Presentación de Amerigo Incalcaterra, Representante para América del Sur del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en la Jornada sobre Empresas y derechos Humanos que se realizí en la Biblioteca Nacional el 17/8/17.
A través de este evento se buscó difundir los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos que fueron aprobados por A/HRC/RES/17/4, el 6 de junio de 2011. Durante la jornada se detalló qué son los principios, cual es la forma de instrumentarlos, cual es la vinculación con la Agenda 2030 y el rol que cumple el Estado para su implementación.
Mas info: http://bit.ly/2iqc5AV
Jornada sobre "Empresas y derechos Humanos" - Presentación de Amerigo Incalcaterra
1. Empresas y Derechos Humanos
Amerigo Incalcaterra
Oficina Regional para América del Sur
Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
Buenos Aires, agosto de 2017
2. 1. Introducción a los Principios
Rectores de Naciones Unidas sobre
Empresas y Derechos Humanos
2. Los Principios Rectores de
Naciones Unidas sobre Empresas y
Derechos Humanos, y la Agenda
2030 para el Desarrollo Sostenible
3. Diálogo
Objetivos de la Sesión
3. Empresas y Derechos Humanos:
¿Compañeros desconocidos?
Las empresas se enfocan, por regla
general, en el fin de lucro. Por esta
razón, lo derechos humanos no son
un orden natural dentro de ellas.
Los derechos humanos se
encuentran consagrados en los
tratados internacionales y el
derecho consuetudinario, cuyo
principal titular de obligaciones es
el Estado.
La empresas pueden impactar
los derechos humanos,
positiva y/o negativamente.
4. • Empresa de seguridad privada operando en zona de conflicto
• Derecho a la vida / Derecho a estar libre de tortura y tratos
inhumanos
• Empresa de internet que ofrece cuentas de correo o blogs
• Derecho a la libertad de expresión / Derecho a estar libre de
detenciones arbitrarias / Derecho a la vida privada
• Empresas pequeñas con gran parte del mercado local
• Depende de la naturaleza de las actividades, relaciones y
contexto de operación
• Firma especializada en productos de alto impacto
• Derecho a la vida / Derecho a la salud
Todas las empresas tienen un gran potencial de impacto en
derechos humanos
5.
6. Contextualización
La Agenda Temprana
La globalización aumentó la atención de las partes interesadas en
las cadenas de suministro
Emergen inicitativas para establecer estándares a empresas y Naciones
Unidas
Lanzó el Pacto Global
Nombró un Representante Especial del
Secretario General para la cuestión de los
derechos humanos y las empresas
transnacionales y otras empresas, John Ruggie.
7. Los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos
Humanos de NU – el “Final del Comienzo”
Su origen es el informe de John Ruggie
Un marco normativo global, con un fuerte respaldo político
2011: El Consejo de Derechos Humanos, unánimamente, adoptó
los Principios Rectores, para operacionalizar el marco para
Proteger, Respetar y Remediar en la resolución 17/4.
Los Principios Rectores fueron apoyados por las empresas y la
sociedad civil.
Desde 2011: Énfasis en la implementación.
8. El enfoque de los Principios
Rectores es evitar y abordar
los impactos negativos
Aclaran la obligación de los
Estados de proteger los derechos
humanos y de crear un marco
regulatorio y expectativas claras
hacia empresas
Proveen a las empresas un
marco para entender e
implementar su responsabilidad
de respetar los derechos
humanos
9. Los Tres Pilares: Proteger, Respetar y
Remediar
Deber del
Estado de
proteger
Políticas
Regulación
Sometimiento
a la Justicia
Responsabilidad
de empresas de
respetar
Actuar con
debida
diligencia
Abordar los
impactos
adversos
Acceso a
remedios
Acceso
efectivo para
víctimas
Judicial y
extra judicial
11. Pilar I: Deber del Estado de Proteger
Enfoque. Preventivo
Fuente. Tratados Internacionales
Implementación. Mecanismos de
derechos humanos, al exigir
Monitoreo
Adopción de legislación
preventiva y reactiva
Sometimiento a la justicia
Sensibilización
Principio Fundacional
Los Estados deben
proteger contra las
violaciones de los
derechos humanos
cometidas en su
territorio y/o jurisdicción
por terceros, incluidas
las empresas
Importancia: Los Principios Rectores no
crean nuevas obligaciones
12. “[L]as obligaciones positivas de los Estados Partes de velar por los
derechos del Pacto sólo se cumplirán plenamente si los individuos
están protegidos por el Estado, no sólo contra las violaciones de
los derechos del Pacto por sus agentes, sino también contra los
actos cometidos por personas o entidades privadas […]”
“Puede haber circunstancias en que la falta de garantía de los
derechos del Pacto, tal como se exige en el artículo 2, produciría
violaciones de esos derechos por los Estados Partes, como
resultado de que los Estados Partes permitan o no que se adopten
las medidas adecuadas o se ejerza la debida diligencia para evitar,
castigar, investigar o reparar el daño causado por actos de
personas o entidades privadas.”
Ejemplo
Comité de Derechos Humanos, Observación General Nº31
14. Pilar I: Deber del Estado de Proteger
Funciones Reglamentarias y Normativas
• Hacer cumplir y evaluar las normas de derechos humanos
• Verificar que el derecho corporativo proteja derechos humanos
• Asesorar a las empresas
• Alentar y exigir informes a empresas sobre el tema
Nexo entre el Estado y las Empresas
• Medidas adicionales para las EPEs
• Supervisión adecuada en la privatización de servicios públicos
• Compras públicas
Coherencia política
• Información, capacitación y apoyo a reguladores vinculados a la actividad empresarial
• Marco normativo de acuerdos y pactos entre Estados, y entre Estado y empresa
• Fomento e incidencia en instituciones multilaterales
Zonas afectadas por conflictos
• Colaborar a las empresas de manera temprana a determinar, prevenir y mitigar los riesgos
• Asistir en relación a los principales riesgos de abusos (violencia de género y sexual)
• Negar apoyo a empresa vinculada a abusos y que se niegue a cooperar
• Asegurar la eficacia de las políticas públicas
• Vinculación de Cancillerías y Embajadas
16. Principios Fundacionales
1. Todas las empresas deben abstenerse de infrinjir los derechos
humanos internacionalmente reconocidos de terceros y hacer
frente a las consecuencias negativas
2. Respetar exige:
a. Evitar que las propias actividades tengan consecuencias
negativas
b. Prevenir o mitigar las consecuencias negativas en cadena de
valor
Pilar II: Responsabilidad de las Empresas
de Respetar
Importancia: Aplica para todas las empresas,
independiente de la capacidad del Estado y
es independiente a la RSE
17. Pilar II: Responsabilidad de las Empresas
de Respetar
Respeto a la ley interna (laboral,
comercial, medioambiental etc.)
Instrumentos de soft law han
establecido normas de respeto de
derechos humanos por las empresas
Directrices de la OCDE, Principios
fundamentales de la OIT, Pacto
Global, Iniciativas de múltiples
partes interesadas, ISO 26.000,
Declaraciones Corporativas
Aplicación de estándares a empresas
por un cuerpo emergente de leyes
domésticas y jurisprudencia
Fuente de la obligación
Estándar de facto y con
mayor aceptación:
Principios Rectores
18. Compromiso político
Remediar los
Impactos
negativos
Evaluación de
impactos
negativos
Integrar y
actuar sobre
impactos
negativos
Dar
seguimiento a
la respuesta
Comunicar el
rendimiento
Principios Operativos
Pilar II: Responsabilidad de las Empresas
de Respetar
Las empresas deben
expresar su compromiso
con esta responsabilidad
mediante declaración
política:
aprobada al más alto
nivel directivo
basada en asesoría
especializada
que establezca
responsabilidades
específicas
pública y difundida a
todas las partes
interesadas
reflejada en políticas y
procedimientos (ej.
Incentivos)
19. Evaluación de
impactos
negativos
Integrar y actuar
sobre impactos
negativos
Dar
seguimiento a
la respuesta
Comunicar el
rendimiento
Ciclo de debida diligencia
Pilar II: Responsabilidad de las Empresas
de Respetar
• Abordar consecuencias
negativas provocadas o
contribuido a provocar
• Complejidad variable por
tamaño y actividad
• Proceso continuo y
evolutivo
• Apoyo de expertos
• Realizar consultas
• Utilizar indicadores
• Transparentar
• Integrar en sistemas de
gestión de riesgo más
amplios
• Priorizar
• Equilibrar oportunidades
comerciales
20. • Los Principios Rectores son el estándar sobre derechos humanos para
empresas y partes interesadas
• Deben conocer cómo el Estado y otras empresas trabajan sobre los pilares
de protección y respeto, y participar en distintas instancias
• Su responsabilidad en derechos humanos puede ir más allá del
cumplimiento de la ley
• Deben considerar todas las actividades y relaciones, junto con todos los
derechos humanos
• Deben adoptar una política en derechos humanos e invertir en debida
diligencia
• Se debe asegurar que las iniciativas corporativas en derechos humanos
contengan mecanismos de reclamación
Aspectos centrales que deben ser transmitidos a
las empresas
21. Retrasos operativos
Disputas legales, indemnizaciones, daños
a la reputación
Desafíos para el inversionista
Pérdida de la licencia social para operar
Insatisfacción por parte de los
trabajadores
Riesgos para las Empresas
23. Aunque las
insituciones operen
de manera óptima,
las disputas sobre
impactos adversos
en derechos siempre
pueden ocurrir y las
víctimas deben
obtener reparación
Deber del Estado de
Proteger
Deber de la Empresa de
Respetar
Los Estados deben tomar
medidas adecuadas para
investigar, sancionar y
reparar abusos
relacionados con
empresas.
Mecanismos a nivel
corporativo proveen una
alerta temprana y la
posibilidad de administrar
el riesgo para identificar,
mitigar y resolver los
reclamos, antes de que
escalen o conlleven a un
litigio.
Principio Fundacional
El Estado debe garantizar diversos mecanismos de reparación ex post
Pilar III: Acceso a mecanismos de reparación
24. Si las empresas han provocado o
contribuido a provocar consecuencias
negativas deben repararlas, mediante:
• Procedimientos tradicionales
• Mecanismos a nivel operacional
• Mecanismo institucionales
• Mecanismos internacionales,
nacionales y privados.
Pilar III: Acceso a mecanismos de reparación
Importante: Que las personas les conozcan y
comprendan, y que sean complementarios
25. Diagnóstico
• Acceso a sistema judicial formal es generalmente más difícil
donde la necesidad es mayor (barreras sustantivas y
procedimentales)
• Los mecanismos extrajudiciales están subdesarrollados
(mediación u otros)
• Mecanismos operacionales: informan la debida
diligencia y permiten reparar
Pilar III: Acceso a mecanismos de reparación
26. Exigencia para los mecanismos
extrajudiciales
Pilar III: Acceso a mecanismos de reparación
i. Legítimos
ii. Accessibles
iii. Predecibles
iv. Equitativos
v. Transparentes
vi. Compatibles con los
derechos
vii. Fuente de aprendizaje
continuo
viii. Basado en la
participación y el
dialogo
28. • Informe acerca de la obligación de los
Estados de proteger a las personas de
violaciones de derechos humanos en las
que incurren empresas de propiedad del
Estado (2016)
• Informe acerca de los efectos en materia de
derechos humanos que tienen las
operaciones agroindustriales,
especialmente en lo que respecta a la
producción de aceite de palma y caña de
azúcar, para los pueblos indígenas y las
comunidades locales (2016)
• Desarrollo e implementación de planes
nacionales de acción (continuo)
• Estudio sobre pequeñas y medianas
empresas
Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre
Empresas y Derechos Humanos
29. Vinculación a otros mandatos
Informe conjunto Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de
asociación, y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias
acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones (2016)
Los servicios de seguridad privada civil no deberían desempeñar funciones policiales en el
ámbito de las reuniones. [Si ocurre] deben respetar y proteger los derechos humanos y
acatar las normas de conducta de carácter voluntario más rigurosas posibles.
Relator Especial sobre la situación de los defensores de derechos humanos
Próximo informe sobre la situación de los defensores de los derechos humanos que
trabajan en el ámbito de las empresas y los derechos humanos
30. Quinto Foro sobre Empresas y Derechos Humanos
(noviembre de 2016)
• Liderazgo e influencia del Estado
en sus propias operaciones
relacionadas con los negocios
(empresas estatales, compras
públicas y servicios públicos).
• Liderazgo empresarial e influencia
en las cadenas de valor y en las
relaciones de negocios con
diversas partes interesadas.
• El papel de las instituciones
financieras en la vinculación entre
derechos humanos y mercados de
valores
31. Consultas regionales para América Latina y el Caribe
sobre empresas y derechos humanos
• Evaluar los procesos de diseño de
planes de acción de nacional en
construcción y los efectos de los ya
publicados en la región.
• Revisión de casos y temas relevantes
para la región (industrias extractivas,
extraterritorialidad, corrupción,
defensores de derechos humanos etc.)
33. Las empresas tienen el imperativo de
construir una relación respetuosa con
las comunidades, los trabajadores y
otras partes interesadas
No es un asunto de filantropía; implica
adoptar políticas para prevenir el riesgo
de afectar derechos de terceros como
efecto de las operaciones empresariales
No se trata de cómo gasto mis
utilidades, sino de cómo las genero.
El nuevo escenario
35. Agenda 2030 para el Desarrollo
Sostenible
• Establece una visión exhaustiva e integrada del
desarrollo sostenible, aplicable a todas las
personas, en todo lugar, anclada explícitamente
en los derechos humanos.
• Adoptó un amplio conjunto de objetivos y metas
conexas universales, transformativas, de gran
alcance y centradas en las personas.
• Una de sus metas es fomentar y promover la
constitución de alianzas eficaces en la esfera
público-privada,(17.17)
36. La Agenda de Acción de Addis Abeba
• Provee la base para implementar la Agenda 2030.
• Abarca todas las fuentes de financiamiento.
• Contempla aspectos, entre los que destacan la
ciencia y la tecnología, las innovaciones y el
comercio.
• Establece la ampliación de la base tributaria,
mejora de los sistemas recaudatorios, y combate a
la evasión fiscal y los flujos financieros ilícitos.
• Compromete la asistencia oficial al desarrollo,
sobre todo hacia los países menos desarrollados, y
estipula una mayor cooperación Sur-Sur.
37. El reconocimiento de los Principios
Rectores en las nuevas agendas
Medios de
Implementación la
Agenda 2030 y
Alianza Mundial
Ámbitos de Acción
sobre la Actividad
Financiera y
Comercial Privada
“Fomentaremos un sector empresarial dinámico y eficiente,
protegiendo al mismo tiempo los derechos laborales y los requisitos
sanitarios y ambientales de conformidad con las normas y los acuerdos
internacionales pertinentes y otras iniciativas que se estén llevando a
cabo en esta esfera, como los Principios Rectores sobre las Empresas y
los Derechos Humanos […]” (párrafo 67)
“Fomentaremos un sector empresarial dinámico y eficiente, al tiempo
que protegeremos los derechos laborales y ambientales, y las normas de
salud de conformidad con las normas y los acuerdos internacionales
pertinentes como los Principios Rectores sobre las Empresas y los
Derechos Humanos […]” (párrafo 37)
38. Conclusión sobre empresas y desarrollo
sostenible
• En el contexto descrito, los Principios Rectores no son un fin en si mismo, sino
que un medio para lograr el desarrollo sostenible.
• Ello, en el entendido que ahora las personas y sus derechos están al centro del
desarrollo.
• Así, las cadenas de suministro corporativo tienen una magnitud de influencia
tal, que son un modo importante de conseguir el desarrollo sostenible.
• Por lo expuesto, la invitación es a abandonar la concepción tradicional de
responsabilidad social empresarial y, en cambio, sumarse al respeto por los
derechos humanos.