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DELITOS EN PARTICULAR
  “DELITOS CONTRA LA VIDA”

OBJETIVO GENERAL.- DAR A CONOCER
CUALES SON LOS DELITOS CONTRA LA VIDA,
QUE SE ENCUENTRAN TIPIFICADOS EN EL
CÓDIGO PENAL ECUATORIANO
   OBJETIVOS ESPECIFICOS.-

   FUNDAMENTAR JURIDICAMENTE LA
    TIPICIDAD DE LOS DELITOS CONTRA LA
    VIDA.

   DAR A CONCER A NUESTROS
    COMPAÑEROS MEDIANTE UNA
    EXPOSICIÓN CUALES SON LOS DELITOS
    CONTRA LA VIDA.

   JUSTIFICAR CON UN EJEMPLO
    PRÁCTICO O JURISPRUDENCIA CUALES
    SON LOS DELITOS CONTRA LA VIDA.
ASESINATO
   “Acción y efecto de asesinar; esto es, de matar con grave
    perversidad, con algunas de las circunstancias que califican este
    delito en los códigos penales”. Dicc. Jurídico Dr. Cabanellas.

    Art. 450.- Es asesinato y será reprimido con reclusión mayor
    especial, de doce a veinte y cinco años, el homicidio que se cometa
    con alguna de las circunstancias siguientes:
   1. Con alevosía;
   2. Por precio o promesa remuneratoria;
   3. Por medio de inundación, veneno, incendio, o descarrilamiento;
   4. Con ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el
    dolor del ofendido;
   5. Cuando se ha imposibilitado a la víctima para defenderse;
   6. Por un medio cualquiera capaz de causar grandes estragos;
   7. Buscando de propósito la noche o el despoblado para cometer el
    homicidio;
   Concordancias: 440-B (440.3) ; 448
 Sanción en caso de tentativa; Los autores de
  tentativa sufrirán una pena de uno a dos tercios
  de la que se les habría impuesto si el delito se
  hubiere consumado. Para la aplicación de la
  pena      se     tomará     necesariamente    en
  consideración el peligro corrido por el sujeto
  pasivo de la infracción y los antecedentes del
  acusado (CP: Art. 46)
 Titular de la acción: Fiscal
 Tiempo de indagación previa: 1 año
 Tiempo de instrucción fiscal: 90 días
CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS NO                   PENA           ARTICUL   INDAGACIÓ
                                                        MODIFICADA.    O.        N.
              CONSTITUTIVAS.


Si el acto se ha cometido a través de la
                                                        Máximo de la   440-B     1 año
instigación, promoción o ejecución de actividades
                                                        Pena           (440.3)
turísticas, o contra personas que tengan la condición
de turistas y a sabiendas de tal condición




Cuando hayan concurrido a un robo u otro delito dos
                                                      Reclusión mayor
o más personas, todas serán responsables del
                                                      especial de 16 a 451       1 año
asesinato que con este motivo u ocasión se cometa;
                                                      25 años
a menos que se pruebe quien lo cometió, y que los
demás no tuvieron parte en él, ni pudieron remediarlo
o impedirlo
“ASESINATO EN LA AV. REPUBLICA Y
                ELOY ALFARO– QUITO”




ASESINATOS 2011
                 ESMERALDA
                 S
     54
           130   GUAYAQUIL
84
                 QUITO
          260
                 MANABÍ
HOMICIDIO


   “Muerte dada por una persona a otra.
    Penalmente, el hecho de privar de la vida a
    un hombre o mujer, procediendo con
    voluntad y malicia, sin circunstancia que
    excuse o legitime, y sin que constituya
    asesinato.” Dicc. Jurídico Dr. Cabanellas.
HOMICIDIO ININTENCIONAL.
   Es reo de homicidio inintencional el que ha causado el mal por falta de
    previsión o de precaución, pero sin intención de atentar contra otro. El
    que inintencionalmente hubiere causado la muerte de otra persona, si el
    acto no estuviere más severamente reprimido, Art. 459 ; 460 Código
    Penal.
   Pena General: Prisión.
   Pena Específica: meses a 2 años; multa de 8 a 31 dólares.
   Sanción en caso de tentativa; Los autores de tentativa sufrirán una pena
    de uno a dos tercios de la que se les habría impuesto si el delito se
    hubiere consumado. Para la aplicación de la pena se tomará
    necesariamente en consideración el peligro corrido por el sujeto pasivo
    de la infracción y los antecedentes del acusado (Código Penal: Arts. 16;
    46)
   Tipo de Acción: Penal Pública.
   Titular de la acción: Fiscal
   Tiempo de indagación previa:1 año
   Tiempo de instrucción fiscal:90 días
HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL
   Cuando las heridas, o golpes, dados voluntariamente, pero sin intención
    de dar la muerte, la han causado, el delincuente será reprimido, Art.455
    Código Penal
   Tipo de acción: Acción penal pública,
   Concordancias440-B (440.3) ; 448 ; 458
   Pena general: Reclusión menor ordinaria
   Pena específica3 a 6 años
   Sanción en caso de tentativa: Los autores de tentativa sufrirán una pena
    de uno a dos tercios de la que se les habría impuesto si el delito se
    hubiere consumado. Para la aplicación de la pena se tomará
    necesariamente en consideración el peligro corrido por el sujeto pasivo
    de la infracción y los antecedentes del acusado (Código Penal: Arts. 16;
    46)
   Titular de la acción: Fiscal
   Tiempo de indagación previa: 1 año
   Tiempo de instrucción fiscal: 90 días
PENA             ARTÍCULO      INDAGACIÓN
        CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS NO                                      MODIFICADA
                 CONSTITUTIVAS
Si los actos de violencia se cometen con alevosía, por precio o promesa
remuneratoria, por medio de inundación, veneno, incendio o
descarrilamiento, con ensañamiento, aumentando deliberada e
inhumanamente el dolor del ofendido, cuando se ha imposibilitado a la
víctima de defenderse, por un medio cualquiera de causar grandes
estragos, buscando de propósito la noche o el despoblado, con el fin de
que no se descubra, o no se detenga al delincuente, excepto cuando el
delincuente sea ascendiente o descendiente cónyuge o hermano del                  Reclusión
                                                                                      menor
delincuente al que haya querido favorecer, y como medio de                    ordinaria de 6
                                                                                                455 Inc. 2         1 año
preparar, facilitar, consumar u ocultar otro delito, o para asegurar sus           a 9 años
resultados o impunidad, o por no haber obtenido los resultados que se
propuso al intentar el otro hecho punible, o con odio o desprecio en
razón de raza, religión, origen nacional o étnico, orientación sexual o
identidad sexual, edad, estado civil o discapacidad, de la víctima; o si ha
sido cometido en contra de miembros de las Fuerzas Armadas o la
Policía Nacional, fiscales o jueces de garantías penales, en el
desempeño de sus funciones.
                                                                                  Reclusión
Si el culpado ha cometido la infracción en la persona del padre u otro                menor
                                                                                                      458          1 año
ascendiente, o descendiente, cónyuge o hermano                                ordinaria de 5
                                                                                   a 6 años

Si el acto se ha cometido a través de la instigación, promoción o
                                                                              Máximo de la          440-B
ejecución de actividades turísticas, o contra personas que tengan la                 pena         (440.3)
                                                                                                                   1 año
condición de turistas y a sabiendas de tal condición
    Art. 449.- El homicidio cometido con intención de dar la muerte, pero sin
     ninguna de las circunstancias detalladas en el artículo siguiente, es homicidio
     simple y será reprimido con reclusión mayor de ocho a doce años.
    Tipo de acción: Acción penal pública
    Concordancias440-B (440.3)
    Pena general: Reclusión mayor ordinaria
    Pena específica8 a 12 años
    Sanción en caso de tentativa: Los autores de tentativa sufrirán una pena de uno
     a dos tercios de la que se les habría impuesto si el delito se hubiere
     consumado. Para la aplicación de la pena se tomará necesariamente en
     consideración el peligro corrido por el sujeto pasivo de la infracción y los
     antecedentes del acusado (CP: Art. 46)
    Titular de la acción: Fiscal
    Tiempo de indagación previa: 1 año
    Tiempo de instrucción fiscal: 90 días

    EJEMPLO PRÁCTICO:
    Juicio Nº 210-2005
    Resolución Nº 019-2007
    Juicio penal por tentativa de asesinato y Homicidio.
SUICIDIO
   “El Homicidio de uno mismo, la acción de quitarse la vida por un acto
    voluntario y violento.” Dicc. Jurídico Dr. Cabanellas.
   El que instigare o prestare auxilio a otro para que se suicide, si el
    suicidio se hubiese tentado o consumado Art.454 Código Penal.
   Tipo de acción: Acción penal pública
   Concordancias440-B (440.3) ; 458
   Pena general: Prisión
   Pena específica1 a 4 años; multa de 8 a 77 dólares
   Sanción en caso de tentativa: Los autores de tentativa sufrirán una pena
    de uno a dos tercios de la que se les habría impuesto si el delito se
    hubiere consumado. Para la aplicación de la pena se tomará
    necesariamente en consideración el peligro corrido por el sujeto pasivo
    de la infracción y los antecedentes del acusado (Código Penal: Arts. 16;
    46)
   Titular de la acción: Fiscal
   Tiempo de indagación previa: 1 año
   Tiempo de instrucción fiscal: 90 días
EL ABORTO CONSENTIDO
   Que por alimentos, bebidas, medicamentos o cualquier otro medio
    hubiere hecho abortar a una mujer que ha consentido en ello, Art.443
    Código Penal
   Tipo de acción: Acción penal pública
   Concordancias440-B (440.3)
   Pena general: Prisión
   Pena específica2 a 5 años
   Sanción en caso de tentativa: Los autores de tentativa sufrirán una pena
    de uno a dos tercios de la que se les habría impuesto si el delito se
    hubiere consumado. Para la aplicación de la pena se tomará
    necesariamente en consideración el peligro corrido por el sujeto pasivo
    de la infracción y los antecedentes del acusado (Código Penal: Arts. 16;
    46)
   Titular de la acción: Fiscal
   Tiempo de indagación previa: 1 año
   Tiempo de instrucción fiscal: 90 días
CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS NO                       PENA            ARTÍCULO      INDAGACIÓN
               CONSTITUTIVAS                               MODIFICADA



Si el acto se ha cometido a través de la
instigación, promoción o ejecución de actividades
                                                         Máximo de la
turísticas, o contra personas que tengan la condición de                    440-B (440.3) 1 año
                                                         pena
turistas y a sabiendas de tal condición


                                                          Reclusión menor
Si el culpado del aborto fuera profesional de la salud,
                                                          ordinaria de 3 a 6 446         1 año
médico, tocólogo, obstetriz, practicante o farmacéutico
                                                          años
ABORTO NO CONSENTIDO
   El que por alimentos, bebidas, medicamentos, violencias o cualquier otro medio
    hubiere, intencionalmente, hecho abortar a una mujer que no ha consentido en
    ello. Art.441 Código Penal
   Tipo de acción: Acción penal pública
   Concordancias440-B (440.3)
   Pena general: Reclusión menor ordinaria
   Pena específica3 a 6 años
   Sanción en caso de tentativa: Si los medios empleados no han tenido efecto, se
    reprimirá como tentativa. Los autores de tentativa sufrirán una pena de uno a
    dos tercios de la que se les habría impuesto si el delito se hubiere consumado.
    Para la aplicación de la pena se tomará necesariamente en consideración el
    peligro corrido por el sujeto pasivo de la infracción y los antecedentes del
    acusado (Código Penal: Arts. 16; 46; 441 Inc. 2).
   Titular de la acción: Fiscal
   Tiempo de indagación previa: 1 año
   Tiempo de instrucción fiscal: 90 días
CIRCUNSTANCIAS                   PENA MODIFICADA              ARTÍCULO     INDAGACIÓN
        MODIFICATORIAS NO
          CONSTITUTIVAS


Si el acto se ha cometido a través de la
instigación, promoción o ejecución de
actividades turísticas, o contra
personas que tengan la condición de      Máximo de la pena      440-B (440.3)     1 año
turistas y a sabiendas de tal condición


Si el culpado del aborto fuera
profesional de la salud, médico,
tocólogo, obstetriz, practicante o     Reclusión mayor ordinaria
                                                                 446              1 año
farmacéutico                           de 4 a 8 años
ABORTO LETAL
   Cuando los medios empleados con el fin de hacer abortar a una mujer
    hubieren causado la muerte de ésta, el que los hubiere aplicado o
    indicado con dicho fin será reprimido. Si la mujer ha consentido en el
    aborto, Art.445 Código Penal
   Tipo de acción: Acción penal pública
   Concordancias440-B (440.3)
   Pena general: Reclusión menor ordinaria
   Pena específica3 a 6 años
   Sanción en caso de tentativa: Los autores de tentativa sufrirán una pena
    de uno a dos tercios de la que se les habría impuesto si el delito se
    hubiere consumado. Para la aplicación de la pena se tomará
    necesariamente en consideración el peligro corrido por el sujeto pasivo
    de la infracción y los antecedentes del acusado (Código Penal: Arts. 16;
    46)
   Titular de la acción: Fiscal
   Tiempo de indagación previa: 1 año
   Tiempo de instrucción fiscal: 90 días
CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS PENA MODIFICADA                     ARTÍCULO      INDAGACIÓ
      NO CONSTITUTIVAS                                                              N


                                             Reclusión mayor
Aborto letal aplicado o practicado sin el
                                            ordinaria de 8 a 12     445           1 año
consentimiento de la madre
                                                   años
Si el acto se ha cometido a través de la
instigación, promoción o ejecución de
actividades turísticas, o contra personas Máximo de la pena     440-B (440.3)     1 año
que tengan la condición de turistas y a
sabiendas de tal condición
Si el culpado del aborto fuera
profesional de la salud, médico,           Reclusión mayor
tocólogo, obstetriz, practicante o         ordinaria de 4 a 8       446           1 año
farmacéutico, con consentimiento de la            años
madre
Si el culpado del aborto fuera
profesional de la salud, médico,           Reclusión mayor
tocólogo, obstetriz, practicante o       extraordinaria de 12 a     446           1 año
farmacéutico sin consentimiento de la           16 años
madre
ABORTO PRETERINTENCIONAL
   Cuando el aborto ha sido causado por violencias hechas voluntariamente, pero
    sin intención de causarlo, Art 442 Inc. 1 Código Penal.

   Tipo de acción: Acción penal pública
   Concordancias440-B (440.3)
   Pena general: Prisión
   Pena específica6 meses a 2 años

   Sanción en caso de tentativa: Los autores de tentativa sufrirán una pena de uno
    a dos tercios de la que se les habría impuesto si el delito se hubiere
    consumado. Para la aplicación de la pena se tomará necesariamente en
    consideración el peligro corrido por el sujeto pasivo de la infracción y los
    antecedentes del acusado (Código Penal: Arts. 16; 46)

   Titular de la acción: Fiscal
   Tiempo de indagación previa: 1 año
   Tiempo de instrucción fiscal: 90 días
CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS              PENA MODIFICADA          ARTÍCULO       INDAGACIÓN
       NO CONSTITUTIVAS



Si la violencia ha sido cometida con
premeditación o con conocimiento del
                                            Prisión de 1 a 5 años    442 Inc. 2       1 año
estado de gestación de la mujer

Si el acto se ha cometido a través de la
instigación, promoción o ejecución de
actividades turísticas, o contra personas
                                             Máximo de la pena      440-B (440.3)     1 año
que tengan la condición de turistas y a
sabiendas de tal condición
ABORTO VOLUNTARIO
   La mujer que voluntariamente hubiere consentido en que se le haga abortar, o
    causare por sí misma el aborto, Art.444 Inc. 1 Código Penal

   Tipo de acción: Acción penal pública
   Concordancias440-B (440.3)
   Pena general: Prisión
   Pena específica1 a 5 años

   Sanción en caso de tentativa: Los autores de tentativa sufrirán una pena de uno
    a dos tercios de la que se les habría impuesto si el delito se hubiere
    consumado. Para la aplicación de la pena se tomará necesariamente en
    consideración el peligro corrido por el sujeto pasivo de la infracción y los
    antecedentes del acusado (CP: Art. 46)

   Titular de la acción: Fiscal
   Tiempo de indagación previa: 1 año
   Tiempo de instrucción fiscal: 90 días
CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS NO                   PENA            ARTÍCULO INDAGACIÓ
          CONSTITUTIVAS                           MODIFICADA                     N


Si la mujer consintiere en que se le haga
abortar o causare por sí misma el aborto, para Prisión de 6 meses
                                                                    444 Inc. 2   1 año
ocultar su deshonra                                  a 2 años

Si el acto se ha cometido a través de la
instigación, promoción o ejecución de
actividades turísticas, o contra personas que                         440-B
                                                Máximo de la pena                1 año
tengan la condición de turistas y a sabiendas                        (440.3)
de tal condición
INFANTICIDIO
   La madre que por ocultar su deshonra matare al hijo recién nacido, será
    reprimida. Igual pena se impondrá a los abuelos maternos que, para ocultar la
    deshonra de la madre, cometieren este delito, Art.453 Código Penal

   Tipo de acción: Acción penal pública
   Concordancias440-B (440.3)
   Pena general: Reclusión menor ordinaria
   Pena específica3 a 6 años

   Sanción en caso de tentativa: Los autores de tentativa sufrirán una pena de uno
    a dos tercios de la que se les habría impuesto si el delito se hubiere
    consumado. Para la aplicación de la pena se tomará necesariamente en
    consideración el peligro corrido por el sujeto pasivo de la infracción y los
    antecedentes del acusado (CP: Art. 46)

   Titular de la acción: Fiscal
   Tiempo de indagación previa: 1 año
   Tiempo de instrucción fiscal: 90 días
MUERTE PRODUCIDA EN RIÑA O AGRESIÓN
   Cuando en riña o agresión en que tomaren parte más de dos personas,
    resultare una muerte, sin que constare quien o quienes la causaron, se tendrá
    por autores a todos los que ejercieron violencia sobre la persona del ofendido,
    Art. 461 CP

   Tipo de acción: Acción penal pública
   Concordancias440-B (440.3)
   Pena general: Prisión
   Pena específica1 a 5 años; multa de 31 a 77 dólares

   Sanción en caso de tentativa: Los autores de tentativa sufrirán una pena de uno
    a dos tercios de la que se les habría impuesto si el delito se hubiere
    consumado. Para la aplicación de la pena se tomará necesariamente en
    consideración el peligro corrido por el sujeto pasivo de la infracción y los
    antecedentes del acusado (Código Penal: Arts. 16; 46)

   Titular de la acción: Fiscal
   Tiempo de indagación previa: 1 año
   Tiempo de instrucción fiscal: 90 días

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Delitos contra la vida

  • 1. DELITOS EN PARTICULAR “DELITOS CONTRA LA VIDA” OBJETIVO GENERAL.- DAR A CONOCER CUALES SON LOS DELITOS CONTRA LA VIDA, QUE SE ENCUENTRAN TIPIFICADOS EN EL CÓDIGO PENAL ECUATORIANO
  • 2. OBJETIVOS ESPECIFICOS.-  FUNDAMENTAR JURIDICAMENTE LA TIPICIDAD DE LOS DELITOS CONTRA LA VIDA.  DAR A CONCER A NUESTROS COMPAÑEROS MEDIANTE UNA EXPOSICIÓN CUALES SON LOS DELITOS CONTRA LA VIDA.  JUSTIFICAR CON UN EJEMPLO PRÁCTICO O JURISPRUDENCIA CUALES SON LOS DELITOS CONTRA LA VIDA.
  • 3. ASESINATO  “Acción y efecto de asesinar; esto es, de matar con grave perversidad, con algunas de las circunstancias que califican este delito en los códigos penales”. Dicc. Jurídico Dr. Cabanellas. Art. 450.- Es asesinato y será reprimido con reclusión mayor especial, de doce a veinte y cinco años, el homicidio que se cometa con alguna de las circunstancias siguientes:  1. Con alevosía;  2. Por precio o promesa remuneratoria;  3. Por medio de inundación, veneno, incendio, o descarrilamiento;  4. Con ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor del ofendido;  5. Cuando se ha imposibilitado a la víctima para defenderse;  6. Por un medio cualquiera capaz de causar grandes estragos;  7. Buscando de propósito la noche o el despoblado para cometer el homicidio;  Concordancias: 440-B (440.3) ; 448
  • 4.  Sanción en caso de tentativa; Los autores de tentativa sufrirán una pena de uno a dos tercios de la que se les habría impuesto si el delito se hubiere consumado. Para la aplicación de la pena se tomará necesariamente en consideración el peligro corrido por el sujeto pasivo de la infracción y los antecedentes del acusado (CP: Art. 46)  Titular de la acción: Fiscal  Tiempo de indagación previa: 1 año  Tiempo de instrucción fiscal: 90 días
  • 5. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS NO PENA ARTICUL INDAGACIÓ MODIFICADA. O. N. CONSTITUTIVAS. Si el acto se ha cometido a través de la Máximo de la 440-B 1 año instigación, promoción o ejecución de actividades Pena (440.3) turísticas, o contra personas que tengan la condición de turistas y a sabiendas de tal condición Cuando hayan concurrido a un robo u otro delito dos Reclusión mayor o más personas, todas serán responsables del especial de 16 a 451 1 año asesinato que con este motivo u ocasión se cometa; 25 años a menos que se pruebe quien lo cometió, y que los demás no tuvieron parte en él, ni pudieron remediarlo o impedirlo
  • 6. “ASESINATO EN LA AV. REPUBLICA Y ELOY ALFARO– QUITO” ASESINATOS 2011 ESMERALDA S 54 130 GUAYAQUIL 84 QUITO 260 MANABÍ
  • 7. HOMICIDIO  “Muerte dada por una persona a otra. Penalmente, el hecho de privar de la vida a un hombre o mujer, procediendo con voluntad y malicia, sin circunstancia que excuse o legitime, y sin que constituya asesinato.” Dicc. Jurídico Dr. Cabanellas.
  • 8. HOMICIDIO ININTENCIONAL.  Es reo de homicidio inintencional el que ha causado el mal por falta de previsión o de precaución, pero sin intención de atentar contra otro. El que inintencionalmente hubiere causado la muerte de otra persona, si el acto no estuviere más severamente reprimido, Art. 459 ; 460 Código Penal.  Pena General: Prisión.  Pena Específica: meses a 2 años; multa de 8 a 31 dólares.  Sanción en caso de tentativa; Los autores de tentativa sufrirán una pena de uno a dos tercios de la que se les habría impuesto si el delito se hubiere consumado. Para la aplicación de la pena se tomará necesariamente en consideración el peligro corrido por el sujeto pasivo de la infracción y los antecedentes del acusado (Código Penal: Arts. 16; 46)  Tipo de Acción: Penal Pública.  Titular de la acción: Fiscal  Tiempo de indagación previa:1 año  Tiempo de instrucción fiscal:90 días
  • 9. HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL  Cuando las heridas, o golpes, dados voluntariamente, pero sin intención de dar la muerte, la han causado, el delincuente será reprimido, Art.455 Código Penal  Tipo de acción: Acción penal pública,  Concordancias440-B (440.3) ; 448 ; 458  Pena general: Reclusión menor ordinaria  Pena específica3 a 6 años  Sanción en caso de tentativa: Los autores de tentativa sufrirán una pena de uno a dos tercios de la que se les habría impuesto si el delito se hubiere consumado. Para la aplicación de la pena se tomará necesariamente en consideración el peligro corrido por el sujeto pasivo de la infracción y los antecedentes del acusado (Código Penal: Arts. 16; 46)  Titular de la acción: Fiscal  Tiempo de indagación previa: 1 año  Tiempo de instrucción fiscal: 90 días
  • 10. PENA ARTÍCULO INDAGACIÓN CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS NO MODIFICADA CONSTITUTIVAS Si los actos de violencia se cometen con alevosía, por precio o promesa remuneratoria, por medio de inundación, veneno, incendio o descarrilamiento, con ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor del ofendido, cuando se ha imposibilitado a la víctima de defenderse, por un medio cualquiera de causar grandes estragos, buscando de propósito la noche o el despoblado, con el fin de que no se descubra, o no se detenga al delincuente, excepto cuando el delincuente sea ascendiente o descendiente cónyuge o hermano del Reclusión menor delincuente al que haya querido favorecer, y como medio de ordinaria de 6 455 Inc. 2 1 año preparar, facilitar, consumar u ocultar otro delito, o para asegurar sus a 9 años resultados o impunidad, o por no haber obtenido los resultados que se propuso al intentar el otro hecho punible, o con odio o desprecio en razón de raza, religión, origen nacional o étnico, orientación sexual o identidad sexual, edad, estado civil o discapacidad, de la víctima; o si ha sido cometido en contra de miembros de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional, fiscales o jueces de garantías penales, en el desempeño de sus funciones. Reclusión Si el culpado ha cometido la infracción en la persona del padre u otro menor 458 1 año ascendiente, o descendiente, cónyuge o hermano ordinaria de 5 a 6 años Si el acto se ha cometido a través de la instigación, promoción o Máximo de la 440-B ejecución de actividades turísticas, o contra personas que tengan la pena (440.3) 1 año condición de turistas y a sabiendas de tal condición
  • 11. Art. 449.- El homicidio cometido con intención de dar la muerte, pero sin ninguna de las circunstancias detalladas en el artículo siguiente, es homicidio simple y será reprimido con reclusión mayor de ocho a doce años.  Tipo de acción: Acción penal pública  Concordancias440-B (440.3)  Pena general: Reclusión mayor ordinaria  Pena específica8 a 12 años  Sanción en caso de tentativa: Los autores de tentativa sufrirán una pena de uno a dos tercios de la que se les habría impuesto si el delito se hubiere consumado. Para la aplicación de la pena se tomará necesariamente en consideración el peligro corrido por el sujeto pasivo de la infracción y los antecedentes del acusado (CP: Art. 46)  Titular de la acción: Fiscal  Tiempo de indagación previa: 1 año  Tiempo de instrucción fiscal: 90 días  EJEMPLO PRÁCTICO: Juicio Nº 210-2005 Resolución Nº 019-2007 Juicio penal por tentativa de asesinato y Homicidio.
  • 12. SUICIDIO  “El Homicidio de uno mismo, la acción de quitarse la vida por un acto voluntario y violento.” Dicc. Jurídico Dr. Cabanellas.  El que instigare o prestare auxilio a otro para que se suicide, si el suicidio se hubiese tentado o consumado Art.454 Código Penal.  Tipo de acción: Acción penal pública  Concordancias440-B (440.3) ; 458  Pena general: Prisión  Pena específica1 a 4 años; multa de 8 a 77 dólares  Sanción en caso de tentativa: Los autores de tentativa sufrirán una pena de uno a dos tercios de la que se les habría impuesto si el delito se hubiere consumado. Para la aplicación de la pena se tomará necesariamente en consideración el peligro corrido por el sujeto pasivo de la infracción y los antecedentes del acusado (Código Penal: Arts. 16; 46)  Titular de la acción: Fiscal  Tiempo de indagación previa: 1 año  Tiempo de instrucción fiscal: 90 días
  • 13. EL ABORTO CONSENTIDO  Que por alimentos, bebidas, medicamentos o cualquier otro medio hubiere hecho abortar a una mujer que ha consentido en ello, Art.443 Código Penal  Tipo de acción: Acción penal pública  Concordancias440-B (440.3)  Pena general: Prisión  Pena específica2 a 5 años  Sanción en caso de tentativa: Los autores de tentativa sufrirán una pena de uno a dos tercios de la que se les habría impuesto si el delito se hubiere consumado. Para la aplicación de la pena se tomará necesariamente en consideración el peligro corrido por el sujeto pasivo de la infracción y los antecedentes del acusado (Código Penal: Arts. 16; 46)  Titular de la acción: Fiscal  Tiempo de indagación previa: 1 año  Tiempo de instrucción fiscal: 90 días
  • 14. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS NO PENA ARTÍCULO INDAGACIÓN CONSTITUTIVAS MODIFICADA Si el acto se ha cometido a través de la instigación, promoción o ejecución de actividades Máximo de la turísticas, o contra personas que tengan la condición de 440-B (440.3) 1 año pena turistas y a sabiendas de tal condición Reclusión menor Si el culpado del aborto fuera profesional de la salud, ordinaria de 3 a 6 446 1 año médico, tocólogo, obstetriz, practicante o farmacéutico años
  • 15. ABORTO NO CONSENTIDO  El que por alimentos, bebidas, medicamentos, violencias o cualquier otro medio hubiere, intencionalmente, hecho abortar a una mujer que no ha consentido en ello. Art.441 Código Penal  Tipo de acción: Acción penal pública  Concordancias440-B (440.3)  Pena general: Reclusión menor ordinaria  Pena específica3 a 6 años  Sanción en caso de tentativa: Si los medios empleados no han tenido efecto, se reprimirá como tentativa. Los autores de tentativa sufrirán una pena de uno a dos tercios de la que se les habría impuesto si el delito se hubiere consumado. Para la aplicación de la pena se tomará necesariamente en consideración el peligro corrido por el sujeto pasivo de la infracción y los antecedentes del acusado (Código Penal: Arts. 16; 46; 441 Inc. 2).  Titular de la acción: Fiscal  Tiempo de indagación previa: 1 año  Tiempo de instrucción fiscal: 90 días
  • 16. CIRCUNSTANCIAS PENA MODIFICADA ARTÍCULO INDAGACIÓN MODIFICATORIAS NO CONSTITUTIVAS Si el acto se ha cometido a través de la instigación, promoción o ejecución de actividades turísticas, o contra personas que tengan la condición de Máximo de la pena 440-B (440.3) 1 año turistas y a sabiendas de tal condición Si el culpado del aborto fuera profesional de la salud, médico, tocólogo, obstetriz, practicante o Reclusión mayor ordinaria 446 1 año farmacéutico de 4 a 8 años
  • 17. ABORTO LETAL  Cuando los medios empleados con el fin de hacer abortar a una mujer hubieren causado la muerte de ésta, el que los hubiere aplicado o indicado con dicho fin será reprimido. Si la mujer ha consentido en el aborto, Art.445 Código Penal  Tipo de acción: Acción penal pública  Concordancias440-B (440.3)  Pena general: Reclusión menor ordinaria  Pena específica3 a 6 años  Sanción en caso de tentativa: Los autores de tentativa sufrirán una pena de uno a dos tercios de la que se les habría impuesto si el delito se hubiere consumado. Para la aplicación de la pena se tomará necesariamente en consideración el peligro corrido por el sujeto pasivo de la infracción y los antecedentes del acusado (Código Penal: Arts. 16; 46)  Titular de la acción: Fiscal  Tiempo de indagación previa: 1 año  Tiempo de instrucción fiscal: 90 días
  • 18. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS PENA MODIFICADA ARTÍCULO INDAGACIÓ NO CONSTITUTIVAS N Reclusión mayor Aborto letal aplicado o practicado sin el ordinaria de 8 a 12 445 1 año consentimiento de la madre años Si el acto se ha cometido a través de la instigación, promoción o ejecución de actividades turísticas, o contra personas Máximo de la pena 440-B (440.3) 1 año que tengan la condición de turistas y a sabiendas de tal condición Si el culpado del aborto fuera profesional de la salud, médico, Reclusión mayor tocólogo, obstetriz, practicante o ordinaria de 4 a 8 446 1 año farmacéutico, con consentimiento de la años madre Si el culpado del aborto fuera profesional de la salud, médico, Reclusión mayor tocólogo, obstetriz, practicante o extraordinaria de 12 a 446 1 año farmacéutico sin consentimiento de la 16 años madre
  • 19. ABORTO PRETERINTENCIONAL  Cuando el aborto ha sido causado por violencias hechas voluntariamente, pero sin intención de causarlo, Art 442 Inc. 1 Código Penal.  Tipo de acción: Acción penal pública  Concordancias440-B (440.3)  Pena general: Prisión  Pena específica6 meses a 2 años  Sanción en caso de tentativa: Los autores de tentativa sufrirán una pena de uno a dos tercios de la que se les habría impuesto si el delito se hubiere consumado. Para la aplicación de la pena se tomará necesariamente en consideración el peligro corrido por el sujeto pasivo de la infracción y los antecedentes del acusado (Código Penal: Arts. 16; 46)  Titular de la acción: Fiscal  Tiempo de indagación previa: 1 año  Tiempo de instrucción fiscal: 90 días
  • 20. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS PENA MODIFICADA ARTÍCULO INDAGACIÓN NO CONSTITUTIVAS Si la violencia ha sido cometida con premeditación o con conocimiento del Prisión de 1 a 5 años 442 Inc. 2 1 año estado de gestación de la mujer Si el acto se ha cometido a través de la instigación, promoción o ejecución de actividades turísticas, o contra personas Máximo de la pena 440-B (440.3) 1 año que tengan la condición de turistas y a sabiendas de tal condición
  • 21. ABORTO VOLUNTARIO  La mujer que voluntariamente hubiere consentido en que se le haga abortar, o causare por sí misma el aborto, Art.444 Inc. 1 Código Penal  Tipo de acción: Acción penal pública  Concordancias440-B (440.3)  Pena general: Prisión  Pena específica1 a 5 años  Sanción en caso de tentativa: Los autores de tentativa sufrirán una pena de uno a dos tercios de la que se les habría impuesto si el delito se hubiere consumado. Para la aplicación de la pena se tomará necesariamente en consideración el peligro corrido por el sujeto pasivo de la infracción y los antecedentes del acusado (CP: Art. 46)  Titular de la acción: Fiscal  Tiempo de indagación previa: 1 año  Tiempo de instrucción fiscal: 90 días
  • 22. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS NO PENA ARTÍCULO INDAGACIÓ CONSTITUTIVAS MODIFICADA N Si la mujer consintiere en que se le haga abortar o causare por sí misma el aborto, para Prisión de 6 meses 444 Inc. 2 1 año ocultar su deshonra a 2 años Si el acto se ha cometido a través de la instigación, promoción o ejecución de actividades turísticas, o contra personas que 440-B Máximo de la pena 1 año tengan la condición de turistas y a sabiendas (440.3) de tal condición
  • 23. INFANTICIDIO  La madre que por ocultar su deshonra matare al hijo recién nacido, será reprimida. Igual pena se impondrá a los abuelos maternos que, para ocultar la deshonra de la madre, cometieren este delito, Art.453 Código Penal  Tipo de acción: Acción penal pública  Concordancias440-B (440.3)  Pena general: Reclusión menor ordinaria  Pena específica3 a 6 años  Sanción en caso de tentativa: Los autores de tentativa sufrirán una pena de uno a dos tercios de la que se les habría impuesto si el delito se hubiere consumado. Para la aplicación de la pena se tomará necesariamente en consideración el peligro corrido por el sujeto pasivo de la infracción y los antecedentes del acusado (CP: Art. 46)  Titular de la acción: Fiscal  Tiempo de indagación previa: 1 año  Tiempo de instrucción fiscal: 90 días
  • 24. MUERTE PRODUCIDA EN RIÑA O AGRESIÓN  Cuando en riña o agresión en que tomaren parte más de dos personas, resultare una muerte, sin que constare quien o quienes la causaron, se tendrá por autores a todos los que ejercieron violencia sobre la persona del ofendido, Art. 461 CP  Tipo de acción: Acción penal pública  Concordancias440-B (440.3)  Pena general: Prisión  Pena específica1 a 5 años; multa de 31 a 77 dólares  Sanción en caso de tentativa: Los autores de tentativa sufrirán una pena de uno a dos tercios de la que se les habría impuesto si el delito se hubiere consumado. Para la aplicación de la pena se tomará necesariamente en consideración el peligro corrido por el sujeto pasivo de la infracción y los antecedentes del acusado (Código Penal: Arts. 16; 46)  Titular de la acción: Fiscal  Tiempo de indagación previa: 1 año  Tiempo de instrucción fiscal: 90 días