1. México: “De la Crueldad al Cinismo”
Enviado por ewituri el Mar, 06/26/2012
Recibido del Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las
Casas, Frayba, San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, 26 de junio.-
Boletín No. 09. Presentación del Informe sobre la Tortura en Chiapas:
Día Internacional en Apoyo a las Víctimas de la Tortura.
El Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas
registró, en el periodo que va de enero de 2010 a diciembre de 2011,
47 personas sobrevivientes de tortura de las cuales: ocho son
mujeres y 38 hombres; del mismo total ocho personas pertenecen al
pueblo tseltal, siete al pueblo tsotsil, una al pueblo tojolabal y otras
31 personas se identifican como mestizas.
Los municipios en que se cometieron eventos de tortura son: Acala,
Bella Vista, Comitán de Domínguez, Chilón, Huixtla, El Provenir,
Motozintla, Ocosingo, Palenque, Pueblo Nuevo Solistahuacán, San
Cristóbal de Las Casas, Tapachula, Tonalá, Tuxtla Gutiérrez y
Villaflores.
Los perpetradores que hemos identificado en estos hechos son:
elementos del Ejército mexicano; de la Policía Municipal; Policía
Estatal Preventiva; Policía Ministerial, fiscales del Ministerio Público de
la Procuraduría General de Justicia del Estado de Chiapas (PGJE),
particulares con la anuencia de agentes del Estado y, haciendo
especial mención por su recurrencia, el personal de la Fiscalía
Especializada Contra la Delincuencia Organizada (FECDO).
2. La mayor parte de hechos de tortura registrados durante este periodo
se produjeron en acciones vinculadas con la procuración de justicia,
la implementación de una política de seguridad pública en el marco
de la guerra declarada contra el crimen organizado por parte del
Presidente de la República Felipe Calderón Hinojosa, y por las
acciones implementadas en el marco del programa “ciudad segura”
promovidas e implementadas por el gobierno del estado Chiapas.
En un gran número de casos, documentados por este Centro de
Derechos Humanos, las personas sobrevivientes, en el momento de la
tortura, se encontraban privadas de su libertad bajo la figura de
arraigo; y aunque es importante hacer mención que esta figura
jurídica se eliminó para delitos del fuero común en Chiapas, en el mes
junio de 2011, la medida continúa en el ámbito federal.
No obstante esta particularidad en Chiapas, distintos testimonios nos
han revelado una realidad distinta y más grave aún: la existencia de
“casas de seguridad”. Espacios en los que se pone en riesgo la vida
de las personas “detenidas” dificultando el trabajo de documentación
y de una defensa adecuada por parte de los organismos de derechos
humanos.
Las personas sobrevivientes de tortura, que están dispuestas a
denunciar los actos cometidos contra su integridad, se encuentran
con un sistema de procuración de justicia incapaz de darles
protección y apoyo adecuado; por el contrario, los casos denunciados
permanecen en la impunidad, a pesar de la tipificación del delito de
tortura en el código penal de Chiapas.
Los datos comparados nos confirman que las investigaciones, en las
denuncias de tortura, se tipifican como delitos menores, lesiones y/o
abuso de autoridad, figuras que incurren en una simple sanción
administrativa invisibilizando así la responsabilidad del Estado de
ejercer la tortura como un patrón sistemático de represión.
Aunado a lo anterior, manifestamos nuestra preocupación porque en
el momento de la investigación se “utiliza”, por parte de las
autoridades de procuración de justicia, el Protocolo de Estambul
desvirtuándolo de su función original. Esto debido a que quienes
aplican esta herramienta en Chiapas no es personal independiente,
como debería ser, sino personas de la misma PGJE, entidad de donde
provienen los mismos perpetradores.
Se cuenta con información que el modo de aplicación de este
protocolo, por parte de funcionarios del Estado, es incluso
traumatizante y “usado” como medio de prueba en contra de la
víctima confirmando una contra tendencia de lo que busca prevenir el
Subcomité para la Prevención de la Tortura de las Naciones Unidas
3. (SPT) que recomienda: se fortalezca la aplicación del Protocolo de
Estambul mediante la garantía de investigaciones independientes,
prontas y exhaustivas (...).1
Como consecuencia de estos actos de tortura las personas
sobrevivientes son afectadas no solamente en su persona, sino en su
entorno más próximo como lo es su pareja, su familia, su trabajo, sus
estudios, su comunidad y en la mayor parte de los casos su proyecto
de vida.
La tortura se vuelve una forma de control social, sin embargo, a
pesar de los temores fundados a la represión que ejercen las fuerzas
del Estado, los sobrevivientes de tortura son cada vez más
conscientes de la importancia de la denuncia para la erradicación de
este delito de lesa humanidad.
La tortura como método recurrente devela un sistema de justicia
corrupto y distante a la garantía de protección y seguridad jurídica.
Aunque los gobiernos federal, y del estado de Chiapas, realizan y
publicitan reformas legislativas, políticas públicas y ratifican su
compromiso en instancias internacionales para erradicar la tortura, la
realidad rebasa los límites que pretenden ocultar este padecimiento
de la sociedad que es tolerado, permitido y ejercido desde el propio
sistema de administración de justicia, donde las violaciones a los
derechos humanos son la norma.
Es por tanto necesario un cambio estructural del sistema jurídico
mexicano, erradicar sus malas prácticas que sostienen un sistema
que posibilita la corrupción de los funcionarios públicos.
Es por ello necesario que la sociedad civil nos involucremos en redes
de solidaridad y defensa para denunciar las situaciones de injusticia
social, crear contrapoderes al sistema judicial que ha llenado y sigue
llenado las cárceles de personas presas que injustamente cumplen
condenas impuestas.
Mismas que no tienen posibilidad de defensa ante este sistema
inquisidor, quienes cargan con el peso del terror del gobierno,
potenciado hoy, por la cruel guerra del Presidente Felipe Calderón y
la utilización arbitraria y cínica del sistema de justicia por parte del
gobernador Juan José Sabines Guerrero a favor de sus intereses de
poder.
Finalmente recordamos que la Organización de las Naciones Unidas,
estableció que el 26 de junio de cada año se conmemore el Día
Internacional en Apoyo a las Víctimas de la Tortura, con el
compromiso de reafirmar que no existe ninguna justificación para la
4. práctica de la tortura ni de los tratos crueles inhumanos y/o
degradantes.
Este Centro de Derechos Humanos, y distintos actores en el país,
constatamos que a pesar de los compromisos internacionales que
México ha adquirido ante la comunidad internacional, y de la
normatividad vigente en lo local y lo nacional, la práctica de la tortura
es un mecanismo privilegiado y repugnante de investigación policial y
control utilizado aún por agentes estatales.
1CAT/OP/MEX/1
++++
Gubidcha Matus Lerma.
Comunicación Social. Área de Sistematización e Incidencia /
Comunicación. Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las
Casas A.C. Calle Brasil #14, Barrio Mexicanos,
San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, México. Código Postal: 29240.
Tel +52 (967) 6787395 , 6787396, 6783548. Fax +52
(967) 6783551.medios@frayba.org.mx
www.frayba.org.mx•
Perú: Tortura sigue siendo una práctica en el país
Enviado por ewituri el Mar, 06/26/2012
Adital, 26 de junio.- Pese a los tratados internacionales. Hoy (26),
Día Internacional en apoyo de las Víctimas de Tortura, la
Coordinadora Nacional de Derechos Humanos – Perú emite
comunicado en lo que señala que aunque sea una de las más graves
violaciones a los derechos humanos, la tortura sigue siendo un
problema vigente en Perú y pide que se ponga en práctica el
Mecanismo Nacional de Prevención (MNP).
5. Según los datos, sólo en el 2011 la Defensoría del Pueblo recibió 62
denuncias por presuntas torturas y tratos crueles, inhumanos o
degradantes, mientras que en el período 1998-2010, ha reportado
640 denuncias por tortura.
Estas cifras, se teme, representan un sub-registro, dado que muchas
personas que sufren esta práctica no llevan a cabo su denuncia, ya
sea porque se sienten desprotegidas ante el Estado, o porque no
saben que el maltrato que han recibido constituye efectivamente el
delito de tortura.
Cabe resaltar que es preocupación de los sectores sociales que luchan
contra la tortura que el Código Penal no haya previsto,
expresamente, la imprescriptibilidad del delito de tortura, sino que,
por el contrario, lo haya sujetado a los plazos ordinarios del mismo
Código.
La diversidad de las regiones en donde se han producido estos
hechos de tortura, según comunicado de la Coordinadora, así como
sus circunstancias mismas, muestran que el problema tiene una
dimensión nacional y no está únicamente ligado al combate al
narcotráfico o terrorismo, o a zonas bajo estado de emergencia, sino
que también aparece en el contexto de la lucha contra la criminalidad
común.
"En este contexto, y con miras al Día Internacional de las Naciones
Unidas en Apoyo de las Víctimas de Tortura (26 de junio), tenemos
que preguntarnos, como sociedad, ¿qué podemos hacer para prevenir
la práctica de la tortura en nuestro país?”, indaga la organización.
La respuesta es la aplicación debida de leyes, protocolos y tratados
internacionales, como el Protocolo Facultativo de la Convención
contra la Tortura. Este Protocolo establece un sistema dual de
prevención de la tortura que consiste en un mecanismo internacional
cuya labor se complementa con la de un mecanismo nacional.
El mecanismo internacional, entidad de las Naciones Unidas, es el
Subcomité para la Prevención de la Tortura, mientras que el
Mecanismo Nacional de Prevención (MNP) debe ser una entidad
designada por los Estados parte. Ambos mecanismos cuentan con la
facultad para efectuar visitas a los lugares de detención.
No obstante, si bien el Protocolo Facultativo fue ratificado por el Perú
el 14 de septiembre del 2006 y entró en vigor el 14 de octubre del
mismo año, no se cumplió con el plazo de un año, esto es al 14 de
octubre de 2007, para que se cree el MNP.
6. En efecto, se van a cumplir cinco años y, a la fecha, el Estado
Peruano no ha cumplido con el establecimiento del MNP. Al respecto,
si bien se ha aprobado al interior del Consejo de Derechos Humanos
(CNDH) un proyecto de norma legal para su creación, la misma se
encuentra estancada en proceso de debate y consulta en el Ejecutivo
previo a su envío al Congreso de la República.
"Desde la sociedad civil, consideramos que esta situación es
inaceptable, que no existe ningún motivo para seguir prolongando la
aprobación de un mecanismo cuyo único fin es la protección de los
ciudadanos. Exigimos, por tanto, el establecimiento inmediato del
Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura”, afirma el
comunicado.
Fuente: Coordinadora de Derechos Humanos - Perú
http://www.adital.com.br/site/noticia.asp?boletim=1&lang=ES&cod=
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