3. El derecho proporciona a la economía un marco de
referencia, le impone límites y lo vincula con los
problemas sociales.
El derecho y la economía no deben considerarse por
separado, porque cada uno contempla un aspecto
de la actividad del ser humano y los dos son
expresión perfecta de las fuerzas que conforman el
orden social.
4. Derecho económico, economía y las áreas de su
problema.
En el presente siglo ha sido más evidente la
interacción entre el derecho y la economía,
debido a una serie de fenómenos que la han
proporcionado y que se muestra en los temas
siguientes:
Presencia de los monopolios.
Transnacionalización de las relaciones sociales.
Cambio de la función del Estado como agente
económico activo en competencia con los
particulares.
Presencia del Estado como sujeto pasivo en la
legislación (convertido en prestador de
servicios).
5. ¿Dónde se encuentra el lenguaje común entre el derecho
y la economía?
° En el análisis económico aplicado al derecho:
+ Economía y derecho
+ Derecho de la economía
+ Economía del derecho
+ Economía jurídica
6. 2° En el derecho económico:
+ Derecho económico y social
+ Derecho social económico
+ Derecho económico internacional
+ Derecho público económico, entre otras.
7. Diferencias:
Derecho económico: es la aplicación.
Es una rama del derecho integrada por categorías jurídicas
(elementos formales)y económicas (elemento material).
Derecho de la economía: es la construcción.
Es una nueva disciplina que estudia y sistematiza las normas
jurídicas por las cuales el poder publico actúa en la economía.
Análisis económico del derecho: es el desglose del objeto.
Es el estudio de las Normas a la luz de la eficiencia mercantil
situando al hombre como sujeto que actúa como bajo
racionalidad individual.
Es un análisis de conductas humanas, no es un análisis de
leyes.