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REQUISITOS LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN
CRISTIAN ALEXANDER SIERRA BENITEZ
COD: 201622296
Presentado a:
Carol Rosabeth Sanabria
UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLOGICADE COLOMBIA
FACULTAD DE ESTUDIOS A DISTANCIA
ESCUELA DE CIENCIAS TECNOLOGICAS
TECNOLOGIA EN OBRAS CIVILES
INTERPRETACIÓN DE PLANOS Y AUTOCAD
CHIQUINQUIRA
2016
QUE ES UNA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN:
Es la autorización previa para adelantar obras de
urbanización y parcelación de predios, de construcción
y demolición de edificaciones, de intervención y
ocupación del espacio público, y para realizar el loteo
o subdivisión de predios, expedida por el curador
urbano o la autoridad municipal competente, en
cumplimiento de las normas urbanísticas y de
edificación adoptadas en el Plan de Ordenamiento
Territorial.
REQUISITOS GENERALES PARA LICENCIAS DE CONSTRUCCION
1. Diligenciar el Formulario Único Nacional de Solicitud de Licencia. (resolución 0984 de
2005).
2. Copia del certificado de libertad y tradición del inmueble(s) objeto de la solicitud (expedido
no antes de un mes de la fecha de solicitud).
3. Si el solicitante es persona jurídica, debe acreditar la existencia y representación
mediante documento legal idóneo, cuya fecha de expedición no sea mayor a un mes.
4. Si actúa por medio de apoderado, se debe anexar el poder debidamente otorgado.
5. Copia del documento de pago del impuesto predial de los últimos 5 años, donde figure la
dirección del predio. Si existe un acuerdo de pago, se requiere constancia de la Secretaría
de Hacienda, en la que se certifique que se está cumpliendo dicho acuerdo.
6. Plano de localización e identificación del predio de la solicitud.
7. Relación de las direcciones de los predios colindantes; es decir, los predios que tienen un
lindero en común con el predio para el cual se solicita la licencia.
8. Si el proyecto es para el desarrollo de Vivienda de Interés Social, el titular manifestará de
manera escrita, bajo juramento y de ello dejará constancia en el acto administrativo que
resuelva la solicitud de la licencia.
CLASES DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN Y SU TRAMITOLOGÍA
1. URBANIZACION:
Autoriza a Adecuar terrenos para la futura
construcción de edificaciones en suelo urbano.
Permite la creación de espacios públicos y
privados, construcción de vías y redes de servicios
públicos. Si el suelo está clasificado como de
expansión urbana, la licencia de urbanización
estará sujeta a la aprobación previa del Plan
Parcial correspondiente
REQUISITOS PARA LA LICENCIA DE URBANIZACION:
1. Plano topográfico del predio. Este debe indicar las reservas, afectaciones por
interés general y las limitaciones urbanísticas.
2. Copia en medio impreso del proyecto urbanístico y cuando los municipios y
distritos tengan una población superior a 30.000 habitantes en su cabecera
urbana se deberá aportar copia en medio magnético, firmada por un arquitecto
con matrícula profesional y por el solicitante de la licencia.
3. Certificación de disponibilidad inmediata de servicios públicos domiciliarios,
expedida por la correspondiente autoridad.
4. Si el predio está localizado en zonas de amenaza y/o riesgo alto y medio de
origen geotécnico o hidrológico, se deben adjuntar los estudios detallados de
amenaza y riesgo por fenómenos de remoción de masa e inundaciones que
permitan determinar la viabilidad del futuro desarrollo, siempre y cuando se
garantice la mitigación de la amenaza y/o riesgo. Estos estudios deberán contar
con el concepto favorable de la autoridad competente e incluir el diseño de las
medidas de mitigación.
2. CONSTRUCCIÓN:
Autoriza a Construir nuevas edificaciones de acuerdo con
las normas del POT, en todo tipo de suelo.
MODALIDADES:
OBRA NUEVA: Realizar obras nuevas en lotes sin construir.
AMPLIACION: Incrementar el área construida de una edificación existente.
ADECUACION: Cambiar el uso de una edificación o parte de ella, garantizando la permanencia del
inmueble original.
MODIFICACION: Variar el diseño arquitectónico o estructural de la edificación, sin incrementar su área
construida.
RESTAURACION: Recuperar y adaptar un inmueble declarado como de interés cultural o parte del
mismo, conservando su valor urbano, arquitectónico, estético e histórico.
REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL: Reforzar la estructura de una edificación, garantizando
estructural la seguridad del inmueble y sus habitantes de acuerdo con las exigencias de la norma de
sismo-resistencia. Demolición Derribar total o parcialmente una(s) edificación(es).
DEMOLICIÓN: derribar total o parcialmente una(s) edificación(es) pero debe solicitarse junto con otra
licencias de las modalidades.
CERRAMIENTO: Cerrar de manera permanente un previo de propiedad privada.
REQUISITOS PARA LAS LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN:
1. Copia de las memorias de los calculo y diseños estructurales, estudios de suelos,
estudios geotécnicos, que sirvan para determinar la estabilidad de la obra.
2. Copia en medio impreso del proyecto arquitectónico, firmado por un arquitecto con
matricula profesional y por el solicitante de la licencia.
3. Los planos arquitectónicos deben contener la siguiente información:
a. Plantas, incluida la de la cubierta o techos.
b. Alzados y cortes de la edificación relacionados con la vía publica.
c. Fachadas.
d. Cuadro de área de cada uno de los espacios de la edificación y áreas totales.
4. Si la solicitud no es para obra nueva se debe presentar o adjuntar las licencias anteriores,
junto con los respectivos planos.
5. Si la licencia es para ampliación, adecuación, modificación, reforzamiento estructural o
demolición de edificaciones sometidos al régimen de propiedad horizontal, se debe adjuntar
copia del acta o documento que haga sus veces expedido por el órgano competente de
administración de la propiedad horizontal que autoriza la ejecución de las obras solicitadas,
según lo disponga el respectivo reglamento de propiedad horizontal.
3. PARCELACIÓN:
Crear espacios públicos y privados e infraestructuras
que permiten la auto-prestación de servicios públicos
domiciliarios y adecuación de terrenos para la futura
construcción de edificaciones en suelo rural y
suburbano, donde el POT lo permita.
1. Plano topográfico del predio, indicando todas las
reservas, afectaciones viales, limitaciones y
restricciones, de acuerdo con el POT del
Municipio.
2. Copia del proyecto de parcelación que contenga
los predios resultantes de la parcelación
propuesta, debidamente amojonado y alinderado,
según lo establecen las normas vigentes y sus
respectivos cuadros de áreas y diseño de las vías
de acuerdo con el POT y la legislación agraria y
ambiental.
3. Documento con las debidas autorizaciones que
sustente la forma en que se garantizará la auto
prestación de los servicios domiciliarios de
energía, agua y el manejo de vertimientos de
aguas residuales y residuos sólidos.
4. Si el predio está localizado en zonas de amenaza
y/o riesgo alto y medio de origen geológico o
hidrológico, se deben adjuntar los estudios
detallados de amenaza y riesgo
REQUISITOS PARA LA LICENCIA:
4. SUBDIVISIÓN DE PREDIOS:
Dividir uno o varios predios localizados en suelo
rural, urbano o de expansión, de acuerdo con el
POT. Cuando la subdivisión de predios para
urbanizar o parcelar haya sido aprobada mediante
la respectiva licencia de urbanización o
parcelación, no se requerirá adicionalmente de la
licencia urbanística.
MODALIDADES:
SUBDIVISION RURAL: Dividir uno o varios predios
ubicados en suelo rural o de expansión urbana de
acuerdo con el POT
SUBDIVISION URBANA: Dividir uno o varios
predios urbanizables no urbanizados en suelo
urbano.
RELOTEO: Redistribuir, dividir o modificar el loteo
de uno o más predios urbanos, previamente
urbanizados, para un mayor aprovechamiento.
REQUISITOS PARA LA LICENCIA DE
SUBDIVISION:
1. Para la subdivisión rural y urbana, se debe adjuntar
copia del plano del levantamiento topográfico con
los predios resultantes de la división propuesta,
debidamente amojonado y alinderado.
2. Para la modalidad de reloteo, se debe anexar un
plano de loteo aprobado o un plano topográfico que
haya incorporado urbanísticamente el predio y un
plano del nuevo proyecto que señale los predios
resultantes de la división propuesta, con sus
linderos y cuadros de áreas.
5. INTERVENCION Y OCUPACION DEL
ESPACIO PUBLICO:
Ocupar o intervenir bienes de uso público
incluidos en el espacio público, de acuerdo con
las normas del POT.
MODALIDADES:
LOCALIZACION DE EQUIPAMIENTO: Ocupar una
cesión publica o de uso publico con edificaciones para
equipamiento comunales públicos.
INTERVENCION DEL ESPACIO PUBLICO: Es
construir, reparar, sustituir, modificar y ampliar redes
de servicio publico y telecomunicaciones, construir
enlaces como puentes o túneles utilizando espacio
aéreo o del sub suelo, dotar lugares públicos con
mobiliario urbano.
INTERVENCION Y OCUPACION DE PLAYAS Y
TERRENOS DE BAJA MAR: cuyo otorgamiento le
corresponde ya sea a la dirección general marítima-
dimar- o a la súper intendencia de puertos y trasporte.
REQUISITOS PARA LA LICENCIA DE INTERVENCION DEL ESPACIO
PUBLICO:
1. Plano de localización del proyecto.
2. Documento con la Descripción detallada del proyecto que incluya características
generales, elementos urbanos a intervenir en el espacio público, la escala y la
cobertura.
3. Copia de los planos de diseño firmados por el profesional responsable del diseño, que
contengan la siguiente información:
• Planta detallada con el diseño de la zona a intervenir.
• Cuadro de áreas.
• Especificaciones de diseño y construcción del espacio público.
• Cuadro de arborización (si existe).
• Plano de detalles constructivos
WEBGRAFIA.
https://www.google.com.co/search?espv=2&biw=810&bih=390&tbm=isch&sa=1&q=IMAGE
NES+DEconstruccion&oq=IMAGENES+DEconstruccion&gs_l=img.3...493
http://www.minvivienda.gov.co/Mejoramiento%20Integral%20de%20Barrios/Licenciamien
to%20Urban%C3%ADstico,%20Reconocimiento%20y%20Legalizaci%C3%B3n%20Asenta
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  • 2. QUE ES UNA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN: Es la autorización previa para adelantar obras de urbanización y parcelación de predios, de construcción y demolición de edificaciones, de intervención y ocupación del espacio público, y para realizar el loteo o subdivisión de predios, expedida por el curador urbano o la autoridad municipal competente, en cumplimiento de las normas urbanísticas y de edificación adoptadas en el Plan de Ordenamiento Territorial.
  • 3. REQUISITOS GENERALES PARA LICENCIAS DE CONSTRUCCION 1. Diligenciar el Formulario Único Nacional de Solicitud de Licencia. (resolución 0984 de 2005). 2. Copia del certificado de libertad y tradición del inmueble(s) objeto de la solicitud (expedido no antes de un mes de la fecha de solicitud). 3. Si el solicitante es persona jurídica, debe acreditar la existencia y representación mediante documento legal idóneo, cuya fecha de expedición no sea mayor a un mes. 4. Si actúa por medio de apoderado, se debe anexar el poder debidamente otorgado. 5. Copia del documento de pago del impuesto predial de los últimos 5 años, donde figure la dirección del predio. Si existe un acuerdo de pago, se requiere constancia de la Secretaría de Hacienda, en la que se certifique que se está cumpliendo dicho acuerdo. 6. Plano de localización e identificación del predio de la solicitud. 7. Relación de las direcciones de los predios colindantes; es decir, los predios que tienen un lindero en común con el predio para el cual se solicita la licencia. 8. Si el proyecto es para el desarrollo de Vivienda de Interés Social, el titular manifestará de manera escrita, bajo juramento y de ello dejará constancia en el acto administrativo que resuelva la solicitud de la licencia.
  • 4. CLASES DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN Y SU TRAMITOLOGÍA 1. URBANIZACION: Autoriza a Adecuar terrenos para la futura construcción de edificaciones en suelo urbano. Permite la creación de espacios públicos y privados, construcción de vías y redes de servicios públicos. Si el suelo está clasificado como de expansión urbana, la licencia de urbanización estará sujeta a la aprobación previa del Plan Parcial correspondiente
  • 5. REQUISITOS PARA LA LICENCIA DE URBANIZACION: 1. Plano topográfico del predio. Este debe indicar las reservas, afectaciones por interés general y las limitaciones urbanísticas. 2. Copia en medio impreso del proyecto urbanístico y cuando los municipios y distritos tengan una población superior a 30.000 habitantes en su cabecera urbana se deberá aportar copia en medio magnético, firmada por un arquitecto con matrícula profesional y por el solicitante de la licencia. 3. Certificación de disponibilidad inmediata de servicios públicos domiciliarios, expedida por la correspondiente autoridad. 4. Si el predio está localizado en zonas de amenaza y/o riesgo alto y medio de origen geotécnico o hidrológico, se deben adjuntar los estudios detallados de amenaza y riesgo por fenómenos de remoción de masa e inundaciones que permitan determinar la viabilidad del futuro desarrollo, siempre y cuando se garantice la mitigación de la amenaza y/o riesgo. Estos estudios deberán contar con el concepto favorable de la autoridad competente e incluir el diseño de las medidas de mitigación.
  • 6. 2. CONSTRUCCIÓN: Autoriza a Construir nuevas edificaciones de acuerdo con las normas del POT, en todo tipo de suelo. MODALIDADES: OBRA NUEVA: Realizar obras nuevas en lotes sin construir. AMPLIACION: Incrementar el área construida de una edificación existente. ADECUACION: Cambiar el uso de una edificación o parte de ella, garantizando la permanencia del inmueble original. MODIFICACION: Variar el diseño arquitectónico o estructural de la edificación, sin incrementar su área construida. RESTAURACION: Recuperar y adaptar un inmueble declarado como de interés cultural o parte del mismo, conservando su valor urbano, arquitectónico, estético e histórico. REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL: Reforzar la estructura de una edificación, garantizando estructural la seguridad del inmueble y sus habitantes de acuerdo con las exigencias de la norma de sismo-resistencia. Demolición Derribar total o parcialmente una(s) edificación(es). DEMOLICIÓN: derribar total o parcialmente una(s) edificación(es) pero debe solicitarse junto con otra licencias de las modalidades. CERRAMIENTO: Cerrar de manera permanente un previo de propiedad privada.
  • 7. REQUISITOS PARA LAS LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN: 1. Copia de las memorias de los calculo y diseños estructurales, estudios de suelos, estudios geotécnicos, que sirvan para determinar la estabilidad de la obra. 2. Copia en medio impreso del proyecto arquitectónico, firmado por un arquitecto con matricula profesional y por el solicitante de la licencia. 3. Los planos arquitectónicos deben contener la siguiente información: a. Plantas, incluida la de la cubierta o techos. b. Alzados y cortes de la edificación relacionados con la vía publica. c. Fachadas. d. Cuadro de área de cada uno de los espacios de la edificación y áreas totales. 4. Si la solicitud no es para obra nueva se debe presentar o adjuntar las licencias anteriores, junto con los respectivos planos. 5. Si la licencia es para ampliación, adecuación, modificación, reforzamiento estructural o demolición de edificaciones sometidos al régimen de propiedad horizontal, se debe adjuntar copia del acta o documento que haga sus veces expedido por el órgano competente de administración de la propiedad horizontal que autoriza la ejecución de las obras solicitadas, según lo disponga el respectivo reglamento de propiedad horizontal.
  • 8. 3. PARCELACIÓN: Crear espacios públicos y privados e infraestructuras que permiten la auto-prestación de servicios públicos domiciliarios y adecuación de terrenos para la futura construcción de edificaciones en suelo rural y suburbano, donde el POT lo permita. 1. Plano topográfico del predio, indicando todas las reservas, afectaciones viales, limitaciones y restricciones, de acuerdo con el POT del Municipio. 2. Copia del proyecto de parcelación que contenga los predios resultantes de la parcelación propuesta, debidamente amojonado y alinderado, según lo establecen las normas vigentes y sus respectivos cuadros de áreas y diseño de las vías de acuerdo con el POT y la legislación agraria y ambiental. 3. Documento con las debidas autorizaciones que sustente la forma en que se garantizará la auto prestación de los servicios domiciliarios de energía, agua y el manejo de vertimientos de aguas residuales y residuos sólidos. 4. Si el predio está localizado en zonas de amenaza y/o riesgo alto y medio de origen geológico o hidrológico, se deben adjuntar los estudios detallados de amenaza y riesgo REQUISITOS PARA LA LICENCIA:
  • 9. 4. SUBDIVISIÓN DE PREDIOS: Dividir uno o varios predios localizados en suelo rural, urbano o de expansión, de acuerdo con el POT. Cuando la subdivisión de predios para urbanizar o parcelar haya sido aprobada mediante la respectiva licencia de urbanización o parcelación, no se requerirá adicionalmente de la licencia urbanística. MODALIDADES: SUBDIVISION RURAL: Dividir uno o varios predios ubicados en suelo rural o de expansión urbana de acuerdo con el POT SUBDIVISION URBANA: Dividir uno o varios predios urbanizables no urbanizados en suelo urbano. RELOTEO: Redistribuir, dividir o modificar el loteo de uno o más predios urbanos, previamente urbanizados, para un mayor aprovechamiento.
  • 10. REQUISITOS PARA LA LICENCIA DE SUBDIVISION: 1. Para la subdivisión rural y urbana, se debe adjuntar copia del plano del levantamiento topográfico con los predios resultantes de la división propuesta, debidamente amojonado y alinderado. 2. Para la modalidad de reloteo, se debe anexar un plano de loteo aprobado o un plano topográfico que haya incorporado urbanísticamente el predio y un plano del nuevo proyecto que señale los predios resultantes de la división propuesta, con sus linderos y cuadros de áreas.
  • 11. 5. INTERVENCION Y OCUPACION DEL ESPACIO PUBLICO: Ocupar o intervenir bienes de uso público incluidos en el espacio público, de acuerdo con las normas del POT. MODALIDADES: LOCALIZACION DE EQUIPAMIENTO: Ocupar una cesión publica o de uso publico con edificaciones para equipamiento comunales públicos. INTERVENCION DEL ESPACIO PUBLICO: Es construir, reparar, sustituir, modificar y ampliar redes de servicio publico y telecomunicaciones, construir enlaces como puentes o túneles utilizando espacio aéreo o del sub suelo, dotar lugares públicos con mobiliario urbano. INTERVENCION Y OCUPACION DE PLAYAS Y TERRENOS DE BAJA MAR: cuyo otorgamiento le corresponde ya sea a la dirección general marítima- dimar- o a la súper intendencia de puertos y trasporte.
  • 12. REQUISITOS PARA LA LICENCIA DE INTERVENCION DEL ESPACIO PUBLICO: 1. Plano de localización del proyecto. 2. Documento con la Descripción detallada del proyecto que incluya características generales, elementos urbanos a intervenir en el espacio público, la escala y la cobertura. 3. Copia de los planos de diseño firmados por el profesional responsable del diseño, que contengan la siguiente información: • Planta detallada con el diseño de la zona a intervenir. • Cuadro de áreas. • Especificaciones de diseño y construcción del espacio público. • Cuadro de arborización (si existe). • Plano de detalles constructivos