá las calles siguientes: Sitjá, Cruz, Calvario, Arbeca,
Reus, Tejares y Mediodía; acordándose así mismo que se exponga al público
la división de Distritos á fin de que los electores comprendidos en las listas
respectivas puedan entablar las reclamaciones que estimen oportunas /…/”
Document 6. Acta 01-05-1892
Document 16. Acta 07-05-1893: Convocatòria d’eleccions municipals
/…/ Expuso el Sr. Presidente que de conformidad á lo preceptuado por la Ley
del Sufragio Universal y conforme á lo dispuesto en el Real Decreto
convocando á la elección de Concejales, debían designarse los locales en los
cuales han de constituirse las mesas electorales para la próxima elección en
cada uno de los distritos en que se halla dividido este término municipal y
proceder hoy mismo á la proclamación de candidatos para las propuestas de
interventor de las mesas electorales /…/ se acuerda designar el salón de
sesiones del Ayuntamiento para constituirse la mesa electoral del primer
distrito y la Casa número dos de la Calle del Calvario, perteneciente á D.
Cayetano Puig para la del segundo distrito y que se haga público la
designación de locales para que llegue á conocimiento de los electores de
ambos distritos /…/”
Document 18. Acta 21-06-1893: Faltes d’assistència a les Sessions Ordinàries
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que como se indicaba en las papeletas de
convocatoria era conveniente poner coto á los abusos que se vienen
cometiendo respecto á la falta de asistencia en las sesiones ordinarias
entorpeciendo la marcha administrativa de la gestión municipal /…/ se acuerda
que se cumpla estrictamente lo preceptuado por la Ley Municipal y que al
Concejal que deje de asistir á tres sesiones ordinarias se ponga en
conocimiento del Muy Ilustrísimo Sr. Gobernador Civil de la provincia para que
pase el tanto de culpa á los tribunales ordinarios /…/”
Document 20. Acta 05-09-1983: Nomenament de Regidors interins
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 32 ~
/…/ Ordenó el Sr. Presidente que por el infrascrito Secretario se leyera el oficio
del Muy Ilustrísimo Sr. Gobernador Civil de la provincia, fecha 29 del próximo
pasado mes de Agosto en el que se nombra Concejales interinos para cubrir
las cuatro vacantes existentes en este Ayuntamiento á los Sres. D. José
Fontova Matas, D. Francisco Amorós Mata, D. José Amorós Torren y D. José
Carbonell Prous, concejales que han sido en bienios anteriores /…/ manifestó
el Sr. Fontova y Matas que le era preciso levantar el domicilio por cuyo motivo
no podía entrar en posesión del cargo de Concejal para el que había sido
nombrado. D. José Amorós Torren manifestó que no podía entrar en posesión
del cargo de Concejal para el cual había sido nombrado, ya que los asuntos de
familia le obligaban á levantar el domicilio. D. Francisco Amorós Mata
manifestó que su estado de salud no le permite aceptar el cargo de Concejal
para el que ha sido nombrado. D. José Carbonell Prous manifestó que su
estado de salud no le permite aceptar el cargo /…/”
Document 26. Acta 14-01-1894: Designació de les Seccions d’Hisenda, Foment
i Sanitat
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que con arreglo á lo preceptuado en el artículo
60 de la Ley Municipal vigente debía procederse á la designación de las
Secciones que ha de constar dividido el Ayuntamiento, acordándose que sean
tres: Hacienda, Fomento y Sanidad /…/ se procedió acto continuo al
nombramiento de las correspondientes secciones, resultando elegidos los Sres.
siguientes: D. Ramón Massot Duch, D. José Guasch Trullols y D. Ramón
Tristany Cabrol (Hacienda); D. Francisco Sendra Ariseta, D. Blas Batlle Serret y
D. Miguel Marimon Canela (Fomento); D. Antonio Massot Duch y D. José
Reixachs Torren (Sanidad). Acto seguido se pasó á la elección del individuo
que ha de constituir parte de la Junta de Instrucción pública de este Distrito
como vocal de la misma designándose al Concejal D. Francisco Sendra Ariseta
/…/
Document 43. Acta 14-04-1895: Sorteig dels quatre regidors que han de ser
substituïts
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 33 ~
/…/ Expuso el Sr. Presidente que con arreglo á lo preceptuado en la Ley
orgánica municipal vigente debía procederse al sorteo de los tres concejales
que deben cesar en sus cargos en el próximo bienio del noventa y cinco al
noventa y siete /…/ se procedió á verificar el sorteo introduciéndose los
nombres de los ocho concejales elegidos en las últimas elecciones en la urna
que estaba preparada al efecto /…/ resultaron ser los siguientes: Miguel
Marimon y Canela, Antonio Massot y Duch, José Guasch y Trullols y Ramón
Massot y Duch /…/”
Document 44. Acta 28-04-1895: Constitució de les meses electorals
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que publicado el Decreto de Convocatoria para
las Elecciones Municipales que han de tener lugar el día doce del próximo mes
de Mayo /…/ se hacía preciso designar los locales que dentro del mismo
Distrito, en los dos en que se halla dividido este término municipal, pueda
constituirse la respectiva mesa y la persona ó Concejal que debe presidirla /…/
se designa para la constitución de la mesa del primer Distrito el salón de
sesiones de la casa de la villa presidiéndola el Sr. Alcalde y para el segundo
Distrito la casa número 2 de la Calle Calvario designándose para presidirla al
primer Teniente de Alcalde D. Antonio Massot y Duch /…/”
Document 47. Acta 07-07-1895: Designació de les Seccions de l’Ajuntament
“/…/Acto seguido se procedió al nombramiento de las correspondientes
Secciones resultando elegidos: Hacienda, D. Jaime Duch Tort, D. Tomás
Escribá Plaza y D. Ramón Tristany Cabrol; Fomento, D. Francisco Sendra y
Ariseta y D. Blas Batlle Serret y Sanidad, D. Lorenzo Armengol Segura y D.
José Culleré Escribá /…/”
Document 63. Acta 20-08-1896: Sorteig de la Junta Municipal d’Associats
/…/ se debía proceder al sorteo de los individuos que han de formar la Junta
Municipal de Asociados /…/ dando el siguiente resultado:
Primera Sección = D. Jaime Calvís y Culleré; D. José Puig Cantó; D. Blas Batlle
Serret.
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 34 ~
Segunda Sección = D. Manuel Inglés Clavé; D. José Carbonell Prous; D. José
Escribá Culleré.
Tercera Sección = D. Francisco Piqué Gabarró; D. José Miró Juní; D. Francisco
Vidal Huguet.
Cuyo total de nueve asociados es el que corresponde al número de nueve
Concejales /…/”
Document 72. Acta 04-07-1897: Nomenament de les Seccions de l’Ajuntament
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que conforme á lo preceptuado por el artículo
60 de la ley orgánica municipal debía procederse al nombramiento de los
individuos de la Corporación que han de formar las Comisiones de los
diferentes ramos que abarca la administración municipal /…/ resultando
elegidos los Sres. siguientes: Para la Comisión de Hacienda: D. Jaime Canela
y Bosch, José Guasch Trullols; para la Comisión de Fomento: D. Jaime Duch
Tort, D. Jaime Calvís Culleré y D. José Culleré y Escribá y para la
administración local: D. Lorenzo Armengol, D. Jaime Fabregat y D. Tomás
Escribá Plaza, designándose al Concejal D. Jaime Canela Bosch, como
individuo vocal de la Junta de Instrucción Primaria /…/”
Document 87. Acta 14-07-1898: Individus que han de formar la Junta
d’Associats
“En el pueblo de Belianes á catorce de Julio de mil ochocientos noventa y ocho
/…/ extraídas de la urna las papeletas por el Sr. Presidente dio el resultado:
 Primer Grupo: D. Luís Catalá Capell
 Segundo Grupo: D. Francisco Sendra Ariseta
 Tercer Grupo: D. Pedro Folguera Torrelles
 Cuarto Grupo: D. Miguel Piñol Capdevila
 Quinto Grupo: D. Francisco Teixiné Batlle
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 35 ~
 Sexto Grupo: D. Jaime Serret Bellart
 Séptimo Grupo: D. José Folguera Sales
 Octavo Grupo: D. Antonio Amorós Tristany
 Noveno Grupo: D. Salvador Segura Serret /…/”
Document 88. Acta 20-11-1898: Delegat per al Congrés Agrícola de Reus
/…/ Manifestó así mismo el Sr. Presidente que por el Comité Ejecutivo del
Congreso Agrícola de Reus que ha de reunirse en dicha ciudad en el mes de
Mayo próximo se interesa el nombramiento de un Delegado de este
Ayuntamiento para que represente á este distrito en el referido Congreso y
enterados los Sres. Concejales de lo expuesto por la Presidencia, acuerdan
designar á D. Cayetano Puig y Boladeres á fin de que mediante abono de los
gastos que puedan ocurrir en la Comisión que se le confiere pase á la referida
ciudad de Reus el día que se designe por el Comité Ejecutivo para representar
á este municipio /…/”
Document 95. Acta 02-07-1899: Designació de les Seccions de l’Ajuntament
/…/ pasándose acto seguido á nombrar ó elegir los individuos que han de
conformar la Comisión de Hacienda y quedando elegidos D. Francisco Sendra,
D. José Puig y D. Jaime Canela; para la de Fomento D. Jaime Batlle Queralt,
D. Jaime Calvís y D. Miguel Marimon; para la de Sanidad D. José Guasch
Trullols, D. José Martinez Bosch y D. Manuel Claramunt /…/ Acto seguido
manifestó que debía procederse al nombramiento de cargo de Depositario de
los fondos y el Sr. Marimon indicó que tal vez podría designarse al vecino de
este pueblo D. José Folguera Sales /…/ pasado á votación se designó al
propuesto por el Sr. Marimon /…/”
Document 100. Acta 08-09-1899: Junta Repartidora de l’ Impost de Consums
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que confeccionados el reparto de consumos y
encabezamiento gremial de líquidos y alcoholes de este distrito
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 36 ~
correspondientes al año económico de mil ochocientos noventa y ocho á mil
ochocientos noventa y nueve /…/ y teniendo en cuenta que no hay que resolver
reclamación alguna acuerdan aprobar los mencionados repartos y que se
remitan al Sr. Administrador de Hacienda para su superior aprobación /…/”
Document 102
Acta 22-10-1899: El Recaptador paga la fiança hipotecant finques pròpies
“En el pueblo de Belianes á veinte y dos de Octubre de mil ochocientos
noventa y nueve /…/ Manifestó el Sr. Presidente que acordado por el
Ayuntamiento en sesión de veinte y siete de Agosto último el nombramiento del
recaudador voluntario para el Impuesto de Consumos á favor de D. Ramón
Massot y Duch y debiendo procederse á la recaudación de dicho impuesto se
hacía preciso que el referido D. Ramón Massot presentase la fianza ya sea en
metálico ya en fincas, suficiente á responder de las cantidades que recaude
/…/ Y hallándose presente el referido D. Ramón Massot manifestó que para el
cargo que se le ha conferido y á las resultas de las cantidades que en su día
recaude hipotecaba y ponía de evicción todos sus bienes y que en caso de no
ser suficientes sus bienes propios respondería en su caso ante el Ayuntamiento
y con sus bienes propios D. Antonio Massot y Duch que también se hallaba
presente /…/”
L’Alcalde, Francesc Sendra i Ariseta
El Secretari, Magí Trullols i Folguera
3.1 Revisió de Comptes
Document 2. Acta 08-01-1892: Distracció de fons municipals
/…/ Expuso el Sr. Presidente que visto el resultado de la liquidación
últimamente practicada con el recaudador del Impuesto de Consumos y
resultando que según el resultado de la misma existen dos recibos firmados por
el ex Alcalde D. Cayetano Puig y Boladeres importantes en junto ochocientas
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 37 ~
ochenta pesetas cincuenta y dos céntimos cuya cantidad no consta se haya
ingresado en Caja á pesar del tiempo transcurrido, constituyendo este hecho
una verdadera distracción de fondos municipales /…/
Document 3. Acta 11-01-1892: Comptes dels anys econòmics 1886-87, 87-88
i 88-89
/…/ resultando que el cargo de las correspondientes al año 1886 á 87 importa
la suma de cinco mil quinientas ochenta y cinco pesetas (5.585 pesetas) y las
de 1887-88 importa el cargo cinco mil cuarenta y seis pesetas 41 céntimos
(5.046,41 pesetas) y la data cuatro mil ciento veinte y dos pesetas 56 céntimos
(4.121,56 pesetas), resultando por consiguiente una diferencia de quinientas
veinte y tres pesetas 85 céntimos (523,85 pesetas) cuya cantidad aparece
como cargo en las cuentas del año 1888-89 cuyo total cargo de esta cuenta
asciende á la suma de cuatro mil cuatrocientas cincuenta y ocho pesetas
treinta y un céntimo (4.458,31 pesetas) y la data importa la cantidad de cuatro
mil cuatrocientas cincuenta y seis pesetas (5.458,56 pesetas), resultando por
consiguiente una diferencia de más de dos pesetas treinta y un céntimo /…/ el
Ayuntamiento en su vista acuerda aprobarlas en todas sus partes previo
reintegro por los cuentadantes de la cantidad de dos pesetas treinta y un
céntimo que como sobrante aparece en la cuenta de 1888-89/…/”
Document 11. Acta 07-08-1892: Estat financer de la Hisenda Municipal
/…/ Que el cargo hecho al recaudador del Impuesto de Consumos de este
pueblo desde el año económico de 1883-84 hasta la fecha importa la suma de
ciento cuatro mil novecientas sesenta y una pesetas un céntimo (104.961,01
pesetas) y la Data según recibos presentados por el mismo recaudador importa
la suma de noventa y un mil cuatrocientas noventa y nueve pesetas setenta y
cinco céntimos (91.499,75 pesetas) de cuya cantidad deben deducirse
ochocientas ochenta pesetas cincuenta y dos céntimos 880,52 pesetas) que
aparecen entregadas al Sr. Alcalde D. Cayetano Puig sin que consten haber
ingresado en arcas municipales y la cantidad de mil trescientas setenta y cuatro
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 38 ~
pesetas (1.374 pesetas) que aparecen entregadas al Alcalde y Depositario D.
José Calafell y D. Ramón Sauch y que tampoco aparecen ingresadas /…/
/…/ Que añadiendo a la cantidad datada la suma de doce mil ciento sesenta
pesetas veinte y siete céntimos (12.160,27 pesetas) que importan los recibos
pendientes de recaudación según las facturas presentadas por el recaudador y
que han sido comprobadas resulta una Data total de ciento tres mil seiscientas
sesenta pesetas dos céntimos (103.660,02 pesetas) resultando un alcance á
favor del Ayuntamiento de mil trescientas ocho pesetas noventa y nueve
céntimos (1.308,99 pesetas) /…/ y que con respecto al papel pendiente de
recaudación se proceda á la formación del oportuno expediente para hacer
efectivas las cantidades que aparezcan como cobrables declarando partidas
fallidas las cuotas comprendidas en los libros de recaudación correspondientes
á los años económicos de 1872-73 hasta el año 1879-80 ambos inclusive /…/
quedando en consecuencia un cargo en papel pendiente de cobro de la
cantidad de once mil diez y ocho pesetas un céntimo 11.018,01 pesetas) cuyo
cargo corresponde á los años 1880-81 hasta el año 1891-92 ambos inclusive
/…/”
Document 24: Acta 05-01-1894: Liquidació dels comptes de la Corporació
anterior
/…/ Que el cargo hecho al Recaudador del Impuesto de Consumos de este
pueblo D. Jaime Besó desde el año económico de mil ochocientos setenta y
dos á setenta y cuatro (1872-74) hasta la fecha (1894) asciende á ciento quince
mil quinientas treinta y ocho pesetas seis céntimos (115.538,06 pesetas), y los
datos según recibos que él mismo ha presentado ascienden á noventa y nueve
mil sesenta y nueve pesetas noventa y seis céntimos (99.069, 06 pesetas) /…/
El papel pendiente de recaudación suma quince mil once pesetas y seis
céntimos (15.011, 06 pesetas), deducidas las setecientas setenta y tres
pesetas noventa y cinco céntimos que le falta percibir por el tres por ciento de
premio de cobranza sobre la total cantidad recaudada por él mismo queda un
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 39 ~
alcance á favor del Ayuntamiento de seiscientas ochenta y dos pesetas
cuarenta y nueve céntimos (682,49 pesetas) /…/
Los recibos pendientes de recaudación comprendidos dentro de los años
económicos 1872-73 hasta el año económico 1884-85 importantes en junto mil
ochocientas setenta y siete pesetas noventa y dos céntimos (1877, 92 pesetas)
quedarán bajas sobre la cantidad antedicha /…/
Document 48. Acta 21-07-1895: Intervenció d’Hisenda: Liquidació
“En el pueblo de Belianes á veinte y uno de Julio de mil ochocientos noventa y
cinco /…/ De orden del Sr. Presidente se dio cuenta de la Liquidación que la
Intervención de Hacienda de esta provincia ha formulado á este Municipio /…/
se acuerda que se nombre una Comisión del seno del Ayuntamiento para que
estudie detenidamente si es ó no conveniente acogerse á los beneficios que
concede la Instrucción de 16 de Abril último dando como pago de la suma de
siete mil cuatrocientas ochenta y cinco pesetas ochenta y nueve céntimos
(7.485,89 pesetas) á que asciende la cantidad que se adeuda la lámina de
bienes propios que posee este Ayuntamiento ó bien satisfacer la indicada
suma, en quince años de plazo, que concede la tantas veces repetida
Instrucción /…/”
Document 54. Acta 17-12-1895: Examen de la Liquidació de Consums
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que la Sesión no tenía otro objeto, como ya se
indicaba en las papeletas de convocatoria, que examinar detenidamente la
Liquidación practicada con el recaudador de Consumos D. Jaime Besó y Jové,
cuya factura presentada por este de los recibos pendientes de recaudación des
de los años económicos de 1885-86 hasta el año 1893-94, cuya factura
asciende á la suma de siete mil ochocientas veinte y cuatro pesetas cuatro
céntimos (7.824,04 pesetas) y que según factura presentada también por el
mismo recaudador D. Jaime Besó correspondiente al año económico de 1894-
95 la cantidad pendiente de recaudación del referido año asciende á la suma
de seis mil cuatrocientas treinta y dos pesetas treinta y ocho céntimos
(6.432,38 pesetas) cuyas facturas y recibos se hallaban sobre la mesa /…/
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 40 ~
Seguidamente se pasó al examen de los libros de Contabilidad Municipal para
cerciorarse de las cantidades ingresadas en Caja por el referido Besó desde el
treinta de Junio del año actual hasta hoy día de la fecha, resultando que desde
aquella fecha se han ingresado según los Libros de Caja á Intervención y
según las Cartas de Pago presentadas por el recaudador la suma de seis mil
ciento setenta y dos pesetas tres céntimos (6.172,03 pesetas) que deducidas
de las veinte mil trescientas veinte y nueve pesetas diez y ocho céntimos
(20.329,18 pesetas) que quedaron pendientes de recaudación en la Liquidación
de que se ha hecho mérito, practicada en treinta de Junio último debería
quedar pendiente de recaudación la suma de catorce mil doscientas cincuenta
y seis pesetas cuarenta y dos céntimos (14.256,42 pesetas) /…/”
Document 61. Acta 21-06-1896: Dèbit amb la Hisenda Pública
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que remitida á esta Corporación por la
Delegación de Hacienda de esta provincia, la liquidación definitiva de débitos al
Tesoro público anteriores al año económico de 1894-95, formada en vista de la
Ley de Moratorias de 16 de Abril de 1895, tenía el gusto de someterla al
examen de los Sres. Concejales /…/ y acuerdan en su vista la forma en que
debe efectuarse el pago de las cantidades que resultan adeudarse /…/ se
acuerda que aceptando la Ley de Moratorias el Ayuntamiento se compromete á
satisfacer en los plazos que señala la referida Ley ya que la precaria situación
en que se encuentra no solo la Corporación sí que también los contribuyentes
obligados á satisfacer la cantidad de ocho mil setecientas noventa y tres
pesetas treinta y cuatro céntimos (8.793,34 pesetas) á que asciende el total del
débito con la Hacienda Pública /…/”
Document 76. Acta 08-09-1897: Liquidació general de crèdits de la Corporació
anterior
/…/ para que la Corporación actual pueda cerciorarse del estado financiero de
la Hacienda municipal, así como practicar la liquidación con el Recaudador del
Impuesto de Consumos D. José Duch y Tort /…/ Que el cargo hecho por el
Recaudador del Impuesto de Consumos des de el diez y siete de Diciembre del
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 41 ~
año 1895 hasta la fecha asciende á la suma de treinta y un mil ciento cincuenta
y tres pesetas, setenta y cinco céntimos (31.153,75 pesetas) por los conceptos
que se detallan á continuación:
 Por papel pendiente de cobro del año económico 1894-
95: 6.432,38 pesetas
 Por el importe del Reparto Extraordinario de 1894-
95: 3.277,28 pesetas
 Por el Reparto de Consumos del año económico 1895-
96: 10.569,05 pesetas
 Por el Reparto de Consumos del año económico 1896-
97: 10.875,04 pesetas
/…/ y como quiera que el papel pendiente de cobro que obra en poder del
Agente Ejecutivo según factura presentada asciende únicamente á la suma de
siete mil cuatrocientas trece pesetas ochenta y seis céntimos (7.413,86
pesetas) /…/ el papel pendiente de cobro de que se hace cargo el actual
Ayuntamiento asciende en junto á la suma de veinte y cuatro mil quinientas
sesenta y cuatro pesetas, cuatro céntimos (24.564,04 pesetas) /…/”
Document 91. Acta 28-05-1899: Revisió dels Comptes Municipals:1892-93 a
1896-97
/…/ el Sr. Presidente manifestó que debía procederse al examen y definitiva
fijación de las cuentas municipales correspondientes á los años económicos de
1892-93, 93-94, 94-95, 95-96 y 96-97, á cuyo objeto estaba sobre la mesa á fin
de que pudiesen ser convenientemente examinadas /…/ acordándose por
unanimidad aprobarlas y de conformidad con el dictamen del Regidor Síndico
fijarlas tal como resulta, esto es, que el cargo de la cuenta de fondos de
caudales formada por el Depositario de cada una de ellas asciende á la
cantidad consignada á las mismas y la de presupuestos rendida por los
respectivos Alcaldes á la suma que así mismo consta en las referidas cuentas
/…/”
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 42 ~
Document 101. Acta 11-10-1899: Revisió de Comptes des del 1895 fins al 1899
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que conforme se indicaba en las papeletas de
convocatoria, la sesión no tenía otro objeto que fijar la liquidación de cargo y
data del Agente Ejecutivo por el Impuesto de Consumos de este Distrito D
Vicente Agulló, de todas las cantidades que por papel pendiente de cobro se le
ha hecho entrega desde el día de su nombramiento ó sea desde el diez y siete
de Diciembre de 1895 hasta la fecha /…/ resultando el cargo, según la
liquidación que se tiene á la vista, la suma de veinte y siete mil ciento setenta y
cuatro pesetas y cuarenta y cuatro céntimos (27.174,44 pesetas) y la data por
ingresos verificados hasta el veinte y seis de Mayo último la suma de quince mil
setecientas diez y seis pesetas noventa y tres céntimos (15.716,93 pesetas)
con más la cantidad de diez mil doscientas cuarenta y seis pesetas cuarenta y
dos céntimos (10.246,42 pesetas), suman en junto un total de descargo de
veinte y cinco mil deducidas cuatrocientas doce pesetas diez céntimos (412,10
pesetas) queda un alcance para el Ayuntamiento de la cantidad de setecientas
noventa y nueve pesetas un céntimo (799,01 pesetas) /…/ se acuerda que se
notifique este acuerdo al referido Agente poniéndole de manifiesto la
liquidación que acaba de practicarse previniéndole que de no ingresarla en el
plazo que queda señalado , el Ayuntamiento usará de su derecho (lo que le
corresponde percibir por premio de cobranza) /…/”
Document 105. Acta 14-01-1900: Embargament del paper pendent de
pagament
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que ingresados en Arcas municipales las
cantidades recaudadas en concepto de Consumos por el Delegado especial de
Hacienda que procedió al embargo del papel pendiente de cobro por débitos de
Consumos al Tesoro público, era indispensable ingresar dichas sumas
distribuyéndose en las diferentes dependencias en que se halla en descubierto
la Corporación Municipal /…/”
3.2 Pressupostos Municipals de 1892 a 1923
Document 4. Acta 11-04-1892: Pressupost de l’any econòmic 1892-93
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 43 ~
/…/ y ascendiendo los ingresos á la suma de diez mil setecientos treinta y ocho
pesetas cuarenta y seis céntimos 10.738,46 pesetas), distribuidos en capítulos
y artículos /…/ se pasó á la parte relativa á los gastos que asciende á igual
suma que los ingresos /…/
Document 14. Acta 15-04-1893: Aprovació del Pressupost de l’exercici 1893-94
/…/ ascendiendo los ingresos á la suma de doce mil novecientas cincuenta y
nueve pesetas noventa y siete céntimos (12.959,97 pesetas) /…/ acordando
que se remita á la superior aprobación del Muy Ilustrísimo Sr. Gobernador Civil
de la provincia á los efectos del Artículo 150 de la Ley Municipal vigente /…/”
Document 29. Acta 17-05-1894: Aprovació del Pressupost per a l’exercici 1894-
95
/…/ y ascendiendo los ingresos á la suma de diez mil seiscientas diez y nueve
pesetas (10.619 pesetas) /…/”
Document 45. Acta 23-05-1895: Aprovació del Pressupost de l’exercici 1895-96
/…/ ascendiendo los ingresos á la suma de diez mil setecientas cuarenta y tres
pesetas con ochenta y cinco céntimos (10.743,85 pesetas) /…/”
Document 59: Acta 01-05-1896: Aprovació definitiva del Pressupost 1896-97
/…/ y ascendiendo los ingresos á la suma de once mil doscientas cuarenta y
tres pesetas setenta céntimos (11.243,70 pesetas) /…/”
Document 62. Acta 24-07-1896: Devolució del Pressupost Municipal ordinari
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que por el Gobierno Civil de la provincia se
había devuelto el presupuesto municipal ordinario de este distrito para el año
económico 1896-97 á fin de que se incluyera en el mismo la cantidad de 874,37
pesetas, sexta parte de lo que se adeuda á los Profesores de primera
enseñanza en concepto de débitos anteriores al año económico de 1895-96
/…/ ascendiendo en consecuencia los gastos del referido presupuesto á la
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 44 ~
suma de doce mil doscientas treinta y cinco pesetas 38 céntimos (12.235,38
pesetas) /…/”
Document 69. Acta 16-06-1897: Pressupost Municipal per a l’any econòmic
1897-98
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que confeccionado el presupuesto municipal
ordinario para el próximo año económico de 1897-98, por la Comisión
correspondiente y aprobado por el Ayuntamiento en sesión de veinte y tres de
Mayo último y que expuesto al público por espacio de quince días sin que
contra el mismo se haya presentado reclamación alguna /…/ se procedió al
examen, discusión y votación definitiva del presupuesto de ingresos que
ascienden á la suma de doce mil diez pesetas treinta y ocho céntimos
(12.010,38 pesetas) /…/”
Document 77. Acta 12-09-1897: Devolució del Pressupost pel Govern Civil
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que por el Gobierno Civil de la provincia se
había devuelto el Presupuesto Municipal Ordinario del corriente año económico
para que se consignase en el mismo un aumento de 1.758,18 pesetas por las
15ª partes de moratorias que se adeuda por Consumos y otros conceptos á la
Administración de Hacienda de esta provincia /…/”
Document 84. Acta 15-05-1898: Pressupost Municipal Ordinari de 1898-99
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que confeccionado el presupuesto municipal
ordinario para el próximo año económico de 1898-99, por la Comisión
correspondiente y aprobado por el Ayuntamiento /…/ ascendiendo los ingresos
á la suma de catorce mil doscientas sesenta pesetas treinta y cinco céntimos
(14.260,35 pesetas) /…/”
Document 93. Acta 05-06-1899: Pressupost Municipal per a l’any econòmic
1899-1900
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que confeccionado el presupuesto municipal
ordinario para el próximo año económico de 1899-1900 /…/ ascendiendo los
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 45 ~
ingresos á la suma de trece mil doscientas noventa y ocho pesetas veinte y tres
céntimos (13.298,23 pesetas) /…/”
3.3 Arbitris
Document 66. Acta 07-02-1897: Col·locació d’una bàscula per a pesar
“Manifestó el Sr. Presidente que atendido el tráfico que se nota en esta
población desde algunos años á esta fecha en la compra de uva para luego
después exportar el vino que fabrican algunos compradores, creía muy útil y
conveniente la colocación de una báscula para el peso ya que con ello se
lograrían dos grandes beneficios: uno a favor de los vendedores ya que de
tener una báscula para el peso economizarían mucho tiempo que ahora
pierden aguardando el turno cuando, como sucede en la actualidad, se reúnen
gran número de carruajes al peso de las romanas y por otra parte el
Ayuntamiento tendría otro medio de aumentar los ingresos del presupuesto
gravando un tanto por carga /…/”
Document 73. Acta 25-07-1897: Sol·licitud per a la construcció de la bàscula
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que debiendo dar principio á los trabajos de
instalación de la báscula para el peso público y debiendo esta instalarse en la
calle del Sitjá y punto denominado Portal por ser el sitio más céntrico de la
población y el lugar más ventajoso para las operaciones del peso y hallándose
próximo á la carretera que atravesando la referida calle va desde Bellpuig al
Tallat, era indispensable pedir autorización previa á la Excelentísima Diputación
Provincial /…/”
Document 83. Acta 01-05-1898: Arbitris de l’escorxador públic
/…/ se acuerda nombrar inspector de carnes al veterinario D. José Prats y
como representante del Ayuntamiento en el matadero á Lorenzo Sauch y
Torrelles, facultándole para que cobre el importe de los derechos que se
devenguen por el degüello de cada una de las reses /…/
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 46 ~
“Acuerdan así mismo que los derechos que han de devengar cada una de las
diferentes reses que se sacrifiquen sean los que se detallan en la siguiente
escala:
 Por cada cabeza de res vacuna, quince pesetas (15 pesetas)
 Por cada cabeza de res de cerda, siete pesetas cincuenta céntimos
(7,50 pesetas)
 Por cada cabeza de ganado lanar o cabrío, dos pesetas con
cincuenta céntimos (2,50 pesetas /…/”
Document 96. Acta 03-08-1899: Aprovació de la Tarifa de l’Arbitri de pesos
/…/ dijo el Sr. Presidente que tenía por objeto proceder á la aprobación de la
Tarifa porque en el ejercicio actual de mil ochocientos noventa y nueve á mil
novecientos se ha de efectuar la exacción del arbitrio de pesas, así como
también el Pliego de Condiciones que habrá de regir en la subasta del
expresado Arbitrio /…/ el cupo fijado como ingreso por este arbitrio en el
Presupuesto es de trescientas cincuenta pesetas (350 pesetas, 1899-1900) /…/
3.4 Recàrrecs
Document 5. Acta 24-04-1892: Acord sobre el Recàrrec de les Contribucions
/…/ y considerando que las múltiples atenciones que pesan sobre el municipio
no permiten prescindir de los mencionados recargos utilizando el máximo que
autorizan las leyes, se acuerda imponer sobre cada una todo el recargo posible
ó sea el 50% sobre Cédulas y el 16% sobre las Contribuciones Industrial y
Territorial /…/
Document 28. Acta 07-05-1894: Recàrrecs per a l’exercici 1894-95
/…/y trescientas veinte y ocho con cincuenta céntimos (328,50 pesetas) el de la
Sal, que servirían de base y punto de partida en los acuerdos sucesivos
teniendo en cuenta los recargos acordados establecer para cubrir las
atenciones del Presupuesto Municipal /…/
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 47 ~
Document 90. Acta 29-03-1899: Recàrrecs Municipals per a l’exercici 1899-
1900
/…/ debiendo añadirse á dichos cupos los Recargos Municipales autorizados
según se expresan á continuación:
 Por carnes vacunas y de cerda, mil quinientas veinte y seis pesetas y
noventa y dos céntimos (1.526,92 pesetas)
 Por líquidos, cuatro mil cuatrocientas treinta y seis pesetas treinta y
cuatro céntimos (4.436, 34 pesetas)
 Por granos y sus harinas, dos mil ciento nueve pesetas veinte y siete
céntimos (2.109,27 pesetas)
 Por pescados, ciento quince pesetas cuarenta céntimos (115,40
pesetas)
 Por jabón, cuatrocientas cincuenta y seis pesetas ochenta y tres
céntimos (456,83 pesetas)
 Por carbón, cuatrocientas noventa pesetas veinte y tres céntimos
(490,23 pesetas)
 Por aguardientes, alcoholes y licores, seiscientas noventa pesetas
veinte céntimos (690,20 pesetas)
La suma de todos los anteriores Recargos da un total de nueve mil
ochocientas veinte y cinco pesetas diecinueve céntimos /…/”
3.5 Arrendaments
Document 13. Acta 19-02-1893: Adquisició de mesures del sistema mètric
decimal
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que las diferentes quejas producidas por
algunos vecinos respecto á la forma con que se miden algunos de los frutos
que se recolectan y son objeto de venta hace preciso adoptar medidas que
Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de
l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923
~ 48 ~
tiendan á cortar de raíz algunos abusos que se vienen cometiendo en el uso de
les medidas actuales /…/ sería muy conveniente que la Corporación adquiriera
una medida del sistema métrico decimal que podría ser el doble decalitro como
unidad más usual /…/
Document 19. Acta 02-07-1893: Arrendaments de la cisterna i subministrament
de llet
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que terminado el plazo de los arriendos del
aljibe ó cisterna de la Casa de la Villa así como el arriendo del suministro de
leche de cabra al vecindario procedía á su parecer que se verificase nuevos
arriendos por ambos conceptos /…/ se acuerda en la forma propuesta y
señalan el día ocho del actual para que se verifique las subastas /…/
Document 30. Acta 10-06-1894: Assaig d’Arrendament á Venda Exclusiva de
les espècies de carns i líquids al detall – menys de sis quilograms o litres –
/…/ Manifestó el Sr. Presidente que visto el expediente de adopción de medios
para hacer efectivos los Cupos de Consumos, Cereales y Sal del próximo año
económico, del cual resulta no poderse verificar dichos Encabezamientos
Gremiales: Arriendo á Venta Libre ni Administración Municipal, y considerando
que en este caso procede, según la Ley de Presupuestos Generales del
Estado, el ensayo del Arriendo á Venta Exclusiva de las especies de carnes y
líquidos al por menor ó sea de menos de seis kilogramos ó litros, la
Corporación acordará en su vista lo procedente al caso /…/ á reserva del
oportuno pliego de condiciones que formalice al efecto la Comisión encargada
de la instrucción del expediente, señalándose los precios máximos que podrá
percibir el arrendatario que resulte en primera ó segunda subasta fijándose
aquellos en conformidad á lo que determina el precitado reglamento tanto en
concepto de carnes como en concepto de líquidos en sus diferentes clases y
especies /…/”
Document 53. Acta 15-12-1895: Arrendaments de forns
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

LEY ORGÁNICA MUNICIPAL BONAERENSE. AUTARQUÍA O AUTONOMÍA?
LEY ORGÁNICA MUNICIPAL BONAERENSE. AUTARQUÍA O AUTONOMÍA?LEY ORGÁNICA MUNICIPAL BONAERENSE. AUTARQUÍA O AUTONOMÍA?
LEY ORGÁNICA MUNICIPAL BONAERENSE. AUTARQUÍA O AUTONOMÍA?Marcelo Pavka
 
La Corte Suprema garante de la autonomía municipal
La Corte Suprema garante de la autonomía municipalLa Corte Suprema garante de la autonomía municipal
La Corte Suprema garante de la autonomía municipalEduardo Nelson German
 
17. regimen local. derecho administrativo
17. regimen local. derecho administrativo17. regimen local. derecho administrativo
17. regimen local. derecho administrativoAna Veloso
 
Iniciativa reforma art 115 (impuesto predial) const
Iniciativa reforma art 115 (impuesto predial) constIniciativa reforma art 115 (impuesto predial) const
Iniciativa reforma art 115 (impuesto predial) constPérez Esquer
 
Organizacion de la adm del estado. municipalidades
Organizacion de la adm del estado. municipalidadesOrganizacion de la adm del estado. municipalidades
Organizacion de la adm del estado. municipalidadesMirta Hnriquez
 
Ley Nº 482 de Gobiernos Autónomos Municipales
 Ley Nº 482 de Gobiernos Autónomos Municipales Ley Nº 482 de Gobiernos Autónomos Municipales
Ley Nº 482 de Gobiernos Autónomos MunicipalesMinisterio de Autonomías
 
Un mismo Inspector que realice la verificación para la autorización de Licenc...
Un mismo Inspector que realice la verificación para la autorización de Licenc...Un mismo Inspector que realice la verificación para la autorización de Licenc...
Un mismo Inspector que realice la verificación para la autorización de Licenc...Pepe Toño
 
Marco legal y organizacional de la gestion de Gobiernos Locales
Marco legal y organizacional de la gestion de Gobiernos LocalesMarco legal y organizacional de la gestion de Gobiernos Locales
Marco legal y organizacional de la gestion de Gobiernos Localesbethy nadia
 
Administracion del Estado Colombiano
Administracion del Estado ColombianoAdministracion del Estado Colombiano
Administracion del Estado ColombianoMartha_Lucia
 
Ley de municipalidades y su reglamento
Ley de municipalidades y su reglamentoLey de municipalidades y su reglamento
Ley de municipalidades y su reglamentoanolauri1989
 
El municipio
El municipioEl municipio
El municipioomarjzrv
 

La actualidad más candente (19)

Ley Municipal 176 07
Ley Municipal 176 07Ley Municipal 176 07
Ley Municipal 176 07
 
Guia de procedimiento_comite
Guia de procedimiento_comiteGuia de procedimiento_comite
Guia de procedimiento_comite
 
LEY ORGÁNICA MUNICIPAL BONAERENSE. AUTARQUÍA O AUTONOMÍA?
LEY ORGÁNICA MUNICIPAL BONAERENSE. AUTARQUÍA O AUTONOMÍA?LEY ORGÁNICA MUNICIPAL BONAERENSE. AUTARQUÍA O AUTONOMÍA?
LEY ORGÁNICA MUNICIPAL BONAERENSE. AUTARQUÍA O AUTONOMÍA?
 
Derecho Municipal
Derecho MunicipalDerecho Municipal
Derecho Municipal
 
Los Gobiernos Locales En La Republica Dominicana
Los Gobiernos Locales En La Republica DominicanaLos Gobiernos Locales En La Republica Dominicana
Los Gobiernos Locales En La Republica Dominicana
 
Foro autonomia
Foro autonomiaForo autonomia
Foro autonomia
 
Derecho municipal
Derecho municipalDerecho municipal
Derecho municipal
 
La Corte Suprema garante de la autonomía municipal
La Corte Suprema garante de la autonomía municipalLa Corte Suprema garante de la autonomía municipal
La Corte Suprema garante de la autonomía municipal
 
Marco Legal De Los Municipios
Marco Legal De Los MunicipiosMarco Legal De Los Municipios
Marco Legal De Los Municipios
 
17. regimen local. derecho administrativo
17. regimen local. derecho administrativo17. regimen local. derecho administrativo
17. regimen local. derecho administrativo
 
Iniciativa reforma art 115 (impuesto predial) const
Iniciativa reforma art 115 (impuesto predial) constIniciativa reforma art 115 (impuesto predial) const
Iniciativa reforma art 115 (impuesto predial) const
 
Municipio fgranco
Municipio fgrancoMunicipio fgranco
Municipio fgranco
 
Organizacion de la adm del estado. municipalidades
Organizacion de la adm del estado. municipalidadesOrganizacion de la adm del estado. municipalidades
Organizacion de la adm del estado. municipalidades
 
Ley Nº 482 de Gobiernos Autónomos Municipales
 Ley Nº 482 de Gobiernos Autónomos Municipales Ley Nº 482 de Gobiernos Autónomos Municipales
Ley Nº 482 de Gobiernos Autónomos Municipales
 
Un mismo Inspector que realice la verificación para la autorización de Licenc...
Un mismo Inspector que realice la verificación para la autorización de Licenc...Un mismo Inspector que realice la verificación para la autorización de Licenc...
Un mismo Inspector que realice la verificación para la autorización de Licenc...
 
Marco legal y organizacional de la gestion de Gobiernos Locales
Marco legal y organizacional de la gestion de Gobiernos LocalesMarco legal y organizacional de la gestion de Gobiernos Locales
Marco legal y organizacional de la gestion de Gobiernos Locales
 
Administracion del Estado Colombiano
Administracion del Estado ColombianoAdministracion del Estado Colombiano
Administracion del Estado Colombiano
 
Ley de municipalidades y su reglamento
Ley de municipalidades y su reglamentoLey de municipalidades y su reglamento
Ley de municipalidades y su reglamento
 
El municipio
El municipioEl municipio
El municipio
 

Destacado

Administración del personal
Administración del personalAdministración del personal
Administración del personalIram Marquez
 
Semana Acadêmica FACIN - PUC - POA - 2014
Semana Acadêmica FACIN - PUC - POA - 2014Semana Acadêmica FACIN - PUC - POA - 2014
Semana Acadêmica FACIN - PUC - POA - 2014Marcos Freccia
 
Tema 5 fuentes administrativo
Tema 5 fuentes administrativoTema 5 fuentes administrativo
Tema 5 fuentes administrativoLau Berm Zavala
 
Informe comparatiu de models de gestió d'aparcaments municipals
Informe comparatiu de models de gestió d'aparcaments municipalsInforme comparatiu de models de gestió d'aparcaments municipals
Informe comparatiu de models de gestió d'aparcaments municipalsAjuntament de Barcelona
 
O lúdico na aprendizagem
O lúdico na aprendizagemO lúdico na aprendizagem
O lúdico na aprendizagemGraça Fraga
 
Hugo y carlos youtube
Hugo y carlos youtubeHugo y carlos youtube
Hugo y carlos youtubegrhuo
 
Оценка интересов сирот в системе защиты детства
Оценка интересов сирот в системе защиты детстваОценка интересов сирот в системе защиты детства
Оценка интересов сирот в системе защиты детстваDaniel Vivkon
 
Derechos De Autor en la proteccion de programas de computador, software y bas...
Derechos De Autor en la proteccion de programas de computador, software y bas...Derechos De Autor en la proteccion de programas de computador, software y bas...
Derechos De Autor en la proteccion de programas de computador, software y bas...atinaiviv Sanchez
 

Destacado (20)

Administración del personal
Administración del personalAdministración del personal
Administración del personal
 
Iess puyo
Iess puyoIess puyo
Iess puyo
 
Guia ubuntu
Guia ubuntu Guia ubuntu
Guia ubuntu
 
A eficácia da comunicação
A eficácia da comunicaçãoA eficácia da comunicação
A eficácia da comunicação
 
D. ley 6704_12_agosto_1963
D. ley 6704_12_agosto_1963D. ley 6704_12_agosto_1963
D. ley 6704_12_agosto_1963
 
Crimesnobrasil if es
Crimesnobrasil if esCrimesnobrasil if es
Crimesnobrasil if es
 
Мост через поколения
Мост через поколенияМост через поколения
Мост через поколения
 
Библиотеки, компютри, читатели
Библиотеки, компютри, читателиБиблиотеки, компютри, читатели
Библиотеки, компютри, читатели
 
Ajude.
Ajude.Ajude.
Ajude.
 
Semana Acadêmica FACIN - PUC - POA - 2014
Semana Acadêmica FACIN - PUC - POA - 2014Semana Acadêmica FACIN - PUC - POA - 2014
Semana Acadêmica FACIN - PUC - POA - 2014
 
Tema 5 fuentes administrativo
Tema 5 fuentes administrativoTema 5 fuentes administrativo
Tema 5 fuentes administrativo
 
Millora de la gestió ambiental de flotes de vehicles
Millora de la gestió ambiental de flotes de vehiclesMillora de la gestió ambiental de flotes de vehicles
Millora de la gestió ambiental de flotes de vehicles
 
Informe comparatiu de models de gestió d'aparcaments municipals
Informe comparatiu de models de gestió d'aparcaments municipalsInforme comparatiu de models de gestió d'aparcaments municipals
Informe comparatiu de models de gestió d'aparcaments municipals
 
O lúdico na aprendizagem
O lúdico na aprendizagemO lúdico na aprendizagem
O lúdico na aprendizagem
 
Kronika 18.08.12
Kronika 18.08.12Kronika 18.08.12
Kronika 18.08.12
 
Hugo y carlos youtube
Hugo y carlos youtubeHugo y carlos youtube
Hugo y carlos youtube
 
Оценка интересов сирот в системе защиты детства
Оценка интересов сирот в системе защиты детстваОценка интересов сирот в системе защиты детства
Оценка интересов сирот в системе защиты детства
 
Lógica de proyectos
Lógica de proyectosLógica de proyectos
Lógica de proyectos
 
Derechos De Autor en la proteccion de programas de computador, software y bas...
Derechos De Autor en la proteccion de programas de computador, software y bas...Derechos De Autor en la proteccion de programas de computador, software y bas...
Derechos De Autor en la proteccion de programas de computador, software y bas...
 
Para ti um ...
Para ti um ...Para ti um ...
Para ti um ...
 

Similar a Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)

MunicipioenVenezuela.pptx
MunicipioenVenezuela.pptxMunicipioenVenezuela.pptx
MunicipioenVenezuela.pptxManuel Narváez
 
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració. actes de l'ajun...
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració. actes de l'ajun...Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració. actes de l'ajun...
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració. actes de l'ajun...Ajuntament de Belianes
 
Concejo municipal
Concejo municipalConcejo municipal
Concejo municipalDiegoLeivaC
 
Manual del Concejal Chileno
Manual del Concejal ChilenoManual del Concejal Chileno
Manual del Concejal ChilenoNelson Leiva®
 
El alcalde municipal
El alcalde  municipalEl alcalde  municipal
El alcalde municipalDiegoLeivaC
 
1-historia-del-municipalismo-en-bolivia-2017.pdf
1-historia-del-municipalismo-en-bolivia-2017.pdf1-historia-del-municipalismo-en-bolivia-2017.pdf
1-historia-del-municipalismo-en-bolivia-2017.pdfFernandaJames1
 
CONCEPTO DE MUNICIPIO EN MEXICO EN LA GUERRA DE INDEPENDENCIA.
CONCEPTO DE MUNICIPIO EN MEXICO EN LA GUERRA DE INDEPENDENCIA.CONCEPTO DE MUNICIPIO EN MEXICO EN LA GUERRA DE INDEPENDENCIA.
CONCEPTO DE MUNICIPIO EN MEXICO EN LA GUERRA DE INDEPENDENCIA.Sharaid Cervantes
 
Introducción a la Gestión Municipal Chile
Introducción a la Gestión Municipal ChileIntroducción a la Gestión Municipal Chile
Introducción a la Gestión Municipal ChileNelson Leiva®
 
Federación Mexicana para el Desarrollo Municipal.
Federación Mexicana para el Desarrollo Municipal.Federación Mexicana para el Desarrollo Municipal.
Federación Mexicana para el Desarrollo Municipal.Luis Martin Perez Suarez
 
Proyecto de acuerdo estatuto tributario no
Proyecto de acuerdo estatuto tributario noProyecto de acuerdo estatuto tributario no
Proyecto de acuerdo estatuto tributario noOscar Baena
 
La crisis del sistema de la restauración
La crisis del sistema de la restauraciónLa crisis del sistema de la restauración
La crisis del sistema de la restauracióndiegobonilla
 
Administracion del estado colombiano_El Municipio.
Administracion del estado colombiano_El Municipio.Administracion del estado colombiano_El Municipio.
Administracion del estado colombiano_El Municipio.Añuu Shilvita
 
Proyecto de Ley Municipal de Euskadi
Proyecto de Ley Municipal de EuskadiProyecto de Ley Municipal de Euskadi
Proyecto de Ley Municipal de EuskadiIrekia - EJGV
 
Ley organicampal.edohgo 04042001
Ley organicampal.edohgo 04042001Ley organicampal.edohgo 04042001
Ley organicampal.edohgo 04042001amador101091
 
Acuerdo 001 “por medio del cual se reestructura el consejo municipal de plane...
Acuerdo 001 “por medio del cual se reestructura el consejo municipal de plane...Acuerdo 001 “por medio del cual se reestructura el consejo municipal de plane...
Acuerdo 001 “por medio del cual se reestructura el consejo municipal de plane...alcaldiadetamesis
 

Similar a Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado) (20)

MunicipioenVenezuela.pptx
MunicipioenVenezuela.pptxMunicipioenVenezuela.pptx
MunicipioenVenezuela.pptx
 
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració. actes de l'ajun...
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració. actes de l'ajun...Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració. actes de l'ajun...
Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració. actes de l'ajun...
 
Concejo municipal
Concejo municipalConcejo municipal
Concejo municipal
 
Del municipio, sus reformas y la paz
Del municipio, sus reformas y la pazDel municipio, sus reformas y la paz
Del municipio, sus reformas y la paz
 
Manual del Concejal Chileno
Manual del Concejal ChilenoManual del Concejal Chileno
Manual del Concejal Chileno
 
Ley de Protección a Periodistas de SLP
Ley de Protección a Periodistas de SLPLey de Protección a Periodistas de SLP
Ley de Protección a Periodistas de SLP
 
El alcalde municipal
El alcalde  municipalEl alcalde  municipal
El alcalde municipal
 
1-historia-del-municipalismo-en-bolivia-2017.pdf
1-historia-del-municipalismo-en-bolivia-2017.pdf1-historia-del-municipalismo-en-bolivia-2017.pdf
1-historia-del-municipalismo-en-bolivia-2017.pdf
 
CONCEPTO DE MUNICIPIO EN MEXICO EN LA GUERRA DE INDEPENDENCIA.
CONCEPTO DE MUNICIPIO EN MEXICO EN LA GUERRA DE INDEPENDENCIA.CONCEPTO DE MUNICIPIO EN MEXICO EN LA GUERRA DE INDEPENDENCIA.
CONCEPTO DE MUNICIPIO EN MEXICO EN LA GUERRA DE INDEPENDENCIA.
 
Introducción a la Gestión Municipal Chile
Introducción a la Gestión Municipal ChileIntroducción a la Gestión Municipal Chile
Introducción a la Gestión Municipal Chile
 
Federación Mexicana para el Desarrollo Municipal.
Federación Mexicana para el Desarrollo Municipal.Federación Mexicana para el Desarrollo Municipal.
Federación Mexicana para el Desarrollo Municipal.
 
Proyecto de acuerdo estatuto tributario no
Proyecto de acuerdo estatuto tributario noProyecto de acuerdo estatuto tributario no
Proyecto de acuerdo estatuto tributario no
 
La crisis del sistema de la restauración
La crisis del sistema de la restauraciónLa crisis del sistema de la restauración
La crisis del sistema de la restauración
 
Leyes de Casas Baratas en España. Las barriadas obreras
Leyes de Casas Baratas en España. Las barriadas obrerasLeyes de Casas Baratas en España. Las barriadas obreras
Leyes de Casas Baratas en España. Las barriadas obreras
 
Administracion del estado colombiano_El Municipio.
Administracion del estado colombiano_El Municipio.Administracion del estado colombiano_El Municipio.
Administracion del estado colombiano_El Municipio.
 
Proyecto de Ley Municipal de Euskadi
Proyecto de Ley Municipal de EuskadiProyecto de Ley Municipal de Euskadi
Proyecto de Ley Municipal de Euskadi
 
371
371371
371
 
Tema 7: El municipio
Tema 7: El municipioTema 7: El municipio
Tema 7: El municipio
 
Ley organicampal.edohgo 04042001
Ley organicampal.edohgo 04042001Ley organicampal.edohgo 04042001
Ley organicampal.edohgo 04042001
 
Acuerdo 001 “por medio del cual se reestructura el consejo municipal de plane...
Acuerdo 001 “por medio del cual se reestructura el consejo municipal de plane...Acuerdo 001 “por medio del cual se reestructura el consejo municipal de plane...
Acuerdo 001 “por medio del cual se reestructura el consejo municipal de plane...
 

Municipi i construcció de l'estat espanyol de la restauració, volum ii (autoguardado)

  • 1. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 1 ~ Autor: Francesc Xavier Català i Massot
  • 2. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 2 ~ Sumarii ..............................................................................................................2 1 Introducció.................................................................................................3 1.1 La Qüestió Rabassaire 1.2 Les Corporacions Municipals de Belianes de 1892 a 1923 2. El grau de compliment de les Competències........................................18 2.1 Vies de comunicació 2.2 Proveïment d’aigües 2.3 Vigilància i guarderia rural 2.4 Nomenament i separació de tots els empleats 2.5 Institucions d’ instrucció i serveis sanitaris 3. Govern i organització del Municipi........................................................30 3.1 Revisió de Comptes 3.2 Pressupostos Municipals de 1892 a 1923 3.3 Arbitris 3.4 Recàrrecs 3.5 Arrendaments 3.6 Repartiment de la Contribució 4. El finançament...........................................................................................54 5. Bibliografia.................................................................................................57 6. Documents.................................................................................................58 7. Índex onomàstic.......................................................................................232 8. Notes al final.............................................................................................233 1. Introducció La característica fonamental de la legislació local sorgida de la Restauració va ser el centralisme. Precisament i referint-se als intents de reforma llegim a
  • 3. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 3 ~ l’exposició de Motius de “El Estatuto Municipal de 1924” de José Calvo Sotelo: “Durante los cuarenta y siete años de vida que cuenta la Ley de 2 de octubre de 1877, se ha intentado su reforma, siempre infructuosamente, veintidós veces”ii . Amb Francisco Silvela com a ministre de Governació (1891), una Reial Ordre disposava la preparació d’un informe sobre la reforma local espanyola. Els treballs van anar a càrrec del Subsecretari del Departament, Sr. Sánchez de Toca, que va elaborar dos projectes: la Llei de Govern i Administració Local i les Bases per a la Reforma de la Llei Municipal. És l’ intent més rigorós de tots els intents reformadors del Règim Local fins als projectes de Maura del segle següent. El projecte contenia ferms propòsits descentralitzadors: institucionalitzava l’espai regional amb el qual tractava de donar resposta al problema que ja en aquell moment havia adquirit importància a Catalunya i al País Basc. Les demandes de reconeixement regional plantejaven un problema a l’organització del sistema local espanyol sorgit de les lleis de la Restauració ja que la Constitució no preveia altres nivells territorials que la província i el municipi, marc legal de difícil superació si no es procedia a una reforma del seu contingut per a la qual cosa no existia el consens necessari entre els dos grans partits. Les “Bases para la reforma municipal” s’inspiraven en aquests dos principis:  Que les facultats administratives atorgades als Ajuntaments han de ser proporcionades a la capacitat que respectivament acrediten per a administrar-les ordenadament.  Que l’organització de les grans ciutats no pot ser la mateixa que la dels petits municipis. L’enfrontament entre Silvela i Romero Robledo va ser la causa de la definitiva opció de Cánovas pel segon i, conseqüentment, de la dimissió de Silvela. Les propostes de Maura del 1903 i 1907, sobretot en la segona ocasió quan l’acord polític va unir tots els polítics de l’arc parlamentari, des dels carlistes a la
  • 4. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 4 ~ Lliga passant pels republicans, liberals i conservadors –després del Manifest de Solidaritat Catalana de 1906-, discutit durant dos anys amb una allau d’esmenes i discursos, aconseguí consensos generals per a certes trajectòries, que pocs anys després recollia quasi textualment el redactat per Canalejas, i més endavant, en 1910, mereixia sanció plena de les diverses forces polítiques representades en la Comissió extraparlamentària que va reunir el gabinet presidit pel Comte de Romanones. L’ Estatut Municipal (1924) contenia gran part de les innovacions que l’estudi previ d’aquestes iniciatives hi havia aportat. Afirmava l’ Estatut Municipal la plena personalitat de les entitats municipals, i conseqüentment la seva capacitat jurídica integral en tots els ordres del dret i la vida, deixant sense vigor les lleis desamortitzadores que ja estaven en suspens per anteriors disposicions. Pel que fa a la Hisenda Municipal, que descansava del tot en els recàrrecs sobre l’ Impost de Consums del qual obtenia la major part dels seus recursos, les línies de la reforma van trobar expressió en el projecte de llei que regulava els tributs municipals de 7 de novembre de 1910, presentat a les Corts pel gabinet Canalejas. La supressió de l’ Impost de Consums va fer més urgent la reforma. Mitjançant la cessió als Ajuntaments d’una part important de la tributació real del producte va aplanar la relació de la Hisenda Municipal amb la Hisenda General. Per iniciativa del Govern o bé a petició dels Ajuntaments, gran part de les disposicions del projecte es van anar aplicant en els Municipis, fins i tot en els d’alguna província foral. El projecte de llei que regulava els tributs municipals va ser incorporat per l’ Estatut (1924) . Havia de servir per a convertir en estat legal, ferm i definitiu, el purament precari en què es trobava la vida municipal, de del punt de vista econòmic. Es facilitava la tributació dels drets i taxes municipals en els rendiments nets de les Empreses que aprofitessin per als seus negocis el sòl, subsòl o vol del terme municipal.
  • 5. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 5 ~ L’arbitri sobre l’ Increment del Valor dels terrenys situats dins el terme municipal s’incorporava també a l’ Estatut Municipal reduint les quotes a límits de gran prudència. S’establia també a l’ Estatut la manera de declarar mal conreat un terreny i aprofitar fiscalment aquesta deficiència. L’arbitri de lloguer es transforma, de fet, en una taxa de residència. El Repartiment General d’utilitats, com a mitjà per a salvar el dèficit dels pressupostos municipals, es trobava regulat en el Decret Llei d’onze de setembre de 1918 de forma que s’estimava insuperable. Autoritzava una modalitat restringida que en els grups rurals modestos permetia arribar al mateix fi amb menys esforç tècnic. Faltava encara en el sistema tributari general l’element que individualitzés els gravàmens de manera suficient la qual cosa obligava al Repartiment General a suportar una càrrega que, en justícia, no seria desitjable. El Crèdit Municipal i els Pressupostos Extraordinaris eren regulats autoritzant l’emissió de lletres de canvi i pagarés i estableix les normes bàsiques a què, en tot cas, haurà d’ajustar-se l’emissió de préstecs per tal d’evitar que tinguin per finalitat saldar el dèficit d’una gestió desordenada. En el debat de 1907, a iniciativa dels diputats de la Lliga, encapçalats per Cambó, va prendre estat parlamentari la figura de les mancomunitats provincials. L’opinió majoritària del catalanisme la representa la Lliga Regionalista que controlava l’Administració Local i Provincial de Catalunya i que va aprofitar el que en aquell moment els podia oferir el poder central pressionat pels temors a un possible separatisme. Els representants de les quatre Diputacions catalanes, a partir del juliol de 1911, redactaren les Bases de la Mancomunitat de Catalunya, lliurades pel President de la Diputació de Barcelona Prat de la Riba al Consell de Ministres Canalejas.
  • 6. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 6 ~ Canalejas havia tingut en compte les aportacions del Projecte Maura de 1907- 1909 però el 1911 les dificultats sorgiren en el seu propi partit, precisament per la tradició centralista que el caracteritzava. La intervenció de Niceto Alcalá- Zamora fou un minuciós i detallat atac al projecte, al qual va qualificar de regressió històrica. Va criticar la falta de precisió dels límits jurídics i polítics de la Mancomunitat, les deficients condicions tècniques del projecte, els aspectes financers i la qüestió de les Delegacions. Abans de passar pel Senat es va produir l’assassinat del President Canalejas quedant el projecte bloquejat malgrat els intents de Romanones que el succeí en la presidència del Govern. El nou President del Govern i líder del Partit Conservador Eduardo Dato pensà que havia de recórrer a la reforma del Règim Local mitjançant una norma d’urgència amb el Reial Decret de 18 de desembre de 1913 que diu el següent en el seu Article Primer: “Las provincias de Barcelona, Gerona, Lérida y Tarragona, acogiéndose al Real Decreto de 18 de Diciembre de 1913, se unen indefinidamente para constituir la Mancomunidad Catalana, que se regirá por las disposiciones del presente Estatuto y los acuerdos que tomen la Asamblea y el Consejo dentro de sus atribuciones”. Al segon Article es concreten els traspassos de competències: construcció i conservació de carreteres; conservació de camins veïnals; hospitalització de dements pobres; concessió, construcció i explotació de ferrocarrils, etc... Com diu Conxita Mir i Curcó al pròleg de l’obra de Joaquim Capdevila i Capdevilaiii : la construcció de la societat liberal en els anys que transcorren entre la crisi colonial de 1898 i la Dictadura de Primo de Rivera és un moment crucial en la història del país, durant el qual el naixent catalanisme polític, esperonat arran de la crisi econòmica que suposa la pèrdua del mercat colonial, cerca de trobar un nou encaix de Catalunya dins Espanya. 1.1 La qüestió Rabassaire Durant l’època del lent ressorgiment econòmic de Catalunya, als segles XVIII i XIX, a les comarques on predominaven els conreus de la vinya, de l’olivera i de
  • 7. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 7 ~ l’ametller no existia el contracte de parceria tal com el coneixem avui. S’aplicava únicament al conreu dels cereals i tenia una duració més dilatada que l’actual. Per a la vinya existia un tipus de contracte, el de “rabassa morta”, que es pot considerar alhora com un cens emfitèutic temporal i com una parceria de duració llarga i indefinida. Els rabassaires conreaven trossos de terra a rabassa morta -la rabassa és la part de la soca coberta per la terra, de la qual arrenquen les arrels- i el contracte emfitèutic anomenat “a rabassa morta” definia la concessió d’una terra plantada de vinya, que durava mentre vivien els primers ceps. Al llarg del segle XVIII es va desenvolupar el conreu de la vinya d’una manera notable sota l’estímul de l’augment del consum degut a l’augment de població i a l’exportació creixent de vins i aiguardents a Amèrica i al Nord d’Europa. Aleshores consideraven rendible la vella pràctica dels colgats i capficats que durant els segles anteriors havien estat poc utilitzats pel fet que reclamaven més adobs i exigien major nombre de feines. D’aquesta manera s’anava renovant la vinya a mesura que es morien els ceps i el pagès treballador no deixava mai que es morissin les dues terceres parts del total, ja que aleshores s’hauria pogut donar per caducat l’establiment o emfiteusi. El Codi Civil de 1889 sancionà definitivament la durada fixa d’aquest contracte i l’antic rabasser perdia la condició jurídica de tal –més avantatjosa que la de parcer o arrendatari- i quedava més desvalgut davant la resistència del propietari a l’abonament de les millores, i més inermes davant les possibilitats de desnonament. A part del termini fix, altres elements van desfigurant la rabassa morta durant la segona meitat del segle XIX. Per exemple, la no formalització del contracte en escriptura pública fa impossible la inscripció dels drets del rabasser al Registre de la Propietat o bé passant davant notari contractes de plantació de vinya però no amb les formalitats de rabassa morta sinó com a arrendament a parts de fruits, parceria o encàrrec de conreu.
  • 8. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 8 ~ Hi ha parcers i arrendataris que també són petits propietaris. Teòricament la part del fruit que rep el propietari és proporcional a la seva aportació a les despeses del conreu. En el cas de la vinya, si el propietari dóna al parcer la meitat del sulfat, el sofre i els adobs i, a més, ha plantat els ceps i els ha empeltats; els fruits es divideixen en dues parts iguals i aleshores el parcer és anomenat mitger. Aquest tipus de contracte sol tenir la duració d’un any i és tàcitament prorrogable sense limitació, a voluntat de l’amo. 1.2 Les Corporacions Municipals de Belianes de 1891 a 1923 El primer de juliol de 1891, dia de les primeres eleccions per sufragi universal masculí, fou elegit Alcalde el Sr. Antoni Bellart i Tristany que exercí com a tal fins el dia primer de gener de 1894 que el va succeir el Sr. Lluís Català i Capell. A l’Acta d’aquest dia hi trobem la constitució de la nova Corporació, va ser elegit com a primer Tinent d’Alcalde el Sr. Antoni Massot i Duch, per set vots, i el Sr. Blai Batlle i Serret, com a segon Tinent, per cinc vots. La tercera Corporació fou elegida el primer de juliol de 1895: /…/ se procedió á dar posesión á los nuevos elegidos y proceder á la constitución del nuevo Ayuntamiento. Acto seguido se fueron presentando y fueron recibidos cortésmente D. Tomás Escribá Plaza, D. Jaime Duch Tort, D. Lorenzo Armengol Segura, D. José Culleré Escribá y D. Jaime Fabregat Reñé electos y proclamados Concejales por este término en Mayo último /…/ (Document 46. Acta: 01-07-1895: Constitució del nou Ajuntament ). Seguidamente, constituido el nuevo Ayuntamiento bajo la presidencia interina de D. Tomás Escribá Plaza como Concejal que obtuvo mayor número de votos, se procedió al nombramiento de Alcalde /…/ Terminada la votación y practicado el escrutinio en la forma preceptuada por el artículo 55 de la Ley Municipal vigente, dio el siguiente resultado: Alcalde, D. Luís Catalá Capell; primer Teniente, D. Francisco Sendra Ariseta; segundo Teniente, D. Jaime Duch Tort; Regidor Síndico, D. Lorenzo Armengol Segura /…/” La quarta Corporació d’aquest període fou elegida el primer de juliol de 1897 Document 71. Acta 01-07-1897: Constitució del nou Ajuntament
  • 9. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 9 ~ /…/ Siendo la hora señalada en las papeletas de convocatoria el Sr. Alcalde saliente recibió á los Concejales electos D. Jaime Calvís Culleré, D. Jaime Canela Bosch, D. Miguel Marimon y D. José Guasch Trullols /…/ Resultando que siendo el número de votantes nueve, ha obtenido D. Miguel Marimon, siete votos, ó sea la mayoría absoluta /…/ el Sr. Presidente proclamó Alcalde al Sr. Miguel Marimon y Canela /…/ Seguidamente, y por el mismo orden y forma se procedió á la elección de Tenientes de Alcalde, resultando designado D. Jaime Calvís para primer Teniente, D. Jaime Duch para segundo /…/ Se nombró D. Jaime Canela Bosch para desempeñar el cargo de Procurador Síndico y para que le sustituya en ausencias, enfermedades o incompatibilidades se designó á D. Tomás Escribá Plaza /…/ como Regidor primero D. José Culleré y Escribá; para Regidor segundo Jaime Fabregat, para Regidor tercero José Guasch, para cuarto Regidor Tomás Escribá y para quinto Regidor Lorenzo Armengol /…/” La cinquena corporació va ser elegida el primer de juliol del 1899: Document 94 Acta 01-07-1899: Constitució del nou Ajuntament “En el pueblo de Belianes á las diez de la mañana del día primero de Julio de mil ochocientos noventa y nueve /…/ Siendo la hora señalada en las papeletas de convocatoria el Sr. Alcalde saliente recibió á los Concejales electos D. Francisco Sendra, D. José Puig Cantó, D. Jaime Batlle, D. José Martínez y D. Manuel Claramunt /…/ cediendo la presidencia interina al Concejal D. Francisco Sendra Ariseta que resultó ser de los presentes el que había obtenido mayor número de votos /…/ resultando proclamado Alcalde D. Francisco Sendra Ariseta, pasando á ocupar la presidencia y recibiendo las insignias de su cargo /…/ Seguidamente y por ese mismo orden y forma se procedió á la elección de Teniente 1º de Alcalde resultando designado D. Jaime Calvís Culleré para primer regidor; D. José Puig Cantó para segundo /…/
  • 10. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 10 ~ En cumplimiento del apartado 2º del Artículo 56 se nombró á D. Jaime Canela Bosch para desempeñar el cargo de Procurador Síndico /…/ “ L’Alcalde, Francesc Sendra i Ariseta El Secretari, Magí Trullols i Folguera La sisena Corporació d’aquest període fou elegida el primer de gener de 1902 Document 118 Acta 01-01-1902: Elecció del nou Ajuntament1 “En el pueblo de Belianes á las nueve de la mañana del día primero de Enero de mil novecientos dos /…/ reunidos en el salón de la Casa Consistorial bajo la presidencia del Alcalde saliente D. Francisco Sendra y Ariseta, los Sres. Concejales D. Jaime Lloreta Saltó, D. José Puig Cantó, D. Jaime Batlle Queralt, D. Manuel Claramunt Carné, D. Francisco Culleré Bellart, D. Ramón Massot Duch y D. José Martínez Bosch; para celebrar la Sesión inaugural del presente bienio /…/ y se hace constar la renuncia del cargo de Concejal presentada por Antonio Massot y Duch por cuanto se halla desempeñando interinamente la Secretaría del Juzgado Municipal de Vilanova de Bellpuig /…/ Transcurridos los cinco minutos, se reanudó anunciando el Sr. Presidente que iba á procederse á la elección de Alcalde /…/ se procedió al escrutinio que dio el siguiente resultado. D. Jaime Lloreta Saltó, cuatro votos; D. José Puig Cantó, cuatro votos, siendo ocho los Concejales de que se compone el Ayuntamiento, no resulta elegido ninguno por haber habido empate y se procede á una segunda votación según previene el Artículo 55 de la Ley Municipal /…/ y resultando nuevo empate se procedió al sorteo que resultó elegido Alcalde D. José Puig Cantó /…/”
  • 11. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 11 ~ L’Alcalde, Josep Puig i Cantó El Secretari, Ricard Costa i Folguera Fins al 1913 no trobem l’Acta corresponent al nomenament d’una nova Corporació: Document 159 Acta 11-02-1913: Constitució del nou Ajuntament “En la villa de Belianes á once de Febrero de mil novecientos trece /…/ La Presidencia dio cuenta á la Corporación Municipal de que en el Boletín Oficial número diez y nueve, correspondiente al día ocho de los corrientes publicaba el fallo favorable ó sea aprobando las elecciones verificadas el día doce de Enero último, con respecto á la proclamación de Concejales por el Artículo 29, verificado por la Junta Municipal del Censo Electoral de esta villa. Como así mismo de una comunicación del M.I.S. Gobernador Civil en que traslada dicho fallo y por lo tanto debe darse posesión á los señores D. Antonio Massot Duch, D. José Badía Albareda y á D. Francisco Batlle Queralt del cargo de Concejales como dispone la Comisión permanente de la Diputación Provincial de Lérida /…/ Inmediatamente el Sr. Alcalde accidental Presidente, invitó á los nombrados á que tomasen asiento en los escaños del Consistorio, depositó sobre la mesa las insignias de su cargo y cedió la presidencia interina á D. Antonio Massot Duch que resulta ser el Concejal de mayor edad de los presentes al Acto. Seguidamente por orden del Sr. Presidente interino procedió el infrascrito Secretario Accidental á la lectura de los Artículos 52, 53, 54, 55, 56 y 57 referentes al caso. Entonces la Presidencia declaró que debiendo procederse á la elección de Alcalde en la forma que dispone el Artículo 54 suspendió por cinco minutos la Sesión /…/ se procedió al escrutinio dando el siguiente resultado: D. Antonio Massot Duch obtuvo cinco votos y una papeleta en blanco. Siendo el número de votantes seis ha obtenido D. Antonio Massot Duch, cinco votos, ó sea la mayoría absoluta y por lo tanto queda proclamado Alcalde /…/ Acto seguido por el mismo orden y forma se procedió á la elección
  • 12. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 12 ~ de Primer Teniente de Alcalde, resultando designado D. Juan Puig Azcona que obtuvo cinco votos y una papeleta en blanco y D. José Piñol Escribá obtuvo cinco votos y una papeleta en blanco para la elección del cargo de Segundo Teniente de Alcalde /…/ En cumplimiento del apartado segundo del Artículo cincuenta y seis, se nombró por unanimidad á D. Manuel Fontova Fabregat Procurador Síndico del Ayuntamiento, como suplente á D. Francisco Batlle Queralt /…/ como Regidor Primero D. José Badía Albareda, como Segundo D. José Amorós Amorós, como Tercero D. Manuel Inglés Clavé y como Cuarto D. Luís Catalá Capell /…/ se constituyeron, en esta Casa Consistorial, el Alcalde D. Antonio Massot Duch, el ex Alcalde accidental D. José Piñol Escribá, el Sr. Depositario de los fondos municipales D. Ramón Massot Duch y el Secretario Contador D. Joaquín Tello, al objeto de proceder á un arqueo de los fondos existentes en Caja al hacerse cargo de la Alcaldía el referido Sr. D. Antonio Massot Duch, dando el resultado siguiente: existencia en Caja, según arqueo practicado en 27 de Diciembre último, pesetas 1,58; ingresos hasta la fecha 1,58, existencia en Caja en este día pesetas 1,58 /…/ se levanta la presente Acta que firman todos los señores asistentes, de que certifico.” L’Alcalde sortint, Josep Piñol Escribá L’Alcalde entrant, Antoni Massot Duch El secretari, Joaquim Tell A partir de 1913 es normalitzen les Actes d’elecció de noves Corporacions: Document 169 Acta 01-01-1914: Constitució de l’Ajuntament “En el Salón Capitular de las Casas Consistoriales de la villa de Belianes /…/ se procedió al escrutinio dándose el siguiente resultado: D. Manuel Inglés Clavé obtuvo 5 votos, tres papeletas en blanco /…/ el señor Presidente manifiesta que siendo ocho el número de Concejales presentes y haber
  • 13. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 13 ~ obtenido mayoría de votos de los nueve que componen el Ayuntamiento quedaba elegido Alcalde D. Manuel Inglés Clavé á quien la Presidencia las insignias de su cargo /…/ Seguidamente se procedió á la elección de 1er Teniente Alcalde resultando elegido por 7 votos D. Antonio Huguet Inglés y una papeleta en blanco /…/ En la misma forma y por cinco votos quedó de Regidor Mayor ó Interventor D. José Amorós y Amorós, quedando constituido el Ayuntamiento en la forma siguiente: D. Manuel Inglés Clavé, Alcalde Presidente; D. Antonio Huguet Inglés, 1er Teniente Alcalde; D. José Santiañez Álvarez, 2º Teniente Alcalde; D. José Balcells Segura, Regidor Síndico; D. José Piñol Escribá, Regidor Síndico Suplente; D. José Amorós y Amorós, Interventor; D. Luís Catalá Capell, Concejal; D. Andrés Puig Azcona, Concejal; D. Juan Puig Azcona, Concejal.” L’ Alcalde President, Manuel Inglés i Clavé El Secretari, Rupert Edo La dimissió de l’Alcalde força un altre nomenament: Document 178 Acta 7-12-1914: Nomenament d’Alcalde “En el pueblo de Belianes á siete de Diciembre de mil novecientos catorce /.../ Acto seguido se levantó el Sr. Alcalde accidental manifestando que el objeto de esta Sesión era el de proceder al nombramiento de Alcalde en propiedad de este Ayuntamiento por dimisión del que lo desempeñaba D. José Santiañez Álvarez /.../ Reanudada la Sesión á los cinco minutos y anunciado, en voz alta, por la Presidencia que iba á procederse á la votación de Alcalde, se dio principio á ella /.../ procediéndose luego al escrutinio que dio el siguiente resultado: D. José Amorós Amorós obtuvo seis votos /.../ el Sr. Presidente manifiesta que siendo el número de Concejales presentes de los nueve de que se componía el Ayuntamiento y haber por tanto mayoría absoluta de votos,
  • 14. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 14 ~ quedaba elegido Alcalde Presidente de este Ayuntamiento D. José Amorós Amorós /.../” L’ Alcalde, Josep Amorós i Amorós El Secretari, Bonaventura Majoral La següent Acta menciona una carta rebuda del Diputat a Corts Sr. Francesc Macià: Document 179 (Llibre d’Actes de l’Ajuntament de Belianes, número 204) Acta 14-02-1915: Carta del Diputat a Corts Sr. Francesc Macià “En Belianes á catorce de Febrero de mil novecientos quince, reunidos en la Casa Consistorial para celebrar reunión ordinaria, los señores del Ayuntamiento que al margen se relacionan (Sr. Alcalde José Amorós, D. Antonio Huguet, D. José Balcells, D. Andrés Puig, D. José Piñol i D. Juan Puig), bajo la presidencia del Sr. Alcalde D. José Amorós Amorós que declara abierta esta Sesión habiendo dado lectura al Acta de la anterior que fue aprobada por unanimidad. Según una carta del Diputado á Cortes Sr. Macià en la que se interesa que asista un delegado de este Ayuntamiento á la reunión que hoy se celebra en Borjas para llevar á cabo el proyecto de construcción de la agrupación telefónica que teniendo la Central en Borjas ha de poner en comunicación á 34 pueblos de la Comarca/.../” L’ Alcalde, Josep Amorós i Amorós El Secretari, Bonaventura Majoral Novament l’ Alcalde , aquest cop en Josep Amorós Amorós, presenta la dimissió: Document 182 Acta 25-07-1915: L’Alcalde presenta la dimissió “En Belianes á veinte y cinco Julio de mil novecientos quince /.../ bajo la presidencia del Alcalde D. José Amorós y siendo la hora señalada por este Sr. se declaró abierta la Sesión y de orden del mismo por el infrascrito Secretario
  • 15. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 15 ~ (Lorenzo Massana) se dio lectura del Acta de la Sesión anterior que fue aprobada por unanimidad. Acto seguido el propio Sr. Presidente presentó á la Corporación una Instancia suscrita por el mismo en que pide la dimisión de su cargo de Alcalde de este Ayuntamiento fundando la causa en motivos de salud que no le permiten desempeñar por más tiempo el expresado cargo, justificándolo por certificación facultativa que también presenta en el Acto. El Ayuntamiento por unanimidad acuerda admitir al citado Presidente la dimisión de Alcalde de esta Corporación /.../ pasando, acto continuo, á suplir la vacante de dicho cargo de Alcalde Presidente D. José Balcells Segura por haber sido el Concejal que obtuvo mayor número de votos /.../” L’Alcalde President, Josep Amorós Al mes següent es presenta al Ple l’embargament de tots els béns d’Alcaldes i Regidors des de 1913. El primer de gener de 1916 es nomena el nou Ajuntament: Document 184 Acta 01-01-1916: Elecció de nou Ajuntament “En la villa de Belianes á primero de Enero de mil novecientos diez y seis /…/ debiendo procederse á la elección de Alcalde en la forma que dispone el artículo 54 de la expresada Ley Orgánica, suspendía por cinco minutos la Sesión para que los Sres. Concejales se pusiesen de acuerdo en la designación de Candidato /…/ dando el siguiente resultado: D. Andrés Puig Azcona obtuvo cinco votos; contra cuatro papeletas en blanco /…/ Leído el resultado de la votación, el Presidente manifiesta que siendo nueve el número de Concejales presentes y haber obtenido mayoría de votos de los nueve que componen el Ayuntamiento, D. Andrés Puig Azcona quedaba elegido Alcalde, a quien la Presidencia entregó acto seguido las insignias de su cargo /…/ Seguidamente se procedió á la elección de 1r. Teniente Alcalde, resultando elegido por cinco votos D. Francisco Juní Salla, resultando cuatro papeletas en blanco. A continuación se pasó a elegir el 2º Teniente Alcalde quedando
  • 16. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 16 ~ elegido D. Antonio Fontova Corominas por cinco votos y cuatro papeletas en blanco /…/ el Ayuntamiento nombró Regidor Síndico por votación nominal de cinco votos de mayoría á D. José Badía Albareda y suplente Francisco Sendra Tristany, por resultar cuatro papeletas en blanco en dicha votación. En la misma forma y por igual número de votos quedó de Regidor Mayor ó Interventor D. José Queixal y Piqué, quedando constituido el Ayuntamiento en la forma que sigue: D. Andrés Puig Azcona, Alcalde; D. Francisco Juní Salla, 1r. Teniente Alcalde; D. Antonio Fontova Corominas, 2º Teniente Alcalde; D. José Badía Albareda, Regidor Síndico; D. Francisco Sendra Tristany, Síndico Suplente; D. José Queixal Piqué, Regidor Interventor; D. José Balcells Segura, Concejal; D. Simeón Vallverdú, Concejal; D. Antonio Huguet Inglés, Concejal /…/” L’ Alcalde, Andreu Puig Azcona El Secretari, Llorenç Massana El primer de gener de 1918 es forma el nou Ajuntament: Document 201 Acta 01-01-1918: Elecció d’ Alcalde i nou Ajuntament “En el Salón Capitular de las Casas Consistoriales, siendo las nueve horas, del día primero de Enero de mil novecientos diez y ocho /…/ Inmediatamente el Señor Alcalde invitó á los nombrados a que tomaran asiento en los escaños del Consistorio, depositó sobre la mesa las insignias de su cargo, cedió la Presidencia interina a D. Antonio Fontova Corominas que resulta ser el Concejal de entre los que han obtenido el mayor número de votos el de más edad /…/ quedando formado el Ayuntamiento en la forma siguiente: D. Francisco Juní Salla, Alcalde; D. Antonio Fontova Corominas, 1er Teniente Alcalde; D. José Badía Albareda, 2º Teniente Alcalde; D. José Queixal Piqué, Regidor Síndico; D. José Culleré Escribá, Suplente de Síndico; D. Francisco Fontova Escribá, 1er Concejal; D. Antonio Guasch Malet, 2º Concejal; D. Simeón Vallverdú Timoneda, 3er Concejal; D. Ramón Florensa Tudela, 4º Concejal /…/” L’Alcalde, Francesc Juní Salla
  • 17. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 17 ~ El Secretari, Ruperto Edo i Grau Document 218 Acta 01-04-1920: Elecció d’Alcalde “En el salón capitular de las Casas Consistoriales de la villa de Belianes, siendo las nueve horas, del día primero de Abril de mil novecientos veinte /…/ debía procederse a la elección de Alcalde en la forma que dispone el artículo 54 /---/ Reanudada a los cinco minutos , se dio principio a ella llamando sucesivamente a todos los Concejales presentes por orden de mayor a menor por la edad, fueron acercándose a la mesa y depositando en la urna preparada al efecto sus papeletas, después de lo cual se procedió al escrutinio dando el siguiente resultado; D. Francisco Marimon Altarriba obtuvo 4 votos; D. José Culleré Escribá obtuvo 4 votos. Resultando empate entre los dos candidatos propuestos se procede en la misma forma a nueva votación dando por resultado un nuevo empate. Seguidamente y con arreglo a lo preceptuado en el Artículo 55 de la Ley Municipal se procede al sorteo entre los dos referidos candidatos quedando elegido por la suerte D. Francisco Marimon Altarriba /…/ siendo constituido el Ayuntamiento, con arreglo a lo preceptuado en las disposiciones vigentes, en la forma siguiente: D- Francisco Marimon Altarriba, Alcalde; D. Juan Puig Azcona, 1er. Teniente Alcalde; D. Francisco Sendra Tristany, 2º Teniente Alcalde; D. Juan Armengol Canela, Regidor Síndico; D. Jaime Balcells Guixá, ídem Suplente; D. José Culleré Escribá, 1er. Concejal; D. Francisco Fontova Escribá, 2º ídem; D. Antonio Guasch Malet, 3er. Ídem; D. Ramón Florensa Tudela, 4º ídem /---/” L’ Alcalde, Francesc Marimon i Altarriba El Secretari, Rupert Edo i Grau
  • 18. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 18 ~ 2. El grau de compliment de les Competències 2.1 Vies de Comunicació La Llei Municipal de 2 d’octubre de 1877, en l’Article 72, determina que és obligació dels Ajuntaments la composició i conservació dels camins veïnals. Quant als camins rurals els Ajuntaments obligaran als interessats a la seva reparació i conservació. Per a assolir aquests objectius acordaran els mitjans en Junta d’Associats per als veïnals, i en Junta d’Interessats per als rurals. Els Governadors vetllaran pel compliment d’aquesta part tan interessant de l’Administració, en virtut de les facultats que els confereix la Llei provincial. El camí de Vilanova de Bellpuig, en el límit dels termes de Bellpuig, Vilanova i Belianes, té prou importància perquè la Corporació Municipal es plategi la seva reparació. L’onze de novembre del 1894 la Corporació acorda que es practiquin obres de recomposició d’aquest camí ja sigui per personal a jova o per subhasta pública. Document 37 Acta 11-11-1894: Obres al Camí de Vilanova de Bellpuig “En el pueblo de Belianes á once de Noviembre de mil ochocientos noventa y cuatro /…/ Manifestó el Sr. Presidente que por la Comisión nombrada al efecto se había procedido al examen del camino que conduce al inmediato pueblo de Vilanova de Bellpuig y ha emitido informe sobre las obras que es indispensable verificar en dicho camino /…/ la Corporación acuerda quedar enterada y que se practiquen en el más breve plazo posible las obras de recomposición que propone la Comisión en el informe que acaba de leerse, ya sea por administración ya por subasta pública /…/”
  • 19. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 19 ~ L’Alcalde accidental, Antoni Massot i Duch El Secretari, Magí Trullols i Folguera 2.2 Proveïment d’aigües El proveïment d’aigües és citat com un dels objectius de competència exclusiva dels Ajuntaments en el govern i direcció dels interessos peculiars dels pobles segons l’Article 72 de la Llei Municipal de 2 d’octubre de 1877. El 4 de juny de 1893, l’Alcalde Antoni Bellart i Tristany manifesta que la Corporació ha de prevenir els casos d’incendi i per aquest motiu ha de sol·licitar al Sr. Alcalde de Maldà les aigües sobrants de la seva font i així omplir la bassa d’ on beuen les cavalleries i utilitzar-la també en cas d’incendi. Sent Alcalde Lluís Català i Capell, el dia 9 de desembre del 1894, el regidor Sr. Marimon fa present que la Bassa està sense aigua i donat que els molins d’oli de Maldà han començat a moldre les olives seria convenient que s’omplís d’aigua ja que més tard serà impossible doncs restaran brutes les aigües de la font. El mateix Alcalde, el dia 15 de setembre del 1895, manifesta que la Bassa es troba totalment buida i seria l’ocasió de netejar-la per a després omplir-la amb aigua procedent de la font de Maldà que en aquesta època no s’aprofita per al rec d’hortalisses. No va ser fins a finals del 1899 que es plantejà el problema del subministrament d’aigua potable. L’Alcalde era el Sr. Francesc Sendra i Ariseta i amb ell tots els Senyors Regidors es manifestaren completament d’acord a dirigir una Instància a la Junta del Canal d’Urgell suplicant que concedís a l’ Ajuntament de Belianes la quantitat d’aigua necessària per al poble així com la força motriu indispensable per a la seva elevació. Document 103
  • 20. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 20 ~ Acta 22-11-1899: Projecte de subministrament d’aigües potables i d’enllumenat elèctric “En el pueblo de Belianes á veinte y dos de Noviembre de mil ochocientos noventa y nueve /…/ como consta á la Corporación hace tiempo que se viene acariciando la idea de dotar á este vecindario de aguas potables para el consumo de todos los vecinos /…/ A todos consta la escasez que tiene esta población de tan vital elemento y singularmente en las épocas de verano /…/ Otro tanto podríamos decir del alumbrado público por medio de luz eléctrica, mejora que podría llevarse á efecto con la traída de las aguas, que si bien no es tan necesaria como la de las aguas no deja de ser una importantísima mejora que reclama todo el vecindario en general /…/ Abierto pues el debate, todos los Sres. Concejales se manifestaron completamente conformes /…/ y que para llevar á efecto el proyecto de que se trata tanto respecto al abastecimiento de aguas potables como al proyecto del alumbrado de esta población por medio de la luz eléctrica, se dirija atenta instancia á la Junta del Canal de Urgel en súplica de que se sirva conceder á este Ayuntamiento la cantidad de agua necesaria para el abastecimiento de la población así como los saltos del Canal ó sus derivaciones que como fuerza motriz sean indispensables para la elevación de aquella y demás usos á que debe destinarse /…/” L’Alcalde, Francesc Sendra i Ariseta El Secretari, Magí Trullols i Folguera Document 107. Acta 13-05-1900: Comunicació de la Junta del Canal d’Urgell /…/ Manifestó el Sr. Presidente que conforme al contenido de la comunicación de la Junta Canal de Urgel de fecha 19 de Abril último y á las bases generales que á la misma acompañan estipuladas por la referida Junta para la concesión de aguas potables destinadas al abastecimiento de las poblaciones que carecen de tan vital é imprescindible elemento y aceptadas ya en un principio por esta Corporación, se estaba en el caso de nombrar una comisión
  • 21. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 21 ~ compuesta de tres mayores contribuyentes para que en su nombre y representación del Ayuntamiento pase á Barcelona á estipular las bases definitivas del Convenio que este Municipio ha de celebrar con la indicada Junta, á fin de que esta, una vez aprobadas por ambas partes, pueda otorgar la correspondiente escritura para que en su día y previos los trámites convenientes, puedan elevarse á Belianes las aguas que se tienen solicitadas, mediante la instalación de una turbina utilizando como fuerza motriz la de los saltos 1 y 2 de la 3ª Acequia Principal así como para la producción de la electricidad para el alumbrado de la población en general /…/ 2.3 Vigilància i guarderia rural L’Article 73 de la Llei Municipal de 1877 determina que el servei de vigilància i guarderia rural és un dels sis objectius preferents a procurar pels Ajuntaments, conjuntament amb els de conservació i manteniment de vials; policia urbana i rural; instrucció primària; administració, custòdia i conservació de totes les finques, béns i drets del poble i Institucions de Beneficència. Document 8. Acta 29-05-1892: Reposició del Guarda de Camp /…/ Manifestó el Sr. Presidente que próxima la época de las operaciones de la siega era muy conveniente para los intereses de todos los vecinos reponer el guarda municipal del Ayuntamiento con el fin de evitar en lo posible la sustracción de gavillas durante el tiempo de la siega y aún después de terminada esta /…/” Document 10. Acta 24-07-1892: Vigilància durant la Festa Major /…/ Manifestó el Sr. Presidente que siendo mañana la Fiesta Mayor de este pueblo , en donde por lo regular acceden bastantes forasteros, se hacía preciso vigilar la población y particularmente en las noches en que se dan bailes en la plaza pública y en el salón de Casa la Villa, á fin de evitar que en los mismos se cometa ningún desmán y que se guarde el orden y compostura debidos /…/ se acuerda que se nombren patrullas convenientes y se ordene al Sr. Comandante del puesto de la Guardia Civil para que redoble su vigilancia á fin de evitar, en lo posible, que se cometa ningún desmán /…/” Document 50. Acta 22-09-1895: Prohibició de netejar portadores a la Bassa
  • 22. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 22 ~ /…/ en virtud del Acuerdo de la Sesión anterior, se había procedido á la limpia de la Balsa comunal en donde abrevan las caballerías y que se estaba llenando de agua con la procedente de la fuente de Maldá pero que atendido de que hallándose próximos á la época de la vendimia y que durante la cual algunos vecinos limpian las portadoras enturbiando las aguas y hasta corrompiéndolas con los residuos del barrido, era de parecer se publicase un bando prohibiendo en absoluto el lavar ninguna portadora ni pipa en la mencionada balsa ni en la acequia conductora, imponiendo una multa á los contraventores /…/” Document 81. Acta 06-02-1898: Sancions per infringir Ordenances d’Ordre Públic /…/ Expuso el Sr. Presidente que creía llegado el caso de adoptar serias medidas que tiendan á cortar de raíz el hecho abusivo de la mayor parte de los niños de seis á doce ó catorce años, que con sus constantes pedreas dentro del recinto de la población tienen en constante peligro á los vecinos. Otro de los abusos dijo, que cree deber de la Corporación, evitar á todo trance, es el hecho que algunos propietarios tienen ya casi por costumbre el dejar abandonado en la vía pública y durante la noche el carro de su propiedad con gran riesgo de los transeúntes y muy singularmente en las noches de grande oscuridad /…/ se acuerda que se imponga una peseta de multa á cada uno de los niños /…/ haciendo responsables á los respectivos padres de los menores de doce años /…/ Que á los propietarios que dejasen abandonados sus carros en la vía pública durante la noche se les imponga la multa de dos pesetas cincuenta céntimos, designando al propio tiempo los sitios llamados centro al Portal, Racó del Massot, Vora del pati del Senan i darrere l’església, como puntos en donde pueden dejar los carros durante la noche /…/” Document 85. Acta 29-05-1898: Trasllat de la Guàrdia Civil a les Borges Blanques /…/ Manifestó el Sr. Presidente que en virtud de haberse reconcentrado la Guardia Civil en el inmediato pueblo de las Borjas á consecuencia de órdenes superiores, creía conveniente excitar el celo del guarda municipal de campo jurado, encargándole una vez más la vigilancia á fin de evitar en lo posible que
  • 23. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 23 ~ se cause el menor daño posible en las propiedades de los vecinos de este pueblo enclavadas en este término municipal /…/” Document 104. Acta 06-01-1900: Proposició per a instal·lar la Guàrdia Civil /…/ Expuso el Sr. Presidente que según le había manifestado verbalmente el Sr. Teniente de la Guardia Civil Jefe de Línea á que corresponde el puesto de este pueblo, si el Ayuntamiento no proporcionaba la casa habitación para los individuos de que se compone dicho puesto, se veía obligado a trasladar dicha fuerza á otra población de las limítrofes á Belianes /…/ Abierta la discusión sobre lo expuesto por la Presidencia y después de amplio debate no pudiéndose dilatar la resolución i conformes todos los demás Sres. Concejales con lo expuesto por la presidencia se acuerda facultar al Sr. Alcalde como presidente del Ayuntamiento para que presente la proposición para instalar dicha fuerza en la Casa Consistorial previo las reparaciones que sean necesarias /…/” Document 106. Acta 25-02-1900: Prohibició d’ús de màscares de Carnaval a les nits /…/ Manifestó el Sr. Presidente que á fin de evitar los abusos que se vienen cometiendo durante los días de Carnaval por algunos jóvenes que hallándose poco conformes con los sanos principios de la moral se dedican á insultar durante las noches á algunos pacíficos vecinos profiriendo palabras soeces y groseras /…/ se acuerda que por la Alcaldía se publique un bando acto seguido prohibiendo el uso del antifaz desde la puesta del sol hasta la hora de su salida /…/” Document 108. Acta 22-07-1900: Abús contra la propietat particular per part del bestiar /…/ manifestó que, como no ignoraban seguramente todos los Sres. aquí congregados, el abuso que se está cometiendo contra la propiedad particular por parte del ganado cabrío y bovino que hoy existe en este término municipal es a todas luces imposible ya que no hay realidad física alguna que se vea libre de ser perjudicada por la clase de ganado de que se ha hecho mérito /…/ se acuerda no permitir la entrada de ganado alguno que su propiedad no sea el que se administra por cuenta de la población /…/”
  • 24. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 24 ~ 2.4 Nomenament i separació de tots els empleats Segons l’Article 78 de la Llei Municipal de 1877 és atribució exclusiva dels Ajuntaments el nomenament i separació de tots els empleats i dependents pagats dels fons municipals i que siguin necessaris per a la realització dels serveis que estan al seu càrrec. Els funcionaris destinats a serveis professionals tindran la capacitat i condicions que en les lleis a ells relatives es determini. Document 12. Acta 15-01-1893: Sol·licitud del Secretari /…/ Manifestó el Sr. Presidente que en virtud de los múltiples y variados trabajos que pesan sobre la Secretaria y en atención á que es muy penoso el cargo de Secretario de la Corporación Municipal se había solicitado por el Secretario que ya que no percibía más que el sueldo de setecientas cincuenta pesetas, se le remunerase el trabajo de la confección de los repartos de Inmuebles y Consumos de este Distrito ya que no es, en rigor, de su obligación el confeccionarlos /…/ se acuerda subvencionar al Secretario con la cantidad de cien pesetas por todos los trabajos correspondientes á la confección de los expresados repartos, concediéndole además si fuera preciso un escribiente temporero /…/” Document 23. Acta 02-01-1894: Nomenament i destitució de personal de l’Ajuntament /…/ se acordó confirmar al Secretario en su puesto. Se pasó acto seguido á tratar del cargo de alguacil /…/ se acuerda destituir del expresado cargo al que lo es en la actualidad D. José Ribes Moyá /…/ Se pasó igualmente á tratar del cargo de sereno /…/ se acuerda destituir del expresado cargo á D. Manuel Serret Agustí /…/” Document 25. Acta 07-01-1894: Nomenament definitiu dels càrrecs d’Agutzil i Sereno /…/ se acuerda nombrar para el cargo de alguacil previa votación nominal á Lorenzo Sauch Torrelles por siete votos por uno que obtuvo D. José Juní Escribá. Se pasó acto continuo á la elección del cargo de sereno resultando elegido por siete votos D. Magín Serret Torramadé por uno que obtuvo D. Ramón Escoté Capdevila /…/”
  • 25. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 25 ~ Document 32. Acta 15-07-1894: Concessió de poder administratiu a l’Agent de Negocis /…/ Manifestó el Sr. Alcalde la conveniencia de que el Ayuntamiento se sirva acordar que se confiera poder administrativo bastante á favor del Agente de Negocios de la Capital de la provincia D. Arturo Pujadas y Pueyo para que gestione todos los asuntos que interesen al Municipio y en que sean necesarios ó convenientes sus oficios y encontrando muy conforme la idea, se acuerda conferir como se confiere y otorga á favor del citado D. Arturo Pujadas y Pueyo, vecino de Lérida, poder tan amplio como menester sea en derecho para que, en nombre y representación de este Ayuntamiento, pueda gestionar y gestione, en cualquier clase de Oficina del Estado, de la Provincia y del Municipio, el despacho de todos los asuntos y negocios que al de este Distrito interesen /…/ Document 33. Acta 19-08-1894: Concessió de Llicència de tres mesos a l’Alcalde /…/ bajo la presidencia del Alcalde accidental D. Antonio Massot y Duch, este declaró abierta la sesión /…/ Ordenó el Sr. Presidente que por el infrascrito Secretario se leyera un oficio del Sr. Alcalde D. Luís Catalá y Capell, en el que manifiesta que para atender al despacho de asuntos de su familia tenía necesidad de ausentarse de la población y que, por consiguiente, solicitaba autorización por tres meses, durante cuyo tiempo había de encargarse de la Alcaldía el que está desempeñando en la actualidad el cargo de Presidente /…/ se acuerda conceder al Sr. Catalá la autorización solicitada /…/” Document 41. Acta 04-01-1895: Nomenament d’Agent Executiu /…/ se acuerda nombrar para dicho cargo á D. Vicente Agulló y Barber, vecino de Lérida, á favor del cual se expidió el oportuno nombramiento /…/ dejando sin efecto los nombramientos hechos á favor de D. Antonio Amigó y Martí y D. Magín Gasó por la negligencia que han venido observando en los procedimientos ejecutivos que se les había encomendado /…/” Document 51. Acta 06-10-1895: Dimissió del Sereno /…/ Manifestó el Sr. Presidente que por el que fue sereno de este pueblo D. Magín Serret Torramadé se había presentado la dimisión de su cargo /…/ se acuerda que por de pronto se declare vacante la plaza anunciándose en el
  • 26. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 26 ~ Boletín Oficial de la provincia, proveyéndose interinamente si es posible hasta que se presente alguna persona que lo solicite /…/” Document 55. Acta 18-12-1895: Nomenament d’un nou Recaptador de Consums /…/ Manifestó el Sr. Presidente que conforme se indicaba en las papeletas de convocatoria debía procederse al nombramiento de recaudador voluntario del Impuesto de Consumos y demás Impuestos Locales toda vez que D. Jaime Besó y Jové que lo venía desempeñando, había presentado la renuncia del referido cargo /…/ se acuerda nombrar á D. José Duch y Tort, vecino de este pueblo, quien deberá hacerse cago de los Libros correspondientes, previa fianza de la cantidad de mil quinientas pesetas (1.500 pesetas) para estar á las resultas de la recaudación /…/ Acto seguido y hallándose presente el referido D. José Duch y Tort manifestó que aceptaba el cargo que se le había conferido haciéndole entrega del papel pendiente de recaudación correspondiente al año económico 1894-95 importante la suma de seis mil cuatrocientas treinta y dos pesetas treinta y ocho céntimos (6.432,38 pesetas) /…/” Document 79. Acta 24-10-1897: Exclusivitat de la funció d’Agutzil o pregoner /…/ Manifestó el Sr. Presidente que con el fin de evitar atrasos ó erróneas interpretaciones sería muy conveniente se ordene por medio de pregones á todos los vecinos en general y para conocimiento de los forasteros que nadie se atreva á anunciar la venta de ningún género ni hacer ninguna clase de anuncio público en todo el casco de la población que no sea la persona del Alguacil ó Pregonero que tiene designado el mismo Ayuntamiento, pues de consentirse podría dar el caso de encontrarse algunas veces cuatro ó cinco ó más personas que hicieran pregones por las calles del pueblo /…/” Document 97. Acta 13-08-1899: Concurs per a la provisió del càrrec de Recaptador /…/ Expuso el Sr. Presidente que creía llegada la época en que tal vez podría intentarse el cobro de las cantidades que en concepto de Consumos se hallan en poder del Agente Ejecutivo así como cerciorarse el Ayuntamiento si el recaudador voluntario desea continuar recaudando los impuestos que ha venido cobrando en representación del Ayuntamiento y en su caso si está
  • 27. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 27 ~ dispuesto á prestar la oportuna fianza ó responder de las cantidades que en papel pendiente de cobro se le entreguen por el Ayuntamiento para, en su caso, nombrar otra persona que desempeñe dicho cargo /…/ Tras una breve discusión en la que tomaron parte los Sres. Canela, Puig, Guasch, Martinez, Batlle y Claramunt y declarado el asunto suficientemente discutido se acuerda que habrá un concurso para que los interesados presenten en la Secretaría en pliego cerrado las proposiciones que cada uno estime convenientes á fin que en vista de las mismas pueda elegir la que estime más conveniente á los intereses del Ayuntamiento /…/ ” Document 99. Acta 27-08-1899: Obertura dels plecs de condicions per al recaptador /…/ De orden del Sr. Presidente se procedió á la apertura de los pliegos de condiciones presentadas para adjudicar la recaudación voluntaria del Impuesto de Consumos y siendo una exclusivamente la presentada que resulta ser D. Ramón Massot Duch, quien se compromete á recaudar el referido impuesto con la gratificación del uno noventa y cinco por ciento (1,95 %) y previa la oportuna fianza á responder de las cantidades que se recaude /…/” Document 102. Acta 22-10-1899: El Recaptador paga la fiança /…/ Manifestó el Sr. Presidente que acordado por el Ayuntamiento en sesión de veinte y siete de Agosto último el nombramiento del recaudador voluntario para el Impuesto de Consumos á favor de D. Ramón Massot y Duch y debiendo procederse á la recaudación de dicho impuesto se hacía preciso que el referido D. Ramón Massot presentase la fianza ya sea en metálico ya en fincas, suficiente á responder de las cantidades que recaude /…/ Y hallándose presente el referido D. Ramón Massot manifestó que para el cargo que se le ha conferido y á las resultas de las cantidades que en su día recaude hipotecaba y ponía de evicción todos sus bienes y que en caso de no ser suficientes sus bienes propios respondería en su caso ante el Ayuntamiento y con sus bienes propios D. Antonio Massot y Duch que también se hallaba presente /…/” 2.5 Institucions d’ instrucció i serveis sanitaris Document 1. Acta 03-01-1892: De la higiene pública
  • 28. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 28 ~ /…/ Expuso el Sr. Capdevila que hallándose en plena época de la matanza de cerdos era muy conveniente y hasta necesario ejercer una asidua vigilancia por parte del Ayuntamiento á fin de evitar que se degüelle ninguna res sin que previamente sea inspeccionada por quien corresponda ya que en este caso además de defraudarse los intereses del municipio podría acarrear graves consecuencias, atendiendo el poco escrúpulo que muestran algunos tratantes en sacrificar reses que podrían estar afectadas de alguna enfermedad contagiosa /…/ Document 7. Acta 08-05-1892: Estat de la ramaderia /…/ Manifestó el Sr. Presidente que conforme á lo mandado por el Sr. Gobernador Civil de la provincia en Circular de 2 de Mayo último inserta en el Boletín Oficial de la Provincia correspondiente al día 4 del mismo mes, debía remitirse al Sr. Ingeniero Agrónomo el estado de ganadería á que se refiere la citada Circular /…/” Document 35. Acta 07-10-1894: Mesures urgents sobre la salut del veïnat /…/ por lo cual sería muy conveniente y hasta puede decirse indispensable, que se nombre una persona la cual se encargase de vigilar constantemente un ramo de policía tan importante como es la inspección de comestibles /…/ se acuerda en la forma propuesta nombrándose al Concejal D. Ramón Tristany para que se encargue de la vigilancia de los alimentos que se expendan /…/ dictándose al efecto un bando cuya redacción quedará encargada al Secretario de la Corporación, imponiendo la multa que permite la Ley Municipal vigente /…/” Document 38. Acta 02-12-1895: Comissió per a la construcció del cementiri /…/ se acuerda que sin levantar mano se procure hacer que desaparezca el susodicho cementerio nombrándose al efecto una Comisión que estudie los medios de que ha de valerse el Ayuntamiento para la construcción de una obra de tanta importancia como es la obra de que se trata y que una vez estudiado este asunto proponga la Comisión que se nombre al efecto los medios y forma para la construcción de dicha obra /…/ se nombró al efecto á los Sres. Massot, D. Antonio, Sendra y Tristany /…/” Document 52. Acta 03-11-1895: Obres de reparació de l’habitació del professor
  • 29. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 29 ~ /…/ Manifestó el Sr. Presidente que toda vez que se han de ejecutar algunas obras de reparación en la habitación del profesor de la escuela de niños, era de parecer se practicasen las obras más urgentes y de absoluta necesidad antes de entrar de lleno en el período de invierno ya que después si se aguardase á esta época sería imposible poderlas ejecutar /…/” Document 70. Acta 30-06-1897: Acabament de les obres del Cementiri Nou /…/ Manifestó el Sr. Presidente que tras vivas gestiones y gracias á la actividad y celo desplegados por los individuos de la Corporación Municipal y después de incesantes trabajos por espacio de dos años consecutivos ha podido conseguir el Ayuntamiento ver terminadas las obras de construcción del nuevo cementerio que con la solemnidad y ritual de nuestra santa madre Iglesia Católica tuvo lugar la bendición en el día de ayer, quedando cumplidas las unánimes aspiraciones de todos los vecinos /…/ las cantidades invertidas en la construcción del referido cementerio son: · Indemnización satisfecha á D. José Amorós Torren por el terreno que ocupa el nuevo cementerio, ochocientas ochenta pesetas (880 pesetas). · Obras de cerca y demás materiales empleados en las paredes de circunvalación, tres mil cuatrocientas cuarenta pesetas (3.440 pesetas). · Capilla, nichos y puertas de hierro para el cementerio y capillas, tres mil doscientas cincuenta pesetas (3.250 pesetas). Cuyo total importe de la obra es de siete mil quinientas setenta pesetas (7.570 pesetas)” Document 92. Acta 04-06-1899: Neteja de la Bassa Comunal /…/ Manifestó el Sr. Presidente que la Balsa Comunal en donde se abrevan las caballerías constituye un peligro constante no solo para las caballerías sí que también para la salud de los vecinos en general /…/ La poca agua que existe ha entrado en descomposición despidiendo un hedor insoportable por cuyo motivo creía de indispensable necesidad limpiar la citada balsa y procurar que vuelva á llenarse con el agua que mana de la fuente del inmediato pueblo de Maldà /…/”
  • 30. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 30 ~ 3 Govern i Organització i del Municipi Segons l’article 38 de la Llei Municipal de 1877, la primera divisió del terme en Districtes Electorals es farà de conformitat a les següents regles: 1.ª L’Ajuntament acordarà la divisió i la farà pública en el Butlletí Oficial de la Província (BOP) i mitjançant els periòdics locals o per Edicte. 2.ª Els veïns i domiciliats del terme poden fer, dintre del mes següent comptant des de la data de publicació de l’Acord, les reclamacions que creguin oportunes. 3.ª Si no hi hagués cap reclamació, l’Acord serà executiu acabat el termini fixat; si n’hi hagués, l’Ajuntament les examinarà i remetrà informades, juntament amb la còpia certificada de l’Acord de divisió, a la Diputació provincial dintre dels quinze dies següents a l’acabament del termini. 4.ª La Diputació provincial, examinats els antecedents i reclamacions, resoldrà el que procedeixi quant als punts a que aquestes facin referència i comunicarà el seu Acord dintre d’un mes des que li van remetre l’expedient. El document següent mostra la divisió de Belianes en dos Districtes Electorals: /…/ Manifestó el Sr. Presidente que de conformidad á lo preceptuado por el artículo 34 de la vigente ley municipal, Real Decreto de 1890 y Circular de la Junta Central del Censo electoral de fecha cinco de Abril último, debía procederse á la división en Distritos electorales de este término municipal por constar el mismo de más de ochocientos residentes y menos de seis mil, cuya división ha de servir de base para las tres clases de elecciones que se verifican /…/ se acuerda dividir este término municipal en dos Distritos denominados el
  • 31. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 31 ~ primero de Casa de la Villa que comprenderá las calles siguientes: Abajo, Iglesia, Mayor, Nueva, Castellote, Medio y Balsa; y el segundo ó de la calle de Arbeca, que comprenderá las calles siguientes: Sitjá, Cruz, Calvario, Arbeca, Reus, Tejares y Mediodía; acordándose así mismo que se exponga al público la división de Distritos á fin de que los electores comprendidos en las listas respectivas puedan entablar las reclamaciones que estimen oportunas /…/” Document 6. Acta 01-05-1892 Document 16. Acta 07-05-1893: Convocatòria d’eleccions municipals /…/ Expuso el Sr. Presidente que de conformidad á lo preceptuado por la Ley del Sufragio Universal y conforme á lo dispuesto en el Real Decreto convocando á la elección de Concejales, debían designarse los locales en los cuales han de constituirse las mesas electorales para la próxima elección en cada uno de los distritos en que se halla dividido este término municipal y proceder hoy mismo á la proclamación de candidatos para las propuestas de interventor de las mesas electorales /…/ se acuerda designar el salón de sesiones del Ayuntamiento para constituirse la mesa electoral del primer distrito y la Casa número dos de la Calle del Calvario, perteneciente á D. Cayetano Puig para la del segundo distrito y que se haga público la designación de locales para que llegue á conocimiento de los electores de ambos distritos /…/” Document 18. Acta 21-06-1893: Faltes d’assistència a les Sessions Ordinàries /…/ Manifestó el Sr. Presidente que como se indicaba en las papeletas de convocatoria era conveniente poner coto á los abusos que se vienen cometiendo respecto á la falta de asistencia en las sesiones ordinarias entorpeciendo la marcha administrativa de la gestión municipal /…/ se acuerda que se cumpla estrictamente lo preceptuado por la Ley Municipal y que al Concejal que deje de asistir á tres sesiones ordinarias se ponga en conocimiento del Muy Ilustrísimo Sr. Gobernador Civil de la provincia para que pase el tanto de culpa á los tribunales ordinarios /…/” Document 20. Acta 05-09-1983: Nomenament de Regidors interins
  • 32. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 32 ~ /…/ Ordenó el Sr. Presidente que por el infrascrito Secretario se leyera el oficio del Muy Ilustrísimo Sr. Gobernador Civil de la provincia, fecha 29 del próximo pasado mes de Agosto en el que se nombra Concejales interinos para cubrir las cuatro vacantes existentes en este Ayuntamiento á los Sres. D. José Fontova Matas, D. Francisco Amorós Mata, D. José Amorós Torren y D. José Carbonell Prous, concejales que han sido en bienios anteriores /…/ manifestó el Sr. Fontova y Matas que le era preciso levantar el domicilio por cuyo motivo no podía entrar en posesión del cargo de Concejal para el que había sido nombrado. D. José Amorós Torren manifestó que no podía entrar en posesión del cargo de Concejal para el cual había sido nombrado, ya que los asuntos de familia le obligaban á levantar el domicilio. D. Francisco Amorós Mata manifestó que su estado de salud no le permite aceptar el cargo de Concejal para el que ha sido nombrado. D. José Carbonell Prous manifestó que su estado de salud no le permite aceptar el cargo /…/” Document 26. Acta 14-01-1894: Designació de les Seccions d’Hisenda, Foment i Sanitat /…/ Manifestó el Sr. Presidente que con arreglo á lo preceptuado en el artículo 60 de la Ley Municipal vigente debía procederse á la designación de las Secciones que ha de constar dividido el Ayuntamiento, acordándose que sean tres: Hacienda, Fomento y Sanidad /…/ se procedió acto continuo al nombramiento de las correspondientes secciones, resultando elegidos los Sres. siguientes: D. Ramón Massot Duch, D. José Guasch Trullols y D. Ramón Tristany Cabrol (Hacienda); D. Francisco Sendra Ariseta, D. Blas Batlle Serret y D. Miguel Marimon Canela (Fomento); D. Antonio Massot Duch y D. José Reixachs Torren (Sanidad). Acto seguido se pasó á la elección del individuo que ha de constituir parte de la Junta de Instrucción pública de este Distrito como vocal de la misma designándose al Concejal D. Francisco Sendra Ariseta /…/ Document 43. Acta 14-04-1895: Sorteig dels quatre regidors que han de ser substituïts
  • 33. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 33 ~ /…/ Expuso el Sr. Presidente que con arreglo á lo preceptuado en la Ley orgánica municipal vigente debía procederse al sorteo de los tres concejales que deben cesar en sus cargos en el próximo bienio del noventa y cinco al noventa y siete /…/ se procedió á verificar el sorteo introduciéndose los nombres de los ocho concejales elegidos en las últimas elecciones en la urna que estaba preparada al efecto /…/ resultaron ser los siguientes: Miguel Marimon y Canela, Antonio Massot y Duch, José Guasch y Trullols y Ramón Massot y Duch /…/” Document 44. Acta 28-04-1895: Constitució de les meses electorals /…/ Manifestó el Sr. Presidente que publicado el Decreto de Convocatoria para las Elecciones Municipales que han de tener lugar el día doce del próximo mes de Mayo /…/ se hacía preciso designar los locales que dentro del mismo Distrito, en los dos en que se halla dividido este término municipal, pueda constituirse la respectiva mesa y la persona ó Concejal que debe presidirla /…/ se designa para la constitución de la mesa del primer Distrito el salón de sesiones de la casa de la villa presidiéndola el Sr. Alcalde y para el segundo Distrito la casa número 2 de la Calle Calvario designándose para presidirla al primer Teniente de Alcalde D. Antonio Massot y Duch /…/” Document 47. Acta 07-07-1895: Designació de les Seccions de l’Ajuntament “/…/Acto seguido se procedió al nombramiento de las correspondientes Secciones resultando elegidos: Hacienda, D. Jaime Duch Tort, D. Tomás Escribá Plaza y D. Ramón Tristany Cabrol; Fomento, D. Francisco Sendra y Ariseta y D. Blas Batlle Serret y Sanidad, D. Lorenzo Armengol Segura y D. José Culleré Escribá /…/” Document 63. Acta 20-08-1896: Sorteig de la Junta Municipal d’Associats /…/ se debía proceder al sorteo de los individuos que han de formar la Junta Municipal de Asociados /…/ dando el siguiente resultado: Primera Sección = D. Jaime Calvís y Culleré; D. José Puig Cantó; D. Blas Batlle Serret.
  • 34. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 34 ~ Segunda Sección = D. Manuel Inglés Clavé; D. José Carbonell Prous; D. José Escribá Culleré. Tercera Sección = D. Francisco Piqué Gabarró; D. José Miró Juní; D. Francisco Vidal Huguet. Cuyo total de nueve asociados es el que corresponde al número de nueve Concejales /…/” Document 72. Acta 04-07-1897: Nomenament de les Seccions de l’Ajuntament /…/ Manifestó el Sr. Presidente que conforme á lo preceptuado por el artículo 60 de la ley orgánica municipal debía procederse al nombramiento de los individuos de la Corporación que han de formar las Comisiones de los diferentes ramos que abarca la administración municipal /…/ resultando elegidos los Sres. siguientes: Para la Comisión de Hacienda: D. Jaime Canela y Bosch, José Guasch Trullols; para la Comisión de Fomento: D. Jaime Duch Tort, D. Jaime Calvís Culleré y D. José Culleré y Escribá y para la administración local: D. Lorenzo Armengol, D. Jaime Fabregat y D. Tomás Escribá Plaza, designándose al Concejal D. Jaime Canela Bosch, como individuo vocal de la Junta de Instrucción Primaria /…/” Document 87. Acta 14-07-1898: Individus que han de formar la Junta d’Associats “En el pueblo de Belianes á catorce de Julio de mil ochocientos noventa y ocho /…/ extraídas de la urna las papeletas por el Sr. Presidente dio el resultado:  Primer Grupo: D. Luís Catalá Capell  Segundo Grupo: D. Francisco Sendra Ariseta  Tercer Grupo: D. Pedro Folguera Torrelles  Cuarto Grupo: D. Miguel Piñol Capdevila  Quinto Grupo: D. Francisco Teixiné Batlle
  • 35. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 35 ~  Sexto Grupo: D. Jaime Serret Bellart  Séptimo Grupo: D. José Folguera Sales  Octavo Grupo: D. Antonio Amorós Tristany  Noveno Grupo: D. Salvador Segura Serret /…/” Document 88. Acta 20-11-1898: Delegat per al Congrés Agrícola de Reus /…/ Manifestó así mismo el Sr. Presidente que por el Comité Ejecutivo del Congreso Agrícola de Reus que ha de reunirse en dicha ciudad en el mes de Mayo próximo se interesa el nombramiento de un Delegado de este Ayuntamiento para que represente á este distrito en el referido Congreso y enterados los Sres. Concejales de lo expuesto por la Presidencia, acuerdan designar á D. Cayetano Puig y Boladeres á fin de que mediante abono de los gastos que puedan ocurrir en la Comisión que se le confiere pase á la referida ciudad de Reus el día que se designe por el Comité Ejecutivo para representar á este municipio /…/” Document 95. Acta 02-07-1899: Designació de les Seccions de l’Ajuntament /…/ pasándose acto seguido á nombrar ó elegir los individuos que han de conformar la Comisión de Hacienda y quedando elegidos D. Francisco Sendra, D. José Puig y D. Jaime Canela; para la de Fomento D. Jaime Batlle Queralt, D. Jaime Calvís y D. Miguel Marimon; para la de Sanidad D. José Guasch Trullols, D. José Martinez Bosch y D. Manuel Claramunt /…/ Acto seguido manifestó que debía procederse al nombramiento de cargo de Depositario de los fondos y el Sr. Marimon indicó que tal vez podría designarse al vecino de este pueblo D. José Folguera Sales /…/ pasado á votación se designó al propuesto por el Sr. Marimon /…/” Document 100. Acta 08-09-1899: Junta Repartidora de l’ Impost de Consums /…/ Manifestó el Sr. Presidente que confeccionados el reparto de consumos y encabezamiento gremial de líquidos y alcoholes de este distrito
  • 36. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 36 ~ correspondientes al año económico de mil ochocientos noventa y ocho á mil ochocientos noventa y nueve /…/ y teniendo en cuenta que no hay que resolver reclamación alguna acuerdan aprobar los mencionados repartos y que se remitan al Sr. Administrador de Hacienda para su superior aprobación /…/” Document 102 Acta 22-10-1899: El Recaptador paga la fiança hipotecant finques pròpies “En el pueblo de Belianes á veinte y dos de Octubre de mil ochocientos noventa y nueve /…/ Manifestó el Sr. Presidente que acordado por el Ayuntamiento en sesión de veinte y siete de Agosto último el nombramiento del recaudador voluntario para el Impuesto de Consumos á favor de D. Ramón Massot y Duch y debiendo procederse á la recaudación de dicho impuesto se hacía preciso que el referido D. Ramón Massot presentase la fianza ya sea en metálico ya en fincas, suficiente á responder de las cantidades que recaude /…/ Y hallándose presente el referido D. Ramón Massot manifestó que para el cargo que se le ha conferido y á las resultas de las cantidades que en su día recaude hipotecaba y ponía de evicción todos sus bienes y que en caso de no ser suficientes sus bienes propios respondería en su caso ante el Ayuntamiento y con sus bienes propios D. Antonio Massot y Duch que también se hallaba presente /…/” L’Alcalde, Francesc Sendra i Ariseta El Secretari, Magí Trullols i Folguera 3.1 Revisió de Comptes Document 2. Acta 08-01-1892: Distracció de fons municipals /…/ Expuso el Sr. Presidente que visto el resultado de la liquidación últimamente practicada con el recaudador del Impuesto de Consumos y resultando que según el resultado de la misma existen dos recibos firmados por el ex Alcalde D. Cayetano Puig y Boladeres importantes en junto ochocientas
  • 37. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 37 ~ ochenta pesetas cincuenta y dos céntimos cuya cantidad no consta se haya ingresado en Caja á pesar del tiempo transcurrido, constituyendo este hecho una verdadera distracción de fondos municipales /…/ Document 3. Acta 11-01-1892: Comptes dels anys econòmics 1886-87, 87-88 i 88-89 /…/ resultando que el cargo de las correspondientes al año 1886 á 87 importa la suma de cinco mil quinientas ochenta y cinco pesetas (5.585 pesetas) y las de 1887-88 importa el cargo cinco mil cuarenta y seis pesetas 41 céntimos (5.046,41 pesetas) y la data cuatro mil ciento veinte y dos pesetas 56 céntimos (4.121,56 pesetas), resultando por consiguiente una diferencia de quinientas veinte y tres pesetas 85 céntimos (523,85 pesetas) cuya cantidad aparece como cargo en las cuentas del año 1888-89 cuyo total cargo de esta cuenta asciende á la suma de cuatro mil cuatrocientas cincuenta y ocho pesetas treinta y un céntimo (4.458,31 pesetas) y la data importa la cantidad de cuatro mil cuatrocientas cincuenta y seis pesetas (5.458,56 pesetas), resultando por consiguiente una diferencia de más de dos pesetas treinta y un céntimo /…/ el Ayuntamiento en su vista acuerda aprobarlas en todas sus partes previo reintegro por los cuentadantes de la cantidad de dos pesetas treinta y un céntimo que como sobrante aparece en la cuenta de 1888-89/…/” Document 11. Acta 07-08-1892: Estat financer de la Hisenda Municipal /…/ Que el cargo hecho al recaudador del Impuesto de Consumos de este pueblo desde el año económico de 1883-84 hasta la fecha importa la suma de ciento cuatro mil novecientas sesenta y una pesetas un céntimo (104.961,01 pesetas) y la Data según recibos presentados por el mismo recaudador importa la suma de noventa y un mil cuatrocientas noventa y nueve pesetas setenta y cinco céntimos (91.499,75 pesetas) de cuya cantidad deben deducirse ochocientas ochenta pesetas cincuenta y dos céntimos 880,52 pesetas) que aparecen entregadas al Sr. Alcalde D. Cayetano Puig sin que consten haber ingresado en arcas municipales y la cantidad de mil trescientas setenta y cuatro
  • 38. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 38 ~ pesetas (1.374 pesetas) que aparecen entregadas al Alcalde y Depositario D. José Calafell y D. Ramón Sauch y que tampoco aparecen ingresadas /…/ /…/ Que añadiendo a la cantidad datada la suma de doce mil ciento sesenta pesetas veinte y siete céntimos (12.160,27 pesetas) que importan los recibos pendientes de recaudación según las facturas presentadas por el recaudador y que han sido comprobadas resulta una Data total de ciento tres mil seiscientas sesenta pesetas dos céntimos (103.660,02 pesetas) resultando un alcance á favor del Ayuntamiento de mil trescientas ocho pesetas noventa y nueve céntimos (1.308,99 pesetas) /…/ y que con respecto al papel pendiente de recaudación se proceda á la formación del oportuno expediente para hacer efectivas las cantidades que aparezcan como cobrables declarando partidas fallidas las cuotas comprendidas en los libros de recaudación correspondientes á los años económicos de 1872-73 hasta el año 1879-80 ambos inclusive /…/ quedando en consecuencia un cargo en papel pendiente de cobro de la cantidad de once mil diez y ocho pesetas un céntimo 11.018,01 pesetas) cuyo cargo corresponde á los años 1880-81 hasta el año 1891-92 ambos inclusive /…/” Document 24: Acta 05-01-1894: Liquidació dels comptes de la Corporació anterior /…/ Que el cargo hecho al Recaudador del Impuesto de Consumos de este pueblo D. Jaime Besó desde el año económico de mil ochocientos setenta y dos á setenta y cuatro (1872-74) hasta la fecha (1894) asciende á ciento quince mil quinientas treinta y ocho pesetas seis céntimos (115.538,06 pesetas), y los datos según recibos que él mismo ha presentado ascienden á noventa y nueve mil sesenta y nueve pesetas noventa y seis céntimos (99.069, 06 pesetas) /…/ El papel pendiente de recaudación suma quince mil once pesetas y seis céntimos (15.011, 06 pesetas), deducidas las setecientas setenta y tres pesetas noventa y cinco céntimos que le falta percibir por el tres por ciento de premio de cobranza sobre la total cantidad recaudada por él mismo queda un
  • 39. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 39 ~ alcance á favor del Ayuntamiento de seiscientas ochenta y dos pesetas cuarenta y nueve céntimos (682,49 pesetas) /…/ Los recibos pendientes de recaudación comprendidos dentro de los años económicos 1872-73 hasta el año económico 1884-85 importantes en junto mil ochocientas setenta y siete pesetas noventa y dos céntimos (1877, 92 pesetas) quedarán bajas sobre la cantidad antedicha /…/ Document 48. Acta 21-07-1895: Intervenció d’Hisenda: Liquidació “En el pueblo de Belianes á veinte y uno de Julio de mil ochocientos noventa y cinco /…/ De orden del Sr. Presidente se dio cuenta de la Liquidación que la Intervención de Hacienda de esta provincia ha formulado á este Municipio /…/ se acuerda que se nombre una Comisión del seno del Ayuntamiento para que estudie detenidamente si es ó no conveniente acogerse á los beneficios que concede la Instrucción de 16 de Abril último dando como pago de la suma de siete mil cuatrocientas ochenta y cinco pesetas ochenta y nueve céntimos (7.485,89 pesetas) á que asciende la cantidad que se adeuda la lámina de bienes propios que posee este Ayuntamiento ó bien satisfacer la indicada suma, en quince años de plazo, que concede la tantas veces repetida Instrucción /…/” Document 54. Acta 17-12-1895: Examen de la Liquidació de Consums /…/ Manifestó el Sr. Presidente que la Sesión no tenía otro objeto, como ya se indicaba en las papeletas de convocatoria, que examinar detenidamente la Liquidación practicada con el recaudador de Consumos D. Jaime Besó y Jové, cuya factura presentada por este de los recibos pendientes de recaudación des de los años económicos de 1885-86 hasta el año 1893-94, cuya factura asciende á la suma de siete mil ochocientas veinte y cuatro pesetas cuatro céntimos (7.824,04 pesetas) y que según factura presentada también por el mismo recaudador D. Jaime Besó correspondiente al año económico de 1894- 95 la cantidad pendiente de recaudación del referido año asciende á la suma de seis mil cuatrocientas treinta y dos pesetas treinta y ocho céntimos (6.432,38 pesetas) cuyas facturas y recibos se hallaban sobre la mesa /…/
  • 40. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 40 ~ Seguidamente se pasó al examen de los libros de Contabilidad Municipal para cerciorarse de las cantidades ingresadas en Caja por el referido Besó desde el treinta de Junio del año actual hasta hoy día de la fecha, resultando que desde aquella fecha se han ingresado según los Libros de Caja á Intervención y según las Cartas de Pago presentadas por el recaudador la suma de seis mil ciento setenta y dos pesetas tres céntimos (6.172,03 pesetas) que deducidas de las veinte mil trescientas veinte y nueve pesetas diez y ocho céntimos (20.329,18 pesetas) que quedaron pendientes de recaudación en la Liquidación de que se ha hecho mérito, practicada en treinta de Junio último debería quedar pendiente de recaudación la suma de catorce mil doscientas cincuenta y seis pesetas cuarenta y dos céntimos (14.256,42 pesetas) /…/” Document 61. Acta 21-06-1896: Dèbit amb la Hisenda Pública /…/ Manifestó el Sr. Presidente que remitida á esta Corporación por la Delegación de Hacienda de esta provincia, la liquidación definitiva de débitos al Tesoro público anteriores al año económico de 1894-95, formada en vista de la Ley de Moratorias de 16 de Abril de 1895, tenía el gusto de someterla al examen de los Sres. Concejales /…/ y acuerdan en su vista la forma en que debe efectuarse el pago de las cantidades que resultan adeudarse /…/ se acuerda que aceptando la Ley de Moratorias el Ayuntamiento se compromete á satisfacer en los plazos que señala la referida Ley ya que la precaria situación en que se encuentra no solo la Corporación sí que también los contribuyentes obligados á satisfacer la cantidad de ocho mil setecientas noventa y tres pesetas treinta y cuatro céntimos (8.793,34 pesetas) á que asciende el total del débito con la Hacienda Pública /…/” Document 76. Acta 08-09-1897: Liquidació general de crèdits de la Corporació anterior /…/ para que la Corporación actual pueda cerciorarse del estado financiero de la Hacienda municipal, así como practicar la liquidación con el Recaudador del Impuesto de Consumos D. José Duch y Tort /…/ Que el cargo hecho por el Recaudador del Impuesto de Consumos des de el diez y siete de Diciembre del
  • 41. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 41 ~ año 1895 hasta la fecha asciende á la suma de treinta y un mil ciento cincuenta y tres pesetas, setenta y cinco céntimos (31.153,75 pesetas) por los conceptos que se detallan á continuación:  Por papel pendiente de cobro del año económico 1894- 95: 6.432,38 pesetas  Por el importe del Reparto Extraordinario de 1894- 95: 3.277,28 pesetas  Por el Reparto de Consumos del año económico 1895- 96: 10.569,05 pesetas  Por el Reparto de Consumos del año económico 1896- 97: 10.875,04 pesetas /…/ y como quiera que el papel pendiente de cobro que obra en poder del Agente Ejecutivo según factura presentada asciende únicamente á la suma de siete mil cuatrocientas trece pesetas ochenta y seis céntimos (7.413,86 pesetas) /…/ el papel pendiente de cobro de que se hace cargo el actual Ayuntamiento asciende en junto á la suma de veinte y cuatro mil quinientas sesenta y cuatro pesetas, cuatro céntimos (24.564,04 pesetas) /…/” Document 91. Acta 28-05-1899: Revisió dels Comptes Municipals:1892-93 a 1896-97 /…/ el Sr. Presidente manifestó que debía procederse al examen y definitiva fijación de las cuentas municipales correspondientes á los años económicos de 1892-93, 93-94, 94-95, 95-96 y 96-97, á cuyo objeto estaba sobre la mesa á fin de que pudiesen ser convenientemente examinadas /…/ acordándose por unanimidad aprobarlas y de conformidad con el dictamen del Regidor Síndico fijarlas tal como resulta, esto es, que el cargo de la cuenta de fondos de caudales formada por el Depositario de cada una de ellas asciende á la cantidad consignada á las mismas y la de presupuestos rendida por los respectivos Alcaldes á la suma que así mismo consta en las referidas cuentas /…/”
  • 42. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 42 ~ Document 101. Acta 11-10-1899: Revisió de Comptes des del 1895 fins al 1899 /…/ Manifestó el Sr. Presidente que conforme se indicaba en las papeletas de convocatoria, la sesión no tenía otro objeto que fijar la liquidación de cargo y data del Agente Ejecutivo por el Impuesto de Consumos de este Distrito D Vicente Agulló, de todas las cantidades que por papel pendiente de cobro se le ha hecho entrega desde el día de su nombramiento ó sea desde el diez y siete de Diciembre de 1895 hasta la fecha /…/ resultando el cargo, según la liquidación que se tiene á la vista, la suma de veinte y siete mil ciento setenta y cuatro pesetas y cuarenta y cuatro céntimos (27.174,44 pesetas) y la data por ingresos verificados hasta el veinte y seis de Mayo último la suma de quince mil setecientas diez y seis pesetas noventa y tres céntimos (15.716,93 pesetas) con más la cantidad de diez mil doscientas cuarenta y seis pesetas cuarenta y dos céntimos (10.246,42 pesetas), suman en junto un total de descargo de veinte y cinco mil deducidas cuatrocientas doce pesetas diez céntimos (412,10 pesetas) queda un alcance para el Ayuntamiento de la cantidad de setecientas noventa y nueve pesetas un céntimo (799,01 pesetas) /…/ se acuerda que se notifique este acuerdo al referido Agente poniéndole de manifiesto la liquidación que acaba de practicarse previniéndole que de no ingresarla en el plazo que queda señalado , el Ayuntamiento usará de su derecho (lo que le corresponde percibir por premio de cobranza) /…/” Document 105. Acta 14-01-1900: Embargament del paper pendent de pagament /…/ Manifestó el Sr. Presidente que ingresados en Arcas municipales las cantidades recaudadas en concepto de Consumos por el Delegado especial de Hacienda que procedió al embargo del papel pendiente de cobro por débitos de Consumos al Tesoro público, era indispensable ingresar dichas sumas distribuyéndose en las diferentes dependencias en que se halla en descubierto la Corporación Municipal /…/” 3.2 Pressupostos Municipals de 1892 a 1923 Document 4. Acta 11-04-1892: Pressupost de l’any econòmic 1892-93
  • 43. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 43 ~ /…/ y ascendiendo los ingresos á la suma de diez mil setecientos treinta y ocho pesetas cuarenta y seis céntimos 10.738,46 pesetas), distribuidos en capítulos y artículos /…/ se pasó á la parte relativa á los gastos que asciende á igual suma que los ingresos /…/ Document 14. Acta 15-04-1893: Aprovació del Pressupost de l’exercici 1893-94 /…/ ascendiendo los ingresos á la suma de doce mil novecientas cincuenta y nueve pesetas noventa y siete céntimos (12.959,97 pesetas) /…/ acordando que se remita á la superior aprobación del Muy Ilustrísimo Sr. Gobernador Civil de la provincia á los efectos del Artículo 150 de la Ley Municipal vigente /…/” Document 29. Acta 17-05-1894: Aprovació del Pressupost per a l’exercici 1894- 95 /…/ y ascendiendo los ingresos á la suma de diez mil seiscientas diez y nueve pesetas (10.619 pesetas) /…/” Document 45. Acta 23-05-1895: Aprovació del Pressupost de l’exercici 1895-96 /…/ ascendiendo los ingresos á la suma de diez mil setecientas cuarenta y tres pesetas con ochenta y cinco céntimos (10.743,85 pesetas) /…/” Document 59: Acta 01-05-1896: Aprovació definitiva del Pressupost 1896-97 /…/ y ascendiendo los ingresos á la suma de once mil doscientas cuarenta y tres pesetas setenta céntimos (11.243,70 pesetas) /…/” Document 62. Acta 24-07-1896: Devolució del Pressupost Municipal ordinari /…/ Manifestó el Sr. Presidente que por el Gobierno Civil de la provincia se había devuelto el presupuesto municipal ordinario de este distrito para el año económico 1896-97 á fin de que se incluyera en el mismo la cantidad de 874,37 pesetas, sexta parte de lo que se adeuda á los Profesores de primera enseñanza en concepto de débitos anteriores al año económico de 1895-96 /…/ ascendiendo en consecuencia los gastos del referido presupuesto á la
  • 44. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 44 ~ suma de doce mil doscientas treinta y cinco pesetas 38 céntimos (12.235,38 pesetas) /…/” Document 69. Acta 16-06-1897: Pressupost Municipal per a l’any econòmic 1897-98 /…/ Manifestó el Sr. Presidente que confeccionado el presupuesto municipal ordinario para el próximo año económico de 1897-98, por la Comisión correspondiente y aprobado por el Ayuntamiento en sesión de veinte y tres de Mayo último y que expuesto al público por espacio de quince días sin que contra el mismo se haya presentado reclamación alguna /…/ se procedió al examen, discusión y votación definitiva del presupuesto de ingresos que ascienden á la suma de doce mil diez pesetas treinta y ocho céntimos (12.010,38 pesetas) /…/” Document 77. Acta 12-09-1897: Devolució del Pressupost pel Govern Civil /…/ Manifestó el Sr. Presidente que por el Gobierno Civil de la provincia se había devuelto el Presupuesto Municipal Ordinario del corriente año económico para que se consignase en el mismo un aumento de 1.758,18 pesetas por las 15ª partes de moratorias que se adeuda por Consumos y otros conceptos á la Administración de Hacienda de esta provincia /…/” Document 84. Acta 15-05-1898: Pressupost Municipal Ordinari de 1898-99 /…/ Manifestó el Sr. Presidente que confeccionado el presupuesto municipal ordinario para el próximo año económico de 1898-99, por la Comisión correspondiente y aprobado por el Ayuntamiento /…/ ascendiendo los ingresos á la suma de catorce mil doscientas sesenta pesetas treinta y cinco céntimos (14.260,35 pesetas) /…/” Document 93. Acta 05-06-1899: Pressupost Municipal per a l’any econòmic 1899-1900 /…/ Manifestó el Sr. Presidente que confeccionado el presupuesto municipal ordinario para el próximo año económico de 1899-1900 /…/ ascendiendo los
  • 45. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 45 ~ ingresos á la suma de trece mil doscientas noventa y ocho pesetas veinte y tres céntimos (13.298,23 pesetas) /…/” 3.3 Arbitris Document 66. Acta 07-02-1897: Col·locació d’una bàscula per a pesar “Manifestó el Sr. Presidente que atendido el tráfico que se nota en esta población desde algunos años á esta fecha en la compra de uva para luego después exportar el vino que fabrican algunos compradores, creía muy útil y conveniente la colocación de una báscula para el peso ya que con ello se lograrían dos grandes beneficios: uno a favor de los vendedores ya que de tener una báscula para el peso economizarían mucho tiempo que ahora pierden aguardando el turno cuando, como sucede en la actualidad, se reúnen gran número de carruajes al peso de las romanas y por otra parte el Ayuntamiento tendría otro medio de aumentar los ingresos del presupuesto gravando un tanto por carga /…/” Document 73. Acta 25-07-1897: Sol·licitud per a la construcció de la bàscula /…/ Manifestó el Sr. Presidente que debiendo dar principio á los trabajos de instalación de la báscula para el peso público y debiendo esta instalarse en la calle del Sitjá y punto denominado Portal por ser el sitio más céntrico de la población y el lugar más ventajoso para las operaciones del peso y hallándose próximo á la carretera que atravesando la referida calle va desde Bellpuig al Tallat, era indispensable pedir autorización previa á la Excelentísima Diputación Provincial /…/” Document 83. Acta 01-05-1898: Arbitris de l’escorxador públic /…/ se acuerda nombrar inspector de carnes al veterinario D. José Prats y como representante del Ayuntamiento en el matadero á Lorenzo Sauch y Torrelles, facultándole para que cobre el importe de los derechos que se devenguen por el degüello de cada una de las reses /…/
  • 46. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 46 ~ “Acuerdan así mismo que los derechos que han de devengar cada una de las diferentes reses que se sacrifiquen sean los que se detallan en la siguiente escala:  Por cada cabeza de res vacuna, quince pesetas (15 pesetas)  Por cada cabeza de res de cerda, siete pesetas cincuenta céntimos (7,50 pesetas)  Por cada cabeza de ganado lanar o cabrío, dos pesetas con cincuenta céntimos (2,50 pesetas /…/” Document 96. Acta 03-08-1899: Aprovació de la Tarifa de l’Arbitri de pesos /…/ dijo el Sr. Presidente que tenía por objeto proceder á la aprobación de la Tarifa porque en el ejercicio actual de mil ochocientos noventa y nueve á mil novecientos se ha de efectuar la exacción del arbitrio de pesas, así como también el Pliego de Condiciones que habrá de regir en la subasta del expresado Arbitrio /…/ el cupo fijado como ingreso por este arbitrio en el Presupuesto es de trescientas cincuenta pesetas (350 pesetas, 1899-1900) /…/ 3.4 Recàrrecs Document 5. Acta 24-04-1892: Acord sobre el Recàrrec de les Contribucions /…/ y considerando que las múltiples atenciones que pesan sobre el municipio no permiten prescindir de los mencionados recargos utilizando el máximo que autorizan las leyes, se acuerda imponer sobre cada una todo el recargo posible ó sea el 50% sobre Cédulas y el 16% sobre las Contribuciones Industrial y Territorial /…/ Document 28. Acta 07-05-1894: Recàrrecs per a l’exercici 1894-95 /…/y trescientas veinte y ocho con cincuenta céntimos (328,50 pesetas) el de la Sal, que servirían de base y punto de partida en los acuerdos sucesivos teniendo en cuenta los recargos acordados establecer para cubrir las atenciones del Presupuesto Municipal /…/
  • 47. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 47 ~ Document 90. Acta 29-03-1899: Recàrrecs Municipals per a l’exercici 1899- 1900 /…/ debiendo añadirse á dichos cupos los Recargos Municipales autorizados según se expresan á continuación:  Por carnes vacunas y de cerda, mil quinientas veinte y seis pesetas y noventa y dos céntimos (1.526,92 pesetas)  Por líquidos, cuatro mil cuatrocientas treinta y seis pesetas treinta y cuatro céntimos (4.436, 34 pesetas)  Por granos y sus harinas, dos mil ciento nueve pesetas veinte y siete céntimos (2.109,27 pesetas)  Por pescados, ciento quince pesetas cuarenta céntimos (115,40 pesetas)  Por jabón, cuatrocientas cincuenta y seis pesetas ochenta y tres céntimos (456,83 pesetas)  Por carbón, cuatrocientas noventa pesetas veinte y tres céntimos (490,23 pesetas)  Por aguardientes, alcoholes y licores, seiscientas noventa pesetas veinte céntimos (690,20 pesetas) La suma de todos los anteriores Recargos da un total de nueve mil ochocientas veinte y cinco pesetas diecinueve céntimos /…/” 3.5 Arrendaments Document 13. Acta 19-02-1893: Adquisició de mesures del sistema mètric decimal /…/ Manifestó el Sr. Presidente que las diferentes quejas producidas por algunos vecinos respecto á la forma con que se miden algunos de los frutos que se recolectan y son objeto de venta hace preciso adoptar medidas que
  • 48. Municipi i construcció de l’Estat espanyol de la Restauració Volum II : Actes de l’Ajuntament d e Belianes de 1891 a 1923 ~ 48 ~ tiendan á cortar de raíz algunos abusos que se vienen cometiendo en el uso de les medidas actuales /…/ sería muy conveniente que la Corporación adquiriera una medida del sistema métrico decimal que podría ser el doble decalitro como unidad más usual /…/ Document 19. Acta 02-07-1893: Arrendaments de la cisterna i subministrament de llet /…/ Manifestó el Sr. Presidente que terminado el plazo de los arriendos del aljibe ó cisterna de la Casa de la Villa así como el arriendo del suministro de leche de cabra al vecindario procedía á su parecer que se verificase nuevos arriendos por ambos conceptos /…/ se acuerda en la forma propuesta y señalan el día ocho del actual para que se verifique las subastas /…/ Document 30. Acta 10-06-1894: Assaig d’Arrendament á Venda Exclusiva de les espècies de carns i líquids al detall – menys de sis quilograms o litres – /…/ Manifestó el Sr. Presidente que visto el expediente de adopción de medios para hacer efectivos los Cupos de Consumos, Cereales y Sal del próximo año económico, del cual resulta no poderse verificar dichos Encabezamientos Gremiales: Arriendo á Venta Libre ni Administración Municipal, y considerando que en este caso procede, según la Ley de Presupuestos Generales del Estado, el ensayo del Arriendo á Venta Exclusiva de las especies de carnes y líquidos al por menor ó sea de menos de seis kilogramos ó litros, la Corporación acordará en su vista lo procedente al caso /…/ á reserva del oportuno pliego de condiciones que formalice al efecto la Comisión encargada de la instrucción del expediente, señalándose los precios máximos que podrá percibir el arrendatario que resulte en primera ó segunda subasta fijándose aquellos en conformidad á lo que determina el precitado reglamento tanto en concepto de carnes como en concepto de líquidos en sus diferentes clases y especies /…/” Document 53. Acta 15-12-1895: Arrendaments de forns