SlideShare uma empresa Scribd logo
1 de 18
TUTELAS Y CURATELAS
Las personas incapaces en general, requieren de una persona
que vele por sus intereses y los represente, función que
corresponde al padre respecto del hijo de familia, pero si no
se está sujeto a patria potestad o su incapacidad es otra, se
requiere designar una persona para que cumpla dicha función.
TUTELAS Y CURATELAS
El artículo 338 las define como: “cargos impuestos a
ciertas personas a favor de aquellos que no pueden dirigirse
a sí mismos o administrar competentemente sus negocios, y
que no se hallan bajo potestad de padre o madre, que pueda
darles la protección debida”.
Diferencias entre Tutelas
y Cúratelas:
1. La tutela se da a impúberes, la curatela a púberes y otros
incapaces -artículo 341-.
2. El tutor vela por la persona y los bienes del pupilo, el
curador generalmente por los bienes -artículo 428-.
3. El tutor siempre actúa representando al pupilo, el
curador puede autorizar a su pupilo a actuar.
Diferencias entre Tutelas
y Cúratelas:
4. Sólo existe una tutela, la del impúber. En cambio hay
distintas clases de cúratelas.
5. El menor adulto propone a la persona del curador, el
pupilo no decide sobre el tutor.
Caracteres Comunes a
Tutores y Curadores.
•Son cargos obligatorios -Artículo 338-. La no aceptación
trae una sanción -artículo 971, Inc.1º-.
•Se otorgan en favor de personas que no se hallan bajo
potestad de padre o madre artículos 338, 348-, lo que no
rige cuando se suspende la patria potestad.
•Ambos tienen la administración de los bienes y la
representación legal del pupilo.
•Un mismo pupilo puede tener uno o más guardadores
-artículo 347-.
Caracteres Comunes a
Tutores y Curadores.
•Generalmente no se da curador a quien ya está sometida a
guarda, salvo que los negocios del pupilo sean
excesivamente complicados -artículo 351-.
•Generalmente el pupilo es una sola persona, pero pueden
ser más si existe indivisión de patrimonios -artículo 347-.
•Los guardadores generalmente son personas naturales,
excepcionalmente pueden ser los bancos, pero
sólo respecto de los bienes del pupilo -DFL 252, artículo 48
nº 4.
Clases de Curadurías:
•Adjuntos: Aquellas que se dan a personas que están bajo
potestad de padre o madre, o bajo tutela o curaduría
general, para que se ejerza una administración separada
-artículo 344-.
Los principales casos de curadurías adjuntas se indican en
forma textual en los artículos 251, 252, 248, 247, 351.
Clases de Curadurías:
•Especial: La que se designa para un negocio particular, y se
da en los siguientes casos:
El que necesita la mujer menor de edad para pedir la
separación de bienes (154).
El que se designa al menor de edad, que carece de
representante legal, para aceptar la adopción (Ley 7.613,
artículo 6º).
el que se da a la mujer bajo patria potestad o guarda del
padre o madre viudo que desean contraer nuevas nupcias
(124) -Artículo 345-.
Clasificación de las
tutelas y cúratelas
atendiendo a su origen
•Testamentarias
•Legítimas
•Dativas
Tutela testamentaria.
Concepto:
Es aquella que se confiere por testamento por las personas
autorizadas por la ley.
Tipos de tutela testamentaria.
Tutela de una persona
En una tutela de una persona, el tutor tiene las mismas
responsabilidades por el cuidado del menor que lo que
tendría su padre. Esto quiere decir que el tutor tiene la
custodia legal y física plena del menor y puede tomar todas
las decisiones sobre el cuidado físico del menor que tomaba
el padre. Un tutor puede ser cualquiera: parientes, amigos
de la familia u otras personas adecuadas para criar al
menor pueden pedir ser tutores legales.
Tipos de tutela testamentaria.
El tutor es responsable por el cuidado pleno del menor,
como por ejemplo por su:
•Comida, vestimenta y albergue.
•Seguridad y protección.
•Crecimiento físico y emocional.
•Atención médica y dental.
•Educación y cualquier necesidad especial.
El tutor también es responsable por la supervisión del
menor y puede tener responsabilidad por cualquier daño
intencional causado por el menor.
Tipos de tutela testamentaria.
A veces hace falta un tutor de una persona cuando los padres no
pueden criar a un menor.
Quizás 1 o ambos padres:
•Tengan una enfermedad severa física o mental.
•Estén enlistados en las Fuerzas Armadas y tengan que ir al
extranjero.
•Tengan que asistir a un programa de rehabilitación por un tiempo.
•Tengan que ir a la cárcel por un tiempo.
•Tengan un problema de alcoholismo o drogadicción.
•Tengan antecedentes de maltrato.
La corte considerará el mejor interés del niño para asegurar que
se lo críe en un ambiente seguro, estable y acogedor.
Tipos de tutela testamentaria.
Tutela del patrimonio
Una tutela del patrimonio se establece para administrar los
ingresos, el dinero u otros bienes de un menor hasta que
cumpla 18 años de edad. Un menor puede necesitar una
tutela del patrimonio si hereda dinero o bienes. En la
mayoría de los casos, la corte nombrará como tutor del
patrimonio de un menor al padre sobreviviente.
En algunos casos la misma persona puede ser tutor de una
persona y tutor del patrimonio. En otros casos, la corte
nombrará a 2 personas distintas.
Tipos de tutela testamentaria.
El tutor del patrimonio tiene que:
Administrar el dinero del menor; realizar inversiones
inteligentemente; y administrar con cuidado los bienes del
menor.
Una tutela del patrimonio se crea para administrar los
bienes de un menor.
Es necesaria cuando:
El menor tiene o recibe bienes valiosos, como por ejemplo si
hereda una casa o gran cantidad de dinero.
Tipos de tutela testamentaria.
No hace falta establecer una tutela del patrimonio
cuando:
El menor sólo tiene juguetes y ropa que no cuestan mucho,
el menor recibe beneficios del Seguro Social (ingresos de
bienestar social).
Prohibiciones al Tutor.
El tutor no puede:
• Donar o renunciar cosas o derechos del tutelado.
• Cobrar los créditos que le correspondan sin previa
autorización del Tribunal.
• Comprar los bienes del tutelado.
Fin de la Tutela.
La tutela concluye:
• Cuando el menor de edad alcance los 18 años de edad.
• Cuando el menor de edad se emancipe legalmente.
• Cuando el tutelado sea adoptado.
• Cuando cese la causa que motivó la tutela.
• También por que el tutor sea removido por el Tribunal
por no cumplir bien con los deberes del cargo.

Mais conteúdo relacionado

Mais procurados

DERECHO DE SUCESIONES PARTE I
DERECHO DE SUCESIONES PARTE IDERECHO DE SUCESIONES PARTE I
DERECHO DE SUCESIONES PARTE ICARLOS ANGELES
 
Legislación de la capacidad e incapacidad
Legislación de la capacidad e incapacidadLegislación de la capacidad e incapacidad
Legislación de la capacidad e incapacidadchavez93santi
 
Derecho internacional privado
Derecho internacional privadoDerecho internacional privado
Derecho internacional privadoLuis Vergel
 
Diapositivas sistemas-juridicos
Diapositivas sistemas-juridicosDiapositivas sistemas-juridicos
Diapositivas sistemas-juridicosMayte Hernandez
 
Tutela y curatela
Tutela y curatelaTutela y curatela
Tutela y curatelakkriss_kar
 
Exposicion iii-alimentos-derecho-de-familia
Exposicion iii-alimentos-derecho-de-familiaExposicion iii-alimentos-derecho-de-familia
Exposicion iii-alimentos-derecho-de-familiaMaría Elena Avalos
 
TEORÍAS JURÍDICAS DEL ESTADO
TEORÍAS JURÍDICAS DEL ESTADOTEORÍAS JURÍDICAS DEL ESTADO
TEORÍAS JURÍDICAS DEL ESTADOYazmín Byz
 
Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 1
Derecho de obligaciones.  diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 1Derecho de obligaciones.  diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 1
Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 1edgardoquispe
 
Clasificacion de los derechos subjetivos copia
Clasificacion de los derechos subjetivos   copiaClasificacion de los derechos subjetivos   copia
Clasificacion de los derechos subjetivos copiaKeily Caman
 
Imputacion objetiva derecho penal
Imputacion objetiva   derecho penalImputacion objetiva   derecho penal
Imputacion objetiva derecho penalantonio alayo luis
 
Derechos reales y personales
Derechos reales y personalesDerechos reales y personales
Derechos reales y personalesfidelbarragan
 
DERECHO ROMANO
DERECHO ROMANO DERECHO ROMANO
DERECHO ROMANO reimy2
 

Mais procurados (20)

DERECHO DE SUCESIONES PARTE I
DERECHO DE SUCESIONES PARTE IDERECHO DE SUCESIONES PARTE I
DERECHO DE SUCESIONES PARTE I
 
Legislación de la capacidad e incapacidad
Legislación de la capacidad e incapacidadLegislación de la capacidad e incapacidad
Legislación de la capacidad e incapacidad
 
Derecho internacional privado
Derecho internacional privadoDerecho internacional privado
Derecho internacional privado
 
Diapositivas sistemas-juridicos
Diapositivas sistemas-juridicosDiapositivas sistemas-juridicos
Diapositivas sistemas-juridicos
 
Tutela y curatela
Tutela y curatelaTutela y curatela
Tutela y curatela
 
Acto juridico
Acto juridicoActo juridico
Acto juridico
 
Exposicion iii-alimentos-derecho-de-familia
Exposicion iii-alimentos-derecho-de-familiaExposicion iii-alimentos-derecho-de-familia
Exposicion iii-alimentos-derecho-de-familia
 
TEORÍAS JURÍDICAS DEL ESTADO
TEORÍAS JURÍDICAS DEL ESTADOTEORÍAS JURÍDICAS DEL ESTADO
TEORÍAS JURÍDICAS DEL ESTADO
 
Sistema jurídico romano germánico
Sistema jurídico romano germánicoSistema jurídico romano germánico
Sistema jurídico romano germánico
 
Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 1
Derecho de obligaciones.  diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 1Derecho de obligaciones.  diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 1
Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 1
 
Los bienes
Los bienesLos bienes
Los bienes
 
Clase sobre Derecho de Alimentos
Clase sobre Derecho de AlimentosClase sobre Derecho de Alimentos
Clase sobre Derecho de Alimentos
 
¿Ciencia jurídica?
¿Ciencia jurídica?¿Ciencia jurídica?
¿Ciencia jurídica?
 
Derecho civil
Derecho civilDerecho civil
Derecho civil
 
Acto juridico
Acto juridicoActo juridico
Acto juridico
 
Modos de adquirir la propiedad
Modos de adquirir la propiedadModos de adquirir la propiedad
Modos de adquirir la propiedad
 
Clasificacion de los derechos subjetivos copia
Clasificacion de los derechos subjetivos   copiaClasificacion de los derechos subjetivos   copia
Clasificacion de los derechos subjetivos copia
 
Imputacion objetiva derecho penal
Imputacion objetiva   derecho penalImputacion objetiva   derecho penal
Imputacion objetiva derecho penal
 
Derechos reales y personales
Derechos reales y personalesDerechos reales y personales
Derechos reales y personales
 
DERECHO ROMANO
DERECHO ROMANO DERECHO ROMANO
DERECHO ROMANO
 

Destaque (10)

Exposicion tutela
Exposicion tutelaExposicion tutela
Exposicion tutela
 
Tipos de índices
Tipos de índicesTipos de índices
Tipos de índices
 
INDICES EN SQL SERVER
INDICES EN SQL SERVERINDICES EN SQL SERVER
INDICES EN SQL SERVER
 
Slideshare derecho romano
Slideshare derecho romanoSlideshare derecho romano
Slideshare derecho romano
 
Capítulo 1 persona humana - clase 4
Capítulo 1   persona humana - clase 4Capítulo 1   persona humana - clase 4
Capítulo 1 persona humana - clase 4
 
Tutela Y su clasificación.
Tutela Y su clasificación.Tutela Y su clasificación.
Tutela Y su clasificación.
 
Derecho de Familia
Derecho de Familia Derecho de Familia
Derecho de Familia
 
La tutela
La tutelaLa tutela
La tutela
 
Tutela
TutelaTutela
Tutela
 
Familia, Matrimonio, Divorcio, Patria Potestad, Tutela, Curatela
Familia, Matrimonio, Divorcio, Patria Potestad, Tutela, CuratelaFamilia, Matrimonio, Divorcio, Patria Potestad, Tutela, Curatela
Familia, Matrimonio, Divorcio, Patria Potestad, Tutela, Curatela
 

Semelhante a Diapositivas tutela y curatela

Semelhante a Diapositivas tutela y curatela (20)

Tutela
TutelaTutela
Tutela
 
exposicion para hoy.pptx
exposicion para hoy.pptxexposicion para hoy.pptx
exposicion para hoy.pptx
 
LA PATRIA POTESTAD, TUTELA Y CURATELA CÍVICA 4TO NOLASCO.docx
LA PATRIA POTESTAD, TUTELA Y CURATELA CÍVICA  4TO NOLASCO.docxLA PATRIA POTESTAD, TUTELA Y CURATELA CÍVICA  4TO NOLASCO.docx
LA PATRIA POTESTAD, TUTELA Y CURATELA CÍVICA 4TO NOLASCO.docx
 
la tutela
la tutelala tutela
la tutela
 
DIFERENCIAS ENTRE TUTOR, CURADOR Y ALBACEA.docx
DIFERENCIAS ENTRE TUTOR, CURADOR Y ALBACEA.docxDIFERENCIAS ENTRE TUTOR, CURADOR Y ALBACEA.docx
DIFERENCIAS ENTRE TUTOR, CURADOR Y ALBACEA.docx
 
Presentación semana 4.ppt
Presentación semana 4.pptPresentación semana 4.ppt
Presentación semana 4.ppt
 
La familia en_derecho_civil[1]
La familia en_derecho_civil[1]La familia en_derecho_civil[1]
La familia en_derecho_civil[1]
 
Protegiendo a los menores
Protegiendo a los menoresProtegiendo a los menores
Protegiendo a los menores
 
Guardia y custodia
Guardia y custodiaGuardia y custodia
Guardia y custodia
 
Tutela originañ (2)
Tutela originañ (2)Tutela originañ (2)
Tutela originañ (2)
 
Tutelas
TutelasTutelas
Tutelas
 
La tutela
La tutelaLa tutela
La tutela
 
La capacidad.
La capacidad.La capacidad.
La capacidad.
 
univerisdad fermin toro
univerisdad fermin toro univerisdad fermin toro
univerisdad fermin toro
 
La minoridad Y sus Generalidades
La minoridad Y sus GeneralidadesLa minoridad Y sus Generalidades
La minoridad Y sus Generalidades
 
2 evolucion legal en chile
2 evolucion legal en chile2 evolucion legal en chile
2 evolucion legal en chile
 
La tutela.pptx
La tutela.pptxLa tutela.pptx
La tutela.pptx
 
La tutela en el Derecho Romano
La tutela en el Derecho RomanoLa tutela en el Derecho Romano
La tutela en el Derecho Romano
 
Noticia juridica
Noticia juridicaNoticia juridica
Noticia juridica
 
Información derechos de familia
Información derechos de familiaInformación derechos de familia
Información derechos de familia
 

Último

6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primariaWilian24
 
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptxRigoTito
 
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...Katherine Concepcion Gonzalez
 
FUERZA Y MOVIMIENTO ciencias cuarto basico.ppt
FUERZA Y MOVIMIENTO ciencias cuarto basico.pptFUERZA Y MOVIMIENTO ciencias cuarto basico.ppt
FUERZA Y MOVIMIENTO ciencias cuarto basico.pptNancyMoreiraMora1
 
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESOPrueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESOluismii249
 
La Sostenibilidad Corporativa. Administración Ambiental
La Sostenibilidad Corporativa. Administración AmbientalLa Sostenibilidad Corporativa. Administración Ambiental
La Sostenibilidad Corporativa. Administración AmbientalJonathanCovena1
 
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURAFORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURAEl Fortí
 
TIENDAS MASS MINIMARKET ESTUDIO DE MERCADO
TIENDAS MASS MINIMARKET ESTUDIO DE MERCADOTIENDAS MASS MINIMARKET ESTUDIO DE MERCADO
TIENDAS MASS MINIMARKET ESTUDIO DE MERCADOPsicoterapia Holística
 
Abril 2024 - Maestra Jardinera Ediba.pdf
Abril 2024 -  Maestra Jardinera Ediba.pdfAbril 2024 -  Maestra Jardinera Ediba.pdf
Abril 2024 - Maestra Jardinera Ediba.pdfValeriaCorrea29
 
CONCURSO NACIONAL JOSE MARIA ARGUEDAS.pptx
CONCURSO NACIONAL JOSE MARIA ARGUEDAS.pptxCONCURSO NACIONAL JOSE MARIA ARGUEDAS.pptx
CONCURSO NACIONAL JOSE MARIA ARGUEDAS.pptxroberthirigoinvasque
 
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICABIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICAÁngel Encinas
 
SESION DE PERSONAL SOCIAL. La convivencia en familia 22-04-24 -.doc
SESION DE PERSONAL SOCIAL.  La convivencia en familia 22-04-24  -.docSESION DE PERSONAL SOCIAL.  La convivencia en familia 22-04-24  -.doc
SESION DE PERSONAL SOCIAL. La convivencia en familia 22-04-24 -.docRodneyFrankCUADROSMI
 
EL HABITO DEL AHORRO en tu idea emprendedora22-04-24.pptx
EL HABITO DEL AHORRO en tu idea emprendedora22-04-24.pptxEL HABITO DEL AHORRO en tu idea emprendedora22-04-24.pptx
EL HABITO DEL AHORRO en tu idea emprendedora22-04-24.pptxsisimosolorzano
 
Análisis de los Factores Externos de la Organización.
Análisis de los Factores Externos de la Organización.Análisis de los Factores Externos de la Organización.
Análisis de los Factores Externos de la Organización.JonathanCovena1
 
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR MERC 2024-2.docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR MERC 2024-2.docxPLAN DE REFUERZO ESCOLAR MERC 2024-2.docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR MERC 2024-2.docxiemerc2024
 
Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024
Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024
Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024Juan Martín Martín
 

Último (20)

6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
 
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
 
Supuestos_prácticos_funciones.docx
Supuestos_prácticos_funciones.docxSupuestos_prácticos_funciones.docx
Supuestos_prácticos_funciones.docx
 
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
 
FUERZA Y MOVIMIENTO ciencias cuarto basico.ppt
FUERZA Y MOVIMIENTO ciencias cuarto basico.pptFUERZA Y MOVIMIENTO ciencias cuarto basico.ppt
FUERZA Y MOVIMIENTO ciencias cuarto basico.ppt
 
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESOPrueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESO
 
La Sostenibilidad Corporativa. Administración Ambiental
La Sostenibilidad Corporativa. Administración AmbientalLa Sostenibilidad Corporativa. Administración Ambiental
La Sostenibilidad Corporativa. Administración Ambiental
 
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURAFORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
 
TIENDAS MASS MINIMARKET ESTUDIO DE MERCADO
TIENDAS MASS MINIMARKET ESTUDIO DE MERCADOTIENDAS MASS MINIMARKET ESTUDIO DE MERCADO
TIENDAS MASS MINIMARKET ESTUDIO DE MERCADO
 
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptxPower Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
 
Abril 2024 - Maestra Jardinera Ediba.pdf
Abril 2024 -  Maestra Jardinera Ediba.pdfAbril 2024 -  Maestra Jardinera Ediba.pdf
Abril 2024 - Maestra Jardinera Ediba.pdf
 
CONCURSO NACIONAL JOSE MARIA ARGUEDAS.pptx
CONCURSO NACIONAL JOSE MARIA ARGUEDAS.pptxCONCURSO NACIONAL JOSE MARIA ARGUEDAS.pptx
CONCURSO NACIONAL JOSE MARIA ARGUEDAS.pptx
 
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICABIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
 
Interpretación de cortes geológicos 2024
Interpretación de cortes geológicos 2024Interpretación de cortes geológicos 2024
Interpretación de cortes geológicos 2024
 
Tema 11. Dinámica de la hidrosfera 2024
Tema 11.  Dinámica de la hidrosfera 2024Tema 11.  Dinámica de la hidrosfera 2024
Tema 11. Dinámica de la hidrosfera 2024
 
SESION DE PERSONAL SOCIAL. La convivencia en familia 22-04-24 -.doc
SESION DE PERSONAL SOCIAL.  La convivencia en familia 22-04-24  -.docSESION DE PERSONAL SOCIAL.  La convivencia en familia 22-04-24  -.doc
SESION DE PERSONAL SOCIAL. La convivencia en familia 22-04-24 -.doc
 
EL HABITO DEL AHORRO en tu idea emprendedora22-04-24.pptx
EL HABITO DEL AHORRO en tu idea emprendedora22-04-24.pptxEL HABITO DEL AHORRO en tu idea emprendedora22-04-24.pptx
EL HABITO DEL AHORRO en tu idea emprendedora22-04-24.pptx
 
Análisis de los Factores Externos de la Organización.
Análisis de los Factores Externos de la Organización.Análisis de los Factores Externos de la Organización.
Análisis de los Factores Externos de la Organización.
 
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR MERC 2024-2.docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR MERC 2024-2.docxPLAN DE REFUERZO ESCOLAR MERC 2024-2.docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR MERC 2024-2.docx
 
Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024
Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024
Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024
 

Diapositivas tutela y curatela

  • 1. TUTELAS Y CURATELAS Las personas incapaces en general, requieren de una persona que vele por sus intereses y los represente, función que corresponde al padre respecto del hijo de familia, pero si no se está sujeto a patria potestad o su incapacidad es otra, se requiere designar una persona para que cumpla dicha función.
  • 2. TUTELAS Y CURATELAS El artículo 338 las define como: “cargos impuestos a ciertas personas a favor de aquellos que no pueden dirigirse a sí mismos o administrar competentemente sus negocios, y que no se hallan bajo potestad de padre o madre, que pueda darles la protección debida”.
  • 3. Diferencias entre Tutelas y Cúratelas: 1. La tutela se da a impúberes, la curatela a púberes y otros incapaces -artículo 341-. 2. El tutor vela por la persona y los bienes del pupilo, el curador generalmente por los bienes -artículo 428-. 3. El tutor siempre actúa representando al pupilo, el curador puede autorizar a su pupilo a actuar.
  • 4. Diferencias entre Tutelas y Cúratelas: 4. Sólo existe una tutela, la del impúber. En cambio hay distintas clases de cúratelas. 5. El menor adulto propone a la persona del curador, el pupilo no decide sobre el tutor.
  • 5. Caracteres Comunes a Tutores y Curadores. •Son cargos obligatorios -Artículo 338-. La no aceptación trae una sanción -artículo 971, Inc.1º-. •Se otorgan en favor de personas que no se hallan bajo potestad de padre o madre artículos 338, 348-, lo que no rige cuando se suspende la patria potestad. •Ambos tienen la administración de los bienes y la representación legal del pupilo. •Un mismo pupilo puede tener uno o más guardadores -artículo 347-.
  • 6. Caracteres Comunes a Tutores y Curadores. •Generalmente no se da curador a quien ya está sometida a guarda, salvo que los negocios del pupilo sean excesivamente complicados -artículo 351-. •Generalmente el pupilo es una sola persona, pero pueden ser más si existe indivisión de patrimonios -artículo 347-. •Los guardadores generalmente son personas naturales, excepcionalmente pueden ser los bancos, pero sólo respecto de los bienes del pupilo -DFL 252, artículo 48 nº 4.
  • 7. Clases de Curadurías: •Adjuntos: Aquellas que se dan a personas que están bajo potestad de padre o madre, o bajo tutela o curaduría general, para que se ejerza una administración separada -artículo 344-. Los principales casos de curadurías adjuntas se indican en forma textual en los artículos 251, 252, 248, 247, 351.
  • 8. Clases de Curadurías: •Especial: La que se designa para un negocio particular, y se da en los siguientes casos: El que necesita la mujer menor de edad para pedir la separación de bienes (154). El que se designa al menor de edad, que carece de representante legal, para aceptar la adopción (Ley 7.613, artículo 6º). el que se da a la mujer bajo patria potestad o guarda del padre o madre viudo que desean contraer nuevas nupcias (124) -Artículo 345-.
  • 9. Clasificación de las tutelas y cúratelas atendiendo a su origen •Testamentarias •Legítimas •Dativas
  • 10. Tutela testamentaria. Concepto: Es aquella que se confiere por testamento por las personas autorizadas por la ley.
  • 11. Tipos de tutela testamentaria. Tutela de una persona En una tutela de una persona, el tutor tiene las mismas responsabilidades por el cuidado del menor que lo que tendría su padre. Esto quiere decir que el tutor tiene la custodia legal y física plena del menor y puede tomar todas las decisiones sobre el cuidado físico del menor que tomaba el padre. Un tutor puede ser cualquiera: parientes, amigos de la familia u otras personas adecuadas para criar al menor pueden pedir ser tutores legales.
  • 12. Tipos de tutela testamentaria. El tutor es responsable por el cuidado pleno del menor, como por ejemplo por su: •Comida, vestimenta y albergue. •Seguridad y protección. •Crecimiento físico y emocional. •Atención médica y dental. •Educación y cualquier necesidad especial. El tutor también es responsable por la supervisión del menor y puede tener responsabilidad por cualquier daño intencional causado por el menor.
  • 13. Tipos de tutela testamentaria. A veces hace falta un tutor de una persona cuando los padres no pueden criar a un menor. Quizás 1 o ambos padres: •Tengan una enfermedad severa física o mental. •Estén enlistados en las Fuerzas Armadas y tengan que ir al extranjero. •Tengan que asistir a un programa de rehabilitación por un tiempo. •Tengan que ir a la cárcel por un tiempo. •Tengan un problema de alcoholismo o drogadicción. •Tengan antecedentes de maltrato. La corte considerará el mejor interés del niño para asegurar que se lo críe en un ambiente seguro, estable y acogedor.
  • 14. Tipos de tutela testamentaria. Tutela del patrimonio Una tutela del patrimonio se establece para administrar los ingresos, el dinero u otros bienes de un menor hasta que cumpla 18 años de edad. Un menor puede necesitar una tutela del patrimonio si hereda dinero o bienes. En la mayoría de los casos, la corte nombrará como tutor del patrimonio de un menor al padre sobreviviente. En algunos casos la misma persona puede ser tutor de una persona y tutor del patrimonio. En otros casos, la corte nombrará a 2 personas distintas.
  • 15. Tipos de tutela testamentaria. El tutor del patrimonio tiene que: Administrar el dinero del menor; realizar inversiones inteligentemente; y administrar con cuidado los bienes del menor. Una tutela del patrimonio se crea para administrar los bienes de un menor. Es necesaria cuando: El menor tiene o recibe bienes valiosos, como por ejemplo si hereda una casa o gran cantidad de dinero.
  • 16. Tipos de tutela testamentaria. No hace falta establecer una tutela del patrimonio cuando: El menor sólo tiene juguetes y ropa que no cuestan mucho, el menor recibe beneficios del Seguro Social (ingresos de bienestar social).
  • 17. Prohibiciones al Tutor. El tutor no puede: • Donar o renunciar cosas o derechos del tutelado. • Cobrar los créditos que le correspondan sin previa autorización del Tribunal. • Comprar los bienes del tutelado.
  • 18. Fin de la Tutela. La tutela concluye: • Cuando el menor de edad alcance los 18 años de edad. • Cuando el menor de edad se emancipe legalmente. • Cuando el tutelado sea adoptado. • Cuando cese la causa que motivó la tutela. • También por que el tutor sea removido por el Tribunal por no cumplir bien con los deberes del cargo.