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La factura, factura de compra o factura comercial es un documento mercantil que refleja toda la
información de una operación de compraventa. La información fundamental que aparece en una
factura debe reflejar la entrega de un producto o la provisión de un servicio, junto a la fecha de
devengo, además de indicar la cantidad a pagar en relación a existencias, bienes poseídos por una
empresa para su venta en el curso ordinario de la explotación, o bien para su transformación o
incorporación al proceso productivo.
Además, en la factura deben aparecer los datos del expedidor y del destinatario, el detalle de los
productos y servicios suministrados, los precios unitarios, los precios totales, los descuentos y los
impuestos.
La factura se considera como el justificante fiscal de la entrega de un producto o de la provisión de
un servicio, que afecta al obligado tributario emisor (el vendedor) y al obligado tributario receptor
(el comprador). La factura es el único justificante fiscal, que da al receptor el derecho de
deducción del impuesto (IVA). Esto no se aplica en los documentos sustitutivos de factura, recibos
o tickets.
Las facturas normales documentan la entrega de productos o la provisión de servicios, junto con
los impuestos aplicables y los precios y contienen todos los datos que requiere la normativa.
La facturación por cuenta del vendedor, conocida como Factura Especial, es un documento
con las mismas características de la factura común y corriente la diferencia es su
denominación como Factura Especial
¿Cuál es su utilidad?
Cuando uno como contribuyente adquiere bienes y servicios de otra persona individual y
este no nos entregue la correspondiente factura, entonces podemos emitir a cuenta del
vendedor la factura especial, la cual nos puede servir como medio para poder deducir
nuestros gastos y recuperar nuestro IVA, con dicha factura especial el prestador del
servicio soporta los pagos de IVA e ISR.
Artículo 33. Las facturas especiales a que se refiere el artículo 52 de la Ley, deben contener
como mínimo los requisitos siguientes:
La denominación factura especial.
Numeración correlativa de cada tipo de documento de que se trate.
1. Serie del documento, el cual será distinto para cada establecimiento comercial del
contribuyente.
2. Nombre completo y nombre comercial del contribuyente emisor, si es persona individual;
razón social y nombre comercial si es persona jurídica.
3. Número de Identificación Tributaria del emisor.
4. Dirección del establecimiento u oficina donde se emite el documento.
5. Fecha de emisión del documento.Nombre completo del vendedor o prestador del servicio,
persona individual, a quien se le emite la factura especial.
6. NIT del vendedor o prestador de servicios. En caso de que éste no tenga NIT, se dejará
constancia del número de la cédula de vecindad.
7. Dirección del vendedor o prestador de servicios, a quien se le emite la factura especial.
8. Detalle de la venta, prestación de servicio o de los arrendamientos y de sus respectivos
valores.
9. Descuentos concedidos.
10. Cargos aplicados con motivo de la transacción.
11. Precio total de la operación, con inclusión del impuesto.
12. Los datos a que se refieren los numerales del 1 al 6, siempre deben estar impresos en la
factura especial elaborada por la imprenta.
1. Concepto.Es un título de crédito que incorpora la obligación de pagar una suma cierta de
dinero dentro de un plazo determinado; a la vez que describe las mercaderías que se han
vendido como objeto del contrato que le da nacimiento al título.
2. Sujetos.Librador-beneficiario. Es el vendedor de la mercadería o sea quien crea la
factura.Librado-aceptante. Es el comprador de la mercadería, y quien por mandato legal
está obligado a aceptar la factura que le libre el vendedor.
3. Función.Si un comerciante vendedor se decide por usar la factura cambiaria, la
operatividad del título sería la siguiente:El vendedor libra la factura cambiaria como
consecuencia de una compraventa en la que las mercaderías han sido entregadas real o
simbólicamente.La factura es enviada al comprador, directamente, por intermedio de un
banco o tercera persona. El intermediario, según las instrucciones recibidas, la presentará
para que se le acepte y luego la devolverá; y podrá retenerla si tiene facultades para
cobrarla. De acuerdo con lo que ya estudiamos, ello se hará mediante un endoso en
procuración. La ley también contempla el envío por correo certificado u otros medios no
especificados por la ley.El comprador devuelve la factura, debidamente aceptada: dentro
de cinco días de su recibo si es para la misma plaza; y dentro de quince, si es diferente. La
no devolución se presume como negativa de la aceptación.
CARACTERISTICAS
La factura cambiaria presenta las siguientes características
Es un titulo-valor de contenido crediticio porque contiene un crédito a favor del
vendedor y a cargo del comprador.
Es un titulo valor causal ya que representa la existencia de un contrato de compraventa
de mercancia plenamente identificable en el formato de factura
La factura cambiaria de compraventa solo se libra si corresponde a una venta efectiva
de mercancias entregadas real y materialmente al comprador
Por su forma, la factura cambiaria de compraventa equivale a una factura comercial
corriente,pero juridicamente, por reunir determinados requisitos y menciones, se
transforma en un titulo valor.
En la factura cambiaria de compraventa el librador es el vendedor, quien podra asumir
tambien la calidad de beneficiario, y el librado es el comprador. Por lo consiguiente,
esta factura requiere aceptacion, para cuyos efectos el vendedor debe remitirla al
comprador y éste debe devolverla aceptada
Un recibo o constancia de pago es una constancia que sirve para certificar que se ha
pagado por un servicio o producto. Hay de diversos tipos según el formato, si queda
registrado, y otras características. Los recibos por lo general, se extienden por duplicado. El
original se entrega a quien hizo el pago y el duplicado queda en poder de quien lo recibe.
Un recibo puede ser de muchas maneras diferente como por ejemplo: una persona o
empresa, y el detalle de facturas o servicios que se pagan con este cheque emitido, quien lo
opera, quien lo revisa, quien lo recibe conforme a lo descrito, fecha de recibido, descripción
de las facturas (números que se pagan), los precios totales, los descuentos y los impuestosEl
recibo debe incluir el detalle de la fecha y precio de la compraventa, así como los datos
personales del vendedor.
El recibo suele incluir de forma sucinta además el bien o servicio prestado de cuya
prestación es reconocimiento.
Es utilizado para dejar constancia por parte de una empresa de que fue lo que se pago o
realizó con la emisión de mencionado cheque que consta en la copia voucher. Se refiere a
voucher cuando tiene copias al carbón, como el caso de los vouchers de las tarjetas de
crédito que tiene varias copias según el uso de los interesados. Además sirve para sacar
cuentas de cuánto dinero se ha gastado
Es practicamente lo mismo, los recibos en gestiòn de cobro son recibos a la vista, pero que
se encarga el banco del emisor de presentarlos al banco del receptor para su cobro,(ya que
puede haber recibos a la vista que se presentan directamente al receptor para cobrarlos sin
que medie ningún banco) un recibo a la vista es un recibo que se puede cobrar ya, al
momento de presentarlos, y los recibos a vencimiento determinado en los que la fecha de
pago ya ha llegado se presentan también como recibos a la vista, son lo mismo.
Un cheque (anglicismo de cheque o check) es un documento contable de valor en el que la
persona que es autorizada para extraer [[dinero de una cuenta (por ejemplo, el titular),
extiende a otra persona una autorización para retirar una determinada cantidad de dinero de
su cuenta la cual se expresa en el documento, prescindiendo de la presencia del titular de la
cuenta bancaria.El cheque es un título valor a la orden o al portador y abstracto en virtud
del cual una persona, llamada librador, ordena incondicionalmente a una institución de
crédito el pago a la vista de una suma de dinero determinada a favor de una tercera persona
llamada beneficiario.
Es un documento bancario que le ordena a una institución financiera que pague al receptor una
cantidad específica de dinero desde una cuenta corriente a nombre del emisor en esa institución.
El emisor y el receptor pueden ser personas naturales o entidades legales.
 Número de cuenta del emisor
 Número de cheque
 Fecha y lugar de emisión
 Cantidad a pagar (números y letras)
 Nombre del receptor
 Firma del emisor
 Area de Endoso: Para cambiar un cheque en Guatemala se requiere que el receptor
presente su cédula, coloque su firma y número de cédula en la parte posterior del cheque.
Un vale es un documento comercial, para pagar un producto, ya sea bien o servicio. Puede
representar el pago total o parcial (descuento inmediato en el momento de la compra por la
cantidad que aparece en el vale). Lo más habitual es que los establecimientos comerciales
proporcionen vales a sus clientes para fidelizarlos.
También sirve para darse a conocer a clientes nuevos, ofreciéndoles un artículo más barato
o gratuito. En otros casos forma parte del proceso de devolución, el comercio extiende un
vale que permite cambiar un producto adquirido por otro en un tiempo futuro.
Por último, el vocablo vale se utiliza para movimientos internos de una oficina o empresa.
Cuando un empleado toma dinero para comprar algún material o artículos que no haya en
existencia en la empresa, o porque desea un adelanto sobre su salario, se llena un «vale de
caja». Este vale contiene:
 Fecha
 Cantidad (en número y letra)
 Especificación clara sobre el concepto
 Rúbrica de autorización
 Firma de la persona que recibe el dinero
Un pagaré es un documento que contiene la promesa incondicional de una persona (denominada
suscriptora), de que pagará a una segunda persona (llamada beneficiaria o tenedora), una suma
determinada de dinero en un determinado plazo de tiempo. Su nombre surge de la frase con que
empieza la declaración de obligaciones: "debo y pagaré".
Al ser un instrumento de pago formal, el pagaré debe poseer ciertos requisitos llamados de validez a la
persona debida.
Mención de ser pagaréSe debe indicar que el instrumento es un "pagaré" -o de otra forma- deberá contener
este término dentro del texto del documento, siendo expresado en el idioma que se firme el convenio de pago.
Al ser impreso el documento, el título del pagaré debe ser escrito totalmente en el mismo idioma del país
donde se suscribe. Este requisito es imprescindible.
La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero y sus intereses
El pagaré, a diferencia de la letra de cambio, posee una promesa incondicional de pagar una suma de dinero y
sus respectivos intereses en moneda nacional o su equivalente internacional. La suma se debe expresar en
número(s) y en letras, como también el tipo de moneda en que se efectuará el pago. Si se paga en moneda
extranjera, se debe indicar el tipo de cambio o equivalencia entre las monedas, que deberá tenerse en cuenta a
su vencimiento. Este requisito es lo que lo distingue de los otros títulos de crédito.
Nombre del beneficiarioEs imprescindible identificar a la persona a quien debe hacerse efectivo el pagaré.
Puede ser a favor de una persona natural o persona jurídica. En este último caso se trataría de una denominada
"razón social" o sociedad comercial.
Fecha y lugar del pagoLa fecha de vencimiento corresponde al día en que el título deberá ser pagado. El
vencimiento debe ser una fecha posterior a la fecha en que se suscribe. El pagaré debe indicar el lugar en que
se debe presentar el documento para su propio pago.
Fecha y lugar en que se suscribeEl pagaré debe contener la fecha en que ha sido creado. Es imprescindible
para su relación con la fecha de vencimiento (determinando del plazo); y además para respetar los tiempos en
que corresponde aplicar (cuando la ley lo disponga) el sellado o timbrado correspondiente;
Firma del suscriptorNo se exige el nombre del suscriptor, sino solamente su firma, y no admite otro medio
para sustituirla, sino la firma de otra persona, que suscriba a ruego o en nombre del girador. No se admitirá el
uso de marcas o huellas digitales. La firma es indispensable y lógicamente torna nulo al título su falta, ha de
considerarse que no podrá ser suplantada por la impresión digital.
TransmisibilidadEl pagaré será transmisible por endoso, que será total, puro y simple, es decir, no será
transmisible el endoso por una parte del pagaré ni aquel que incluya condiciones.
La letra de cambio es un título de crédito o de valor formal y completo que contiene una orden
incondicionada y abstracta de hacer pagar a su vencimiento al tomador o a su orden una suma de
dinero en un lugar determinado, vinculando solidariamente a todos los que en ella intervienen.1
Mandato puro y simple
La letra posee un mandato de pagar una suma incondicional en moneda nacional o moneda
admitida a cotización. La suma se debe expresar en números y en palabras, junto en la
moneda en que se efectuará el pago. Si se paga en moneda extranjera, se debe indicar el día
de pago el equivalente entre las monedas. Este requisito es lo que la distingue de los otros
títulos de crédito
Nombre del Girado
El documento debe contener los nombres y apellidos de la persona física o razón social que
deberá pagar la obligación estipulada (girado). Si se posee algún error en el nombre, la letra
de cambio queda nula.
Si son varias las personas que deben pagar la misma letra, ésta se gira contra cualquiera de
ellos.
El girado no es obligado, sino hasta que acepte la letra de cambio.
Fecha del vencimiento
El vencimiento corresponde al día en que la letra debe ser pagada. El vencimiento debe ser
una fecha posible y real. Existen cuatro tipos de vencimientos:
Lugar de pago
La letra debe indicar el lugar en que se debe presentar la letra para pagar, pero si éste falta,
la letra se pagará en el lugar designado junto al nombre del librado.
Actualmente las Letras se domicilian para su cobro en las entidades bancarias, por lo que el
lugar de pago es por domiciliación bancaria en la mayoría de las veces.[cita requerida]
Firmas en la Letra de Cambio
La firma de aceptación es obligatoria, ya que se presenta como prueba que la persona que
acepta el cobro, por lo cual no se acepta la firma por estampado o mecánicos. También la
firma quien libra la letra (girador) y puede estar avalada.
INTRODUCCION
Los documentos comerciales son todos los comprobantes extendidos por escrito en los que
se deja constancia de las operaciones que se realizan en la actividad mercantil, de acuerdo
con los usos y costumbres generalizados y las disposiciones de la ley. Estos son de vital
importancia para mantener un apropiado control de todas las acciones que se realizan en
una compañía o empresas.
Su misión es importante ya que en ellos queda precisada la relación jurídica entre las partes
que intervienen en una determinada operación. También ayudan a demostrar la realización
de alguna acción comercial y por ende son el elemento fundamental para la contabilización
de tales acciones.
http://server2.southlink.com.ar/VAP/DPC-COM.htm
www.gestipolis.com/recursos/documentos/fulldocs/fin/contabilidad
Finalmente estos documentos permiten controlar las operaciones practicadas por la
empresa o el comerciante y la comprobación de los asientos de contabilidad.
La misión que cumplen los documentos comerciales es de suma importancia, conforme
surge de lo siguiente:
· En ellos queda precisada la relación jurídica entre las partes que intervienen en una
determinada operación, o sea sus derechos y obligaciones.
· Por lo tanto, constituyen un medio de prueba para demostrar la realización de los
actos de comercio
· Constituyen también el elemento fundamental para la contabilización de dichas
operaciones.
· Permiten el control de las operaciones practicadas por la empresa o el comerciante y
la comprobación de los asientos de contabilidad.

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La factura

  • 1. La factura, factura de compra o factura comercial es un documento mercantil que refleja toda la información de una operación de compraventa. La información fundamental que aparece en una factura debe reflejar la entrega de un producto o la provisión de un servicio, junto a la fecha de devengo, además de indicar la cantidad a pagar en relación a existencias, bienes poseídos por una empresa para su venta en el curso ordinario de la explotación, o bien para su transformación o incorporación al proceso productivo. Además, en la factura deben aparecer los datos del expedidor y del destinatario, el detalle de los productos y servicios suministrados, los precios unitarios, los precios totales, los descuentos y los impuestos. La factura se considera como el justificante fiscal de la entrega de un producto o de la provisión de un servicio, que afecta al obligado tributario emisor (el vendedor) y al obligado tributario receptor (el comprador). La factura es el único justificante fiscal, que da al receptor el derecho de deducción del impuesto (IVA). Esto no se aplica en los documentos sustitutivos de factura, recibos o tickets. Las facturas normales documentan la entrega de productos o la provisión de servicios, junto con los impuestos aplicables y los precios y contienen todos los datos que requiere la normativa. La facturación por cuenta del vendedor, conocida como Factura Especial, es un documento con las mismas características de la factura común y corriente la diferencia es su denominación como Factura Especial ¿Cuál es su utilidad? Cuando uno como contribuyente adquiere bienes y servicios de otra persona individual y este no nos entregue la correspondiente factura, entonces podemos emitir a cuenta del vendedor la factura especial, la cual nos puede servir como medio para poder deducir nuestros gastos y recuperar nuestro IVA, con dicha factura especial el prestador del servicio soporta los pagos de IVA e ISR. Artículo 33. Las facturas especiales a que se refiere el artículo 52 de la Ley, deben contener como mínimo los requisitos siguientes: La denominación factura especial. Numeración correlativa de cada tipo de documento de que se trate.
  • 2. 1. Serie del documento, el cual será distinto para cada establecimiento comercial del contribuyente. 2. Nombre completo y nombre comercial del contribuyente emisor, si es persona individual; razón social y nombre comercial si es persona jurídica. 3. Número de Identificación Tributaria del emisor. 4. Dirección del establecimiento u oficina donde se emite el documento. 5. Fecha de emisión del documento.Nombre completo del vendedor o prestador del servicio, persona individual, a quien se le emite la factura especial. 6. NIT del vendedor o prestador de servicios. En caso de que éste no tenga NIT, se dejará constancia del número de la cédula de vecindad. 7. Dirección del vendedor o prestador de servicios, a quien se le emite la factura especial. 8. Detalle de la venta, prestación de servicio o de los arrendamientos y de sus respectivos valores. 9. Descuentos concedidos. 10. Cargos aplicados con motivo de la transacción. 11. Precio total de la operación, con inclusión del impuesto. 12. Los datos a que se refieren los numerales del 1 al 6, siempre deben estar impresos en la factura especial elaborada por la imprenta. 1. Concepto.Es un título de crédito que incorpora la obligación de pagar una suma cierta de dinero dentro de un plazo determinado; a la vez que describe las mercaderías que se han vendido como objeto del contrato que le da nacimiento al título. 2. Sujetos.Librador-beneficiario. Es el vendedor de la mercadería o sea quien crea la factura.Librado-aceptante. Es el comprador de la mercadería, y quien por mandato legal está obligado a aceptar la factura que le libre el vendedor. 3. Función.Si un comerciante vendedor se decide por usar la factura cambiaria, la
  • 3. operatividad del título sería la siguiente:El vendedor libra la factura cambiaria como consecuencia de una compraventa en la que las mercaderías han sido entregadas real o simbólicamente.La factura es enviada al comprador, directamente, por intermedio de un banco o tercera persona. El intermediario, según las instrucciones recibidas, la presentará para que se le acepte y luego la devolverá; y podrá retenerla si tiene facultades para cobrarla. De acuerdo con lo que ya estudiamos, ello se hará mediante un endoso en procuración. La ley también contempla el envío por correo certificado u otros medios no especificados por la ley.El comprador devuelve la factura, debidamente aceptada: dentro de cinco días de su recibo si es para la misma plaza; y dentro de quince, si es diferente. La no devolución se presume como negativa de la aceptación. CARACTERISTICAS La factura cambiaria presenta las siguientes características Es un titulo-valor de contenido crediticio porque contiene un crédito a favor del vendedor y a cargo del comprador. Es un titulo valor causal ya que representa la existencia de un contrato de compraventa de mercancia plenamente identificable en el formato de factura La factura cambiaria de compraventa solo se libra si corresponde a una venta efectiva de mercancias entregadas real y materialmente al comprador Por su forma, la factura cambiaria de compraventa equivale a una factura comercial corriente,pero juridicamente, por reunir determinados requisitos y menciones, se transforma en un titulo valor. En la factura cambiaria de compraventa el librador es el vendedor, quien podra asumir tambien la calidad de beneficiario, y el librado es el comprador. Por lo consiguiente, esta factura requiere aceptacion, para cuyos efectos el vendedor debe remitirla al comprador y éste debe devolverla aceptada Un recibo o constancia de pago es una constancia que sirve para certificar que se ha pagado por un servicio o producto. Hay de diversos tipos según el formato, si queda registrado, y otras características. Los recibos por lo general, se extienden por duplicado. El original se entrega a quien hizo el pago y el duplicado queda en poder de quien lo recibe. Un recibo puede ser de muchas maneras diferente como por ejemplo: una persona o empresa, y el detalle de facturas o servicios que se pagan con este cheque emitido, quien lo opera, quien lo revisa, quien lo recibe conforme a lo descrito, fecha de recibido, descripción de las facturas (números que se pagan), los precios totales, los descuentos y los impuestosEl recibo debe incluir el detalle de la fecha y precio de la compraventa, así como los datos personales del vendedor. El recibo suele incluir de forma sucinta además el bien o servicio prestado de cuya prestación es reconocimiento. Es utilizado para dejar constancia por parte de una empresa de que fue lo que se pago o realizó con la emisión de mencionado cheque que consta en la copia voucher. Se refiere a
  • 4. voucher cuando tiene copias al carbón, como el caso de los vouchers de las tarjetas de crédito que tiene varias copias según el uso de los interesados. Además sirve para sacar cuentas de cuánto dinero se ha gastado Es practicamente lo mismo, los recibos en gestiòn de cobro son recibos a la vista, pero que se encarga el banco del emisor de presentarlos al banco del receptor para su cobro,(ya que puede haber recibos a la vista que se presentan directamente al receptor para cobrarlos sin que medie ningún banco) un recibo a la vista es un recibo que se puede cobrar ya, al momento de presentarlos, y los recibos a vencimiento determinado en los que la fecha de pago ya ha llegado se presentan también como recibos a la vista, son lo mismo. Un cheque (anglicismo de cheque o check) es un documento contable de valor en el que la persona que es autorizada para extraer [[dinero de una cuenta (por ejemplo, el titular), extiende a otra persona una autorización para retirar una determinada cantidad de dinero de su cuenta la cual se expresa en el documento, prescindiendo de la presencia del titular de la cuenta bancaria.El cheque es un título valor a la orden o al portador y abstracto en virtud del cual una persona, llamada librador, ordena incondicionalmente a una institución de crédito el pago a la vista de una suma de dinero determinada a favor de una tercera persona llamada beneficiario. Es un documento bancario que le ordena a una institución financiera que pague al receptor una cantidad específica de dinero desde una cuenta corriente a nombre del emisor en esa institución. El emisor y el receptor pueden ser personas naturales o entidades legales.  Número de cuenta del emisor  Número de cheque  Fecha y lugar de emisión  Cantidad a pagar (números y letras)  Nombre del receptor  Firma del emisor  Area de Endoso: Para cambiar un cheque en Guatemala se requiere que el receptor presente su cédula, coloque su firma y número de cédula en la parte posterior del cheque.
  • 5. Un vale es un documento comercial, para pagar un producto, ya sea bien o servicio. Puede representar el pago total o parcial (descuento inmediato en el momento de la compra por la cantidad que aparece en el vale). Lo más habitual es que los establecimientos comerciales proporcionen vales a sus clientes para fidelizarlos. También sirve para darse a conocer a clientes nuevos, ofreciéndoles un artículo más barato o gratuito. En otros casos forma parte del proceso de devolución, el comercio extiende un vale que permite cambiar un producto adquirido por otro en un tiempo futuro. Por último, el vocablo vale se utiliza para movimientos internos de una oficina o empresa. Cuando un empleado toma dinero para comprar algún material o artículos que no haya en existencia en la empresa, o porque desea un adelanto sobre su salario, se llena un «vale de caja». Este vale contiene:  Fecha  Cantidad (en número y letra)  Especificación clara sobre el concepto  Rúbrica de autorización  Firma de la persona que recibe el dinero Un pagaré es un documento que contiene la promesa incondicional de una persona (denominada suscriptora), de que pagará a una segunda persona (llamada beneficiaria o tenedora), una suma determinada de dinero en un determinado plazo de tiempo. Su nombre surge de la frase con que empieza la declaración de obligaciones: "debo y pagaré". Al ser un instrumento de pago formal, el pagaré debe poseer ciertos requisitos llamados de validez a la persona debida. Mención de ser pagaréSe debe indicar que el instrumento es un "pagaré" -o de otra forma- deberá contener este término dentro del texto del documento, siendo expresado en el idioma que se firme el convenio de pago. Al ser impreso el documento, el título del pagaré debe ser escrito totalmente en el mismo idioma del país donde se suscribe. Este requisito es imprescindible. La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero y sus intereses
  • 6. El pagaré, a diferencia de la letra de cambio, posee una promesa incondicional de pagar una suma de dinero y sus respectivos intereses en moneda nacional o su equivalente internacional. La suma se debe expresar en número(s) y en letras, como también el tipo de moneda en que se efectuará el pago. Si se paga en moneda extranjera, se debe indicar el tipo de cambio o equivalencia entre las monedas, que deberá tenerse en cuenta a su vencimiento. Este requisito es lo que lo distingue de los otros títulos de crédito. Nombre del beneficiarioEs imprescindible identificar a la persona a quien debe hacerse efectivo el pagaré. Puede ser a favor de una persona natural o persona jurídica. En este último caso se trataría de una denominada "razón social" o sociedad comercial. Fecha y lugar del pagoLa fecha de vencimiento corresponde al día en que el título deberá ser pagado. El vencimiento debe ser una fecha posterior a la fecha en que se suscribe. El pagaré debe indicar el lugar en que se debe presentar el documento para su propio pago. Fecha y lugar en que se suscribeEl pagaré debe contener la fecha en que ha sido creado. Es imprescindible para su relación con la fecha de vencimiento (determinando del plazo); y además para respetar los tiempos en que corresponde aplicar (cuando la ley lo disponga) el sellado o timbrado correspondiente; Firma del suscriptorNo se exige el nombre del suscriptor, sino solamente su firma, y no admite otro medio para sustituirla, sino la firma de otra persona, que suscriba a ruego o en nombre del girador. No se admitirá el uso de marcas o huellas digitales. La firma es indispensable y lógicamente torna nulo al título su falta, ha de considerarse que no podrá ser suplantada por la impresión digital. TransmisibilidadEl pagaré será transmisible por endoso, que será total, puro y simple, es decir, no será transmisible el endoso por una parte del pagaré ni aquel que incluya condiciones. La letra de cambio es un título de crédito o de valor formal y completo que contiene una orden incondicionada y abstracta de hacer pagar a su vencimiento al tomador o a su orden una suma de dinero en un lugar determinado, vinculando solidariamente a todos los que en ella intervienen.1 Mandato puro y simple La letra posee un mandato de pagar una suma incondicional en moneda nacional o moneda admitida a cotización. La suma se debe expresar en números y en palabras, junto en la moneda en que se efectuará el pago. Si se paga en moneda extranjera, se debe indicar el día de pago el equivalente entre las monedas. Este requisito es lo que la distingue de los otros títulos de crédito Nombre del Girado El documento debe contener los nombres y apellidos de la persona física o razón social que deberá pagar la obligación estipulada (girado). Si se posee algún error en el nombre, la letra de cambio queda nula. Si son varias las personas que deben pagar la misma letra, ésta se gira contra cualquiera de ellos. El girado no es obligado, sino hasta que acepte la letra de cambio.
  • 7. Fecha del vencimiento El vencimiento corresponde al día en que la letra debe ser pagada. El vencimiento debe ser una fecha posible y real. Existen cuatro tipos de vencimientos: Lugar de pago La letra debe indicar el lugar en que se debe presentar la letra para pagar, pero si éste falta, la letra se pagará en el lugar designado junto al nombre del librado. Actualmente las Letras se domicilian para su cobro en las entidades bancarias, por lo que el lugar de pago es por domiciliación bancaria en la mayoría de las veces.[cita requerida] Firmas en la Letra de Cambio La firma de aceptación es obligatoria, ya que se presenta como prueba que la persona que acepta el cobro, por lo cual no se acepta la firma por estampado o mecánicos. También la firma quien libra la letra (girador) y puede estar avalada. INTRODUCCION Los documentos comerciales son todos los comprobantes extendidos por escrito en los que se deja constancia de las operaciones que se realizan en la actividad mercantil, de acuerdo con los usos y costumbres generalizados y las disposiciones de la ley. Estos son de vital importancia para mantener un apropiado control de todas las acciones que se realizan en una compañía o empresas. Su misión es importante ya que en ellos queda precisada la relación jurídica entre las partes que intervienen en una determinada operación. También ayudan a demostrar la realización de alguna acción comercial y por ende son el elemento fundamental para la contabilización de tales acciones. http://server2.southlink.com.ar/VAP/DPC-COM.htm www.gestipolis.com/recursos/documentos/fulldocs/fin/contabilidad Finalmente estos documentos permiten controlar las operaciones practicadas por la empresa o el comerciante y la comprobación de los asientos de contabilidad. La misión que cumplen los documentos comerciales es de suma importancia, conforme surge de lo siguiente: · En ellos queda precisada la relación jurídica entre las partes que intervienen en una determinada operación, o sea sus derechos y obligaciones. · Por lo tanto, constituyen un medio de prueba para demostrar la realización de los actos de comercio · Constituyen también el elemento fundamental para la contabilización de dichas operaciones. · Permiten el control de las operaciones practicadas por la empresa o el comerciante y la comprobación de los asientos de contabilidad.