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UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA
Facultad de Educación de Albacete
Asignatura: Tendencias Contemporáneas de la Educación
Profesor: Isabel Gómez Barreto
Curso académico 2014-2015
EVOLUCIÓN DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA
Alumnos: Óscar de la Encarnación Navarro
Cristóbal Herrera Valencia
Vicente Martínez Martínez
Jose Nohales Santiago
Grado de Maestro en Educación Primaria
2º curso grupo A
Fecha de presentación: 18/3/2015
Email: cristobalchv@gmail.com
PERSPECTIVA HISTÓRICA DEL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL
Los sistemas educativos nacionales surgen en Europa a principios del siglo XIX a raíz de
la Revolución Francesa. En España, la Constitución de 1812 incorpora la idea de la educación
como un entramado en cuya organización, financiación y control debe intervenir el Estado, con
lo que se sientan las bases para el establecimiento del sistema educativo español. Sin embargo,
LA EDUCACIÓN DESDE FINALES DEL ANTIGUO RÉGIMEN
La reacción española a la invasión napoleónica pone en marcha la revolución liberal, que
tiene como consecuencia legislativa más importante la aprobación, por parte de las Cortes de
Cádiz, de la Constitución de 1812. En ella se proclaman la soberanía de la ley sobre el rey y una
nueva organización de la sociedad basada en los principios de libertad, igualdad y propiedad. Es
la única Constitución en la historia de España que ha dedicado un título en exclusiva, el IX, a la
instrucción pública. Este título, a pesar de respetar la estructura educativa existente en ese
momento —sólo se recogen la enseñanza primaria y la de las universidades—, incluye
importantes ideas renovadoras en el campo educativo. Entre ellas cabe señalar su defensa de la
universalidad de la Educación Primaria para toda la población sin excepciones y la uniformidad
de los planes de enseñanzas para todo el Estado. Igualmente, se señala que las competencias en
educación recaen sobre las Cortes y no sobre el Gobierno.
Promulgada la Constitución, la siguiente preocupación de los diputados fue la
elaboración de una ley general de instrucción pública que ampliara y desarrollara los principios
constitucionales.
A tal efecto, Manuel José Quintana elaboró en 1814 un informe de gran transcendencia para el
futuro de la educación en España: el Informe para proponer los medios de proceder al arreglo de
los diversos ramos de instrucción pública (llamado Informe Quintana), posteriormente
convertido en norma legal en 1821, con algunas modificaciones. El informe es una exposición de
principios básicos en la que se defiende que la instrucción debe ser igual, universal, uniforme,
pública y libre; es decir, que constituye la mejor formulación del ideario liberal en lo que
respecta a la educación.
Pocos meses después se produce el primer alzamiento militar de la historia del siglo,
liderado por el general Elío. El gobierno surgido del golpe de Estado declaró nula la Constitución
y los decretos de las Cortes, volviendo, de esta manera, al Antiguo Régimen. En las cuestiones
educativas, la principal consecuencia fue la vuelta de la educación a manos de la Iglesia,
fundamentalmente la enseñanza primaria.
El trienio de 1820-23, tras el pronunciamiento militar de Rafael de Riego, es un período
importante para la historia de la educación, dado que en él se regula una nueva estructura
educativa con la aprobación del Reglamento General de la Instrucción Pública de 1821. Fueron
tres años en que los liberales llevaron el peso de la política española.
El Reglamento de 1821, que supone la redacción en forma de ley del Informe Quintana, ya
citado, dio carácter legal a una estructura del sistema educativo dividida en primera, segunda y
tercera enseñanza, estructura inexistente formalmente en el Antiguo Régimen. De igual modo,
esta normativa sancionaba la división de la instrucción en pública y privada, y determinaba la
gratuidad de la enseñanza pública.
PLAN CALOMARDE (1824)
Se trata de un Plan literario de estudios y arreglo general de las Universidades del Reino,
elaborado por Francisco Tadeo de Calomarde y aprobado por Real orden firmada en El Escorial
el 14 de octubre de 1824, con estricta censura bibliográfica, un control casi policial de los
estudiantes, y con sumisión de los profesores a las imposiciones del absolutismo que reinaba en
la época de Fernando VII.
PLAN GENERAL DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA (1836)
El ministro Istúriz aprueba el Plan General de Instrucción Pública el 4 de agosto de 1836.
Este plan recibió el nombre de Plan del Duque de Rivas porque éste lo rubricó como ministro.
Aunque se derogó poco después, sentó las bases del liberalismo moderado en materia de
educación, y parte de su contenido pasó al Plan Pidal (1845) y fue recogido en la Ley Moyano
(1857). En el Plan se diferencia la enseñanza pública de la privada y se regula básicamente para
la primera. Se establecen los tres niveles de la enseñanza: primaria, secundaria y tercera
enseñanza, así como los establecimientos públicos y privados donde se ha de impartir. Se
contemplan también la organización del profesorado, la administración y gobierno de los centros
y los grados académicos.
CONSTITUCIÓN DE 1845 Y LA EDUCACIÓN PRIMARIA
La Constitución española de 1845 fue la norma suprema durante el reinado efectivo de
Isabel II, que sustituyó a la Constitución de 1837 norma suprema durante su minoría de edad. La
Constitución de 1845 estuvo vigente hasta la proclamación de la constitución española de 1869,
aunque hubo varios intentos para sustituirla en 1852 y durante el bienio progresista (1854-1856).
Fue la expresión constitucional del doctrinarismo español.
DE LA LEY MOYANO A LA PRIMERA REPÚBLICA. 1857-1874
La Ley de Instrucción Pública de 9 de septiembre de 1857, llamada Ley Moyano por ser
Claudio Moyano Ministro de Fomento en el momento de su aprobación, fue fruto del consenso
entre progresistas y moderados, y significó la consolidación definitiva del sistema educativo
liberal y el comienzo de la estabilidad del desarrollo de la instrucción pública, sobre todo en el
nivel legislativo y de administración, durante más de un siglo.
La Ley Moyano consta de cuatro secciones. La primera, «De los estudios», regula los
niveles educativos del sistema: primera enseñanza, dividida en elemental (obligatoria y gratuita
para quien no pueda costearla) y superior; segunda enseñanza, que comprende seis años de
estudios generales y estudios de aplicación a las profesiones industriales; y, en el nivel superior,
los estudios de las facultades, las enseñanzas superiores y las enseñanzas profesionales.
Las características fundamentales de esta ley son las siguientes: su marcada concepción
centralista de la instrucción, el carácter ecléctico y moderado en la solución de las cuestiones
más problemáticas, como eran la intervención de la Iglesia en la enseñanza o el peso de los
contenidos científicos en la segunda enseñanza; la promoción legal y la consolidación de una
enseñanza privada, básicamente católica, a nivel primario y secundario; y, por último, la
incorporación definitiva de los estudios técnicos y profesionales a la enseñanza postsecundaria.
El 19 de septiembre de 1868 estalla la revolución conocida como «la Gloriosa», comenzando el
llamado sexenio revolucionario, y en 1873 es proclamada la Primera República española.
LA EDUCACIÓN PRIMARIA EN LA ÉPOCA DE FRANCO
El golpe de estado fascista de 1936 produjo, entre otras muchas cosas, un gran retroceso
en el sistema educativo español. Maestros asesinados, exiliados o depurados, cierre de escuelas e
institutos e implantación de una enseñanza fascista y clerical. Tras la sublevación se constituyó
la Junta Técnica del Estado, y dentro de ésta la Comisión de Cultura y Enseñanza presidida por
José María Pemán. Entre las primeras medidas que se toman figuran la supresión del laicismo, la
coeducación y la enseñanza de lenguas distintas al castellano.
La religión católica se identifica con el Nuevo Estado y se impone como obligatoria,
impregnando toda la vida del alumno dentro y fuera de la escuela. También debía impregnarse la
mente del niño de un intenso patriotismo: cantos, himnos, subida de la bandera... Y todo ello
exaltando los valores castrenses de la nueva España: disciplina, valor, jerarquía, sacrificio,
servicio… Se impone una rígida censura en los libros de texto y se suprime la libertad de cátedra
del profesorado. El maestro debía estar al servicio de la ideología.
Se suprime la unificación de la red escolar. El nuevo sistema vuelve a lo establecido en la
Ley Moyano allá por 1857 y establece una doble diferenciada: por un lado, una enseñanza
Primaria hasta los 12 años y destinada a la clase trabajadora y por otro, Bachillerato (otra prueba
de ingreso que se hacía a partir de los 9 años), para las clases medias y acomodadas. Un sistema
para un país subdesarrollado en el que la mano de obra no cualificada no era necesaria y que
reservaba la educación para las clases pudientes.
También se suprime la educación mixta separando a los alumnos de las alumnas en
centros diferentes alegando razones de orden moral. A las niñas había que educarlas “en la
feminidad rotunda” que las condenaba a una posición subordinada en la sociedad. Decía Pilar
Primo de Rivera que "Las mujeres nunca descubren nada; les falta, desde luego, el talento
creador, reservado por Dios para inteligencias varoniles; nosotras no podemos hacer nada más
que interpretar, mejor o peor, lo que los hombres nos dan hecho".
Se propugnaba una enseñanza cuyos principios educativos básicos eran el dogmatismo y
el memorismo, y siempre bajo una fuerte disciplina en el aula, basada en el principio de
autoridad del maestro. Prevalecen los valores religiosos y patrióticos sobre los científicos. Los
castigos físicos eran el recurso habitual para provocar el cambio de comportamiento. La falta de
respeto, la indisciplina o la desobediencia se “curaban” con un bofetón.
Las escuela eran frías y tenían muy pocos medios humanos y materiales, los niños y niñas
copaban las aulas llegando a ratios impensables hoy día. Y los sueldos de los maestros eran muy
bajos, de ahí la expresión "pasa más hambre que un maestro de escuela".
LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN DE 1970. ESTRUCTURA DEL SISTEMA
EDUCATIVO Y LA EDUCACIÓN PRIMARIA
La Ley General de Educación del 4 de agosto de 1970, General de Educación y
Financiamiento de la Reforma Educativa fue impulsada por José Luis Villar Palasí, ministro de
Educación español desde 1969.
Esta ley estableció la enseñanza obligatoria hasta los 14 años, cursando la EGB,
Educación General Básica, estructurada en dos etapas. Tras esta primera fase de ocho cursos el
alumno accedía al BUP, Bachillerato Unificado Polivalente, o a la recién creada FP, Formación
Profesional. Con esta ley se reformó todo el sistema educativo, desde la educación preescolar
hasta la universitaria, adaptándolo a las necesidades de escolarización.
La Educación General Básica o EGB, consistía en 8 cursos de escolarización obligatoria,
dividida en la ley en dos etapas (Primera, cursos 1º a 5º; segunda, de 6º a 8º), estructura que pasó
a ser de tres ciclos a partir de 1981:1
· Ciclo inicial: 1º y 2º de EGB
· Ciclo medio: 3º, 4º y 5º de EGB
· Ciclo superior: 6º, 7º y 8º de EGB.
Las asignaturas del ciclo superior de E.G.B. que finalizaba a los 14 años, eran:
· Lengua
· Matemáticas
· Ciencias Naturales
· Ciencias Sociales
· Idiomas extranjeros (generalmente Inglés o Francés)
· Plástica
· Religión (o Ética a partir de 1979)
· Educación Física
Una vez finalizada la enseñanza básica existían dos caminos: FP y BUP.
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978 Y LA EDUCACIÓN PRIMARIA
Franco muere en noviembre de 1975. Le sucede en la jefatura del Estado Juan Carlos I,
rey de España, quién nombra a Adolfo Suárez presidente del gobierno en 1976. Inmediatamente
se anuncia el desmantelamiento de las instituciones franquistas y se promulga una Ley de
Reforma Política, que es aprobada mayoritariamente por el pueblo español en un referéndum. Se
convocan las primeras elecciones democráticas desde 1936, donde triunfa la Unión de Centro
Democrático, que gobernará por espacio de seis años. El Parlamento surgido de estas elecciones
diseña una constitución democrática, debatida y pactada por la mayoría de las fuerzas políticas
del país y aprobada por referéndum en 1978. El artículo 27 de la Constitución marcó los
principios generales de toda la legislación actual en materia educativa, introduciendo, como es
lógico, profundas diferencias de enfoque y ciertas modificaciones parciales. Su formulación dio
pie, en 1980, a la Ley Orgánica por la que se regula el Estatuto de Centros Escolares (LOECE),
con la que se realizó el primer intento normativo de ajustar los principios de la actividad
educativa, la organización de los centros docentes y los derechos y deberes de los alumnos a los
principios que marcaba la recién aprobada Constitución. Sin embargo, esta ley fue derogada
pocos años más tarde.
LEY ORGÁNICA REGULADORA DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN (L.O.D.E)
Conocida por sus siglas LODE, no es una ley que afecta a la estructura del sistema
educativo, sino que regula la dualidad de centros docentes, la participación en la enseñanza de la
comunidad educativa, el derecho a la educación y determina la dirección democrática, frente a la
tecnocrática anterior.
Fue aprobada en 1985 (Gobierno del PSOE). La ley mantuvo la estructura de las
enseñanzas tal y como estaban reguladas en la Ley del 70 (con la EGB y el BUP), pero cambió el
antiguo sistema de subvenciones a colegios privados por un nuevo sistema de conciertos, que
obligaba a los centros a cumplir una serie de requisitos e imponía un baremo que les obligaba a
admitir preferentemente a los niños que residían más cerca de cada colegio, a los de menores
recursos económicos o a los que ya tenían hermanos en el centro.
Además, contempló por primera vez el derecho de profesores, alumnos, padres y personal
de administración y servicios a participar en la gestión y funcionamiento de los centros docentes
sostenidos con fondos públicos, a través de los consejos escolares. La Ley Orgánica del Derecho
a la Educación (LODE) incorporó el sistema de colegios concertados.
LEY ORGÁNICA DE ESTATUTOS DE CENTROS ESCOLARES (LOECE).
ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVO, Y LA EDUCACIÓN PRIMARIA.
Tras la firma de la Constitución en 1978, la Ley Orgánica del Estatuto de Centros
Escolares fue la primera, referida a enseñanzas medias, que se aprobó en 1980. Duró cinco años
e introdujo un modelo democrático en la organización de los centros docentes.
Entró en vigor en junio de 1980 (Gobierno de UCD) y fue una ley de transición y la primera en
materia de educación que se aprobó tras la Constitución de 1978. Introdujo un modelo
democrático en la organización de los centros docentes y reguló la creación de órganos
colegiados de gobierno con representación de todos los sectores de la comunidad educativa, entre
ellas las asociaciones de padres de alumnos. Las APAs
La ley Orgánica de 1/1990 de 3 de Octubre de Ordenación General del Sistema Educativo
establece una nueva estructura del sistema Educativo Español y unas directrices del currículo
para esos nuevos niveles que están siendo desarrollados por los R.R.D.D. de Enseñanzas
Mínimas, R.R.D.D. de desarrollo del currículo y Decretos de desarrollo del currículo. (en
Comunidades Autónomas con competencias plenas en materia educativa) Toda esta normativa,
que constituye el denominado Diseño Curricular Prescriptivo (DCP), deberá ser completada por
los Proyectos Curriculares y las Programaciones de Aula.
El establecimiento de un currículo que posee unos elementos de carácter prescriptivo,
pero que también es flexible y orientador, exige del profesor/a el conocimiento y análisis de los
elementos que lo conforman.
El tema que presentamos posee esta orientación formativa, muestra las características
generales del Diseño Curricular Prescriptivo en las etapas de Infantil y Primaria, considerando
los aspectos esenciales del mismo, aspectos que se refieren a su finalidad, a los elementos que
conforman su estructura curricular ya las características y elementos de sus áreas de aprendizaje.
La comprensión de estos aspectos permitirá al maestro/a integrarse en una dinámica de acción
educadora participativa; personal y creativa.
LEY ORGÁNICA DE ORDENACIÓN GENERAL DEL SISTEMA EDUCATIVO
(LOGSE). ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVO, LA EDUCACIÓN PRIMARIA.
La Educación Primaria en la LOGSE aparece tratada en los artículos 12 a 16. En el Art.
12 se establece que “La Educación Primaria comprenderá seis cursos académicos, desde los seis
a los doce años de edad”. Abarca, pues, los anteriores Ciclo Inicial y Medio y el primer curso del
Ciclo Superior.
La conformación de este tramo de seis años de duración, se juzgó conveniente con relación a la
evolución madurativa de los alumnos; así estos podrán comenzar la Educación Secundaria
Obligatoria (segundo tramo de la Educación Básica - 6-16 años -) en mejores condiciones para
afrontar ese nivel superior, de organización curricular más compleja.
La duración de seis años presenta, también, la ventaja de facilitar una organización en tres ciclos
de dos años de duración cada uno.
Así pues, la estructura de la Educación Primaria es cíclica. Estos ciclos poseen una
duración de dos años y poseen un carácter de unidad de organización, evaluación y promoción.
Respecto a las características esenciales que configuran estos ciclos podemos decir lo siguiente:
● En el PRIMERO (6-8 años) se aborda el comienzo de la adquisición de las destrezas
instrumentales básicas.
● En el SEGUNDO (8-10 años) se persigue el afianzamiento de dichas destrezas, la
introducción de técnicas de trabajo y el desarrollo del trabajo cooperativo.
● En el TERCERO (10-12 años) se perfeccionan las destrezas, se sistematizan las técnicas
básicas de trabajo y se inician tareas de complejidad intelectual.
Los ciclos garantizan la posibilidad de adaptar los procesos de enseñanza al desarrollo de
los procesos de aprendizaje de los alumnos (de manera flexible), al tiempo que, restringiéndose
la duración a dos años, se facilita la planificación del trabajo y se evita generar una dependencia
excesiva el alumno hacia el profesor.
Las Áreas de conocimiento y experiencia de esta etapa se estructuran “alrededor de las
grandes vías de las que se valen los seres humanos para conocer, experimentar, construir, y
reconstruir la realidad, así como para dar a conocer sus logros más importantes.
A lo largo de la etapa persistirán las mismas Áreas: Lengua y Literatura, Matemáticas,
Conocimiento del Medio, Educación Artística, Educación Física y Religión (de oferta obligada
para el centro y voluntario para los alumnos). Esta continuidad se rompe, exclusivamente, con la
aparición de la lengua extranjera en el segundo ciclo.
Cada grupo de alumnos se vinculará, básicamente, a un profesor en cada ciclo. Existirá, no
obstante, un profesorado con la debida preparación especializada en idioma extranjero, en
música y en educación física.
De esta forma, la Educación Primaria favorecerá la incorporación a la cultura y
promoverá la socialización de los alumnos, les proporcionará un medio rico en relaciones
personales e impulsará el desenvolvimiento y la acción autónoma en su medio.
LEY ORGÁNICA 9/1995, DE 20 DE NOVIEMBRE, DE LA PARTICIPACIÓN, LA
EVALUACIÓN Y EL GOBIERNO DE LOS CENTROS DOCENTES. ESTRUCTURA
DEL SISTEMA EDUCATIVO, Y LA EDUCACIÓN PRIMARIA. (L.O.P.E.G.C.E)
En su primer título aborda la participación de la comunidad educativa en la organización
y gobierno de los centros docentes y en la definición de su proyecto educativo. Se regulan
también los órganos colegiados de gobierno de los centros docentes públicos como el Consejo
Escolar y el Claustro de profesores, detallando su composición, competencias y participación de
la comunidad educativa en ellos. Se define la función directiva de los centros públicos,
especificándose los procedimientos de elección, nombramiento y acreditación del director y, en
su caso, del resto de los miembros del equipo directivo.
Se dedica a la evaluación un título completo siguiendo el planteamiento propuesto en la
LOGSE de permanente adecuación entre el sistema y la demanda social, valorándose aspectos
como la evaluación de los centros, de la función pública docente, de la labor directiva y de la
inspección, así como de la formación del profesorado.
Por último se desarrollan las funciones, condiciones de acceso y ejercicio de la inspección
educativa.
Como disposiciones adicionales se establecen aspectos que las distintas Comunidades
Autónomas han de desarrollar, entre otros las condiciones para garantizar la escolarización del
alumnado con necesidades educativas especiales en centros públicos, los criterios de admisión de
alumnos en algunas enseñanzas, convenios con centros de Formación Profesional o de
programas de Garantía Social, planes de formación de profesorado, adecuación de los conciertos
educativos, etc.
Dentro de lo que se denominaba el "Régimen General" las enseñanzas se conformaban en
diferentes etapas:
● Educación Infantil. Gratuita aunque no obligatoria. Comprendía las edades de entre cero
y seis años en dos ciclos educativos y con carácter tanto asistencial como educativo.
● Educación Primaria Obligatoria. Para alumnado entre los seis y los doce años, dividida en
tres ciclos: inicial (1º y 2º de primaria), mediano (3º y 4º de primaria) y superior (5º y 6º
de primaria).
● Educación Secundaria Obligatoria. Para alumnado de entre doce y dieciséis años y
estructurada en dos ciclos ofreciendo como novedad ante leyes anteriores la instauración
de la enseñanza obligatoria hasta esa edad. A su término se obtenía el título de Graduado
en ESO.
LEY ORGÁNICA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN (LOCE), DE 2002.
ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVO, Y LA EDUCACIÓN PRIMARIA
1. El sistema educativo comprende la educación preescolar, as enseñanzas escolares y la
enseñanza universitaria.
2. La educación preescolar tendrá carácter educativo-asistencial y dispondrá de una regulación
específica.
3. Las enseñanzas escolares son de régimen general y de régimen especial.
Las enseñanzas escolares de régimen general se organizan en los siguientes niveles:
● Educación Infantil.
● Educación Primaria.
● Educación Secundaria, que comprende las etapas de Educación Secundaria
Obligatoria y Bachillerato, así como la Formación Profesional de grado medio.
● Formación Profesional de grado superior.
Las enseñanzas escolares de régimen especial son:
● Enseñanzas Artísticas.
● Enseñanzas de Idiomas.
● Enseñanzas Deportivas.
4. El Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, podrá establecer nuevas
enseñanzas de régimen especial, si la demanda social y las necesidades educativas lo requiriesen.
5. Las enseñanzas a que se refieren los apartados anteriores se adaptarán a los alumnos con
necesidades educativas específicas.
6. El sistema educativo garantizará que las personas adultas puedan adquirir, actualizar,
completar o ampliar sus conocimientos para su desarrollo personal y profesional.
7. Para garantizar el derecho a la educación de quienes no puedan asistir de modo regular a los
centros docentes, se desarrollará una oferta adecuada de educación a distancia.
8. La enseñanza universitaria se regirá por sus normas específicas.
LEY ORGÁNICA, 2/2006, DE 3 DE MAYO, DE EDUCACIÓN (LOE)
El día 4 de mayo fue publicada definitivamente en el BOE. Se fijaron las enseñanzas
mínimas para cada etapa educativa y quedó definida la nueva prueba de acceso a la universidad.
Las previsiones son las siguientes: las primeras medidas que se implantaron en el sistema fueron
las referentes a la ordenación académica y a la organización, autonomía y dirección de los
centros escolares. La nueva regulación de los cursos 1º y 2º de Primaria y 1º y 3º de Educación
Secundaria Obligatoria comenzó en 2007-2008, mientras que 3º y 4º de Primaria y 2º y 4º de
Secundaria lo hizo en el curso 2008-2009. En ese mismo curso académico se implantaron los
programas de cualificación profesional inicial. Paralelamente se redactaron:
− Los Reales Decretos para la puesta en marcha de la nueva materia de Educación para la
Ciudadanía y los Derechos Humanos.
− La reordenación del Consejo Escolar del Estado.
− El nuevo carácter educativo del primer ciclo de Infantil.
− La creación del Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas, las enseñanzas artísticas y de
idiomas y el ingreso en la función pública docente.
Los cambios principales de la Ley Orgánica de Educación se notaron en el alumnado a partir del
curso 2007-2008. Esos cambios se concretan, previsiblemente, de la forma siguiente:
Las medidas que conciernen a la Educación Infantil se aplicarán a partir del curso
2008/2009. Los primeros escolares en enfrentarse a las pruebas de diagnóstico previstas para 4º
de Primaria (a los 9 años) empezaron a realizarse a partir del curso 2008-2009.
La implantación de Educación para la Ciudadanía tardó tres años para los
escolares de entre 10 y 12 años.
LA EDUCACIÓN PRIMARIA EN LA LEY ORGÁNICA 8/2013, DE 9 DE DICIEMBRE,
PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA (L.O.M.C.E).
Principales novedades
o La etapa de Educación Primaria dejará de organizarse por ciclos, comprenderá 6 cursos y se
organizará en áreas, que tendrán un carácter global e integrador.
o Desaparecerá el área de Conocimiento del Medio, que se desdobla en dos áreas distintas:
Ciencias de la Naturaleza.
Ciencias Sociales.
o Educación para la Ciudadanía dejará de existir como asignatura.
o Se incorpora la asignatura Valores Sociales y Cívicos como alternativa a la Religión.
o La lengua castellana o la lengua cooficial solo se utilizarán como apoyo en el proceso de
aprendizaje de la lengua extranjera, en la que se priorizarán la comprensión y la expresión oral.
Áreas en Educación Primaria
En el siguiente cuadro podemos comprobar la distribución de materias en Primaria según la
L.O.M.C.E.
Evaluación
La evaluación de los procesos de aprendizaje del alumnado será continua y global y tendrá en
cuenta su progreso en el conjunto de las áreas.
Se establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización de las
evaluaciones se adapten a las necesidades del alumnado con necesidades educativas especiales.
Se prestará especial atención durante la etapa a la atención personalizada de los alumnos y
alumnas, la realización de diagnósticos precoces y el establecimiento de mecanismos de refuerzo
para lograr el éxito escolar.
Promoción y repetición
El alumno o alumna accederá al curso o etapa siguiente siempre que se considere que ha logrado
los objetivos y ha alcanzado el grado de adquisición de las competencias correspondientes. De
no ser así, podrá repetir una sola vez durante la etapa, con un plan específico de refuerzo o
recuperación. Se atenderá especialmente a los resultados de la evaluación individualizada al
finalizar el tercer curso de Educación Primaria y de final de Educación Primaria.
DISCUSIÓN SOBRE LA EVOLUCIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL
A raíz de los diferentes documentos consultados para analizar la evolución del sistema educativo
español desde sus orígenes hasta la actualidad, podemos sacar las siguientes conclusiones:
● El sistema educativo ha evolucionado mucho en cuanto a su organización y estructura. En
sus orígenes, la escolarización estaba regulada deficientemente por el Estado, ya que los
colegios eran dirigidos en su mayoría por los profesores encargados del centro. En
cambio, a partir de la LOGSE, se establece una organización de inspección por parte del
Estado para regular el funcionamiento interno de los centros.
● Durante el Franquismo, las condiciones de los centros y de las aulas no eran las más
acordes para favorecer el desarrollo del estudio. Sin embargo, en la actualidad los centros
educativos cuentan con instalaciones bastante adecuadas y ofrecen a los alumnos una
amplia gama de recursos didácticos.
● Así mismo, antaño, la educación no se centraba en el desarrollo integral de las personas y
no se tenía en cuenta el principio de individualización (características, aptitudes,
motivaciones…), tan en boga en los últimos tiempos, sino que la educación se concebía
como medio de transmisión de la ideología predominante del momento. Esto hacía que el
estudio se viera afectado negativamente, ya que no permitía desarrollar diferentes
corrientes de pensamiento.
● Otro aspecto negativo en épocas pasadas era la escasa posibilidad de acceder a recursos
tecnológicos y didácticos. Actualmente, vivimos en la Era Tecnológica y de la
Información, teniendo así acceso a gran cantidad de recursos de diversa índole, algo
impensable en los comicios de la educación en España.
● El currículum en Educación Primaria también ha sufrido una evolución paulatina. Esta
evolución ha sido posible gracias a la transformación del concepto de educación, pasando
de ser estudiados contenidos exclusivos de nuestro país, a tratar a unos contenidos más
allá de nuestras fronteras, contenidos universales.
● También es muy importante el control de la Iglesia en la Educación. Durante los sistemas
educativos ya desfasados, la Religión era una de las materias que más importancia
representaba. Esto se observa en la relevancia de los actos religiosos en los centros
educativos de la época. A pesar de ésto, la Iglesia sigue ejerciendo su influencia en la
educación. En función del partido político que gobierne se le otorga una mayor o menor
importancia a la misma, viviendo así los sistemas educativos a caballo entre el laicismo y
el catolicismo.
● La evolución que ha sufrido la metodología empleada en el proceso d enseñanza-
aprendizaje ha sido más bien escasa. En el sistema educativo actual se sigue valorando la
memorización de contenidos, y esto queda plasmado en la cantidad de exámenes escritos
que los alumnos siguen realizando trimestre tras trimestre. Actualmente, existen gran
cantidad de metodologías novedosas y más activas, pero su uso e implantación en los
centros educativos está siendo más bien lenta y obstaculizada por factores de diversa
naturaleza (económicos, políticos, administrativos…).
SÍNTESIS
Desde nuestro punto de vista consideramos, que el sistema educativo español ha sufrido
muchos y variados cambios en un breve periodo de tiempo. Desde la implantación de la
Constitución de 1812 la educación ha gozado de un espacio dentro de la preocupación del país.
Surgiendo cada cambio de poder o Gobierno, cambios de mejora o adaptación en cada etapa,
hasta llegar a la actual Ley LOMCE.
Desde nuestro punto de vista si comparamos los continuos vaivenes de las diferentes
Leyes Orgánicas de educación, con otros países en los que una sola ley se mantiene fija, o recibe
pequeños cambios; las que no se suelen derogar, percibimos que en España las leyes de
educación y propuestas educativas se han visto influenciadas por intereses políticos, imponiendo,
cada vez que una fuerza política llegaba al poder, sus propios intereses en la educación.
Esto lo hemos podido observar sobretodo en el periodo de los años 90 hasta nuestros días, que en
20 años se han producido 5 cambios de la ley educativa; es decir, cada vez que ocurre un cambio
en política aparece un cambio educativo.
Verdaderamente, los resultados de los cambios no han sido los esperados en ningún caso,
dando lugar a otro cambio posteriormente. Nuestro sistema es muy equitativo (todos los alumnos
rinden igual, independientemente de en dónde estudien), pero muy mediocre en cuanto a su
calidad en comparación con otros países; como decíamos anteriormente.
También debemos decir que, bajo nuestro parecer y haber leído sobre ello, el mejor modelo del
sistema educativo español en los últimos 50 años han sido dos, el de la EGB, que implantó la
Ley General de Educación, y el de la ESO, que implantó la Logse. Los demás son cambios, a
grandes rasgos poco significantes por que el modelo sigue siendo el mismo.
Un ejemplo de ello es la LOMCE, la cual no ha introducido grandes reformas y cambios
significativos frente a la LOE. Las bases de la educación española parece que no están bien
asentadas.
BIBLIOGRAFÍA
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de la etapa y programa de estudio. Immaculada Egido Gálvez (1996)
http://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=175718 .
- Ministerio de Educación. Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional
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Español. El Sistema Educativo español. Madrid: MECD/CIDE.
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csif.es/andalucia/modules/mod_ense/revista/pdf/Numero_42/JOSE%20LUIS%20ROME
RO%20LACAL_1.pdf a fecha de 13 marzo 2015
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  • 1. UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA Facultad de Educación de Albacete Asignatura: Tendencias Contemporáneas de la Educación Profesor: Isabel Gómez Barreto Curso académico 2014-2015 EVOLUCIÓN DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA Alumnos: Óscar de la Encarnación Navarro Cristóbal Herrera Valencia Vicente Martínez Martínez Jose Nohales Santiago Grado de Maestro en Educación Primaria 2º curso grupo A Fecha de presentación: 18/3/2015 Email: cristobalchv@gmail.com
  • 2. PERSPECTIVA HISTÓRICA DEL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL Los sistemas educativos nacionales surgen en Europa a principios del siglo XIX a raíz de la Revolución Francesa. En España, la Constitución de 1812 incorpora la idea de la educación como un entramado en cuya organización, financiación y control debe intervenir el Estado, con lo que se sientan las bases para el establecimiento del sistema educativo español. Sin embargo, LA EDUCACIÓN DESDE FINALES DEL ANTIGUO RÉGIMEN La reacción española a la invasión napoleónica pone en marcha la revolución liberal, que tiene como consecuencia legislativa más importante la aprobación, por parte de las Cortes de Cádiz, de la Constitución de 1812. En ella se proclaman la soberanía de la ley sobre el rey y una nueva organización de la sociedad basada en los principios de libertad, igualdad y propiedad. Es la única Constitución en la historia de España que ha dedicado un título en exclusiva, el IX, a la instrucción pública. Este título, a pesar de respetar la estructura educativa existente en ese momento —sólo se recogen la enseñanza primaria y la de las universidades—, incluye importantes ideas renovadoras en el campo educativo. Entre ellas cabe señalar su defensa de la universalidad de la Educación Primaria para toda la población sin excepciones y la uniformidad de los planes de enseñanzas para todo el Estado. Igualmente, se señala que las competencias en educación recaen sobre las Cortes y no sobre el Gobierno. Promulgada la Constitución, la siguiente preocupación de los diputados fue la elaboración de una ley general de instrucción pública que ampliara y desarrollara los principios constitucionales. A tal efecto, Manuel José Quintana elaboró en 1814 un informe de gran transcendencia para el futuro de la educación en España: el Informe para proponer los medios de proceder al arreglo de los diversos ramos de instrucción pública (llamado Informe Quintana), posteriormente convertido en norma legal en 1821, con algunas modificaciones. El informe es una exposición de principios básicos en la que se defiende que la instrucción debe ser igual, universal, uniforme, pública y libre; es decir, que constituye la mejor formulación del ideario liberal en lo que respecta a la educación. Pocos meses después se produce el primer alzamiento militar de la historia del siglo, liderado por el general Elío. El gobierno surgido del golpe de Estado declaró nula la Constitución y los decretos de las Cortes, volviendo, de esta manera, al Antiguo Régimen. En las cuestiones educativas, la principal consecuencia fue la vuelta de la educación a manos de la Iglesia, fundamentalmente la enseñanza primaria. El trienio de 1820-23, tras el pronunciamiento militar de Rafael de Riego, es un período importante para la historia de la educación, dado que en él se regula una nueva estructura
  • 3. educativa con la aprobación del Reglamento General de la Instrucción Pública de 1821. Fueron tres años en que los liberales llevaron el peso de la política española. El Reglamento de 1821, que supone la redacción en forma de ley del Informe Quintana, ya citado, dio carácter legal a una estructura del sistema educativo dividida en primera, segunda y tercera enseñanza, estructura inexistente formalmente en el Antiguo Régimen. De igual modo, esta normativa sancionaba la división de la instrucción en pública y privada, y determinaba la gratuidad de la enseñanza pública. PLAN CALOMARDE (1824) Se trata de un Plan literario de estudios y arreglo general de las Universidades del Reino, elaborado por Francisco Tadeo de Calomarde y aprobado por Real orden firmada en El Escorial el 14 de octubre de 1824, con estricta censura bibliográfica, un control casi policial de los estudiantes, y con sumisión de los profesores a las imposiciones del absolutismo que reinaba en la época de Fernando VII. PLAN GENERAL DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA (1836) El ministro Istúriz aprueba el Plan General de Instrucción Pública el 4 de agosto de 1836. Este plan recibió el nombre de Plan del Duque de Rivas porque éste lo rubricó como ministro. Aunque se derogó poco después, sentó las bases del liberalismo moderado en materia de educación, y parte de su contenido pasó al Plan Pidal (1845) y fue recogido en la Ley Moyano (1857). En el Plan se diferencia la enseñanza pública de la privada y se regula básicamente para la primera. Se establecen los tres niveles de la enseñanza: primaria, secundaria y tercera enseñanza, así como los establecimientos públicos y privados donde se ha de impartir. Se contemplan también la organización del profesorado, la administración y gobierno de los centros y los grados académicos. CONSTITUCIÓN DE 1845 Y LA EDUCACIÓN PRIMARIA La Constitución española de 1845 fue la norma suprema durante el reinado efectivo de Isabel II, que sustituyó a la Constitución de 1837 norma suprema durante su minoría de edad. La Constitución de 1845 estuvo vigente hasta la proclamación de la constitución española de 1869, aunque hubo varios intentos para sustituirla en 1852 y durante el bienio progresista (1854-1856). Fue la expresión constitucional del doctrinarismo español. DE LA LEY MOYANO A LA PRIMERA REPÚBLICA. 1857-1874 La Ley de Instrucción Pública de 9 de septiembre de 1857, llamada Ley Moyano por ser Claudio Moyano Ministro de Fomento en el momento de su aprobación, fue fruto del consenso
  • 4. entre progresistas y moderados, y significó la consolidación definitiva del sistema educativo liberal y el comienzo de la estabilidad del desarrollo de la instrucción pública, sobre todo en el nivel legislativo y de administración, durante más de un siglo. La Ley Moyano consta de cuatro secciones. La primera, «De los estudios», regula los niveles educativos del sistema: primera enseñanza, dividida en elemental (obligatoria y gratuita para quien no pueda costearla) y superior; segunda enseñanza, que comprende seis años de estudios generales y estudios de aplicación a las profesiones industriales; y, en el nivel superior, los estudios de las facultades, las enseñanzas superiores y las enseñanzas profesionales. Las características fundamentales de esta ley son las siguientes: su marcada concepción centralista de la instrucción, el carácter ecléctico y moderado en la solución de las cuestiones más problemáticas, como eran la intervención de la Iglesia en la enseñanza o el peso de los contenidos científicos en la segunda enseñanza; la promoción legal y la consolidación de una enseñanza privada, básicamente católica, a nivel primario y secundario; y, por último, la incorporación definitiva de los estudios técnicos y profesionales a la enseñanza postsecundaria. El 19 de septiembre de 1868 estalla la revolución conocida como «la Gloriosa», comenzando el llamado sexenio revolucionario, y en 1873 es proclamada la Primera República española. LA EDUCACIÓN PRIMARIA EN LA ÉPOCA DE FRANCO El golpe de estado fascista de 1936 produjo, entre otras muchas cosas, un gran retroceso en el sistema educativo español. Maestros asesinados, exiliados o depurados, cierre de escuelas e institutos e implantación de una enseñanza fascista y clerical. Tras la sublevación se constituyó la Junta Técnica del Estado, y dentro de ésta la Comisión de Cultura y Enseñanza presidida por José María Pemán. Entre las primeras medidas que se toman figuran la supresión del laicismo, la coeducación y la enseñanza de lenguas distintas al castellano. La religión católica se identifica con el Nuevo Estado y se impone como obligatoria, impregnando toda la vida del alumno dentro y fuera de la escuela. También debía impregnarse la mente del niño de un intenso patriotismo: cantos, himnos, subida de la bandera... Y todo ello exaltando los valores castrenses de la nueva España: disciplina, valor, jerarquía, sacrificio, servicio… Se impone una rígida censura en los libros de texto y se suprime la libertad de cátedra del profesorado. El maestro debía estar al servicio de la ideología. Se suprime la unificación de la red escolar. El nuevo sistema vuelve a lo establecido en la Ley Moyano allá por 1857 y establece una doble diferenciada: por un lado, una enseñanza Primaria hasta los 12 años y destinada a la clase trabajadora y por otro, Bachillerato (otra prueba de ingreso que se hacía a partir de los 9 años), para las clases medias y acomodadas. Un sistema para un país subdesarrollado en el que la mano de obra no cualificada no era necesaria y que reservaba la educación para las clases pudientes.
  • 5. También se suprime la educación mixta separando a los alumnos de las alumnas en centros diferentes alegando razones de orden moral. A las niñas había que educarlas “en la feminidad rotunda” que las condenaba a una posición subordinada en la sociedad. Decía Pilar Primo de Rivera que "Las mujeres nunca descubren nada; les falta, desde luego, el talento creador, reservado por Dios para inteligencias varoniles; nosotras no podemos hacer nada más que interpretar, mejor o peor, lo que los hombres nos dan hecho". Se propugnaba una enseñanza cuyos principios educativos básicos eran el dogmatismo y el memorismo, y siempre bajo una fuerte disciplina en el aula, basada en el principio de autoridad del maestro. Prevalecen los valores religiosos y patrióticos sobre los científicos. Los castigos físicos eran el recurso habitual para provocar el cambio de comportamiento. La falta de respeto, la indisciplina o la desobediencia se “curaban” con un bofetón. Las escuela eran frías y tenían muy pocos medios humanos y materiales, los niños y niñas copaban las aulas llegando a ratios impensables hoy día. Y los sueldos de los maestros eran muy bajos, de ahí la expresión "pasa más hambre que un maestro de escuela". LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN DE 1970. ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVO Y LA EDUCACIÓN PRIMARIA La Ley General de Educación del 4 de agosto de 1970, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa fue impulsada por José Luis Villar Palasí, ministro de Educación español desde 1969. Esta ley estableció la enseñanza obligatoria hasta los 14 años, cursando la EGB, Educación General Básica, estructurada en dos etapas. Tras esta primera fase de ocho cursos el alumno accedía al BUP, Bachillerato Unificado Polivalente, o a la recién creada FP, Formación Profesional. Con esta ley se reformó todo el sistema educativo, desde la educación preescolar hasta la universitaria, adaptándolo a las necesidades de escolarización. La Educación General Básica o EGB, consistía en 8 cursos de escolarización obligatoria, dividida en la ley en dos etapas (Primera, cursos 1º a 5º; segunda, de 6º a 8º), estructura que pasó a ser de tres ciclos a partir de 1981:1 · Ciclo inicial: 1º y 2º de EGB · Ciclo medio: 3º, 4º y 5º de EGB · Ciclo superior: 6º, 7º y 8º de EGB. Las asignaturas del ciclo superior de E.G.B. que finalizaba a los 14 años, eran: · Lengua · Matemáticas
  • 6. · Ciencias Naturales · Ciencias Sociales · Idiomas extranjeros (generalmente Inglés o Francés) · Plástica · Religión (o Ética a partir de 1979) · Educación Física Una vez finalizada la enseñanza básica existían dos caminos: FP y BUP. CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978 Y LA EDUCACIÓN PRIMARIA Franco muere en noviembre de 1975. Le sucede en la jefatura del Estado Juan Carlos I, rey de España, quién nombra a Adolfo Suárez presidente del gobierno en 1976. Inmediatamente se anuncia el desmantelamiento de las instituciones franquistas y se promulga una Ley de Reforma Política, que es aprobada mayoritariamente por el pueblo español en un referéndum. Se convocan las primeras elecciones democráticas desde 1936, donde triunfa la Unión de Centro Democrático, que gobernará por espacio de seis años. El Parlamento surgido de estas elecciones diseña una constitución democrática, debatida y pactada por la mayoría de las fuerzas políticas del país y aprobada por referéndum en 1978. El artículo 27 de la Constitución marcó los principios generales de toda la legislación actual en materia educativa, introduciendo, como es lógico, profundas diferencias de enfoque y ciertas modificaciones parciales. Su formulación dio pie, en 1980, a la Ley Orgánica por la que se regula el Estatuto de Centros Escolares (LOECE), con la que se realizó el primer intento normativo de ajustar los principios de la actividad educativa, la organización de los centros docentes y los derechos y deberes de los alumnos a los principios que marcaba la recién aprobada Constitución. Sin embargo, esta ley fue derogada pocos años más tarde. LEY ORGÁNICA REGULADORA DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN (L.O.D.E) Conocida por sus siglas LODE, no es una ley que afecta a la estructura del sistema educativo, sino que regula la dualidad de centros docentes, la participación en la enseñanza de la comunidad educativa, el derecho a la educación y determina la dirección democrática, frente a la tecnocrática anterior. Fue aprobada en 1985 (Gobierno del PSOE). La ley mantuvo la estructura de las enseñanzas tal y como estaban reguladas en la Ley del 70 (con la EGB y el BUP), pero cambió el antiguo sistema de subvenciones a colegios privados por un nuevo sistema de conciertos, que obligaba a los centros a cumplir una serie de requisitos e imponía un baremo que les obligaba a
  • 7. admitir preferentemente a los niños que residían más cerca de cada colegio, a los de menores recursos económicos o a los que ya tenían hermanos en el centro. Además, contempló por primera vez el derecho de profesores, alumnos, padres y personal de administración y servicios a participar en la gestión y funcionamiento de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, a través de los consejos escolares. La Ley Orgánica del Derecho a la Educación (LODE) incorporó el sistema de colegios concertados. LEY ORGÁNICA DE ESTATUTOS DE CENTROS ESCOLARES (LOECE). ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVO, Y LA EDUCACIÓN PRIMARIA. Tras la firma de la Constitución en 1978, la Ley Orgánica del Estatuto de Centros Escolares fue la primera, referida a enseñanzas medias, que se aprobó en 1980. Duró cinco años e introdujo un modelo democrático en la organización de los centros docentes. Entró en vigor en junio de 1980 (Gobierno de UCD) y fue una ley de transición y la primera en materia de educación que se aprobó tras la Constitución de 1978. Introdujo un modelo democrático en la organización de los centros docentes y reguló la creación de órganos colegiados de gobierno con representación de todos los sectores de la comunidad educativa, entre ellas las asociaciones de padres de alumnos. Las APAs La ley Orgánica de 1/1990 de 3 de Octubre de Ordenación General del Sistema Educativo establece una nueva estructura del sistema Educativo Español y unas directrices del currículo para esos nuevos niveles que están siendo desarrollados por los R.R.D.D. de Enseñanzas Mínimas, R.R.D.D. de desarrollo del currículo y Decretos de desarrollo del currículo. (en Comunidades Autónomas con competencias plenas en materia educativa) Toda esta normativa, que constituye el denominado Diseño Curricular Prescriptivo (DCP), deberá ser completada por los Proyectos Curriculares y las Programaciones de Aula. El establecimiento de un currículo que posee unos elementos de carácter prescriptivo, pero que también es flexible y orientador, exige del profesor/a el conocimiento y análisis de los elementos que lo conforman. El tema que presentamos posee esta orientación formativa, muestra las características generales del Diseño Curricular Prescriptivo en las etapas de Infantil y Primaria, considerando los aspectos esenciales del mismo, aspectos que se refieren a su finalidad, a los elementos que conforman su estructura curricular ya las características y elementos de sus áreas de aprendizaje. La comprensión de estos aspectos permitirá al maestro/a integrarse en una dinámica de acción educadora participativa; personal y creativa. LEY ORGÁNICA DE ORDENACIÓN GENERAL DEL SISTEMA EDUCATIVO (LOGSE). ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVO, LA EDUCACIÓN PRIMARIA.
  • 8. La Educación Primaria en la LOGSE aparece tratada en los artículos 12 a 16. En el Art. 12 se establece que “La Educación Primaria comprenderá seis cursos académicos, desde los seis a los doce años de edad”. Abarca, pues, los anteriores Ciclo Inicial y Medio y el primer curso del Ciclo Superior. La conformación de este tramo de seis años de duración, se juzgó conveniente con relación a la evolución madurativa de los alumnos; así estos podrán comenzar la Educación Secundaria Obligatoria (segundo tramo de la Educación Básica - 6-16 años -) en mejores condiciones para afrontar ese nivel superior, de organización curricular más compleja. La duración de seis años presenta, también, la ventaja de facilitar una organización en tres ciclos de dos años de duración cada uno. Así pues, la estructura de la Educación Primaria es cíclica. Estos ciclos poseen una duración de dos años y poseen un carácter de unidad de organización, evaluación y promoción. Respecto a las características esenciales que configuran estos ciclos podemos decir lo siguiente: ● En el PRIMERO (6-8 años) se aborda el comienzo de la adquisición de las destrezas instrumentales básicas. ● En el SEGUNDO (8-10 años) se persigue el afianzamiento de dichas destrezas, la introducción de técnicas de trabajo y el desarrollo del trabajo cooperativo. ● En el TERCERO (10-12 años) se perfeccionan las destrezas, se sistematizan las técnicas básicas de trabajo y se inician tareas de complejidad intelectual. Los ciclos garantizan la posibilidad de adaptar los procesos de enseñanza al desarrollo de los procesos de aprendizaje de los alumnos (de manera flexible), al tiempo que, restringiéndose la duración a dos años, se facilita la planificación del trabajo y se evita generar una dependencia excesiva el alumno hacia el profesor. Las Áreas de conocimiento y experiencia de esta etapa se estructuran “alrededor de las grandes vías de las que se valen los seres humanos para conocer, experimentar, construir, y reconstruir la realidad, así como para dar a conocer sus logros más importantes. A lo largo de la etapa persistirán las mismas Áreas: Lengua y Literatura, Matemáticas, Conocimiento del Medio, Educación Artística, Educación Física y Religión (de oferta obligada para el centro y voluntario para los alumnos). Esta continuidad se rompe, exclusivamente, con la aparición de la lengua extranjera en el segundo ciclo. Cada grupo de alumnos se vinculará, básicamente, a un profesor en cada ciclo. Existirá, no obstante, un profesorado con la debida preparación especializada en idioma extranjero, en música y en educación física.
  • 9. De esta forma, la Educación Primaria favorecerá la incorporación a la cultura y promoverá la socialización de los alumnos, les proporcionará un medio rico en relaciones personales e impulsará el desenvolvimiento y la acción autónoma en su medio. LEY ORGÁNICA 9/1995, DE 20 DE NOVIEMBRE, DE LA PARTICIPACIÓN, LA EVALUACIÓN Y EL GOBIERNO DE LOS CENTROS DOCENTES. ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVO, Y LA EDUCACIÓN PRIMARIA. (L.O.P.E.G.C.E) En su primer título aborda la participación de la comunidad educativa en la organización y gobierno de los centros docentes y en la definición de su proyecto educativo. Se regulan también los órganos colegiados de gobierno de los centros docentes públicos como el Consejo Escolar y el Claustro de profesores, detallando su composición, competencias y participación de la comunidad educativa en ellos. Se define la función directiva de los centros públicos, especificándose los procedimientos de elección, nombramiento y acreditación del director y, en su caso, del resto de los miembros del equipo directivo. Se dedica a la evaluación un título completo siguiendo el planteamiento propuesto en la LOGSE de permanente adecuación entre el sistema y la demanda social, valorándose aspectos como la evaluación de los centros, de la función pública docente, de la labor directiva y de la inspección, así como de la formación del profesorado. Por último se desarrollan las funciones, condiciones de acceso y ejercicio de la inspección educativa. Como disposiciones adicionales se establecen aspectos que las distintas Comunidades Autónomas han de desarrollar, entre otros las condiciones para garantizar la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales en centros públicos, los criterios de admisión de alumnos en algunas enseñanzas, convenios con centros de Formación Profesional o de programas de Garantía Social, planes de formación de profesorado, adecuación de los conciertos educativos, etc. Dentro de lo que se denominaba el "Régimen General" las enseñanzas se conformaban en diferentes etapas: ● Educación Infantil. Gratuita aunque no obligatoria. Comprendía las edades de entre cero y seis años en dos ciclos educativos y con carácter tanto asistencial como educativo. ● Educación Primaria Obligatoria. Para alumnado entre los seis y los doce años, dividida en tres ciclos: inicial (1º y 2º de primaria), mediano (3º y 4º de primaria) y superior (5º y 6º de primaria). ● Educación Secundaria Obligatoria. Para alumnado de entre doce y dieciséis años y estructurada en dos ciclos ofreciendo como novedad ante leyes anteriores la instauración de la enseñanza obligatoria hasta esa edad. A su término se obtenía el título de Graduado en ESO.
  • 10. LEY ORGÁNICA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN (LOCE), DE 2002. ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVO, Y LA EDUCACIÓN PRIMARIA 1. El sistema educativo comprende la educación preescolar, as enseñanzas escolares y la enseñanza universitaria. 2. La educación preescolar tendrá carácter educativo-asistencial y dispondrá de una regulación específica. 3. Las enseñanzas escolares son de régimen general y de régimen especial. Las enseñanzas escolares de régimen general se organizan en los siguientes niveles: ● Educación Infantil. ● Educación Primaria. ● Educación Secundaria, que comprende las etapas de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, así como la Formación Profesional de grado medio. ● Formación Profesional de grado superior. Las enseñanzas escolares de régimen especial son: ● Enseñanzas Artísticas. ● Enseñanzas de Idiomas. ● Enseñanzas Deportivas. 4. El Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, podrá establecer nuevas enseñanzas de régimen especial, si la demanda social y las necesidades educativas lo requiriesen. 5. Las enseñanzas a que se refieren los apartados anteriores se adaptarán a los alumnos con necesidades educativas específicas. 6. El sistema educativo garantizará que las personas adultas puedan adquirir, actualizar, completar o ampliar sus conocimientos para su desarrollo personal y profesional. 7. Para garantizar el derecho a la educación de quienes no puedan asistir de modo regular a los centros docentes, se desarrollará una oferta adecuada de educación a distancia. 8. La enseñanza universitaria se regirá por sus normas específicas. LEY ORGÁNICA, 2/2006, DE 3 DE MAYO, DE EDUCACIÓN (LOE) El día 4 de mayo fue publicada definitivamente en el BOE. Se fijaron las enseñanzas mínimas para cada etapa educativa y quedó definida la nueva prueba de acceso a la universidad.
  • 11. Las previsiones son las siguientes: las primeras medidas que se implantaron en el sistema fueron las referentes a la ordenación académica y a la organización, autonomía y dirección de los centros escolares. La nueva regulación de los cursos 1º y 2º de Primaria y 1º y 3º de Educación Secundaria Obligatoria comenzó en 2007-2008, mientras que 3º y 4º de Primaria y 2º y 4º de Secundaria lo hizo en el curso 2008-2009. En ese mismo curso académico se implantaron los programas de cualificación profesional inicial. Paralelamente se redactaron: − Los Reales Decretos para la puesta en marcha de la nueva materia de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos. − La reordenación del Consejo Escolar del Estado. − El nuevo carácter educativo del primer ciclo de Infantil. − La creación del Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas, las enseñanzas artísticas y de idiomas y el ingreso en la función pública docente. Los cambios principales de la Ley Orgánica de Educación se notaron en el alumnado a partir del curso 2007-2008. Esos cambios se concretan, previsiblemente, de la forma siguiente: Las medidas que conciernen a la Educación Infantil se aplicarán a partir del curso 2008/2009. Los primeros escolares en enfrentarse a las pruebas de diagnóstico previstas para 4º de Primaria (a los 9 años) empezaron a realizarse a partir del curso 2008-2009. La implantación de Educación para la Ciudadanía tardó tres años para los escolares de entre 10 y 12 años. LA EDUCACIÓN PRIMARIA EN LA LEY ORGÁNICA 8/2013, DE 9 DE DICIEMBRE, PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA (L.O.M.C.E). Principales novedades o La etapa de Educación Primaria dejará de organizarse por ciclos, comprenderá 6 cursos y se organizará en áreas, que tendrán un carácter global e integrador. o Desaparecerá el área de Conocimiento del Medio, que se desdobla en dos áreas distintas: Ciencias de la Naturaleza. Ciencias Sociales. o Educación para la Ciudadanía dejará de existir como asignatura. o Se incorpora la asignatura Valores Sociales y Cívicos como alternativa a la Religión. o La lengua castellana o la lengua cooficial solo se utilizarán como apoyo en el proceso de aprendizaje de la lengua extranjera, en la que se priorizarán la comprensión y la expresión oral. Áreas en Educación Primaria
  • 12. En el siguiente cuadro podemos comprobar la distribución de materias en Primaria según la L.O.M.C.E. Evaluación La evaluación de los procesos de aprendizaje del alumnado será continua y global y tendrá en cuenta su progreso en el conjunto de las áreas. Se establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización de las evaluaciones se adapten a las necesidades del alumnado con necesidades educativas especiales. Se prestará especial atención durante la etapa a la atención personalizada de los alumnos y alumnas, la realización de diagnósticos precoces y el establecimiento de mecanismos de refuerzo para lograr el éxito escolar. Promoción y repetición El alumno o alumna accederá al curso o etapa siguiente siempre que se considere que ha logrado los objetivos y ha alcanzado el grado de adquisición de las competencias correspondientes. De no ser así, podrá repetir una sola vez durante la etapa, con un plan específico de refuerzo o recuperación. Se atenderá especialmente a los resultados de la evaluación individualizada al finalizar el tercer curso de Educación Primaria y de final de Educación Primaria.
  • 13. DISCUSIÓN SOBRE LA EVOLUCIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL A raíz de los diferentes documentos consultados para analizar la evolución del sistema educativo español desde sus orígenes hasta la actualidad, podemos sacar las siguientes conclusiones: ● El sistema educativo ha evolucionado mucho en cuanto a su organización y estructura. En sus orígenes, la escolarización estaba regulada deficientemente por el Estado, ya que los colegios eran dirigidos en su mayoría por los profesores encargados del centro. En cambio, a partir de la LOGSE, se establece una organización de inspección por parte del Estado para regular el funcionamiento interno de los centros. ● Durante el Franquismo, las condiciones de los centros y de las aulas no eran las más acordes para favorecer el desarrollo del estudio. Sin embargo, en la actualidad los centros educativos cuentan con instalaciones bastante adecuadas y ofrecen a los alumnos una amplia gama de recursos didácticos. ● Así mismo, antaño, la educación no se centraba en el desarrollo integral de las personas y no se tenía en cuenta el principio de individualización (características, aptitudes, motivaciones…), tan en boga en los últimos tiempos, sino que la educación se concebía como medio de transmisión de la ideología predominante del momento. Esto hacía que el estudio se viera afectado negativamente, ya que no permitía desarrollar diferentes corrientes de pensamiento. ● Otro aspecto negativo en épocas pasadas era la escasa posibilidad de acceder a recursos tecnológicos y didácticos. Actualmente, vivimos en la Era Tecnológica y de la Información, teniendo así acceso a gran cantidad de recursos de diversa índole, algo impensable en los comicios de la educación en España. ● El currículum en Educación Primaria también ha sufrido una evolución paulatina. Esta evolución ha sido posible gracias a la transformación del concepto de educación, pasando de ser estudiados contenidos exclusivos de nuestro país, a tratar a unos contenidos más allá de nuestras fronteras, contenidos universales. ● También es muy importante el control de la Iglesia en la Educación. Durante los sistemas educativos ya desfasados, la Religión era una de las materias que más importancia representaba. Esto se observa en la relevancia de los actos religiosos en los centros educativos de la época. A pesar de ésto, la Iglesia sigue ejerciendo su influencia en la educación. En función del partido político que gobierne se le otorga una mayor o menor importancia a la misma, viviendo así los sistemas educativos a caballo entre el laicismo y el catolicismo.
  • 14. ● La evolución que ha sufrido la metodología empleada en el proceso d enseñanza- aprendizaje ha sido más bien escasa. En el sistema educativo actual se sigue valorando la memorización de contenidos, y esto queda plasmado en la cantidad de exámenes escritos que los alumnos siguen realizando trimestre tras trimestre. Actualmente, existen gran cantidad de metodologías novedosas y más activas, pero su uso e implantación en los centros educativos está siendo más bien lenta y obstaculizada por factores de diversa naturaleza (económicos, políticos, administrativos…). SÍNTESIS Desde nuestro punto de vista consideramos, que el sistema educativo español ha sufrido muchos y variados cambios en un breve periodo de tiempo. Desde la implantación de la Constitución de 1812 la educación ha gozado de un espacio dentro de la preocupación del país. Surgiendo cada cambio de poder o Gobierno, cambios de mejora o adaptación en cada etapa, hasta llegar a la actual Ley LOMCE. Desde nuestro punto de vista si comparamos los continuos vaivenes de las diferentes Leyes Orgánicas de educación, con otros países en los que una sola ley se mantiene fija, o recibe pequeños cambios; las que no se suelen derogar, percibimos que en España las leyes de educación y propuestas educativas se han visto influenciadas por intereses políticos, imponiendo, cada vez que una fuerza política llegaba al poder, sus propios intereses en la educación. Esto lo hemos podido observar sobretodo en el periodo de los años 90 hasta nuestros días, que en 20 años se han producido 5 cambios de la ley educativa; es decir, cada vez que ocurre un cambio en política aparece un cambio educativo. Verdaderamente, los resultados de los cambios no han sido los esperados en ningún caso, dando lugar a otro cambio posteriormente. Nuestro sistema es muy equitativo (todos los alumnos rinden igual, independientemente de en dónde estudien), pero muy mediocre en cuanto a su calidad en comparación con otros países; como decíamos anteriormente. También debemos decir que, bajo nuestro parecer y haber leído sobre ello, el mejor modelo del sistema educativo español en los últimos 50 años han sido dos, el de la EGB, que implantó la Ley General de Educación, y el de la ESO, que implantó la Logse. Los demás son cambios, a grandes rasgos poco significantes por que el modelo sigue siendo el mismo. Un ejemplo de ello es la LOMCE, la cual no ha introducido grandes reformas y cambios significativos frente a la LOE. Las bases de la educación española parece que no están bien asentadas.
  • 15. BIBLIOGRAFÍA - Egidio Gálvez, I. (1996). La evolución de la enseñanza primaria en España organización de la etapa y programa de estudio. Immaculada Egido Gálvez (1996) http://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=175718 . - Ministerio de Educación. Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional (2009) .Informe del Sistema Educativo Español. en http://www.mecd.gob.es/redie- eurydice/dms/redie-eurydice/doc/INFORME_SIST_EDUCATIVO_VOL_I.pdf - Ministerio de Educación Cultura y Deporte (2004). Evolución del Sistema Educativo Español. El Sistema Educativo español. Madrid: MECD/CIDE. http://uom.uib.cat/digitalAssets/202/202199_6.pdf - Romero, J. (2011, mayo). La educación en España: Análisis, evolución y propuestas de mejora. CSI-CSIF, Nº 42. Recuperado de http://www.csi- csif.es/andalucia/modules/mod_ense/revista/pdf/Numero_42/JOSE%20LUIS%20ROME RO%20LACAL_1.pdf a fecha de 13 marzo 2015 - http://blog.tiching.com/de-la-ley-moyano-a-la-lomce-un-repaso-por-las-leyes-de- educacion-en-espana/