El documento explica el Impuesto al Valor Agregado (IVA), un impuesto indirecto sobre el consumo aplicado en muchos países. El IVA se cobra sobre las transacciones comerciales y es financiado por el consumidor final. Se detallan ejemplos del cálculo del IVA trasladado, acreditable y por pagar para una persona física. También se describen las tarifas aplicables como la general del 16% y otras diferenciales, así como bienes exentos u otros gravados a tasas especiales.
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El IVA en Colombia: características, tarifas y bienes exentos
1. El impuesto sobre el valor agregado o impuesto sobre
el valor añadido es una carga fiscal sobre el consumo
aplicada en muchos países, y generalizado en la unión
europea, conocido también por las siglas IVA
2. El IVA es un impuesto indirecto sobre el consuno directo, es decir
financiado por el consumidor final. Un impuesto indirecto es el
impuesto que no es percibido por el fisco directamente tributario. El
IVA es percibido por el vendedor en el momento de toda transacción
comercial (Transferencia de bienes o prestación de servicios).
3. No.1 una persona física cobra honorarios por la cantidad de $10.000 y
desea saber cual es el IVA que le trasladaran.
Ingresos: 10.000
Tasa general del IVA x15%
Resultado : =$1,500 (IVA trasladado)
No.2 una persona física desea saber cual es el IVA que podrá acreditar, su
actividad es ingeniero civil y trabaja en forma independiente.
Concepto del
gasto
Importe del
gasto
Importe del IVA
pagado
Renta oficinas: $3,000 $450
Teléfono 500 75
Papelería 1,000 150
sumas $4,500 $675
4. La suma de $650 es exactamente el IVA acreditable, es decir, el IVA que
podría restar del IVA trasladado.
No.3 Siguiendo los ejemplos 1y2 esta misma persona quiere saber a
cuanto asciende la cantidad de IVA que tiene que pagar.
Con los resultados obtenidos de los dos ejemplos anteriores la
respuesta es $825 que es la diferencia del IVA trasladado (cobrado)
contra el IVA acreditable (gastado).
IVA trasladado $1,500
(cobrado)
IVA acreditable - 675
(gastado)
Diferencia (IVA por
pagar) =825
Hasta aquí de una manera breve hemos visto como es el manejo del
IVA.
5. Bienes Grabados: son aquellos a los que se les aplica la tarifa correspondiente, de
acuerdo con la clasificación asignada.
Bienes Exentos: Tienen un tratamiento especial y se encuentran gravados con la
tarifa de 0, están exonerados del impuesto, los pro ductores de estos bienes
adquieren la calidad de responsables con derechos con derecho a devolución de
este impuesto.
Bienes excluidos o que no causan: Son aquellos que por expresa disposición de la
ley no causan el impuesto, de forma que quien comercializa con ellos no se
convierte en responsable de impuesto a las ventas, ni tiene obligación alguna con
el gravamen.
TARIFAS APLICABLES…
Tarifa general: Se aplica la tarifa general a todos los bienes y servicios que no se
encuentren expresamente excluidos, exentos o sometidos a las tarifas
diferenciales o especiales. La tarifa general del impuesto sobre las ventas es 16%
del precio de venta de los artículos que se vendan y de los servicios que se
presten. En este valor deben incluirse aquellos gastos necesarios para realizar la
venta como fletes (transporte), gastos financieros y otros liquidados en la factura.
Tarifa diferencial: Se aplica entre otros a vehículos automotores que de acuerdo
con la característica del motor, posición arancelaria y otros, se encuentran
gravados con la tarifa del 20%, 35% y 45%.
6. Nuevos bienes y servicios gravados a la tarifa del 1.6%: Se aplica el 1.6 % a los
servicios de aseo, vigilancia, autorizados por la superintendencia de vigilancia
privada, en los de empleo temporal prestados por empresas autorizadas por el
ministerio de protección social y en los prestados por las cooperativas y pre
cooperativas de trabajo asociado en cuanto a mano de obra se refiere, vigiladas
por la superintendencia de economía solidaria o quien haga sus veces.
Bienes gravados con la tarifa del 10%: A partir del 1 de enero de 2007,
quedan gravados con el 10% café, trigo, harina de trigo, maíz, arroz,
embutidos, azúcar, cacao, pastas alimenticias, productos de panadería,
fibras de algodón, entre otros. Los servicios de medicina pre pagada,
pólizas de seguros de cirugía y hospitalización, pólizas de seguros de
servicios en general en salud.
Servicios de clubes sociales o deportivos; servicio de alojamiento en
hoteles; almacenamiento de productos agrícolas; servicio de
arrendamiento de inmuebles y espacios para exposiciones y muestras
artesanales.
Servicios gravados a la tarifa del 20%: Telefonía móvil, juegos de azar,
excepto las loterías que es del 5% (algunos).
Algunos productos exentos de IVA: queso, huevos, papas, leche líquida y
en polvo, pan, crema de leche, carne, animales vivos de la especie porcina,
bovina, caprina, búfalos, ovina, aves, peces vivos, (excepto los peces
ornamentales). Servicio de energía y algunos medicamentos.
7. * Andrés Camilo Mejía Vergara
* Jeimy Johana Pulido Castro
* William David Figueredo Peña