2. ¿QUÉ ES EL S.G.R.L?
Es el conjunto de entidades públicas y privadas,
normas y procedimientos, destinados a prevenir,
proteger y atender a los trabajadores de los efectos
de las enfermedades y los accidentes que puedan
ocurrirles con ocasión o como consecuencia del
trabajo que desarrollan.
Las disposiciones vigentes de salud ocupacional
relacionadas con la prevención de los accidentes
de trabajo y enfermedades laborales y el
mejoramiento de las condiciones de trabajo, hacen
parte integral del Sistema General de Riesgos
Laborales. 2
4. ¿QUIÉNES CONFORMAN EL S.G.R.L?
S.G.R.L
Las ARL´S
Los empleadores
y los trabajadores
Las entidades
encargadas del
control y
vigilancia
Lo conforman:
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6. LEY 1562 DE JULIO 11 DE 2012
*Ajustes conceptuales.
*Extensión de la cobertura
*Incentivo para trabajadores informales.
*Prescripción de las prestaciones.
*Multas.
*Calificación sobre la invalidez.
* Inspectores de trabajo.
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7. ¿QUÉ ES SALUD OCUPACIONAL?
Se entenderá en adelante como Seguridad y
Salud en el Trabajo, definida como aquella
disciplina que trata de la prevención de las lesiones
y enfermedades causadas por las condiciones de
trabajo, y de la protección y promoción de la salud
de los trabajadores. Tiene por objeto mejorar las
condiciones y el medio ambiente de trabajo, así
como la salud en el trabajo, que conlleva la
promoción y el mantenimiento del bienestar físico,
mental y social de los trabajadores en todas las
ocupaciones.
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8. ¿EN QUÉ CONSISTE EL PROGRAMA DE SALUD
OCUPACIONAL?
En lo sucesivo se entenderá como el Sistema de
Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
SG-SST.
Este Sistema consiste en el desarrollo de un
proceso lógico y por etapas, basado en la mejora
continua y que incluye la política, la organización,
la planificación, la aplicación, la evaluación, la
auditoría y las acciones de mejora con el objetivo
de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los
riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en
el trabajo. 8
9. ¿PORQUÉ HACER GESTIÓN EN SALUD
OCUPACIONAL?
o Exigencia legal.
o Imperativo ético.
o Estrategia para apoyar la gestión de la calidad en las
empresas.
Inversión cuyo retorno se debe concretar en:
Incremento de la productividad
Incremento de la competitividad
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12. ¿CUÁLES SON LAS PRESTACIONES
ASISTENCIALES A LAS QUE TIENE DERECHO
TODO TRABAJADOR AFILIADO AL SISTEMA?
(LEY 776 DE 2002)
a. Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica.
b. Servicios de hospitalización.
c. Servicio odontológico.
d. Suministro de medicamentos.
e. Servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento.
f. Prótesis y órtesis, su reparación y su reposición, solo en
casos de deterioro o desadaptación, cuando a criterio de
rehabilitación se recomienda.
g. Rehabilitación física y laboral.
h. Gastos de traslado, en condiciones normales, que sean
necesarios para la prestación de estos servicios. 12
13. ¿CUÁLES SON LAS PRESTACIONES
ECONÓMICAS A LAS QUE TIENE DERECHO TODO
TRABAJADOR AFILIADO AL SISTEMA?
(LEY 776 DE 2002)
a. Subsidio por incapacidad temporal.
b. Indemnización por incapacidad permanente
parcial.
c. Pensión de invalidez.
d. Pensión de sobrevivientes.
e. Auxilio funerario
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14. PORCENTAJE DE COTIZACIÓN
De acuerdo con la clase de riesgos, el Gobierno Nacional estableció la siguiente tabla
de cotizaciones mínimas y máximas:
CLASE RIESGO DE VALOR MÍNIMO VALOR INICIAL VALOR MÁXIMO
I 0.348% 0.522% 0.696%
II 0.435% 1.044% 1.653%
III 0.783% 2.436% 4.089%
IV 1.740% 4.350% 6.960%
V 3.219% 6.960% 8.700%
Actualmente, se cotiza por el valor inicial.
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15. ANEXO
CLASE DE RIESGO TARIFA ACTIVIDADES
I 0.522%
Financieras, trabajos de oficina,
administrativos, centros
educativos, restaurantes.
II 1.044%
Algunos procesos manufactureros
como fabricación de tapetes,
tejidos, confecciones y flores
artificiales, almacén por
departamentos, algunas labores
agricolas.
III 2.436%
Algunos procesos manufactureros
como la fabricación de agujas,
alcoholes y artículos de cuero.
IV 4.350%
Procesos manufactureros como
fabricación de aceites, cervezas,
vidrios, procesos de
galvanización, transportes y
servicios de vigilancia privada.
V 6.960%
Areneras, manejo de asbesto,
bomberos, manejo de explosivos,
construcción y explotación
petrolera.
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16. CASOS REALES
Una empresa del sector construcción en el
mantenimiento de una vía de la ciudad por
permitir el paso de una retroexcavadora de 40
toneladas sin que fuera escoltada ni en una
cama-baja , la máquina se apagó, perdiendo el
control cayendo sobre un bus escolar de 33
niños de un colegio produciéndole la muerte a
21 niños y dos adultos. Hace un mes el
representante del consorcio, el operador de la
máquina, el jefe de patios, el coordinador de
salud ocupacional y 3 personas más fueron
condenadas a 6 años de prisión por homicidio
culposo. 16
17. CASOS REALES
Una empresa del sector de servicios fue
condenada a pagar la suma de 65 millones de
pesos porque un jefe envió a un asesor
comercial a realizar una actividad fuera de la
empresa el mismo día que había sido contratada
y afiliada sufriendo un accidente de trabajo que le
generó al trabajador múltiples fracturas en sus
piernas. El Juez que falló el caso argumentó que
la cobertura en Riesgos Profesionales comienza
al día siguiente de la afiliación y que si un
trabajador sufre un accidente de trabajo el mismo
día que se afilia debe responder de manera
directa la empresa.
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18. BIBLIOGRAFÍA
• Decreto 1295 de 1994
• Ley 776 del 2002
• Norma OHSAS 18001:2007
• NTC3701
• Resolución número 1401 del 14 de mayo de 2007- Ministerio
de Protección Social.
• Ley 1562 de 2012
Cibergrafía:
• http://thumano.unad.edu.co/portal/documentos/capacitacion/re
sponsabilidad%20riesgos%20laborales%20SURA.pdf
• https://www.positiva.gov.co/ARL/Promocion-
Prevencion/Sistema-General-Riesgos/Paginas/default.aspx
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