2. DERECHO – SOCIEDAD – SER HUMANO El Ser Humano, desde que nace hasta que muere, considerado en forma individual (persona natural) o en forma colectiva (persona jurídica) es SUJETO. Universo y todo cuanto en el existe es OBJETO. Ni los objetos pueden ser sin el ser humano, ni éste puede ser sin los objetos. Entonces, con la palabra DERECHO, nos referimos tanto a las reglas de conducta (ley, ordenanza, precedente judicial,costumbre, etc.) cuya observancia es impuesta a la colectividad de personas (norma agendi), como a las facultades o prerrogativas (derecho a la vida, a la integridad física, o la libertad, a la propiedad, etc.) reconocidas por tales reglas a los individuos (facultas agendi).
3. Por lo que: DERECHO OBJETIVO, son las reglas de conducta (ley, ordenanza, precedente judicial, costumbre, etc., cuya observancia es impuesta a la colectividad de personas (norma agendi). DERECHO SUBJETIVO , son las facultades o prerrogativas (derecho a la vida, a la integridad física, o la libertad, a la propiedad, etc.) reconocidas por tales reglas a los individuos (facultades agendi). EL DERECHO, es el conjunto de reglas de conducta o normas (ordenamiento jurídico); pero en el no se agota la experiencia normativa, que es más extensa, porque la vida de una colectividad humana está disciplinada por diversas reglas, que pueden denominarse NORMAS SOCIALES o NORMAS DE CONDUCTA, de las cuales sólo una parte está constituida por normas jurídicas.
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6. El ser humano, de la barbarie primitiva, ha ido adquiriendo gradualmente conciencia de las ventajas de la convivencia ordenada en una sociedad civil, en la cual la tutela de los intereses depende de las valorizaciones hechas por la conciencia social , pues de ésta se deriva la disciplina del comportamiento de los asociados en la vida de relación.
7. La VIDA DE RELACIÓN, genera permanentes conflictos entre los asociados, conflictos que pueden resolverse mediante el acuerdo de los intereses, pero que están destinados a desembocar violencia cuando no se logre tal acuerdo