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PLAN
DE DESARROLLO
MUNICIPAL
2016 - 2019
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TABLA DE CONTENIDO
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PRESENTACIÓN 15
• Equipo de gobierno 17
• Concejo municipal 18
• Consejo territorial de planeación 19
• Equipo líder para la construcción del plan 20
1 COMPONENTES GENERALES DEL PLAN DE DESARROLLO 21
1.1 Objetivo general 20
1.2 Visión 21
1.3 Principios y valores 22
1.4 Enfoques del plan de desarrollo 23
1.5 Marco legal 25
1.6 Marco conceptual 27
1.7 Un recorrido por la historia 27
1.8 Emblemas del municipio: escudo, himno, bandera 31
2 LÍNEAS ESTRATÉGICAS 33
2.1 LÍNEA TERRITORIAL - INFRAESTRUCTURA FÍSICA 33
2.1.1 Definición 33
2.1.2 Objetivo estratégico 33
2.1.3 Descripción de los sectores de competencia 33
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2.1.3.1 Vivienda 34
2.1.3.2 Catastro 35
2.1.3.3 Infraestructura 36
2.1.3.3.1 Movilidad vial y peatonal 36
2.1.3.3.2 Espacio público 37
2.1.3.3.3 Equipamientos urbanos 38
2.1.3.4 Alianzas público privadas (APP) 38
2.1.3.4.1 Convenios solidarios 39
2.1.3.5 Buen gobierno 39
2.1.4 Identificación de problemas - Causas y consecuencias 41
2.1.5 Análisis para el cierre de brechas 42
2.1.6 Estructuración de programas indicadores y metas 44
2.2 LÍNEA TERRITORIAL - SANEAMIENTO BÁSICO 48
2.2.1 Definición 48
2.2.2 Objetivo estratégico 48
2.2.3 Descripción de los sectores de competencia 49
2.2.3.1 Acueductos 49
2.2.3.1.1 Acueducto y saneamiento básico 49
2.2.3.1.2 Acueducto urbano 50
2.2.3.1.3 Alcantarillado 51
2.2.3.1.4 Residuos sólidos rurales 52
2.2.3.2 Aseo 53
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2.2.4 Identificación de problemas - Causas y consecuencias 55
2.2.5 Estructuración de programas indicadores y metas 56
2.3 LÍNEA DE DESARROLLO ECONÓMICO 59
2.3.1 Definición 59
2.3.2 Objetivo estratégico 59
2.3.3 Descripción de los sectores de competencia 59
2.3.3.1 Productividad y competitividad rural 59
2.3.3.1.1 Agropecuario 59
2.3.3.1.2 Pecuario 61
2.3.3.1.3 Porcino 63
2.3.3.1.4 Aves de corral 63
2.3.3.1.5 Otras especies menores 63
2.3.3.2 Sector desarrollo empresarial 64
2.3.3.3 Sector turismo 64
2.3.3.4 Cambio climático y gestión ambiental 65
2.3.3.5 Gestión del riesgo 68
2.3.3.6 Protección animal y control de vectores 69
2.3.4 Identificación de problemas - Causas y consecuencias 70
2.3.5 Estructuración de programas indicadores y metas 72
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2.4 LÍNEA ESTRATEGICA SOCIAL 76
2.4.1 Definición 76
2.4.2 Objetivo estratégico 76
2.4.3 Descripción de los sectores de competencia 76
2.4.3.1 Educación 76
2.4.3.1.1 Cobertura 76
2.4.3.1.2 Sector oficial 77
2.4.3.1.3 Sabatino y cobertura educativa contratada 77
2.4.3.1.4 Metodologías educativas flexibles 77
2.4.3.1.5 Atención educativa a niños, niñas y jóvenes afectados por la violencia
78
2.4.3.1.6 Atención a poblaciones con necesidades educativas especiales 78
2.4.3.1.7 Alfabetización y educación básica para jóvenes, adultos y disminución
de la extra edad 78
2.4.3.1.8 Educación superior 79
2.4.3.1.9 Costos educativos y gratuidad 79
2.4.3.1.10 Transporte escolar 79
2.4.3.1.11 Alimentación escolar 80
2.4.3.1.12 Ampliación y mejoramiento de la infraestructura educativa 80
2.4.3.1.13 Calidad 80
2.4.3.1.14 Educación ambiental 81
2.4.3.1.15 Tics – tecnologías de la información y las comunicaciones 81
2.4.3.1.16 Eficiencia y eficacia 81
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2.4.3.1.17 Pertinencia 82
2.4.3.2 Sector cultura 83
2.4.3.3 Sector deporte 83
2.4.3.4 Buen gobierno 84
2.4.3.5 Identificación de problemas - causas y consecuencias 85
2.4.3.6 Análisis para el cierre de brechas 89
2.4.3.7 Estructuración de programas indicadores y metas 90
2.4.3.8 Salud 94
2.4.3.8.1 Objetivo estratégico 94
2.4.3.8.2 Descripción de los sectores de competencia 94
2.4.3.8.2.1 Salud pública 94
2.4.3.8.2.2 Inclusión social 95
2.4.3.8.2.3 Afiliación al sistema general de seguridad social en salud SGSSS 95
2.4.3.8.2.4 Seguridad alimentaria y nutrición 96
2.4.3.8.2.5 Primera infancia, adolescencia y fortalecimiento familiar 97
2.4.3.8.2.5.1 Primera infancia 98
2.4.3.8.2.5.2 Jóvenes adolescentes 99
2.4.3.8.2.5.3 Familia 99
2.4.3.8.2.6 Programas de envejecimiento y vejez 99
2.4.3.8.2.7 Procesos de participación para la paz, convivencia y posconflicto100
2.4.3.8.2.8 Equidad de género 100
2.4.3.8.2.9 Diversidad sexual 100
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2.4.3.8.2.10 Discapacidad 100
2.4.3.8.2.11 Seguridad en el trabajo 101
2.4.3.8.2.12 Plan territorial de salud 101
2.4.3.8.3 Identificación de problemas - Causas y consecuencias 102
2.4.3.8.4 Análisis para el cierre de brechas 104
2.4.3.8.5 Estructuración de programas indicadores y metas 105
2.5 LINEA DEMOCRACIA Y DESARROLLO INSTITUCIONAL 114
2.5.1 Definición 114
2.5.2 Objetivo estratégico 114
2.5.3 Descripción sectores de competencia 114
2.5.3.1 Derechos humanos 114
2.5.3.1.1 Comisaria de familia municipal 115
2.5.3.1.2 Policía de la unidad básica de investigación criminal - infancia y
adolescencia 115
2.5.3.1.3 Sistemas de responsabilidad penal para adolescentes (SRPA) 116
2.5.3.1.4 Programas para el fortalecimiento de la democracia y el desarrollo
institucional 117
2.5.3.1.4.1 Ser legal paga 117
2.5.3.1.4.2 Prevenir es mejor 118
2.5.3.1.4.3 Sanamente 118
2.5.3.2 Víctimas, paz y posconflicto - programas 119
2.5.3.2.1 Victimas paz y posconflicto 119
2.5.3.2.2 Reconciliación y reintegración 120
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2.5.3.2.3 Dar todo por la equidad y la justicia social 121
2.5.3.2.4 Garantía de derechos a grupos vulnerables 122
2.5.3.3 Seguridad, orden público y movilidad 123
2.5.3.3.1 Inspección de policía y tránsito municipal 123
2.5.3.3.1.1 Cobro persuasivo, coactivo de tránsito y procesos 124
2.5.3.3.2 Justicia, seguridad y convivencia ciudadana - programas 125
2.5.3.3.2.1 Plan integral de seguridad y convivencia ciudadana (PISCC) 126
2.5.3.3.2.2 Justicia, seguridad y convivencia ciudadana 127
2.5.3.3.2.3 Dar todo por la vida 127
2.5.3.3.2.4 Laboratorio de seguridad "Concordia para la región" 128
2.5.3.3.2.5 Con el comandante 128
2.5.3.4 Sector administrativo - programas 129
2.5.3.4.1 Administración municipal 129
2.5.3.4.2 Personal administrativo 130
2.5.3.4.3 Ambiente laboral saludable 130
2.5.3.4.4 Equipamiento municipal 131
2.5.3.4.5 Con el alcalde 131
2.5.3.4.6 Con seguridad, espacio público y movilidad 132
2.5.4 Arbol del problema (causas y consecuencias) 133
2.5.5 Estructuración de programas indicadores y metas 134
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3 PLAN FINANCIERO POR SECTOR 143
3.1 Políticas y estrategias de financiación 146
3.2 Plan Plurianual de inversión 149
3.3 Costeo de los programas y fuentes de financiación 156
ANEXOS
A. Plan Territorial de Salud 165
B. Registro fotográfico - socialización y construcción del plan de
desarrollo 2016-2019 - Identificando situaciones negativas y
comunidad construyendo visión. 178
C. Formato 5: Diario de campo con la comunidad 184
D. Herramienta de seguimiento y evaluación del plan de desarrollo 187
E. Conceptos fundamentales 188
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Concordia, abril 30 de 2016
Señores:
Concejo Municipal
Concordia, Antioquia
Asunto: Exposición de motivos proyecto acuerdo No. 004 abril 30 de 2016, “por
el cual se adopta el plan de desarrollo “Dar todo por Concordia” para la
vigencia 2016 – 2019”
Se somete a consideración del Concejo Municipal el proyecto de mayor
trascendencia en la vida municipal durante los próximos cuatro (4) años: el Plan
de Desarrollo Territorial (PDT), cumpliendo de esta forma con el mandato
constitucional previsto en los artículos 313, 339, 342 de la Constitución Política.
Esta iniciativa tuvo como antecedente nuestro programa de gobierno y fue nutrido
principalmente con la participación de diversos sectores sociales, económicos y
políticos; adicionalmente se tuvo en cuenta el Plan Nacional de Desarrollo “Todos
por un Nuevo País” adoptado por la Ley 1753 de 2015 como estrategia para lograr
un desarrollo armónico en coordinación con las políticas nacionales que
garanticen el acceso de los recursos de cofinanciación por parte de las entidades
del orden nacional, también se armonizó con las líneas propuestas por la
Gobernación de Antioquia para su Plan de Desarrollo “Pensando en Grande”,
siendo así consecuentes, con el postulado constitucional que nos caracteriza
como república unitaria pero preservando los programas y proyectos que fueron
propuestos a la comunidad al momento de mi elección, garantizando de esta
forma el cumplimiento del voto programático y respetando el atributo de
descentralización administrativa que le imprimió el constituyente de 1991 a nuestra
carta política.
Este proyecto de acuerdo agotó las etapas previstas en la ley 152 de 1994 y por
tal motivo dentro de la oportunidad legal correspondiente se presenta a
consideración del Concejo Municipal esta iniciativa para que sea discutida y
adoptada mediante acuerdo durante las secciones ordinarias del mes de mayo de
2016, para lo cual ofrezco de antemano la participación del gobierno municipal en
todas y cada una de las sesiones de debate en las que el Concejo requiera
aclaraciones u observaciones frente a la iniciativa presentada.
Cordialmente,
DIEGO ALEJANDRO RESTREPO GUERRA
Alcalde Periodo 2016-2019
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ACUERDO 003
(30 mayo 2016)
POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL “DAR
TODO POR CONCORDIA” PERIODO 2016 – 2019.
El Concejo municipal de Concordia Antioquia, en uso de sus atribuciones
constitucionales y legales y en especial de las que les confiere el numeral 2 del
artículo 313 de la constitución política, en concordancia con lo previsto por el
artículo 21 de la ley 1551 de 2012, articulo 37 a 40 de la Ley 152 de 1994, ley 715
de 2001, ley 136 de 1994 y,
CONSIDERANDO:
Que el numeral 2° del artículo 313 de la Constitución política establece que
corresponde a los concejos municipales adoptar los correspondientes planes y
programas de Desarrollo Económico y Social.
Que la constitución Nacional de 1991 establece en el artículo 339 que “las
entidades territoriales elaborarán y adoptarán de manera concertada entre ellas y
el gobierno nacional, planes de desarrollo, con el objeto de asegurar el uso
eficiente de sus recursos y el desempeño adecuado de las funciones que les
hayan sido asignadas por la constitución y la ley”.
Que el artículo 342 de la constitución política de Colombia, prevé que en la
adopción del Plan de Desarrollo se debe hacer efectiva la participación ciudadana
en su elaboración, conforme a lo establecido en nuestro estatuto fundamental.
Que la ley 152, ley orgánica de planeación, establece los procedimientos y
mecanismos para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y
control de los Planes de Desarrollo Territorial (PDT), en el marco de las demás,
disposiciones contempladas en la constitución que se refieren a la planeación en
el nivel municipal y departamental.
Que el artículo 36 de la ley 152 de 1994, establece que para elaborar, aprobar,
ejecutar, hacer seguimiento y evaluar los planes de desarrollo de las entidades
territoriales se deben aplicar, en cuanto sean compatibles las mismas reglas
previstas para el Plan Nacional de Desarrollo (PND).
Que la ley 388 de 1997, tiene como objetivo reglamentar el procedimiento de
planeación del territorio, el establecimiento de los mecanismos que permitan al
municipio, en ejercicio de su autonomía, promover el ordenamiento de su territorio,
el uso equitativo y racional del suelo, la preservación y defensa del patrimonio
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ecológico y cultural localizado en su ámbito territorial y la prevención de desastres
en asentamientos de alto riesgo, así como la ejecución de acciones urbanísticas
eficientes, garantizar que el uso del suelo se ajuste a la función social de la
propiedad y permita hacer efectivos los derechos constitucionales a la vivienda y a
los servicios públicos domiciliarios, y velar por la creación y la defensa del espacio
público, así como por la protección del medio ambiente y la prevención de
desastres y promover la concurrencia en armonía de las diferentes entidades
nación territorio.
Que el artículo 6° de la ley 388 de 1997, complementa la planificación económica
y social con la planificación física, para orientar el desarrollo del territorio,
racionalizar las intervenciones sobre el territorio y orientar su desarrollo y
aprovechamiento sostenible.
Que la ley 136 de 1994, Por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la
organización y el funcionamiento de los municipios, establece remisión normativa
para el trámite de aprobación del Plan de Desarrollo Territorial (PDT), igualmente
establece como funciones del Alcalde la ejecución del Plan de Desarrollo
Territorial.
Que el artículo 91 de la ley 136 de 1994, literal “E”, establece que el alcalde debe
informar sobre el desarrollo de su gestión a la ciudadanía, así mismo el artículo 74
establece que el trámite y aprobación del Plan Municipal de Desarrollo debe
sujetarse a lo que disponga la ley orgánica de planeación.
Que la ley 819 de 2003, por la cual se dictan normas orgánicas en materia de
presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal y se dictan otras
disposiciones, estableciéndose como una herramienta en materia presupuestal
para la debida ejecución de lo consignado en el Plan de Desarrollo Territorial
(PDT), Dar todo por Concordia, periodo 2016-2019.
Que la ley 617 de 2000, por la cual se reforma parcialmente la ley 136 de 1994, el
decreto extraordinario 1222, se adiciona la ley orgánica de presupuesto, el decreto
1421 de 1993, se dictan otras normas tendientes a fortalecer la descentralización y
la racionalización del gasto público nacional, contiene elementos tendientes a
racionalizar el gasto municipal el cual está ligado a la ejecución del Plan Municipal
de Desarrollo.
Que la ley 715 de 2001, en su artículo 90 establece que las secretarias de
planeación departamental o la entidad que haga sus veces, deben elaborar un
informe semestral de evaluación de la gestión y la eficiencia, con indicadores de
resultado y de impacto de la actividad local e informar a la comunidad a través de
medios masivos de comunicación, y el artículo 43 estipula que el gobernante debe
presentar u n informe anual de ejecución del plan ante el cuerpo colegiado.
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Que el artículo 204 de la ley 1098 de 2006, establece que los mandatarios
territoriales, en los primeros cuatro meses de sus mandatos deben hacer un
diagnóstico sobre los temas de infancia, niñez y adolescencia teniendo en cuenta
el ciclo de vida, el enfoque de garantías y restablecimiento de derechos, con el fin
de establecer los problemas prioritarios y las estrategias a corto, mediano y largo
plazo que se implementaran en el Plan Municipal de Desarrollo para atenderlas.
Que cumpliendo el principio de armonía en la planeación se ha tenido en cuenta
los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo, 2014 - 2018 “Todos por un
nuevo País”, aprobado mediante la ley 1753 del 9 de junio de 2015, el cual tiene
por objetivo construir una Colombia en paz, equitativa y educada, en armonía con
los propósitos del Gobierno Nacional, con las mejores prácticas y estándares
internacionales, y con la visión de planificación de largo plazo prevista por los
objetivos de desarrollo sostenible.
Que El Plan Territorial de Salud - PTS - Es el instrumento estratégico e indicativo
de política pública en salud, que permite a las entidades territoriales contribuir con
el logro de las metas estratégicas del Plan Decenal de Salud Pública: i) Equidad
en Salud. ii) Afectación positiva de los determinantes de la salud. iii) Mitigación de
los impactos de la carga de la enfermedad, todo ello en la búsqueda de alcanzar la
visión de paz, equidad social y desarrollo humano sostenible y sustentable.
(Definición Articulo 6 - Resolución 1536 de 2015)
Que se presenta ante el Concejo Municipal, el Plan Territorial de Salud y
Operativo Anual de Inversiones, esta información enfocada bajo la estrategia
PASE a la equidad que es la diseñada por el Ministerio de Salud y Protección
Social para que los Municipios adopten y adapten el Plan Decenal de Salud
Pública, cumpliendo así las competencias como entidad territorial dictadas por Ley
1438 de 2011 y lo dispuesto en la Resolución 1841 de 2013 que adoptó el Plan
Decenal de Salud Pública.
Que de acuerdo a la Resolución 1536 de 2015, la manera de hacer consistente el
Plan de Desarrollo 2016-2019 con el Plan Decenal de Salud Pública 2012-2021,
es el Plan Territorial de Salud, el cual, como lo dice el Artículo 27 de la misma
Resolución, es parte integral del Plan de Desarrollo Territorial, por lo cual debe ser
aprobado de manera simultánea por el Honorable Concejo Municipal; y su
periodicidad, según lo define el Artículo 26 de esta Resolución, será cada 4 años.
Que este Plan podrá ser articulado y ajustado si durante su vigencia, se presentan
nuevos planes en el nivel más amplio, por lo que se requeriría presentar de nuevo
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a aprobación para hacerlo consistente con aquellos, según lo dispone el Artículo
de la Ley 152 de 1994.
Que una vez agotados todos los procedimientos y la metodología que consagra
las normas constitucionales y legales que rigen la aprobación y promulgación de
los planes de desarrollo, el Concejo del Municipal de Concordia, Departamento de
Antioquia.
Por lo Anteriormente expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: ADÓPTESE para el Municipio de Concordia,
Departamento de Antioquia, el Plan de Desarrollo Municipal “Dar Todo por
Concordia” periodo 2016-2019, cuyo texto se incluye como anexo al presente
Acuerdo Municipal.
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PRESENTACIÓN
“Dar todo por Concordia” es el producto de un ejercicio de reflexión y concertación
con muchos actores de la comunidad, que desde sus sentires y experiencias han
manifestado los problemas que más afectan su calidad de vida; con un grupo de
profesionales oriundos del municipio, altamente calificados que conocen la
realidad actual del municipio y con un porcentaje muy representativo de personas
de la comunidad que sin ningún interés han dedicado horas a analizar y aportar
ideas y propuestas para la construcción del plan de desarrollo 2016- 2019.
Durante el cuatrienio quiero desarrollar una propuesta de bienestar, progreso
armónico y mejoramiento de la calidad de vida de todos los pobladores del
municipio; marcar el inicio de un proceso diferente de gobierno, dejar huellas para
tener a mediano plazo una Concordia futurista, competitiva, educada, incluyente,
fuerte en el restablecimiento de derechos; la atención inmediata y asistencia a la
población afectada por el conflicto, sea cual fuera el hecho que la haga susceptible
a estas situaciones y con la seguridad de que participaran de forma activa en
todos los programas contemplados en las diferentes líneas estratégicas del plan
de desarrollo.
Una Concordia pujante, prospera; amable con el medio ambiente; armónica, en
paz con la naturaleza y por ende en sana convivencia y capacitada para enfrentar
el postconflicto sin ningún tipo de exclusión ni de vulneración de derechos; todo a
través del impulso de cuatro ejes estratégicos fundamentales; con énfasis en la
ruralidad, la democracia y el buen gobierno local y enmarcadas en el desarrollo y
fortalecimiento territorial, social, económico e institucional; producto de la
búsqueda e implementación de estrategias para garantizar seguridad, convivencia
y justicia ciudadana para todos y todas.
Mi compromiso es cumplir el 100% de las metas que estoy proyectando en el plan,
gestionar al máximo recursos para la ejecución de todos los programas en cada
una de las líneas estratégicas; y así lograr en la medida de las posibilidades, el
cierre de algunas brechas contempladas en los objetivos de desarrollo sostenible-
ODS 2030.
He superado y lo seguiré haciendo, con la ayuda del Altísimo, momentos difíciles.
Estoy listo para que unidos avancemos por una nueva Concordia, en la línea que
propone el plan de desarrollo nacional “Todos por un nuevo país” el plan de
desarrollo departamental “pensando en grande 2016- 2019” y muy importante para
mí: el pensamiento y sentir de la comunidad Concordiana.
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“Dar todo por Concordia” es entonces, liderar con disciplina, eficiencia, eficacia y
transparencia un proceso de transformación del territorio, con el único propósito de
optimizar al máximo las potencialidades, capacidades e insumos disponibles en
pro de un desarrollo sostenible y sustentable para el total de la población.
Finalmente quiero agradecer al Concejo Municipal, al Consejo territorial de
planeación, a mi equipo de trabajo, a mi esposa y a la comunidad concordiana en
general, por el significativo aporte que me han hecho para lograr un plan de
desarrollo construido 100% por concordianos y para los concordianos.
DIEGO ALEJANDRO RESTREPO GUERRA
Alcalde Periodo 2016-2019
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EQUIPO DE GOBIERNO
DIEGO ALEJANDRO RESTREPO GUERRA.
Alcalde Municipal.
GLORIA INÉS PALACIO PALACIO.
Secretaria de Hacienda y Desarrollo Económico.
BEATRIZ EUGENIA GALLO VÉLEZ.
Secretaria de Salud y Bienestar Social.
JUAN DAVID RESTREPO RAMÍREZ.
Secretario de Gobierno y Servicios Administrativos.
CARLOS GUSTAVO QUIJANO RESTREPO.
Secretario de Educación, Deporte y Cultura.
MANUEL FERNANDO CORREA VÉLEZ.
Secretario de Planeación y Desarrollo Territorial.
CRISTIAN DAVID RESTREPO GALEANO.
Secretario de Agricultura y Medio Ambiente.
DIEGO ALEJANDRO PALACIO SUAREZ.
Gerente Empresas Públicas Municipales de Concordia.
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CONCEJO MUNICIPAL
2016 – 2019
OMAR DE JESÚS LEÓN HERRERA.
EDUARDO ALONSO CUERVO VÉLEZ.
JAVIER LEÓN MESA TORO.
DIEGO ALEJANDRO SANCHEZ COLORADO.
AUGUSTO DE JESÚS VILLEGAS FRANCO.
OLGA MARGARITA RIVERA ZAPATA.
OSCAR ALEXIS OSPINA RUIZ.
CARLOS EDUARDO RUA ZAPATA.
VICTOR AUGUSTO URREGO AGUIRRE.
JUAN CARLOS SALAZAR FERNÁNDEZ.
ROBINSON ANDRÉS HURTADO ARDILA.
NOLASCO ANTONIO JIMÉNEZ MEJÍA.
LUIS MARÍA BEDOYA MONTOYA.
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CONSEJO TERRITORIAL DE PLANEACIÓN
JORGE ALBERTO POSADA SALDARRIAGA.
Sector Salud.
GERMÁN FERNÁNDEZ POSADA.
Sector Productivo.
OVIDIO DE JESÚS RUIZ RUIZ.
Sector Comunitario.
SOLEDAD ORTIZ OSPINA.
Sector Ambiental.
JAIBER ANDRÉS CARDONA ARANGO.
Sector Infancia y Niñez.
FRANCISCO JAVIER BEDOYA PARRA.
Sector Recreación y Deporte.
EDUARDO ALONSO CUERVO VÉLEZ.
Sector Concejo Municipal
MARTHA ELENA AGUILAR AGUILAR.
Sector Asociación de Mujeres.
JOHN JAIRO ZAPATA MUÑOZ.
Sector Educación.
GLADYS ELENA RESTREPO GUTIERREZ.
Sector Discapacidad.
WILSON DE JESÚS MORALES BLANDÓN.
Sector Juventud.
YEISON FERNEY BEDOYA ÁLVAREZ.
Sector Cultura.
ALEXANDER CASTAÑO RAMÍREZ.
Sector Microempresarios.
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EQUIPO LÍDER PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL
PLAN DE DESARROLLO
DIEGO ALEJANDRO RESTREPO GUERRA.
Alcalde Municipal.
GLORIA INÉS PALACIO PALACIO.
Secretaria de Hacienda y Desarrollo Económico.
BEATRIZ EUGENIA GALLO VÉLEZ.
Secretaria de Salud y Bienestar Social.
JUAN DAVID RESTREPO RAMÍREZ.
Secretario de Gobierno y Servicios Administrativos.
CARLOS GUSTAVO QUIJANO RESTREPO.
Secretario de Educación, Deporte y Cultura.
MANUEL FERNANDO CORREA VÉLEZ.
Secretario de Planeación y Desarrollo Territorial.
CRISTIAN DAVID RESTREPO GALEANO.
Secretario de Agricultura y Medio Ambiente.
DIEGO ALEJANDRO PALACIO SUAREZ.
Gerente Empresas Públicas Municipales de Concordia.
MARIA DE LAS MERCEDES VELEZ HOLGUÍN.
Acompañante Construcción Plan de Desarrollo
CATALINA AVENDAÑO ROLDAN.
Primera Dama.
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1. COMPONENTES GENERALES DEL
PLAN DE DESARROLLO
1.1 OBJETIVO GENERAL
Fortalecer la productividad agropecuaria, pecuaria y turística del municipio
con valor agregado, desarrollo sostenible y sustentable; facilidad de
movilidad; hábitat confortables; espacios culturales; lúdicos, deportivos y
recreativos mejorados; atención integral en salud; infraestructuras
adecuadas; procesos educativos que respondan a las necesidades y
expectativas de la comunidad y faciliten rescate de valores y principios
fundamentales de la comunidad concordiana en pro de un desarrollo humano
con inclusión social y enfoque diferencial, articulando la riqueza paisajística
del municipio a las buenas prácticas de gobernabilidad local. Objetivo
1.2 VISIÓN	
En el 2019, Concordia será un municipio reconocido a nivel local, regional y
departamental por sus avances en la recuperación de la credibilidad y
confianza de la comunidad en la institucionalidad y sus gobernantes; el
aprovechamiento de su potencial competitivo en el área territorial, educativa,
ambiental sociopolítica, económica democrática y de desarrollo institucional;
para responder con efectividad a los procesos de inclusión, restitución de
derechos; atención a víctimas y población vulnerable en general; además de
asegurar sostenibilidad y sustentabilidad alimentaria a sus habitantes; todo
lo anterior soportado en un período de postconflicto que garantice una paz
duradera e incentive la pujanza de la población hacia el logro del municipio
que soñamos para nosotros y las generaciones venideras.
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1.3 PRINCIPIOS Y VALORES
• Equidad y solidaridad:
Como condición esencial para garantizar un buen entorno social y un
desarrollo sustentable, apoyado en la redistribución justa e inclusiva de los
recursos y beneficios para toda la comunidad.
• Participación y concertación:
Orientadas a potenciar en la ciudadanía en general su capacidad de
asociarse y organizarse, para ejercer una influencia directa en las
decisiones públicas y de esa manera articularlas a los diferentes sectores
de acuerdo a prioridades y no a intereses particulares.
• Desarrollo social y humano:
Para generar cambios positivos en las relaciones de la comunidad y por
ende mejoramiento de la calidad de vida de las personas y de la sociedad
en general.
• Coordinación, armonía y coherencia:
Actuando siempre en consecuencia con lo expuesto en el plan de desarrollo
municipal “Dar todo por concordia” 2016-2019, a lo largo de todo el periodo
de gobierno.
• Integralidad:
Como la capacidad de sostener un sistema de atención eficiente, eficaz y
oportuna para toda la comunidad.
• Continuidad:
A través de un ejercicio de conservación de la credibilidad en las acciones
desarrolladas durante todo el periodo de gobierno, 2016-2019.
• Productividad y competitividad:
Referente a la capacidad efectiva de producción del territorio Concordiano;
con el acompañamiento de técnicas de producción más eficientes, y la
búsqueda de una mejor rentabilidad en los productos.
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• Convivencia pacífica:
Fundamentada en el respeto por el otro; condición prioritaria para
garantizar una paz duradera y la posibilidad de compartir espacios comunes
sin que se presente ningún tipo de agresión.
• Sostenibilidad ambiental:
Derecho inherente a la sostenibilidad social, al crecimiento económico y a
una política ambiental global que incentive la productividad y competitividad
del municipio.
1.4 ENFOQUES DEL PLAN DE DESARROLLO
• Poblacional:
Basado en una visión compartida de planeación y desarrollo territorial,
construida de manera colectiva y teniendo en cuenta cada una de las
líneas estratégicas y sectores contemplados en el plan de desarrollo “Dar
todo por concordia” 2016-2019; las cuales están encaminadas a propiciar
calidad de vida y bienestar a la población en general, logrando así atención
integral para todos y todas, recuperación de la identidad, sentido de
pertenencia, fortalecimiento del núcleo familiar y por ende de la sociedad¸
todo a través de una interacción constante de la comunidad con la
administración municipal.
• Garantía de derechos:
Enmarcado en la práctica permanente de inclusión de los derechos
humanos en cada una de las acciones realizadas, con el fin de fortalecer la
institucionalidad, la convivencia y la resolución pacífica de los conflictos, los
compromisos entre los pobladores, las relaciones de la comunidad con la
administración municipal y por ende la gobernabilidad.
• Ambiental: Orientado a obtener más productividad, mejores condiciones de
trabajo y al desarrollo de acciones en pro de lograr una relación más
armónica entre comunidad y ambiente, desarrollo y calidad de vida,
bienestar y bien común; todo considerado a la luz de la normatividad
vigente, las demandas de la población y las condiciones del municipio en
todo lo relacionado con hábitat y vivienda.
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• De género:
Como dimensión multicultural y multisocial que considera igualdad de
oportunidades para los diferentes géneros en el ámbito de la paz, el
desarrollo y los derechos humanos con la garantía de participación en los
escenarios de poder y decisión.
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1.5 MARCO LEGAL DEL PLAN DE DESARROLLO
Constitución política
de Colombia.
Establece en el Artículo 339 que “Las entidades
territoriales elaborarán y adoptarán de manera
concertada entre ellas y el gobierno nacional, planes de
desarrollo, con el objeto de asegurar el uso eficiente de
sus recursos y el desempeño adecuado de las funciones
que les hayan sido asignadas por la Constitución y la
ley” (CP, 1991).
Ley 152 de 1994. Ley Orgánica de Planeación: Establece los
procedimientos y mecanismos para la elaboración,
aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control
de los PDT, en el marco de las demás, disposiciones
contempladas en la Constitución que se refieren a la
planeación en el nivel municipal y departamental.
Ley 388 de 1997. Ley de Desarrollo Territorial.
Ley 136 de 1994. Organización y Funcionamiento de los municipios.
Ley 819 de 2003. Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de
presupuesto
Ley 617 de 2000. Por la cual se reforma parcialmente la Ley136 de 1994,
el Decreto extraordinario 1222, se adiciona la ley
orgánica de presupuesto, el Decreto 1421 de 1993, se
dictan otras normas tendientes a fortalecer la
descentralización y la Racionalización del gasto público
nacional.
Ley 134 de 1994. Ley Estatutaria de los mecanismos de participación
Ciudadana.
115 de 1994. Ley General de Educación.
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Ley 715 de 2001. Recursos y Competencias.
Ley 142 de 1994. denominada el régimen de los servicios públicos
1176 de 2007. Ley General de Participaciones
Ley 1122 de 2007. tiene como objeto realizar ajustes al Sistema General de
Seguridad Social en Salud, teniendo como prioridad el
mejoramiento en la prestación de los servicios a los
usuarios
LEY 181 de 1995. Ley del deporte
Ley 691 de 2001. Reglamenta y garantiza el derecho de acceso y la
participación de los Pueblos en los Servicios de Salud,
en condiciones dignas y apropiadas, observando el
debido respeto y protección a la diversidad étnica y
cultural de la nación.
Ley 743 de 2002. Organización Comunal.
Ley 850 de 2003. Veedurías Ciudadanas.
Ley 1098 de 2006. Ley de Infancia y Adolescencia.
Ley 387 de 1997. Sobre el desplazamiento forzado y la responsabilidad
del Estado.
Ley 1257 de 2008. Por la cual se dictan normas de sensibilización,
prevención y sanción de formas de violencia y
discriminación contra las mujeres, se reforman los
códigos penal, de Procedimiento Penal, la ley 294 de
1996 y se dictan otras disposiciones.
Ley 1753 del 9 de
junio de 2015.
Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo
2014- 2018, “Todos por un nuevo país”.
Ley 1454 de 2011. Por la cual se dictan normas orgánicas sobre el
ordenamiento territorial.
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Decreto 1865.de 1994
y 1200 de 2004.
Sobre los planes regionales ambientales,
procedimientos de la planificación en la gestión
ambiental de los distritos y municipios.
Ley 1448 de 2011. Establece que las entidades territoriales deben diseñar
e implementar, a través de los procedimientos
correspondientes, programas de prevención, asistencia,
atención, protección y reparación integral a las víctimas,
Ley 1438 de 2011 Por medio de la cual se reforma el Sistema General de
Seguridad Social en Salud y se dictan otras
disposiciones
Resolucion 1841 de
2013
Por la cual se adopta el Plan Decenal de Salud Pública
2012-2021
Resolución 1536 de
2015
Por la cual se establecen disposiciones sobre el proceso
de planeación integral para la salud
1.6 MARCO CONCEPTUAL
El plan de desarrollo “Dar todo por concordia” 2016-2019; está enmarcado en
los objetivos de desarrollo sostenible, conceptos de planeación territorial,
desarrollo, sostenibilidad, sustentabilidad, población, participación y ruralidad
con el fin de visionar de manera directa la configuración del territorio, el
compromiso de los diversos grupos sociales, las dinámicas de cambio y el
manejo de los recursos naturales.
1.7 UN RECUENTO POR LA HISTORIA
Concordia hace parte de la región del suroeste antioqueño conformada por el
cañón del río Cauca y la cuenca hidrográfica del Penderisco; localizado
entre las vertientes de las cordilleras central y occidental que atraviesa el
departamento de sur a norte, formando una topografía abrupta e irregular, de
las más variadas formas y tamaños: cerros, farallones, colinas, sierras,
crestas, montes, páramos y altos.
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Sus coordenadas geográficas son: latitud norte de: 50º, 54´, 40´´ y una
longitud occidental de 1º, 50´, 30´´. La cabecera municipal está localizada a
los 06º, 02´, 58´´ de latitud norte y a los 75º, 54´, 34´´ de longitud al oeste del
meridiano de Greenwich, distante de Medellín a 90 kilómetros por carretera.
El área municipal está conformada por 234 kilómetros cuadrados; limita por
el oriente con los municipios de Armenia, Titiribí y Venecia, demarcando su
jurisdicción el río Cauca que recorre el municipio de Concordia en unos 25
kilómetros, ejerciendo una influencia secante sobre el clima hasta los 1.000
metros de altura sobre el nivel del mar y allí se encuentran suelos dedicados
primordialmente a la actividad ganadera y en menor escala a la producción
agrícola y extracción de material de playa. Por el occidente limita con Salgar
y Betulia; por el norte con Betulia, y por el sur con Venecia y Salgar,
trazando con ellos sus límites territoriales, corrientes de agua y crestas de las
cordilleras.
Su medio geográfico ha determinado que la economía del municipio gire
alrededor de diferentes productos agrícolas, explotados primero como base
de una economía de subsistencia, pasando posteriormente en diferentes
épocas, a una producción de mercado: yuca, caña, maíz, plátano, tabaco
(primer producto agrícola que se explotó como base de una economía de
mercado) y hoy desde el último tercio del siglo XX, el café es la fuente
primordial de su economía; producto que en la década de los 80 permitió
catalogar al municipio como el “Milagro Cafetero de Antioquia”.
La ganadería ha jugado un papel importante en su economía; la ribera del
Cauca ha dedicado la mayor parte de sus tierras a esta actividad siendo
predominante sobre la producción agrícola.
Del relieve podemos destacar que entre las principales alturas del municipio
se encuentran: Alto de la Yegua, alto de la Abertura, alto de San Luis; en
esta región se construyó el embalse Parque Natural la Nitrera, que surte el
acueducto municipal y algunos veredales; alto de la Cruz, alto del Oso, alto
Chiriguaco, el Brochón. Desde el alto de la Cruz se pueden apreciar el cerro
del Padre Amaya en la cordillera central, cerro Bravo en Fredonia, cerro de la
Tusa en Venecia, los farallones del Citará y de la Pintada; el nevado del
Ruiz, y territorio de 28 municipios mas.
Sus 234 km2
de suelos como parte superficial de la corteza terrestre, están
formados por elementos blandos que nutren la vegetación en sus formas y
presentan un alto contenido de nutrientes. Como la erosión es ligera y
moderada se pueden clasificar de acuerdo a la temperatura (dada por la
altura sobre el nivel del mar) y por la humedad, según la cantidad de lluvias
en tres pisos térmicos básicos: cálido, templado y frío (o tropical, pre
montano y montano) así:
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Cálido: 46 km2
, con dos épocas moderadas de lluvias en abril - mayo,
octubre – noviembre, suelos entre los 450 y los 1.000 m.s.n.m., localizados
en la cuenca del río Cauca, una temperatura media anual de 24ºC, donde la
vegetación sufre un cambio notorio, que varía con el nivel de humedad; se
encuentran árboles de corozo, matarratón, totumo, caucho, guayacán y
ceiba, entre otros.
Templado: 106 km2
, en las tierras comprendidas entre los 1.000 y los 2.000
msnm; temperatura media anual de 22°C. La distribución de la flora está
determinada por el grado de humedad de los suelos; una gran parte de la
vegetación natural de estas zonas ha sido cortada para dar paso a los
sembrados de café, caña de azúcar, plátano y yuca, entre otros productos
agrícolas, o apertura de hatos ganaderos.
Frío: 82 Km2
en los suelos superiores a los 2.000 msnm; temperatura media
entre 15ºC; especies vegetales como saucos, yarumo de hoja blanca,
encinillos, roble de montaña, sietecueros, borracheros, comino y helechos
entre otros; este territorio es considerado como un santuario para la
protección de suelos y fuentes de agua.
Desde la perspectiva de la hidrografía podemos evidenciar que los recursos
hídricos del municipio de Concordia, fuente de vida, están representados
por una multitud de pequeñas y medianas quebradas de cauces abruptos
afluentes del río Cauca; de acuerdo a características geográficas, se pueden
dividir en tres regiones: la Comiá; Magallo y el Cauca. Las dos primeras
cuentan con áreas de captación o productoras de agua en las partes altas de
las montañas, fuente de abastecimiento de agua potable para el
asentamiento humano y la tercera es un área de vertiente, integrada por las
partes medias de las quebradas y arroyos, confluyendo a la zona receptora
en la región del Cauca.
La región hidrográfica de La Comiá se encuentra localizada al norte del
municipio y está conformada por la quebrada de su mismo nombre; nace en
el Alto de Rubicón con un cauce en sentido occidente oriente, desemboca en
el río Cauca frente a la quebrada Amagá. Entre sus afluentes están las
quebradas menores de Ciénaga, Burgos, la Caro, los Chorros, la Cristalina,
Morelia, la Frondosa, la Gaunzala, la Honda y la Cascajosa; esta región se
caracteriza por su riqueza la que posee tierras en los tres pisos térmicos,
aptas para todo tipo de cultivo en una economía de mercado.
Al sur se encuentra la región de la quebrada Magallo, la cual nace en el
monte del municipio, formada por los arroyos menores Cuencuda,
Boquerona y Peñitas. El recorrido es en dirección norte sur en el inicio y su
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mayor recorrido es en dirección occidente oriente y desemboca en el rio
Cauca; sus afluentes son las quebradas: la Lechería, la Selva, la Sucia,
Santa Rita, las Ánimas, la Tablaza y la Fotuta. Esta quebrada tiene un
accidente geográfico conocido a lo largo de la historia como el Salto de
Magallo, con una caída de 80m; esta región fue explotada además para la
obtención de energía eléctrica, primero con el nombre de la Planta y hoy con
el de Central Hidroeléctrica de Concordia.
En su límite oriental se encuentra la región del Cauca. Este río recorre al
municipio desde la desembocadura de la quebrada Magallo, en el límite con
Salgar, hasta la desembocadura de la quebrada el Moro, en los límites con
Betulia; a él caen las aguas de las quebradas: Magallo, la Metida, Congolal,
Farías, Chupadero, la Higuerona, Campanas, Pedrero, Abejero, Piñones,
Cabildo, Aguada, Comiá, Guacimal, Piñona, Morito y El Moro. Es navegable
en pequeñas canoas en su recorrido por el municipio y fuente de sustento
de unos cuantos pobladores ribereños, dedicados a la actividad pesquera y a
la extracción de material de playa para la construcción.
Fuente: Esquema de Ordenamiento Territorial 2016-2028
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1.8 EMBLEMAS DEL MUNICIPIO
Los territorios representan su desarrollo histórico a través de los símbolos.
ESCUDO
Fue diseñado por el artista GABRIEL
RIOS de la siguiente forma: Horma
clásica Suiza, terciado y sobre campo
de oro aparece una cornucopia al
natural, rebosante de frutas vegetales
de la región, sobre el siguiente tercio y
puesto en el corazón del escudo, una
flor de lis de plata, en la bandera de
Concordia un verde, rojo, amarillo y en
el tercer, en la punta y al natural la
preciosa cascada de Magallo fuente de
energía y belleza. En el borde está la
fecha de fundación de su Municipio y a
su alrededor está el lema “NACEMOS
Y CRECEMOS SIN FRONTERAS”.
BANDERA
La Bandera del Municipio de Concordia
consta de tres franjas de color verde,
rojo y amarillo.
EL COLOR VERDE:
Significa la esperanza, la bondad y
honestidad de nuestro pueblo pujante.
EL COLOR ROJO:
Significa la libertad de nuestro pueblo.
EL COLOR AMARILLO:
Significa la riqueza y generosidad del
pueblo concordiano
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HIMNO DE CONCORDIA
Autor: Jorge Quijano Quijano. (Poeta)
CORO
Concordia tierra querida,
Baluarte de la montaña,
te clavaron los abuelos
al rudo golpe del hacha.
I
Concordia, Tierra querida
Baluarte de la montaña,
en un flanco ya vencido
de la selva milenaria
te clavaron los abuelos
al rudo golpe del hacha.
II
Testimonio victorioso
De inventiva y de pujanza,
Como un bastión altanero
Hecho cuartel de labranza
Te arropas al infinito
Verde – azul de la montaña
III
Juan José Restrepo Uribe
Fue pionero de la hazaña,
Gajo de cuna patricia,
Semillero de una raza
De próceres y labriegos
Fundadores de la patria.
IV
Las dos tablas de la ley
de Moisés, trajo en el alma,
código sabio y eterno,
tú mismo nombre lo aclama
Concordia, tierra de paz
y progreso de abundancia.
V
Como un ancestro glorioso,
Dentro, muy dentro del alma,
que lo llevan en la sangre
para orgullo de la raza,
apegados al terruño
tus hijos la tierra labran.
VI
Miremos un horizonte
de ambiciones “EL MAÑANA”
y un “ADELANTE” grabemos
tus hijos en nuestras almas;
Concordia que sea tu nombre
Sinónimo de pujanza.
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2. LÍNEAS ESTRATÉGICAS
2.1 LINEA TERRITORIAL - INFRAESTRUCTURA FISICA
2.1.1 Definición
En esta línea estratégica se enmarcan todas las acciones, políticas y
programas tendientes a mejorar la calidad de vida del ciudadano
Concordiano a través de la aplicación de los recursos públicos en proyectos
de infraestructura que reduzcan las brechas en aspectos como la movilidad,
vivienda, equipamientos urbanos, espacio público, saneamiento básico,
infraestructura educativa, deportiva, cultural y de seguridad; además esta
línea contiene todos los programas que direccionan los esfuerzos
administrativos en procura del desarrollo sostenible y amigable con el
medio ambiente así como las políticas, gestiones e inversiones del riesgo y
cambio climático.
2.1.2 Objetivo Estratégico
Articular las herramientas de control urbanístico, ambiental y de
infraestructura hacia el crecimiento del territorio con pertinencia y
planificación maximizando el impacto de las inversiones realizadas en los
diferentes sectores que abarca.
2.1.3 Descripción de los Sectores de Competencia
En esta dimensión convergen puntos del desarrollo social y cultural tan
importantes como la infraestructura, vivienda, saneamiento básico
equipamientos urbanos y espacio público; Es de la mayor relevancia para
este plan de desarrollo, toda vez que la comunidad concordiana a medida
que se incrementa en número requiere de más inversión en cada uno de
sus sectores de influencia.
La administración municipal “Dar todo por Concordia” 2016-2019¸contribuirá
a que el municipio para el año 2019, presente una mejoría significativa en
los indicadores de competitividad, movilidad rural y urbana, turismo,
fomento a la micro empresa, desarrollo agro industrial, accesibilidad y
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mejoramiento del saneamiento básico urbano y rural, disminución del déficit
cuantitativo y cualitativo de vivienda, conectividad informática rural y
urbana, espacios y escenarios públicos, calidad y cobertura en
instalaciones educativas, deportivas y de manera especial en el área
ambiental.
Lo anterior en concordancia con el plan de desarrollo de la Gobernación de
Antioquia 2016-2019 “Pensando en Grande” y el plan de desarrollo
nacional “Todos por un nuevo País” enfocando esfuerzos en la línea
estratégica número - 1 competitividad e infraestructura y en el cierre de
brechas ligadas a contribuir con los procesos del postconflicto y a hacer de
Concordia un territorio de paz, más equitativo, menos desigual y con más
oportunidades.
Para cumplir con dichos programas los esfuerzos estarán unidos a
procesos de cofinanciación con los proyectos presentados por la
Gobernación de Antioquia y el Gobierno Nacional, toda vez que estas líneas
de trabajo son símiles a las de dichas entidades y así multiplicar los
aportes económicos de inversión y regalías; la pertinencia en la inversión, el
adecuado diagnóstico de las necesidades, la transparencia en la
contratación, el principio de la planificación y el compromiso por la labor
prestada bajo principios éticos y morales serán consignas de nuestro
gobierno.
2.1.3.1 Vivienda
El Municipio de Concordia se encuentra ubicado en el suroeste de
Antioquia a 90 km de la ciudad de Medellín tiene una extensión de 234
km2
y una densidad poblacional por km2 de 88,26 personas, la
población total del municipio es de 20.653 personas según la ficha de
caracterización territorial del DNP- 2015, en la cabecera municipal se
encuentran 8.596 personas y 12.057 en la zona rural, el déficit
cuantitativo de vivienda para el 2015 fue de 3,9% y el déficit cualitativo
de vivienda fue de 47.5% es decir que 805 personas carecen de
vivienda propia y 9.810 habitan viviendas con deficiencias estructurales,
espaciales y arquitectónicas.
Concordia es un municipio que en los últimos años ha hecho avances
significativos por la disminución del déficit cuantitativo y cualitativo de
vivienda que han mejorado el indicador sustancialmente, sin embargo
hay nichos de la población y territorios del municipio que no han sido
abordados.
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Además se encontró un Municipio carente de herramientas para el
control urbanístico donde la edificación se reglamentó a través de unos
requisitos exigidos en cumplimiento de la norma, pero final mente
terminaron siendo ejecutados por mano de obra que toma decisiones
unilaterales afectando los intereses personales del inversionista, la
seguridad barrial y el desarrollo constructivo del Municipio en
condiciones de sismo resistencia; en su gran mayoría los
desarrolladores inescrupulosos ante la incapacidad institucional de
infligir multas, comparendos , suspensiones, restricción de servicios
públicos o final mente demoliciones terminaron por construir atentando
contra el espacio público, la sana vecindad, la movilidad y la privacidad
lo que promueve un crecimiento desordenado.
Lo anterior se evidencia en la gran cantidad de denuncias por violación
a la privacidad al construir indebidamente, ocupación de espacios
públicos como andenes, vías y caminos, deterioro de la calidad de vida
en las vecindades por construcciones hostiles al peatón y el elevado
déficit cualitativo de vivienda.
El reto es implementar restricciones al constructor tales como multas
con cargo al bien inmueble, restricción a la instalación de servicios
públicos y a la comercialización de las edificaciones construidas por
fuera de la norma; atacar el déficit en vivienda rural y urbana
recuperando la espacialidad y condiciones estructurales y
arquitectónicas de la verdadera vivienda digna; diferenciándonos en la
generación de mayores áreas habitacionales y recuperado estructural,
espacial y funcionalmente las viviendas que califiquen para programas
de esta índole; promover programas de vivienda con iniciativas de
aportes públicos y privados donde se beneficien familias de los estratos
1-2-3 y buscar cierres financieros conjuntos que les permitan adquirir
vivienda a núcleos familiares, que por sus condiciones socio
económicas no acceden fácilmente a este derecho fundamental.
2.1.3.2 Catastro
El catastro municipal es la principal herramienta de control predial y es
el mayor generador del insumo tributario; será un reto para la
administración municipal realizar la actualización catastral del municipio,
mantenerlo y conservarlo actualizado, al igual que actualizar día a día el
insumo predial urbano para evitar a futuro altos costos en nuevas
actualizaciones.
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2.1.3.3 Infraestructura
2.1.3.3.1 Movilidad vial y peatonal
Concordia es un municipio netamente agrícola y específicamente
cafetero con una red vial conformada por 410 km de vías terciarias más
las secundarias para la movilidad de sus productos y población, la
mayoría de estas vías se encuentran en estado de rotura con cobertura
de base en balastro o afirmado; por lo tanto las condiciones de traslado
no son las óptimas en cuanto velocidad en la movilidad, calidad en el
desplazamiento, costos y mantenimiento de las mismas.
El desarrollo vial del municipio en los últimos años se ha enfocado
básicamente en el remplazo de la carpeta de rodadura de algunas
calles internas de la zona urbana y la construcción de otras tantas
nuevas, adicional han realizado algún mantenimiento preventivo en las
vías terciarias principales, compuesto básicamente por la limpieza de
cunetas, aplicación de afirmado (balastro) limpieza de obras y retiro de
aludes sin que esto haya generado un impacto más allá de la simple
movilidad.
Concordia por tradición, geografía y actividades productivas es un
municipio de arrieros y caminantes, con una extensa red de caminos
de herradura que garantizan la movilidad entre parajes, sectores y
unidades productivas; estos caminos son indispensables para la
adecuada movilidad de nuestros habitantes y aunque no es el sistema
más competitivo, el mantenimiento de los mismos se hace necesario
para el desarrollo del territorio.
La administración municipal “Dar todo por Concordia" iniciara el proceso
reducción del déficit cuantitativo de placas huellas en las vías terciarias,
proyectando en el EOT a 2028 como obligación de las alcaldías de
turno la continuidad de este proyecto, sin descuidar el tradicional
mantenimiento rutinario de las demás vías.
La pavimentación sea de manera rígida, flexible, articulada y/o
combinada mejorara sustancialmente la calidad de desplazamiento del
ciudadano que se ubica en torno a esta, además disminuye
sustancialmente los costos de mantenimiento, impacto ambiental y por
ultimo genera valorización y progreso a los territorios circundantes.
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2.1.3.3.2 Espacio público
El municipio de Concordia tiene una deuda con la ciudadanía en cuanto
a la generación de espacio público de calidad, pertinencia y necesidad,
tal y como se evidencia en la gráfica a continuación plasmada, donde
se puede visualizar que el índice de espacio público de la zona urbana
está por debajo del 4% del área delimitada total, hoy solo tiene cinco
locaciones tradicionales que son: el parque principal, el monumento de
la madre, zonas verdes del barrio obrero, del coliseo y del sector del
guamo.
Plano No. 1. Equipamiento urbano
Fuente: Diagnostico Esquema de Ordenamiento Territorial 2016-2028
La administración municipal “Dar todo por Concordia 2016-2019; para el
termino de nuestro cuatrienio entregaremos a los concordianos nuevos
espacios públicos que se generaran bien sea en la zona urbana o rural
mejorando el índice de medición y la calidad de vida de nuestros
ciudadanos.
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2.1.3.3.3 Equipamientos urbanos
Concordia en la zona urbana radial tiene equipamientos suficientes
para el disfrute público, sin embargo el desarrollo periférico y los
centros poblados rurales no cuentan con buenos equipamientos
deportivos, locativos, culturales de esparcimiento y paisajísticos.
Plano No. 2. Equipamiento urbano
Fuente: Diagnostico Esquema de Ordenamiento Territorial 2016-2028
La administración municipal “Dar todo por Concordia” 2016-2019;
aunará esfuerzos y gestionará con las entidades de índole
Departamental y Nacional para emplazar nuevos equipamientos en los
sectores que por su densidad poblacional y carencia de estos así lo
requieran; además dejaremos plasmado en el EOT los puntos
estratégicos donde consideramos que al 2028 deban existir este tipo de
intervenciones.
2.1.3.4 A.P.P – Alianzas Público Privadas
En el municipio de Concordia a la fecha no se encuentran registros de
alianzas público privadas en ningún sector, se han desaprovechado
ventajas locativas, espaciales y comerciales al no explorar esta figura
legal. El reto es buscar las fortalezas locativas, culturales, naturales y
estratégicas que puedan representar interés para el sector privado y
que a través de alianzas público privadas. A.P.P, se puedan explotar en
pro de la comunidad concordiana sin que esto implique grandes
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inversiones de servicio público y/o detrimento patrimonial; enfocándose
en mejorar espacios de disfrute común, movilidad y servicios.
La administración municipal “Dar todo por Concordia” 2016-2019 en el
cuatrienio, diagnosticara debidamente un posible escenario para la
constitución de una alianza público privada, que genere beneficios
mutuos en lo económico, locativo, servicios, paisajismo, social y cultural
que además en el tiempo retorne de manera definitiva a la
administración pública.
2.1.3.4.1 Convenios solidarios:
El municipio tiene la obligación de generar procesos de construcción del
territorio con vinculación ciudadana y/o organizaciones comunitarias
activas, la administración “Dar todo por Concordia” 2016-2019;
aprovechará al máximo las ventajas estratégicas de trabajar con las
Juntas de Acción Comunal - JAC para garantizar la inversión con
pertinencia y fortalecerlas económicamente y organizacionalmente,
mejorando la forma en que el estado llega a la comunidad.
2.1.3.5 Buen Gobierno
El municipio de Concordia tiene una actualización catastral rural del año
2008 y en la zona urbana del año 2011, y según la ley 14 de 1983,
decreto reglamentario 3496/1983, ley 223/1995 en el artículo 79 obliga
a realizar cada 5 años la actualización catastral, pero a la fecha no se
ha realizado lo que nos demuestra que el municipio ha venido
funcionando con menos ingresos y más egresos porque cada año se
incrementa los gastos de acuerdo al Indicie de Precios al Consumidor
(IPC).
La economía del país, departamento y municipio está en crisis lo que
conlleva a que algunos contribuyentes del municipio de Concordia se
atrasen en el pago de sus impuestos, generando una cartera morosa
alta y de difícil recaudo.
Según el decreto 048 del 11 de julio de 2014 “Por el cual se establece
el reglamento interno del recaudo de cartera en el municipio de
Concordia - Antioquia y se dictan otras disposiciones”, se deben realizar
trámites de recaudo por vía jurídica a los morosos; el municipio no ha
sido eficiente en los cobros persuasivos y coactivos llevando esto a
retrasos, dilatar los procesos y hasta la prescripción de la acción de
cobro, generando pérdidas y menos ingresos para el municipio.
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La falta de hacer controles periódicos para identificar la apertura o
cierre de los negocios y la publicación de avisos y tableros a los
establecimientos de comercio, hacen que el municipio tenga menos
ingresos por el impuesto de industria y comercio.
La correlación entre las áreas que generan ingresos para el municipio
es deficiente, lo que dificulta canalizar con eficiencia y eficacia estos
recursos y así poder invertirlos oportunamente en los planes y
proyectos del plan de desarrollo.
Todo lo anterior genera brechas y problemas en las áreas económica
y financiera.
La administración municipal “Dar todo por Concordia 2016-2019 en el
cuatrienio, realizara la actualización catastral ajustando los milajes de
tal manera que no afecten la economía local, pero que generen impacto
positivo en el recaudo municipal; además la conservación catastral de la
información será vital para el buen manejo del territorio y sus ingresos.
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2.1.4 Identificación de problemas - Causas y consecuencias
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2.1.5 Análisis para el cierre de brechas
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2.1.6 Estructuración de programas indicadores y metas
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2.2 LINEA TERRRITORIAL - SANEAMIENTO BÁSICO
2.2.1 Definición
El saneamiento básico es el conjunto de acciones, técnicas y gestiones que
articuladas con el desarrollo territorial, tienen por objeto alcanzar niveles
crecientes de salubridad ambiental; está relacionado de manera directa
con el manejo sanitario de agua potable, aguas residuales, residuos
líquidos, residuos sólidos, reducción de riesgos para la salud y prevención
de la contaminación; su prioridad es la promoción y el mejoramiento de
condiciones de vida urbana y rural, como bien lo plantea la organización
panamericana de la salud- OPS.
2.2.2 Objetivo Estratégico
Incentivar la eficiencia de la prestación de los servicios por parte de las Empresas
Públicas Municipales - EPM ESP, garantizando la disponibilidad de agua potable y
saneamiento básico ambiental; con el fin de mejorar la calidad de vida de la
población en el municipio de Concordia e incrementar el número de beneficiarios
en la zona urbana y rural.
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2.2.3 Descripción de los sectores de competencia
2.2.3.1 Acueductos
2.2.3.1.1 Acueducto y saneamiento básico
Los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo de la zona
urbana del municipio de Concordia son prestados por las Empresas
Públicas Municipales de Concordia (EPMC E.S.P.), empresa industrial y
comercial del estado del orden municipal, creada mediante decreto 114
de julio de 1996.
En la zona rural el servicio de acueducto es tramitado por las Juntas de
Acción Comunal –JAC- y una vez ejecutado el acueducto es
administrado por una junta conformada por integrantes de la comunidad.
La administración municipal “Dar todo por Concordia” recibe los
acueductos veredales con importantes dificultades administrativas,
operativas y de capacidad; encontrando como sustento de lo antes citado
en nuestro diagnostico organizaciones divididas, manejos financieros
deficientes, exceso en la venta de cupos sobre la capacidad instalada,
deficientes áreas boscosas en las zonas de bocatomas y 12 acueductos
carentes de concesión de aguas; además presentan un alto índice
promedio de riesgo de calidad del agua –IRCA-, con una ponderación de
57.6% siendo el máximo permitido el 5%, acorde con datos
suministrados por la secretaría seccional de salud de Antioquia con corte
a 2014; como se presenta en el siguiente cuadro:
Número de
Sistemas
Monitoreado
SinRiesgo
Bajo
Medio
Alto
Inviable
Sanitariamente
SinDato
20 0 2 2 11 4 1
La administración municipal “Dar todo por Concordia” 2016-2019; aunará
esfuerzos con Corantioquia y los demás entes que tienen que ver con el
control ambiental para implementar medidas tendientes a disminuir la
brecha existente en cuanto a calidad del agua suministrada en la zona
rural y el área urbana, propendiendo por el mejoramiento de la salud y
calidad de vida de los habitantes menos favorecidos, de igual manera
procesos orientados a establecer alianzas y/o fortalecer las existentes,
confluyendo en la optimización y mejoramiento del sistema actualmente
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instalado; resolviendo problemas de índole legal y operativo; a través de
capacitaciones que permitan mejorar las condiciones de los acueductos
veredales.
Mejoramiento y optimización de estos sistemas será objeto continuo de
atención para la administración, con el fin de mejorar la calidad de vida,
salud y entorno de la comunidad concordiana.
2.2.3.1.2 Acueducto urbano
El sistema de acueducto con que cuenta el municipio en su zona urbana
está constituido por la captación en la reserva natural La Nitrera, en esta
se encuentra la represa Miguel Martínez Isaza, con una capacidad de
almacenamiento aproximado de 76.850 M3 según estudios realizados
por la empresa AAS S.A. para el Plan Maestro de Acueducto y
Alcantarillado – PMAA – del municipio. Dentro del PMAA se encuentra en
construcción una nueva línea de aducción en PEAD (Polietileno de alta
densidad) desde la Nitrera hasta la planta de tratamiento de agua potable
Juan Gregorio Posada, planta que cuenta con una capacidad instalada
para 40 litros por segundo y falencia en algunos módulos que no
cumplen con los parámetros exigidos por el Reglamento de Agua Potable
y Saneamiento Básico – RAS 2000; el sistema confluye luego a seis
tanques de almacenamiento con una capacidad combinada de 703,6 m3
y un déficit de almacenamiento de 320 m3
. La red de distribución del
municipio se encuentra conformada por seis circuitos.
Según datos adquiridos para la formulación del EOT 2016 – 2028 el
servicio de acueducto en la zona urbana tiene una cobertura del 92,1%;
el Índice de agua no contabilizada suministrado por EPMC E.S.P es de
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45.77% siendo el máximo permitido por ley de 30%, Indice de Riesgo de
la Calidad del Agua – IRCA – para la zona urbana según datos de la
Secretaria Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia con corte
a 2014 es de 2.1% siendo el agua apta para el consumo humano.
La administración municipal “Dar todo por Concordia” 2016-2019; dará
continuidad en la calidad del agua potable suministrada y reducir el
porcentaje del agua no contabilizada en el municipio.
2.2.3.1.3 Alcantarillado
El sistema de alcantarillado en el área urbana del municipio cuenta con
una cobertura del 92,5%, éste básicamente se conforma por redes de
recolección, sumideros y cárcamos, las líneas de tubería tienen diversos
diámetros construidos en materiales como PVC y concreto, en su
mayoría con aguas combinadas (lluvias más residuales) aliviadas en
ciertos puntos, una Plata de tratamiento de aguas residuales – PTAR –
principal que cubre las aguas servidas a un 76,22% de la población
urbana del municipio; esta PTAR está “compuesta por un canal de
entrada, un proceso de cribado, un desarenador y un dispositivo de
aforo; disponiendo luego el agua residual libre de sólidos gruesos a un
canal de distribución general con seis vertederos individuales que
permiten el ingreso a las dos unidades Imhoff modificados, donde se
realiza una sedimentación y digestión anaerobia del agua residual
doméstica. El agua proveniente del sistema Imhoff Modificado, luego de
ser decantada y digerida en parte, es conducida por gravedad, a cuatro
(4) unidades de lechos filtrantes intermitentes, compuestos por arena y
grava como material de soporte, con dos secciones de tuberías de PVC
de diámetro 4 pulgadas, una superior sobre el lecho de arena soportada
con bloques de concreto que conduce el lodo a los lechos de secado, y
otra inferior localizada entre la capa de grava y arena para recibir y
conducir el agua que se filtra por dicha capa, la cual también se puede
aprovechar como retro lavado de los lechos filtrantes cuando se requiera
“Texto base Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado”.
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El principal problema detectado en la PTAR por olores, se da en esta
estructura, ya que el agua residual proviene de un tratamiento anaerobio
al contacto con el aire, oxida los compuestos sulfurosos del agua residual
tratada y volatiliza el ácido sulfhídrico presente en ésta, lo que genera el
olor desagradable que se dispersa en la zona donde se localiza la PTAR.
Finalmente después del proceso de filtrado, el agua clarificada se
recolecta a través de cajas recolectoras y tubería para ser descargada al
punto de vertimiento.
Los gases generados en el reactor anaerobio tipo Imhoff modificado son
quemados a través de un incinerador ubicado en un extremo de éste
(texto extraído de PMAA 2015, tomo 4) de los cuatro lechos filtrantes
solo uno se encuentra operativo lo que disminuye la eficiencia en
términos de remoción de Dbo5, Dqo, SST y demás factores
contaminantes; la disposición de residuos líquidos genera grandes focos
de contaminación en el municipio debido a su alta carga de factores
contaminantes.
El reto es priorizar la implementación adecuada del Plan de
Saneamiento y Manejo de Vertimientos – PSMV-, aprobado por
CORANTIOQUIA con el fin de disminuir la carga contaminante, el
impacto ambiental y social que conlleva un tratamiento y manejo
inadecuado de los sistemas de alcantarillado.
2.2.3.1.4 Residuos sólidos rurales
En la zona rural se producen alrededor de 34.2 toneladas de residuos
sólidos (Fuente: PGIRS, actualizado 2015), a pesar de los programas de
sensibilización en la separación de basuras en la zona rural, no han sido
suficiente los esfuerzos que se han realizado para el manejo del material
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
MUNICIPIO DE CONCORDIA
CONCEJO MUNICIPAL
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Concejo	Municipal	de	Concordia
Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co
Telefax: 844 65 27 Página 53 de 191
de desecho ya que como mecanismos de disposición final se usa la
incineración de los mimos, los depositan a cielo abierto al lado de las
corrientes de agua o lo entierran sin ninguna separación.
En la actualidad no se evidencian mecanismos claros, ni incentivos a la
población para conseguir la disminución de los impactos que se generan
a partir de la inapropiada disposición de los residuos sólidos.
En materia ambiental, el municipio atraviesa por problemas serios, que
de no tomarse medidas prontas y eficaces, afectará la sostenibilidad en
el tiempo del territorio poniendo en riesgo la vida, la convivencia y el
desarrollo del mismo.
La Administración municipal “Dar todo por Concordia 2016-2019;
realizará sensibilizaciones en todos los estamentos sociales del
municipio y no se podrá descartar acciones policivas procurando por la
disminución de la contaminación ambiental.
2.2.3.2 Aseo
El servicio de aseo en el casco urbano tiene una cobertura del 100% y
genera mensualmente 124,4 toneladas de residuos sólidos, estos son
transportados y dispuestos en su totalidad en el Relleno sanitario del
municipio ubicado en la vereda Yarumal a 1,8 Km de la cabecera, éste
relleno posee licencia ambiental hasta octubre de 2018, además se
generan en la zona rural 34,2 toneladas de residuos sólidos mensuales
según datos del PGIRS, actualizado al 2015, en esta última no se
evidencian programas para manejo y disposición adecuada de residuos
sólidos, lo que incide de manera negativa en el impacto ambiental. El
Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos -PGIRS- se encuentra
actualizado y es necesaria su implementación para cumplir con la
normatividad vigente.
La administración municipal “Dar todo por Concordia” 2016-2019; se
compromete con el manejo ambiental y la apropiada prestación del
servicio de recolección y disposición final de residuos sólidos tanto en el
área urbana como rural; realizará todas las gestiones pertinentes y
posibles para ampliar la licencia del actual relleno sanitario, además en
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
MUNICIPIO DE CONCORDIA
CONCEJO MUNICIPAL
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el proceso de formulación del Esquema de Ordenamiento Territorial –
EOT, se dejarán plasmados predios identificados con su debida
matricula inmobiliaria para que al futuro a quien le corresponda inicie las
gestiones pertinentes.
Disminuir el impacto ambiental generado por los habitantes del municipio,
garantizando un tratamiento y disposición adecuada de los residuos incluyendo un
aumento en la cobertura de los sistemas existentes.
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Acuerdo Plan de Desarrollo Concordia 2016 2019

  • 1. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 1 de 191 PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL 2016 - 2019
  • 2. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 2 de 191 TABLA DE CONTENIDO pág. PRESENTACIÓN 15 • Equipo de gobierno 17 • Concejo municipal 18 • Consejo territorial de planeación 19 • Equipo líder para la construcción del plan 20 1 COMPONENTES GENERALES DEL PLAN DE DESARROLLO 21 1.1 Objetivo general 20 1.2 Visión 21 1.3 Principios y valores 22 1.4 Enfoques del plan de desarrollo 23 1.5 Marco legal 25 1.6 Marco conceptual 27 1.7 Un recorrido por la historia 27 1.8 Emblemas del municipio: escudo, himno, bandera 31 2 LÍNEAS ESTRATÉGICAS 33 2.1 LÍNEA TERRITORIAL - INFRAESTRUCTURA FÍSICA 33 2.1.1 Definición 33 2.1.2 Objetivo estratégico 33 2.1.3 Descripción de los sectores de competencia 33
  • 3. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 3 de 191 2.1.3.1 Vivienda 34 2.1.3.2 Catastro 35 2.1.3.3 Infraestructura 36 2.1.3.3.1 Movilidad vial y peatonal 36 2.1.3.3.2 Espacio público 37 2.1.3.3.3 Equipamientos urbanos 38 2.1.3.4 Alianzas público privadas (APP) 38 2.1.3.4.1 Convenios solidarios 39 2.1.3.5 Buen gobierno 39 2.1.4 Identificación de problemas - Causas y consecuencias 41 2.1.5 Análisis para el cierre de brechas 42 2.1.6 Estructuración de programas indicadores y metas 44 2.2 LÍNEA TERRITORIAL - SANEAMIENTO BÁSICO 48 2.2.1 Definición 48 2.2.2 Objetivo estratégico 48 2.2.3 Descripción de los sectores de competencia 49 2.2.3.1 Acueductos 49 2.2.3.1.1 Acueducto y saneamiento básico 49 2.2.3.1.2 Acueducto urbano 50 2.2.3.1.3 Alcantarillado 51 2.2.3.1.4 Residuos sólidos rurales 52 2.2.3.2 Aseo 53
  • 4. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 4 de 191 2.2.4 Identificación de problemas - Causas y consecuencias 55 2.2.5 Estructuración de programas indicadores y metas 56 2.3 LÍNEA DE DESARROLLO ECONÓMICO 59 2.3.1 Definición 59 2.3.2 Objetivo estratégico 59 2.3.3 Descripción de los sectores de competencia 59 2.3.3.1 Productividad y competitividad rural 59 2.3.3.1.1 Agropecuario 59 2.3.3.1.2 Pecuario 61 2.3.3.1.3 Porcino 63 2.3.3.1.4 Aves de corral 63 2.3.3.1.5 Otras especies menores 63 2.3.3.2 Sector desarrollo empresarial 64 2.3.3.3 Sector turismo 64 2.3.3.4 Cambio climático y gestión ambiental 65 2.3.3.5 Gestión del riesgo 68 2.3.3.6 Protección animal y control de vectores 69 2.3.4 Identificación de problemas - Causas y consecuencias 70 2.3.5 Estructuración de programas indicadores y metas 72
  • 5. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 5 de 191 2.4 LÍNEA ESTRATEGICA SOCIAL 76 2.4.1 Definición 76 2.4.2 Objetivo estratégico 76 2.4.3 Descripción de los sectores de competencia 76 2.4.3.1 Educación 76 2.4.3.1.1 Cobertura 76 2.4.3.1.2 Sector oficial 77 2.4.3.1.3 Sabatino y cobertura educativa contratada 77 2.4.3.1.4 Metodologías educativas flexibles 77 2.4.3.1.5 Atención educativa a niños, niñas y jóvenes afectados por la violencia 78 2.4.3.1.6 Atención a poblaciones con necesidades educativas especiales 78 2.4.3.1.7 Alfabetización y educación básica para jóvenes, adultos y disminución de la extra edad 78 2.4.3.1.8 Educación superior 79 2.4.3.1.9 Costos educativos y gratuidad 79 2.4.3.1.10 Transporte escolar 79 2.4.3.1.11 Alimentación escolar 80 2.4.3.1.12 Ampliación y mejoramiento de la infraestructura educativa 80 2.4.3.1.13 Calidad 80 2.4.3.1.14 Educación ambiental 81 2.4.3.1.15 Tics – tecnologías de la información y las comunicaciones 81 2.4.3.1.16 Eficiencia y eficacia 81
  • 6. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 6 de 191 2.4.3.1.17 Pertinencia 82 2.4.3.2 Sector cultura 83 2.4.3.3 Sector deporte 83 2.4.3.4 Buen gobierno 84 2.4.3.5 Identificación de problemas - causas y consecuencias 85 2.4.3.6 Análisis para el cierre de brechas 89 2.4.3.7 Estructuración de programas indicadores y metas 90 2.4.3.8 Salud 94 2.4.3.8.1 Objetivo estratégico 94 2.4.3.8.2 Descripción de los sectores de competencia 94 2.4.3.8.2.1 Salud pública 94 2.4.3.8.2.2 Inclusión social 95 2.4.3.8.2.3 Afiliación al sistema general de seguridad social en salud SGSSS 95 2.4.3.8.2.4 Seguridad alimentaria y nutrición 96 2.4.3.8.2.5 Primera infancia, adolescencia y fortalecimiento familiar 97 2.4.3.8.2.5.1 Primera infancia 98 2.4.3.8.2.5.2 Jóvenes adolescentes 99 2.4.3.8.2.5.3 Familia 99 2.4.3.8.2.6 Programas de envejecimiento y vejez 99 2.4.3.8.2.7 Procesos de participación para la paz, convivencia y posconflicto100 2.4.3.8.2.8 Equidad de género 100 2.4.3.8.2.9 Diversidad sexual 100
  • 7. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 7 de 191 2.4.3.8.2.10 Discapacidad 100 2.4.3.8.2.11 Seguridad en el trabajo 101 2.4.3.8.2.12 Plan territorial de salud 101 2.4.3.8.3 Identificación de problemas - Causas y consecuencias 102 2.4.3.8.4 Análisis para el cierre de brechas 104 2.4.3.8.5 Estructuración de programas indicadores y metas 105 2.5 LINEA DEMOCRACIA Y DESARROLLO INSTITUCIONAL 114 2.5.1 Definición 114 2.5.2 Objetivo estratégico 114 2.5.3 Descripción sectores de competencia 114 2.5.3.1 Derechos humanos 114 2.5.3.1.1 Comisaria de familia municipal 115 2.5.3.1.2 Policía de la unidad básica de investigación criminal - infancia y adolescencia 115 2.5.3.1.3 Sistemas de responsabilidad penal para adolescentes (SRPA) 116 2.5.3.1.4 Programas para el fortalecimiento de la democracia y el desarrollo institucional 117 2.5.3.1.4.1 Ser legal paga 117 2.5.3.1.4.2 Prevenir es mejor 118 2.5.3.1.4.3 Sanamente 118 2.5.3.2 Víctimas, paz y posconflicto - programas 119 2.5.3.2.1 Victimas paz y posconflicto 119 2.5.3.2.2 Reconciliación y reintegración 120
  • 8. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 8 de 191 2.5.3.2.3 Dar todo por la equidad y la justicia social 121 2.5.3.2.4 Garantía de derechos a grupos vulnerables 122 2.5.3.3 Seguridad, orden público y movilidad 123 2.5.3.3.1 Inspección de policía y tránsito municipal 123 2.5.3.3.1.1 Cobro persuasivo, coactivo de tránsito y procesos 124 2.5.3.3.2 Justicia, seguridad y convivencia ciudadana - programas 125 2.5.3.3.2.1 Plan integral de seguridad y convivencia ciudadana (PISCC) 126 2.5.3.3.2.2 Justicia, seguridad y convivencia ciudadana 127 2.5.3.3.2.3 Dar todo por la vida 127 2.5.3.3.2.4 Laboratorio de seguridad "Concordia para la región" 128 2.5.3.3.2.5 Con el comandante 128 2.5.3.4 Sector administrativo - programas 129 2.5.3.4.1 Administración municipal 129 2.5.3.4.2 Personal administrativo 130 2.5.3.4.3 Ambiente laboral saludable 130 2.5.3.4.4 Equipamiento municipal 131 2.5.3.4.5 Con el alcalde 131 2.5.3.4.6 Con seguridad, espacio público y movilidad 132 2.5.4 Arbol del problema (causas y consecuencias) 133 2.5.5 Estructuración de programas indicadores y metas 134
  • 9. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 9 de 191 3 PLAN FINANCIERO POR SECTOR 143 3.1 Políticas y estrategias de financiación 146 3.2 Plan Plurianual de inversión 149 3.3 Costeo de los programas y fuentes de financiación 156 ANEXOS A. Plan Territorial de Salud 165 B. Registro fotográfico - socialización y construcción del plan de desarrollo 2016-2019 - Identificando situaciones negativas y comunidad construyendo visión. 178 C. Formato 5: Diario de campo con la comunidad 184 D. Herramienta de seguimiento y evaluación del plan de desarrollo 187 E. Conceptos fundamentales 188
  • 10. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 10 de 191 Concordia, abril 30 de 2016 Señores: Concejo Municipal Concordia, Antioquia Asunto: Exposición de motivos proyecto acuerdo No. 004 abril 30 de 2016, “por el cual se adopta el plan de desarrollo “Dar todo por Concordia” para la vigencia 2016 – 2019” Se somete a consideración del Concejo Municipal el proyecto de mayor trascendencia en la vida municipal durante los próximos cuatro (4) años: el Plan de Desarrollo Territorial (PDT), cumpliendo de esta forma con el mandato constitucional previsto en los artículos 313, 339, 342 de la Constitución Política. Esta iniciativa tuvo como antecedente nuestro programa de gobierno y fue nutrido principalmente con la participación de diversos sectores sociales, económicos y políticos; adicionalmente se tuvo en cuenta el Plan Nacional de Desarrollo “Todos por un Nuevo País” adoptado por la Ley 1753 de 2015 como estrategia para lograr un desarrollo armónico en coordinación con las políticas nacionales que garanticen el acceso de los recursos de cofinanciación por parte de las entidades del orden nacional, también se armonizó con las líneas propuestas por la Gobernación de Antioquia para su Plan de Desarrollo “Pensando en Grande”, siendo así consecuentes, con el postulado constitucional que nos caracteriza como república unitaria pero preservando los programas y proyectos que fueron propuestos a la comunidad al momento de mi elección, garantizando de esta forma el cumplimiento del voto programático y respetando el atributo de descentralización administrativa que le imprimió el constituyente de 1991 a nuestra carta política. Este proyecto de acuerdo agotó las etapas previstas en la ley 152 de 1994 y por tal motivo dentro de la oportunidad legal correspondiente se presenta a consideración del Concejo Municipal esta iniciativa para que sea discutida y adoptada mediante acuerdo durante las secciones ordinarias del mes de mayo de 2016, para lo cual ofrezco de antemano la participación del gobierno municipal en todas y cada una de las sesiones de debate en las que el Concejo requiera aclaraciones u observaciones frente a la iniciativa presentada. Cordialmente, DIEGO ALEJANDRO RESTREPO GUERRA Alcalde Periodo 2016-2019
  • 11. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 11 de 191 ACUERDO 003 (30 mayo 2016) POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL “DAR TODO POR CONCORDIA” PERIODO 2016 – 2019. El Concejo municipal de Concordia Antioquia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial de las que les confiere el numeral 2 del artículo 313 de la constitución política, en concordancia con lo previsto por el artículo 21 de la ley 1551 de 2012, articulo 37 a 40 de la Ley 152 de 1994, ley 715 de 2001, ley 136 de 1994 y, CONSIDERANDO: Que el numeral 2° del artículo 313 de la Constitución política establece que corresponde a los concejos municipales adoptar los correspondientes planes y programas de Desarrollo Económico y Social. Que la constitución Nacional de 1991 establece en el artículo 339 que “las entidades territoriales elaborarán y adoptarán de manera concertada entre ellas y el gobierno nacional, planes de desarrollo, con el objeto de asegurar el uso eficiente de sus recursos y el desempeño adecuado de las funciones que les hayan sido asignadas por la constitución y la ley”. Que el artículo 342 de la constitución política de Colombia, prevé que en la adopción del Plan de Desarrollo se debe hacer efectiva la participación ciudadana en su elaboración, conforme a lo establecido en nuestro estatuto fundamental. Que la ley 152, ley orgánica de planeación, establece los procedimientos y mecanismos para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los Planes de Desarrollo Territorial (PDT), en el marco de las demás, disposiciones contempladas en la constitución que se refieren a la planeación en el nivel municipal y departamental. Que el artículo 36 de la ley 152 de 1994, establece que para elaborar, aprobar, ejecutar, hacer seguimiento y evaluar los planes de desarrollo de las entidades territoriales se deben aplicar, en cuanto sean compatibles las mismas reglas previstas para el Plan Nacional de Desarrollo (PND). Que la ley 388 de 1997, tiene como objetivo reglamentar el procedimiento de planeación del territorio, el establecimiento de los mecanismos que permitan al municipio, en ejercicio de su autonomía, promover el ordenamiento de su territorio, el uso equitativo y racional del suelo, la preservación y defensa del patrimonio
  • 12. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 12 de 191 ecológico y cultural localizado en su ámbito territorial y la prevención de desastres en asentamientos de alto riesgo, así como la ejecución de acciones urbanísticas eficientes, garantizar que el uso del suelo se ajuste a la función social de la propiedad y permita hacer efectivos los derechos constitucionales a la vivienda y a los servicios públicos domiciliarios, y velar por la creación y la defensa del espacio público, así como por la protección del medio ambiente y la prevención de desastres y promover la concurrencia en armonía de las diferentes entidades nación territorio. Que el artículo 6° de la ley 388 de 1997, complementa la planificación económica y social con la planificación física, para orientar el desarrollo del territorio, racionalizar las intervenciones sobre el territorio y orientar su desarrollo y aprovechamiento sostenible. Que la ley 136 de 1994, Por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios, establece remisión normativa para el trámite de aprobación del Plan de Desarrollo Territorial (PDT), igualmente establece como funciones del Alcalde la ejecución del Plan de Desarrollo Territorial. Que el artículo 91 de la ley 136 de 1994, literal “E”, establece que el alcalde debe informar sobre el desarrollo de su gestión a la ciudadanía, así mismo el artículo 74 establece que el trámite y aprobación del Plan Municipal de Desarrollo debe sujetarse a lo que disponga la ley orgánica de planeación. Que la ley 819 de 2003, por la cual se dictan normas orgánicas en materia de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal y se dictan otras disposiciones, estableciéndose como una herramienta en materia presupuestal para la debida ejecución de lo consignado en el Plan de Desarrollo Territorial (PDT), Dar todo por Concordia, periodo 2016-2019. Que la ley 617 de 2000, por la cual se reforma parcialmente la ley 136 de 1994, el decreto extraordinario 1222, se adiciona la ley orgánica de presupuesto, el decreto 1421 de 1993, se dictan otras normas tendientes a fortalecer la descentralización y la racionalización del gasto público nacional, contiene elementos tendientes a racionalizar el gasto municipal el cual está ligado a la ejecución del Plan Municipal de Desarrollo. Que la ley 715 de 2001, en su artículo 90 establece que las secretarias de planeación departamental o la entidad que haga sus veces, deben elaborar un informe semestral de evaluación de la gestión y la eficiencia, con indicadores de resultado y de impacto de la actividad local e informar a la comunidad a través de medios masivos de comunicación, y el artículo 43 estipula que el gobernante debe presentar u n informe anual de ejecución del plan ante el cuerpo colegiado.
  • 13. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 13 de 191 Que el artículo 204 de la ley 1098 de 2006, establece que los mandatarios territoriales, en los primeros cuatro meses de sus mandatos deben hacer un diagnóstico sobre los temas de infancia, niñez y adolescencia teniendo en cuenta el ciclo de vida, el enfoque de garantías y restablecimiento de derechos, con el fin de establecer los problemas prioritarios y las estrategias a corto, mediano y largo plazo que se implementaran en el Plan Municipal de Desarrollo para atenderlas. Que cumpliendo el principio de armonía en la planeación se ha tenido en cuenta los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo, 2014 - 2018 “Todos por un nuevo País”, aprobado mediante la ley 1753 del 9 de junio de 2015, el cual tiene por objetivo construir una Colombia en paz, equitativa y educada, en armonía con los propósitos del Gobierno Nacional, con las mejores prácticas y estándares internacionales, y con la visión de planificación de largo plazo prevista por los objetivos de desarrollo sostenible. Que El Plan Territorial de Salud - PTS - Es el instrumento estratégico e indicativo de política pública en salud, que permite a las entidades territoriales contribuir con el logro de las metas estratégicas del Plan Decenal de Salud Pública: i) Equidad en Salud. ii) Afectación positiva de los determinantes de la salud. iii) Mitigación de los impactos de la carga de la enfermedad, todo ello en la búsqueda de alcanzar la visión de paz, equidad social y desarrollo humano sostenible y sustentable. (Definición Articulo 6 - Resolución 1536 de 2015) Que se presenta ante el Concejo Municipal, el Plan Territorial de Salud y Operativo Anual de Inversiones, esta información enfocada bajo la estrategia PASE a la equidad que es la diseñada por el Ministerio de Salud y Protección Social para que los Municipios adopten y adapten el Plan Decenal de Salud Pública, cumpliendo así las competencias como entidad territorial dictadas por Ley 1438 de 2011 y lo dispuesto en la Resolución 1841 de 2013 que adoptó el Plan Decenal de Salud Pública. Que de acuerdo a la Resolución 1536 de 2015, la manera de hacer consistente el Plan de Desarrollo 2016-2019 con el Plan Decenal de Salud Pública 2012-2021, es el Plan Territorial de Salud, el cual, como lo dice el Artículo 27 de la misma Resolución, es parte integral del Plan de Desarrollo Territorial, por lo cual debe ser aprobado de manera simultánea por el Honorable Concejo Municipal; y su periodicidad, según lo define el Artículo 26 de esta Resolución, será cada 4 años. Que este Plan podrá ser articulado y ajustado si durante su vigencia, se presentan nuevos planes en el nivel más amplio, por lo que se requeriría presentar de nuevo
  • 14. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 14 de 191 a aprobación para hacerlo consistente con aquellos, según lo dispone el Artículo de la Ley 152 de 1994. Que una vez agotados todos los procedimientos y la metodología que consagra las normas constitucionales y legales que rigen la aprobación y promulgación de los planes de desarrollo, el Concejo del Municipal de Concordia, Departamento de Antioquia. Por lo Anteriormente expuesto, ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO: ADÓPTESE para el Municipio de Concordia, Departamento de Antioquia, el Plan de Desarrollo Municipal “Dar Todo por Concordia” periodo 2016-2019, cuyo texto se incluye como anexo al presente Acuerdo Municipal.
  • 15. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 15 de 191 PRESENTACIÓN “Dar todo por Concordia” es el producto de un ejercicio de reflexión y concertación con muchos actores de la comunidad, que desde sus sentires y experiencias han manifestado los problemas que más afectan su calidad de vida; con un grupo de profesionales oriundos del municipio, altamente calificados que conocen la realidad actual del municipio y con un porcentaje muy representativo de personas de la comunidad que sin ningún interés han dedicado horas a analizar y aportar ideas y propuestas para la construcción del plan de desarrollo 2016- 2019. Durante el cuatrienio quiero desarrollar una propuesta de bienestar, progreso armónico y mejoramiento de la calidad de vida de todos los pobladores del municipio; marcar el inicio de un proceso diferente de gobierno, dejar huellas para tener a mediano plazo una Concordia futurista, competitiva, educada, incluyente, fuerte en el restablecimiento de derechos; la atención inmediata y asistencia a la población afectada por el conflicto, sea cual fuera el hecho que la haga susceptible a estas situaciones y con la seguridad de que participaran de forma activa en todos los programas contemplados en las diferentes líneas estratégicas del plan de desarrollo. Una Concordia pujante, prospera; amable con el medio ambiente; armónica, en paz con la naturaleza y por ende en sana convivencia y capacitada para enfrentar el postconflicto sin ningún tipo de exclusión ni de vulneración de derechos; todo a través del impulso de cuatro ejes estratégicos fundamentales; con énfasis en la ruralidad, la democracia y el buen gobierno local y enmarcadas en el desarrollo y fortalecimiento territorial, social, económico e institucional; producto de la búsqueda e implementación de estrategias para garantizar seguridad, convivencia y justicia ciudadana para todos y todas. Mi compromiso es cumplir el 100% de las metas que estoy proyectando en el plan, gestionar al máximo recursos para la ejecución de todos los programas en cada una de las líneas estratégicas; y así lograr en la medida de las posibilidades, el cierre de algunas brechas contempladas en los objetivos de desarrollo sostenible- ODS 2030. He superado y lo seguiré haciendo, con la ayuda del Altísimo, momentos difíciles. Estoy listo para que unidos avancemos por una nueva Concordia, en la línea que propone el plan de desarrollo nacional “Todos por un nuevo país” el plan de desarrollo departamental “pensando en grande 2016- 2019” y muy importante para mí: el pensamiento y sentir de la comunidad Concordiana.
  • 16. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 16 de 191 “Dar todo por Concordia” es entonces, liderar con disciplina, eficiencia, eficacia y transparencia un proceso de transformación del territorio, con el único propósito de optimizar al máximo las potencialidades, capacidades e insumos disponibles en pro de un desarrollo sostenible y sustentable para el total de la población. Finalmente quiero agradecer al Concejo Municipal, al Consejo territorial de planeación, a mi equipo de trabajo, a mi esposa y a la comunidad concordiana en general, por el significativo aporte que me han hecho para lograr un plan de desarrollo construido 100% por concordianos y para los concordianos. DIEGO ALEJANDRO RESTREPO GUERRA Alcalde Periodo 2016-2019
  • 17. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 17 de 191 EQUIPO DE GOBIERNO DIEGO ALEJANDRO RESTREPO GUERRA. Alcalde Municipal. GLORIA INÉS PALACIO PALACIO. Secretaria de Hacienda y Desarrollo Económico. BEATRIZ EUGENIA GALLO VÉLEZ. Secretaria de Salud y Bienestar Social. JUAN DAVID RESTREPO RAMÍREZ. Secretario de Gobierno y Servicios Administrativos. CARLOS GUSTAVO QUIJANO RESTREPO. Secretario de Educación, Deporte y Cultura. MANUEL FERNANDO CORREA VÉLEZ. Secretario de Planeación y Desarrollo Territorial. CRISTIAN DAVID RESTREPO GALEANO. Secretario de Agricultura y Medio Ambiente. DIEGO ALEJANDRO PALACIO SUAREZ. Gerente Empresas Públicas Municipales de Concordia.
  • 18. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 18 de 191 CONCEJO MUNICIPAL 2016 – 2019 OMAR DE JESÚS LEÓN HERRERA. EDUARDO ALONSO CUERVO VÉLEZ. JAVIER LEÓN MESA TORO. DIEGO ALEJANDRO SANCHEZ COLORADO. AUGUSTO DE JESÚS VILLEGAS FRANCO. OLGA MARGARITA RIVERA ZAPATA. OSCAR ALEXIS OSPINA RUIZ. CARLOS EDUARDO RUA ZAPATA. VICTOR AUGUSTO URREGO AGUIRRE. JUAN CARLOS SALAZAR FERNÁNDEZ. ROBINSON ANDRÉS HURTADO ARDILA. NOLASCO ANTONIO JIMÉNEZ MEJÍA. LUIS MARÍA BEDOYA MONTOYA.
  • 19. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 19 de 191 CONSEJO TERRITORIAL DE PLANEACIÓN JORGE ALBERTO POSADA SALDARRIAGA. Sector Salud. GERMÁN FERNÁNDEZ POSADA. Sector Productivo. OVIDIO DE JESÚS RUIZ RUIZ. Sector Comunitario. SOLEDAD ORTIZ OSPINA. Sector Ambiental. JAIBER ANDRÉS CARDONA ARANGO. Sector Infancia y Niñez. FRANCISCO JAVIER BEDOYA PARRA. Sector Recreación y Deporte. EDUARDO ALONSO CUERVO VÉLEZ. Sector Concejo Municipal MARTHA ELENA AGUILAR AGUILAR. Sector Asociación de Mujeres. JOHN JAIRO ZAPATA MUÑOZ. Sector Educación. GLADYS ELENA RESTREPO GUTIERREZ. Sector Discapacidad. WILSON DE JESÚS MORALES BLANDÓN. Sector Juventud. YEISON FERNEY BEDOYA ÁLVAREZ. Sector Cultura. ALEXANDER CASTAÑO RAMÍREZ. Sector Microempresarios.
  • 20. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 20 de 191 EQUIPO LÍDER PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO DIEGO ALEJANDRO RESTREPO GUERRA. Alcalde Municipal. GLORIA INÉS PALACIO PALACIO. Secretaria de Hacienda y Desarrollo Económico. BEATRIZ EUGENIA GALLO VÉLEZ. Secretaria de Salud y Bienestar Social. JUAN DAVID RESTREPO RAMÍREZ. Secretario de Gobierno y Servicios Administrativos. CARLOS GUSTAVO QUIJANO RESTREPO. Secretario de Educación, Deporte y Cultura. MANUEL FERNANDO CORREA VÉLEZ. Secretario de Planeación y Desarrollo Territorial. CRISTIAN DAVID RESTREPO GALEANO. Secretario de Agricultura y Medio Ambiente. DIEGO ALEJANDRO PALACIO SUAREZ. Gerente Empresas Públicas Municipales de Concordia. MARIA DE LAS MERCEDES VELEZ HOLGUÍN. Acompañante Construcción Plan de Desarrollo CATALINA AVENDAÑO ROLDAN. Primera Dama.
  • 21. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 21 de 191 1. COMPONENTES GENERALES DEL PLAN DE DESARROLLO 1.1 OBJETIVO GENERAL Fortalecer la productividad agropecuaria, pecuaria y turística del municipio con valor agregado, desarrollo sostenible y sustentable; facilidad de movilidad; hábitat confortables; espacios culturales; lúdicos, deportivos y recreativos mejorados; atención integral en salud; infraestructuras adecuadas; procesos educativos que respondan a las necesidades y expectativas de la comunidad y faciliten rescate de valores y principios fundamentales de la comunidad concordiana en pro de un desarrollo humano con inclusión social y enfoque diferencial, articulando la riqueza paisajística del municipio a las buenas prácticas de gobernabilidad local. Objetivo 1.2 VISIÓN En el 2019, Concordia será un municipio reconocido a nivel local, regional y departamental por sus avances en la recuperación de la credibilidad y confianza de la comunidad en la institucionalidad y sus gobernantes; el aprovechamiento de su potencial competitivo en el área territorial, educativa, ambiental sociopolítica, económica democrática y de desarrollo institucional; para responder con efectividad a los procesos de inclusión, restitución de derechos; atención a víctimas y población vulnerable en general; además de asegurar sostenibilidad y sustentabilidad alimentaria a sus habitantes; todo lo anterior soportado en un período de postconflicto que garantice una paz duradera e incentive la pujanza de la población hacia el logro del municipio que soñamos para nosotros y las generaciones venideras.
  • 22. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 22 de 191 1.3 PRINCIPIOS Y VALORES • Equidad y solidaridad: Como condición esencial para garantizar un buen entorno social y un desarrollo sustentable, apoyado en la redistribución justa e inclusiva de los recursos y beneficios para toda la comunidad. • Participación y concertación: Orientadas a potenciar en la ciudadanía en general su capacidad de asociarse y organizarse, para ejercer una influencia directa en las decisiones públicas y de esa manera articularlas a los diferentes sectores de acuerdo a prioridades y no a intereses particulares. • Desarrollo social y humano: Para generar cambios positivos en las relaciones de la comunidad y por ende mejoramiento de la calidad de vida de las personas y de la sociedad en general. • Coordinación, armonía y coherencia: Actuando siempre en consecuencia con lo expuesto en el plan de desarrollo municipal “Dar todo por concordia” 2016-2019, a lo largo de todo el periodo de gobierno. • Integralidad: Como la capacidad de sostener un sistema de atención eficiente, eficaz y oportuna para toda la comunidad. • Continuidad: A través de un ejercicio de conservación de la credibilidad en las acciones desarrolladas durante todo el periodo de gobierno, 2016-2019. • Productividad y competitividad: Referente a la capacidad efectiva de producción del territorio Concordiano; con el acompañamiento de técnicas de producción más eficientes, y la búsqueda de una mejor rentabilidad en los productos.
  • 23. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 23 de 191 • Convivencia pacífica: Fundamentada en el respeto por el otro; condición prioritaria para garantizar una paz duradera y la posibilidad de compartir espacios comunes sin que se presente ningún tipo de agresión. • Sostenibilidad ambiental: Derecho inherente a la sostenibilidad social, al crecimiento económico y a una política ambiental global que incentive la productividad y competitividad del municipio. 1.4 ENFOQUES DEL PLAN DE DESARROLLO • Poblacional: Basado en una visión compartida de planeación y desarrollo territorial, construida de manera colectiva y teniendo en cuenta cada una de las líneas estratégicas y sectores contemplados en el plan de desarrollo “Dar todo por concordia” 2016-2019; las cuales están encaminadas a propiciar calidad de vida y bienestar a la población en general, logrando así atención integral para todos y todas, recuperación de la identidad, sentido de pertenencia, fortalecimiento del núcleo familiar y por ende de la sociedad¸ todo a través de una interacción constante de la comunidad con la administración municipal. • Garantía de derechos: Enmarcado en la práctica permanente de inclusión de los derechos humanos en cada una de las acciones realizadas, con el fin de fortalecer la institucionalidad, la convivencia y la resolución pacífica de los conflictos, los compromisos entre los pobladores, las relaciones de la comunidad con la administración municipal y por ende la gobernabilidad. • Ambiental: Orientado a obtener más productividad, mejores condiciones de trabajo y al desarrollo de acciones en pro de lograr una relación más armónica entre comunidad y ambiente, desarrollo y calidad de vida, bienestar y bien común; todo considerado a la luz de la normatividad vigente, las demandas de la población y las condiciones del municipio en todo lo relacionado con hábitat y vivienda.
  • 24. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 24 de 191 • De género: Como dimensión multicultural y multisocial que considera igualdad de oportunidades para los diferentes géneros en el ámbito de la paz, el desarrollo y los derechos humanos con la garantía de participación en los escenarios de poder y decisión.
  • 25. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 25 de 191 1.5 MARCO LEGAL DEL PLAN DE DESARROLLO Constitución política de Colombia. Establece en el Artículo 339 que “Las entidades territoriales elaborarán y adoptarán de manera concertada entre ellas y el gobierno nacional, planes de desarrollo, con el objeto de asegurar el uso eficiente de sus recursos y el desempeño adecuado de las funciones que les hayan sido asignadas por la Constitución y la ley” (CP, 1991). Ley 152 de 1994. Ley Orgánica de Planeación: Establece los procedimientos y mecanismos para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los PDT, en el marco de las demás, disposiciones contempladas en la Constitución que se refieren a la planeación en el nivel municipal y departamental. Ley 388 de 1997. Ley de Desarrollo Territorial. Ley 136 de 1994. Organización y Funcionamiento de los municipios. Ley 819 de 2003. Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de presupuesto Ley 617 de 2000. Por la cual se reforma parcialmente la Ley136 de 1994, el Decreto extraordinario 1222, se adiciona la ley orgánica de presupuesto, el Decreto 1421 de 1993, se dictan otras normas tendientes a fortalecer la descentralización y la Racionalización del gasto público nacional. Ley 134 de 1994. Ley Estatutaria de los mecanismos de participación Ciudadana. 115 de 1994. Ley General de Educación.
  • 26. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 26 de 191 Ley 715 de 2001. Recursos y Competencias. Ley 142 de 1994. denominada el régimen de los servicios públicos 1176 de 2007. Ley General de Participaciones Ley 1122 de 2007. tiene como objeto realizar ajustes al Sistema General de Seguridad Social en Salud, teniendo como prioridad el mejoramiento en la prestación de los servicios a los usuarios LEY 181 de 1995. Ley del deporte Ley 691 de 2001. Reglamenta y garantiza el derecho de acceso y la participación de los Pueblos en los Servicios de Salud, en condiciones dignas y apropiadas, observando el debido respeto y protección a la diversidad étnica y cultural de la nación. Ley 743 de 2002. Organización Comunal. Ley 850 de 2003. Veedurías Ciudadanas. Ley 1098 de 2006. Ley de Infancia y Adolescencia. Ley 387 de 1997. Sobre el desplazamiento forzado y la responsabilidad del Estado. Ley 1257 de 2008. Por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman los códigos penal, de Procedimiento Penal, la ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones. Ley 1753 del 9 de junio de 2015. Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014- 2018, “Todos por un nuevo país”. Ley 1454 de 2011. Por la cual se dictan normas orgánicas sobre el ordenamiento territorial.
  • 27. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 27 de 191 Decreto 1865.de 1994 y 1200 de 2004. Sobre los planes regionales ambientales, procedimientos de la planificación en la gestión ambiental de los distritos y municipios. Ley 1448 de 2011. Establece que las entidades territoriales deben diseñar e implementar, a través de los procedimientos correspondientes, programas de prevención, asistencia, atención, protección y reparación integral a las víctimas, Ley 1438 de 2011 Por medio de la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones Resolucion 1841 de 2013 Por la cual se adopta el Plan Decenal de Salud Pública 2012-2021 Resolución 1536 de 2015 Por la cual se establecen disposiciones sobre el proceso de planeación integral para la salud 1.6 MARCO CONCEPTUAL El plan de desarrollo “Dar todo por concordia” 2016-2019; está enmarcado en los objetivos de desarrollo sostenible, conceptos de planeación territorial, desarrollo, sostenibilidad, sustentabilidad, población, participación y ruralidad con el fin de visionar de manera directa la configuración del territorio, el compromiso de los diversos grupos sociales, las dinámicas de cambio y el manejo de los recursos naturales. 1.7 UN RECUENTO POR LA HISTORIA Concordia hace parte de la región del suroeste antioqueño conformada por el cañón del río Cauca y la cuenca hidrográfica del Penderisco; localizado entre las vertientes de las cordilleras central y occidental que atraviesa el departamento de sur a norte, formando una topografía abrupta e irregular, de las más variadas formas y tamaños: cerros, farallones, colinas, sierras, crestas, montes, páramos y altos.
  • 28. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 28 de 191 Sus coordenadas geográficas son: latitud norte de: 50º, 54´, 40´´ y una longitud occidental de 1º, 50´, 30´´. La cabecera municipal está localizada a los 06º, 02´, 58´´ de latitud norte y a los 75º, 54´, 34´´ de longitud al oeste del meridiano de Greenwich, distante de Medellín a 90 kilómetros por carretera. El área municipal está conformada por 234 kilómetros cuadrados; limita por el oriente con los municipios de Armenia, Titiribí y Venecia, demarcando su jurisdicción el río Cauca que recorre el municipio de Concordia en unos 25 kilómetros, ejerciendo una influencia secante sobre el clima hasta los 1.000 metros de altura sobre el nivel del mar y allí se encuentran suelos dedicados primordialmente a la actividad ganadera y en menor escala a la producción agrícola y extracción de material de playa. Por el occidente limita con Salgar y Betulia; por el norte con Betulia, y por el sur con Venecia y Salgar, trazando con ellos sus límites territoriales, corrientes de agua y crestas de las cordilleras. Su medio geográfico ha determinado que la economía del municipio gire alrededor de diferentes productos agrícolas, explotados primero como base de una economía de subsistencia, pasando posteriormente en diferentes épocas, a una producción de mercado: yuca, caña, maíz, plátano, tabaco (primer producto agrícola que se explotó como base de una economía de mercado) y hoy desde el último tercio del siglo XX, el café es la fuente primordial de su economía; producto que en la década de los 80 permitió catalogar al municipio como el “Milagro Cafetero de Antioquia”. La ganadería ha jugado un papel importante en su economía; la ribera del Cauca ha dedicado la mayor parte de sus tierras a esta actividad siendo predominante sobre la producción agrícola. Del relieve podemos destacar que entre las principales alturas del municipio se encuentran: Alto de la Yegua, alto de la Abertura, alto de San Luis; en esta región se construyó el embalse Parque Natural la Nitrera, que surte el acueducto municipal y algunos veredales; alto de la Cruz, alto del Oso, alto Chiriguaco, el Brochón. Desde el alto de la Cruz se pueden apreciar el cerro del Padre Amaya en la cordillera central, cerro Bravo en Fredonia, cerro de la Tusa en Venecia, los farallones del Citará y de la Pintada; el nevado del Ruiz, y territorio de 28 municipios mas. Sus 234 km2 de suelos como parte superficial de la corteza terrestre, están formados por elementos blandos que nutren la vegetación en sus formas y presentan un alto contenido de nutrientes. Como la erosión es ligera y moderada se pueden clasificar de acuerdo a la temperatura (dada por la altura sobre el nivel del mar) y por la humedad, según la cantidad de lluvias en tres pisos térmicos básicos: cálido, templado y frío (o tropical, pre montano y montano) así:
  • 29. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 29 de 191 Cálido: 46 km2 , con dos épocas moderadas de lluvias en abril - mayo, octubre – noviembre, suelos entre los 450 y los 1.000 m.s.n.m., localizados en la cuenca del río Cauca, una temperatura media anual de 24ºC, donde la vegetación sufre un cambio notorio, que varía con el nivel de humedad; se encuentran árboles de corozo, matarratón, totumo, caucho, guayacán y ceiba, entre otros. Templado: 106 km2 , en las tierras comprendidas entre los 1.000 y los 2.000 msnm; temperatura media anual de 22°C. La distribución de la flora está determinada por el grado de humedad de los suelos; una gran parte de la vegetación natural de estas zonas ha sido cortada para dar paso a los sembrados de café, caña de azúcar, plátano y yuca, entre otros productos agrícolas, o apertura de hatos ganaderos. Frío: 82 Km2 en los suelos superiores a los 2.000 msnm; temperatura media entre 15ºC; especies vegetales como saucos, yarumo de hoja blanca, encinillos, roble de montaña, sietecueros, borracheros, comino y helechos entre otros; este territorio es considerado como un santuario para la protección de suelos y fuentes de agua. Desde la perspectiva de la hidrografía podemos evidenciar que los recursos hídricos del municipio de Concordia, fuente de vida, están representados por una multitud de pequeñas y medianas quebradas de cauces abruptos afluentes del río Cauca; de acuerdo a características geográficas, se pueden dividir en tres regiones: la Comiá; Magallo y el Cauca. Las dos primeras cuentan con áreas de captación o productoras de agua en las partes altas de las montañas, fuente de abastecimiento de agua potable para el asentamiento humano y la tercera es un área de vertiente, integrada por las partes medias de las quebradas y arroyos, confluyendo a la zona receptora en la región del Cauca. La región hidrográfica de La Comiá se encuentra localizada al norte del municipio y está conformada por la quebrada de su mismo nombre; nace en el Alto de Rubicón con un cauce en sentido occidente oriente, desemboca en el río Cauca frente a la quebrada Amagá. Entre sus afluentes están las quebradas menores de Ciénaga, Burgos, la Caro, los Chorros, la Cristalina, Morelia, la Frondosa, la Gaunzala, la Honda y la Cascajosa; esta región se caracteriza por su riqueza la que posee tierras en los tres pisos térmicos, aptas para todo tipo de cultivo en una economía de mercado. Al sur se encuentra la región de la quebrada Magallo, la cual nace en el monte del municipio, formada por los arroyos menores Cuencuda, Boquerona y Peñitas. El recorrido es en dirección norte sur en el inicio y su
  • 30. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 30 de 191 mayor recorrido es en dirección occidente oriente y desemboca en el rio Cauca; sus afluentes son las quebradas: la Lechería, la Selva, la Sucia, Santa Rita, las Ánimas, la Tablaza y la Fotuta. Esta quebrada tiene un accidente geográfico conocido a lo largo de la historia como el Salto de Magallo, con una caída de 80m; esta región fue explotada además para la obtención de energía eléctrica, primero con el nombre de la Planta y hoy con el de Central Hidroeléctrica de Concordia. En su límite oriental se encuentra la región del Cauca. Este río recorre al municipio desde la desembocadura de la quebrada Magallo, en el límite con Salgar, hasta la desembocadura de la quebrada el Moro, en los límites con Betulia; a él caen las aguas de las quebradas: Magallo, la Metida, Congolal, Farías, Chupadero, la Higuerona, Campanas, Pedrero, Abejero, Piñones, Cabildo, Aguada, Comiá, Guacimal, Piñona, Morito y El Moro. Es navegable en pequeñas canoas en su recorrido por el municipio y fuente de sustento de unos cuantos pobladores ribereños, dedicados a la actividad pesquera y a la extracción de material de playa para la construcción. Fuente: Esquema de Ordenamiento Territorial 2016-2028
  • 31. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 31 de 191 1.8 EMBLEMAS DEL MUNICIPIO Los territorios representan su desarrollo histórico a través de los símbolos. ESCUDO Fue diseñado por el artista GABRIEL RIOS de la siguiente forma: Horma clásica Suiza, terciado y sobre campo de oro aparece una cornucopia al natural, rebosante de frutas vegetales de la región, sobre el siguiente tercio y puesto en el corazón del escudo, una flor de lis de plata, en la bandera de Concordia un verde, rojo, amarillo y en el tercer, en la punta y al natural la preciosa cascada de Magallo fuente de energía y belleza. En el borde está la fecha de fundación de su Municipio y a su alrededor está el lema “NACEMOS Y CRECEMOS SIN FRONTERAS”. BANDERA La Bandera del Municipio de Concordia consta de tres franjas de color verde, rojo y amarillo. EL COLOR VERDE: Significa la esperanza, la bondad y honestidad de nuestro pueblo pujante. EL COLOR ROJO: Significa la libertad de nuestro pueblo. EL COLOR AMARILLO: Significa la riqueza y generosidad del pueblo concordiano
  • 32. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 32 de 191 HIMNO DE CONCORDIA Autor: Jorge Quijano Quijano. (Poeta) CORO Concordia tierra querida, Baluarte de la montaña, te clavaron los abuelos al rudo golpe del hacha. I Concordia, Tierra querida Baluarte de la montaña, en un flanco ya vencido de la selva milenaria te clavaron los abuelos al rudo golpe del hacha. II Testimonio victorioso De inventiva y de pujanza, Como un bastión altanero Hecho cuartel de labranza Te arropas al infinito Verde – azul de la montaña III Juan José Restrepo Uribe Fue pionero de la hazaña, Gajo de cuna patricia, Semillero de una raza De próceres y labriegos Fundadores de la patria. IV Las dos tablas de la ley de Moisés, trajo en el alma, código sabio y eterno, tú mismo nombre lo aclama Concordia, tierra de paz y progreso de abundancia. V Como un ancestro glorioso, Dentro, muy dentro del alma, que lo llevan en la sangre para orgullo de la raza, apegados al terruño tus hijos la tierra labran. VI Miremos un horizonte de ambiciones “EL MAÑANA” y un “ADELANTE” grabemos tus hijos en nuestras almas; Concordia que sea tu nombre Sinónimo de pujanza.
  • 33. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 33 de 191 2. LÍNEAS ESTRATÉGICAS 2.1 LINEA TERRITORIAL - INFRAESTRUCTURA FISICA 2.1.1 Definición En esta línea estratégica se enmarcan todas las acciones, políticas y programas tendientes a mejorar la calidad de vida del ciudadano Concordiano a través de la aplicación de los recursos públicos en proyectos de infraestructura que reduzcan las brechas en aspectos como la movilidad, vivienda, equipamientos urbanos, espacio público, saneamiento básico, infraestructura educativa, deportiva, cultural y de seguridad; además esta línea contiene todos los programas que direccionan los esfuerzos administrativos en procura del desarrollo sostenible y amigable con el medio ambiente así como las políticas, gestiones e inversiones del riesgo y cambio climático. 2.1.2 Objetivo Estratégico Articular las herramientas de control urbanístico, ambiental y de infraestructura hacia el crecimiento del territorio con pertinencia y planificación maximizando el impacto de las inversiones realizadas en los diferentes sectores que abarca. 2.1.3 Descripción de los Sectores de Competencia En esta dimensión convergen puntos del desarrollo social y cultural tan importantes como la infraestructura, vivienda, saneamiento básico equipamientos urbanos y espacio público; Es de la mayor relevancia para este plan de desarrollo, toda vez que la comunidad concordiana a medida que se incrementa en número requiere de más inversión en cada uno de sus sectores de influencia. La administración municipal “Dar todo por Concordia” 2016-2019¸contribuirá a que el municipio para el año 2019, presente una mejoría significativa en los indicadores de competitividad, movilidad rural y urbana, turismo, fomento a la micro empresa, desarrollo agro industrial, accesibilidad y
  • 34. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 34 de 191 mejoramiento del saneamiento básico urbano y rural, disminución del déficit cuantitativo y cualitativo de vivienda, conectividad informática rural y urbana, espacios y escenarios públicos, calidad y cobertura en instalaciones educativas, deportivas y de manera especial en el área ambiental. Lo anterior en concordancia con el plan de desarrollo de la Gobernación de Antioquia 2016-2019 “Pensando en Grande” y el plan de desarrollo nacional “Todos por un nuevo País” enfocando esfuerzos en la línea estratégica número - 1 competitividad e infraestructura y en el cierre de brechas ligadas a contribuir con los procesos del postconflicto y a hacer de Concordia un territorio de paz, más equitativo, menos desigual y con más oportunidades. Para cumplir con dichos programas los esfuerzos estarán unidos a procesos de cofinanciación con los proyectos presentados por la Gobernación de Antioquia y el Gobierno Nacional, toda vez que estas líneas de trabajo son símiles a las de dichas entidades y así multiplicar los aportes económicos de inversión y regalías; la pertinencia en la inversión, el adecuado diagnóstico de las necesidades, la transparencia en la contratación, el principio de la planificación y el compromiso por la labor prestada bajo principios éticos y morales serán consignas de nuestro gobierno. 2.1.3.1 Vivienda El Municipio de Concordia se encuentra ubicado en el suroeste de Antioquia a 90 km de la ciudad de Medellín tiene una extensión de 234 km2 y una densidad poblacional por km2 de 88,26 personas, la población total del municipio es de 20.653 personas según la ficha de caracterización territorial del DNP- 2015, en la cabecera municipal se encuentran 8.596 personas y 12.057 en la zona rural, el déficit cuantitativo de vivienda para el 2015 fue de 3,9% y el déficit cualitativo de vivienda fue de 47.5% es decir que 805 personas carecen de vivienda propia y 9.810 habitan viviendas con deficiencias estructurales, espaciales y arquitectónicas. Concordia es un municipio que en los últimos años ha hecho avances significativos por la disminución del déficit cuantitativo y cualitativo de vivienda que han mejorado el indicador sustancialmente, sin embargo hay nichos de la población y territorios del municipio que no han sido abordados.
  • 35. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 35 de 191 Además se encontró un Municipio carente de herramientas para el control urbanístico donde la edificación se reglamentó a través de unos requisitos exigidos en cumplimiento de la norma, pero final mente terminaron siendo ejecutados por mano de obra que toma decisiones unilaterales afectando los intereses personales del inversionista, la seguridad barrial y el desarrollo constructivo del Municipio en condiciones de sismo resistencia; en su gran mayoría los desarrolladores inescrupulosos ante la incapacidad institucional de infligir multas, comparendos , suspensiones, restricción de servicios públicos o final mente demoliciones terminaron por construir atentando contra el espacio público, la sana vecindad, la movilidad y la privacidad lo que promueve un crecimiento desordenado. Lo anterior se evidencia en la gran cantidad de denuncias por violación a la privacidad al construir indebidamente, ocupación de espacios públicos como andenes, vías y caminos, deterioro de la calidad de vida en las vecindades por construcciones hostiles al peatón y el elevado déficit cualitativo de vivienda. El reto es implementar restricciones al constructor tales como multas con cargo al bien inmueble, restricción a la instalación de servicios públicos y a la comercialización de las edificaciones construidas por fuera de la norma; atacar el déficit en vivienda rural y urbana recuperando la espacialidad y condiciones estructurales y arquitectónicas de la verdadera vivienda digna; diferenciándonos en la generación de mayores áreas habitacionales y recuperado estructural, espacial y funcionalmente las viviendas que califiquen para programas de esta índole; promover programas de vivienda con iniciativas de aportes públicos y privados donde se beneficien familias de los estratos 1-2-3 y buscar cierres financieros conjuntos que les permitan adquirir vivienda a núcleos familiares, que por sus condiciones socio económicas no acceden fácilmente a este derecho fundamental. 2.1.3.2 Catastro El catastro municipal es la principal herramienta de control predial y es el mayor generador del insumo tributario; será un reto para la administración municipal realizar la actualización catastral del municipio, mantenerlo y conservarlo actualizado, al igual que actualizar día a día el insumo predial urbano para evitar a futuro altos costos en nuevas actualizaciones.
  • 36. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 36 de 191 2.1.3.3 Infraestructura 2.1.3.3.1 Movilidad vial y peatonal Concordia es un municipio netamente agrícola y específicamente cafetero con una red vial conformada por 410 km de vías terciarias más las secundarias para la movilidad de sus productos y población, la mayoría de estas vías se encuentran en estado de rotura con cobertura de base en balastro o afirmado; por lo tanto las condiciones de traslado no son las óptimas en cuanto velocidad en la movilidad, calidad en el desplazamiento, costos y mantenimiento de las mismas. El desarrollo vial del municipio en los últimos años se ha enfocado básicamente en el remplazo de la carpeta de rodadura de algunas calles internas de la zona urbana y la construcción de otras tantas nuevas, adicional han realizado algún mantenimiento preventivo en las vías terciarias principales, compuesto básicamente por la limpieza de cunetas, aplicación de afirmado (balastro) limpieza de obras y retiro de aludes sin que esto haya generado un impacto más allá de la simple movilidad. Concordia por tradición, geografía y actividades productivas es un municipio de arrieros y caminantes, con una extensa red de caminos de herradura que garantizan la movilidad entre parajes, sectores y unidades productivas; estos caminos son indispensables para la adecuada movilidad de nuestros habitantes y aunque no es el sistema más competitivo, el mantenimiento de los mismos se hace necesario para el desarrollo del territorio. La administración municipal “Dar todo por Concordia" iniciara el proceso reducción del déficit cuantitativo de placas huellas en las vías terciarias, proyectando en el EOT a 2028 como obligación de las alcaldías de turno la continuidad de este proyecto, sin descuidar el tradicional mantenimiento rutinario de las demás vías. La pavimentación sea de manera rígida, flexible, articulada y/o combinada mejorara sustancialmente la calidad de desplazamiento del ciudadano que se ubica en torno a esta, además disminuye sustancialmente los costos de mantenimiento, impacto ambiental y por ultimo genera valorización y progreso a los territorios circundantes.
  • 37. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 37 de 191 2.1.3.3.2 Espacio público El municipio de Concordia tiene una deuda con la ciudadanía en cuanto a la generación de espacio público de calidad, pertinencia y necesidad, tal y como se evidencia en la gráfica a continuación plasmada, donde se puede visualizar que el índice de espacio público de la zona urbana está por debajo del 4% del área delimitada total, hoy solo tiene cinco locaciones tradicionales que son: el parque principal, el monumento de la madre, zonas verdes del barrio obrero, del coliseo y del sector del guamo. Plano No. 1. Equipamiento urbano Fuente: Diagnostico Esquema de Ordenamiento Territorial 2016-2028 La administración municipal “Dar todo por Concordia 2016-2019; para el termino de nuestro cuatrienio entregaremos a los concordianos nuevos espacios públicos que se generaran bien sea en la zona urbana o rural mejorando el índice de medición y la calidad de vida de nuestros ciudadanos.
  • 38. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 38 de 191 2.1.3.3.3 Equipamientos urbanos Concordia en la zona urbana radial tiene equipamientos suficientes para el disfrute público, sin embargo el desarrollo periférico y los centros poblados rurales no cuentan con buenos equipamientos deportivos, locativos, culturales de esparcimiento y paisajísticos. Plano No. 2. Equipamiento urbano Fuente: Diagnostico Esquema de Ordenamiento Territorial 2016-2028 La administración municipal “Dar todo por Concordia” 2016-2019; aunará esfuerzos y gestionará con las entidades de índole Departamental y Nacional para emplazar nuevos equipamientos en los sectores que por su densidad poblacional y carencia de estos así lo requieran; además dejaremos plasmado en el EOT los puntos estratégicos donde consideramos que al 2028 deban existir este tipo de intervenciones. 2.1.3.4 A.P.P – Alianzas Público Privadas En el municipio de Concordia a la fecha no se encuentran registros de alianzas público privadas en ningún sector, se han desaprovechado ventajas locativas, espaciales y comerciales al no explorar esta figura legal. El reto es buscar las fortalezas locativas, culturales, naturales y estratégicas que puedan representar interés para el sector privado y que a través de alianzas público privadas. A.P.P, se puedan explotar en pro de la comunidad concordiana sin que esto implique grandes
  • 39. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 39 de 191 inversiones de servicio público y/o detrimento patrimonial; enfocándose en mejorar espacios de disfrute común, movilidad y servicios. La administración municipal “Dar todo por Concordia” 2016-2019 en el cuatrienio, diagnosticara debidamente un posible escenario para la constitución de una alianza público privada, que genere beneficios mutuos en lo económico, locativo, servicios, paisajismo, social y cultural que además en el tiempo retorne de manera definitiva a la administración pública. 2.1.3.4.1 Convenios solidarios: El municipio tiene la obligación de generar procesos de construcción del territorio con vinculación ciudadana y/o organizaciones comunitarias activas, la administración “Dar todo por Concordia” 2016-2019; aprovechará al máximo las ventajas estratégicas de trabajar con las Juntas de Acción Comunal - JAC para garantizar la inversión con pertinencia y fortalecerlas económicamente y organizacionalmente, mejorando la forma en que el estado llega a la comunidad. 2.1.3.5 Buen Gobierno El municipio de Concordia tiene una actualización catastral rural del año 2008 y en la zona urbana del año 2011, y según la ley 14 de 1983, decreto reglamentario 3496/1983, ley 223/1995 en el artículo 79 obliga a realizar cada 5 años la actualización catastral, pero a la fecha no se ha realizado lo que nos demuestra que el municipio ha venido funcionando con menos ingresos y más egresos porque cada año se incrementa los gastos de acuerdo al Indicie de Precios al Consumidor (IPC). La economía del país, departamento y municipio está en crisis lo que conlleva a que algunos contribuyentes del municipio de Concordia se atrasen en el pago de sus impuestos, generando una cartera morosa alta y de difícil recaudo. Según el decreto 048 del 11 de julio de 2014 “Por el cual se establece el reglamento interno del recaudo de cartera en el municipio de Concordia - Antioquia y se dictan otras disposiciones”, se deben realizar trámites de recaudo por vía jurídica a los morosos; el municipio no ha sido eficiente en los cobros persuasivos y coactivos llevando esto a retrasos, dilatar los procesos y hasta la prescripción de la acción de cobro, generando pérdidas y menos ingresos para el municipio.
  • 40. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 40 de 191 La falta de hacer controles periódicos para identificar la apertura o cierre de los negocios y la publicación de avisos y tableros a los establecimientos de comercio, hacen que el municipio tenga menos ingresos por el impuesto de industria y comercio. La correlación entre las áreas que generan ingresos para el municipio es deficiente, lo que dificulta canalizar con eficiencia y eficacia estos recursos y así poder invertirlos oportunamente en los planes y proyectos del plan de desarrollo. Todo lo anterior genera brechas y problemas en las áreas económica y financiera. La administración municipal “Dar todo por Concordia 2016-2019 en el cuatrienio, realizara la actualización catastral ajustando los milajes de tal manera que no afecten la economía local, pero que generen impacto positivo en el recaudo municipal; además la conservación catastral de la información será vital para el buen manejo del territorio y sus ingresos.
  • 41. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 41 de 191 2.1.4 Identificación de problemas - Causas y consecuencias
  • 42. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 42 de 191 2.1.5 Análisis para el cierre de brechas
  • 43. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 43 de 191
  • 44. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 44 de 191 2.1.6 Estructuración de programas indicadores y metas
  • 45. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 45 de 191
  • 46. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 46 de 191
  • 47. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 47 de 191
  • 48. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 48 de 191 2.2 LINEA TERRRITORIAL - SANEAMIENTO BÁSICO 2.2.1 Definición El saneamiento básico es el conjunto de acciones, técnicas y gestiones que articuladas con el desarrollo territorial, tienen por objeto alcanzar niveles crecientes de salubridad ambiental; está relacionado de manera directa con el manejo sanitario de agua potable, aguas residuales, residuos líquidos, residuos sólidos, reducción de riesgos para la salud y prevención de la contaminación; su prioridad es la promoción y el mejoramiento de condiciones de vida urbana y rural, como bien lo plantea la organización panamericana de la salud- OPS. 2.2.2 Objetivo Estratégico Incentivar la eficiencia de la prestación de los servicios por parte de las Empresas Públicas Municipales - EPM ESP, garantizando la disponibilidad de agua potable y saneamiento básico ambiental; con el fin de mejorar la calidad de vida de la población en el municipio de Concordia e incrementar el número de beneficiarios en la zona urbana y rural.
  • 49. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 49 de 191 2.2.3 Descripción de los sectores de competencia 2.2.3.1 Acueductos 2.2.3.1.1 Acueducto y saneamiento básico Los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo de la zona urbana del municipio de Concordia son prestados por las Empresas Públicas Municipales de Concordia (EPMC E.S.P.), empresa industrial y comercial del estado del orden municipal, creada mediante decreto 114 de julio de 1996. En la zona rural el servicio de acueducto es tramitado por las Juntas de Acción Comunal –JAC- y una vez ejecutado el acueducto es administrado por una junta conformada por integrantes de la comunidad. La administración municipal “Dar todo por Concordia” recibe los acueductos veredales con importantes dificultades administrativas, operativas y de capacidad; encontrando como sustento de lo antes citado en nuestro diagnostico organizaciones divididas, manejos financieros deficientes, exceso en la venta de cupos sobre la capacidad instalada, deficientes áreas boscosas en las zonas de bocatomas y 12 acueductos carentes de concesión de aguas; además presentan un alto índice promedio de riesgo de calidad del agua –IRCA-, con una ponderación de 57.6% siendo el máximo permitido el 5%, acorde con datos suministrados por la secretaría seccional de salud de Antioquia con corte a 2014; como se presenta en el siguiente cuadro: Número de Sistemas Monitoreado SinRiesgo Bajo Medio Alto Inviable Sanitariamente SinDato 20 0 2 2 11 4 1 La administración municipal “Dar todo por Concordia” 2016-2019; aunará esfuerzos con Corantioquia y los demás entes que tienen que ver con el control ambiental para implementar medidas tendientes a disminuir la brecha existente en cuanto a calidad del agua suministrada en la zona rural y el área urbana, propendiendo por el mejoramiento de la salud y calidad de vida de los habitantes menos favorecidos, de igual manera procesos orientados a establecer alianzas y/o fortalecer las existentes, confluyendo en la optimización y mejoramiento del sistema actualmente
  • 50. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 50 de 191 instalado; resolviendo problemas de índole legal y operativo; a través de capacitaciones que permitan mejorar las condiciones de los acueductos veredales. Mejoramiento y optimización de estos sistemas será objeto continuo de atención para la administración, con el fin de mejorar la calidad de vida, salud y entorno de la comunidad concordiana. 2.2.3.1.2 Acueducto urbano El sistema de acueducto con que cuenta el municipio en su zona urbana está constituido por la captación en la reserva natural La Nitrera, en esta se encuentra la represa Miguel Martínez Isaza, con una capacidad de almacenamiento aproximado de 76.850 M3 según estudios realizados por la empresa AAS S.A. para el Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado – PMAA – del municipio. Dentro del PMAA se encuentra en construcción una nueva línea de aducción en PEAD (Polietileno de alta densidad) desde la Nitrera hasta la planta de tratamiento de agua potable Juan Gregorio Posada, planta que cuenta con una capacidad instalada para 40 litros por segundo y falencia en algunos módulos que no cumplen con los parámetros exigidos por el Reglamento de Agua Potable y Saneamiento Básico – RAS 2000; el sistema confluye luego a seis tanques de almacenamiento con una capacidad combinada de 703,6 m3 y un déficit de almacenamiento de 320 m3 . La red de distribución del municipio se encuentra conformada por seis circuitos. Según datos adquiridos para la formulación del EOT 2016 – 2028 el servicio de acueducto en la zona urbana tiene una cobertura del 92,1%; el Índice de agua no contabilizada suministrado por EPMC E.S.P es de
  • 51. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 51 de 191 45.77% siendo el máximo permitido por ley de 30%, Indice de Riesgo de la Calidad del Agua – IRCA – para la zona urbana según datos de la Secretaria Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia con corte a 2014 es de 2.1% siendo el agua apta para el consumo humano. La administración municipal “Dar todo por Concordia” 2016-2019; dará continuidad en la calidad del agua potable suministrada y reducir el porcentaje del agua no contabilizada en el municipio. 2.2.3.1.3 Alcantarillado El sistema de alcantarillado en el área urbana del municipio cuenta con una cobertura del 92,5%, éste básicamente se conforma por redes de recolección, sumideros y cárcamos, las líneas de tubería tienen diversos diámetros construidos en materiales como PVC y concreto, en su mayoría con aguas combinadas (lluvias más residuales) aliviadas en ciertos puntos, una Plata de tratamiento de aguas residuales – PTAR – principal que cubre las aguas servidas a un 76,22% de la población urbana del municipio; esta PTAR está “compuesta por un canal de entrada, un proceso de cribado, un desarenador y un dispositivo de aforo; disponiendo luego el agua residual libre de sólidos gruesos a un canal de distribución general con seis vertederos individuales que permiten el ingreso a las dos unidades Imhoff modificados, donde se realiza una sedimentación y digestión anaerobia del agua residual doméstica. El agua proveniente del sistema Imhoff Modificado, luego de ser decantada y digerida en parte, es conducida por gravedad, a cuatro (4) unidades de lechos filtrantes intermitentes, compuestos por arena y grava como material de soporte, con dos secciones de tuberías de PVC de diámetro 4 pulgadas, una superior sobre el lecho de arena soportada con bloques de concreto que conduce el lodo a los lechos de secado, y otra inferior localizada entre la capa de grava y arena para recibir y conducir el agua que se filtra por dicha capa, la cual también se puede aprovechar como retro lavado de los lechos filtrantes cuando se requiera “Texto base Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado”.
  • 52. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 52 de 191 El principal problema detectado en la PTAR por olores, se da en esta estructura, ya que el agua residual proviene de un tratamiento anaerobio al contacto con el aire, oxida los compuestos sulfurosos del agua residual tratada y volatiliza el ácido sulfhídrico presente en ésta, lo que genera el olor desagradable que se dispersa en la zona donde se localiza la PTAR. Finalmente después del proceso de filtrado, el agua clarificada se recolecta a través de cajas recolectoras y tubería para ser descargada al punto de vertimiento. Los gases generados en el reactor anaerobio tipo Imhoff modificado son quemados a través de un incinerador ubicado en un extremo de éste (texto extraído de PMAA 2015, tomo 4) de los cuatro lechos filtrantes solo uno se encuentra operativo lo que disminuye la eficiencia en términos de remoción de Dbo5, Dqo, SST y demás factores contaminantes; la disposición de residuos líquidos genera grandes focos de contaminación en el municipio debido a su alta carga de factores contaminantes. El reto es priorizar la implementación adecuada del Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos – PSMV-, aprobado por CORANTIOQUIA con el fin de disminuir la carga contaminante, el impacto ambiental y social que conlleva un tratamiento y manejo inadecuado de los sistemas de alcantarillado. 2.2.3.1.4 Residuos sólidos rurales En la zona rural se producen alrededor de 34.2 toneladas de residuos sólidos (Fuente: PGIRS, actualizado 2015), a pesar de los programas de sensibilización en la separación de basuras en la zona rural, no han sido suficiente los esfuerzos que se han realizado para el manejo del material
  • 53. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 53 de 191 de desecho ya que como mecanismos de disposición final se usa la incineración de los mimos, los depositan a cielo abierto al lado de las corrientes de agua o lo entierran sin ninguna separación. En la actualidad no se evidencian mecanismos claros, ni incentivos a la población para conseguir la disminución de los impactos que se generan a partir de la inapropiada disposición de los residuos sólidos. En materia ambiental, el municipio atraviesa por problemas serios, que de no tomarse medidas prontas y eficaces, afectará la sostenibilidad en el tiempo del territorio poniendo en riesgo la vida, la convivencia y el desarrollo del mismo. La Administración municipal “Dar todo por Concordia 2016-2019; realizará sensibilizaciones en todos los estamentos sociales del municipio y no se podrá descartar acciones policivas procurando por la disminución de la contaminación ambiental. 2.2.3.2 Aseo El servicio de aseo en el casco urbano tiene una cobertura del 100% y genera mensualmente 124,4 toneladas de residuos sólidos, estos son transportados y dispuestos en su totalidad en el Relleno sanitario del municipio ubicado en la vereda Yarumal a 1,8 Km de la cabecera, éste relleno posee licencia ambiental hasta octubre de 2018, además se generan en la zona rural 34,2 toneladas de residuos sólidos mensuales según datos del PGIRS, actualizado al 2015, en esta última no se evidencian programas para manejo y disposición adecuada de residuos sólidos, lo que incide de manera negativa en el impacto ambiental. El Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos -PGIRS- se encuentra actualizado y es necesaria su implementación para cumplir con la normatividad vigente. La administración municipal “Dar todo por Concordia” 2016-2019; se compromete con el manejo ambiental y la apropiada prestación del servicio de recolección y disposición final de residuos sólidos tanto en el área urbana como rural; realizará todas las gestiones pertinentes y posibles para ampliar la licencia del actual relleno sanitario, además en
  • 54. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE CONCORDIA CONCEJO MUNICIPAL v _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ACUERDO Nº 003 MAYO 30 DE 2016 Concejo Municipal de Concordia Correo Electrónico: concejo@concordia-antioquia.gov.co Telefax: 844 65 27 Página 54 de 191 el proceso de formulación del Esquema de Ordenamiento Territorial – EOT, se dejarán plasmados predios identificados con su debida matricula inmobiliaria para que al futuro a quien le corresponda inicie las gestiones pertinentes. Disminuir el impacto ambiental generado por los habitantes del municipio, garantizando un tratamiento y disposición adecuada de los residuos incluyendo un aumento en la cobertura de los sistemas existentes.