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                           Normas Ambientales, Su situación en Chile


   Universidad Católica de Temuco
   Escuela de Derecho
   E Clínica Institucional
    n
   Unidad Jurídica
   CONAMA IX Región




            REC OPILACION DE NORMAS
                  AMBIENTALES
                          De Cristian Patricio Carter Roa




                                   Cristian Patricio Carter Roa
                                                                       0
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                        NORMAS AMBIENTALES,
                        SU SITUACIÓN EN CHILE
                              Cristian Patricio Carter Roa.



                                         INDICE

                 Contenido                                                         Página

   Ideas Centrales                                                                   2
   1.- Derecho Internacional como fuente indirecta de derecho ambiental              4
   2.- Tratado Internacionales vigentes como fuente directa de derecho ambiental     6
   3.- Marco General Ambiental                                                       9
   4.- Normas Ambientales relativas al Suelo                                        10
   5.- Normas Ambientales relativas al Aire                                         12
   6.- Normas Ambientales relativas al Agua                                         15
   7.- Normas Ambientales relativas a Residuos Sólidos                              17
   8.- Normas Ambientales relativas a Residuos Líquidos                             18
   9.- Normas Ambientales relativas a Sustancias Peligrosas                         20
   10.- Normas Ambientales relativas al Ruido (contaminación acústica)              23
   11.- Normas Ambientales relativas a la Biodiversidad y Recursos Naturales        24
   12.- Normas Ambientales relativas a la Seguridad y Salud Ocupacional             26
   13.- Normas Ambientales relativas a combustibles                                 27
   14.- Declaraciones de zona saturada                                              28
   15.- Planes de descontaminación                                                  28
   16.- Normas Ambientales Sectoriales                                              29
   17.- Normas respecto daño Ambiental                                              33
   Fuentes Consultadas                                                              34
   Abreviaciones                                                                    35




                                   Cristian Patricio Carter Roa
                                                                                         1
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                               IDEAS CENTRALES

   Concepto de Derecho Ambiental:
   Según Rafael Valenzuela, “no es más que el conjunto normativo que apunta al
   resguardo de la estabilidad funcional de los sistemas ambientales”.

   Creer que la normativa ambiental está compuesta por pocas normas es un error, al
   contrario está conformada por un sinnúmero de normas, que incluye: Norma
   Constitucional, Tratados Internacionales, Leyes, Decretos Leyes, Decretos con Fuerza
   de Ley, Decretos Supremos, Resoluciones, así como Normas Chilenas que luego se
   han oficializado, y también de principios rectores y derecho consuetudinario.
            Esto porque si bien existen normas centrales que conforman un Marco General,
   también existen numerosas otras normas relacionadas con el Medio Ambiente, es decir
   con el sistema de protección del entorno natural y artificial que permite el desarrollo de
   la vida.
            En este trabajo informe he ocupado de señalar las normas que objetivamente se
   señalan por la doctrina e instituciones como de carácter ambiental.
            Se incluyen en el desarrollo del trabajo a las normas sectoriales, es decir
   aquellas que dan competencia a ciertas instituciones en materia ambiental.

   Se expondrán por materias las normas, para mejor organización, por ello algunas
   normas pueden que se repitan, por que tienen ingerencia en esa materia.
          Todo este trabajo trae como consecuencia una segunda fase cual es la
   recopilación de estas normas en medios electrónicos.
          Respecto a las normas chilenas sólo se nombraran las más importantes sobre la
   materia.      Más      infamación      sobre      ellas     puede       buscarse   en
   www.inn.cl/busquedas/normas_chilenas, donde existen listas las múltiples existentes en
   Chile; así como también en esta página se pueden bajar electrónicamente las mismas
   normas, pero su precio es elevado, por ello es que sólo baje de Internet aquellas que
   eran gratuitas.

   Se ha señalado que el derecho ambiental es un derecho social, ya que escapa del ámbito
   individual, es decir, nos interesa a todos los que nos desenvolvemos en el
   medioambiente, incluso a los demás animales.
          Tanto actualmente como en el futuro.
          Algunos incluso señalan que es un derecho humano, lo que en nuestro
   ordenamiento significaría ser una norma de rango Constitucional. En relación al art. 5




                                     Cristian Patricio Carter Roa
                                                                                           2
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   de nuestra Carta Fundamental de 1980. Esto porque su inobservancia podría poner en
   riesgo la existencia misma del hombre.

   En nuestro país no existe un Código de Legislación Ambiental, el tratamiento no es
   armónico y sistemático, y la normativa puede causar dolores de cabeza a un abogado
   acostumbrado a un sistema clásico, codificado y estático. Ya que esta normativa es
   amplia, dinámica y muchas veces la encontramos en un lenguaje técnico no jurídico.
   Está conformada por Normas de antigua data, parcialmente derogada y también por
   normativa muy nueva.
          Existen países con códigos ambientales, como Colombia.




                   ESTADO EN FORMATO ELECTRÓNICO

          (E)   = Se Encuentran en formato electrónico
          (N)   = Buscadas y No encontradas
          (Inc) = Incompletas




                                   Cristian Patricio Carter Roa
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                      1.- DERECHO INTERNACIONAL
   Expondremos inmediatamente normas internacionales ambientales, es decir aquellas
   que emanan de sujetos de derecho internacional, como son la ONU y los Estados.
           Se nombrarán algunas que no son fuentes directas ambientales, pero tienen
   importancia en la creación de nuestra actual legislación ambiental, así como en la
   evolución, aplicación y entendimiento del derecho ambiental.
           Entendiéndose fuentes indirectas aquellas que no son directamente vinculantes
   en Chile, sin perjuicio que también formen parte del derecho ambiental. Como la
   Jurisprudencia Ambiental, que es base de la fijación de la norma ambiental, o como la
   Doctrina Ambiental. Ej. Carta de Costa Brava, de 1987, Chile, ACHIDAM.
           Todo esto para hacer más completo el informe.
           Se nombran en forma cronológica para mantener orden en el desarrollo.

           1.- “Declaración de Founex”, sobre desarrollo y el medio ambiente de 1971.
   Fuente indirecta ambiental, establece recomendaciones ambientales, que
   progresivamente se van cumpliendo en el tiempo. (N)
           2.- “Conferencia de la ONU sobre el Medio Humano”. Estocolmo, de 1972.
   Declaración de 26 principios en materia ambiental. Fuente indirecta. (E)
           3.- “Declaración de Cocoyoc”, México, de 1974. Tiene por objeto hacer
   conciencia sobre daño ambiental vs. Desarrollo económico. Fuente indirecta. (N)
           4.- “Que hacer” Informe de la fundación Hammarjöld, sobre desarrollo
   económico y cooperación Internacional, Asamblea de las NU, de 1975, trata
   desigualdad en repartición de riquezas entre países y la degradación del medio
   ambiente. (N)
           5.- “Estrategia Mundial para la Conservación”, de 1980, recuerda que los
   recursos son limitados y debemos conservarlos para generaciones futuras. Fuente
   indirecta. (N)
           6.- “Carta Mundial de la Naturaleza”, aprobada por las NU el 28 octubre de
   1982. Chile se abstuvo de votar, fuente indirecta. (E)
           7.- “Nuestro futuro común” informe de la Comisión Brundtland sobre el
   medio ambiente y desarrollo, de 1987. Hace conciencia sobre los problemas en el
   medio ambiente, incluso la pobreza. Fuente indirecta. (N)
           8.- “Nuestra propia agenda”, de 1990, Comisión del medio ambiente de
   América Latina, hace análisis sobre problemas ambientales, que sirve como preludio a
   la declaración de Río. Fuente Indirecta. (N)
           9.- “Cuidar la tierra, estrategia para el futuro de la vida”, libro de ONU (N)




                                   Cristian Patricio Carter Roa
                                                                                       4
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           10.- En Reunión Cumbre de la Tierra sobre Desarrollo y Medio Ambiente
   de Río de Janeiro, en 1992, se suscriben los siguientes documentos:
           a).-    “Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y Desarrollo”,
   Conferencia de la ONU sobre Medio ambiente y desarrollo, de Río de Janeiro, de
   1992, estableciendo principios sobre el tema. (E)
           b).- “La agenda XXI”, establece directrices para colocar en práctica las
   principios de la Declaración de Río. (E)
           c).- “Convenio Sobre la Biodiversidad Biológica”,     D.S. 1963, D.O. del 6
   mayo de 1995. (E)
           d).- “Convención Marco sobre Cambio Climático”, D.S. 23 de 1995. Se
   preocupa sobre concentraciones de gases de efecto invernadero. (E)

   Encíclicas en materia ambiental:
   1.- “Octogésima Adveniens”, Pablo VI, 1971, advierte peligro degradación de la
   naturaleza. (E)
   2.- “Encíclica Redemptor Hominis”, Juan Pablo II, 1979, sobre explotación racional
   recursos naturales. (E)
   3.- “Sollicitudo Rei Sociales”, Juan pablo II, 1987, el respeto por la naturaleza es un
   nuevo valor y es esencial. (E)




                                    Cristian Patricio Carter Roa
                                                                                        5
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        2.- TRATADOS INTERNACIONALES VIGENTES EN
                CHILE EN MATERIA AMBIENTAL
          En adelante nombraré los tratados internacionales más importantes sobre el
   sistema de protección ambiental, sin embargo en el transcurso del trabajo también se
   nombraran otros, pero son de un carácter menos relevantes.

   1.- “Convenio relativo al empleo de la Cerusa en la Pintura”, de 1921. D.L. 470 de
   1925. (E)
   2.- “Acuerdo Sanitario Chile y Argentina”       D.S. 282 de 1952. (E)
   3.- “Convención Internacional de Protección Fitosanitaria”, de 1951. Ratificada el 3
   abril de 1952. (N)
   4.- “Tratado Antártico”. . De 1959. D.S. 361 de 1961. (E)
   5.- “Tratado por el que se prohíben los Ensayos con Armas Nucleares en la
   Atmósfera, el espacio Ultraterrestre y debajo del Agua”, de 1963. Ratificado el 6 de
   oct. de 1965. (E)
   6.- “Convenci ón para la protección de la Fauna, la Flora y la Belleza Escénicas
   Naturales de América”, en Washington, de 1940.          D.S. 531 de 1967. (E)
   7.- “Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de
   Fauna y Flora Silvestres ( CITES )”, de 1973.      D.S. 141 de 1975. (E)
   8.- “Convenio Internacional para prevenir la Contaminación del Mar por
   Hidrocarburos”, de 1969.         Adhesión D.S. 474 de 1977 (N).
   9.- “Convenio Internacional sobre Responsabilidad Civil por Daños Causados por
   la Contaminación de las Aguas de Mar por Hidrocarburos”, de 1969. Adhesión
   D.S. 475 de 1977. (N)
   10.-      “Convención sobre la Prevención de la Contaminación del Mar por
   Vertimiento de Desechos y otras Materias (London Dumping Convention. LDC), de
   1972. D.S. 476 de 1977. (N)
   11.- “Convención sobre la protección del Patrimonio Arqueológico, Histórico y
   Artístico de las Naciones Americanas (Convención de San Salvador)”, de 1976.
   Suscrita el 12 de julio de 1978. (E)
   12.- “Convención Internacional para la caza de la Ballena (CBI)”.       D.S. 489 de
   1979. (E)
   13.- “Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Natural y Cultural”,
   de 1972. D.S. 259 de 1980. (E)
   14.- “Convención sobre Producción y Almacenamiento de Armas Bacteriológicas
   (Biológicas) y Toxinas y sobre su Destrucción”. de 1972. D.S. 385 de 1980. (E)




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   15.- “Convenio para la Conservación de las Focas Antárticas”, de 1972. D.S. 385,
   1980. (E)
   16.- “Convenio para la Conservación y manejo de la Vicuña”, Perú, de 1979. D.S.
   212 de 1981. (E)
   17.- “Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos.
   Canberra”, de 1980.      Ratif.    D.S. 662. de 1981. (E)
   18.- “Convención sobre la Conservación de Zonas Húmedas de Importancia
   Internacional, especialmente como hábitat de Aves Acuáticas”, Ramsar, Irán. De
   1971. D.S. 771 de 1981 (E)
          (D.S. 2.734 de 3 junio 1981, declara Zona Húmeda Nacional el área de Carlos
   Andwanter en Valdivia)
   19.- “Convención sobre la Protección de las Especies Migratorias (Trashumantes)
   de Animales Silvestres (Convención de Bonn)”. Suscrito en RFA (Alemania), de
   1979.      D.S. 868 de 1981. (E)
   20.- “Convenio para la Protección de la Capa de Ozono”, Austria, de 1985.      D.S.
   719 de 1990. (E)
   21.- “Convenio para la protección del medio Ambiente y la Zona Costera del
   Pacífico Sudeste”.    D.S. 296 de 1986. (E)
   22.- “Protocolo para la Protección del Pacífico Sudeste contra la Contaminación
   proveniente de Fuentes Terrestres y sus Anexos”,      D.S. 295 de 1986. (E)
   23.-    “Acuerdo sobre Cooperación Regional para el Combate contra la
   Contaminación del Pacífico Sudeste por Hidrocarburos y otras Substancias Nocivas
   en Casos de Emergencia”,        D.S. 425 de 1986 (E).
   24.- “Protocolo Complementario del Acuerdo sobre Cooperación Regional para
   Combate contra la Contaminación del Pacífico Sudeste por Hidrocarburos y otras
   Substancias Nocivas”.     D.S. 656 de 1986. (E)
   25.- “Protocolo de Montreal relativo a Substancias que Agotan Ozono”, de 1987.
   D.S. 238 de 1990. (E)
   26.- “Convención sobre seguridad Nuclear”,          D.S. 272 de 1992. (N)
   27.- “Convenio de Basilea sobre Control de los Movimientos Transfronterizos de los
   Desechos Peligrosos y su eliminación”, de 1989.       D.S. 685 de 1992. (E)
   28.- “Tratado Chile Argentina sobre Medio Ambiente” D.S. 67, de 1992 (E)
   29.- “Protocolo al tratado antártico de 1959”, Madrid 1991, ratificado el 16 enero
   1998. (E)
   30.- “Acuerdo de Marrakech que establece la Organización Mundial de Comercio”.
   D.S. 16 de 1995. (E)




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                                                                                    7
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   31.- “Convención Marco de la ONU sobre el Cambio Climático”             D.S. 123 de
   1995 (E)
   32.- “Convenio sobre la Diversidad Biológica” de 1992. D.S. 1963 de 1995 (E)
   33.- “Convenio Inter nacional relativo a la Intervención en Alta Mar en Casos de
   Accidentes que Causen Contaminación por Hidrocarburos”, de 1969. D.S. 358 de
   1995. (E)
   34.- “Protocolo para la Protección del Pacífico Sudeste Contra la Contaminación
   Radioactiva”, D.S. 720 de 1995. (E)
   35.- "Protocolo de 1978        del Convenio Internacional para         Prevenir   la
   Contaminación por los buques, MARPOL 73/78””, de 1973 el convenio y de
   1978 el protocolo, promulgado por D.S. 1689 de 1994. (E)
   36.- “Convenio cooperación protección pueblos Andinos y Camélidos domésticos
   Sudamericanos” de 1994, Lima, Perú. (E)
   37.- “Convención sobre Seguridad Nuclear”,       D.S. 272 de 1997. (N)
   38.- “Tratado de Libre Comercio, Acuerdo de Cooperación Ambiental y Acuerdo de
   Cooperación Laboral, suscritos con Canadá”,       D.S. 1020 de 1997. (E)
   39.- “La Convención de las NU sobre el Derecho de Mar”, de 1982.       D.S. 1393 de
   1997. (E)
   40.- “Convención de las NU de lucha contra la Desertificación, en los países
   afectados por Sequías Graves o Desertificación, en particular África”,    D.S. 2065
   de 1998. (E)
   41.- “Protocolo de Cartagena de Seguridad Bacteriológica” de 2000. (N)




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                                                                                     8
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               DERECHO NACIONAL AMBIENTAL

                   3.- MARCO GENERAL AMBIENTAL:

   * Constitución Política de la República de Chile (1980), especialmente Art. 19 Nº 8.
   (E)

   * Ley 19.300 de 1994, de Bases del Medio Ambiente. (E)
   * Proyecto Ley sobre Bonos de Descontaminación, de 2003. (E)

   * D.S. 93 de 1995, Regl. para la dictación de Normas de Calidad Ambiental y de
   Emisión. (E)
   * D.S. 94 de 1995, Regl. que fija el procedimiento y etapas para establecer Planes de
   Prevención y de Descontaminación. (E)
   * D.S. 166 de 1999, Regl. del Consejo Consultivo de la Comisión Nacional y de las
   Comisiones Regionales del Medio Ambiente. (E)
   * D.S. 95 de 2001, Regl. Del SEIA. (E)

   * LOC 18.695, de 1988, de Municipalidades. (E)

   * LOC 19.795, de 1993, sobre Gobierno y Administración Regional. (E)

   * Código Sanitario, D.F.L. 725, del 11/12/1967, D.O. 31/01/1968. (E)
   * Código de Aguas, D.F.L. 1.122, del 13/08/1981, D.O. 29/10/1981. (E)
   * Código de Minería, Ley 18.248, del 14/10/1983. (E)
   * Código Penal, Ej. Art. 289, 290,314. (E)
   * Código de Comercio, Ej. Art. 115, respecto a sustancias peligrosas. (E)
   * Código Civil, ley común. (E)




                                    Cristian Patricio Carter Roa
                                                                                       9
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       PRINCIPALES NORMAS JURIDICAS DE INCIDENCIA AMBIENTAL



                  4.- NORMAS RELATIVAS AL SUELO:

   * L. 4.601, de Caza, actualizada por L. 19.473 de 1996. (E)
   * L. 14.511 de 1961, de comunidades indígenas. (N)
   * L. 18.362 de 1984, crea Sistema Nacional de Áreas Protegidas del Estado (E)
   * L. 18.348 de 1984, crea la nueva Corporación Nacional Forestal y de Protección
   De los Recursos Naturales, condicionada a la disolución de la actual CONAF. No
   vigente aún. (E)
   * L. 18.378, de 1984, sobre Distritos de Conservación de Suelos. (E)
   * L. 18.755 de 1989, sobre Organización y atribuciones del Servicio Agrícola
   Ganadero, SAG. (E)
   * L. 19.253, de Indígenas y Crea CONADI. Regula el reconocimiento, protección y
   desarrollo de tierras indígenas. (E)

   * D.L. 701 de 1974, sobre Fomento Forestal, modificado por L. 19.561 de 1998.
   Reemplazada por D.S. 2.565 de 1979, que mantiene su numero “701” (E)
   * D.L. 3.516 de 1980, sobre división de predios rústicos. (E)
   * D.L. 3.557 de 1981, sobre Protección Agrícola. (E)

   * D.F.L. 850 de 1998, Ley Orgánica del MOP (E)
   * D.F.L. 235 de 1999, de Suelos Degradados. (E)

   * D.S. 4.363 de 1931, Ley de Bosques (E)
   * D.S. 4.111 de 1931, Reservas indígenas.(N)
   * D.S. 655 de 1940, Min. del Trabajo, Regl. de Higiene y Seguridad. (Cód. Sanit. Libro
   III). (E)
   * D.S. 86 de 1970, Reglamento de Construcción y Operación de Tranques de
   Relaves. (N)
   * D.S. 718 de 1977, crea Comisión Mixta de Agricultura, Urbanismo, Turismo y
   Bienes Nacionales. (N)
   * D.S. 158 de 1980, Fija el Peso Máximo de los Vehículos que pueden circular por
   Caminos Públicos. (N)
   * D.S. 3.516 de 1980, Protección de Suelos Agrícolas. (N)
   * D.S. 294 de 1984, Requisitos para transitar por caminos con pesos que excedan el
   máximo. (N)




                                    Cristian Patricio Carter Roa
                                                                                      10
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   * D.S. 83 de 1985, MTT, Sobre redes Viales Básicas, modificado por el D.S. 345 de
   1.996. (N)
   * D.S. 47 de 1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. (E)
   * D.S. 24, de 1997, Min. Agricultura, Sobre Suelos Degradados. (N)
   * D.S. 193 de 1998, Regl. D.L. 701 de 1974, sobre fomento forestal. (E)
   * D.S. 507 de 1999, Regl. DS 235 de 1999, incentivo uso suelo degrado. (E)
   * D.S.       de       , Min. SGP, Reglamento Áreas Silvestres Protegidas Privadas,
   todavía no oficializado.

   * Res. Ex. 107, SAG, D.O. 14 feb. 1985 (N)
   * Res. Ex. 2.142, SAG, D.O. 24 Oct. 1987. (N)
   * Res. Ex. 1.595, SAG, D.O. 24 sept. 1988 (N)
   * Res. Ex. 2.179, Min. Agric., D.O. 23 julio 1998 (N)
   * Res. Ex. 2.180, Min. Agric., D.O. 23 julio 1998. (E)
   * Res. 5.081 de 1993, del SESMA, residuos sólidos. (E)
   * Res. 0027 de 1999, CONAMA, anteproyecto Reglamento de Lodos. (E)

   * Convención de las NU de lucha contra la Desertificación, en los países afectados por
   Sequías Graves o Desertificación, en particular África.  D.S. 2065 de 1998. (E)
   * Convención de Washington de Protección Fauna y Flora en América, D.S. 531 de
   1967. (E)




                          4.1.- Medio ambiente construido

   * L. 16.391 crea min. De vivienda y urbanismo. (E)
   * L. 17.288 de 1970, sobre Monumentos Nacionales. (E)
   * L. 19.537 de 1997, sobre Copropiedad Inmobiliaria y su Reglamento. (E)

   * D.L. 3.516 de 1980, sobre Subdivisión de Predios Rústicos. (E)

   * D.F.L. 458 de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones. (E)

   * D.S. 484 de 1990, Min. Educ., Regl. L. 17.288, de Monumentos Nacionales. (E)
   * D.S. 47 de 1992, “Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones”. (E)
   * Plan Regulador Intercomunal y Planes Reguladores Comunales que correspondan.
   (E)




                                    Cristian Patricio Carter Roa
                                                                                      11
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        5.- NORMAS AMBIENTALES RELATIVAS AL AIRE

   5.1.- Normas de emisión de contaminantes de fuentes fijas:

   * D.F.L. 458 de 1975, Ley Gral. Urb. y Construc.,              Emanaciones o Molestias al
   Vecindario. (E)

   * D.S. 32 de 1990, Regl. de funcionamiento de fuentes emisoras de contaminantes
   Atmosféricos, en situación de emergencia. Mod. por DS 322 de1991, DS 356 de 1997
   y DS 16 de 1998. (E)
   * D.S. 4 de 1991, Agricultura, Norma de Calidad “NC” de aire para material
   particulado sedimentable en la cuenca del río Huasco. (N)
   * D.S. 185 de 1991, Min. Minería, Regl. Funcion. de Establec. Emisores de
   Anhídrido Sulfuroso, Material Particulado y Arsénico en Todo el Territorio de la
   República, Modificado por D.S. 59/1998. (N)
   * DS 322 de 1991, modifica al D.S. 32 de 1990. (N)
   * D.S. 4 de 1992, MinSal., Norma de Emisión “NE” de material particulado a
   fuentes estacionarias puntuales y grupales ubicadas, para la Región Metropolitana. (E)
   * D.S. 811 de 1993, MINSAL, Prohíbe funcionamiento de chimeneas para calefacción
   en viviendas y establecimientos de la Región Metropolitana. Modificado por DS
   463/1997 y DS 16/1998. (E)
   * D.S. 1.583 de 1993, MINSAL, NE de material particulado a fuentes estacionarias
   puntuales que indica. Para la Región Metropolitana. (E)
   * D.S. 1.905 de 1993, MINSAL, NE material particulado a calderas de calefacción que
   indica. Para la Región Metropolitana. Mod. por DS 16/1998. (E)
   * D.S. 2467 de 1994, Regl. Laboratorios medición de emisiones atmosféricas.(N)
   * D.S. 812 de 1995, compensación emisiones para fuente estacionarias que indica (N)
   * D.S. 456 de 1997, MinEcon, establece requisito para combustibles que indica. (E)
   * D.S. 463 de 1997, mod. D.S. 811 de 1993. (N)
   * D.S. 16       de 1998, SGP, Plan de Prevención y descontaminación Atmosférica
   PPDA de la RM, mod. por el DS 20 2001. (E)
   * D.S. 20 de 1998, que modif. D.S. 516. (N)
   * D.S. 59 de 1998, NCP para material particulado respirable MP-10, en especial de
   los valores que definen situaciones de emergencia.    Mod. por D.S. 45/ 2001. (E)
   * D.S. 165 de 1999, SGP. NE de arsénico aire. (E)
   * D.S. 167 de 1999, SGP, NE para Olores molestos (compuestos sulfuro de hidrógeno
   y mercaptanos: gases TRS) asociados a la fabricación de pulpa sulfatada. (E)
   * D.S. 136 de 2000, NCP de Plomo en el Aire. (E)




                                   Cristian Patricio Carter Roa
                                                                                          12
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   * D.S. 20 de 2001, modifica D.S. 16 de 1998. (N)
   * D.S. 110 de 2001, SGP, Deja sin efecto Norma de calidad primaria “NCP” de Aire
   para Partículas Totales en Suspensión (PTS), D.O. el 06 de Marzo de 2003. (E)
   * D.S. 112 de 2002, NCP de Aire para Ozono O3. (E)
   * D.S. 113 de 2002, NCP de Aire para Dióxido de Azufre SO2. (E)
   * D.S. 114 de 2002, NCP de Aire para Dióxido de Nitrógeno NO2. (E)
   * D.S. 115 de 2002, NCP de Aire para Monóxido Carbono CO. (E)

   * Res. 7.077 de 1976, Prohíbe la Incineración. (N)
   * Res. 1.215 de 1978, Normas sanitarias mínimas contaminación atmosférica. (N)
   * Res. 15.027 de 1994, Sesma, Establece procedimiento de declaración de emisiones
   para fuentes estacionarias que se indica. (Para la Región Metropolitana). (E)
   * Res. 11.481 de 1998, MinSal, clasifica estaciones de monitoreo de material
   particulado respirable MO19. (E)
   * Res 5.155 de 1999, Sesma, Establece forma de declaración de emisiones gaseosas
   para las fuentes estacionarias que indica. (N)
   * Res. 5.163 de 1999, Sesma, Condiciones de operación y mantención de equipos de
   combustión, tipo calderas puntuales existentes, que no compensen emisiones de
   material particulado y utilicen gas natural, gas licuado (LPG), gas de ciudad o biogás
   como combustible y otros de similares características. (N)
   * Res. 700 de 1999, CONAMA, Aprueba anteproyecto de Norma de Emision de
   material particulado para la cuenca del río Huasco. (N)
   * Res. 10.047 de 2000, Sesma, Aprueba nueva forma para implementar la metodología
   de pronóstico de calidad de aire para material particulado respirable PM-10, en la R.M.
   (N)




   5.2.- Normas de emisión de contaminantes de fuentes móviles

   * Ley 18.290 de 1984, de Transito. Art. 82. (E)

   * D.S. 144 de 1961, MINSAL, Establece normas para evitar emanaciones o
   contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. (E)
   * D.S. 75 de 1987, MTT, Establece condiciones para el Transporte de Carga que
   indica (E)
   * D.S. 82 de 1993, NE vehículos de Locomoción Colectiva en Santiago. (E)
   * D.S. 4 de 1994, MTT, Norma de Emisión de CO, HC y humo visibles. (E)




                                    Cristian Patricio Carter Roa
                                                                                       13
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   * D.S. 54 de 1994, MTT, sobre Contaminación de Vehículos Motorizados en C0, HC,
   NOx y part. a motores Diesel. (E)
   * D.S. 55 de 1994, MTT, NE aplicables a vehículos motorizados pesados que
   indica. (N)
   * D.S. 55      de 1998, MTT, establece requisitos para empleo de gas natural
   comprimido como combustibles de vehículos que indica. (E)
   * D.S. 103 de 2000, NE hidrocarburos no metánicos para vehículos livianos y
   medianos (E)
   * D.S. 104 de 2000, NE Motocicletas. (E)
   * D.S. 130 de 2002, Norma de Emisión (NE) Co, HCT, HCNM, CH4, Nox y material
   particulado (MP) respecto a buses en Santiago. (E)

   * Res. 1.215 de 1978, MINSAL, Normas sanitarias mínimas destinadas a prevenir y
   controlar la contaminación atmosférica.(N)
   * Res. 353 de 1993, Reducción Emisiones. (N)

   * Convenio de Viena protección capa ozono, D.S. 719 de 8 marzo de 1990. (E)
   * Protocolo de Montreal relativo a Substancias que Agotan Ozono, sept. 1987. D.S.
   238, DO 28 abril 1990. Chile firmó el 14 junio de 1988. (E)
   * Convención Marco de la ONU sobre el Cambio Climático, D.S. 123 DO 13 abril
   1995. (E)
   * Protocolo de Kyoto de la convención sobre cambio climático, de 1997, todavía no
   ratificado. (E)




   5.3.- Normas de Medición y Análisis de Emisiones

   * D.S. 2.467 de 1993 MINSAL, Regl. de laboratorios de medición y análisis de
   emisiones atmosféricas provenientes de fuentes estacionarias. (N)

   * Res. 1.349 de 1997 Sesma, Normas técnicas que indica sobre metodologías de
   medición y análisis de emisiones de fuentes estacionarias.(N)
   * Res. 535 de 1999, Sesma, Aprueba normas técnicas que indica sobre metodologías
   de medición y análisis de emisiones de fuentes estacionarias. (N)
   * Res. 559 de 1999, Sesma, Aprueba normas técnicas que indica sobre metodologías de
   medición y análisis de emisiones de fuentes estacionarias. (N)
   * Res. 752      de 2000, MINSAL, Aprueba normas técnicas que indica sobre
   metodologías de medición y análisis de emisiones de fuentes estacionarias. (N)




                                   Cristian Patricio Carter Roa
                                                                                    14
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        6.- NORMAS AMBIENTALES RELATIVAS AL AGUA

   * Cód. Penal. Libro II, Tit. VI, parr. 14, sobre contaminación del agua. (E)
   * L. 3.133 de 1916, sobre neutralización de residuos. Derogada por Ley 19.821. (E)
   * L. 11.402 de 1953, MOP, Sobre Obras de Defensa y Regularización de Riberas y
   Cauces. (INC)
   * L. 18.892 de 1989, De Pesca y Acuicultura. Refundida por DS 430 de 1992. (E)
   * L. 18.902 de 1990, crea Superintendencia de Servicios Sanitarios, modificada por L.
   19.549 de 1998. (E)
   * Ley 19.525 de 1997, Regula sistemas de evaluación y drenaje de aguas lluvias. (E)

   * D.L. 2.222 de 1978, Ley de Navegación. (E)

   * D.F.L. 725 de 1967, Código Sanitario. (E)
   * D.F.L. 1.122 de 1981, Código de Aguas. (E)
   * D.F.L. 382 de 1989, Ley General de Servicios Sanitarios. (E)

   * D.S. 236 de 1926, modificado por el D.S. 833 "Reglamento General de
   Alcantarillados Particulares" (INC)
   * D.S. 655 de 1940, Min. Trab., Regl. Higiene y Seguridad Industrial (D.O.
   7.03.1941). Hoy en el libro 3º del Cód. Sanitario. (E)
   * D.S. 735 de 1969, Requisitos del agua para consumo humano. (INC)
   * D.S. 263 de 1985, MinSal, Regl. de Sanidad Marítima, Aérea y de las Fronteras. (E)
   * D.S. 351 de 1992, Reglamento de Ley 3.133 de 1916, derogada por Ley 19.821. (N)
   * D.S. 1 de 1992, Regl. Control Contaminación Acuática, Modificado por D.S. 820
   de 1993. (INC)
   * D.S. 745 de 1992, Regl. Cond. Amb. y Sanit. Básicas en lugares de trabajo. D.S.
   594, de 1999, Regl. Condic. Sanitar. Básicas y Amb. en lugar de trabajo. (E)
   * D.S. 820 de 1993, Regl. para el control de la Contaminación Acuática, Regl. del D.L.
   2.222, Ley de Navegación. (E)
   * D.S. 609 de 1998, sobre Emisión Residuos Líquidos al alcantarillado. (E)
   * D.S. 850 de 1998, MOP, Modificaciones en Cauces Naturales. Fija el texto
   refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 15.840 de 1964 y del D.F.L. 206 de
   1960, D.O. 25/02/98. (INC)
   * D.S. 90 de 2000, NE Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de
   Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales, D.O. 2001. (E)
   * D.S. 320 de 2001, Regl. Para la acuicultura. (E)
   * D.S. 46 de 2002, NE de residuos líquidos a aguas subterráneas. D.O. 2003. (E)




                                    Cristian Patricio Carter Roa
                                                                                      15
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   * Res. 12.600/422 de 1995, DIRECTEMAR, medidas control contam. Acuática. (N)
   * Res. 12.600/323, 324, 325 de 1994, DIRECTEMAR, Sistema de Evaluación de
   Impacto ambiental “SEIA” ante DIRECTEMAR (N)
   * Res. 186 de 1996, de Dir. Gral. Aguas, sobre aguas subterráneas (E)
   * Res. 1239 de 1998, de la SISS, aprueba Guía para la Elaboración de Proyectos de
   Tratamientos de Residuos Líquidos Industriales (N)

   Normas Chilenas Oficiales del agua potable:
   * NCH 409/1, de D.O. 3 marzo 1984 sobre requisitos del agua potable. INN. (E)
   * NCH 409/2, de D.O. 3 marzo 1984, sobre procedimiento de la NCH 409/1. por INN.
   (E)
   * NCH 1.333/Of. 78, modif. en 1987. Requisitos de calidad del agua para diferentes
   usos. (INC)
   * NCH 2.313, D.S. 414 de 1999. (N)

   * Convenio Internacional para prevenir la Contaminación del Mar por Hidrocarburos,
   29 nov. 1969. D.S. 474 de 1977. (N)
   * Convenio Internacional sobre Responsabilidad Civil por Daños Causados por la
   Contaminación de las Aguas de Mar por Hidrocarburos,       de 1969.   D.S. 475. de
   1977. (N)
   * Convención sobre la Prevención de la Contaminación del Mar por Vertimiento de
   Desechos y otras Materias (London Dumping Convention. LDC). 29 dic. De 1972.
   D.S. 476 de 1977. (N)
   * Protocolo para la Protección del Pacífico Sudeste contra la Contaminación
   proveniente de Fuentes Terrestres y sus Anexos, D.S. 295 de 1986. (E)
   * Acuerdo sobre Cooperación Regional para el Combate contra la Contaminación del
   Pacífico Sudeste por Hidrocarburos y otras Substancias Nocivas en Casos de
   Emergencia, D.S. 425 de 1986. (E)
   * Tratado sobre Medio Ambiente y su Protocolos Específicos Adicionales sobre
   Protección del Medio Ambiente Antártico y Recursos Hídricos Compartidos. D.S. 67
   de 1992. (E)
   * Protocolo para la Protección del Pacífico Sudeste contra la Contaminación
   Radioactiva, D.S. 720 de 1995. (E)




                                   Cristian Patricio Carter Roa
                                                                                  16
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              7.- NORMAS AMBIENTALES RELATIVAS A
                       RESIDUOS SÓLIDOS

   * D.F.L. 725 de 1967, Código Sanitario. (E)
   * D.F.L. 1 de 1989, materias que requieren autorización Sanitaria expresa. (E)

   * D.S. 4.740 de 1947, Min. Interior, Normas sanitarias mínimas municipales (N)
   * D.S. 144 de 1961, MINSAL, Normas para evitar emanaciones o contaminantes
   atmosféricos de cualquier naturaleza. Art. 6 (E)
   * D.S. 161 de 1982, MINSAL, Regl. Hospitales y Clínicas Privadas (E)
   * D.S. 594 de 2000, MINSAL, Regl. Condiciones Sanitarias Básicas y Ambientales
   en lugar de trabajo. Modificado por DS 201/2001. (E)
   * D.S. 655 de 1940, Min. Trabajo, Reglamento sobre Higiene y Seguridad Industrial
   (D.O. 7.03.1941). Libro 3º Cód. sanitario. (E)
   * D.S.     , 2003, Proyecto en consulta publica del Regl. De Rellenos Sanitarios (E)

   * Convenio de Basilea, que establece el control de los movimientos Transfronterizos de
   desechos peligrosos. D.S. 685 de 1992, RR.EE. (E)

   * Res. 7.077 de 1976, MINSAL Prohíbe incineración como método de eliminación de
   residuos sólidos de origen doméstico e industrial en determinadas comunas de la R. M.
   (N)
   * Res. 7.539 de 1976, MINSAL, Normas mínimas para operación de basurales en
   Stgo. (N)
   * Res. 3.276 de 1977, MINSAL, Transporte de desechos orgánicos provenientes de
   lugares de fabricación y/o elaboración. de alimentos, susceptibles a ser7 empleados en
   la crianza y engorda de animales. (N)
   * Res. 5.081 de 1993, SESMA, Establece sistema de declaración y seguimiento de
   desechos sólidos industriales, en la Región Metropolitana. (E)
   * Res. 0027 de 1999, CONAMA, anteproyecto Reglamento de Lodos. (E)




                                    Cristian Patricio Carter Roa
                                                                                      17
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         8.- NORMAS RELATIVAS A RESIDUOS LIQUIDOS
                   ESPECIALMENTE RILES

   * Ley 18.902 de 1990, MOP, Crea la Superintendencia de Servicios Sanitarios y le
   otorga la facultad del control de Riles en Art. 2. Modificada por Ley 19.549 de 1998,
   establece sanciones a Establecimientos Industriales por causas que señala en Art. 11. Y
   modificada también por la Ley 19.821. (E)
   * Ley 19.821 de 2002, MOP, Modifica la Ley 18.902, y deroga la Ley 3.133 (de 1916)
   sobre neutralización de residuos provenientes de establecimientos industriales. (E)

   * D.F.L. 725 de 1967, MINSAL, El Código Sanitario establece, en los artículos 69 a
   76 del Libro Tercero, disposiciones relativas a las aguas y sus usos sanitarios. (E)
   * D.F.L. 382 de 1988, Ley Gral. Servicios Sanitarios (E)
   * D.F.L. 1 de 1989, MINSAL, Determina materias que requieren autorización sanitaria
   expresa. (E)

   * D.S. 236 de 1926. Regl. Gral. De Alcantarillados y Aguas Servidas. (E)
   * D.S. 4.740 de 1947, Min. Interior, Normas sanitarias mínimas municipales. (N)
   * D.S. 144 de 1961, MINSAL, Establece normas para evitar emanaciones o
   contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Art. 6. (E)
   * D.S. 121 de 1991, MOP, Reglamento del D.F.L. 382 de 1988. (E)
   * D.S. 119 de 1992, Defensa, Regl. para el control de la contaminación acuática. (N)
   * D.S. 351 de 1993, MOP, sobre residuos líquidos industriales. (E)
   * D.S. 1.172 de 1997, MOP, Mod. Regl. de la Ley 3.133 y D.S. 351.(N)
   * D.S. 609 de 1998, MOP, NE Regulación de contam. asociados a las descargas de
   residuos industriales líquidos a sistemas de alcantarillado. Modificado por D.S.
   3.592/2000. (E)
   * D.S. 594 de 2000, MINSAL, Establece condiciones sanitarias y ambientales básicas
   en los lugares de trabajo. Art. 16 a 20. Modificado por D.S. 201/2001. (E)
   * D.S. 90 de 2000, CONAMA, NE regulac. de contamin. asociados a las descargas
   de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales. (E)
   * D.S. 46 de 2002, NE de residuos líquidos a aguas subterráneas. D.O. 2003. (E)
   * D.S. 22 Norma para la regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de
   Residuos Líquidos a Aguas Superficiales. (E)

   * Res. 7.077 de 1976, MINSAL, Prohíbe incineración como método de eliminación de
   residuos sólidos de origen doméstico e industrial en determinadas comunas de la
   Región Metropolitana. (N)




                                    Cristian Patricio Carter Roa
                                                                                       18
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   * Res. 7.539 de 1976, MINSAL, Normas mínimas para operación de basurales en
   Stgo. (N)
   * Res. 3.276 de 1977, MINSAL, Transporte de desechos orgánicos provenientes de
   lugares de fabricación y/o elaboración. de alimentos, susceptibles a ser empleados en la
   crianza y engorda de animales. (N)
   * Res. 1.248       de 1998, SISS, Aprueba contenido de informe técnico de la
   concesionaria. (N)
   * Res. 1.239 de 1998, SISS, Aprueba guía para la elaboración de proyectos de
   tratamiento de riles. (N)
   * Res. 2.327 de 2000, SISS, Hace extensiva Norma Provisoria SISS que regula
   Descargas de Riles a Aguas Superficiales a los concesionarios de servicio público de
   disposición de aguas servidas. (E)
   * Res. 256 de 2001, NE aguas subterráneas. (N)
   * Res. 1.124 de 2001, SISS, Procedimiento para la calificación de establecimiento
   industrial.(N)
   * Res. 1.841 de 2002, SISS, Establece nueva fecha respecto de norma DS. SEGPRES 90.
   Industriales suscritos a Acuerdos de Producción Limpia (APL) en materia del control de residuos
   líquidos, quedan excluidos de realizar este trámite en razón de que estos acuerdos también apuntan a
   comprometerlos, mediante un calendario de trabajo. (N)

   * NCh 1.333 de 1978, Requisitos de calidad de agua para diferentes usos. (INC)

   * Convenio de Basilea, que establece el control de los movimiento transfronterizos de
   desechos peligrosos, D.S. 685 de 1992, RR.EE. (E)




                                         Cristian Patricio Carter Roa
                                                                                                   19
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              9.- NORMAS AMBIENTALES RELATIVAS A
                     SUSTANCIAS PELIGROSAS

   * L. 3.133 de 1916, sobre neutralización de residuos. Derogada por Ley 19.821. (E)
   * L. 18.916, Código Aeronáutico. Sobre transporte sustancias peligrosas en aeronaves.
   (E)

   * D.F.L. 725 de 1967, MINSAL, Código Sanitario. Art. 90 a 93: De las sustancias
   tóxicas o peligrosas para la salud. (E)
   * D.F.L. 850 de 1998, MOP, fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la L.
   15.840 Orgánica del MOP de 1964 y del D.F.L. 206, de caminos, de 1960. (E)

   * D.S. 236 de 1960, MINECON, Normativa de Seguridad en el empleo y Manejo de
   explosivos, materias inflamables, municiones y petróleo. (N)
   * D.S. 12 de 1985, Min. Minería, Regl. para el transporte seguro de materiales
   radioactivos. (N)
   * D.S. 75 de 1987, MTT., sobre condiciones de transporte. (INC)
   * D.S. 746 de 1990, Min. Defensa, Subsecretaría de Aviación, Reglamento de
   Transporte sin riesgos de Mercancías Peligrosas por Vía Aérea. (E)
   * D.S. 379 de 1994, MINECON, Regl. Requisitos mínimos de seguridad para
   almacenamiento y manipulación de combustibles líquidos derivados del petróleo. (E)
   * D.S. 298 de 1994, MTT, Reglamenta el Transporte de Cargas Peligrosas por Calles
   y Caminos. Modificado por D.S. 198 de 2000. (E)
   * D.S. 90 de 1996, MINECON, Regl. de seguridad para el almacenamiento, refinación
   transporte y expendio al público de combustibles líquidos derivados del petróleo. (INC)
   * D.S. 105 de 1998, MINSAL, Regl. de empresas aplicadoras de pesticidas de uso
   doméstico y sanitario. (E)
   * D.S. 594 de 2000, MINSAL, Establece condiciones sanitarias y ambientales
   básicas en los lugares de trabajo. Art. 42: Establece condiciones de almacenamiento de
   sustancias peligrosas. Modificado por D.S. 201 de 2001. (E)
   * D.S. 656 de 2001, MINSAL, Prohíbe uso de asbestos en productos que indica. (E)

   * Res. 350 de 1981, SAG, Normas para el ingreso de mercaderías peligrosas al país.
   (N)
   * Res. 639 de 1984, Prohíbe la Importación, Fabricación, Venta, Distribución y Uso
   del Plaguicida DDT. (N)
   * Res. 996 de 1993, Prohíbe la Importación, Fabricación, Distribución, Venta y Uso de
   Plaguicidas Agrícolas que contengan Sales Orgánicas o Inorgánicas de Mercurio. (N)




                                    Cristian Patricio Carter Roa
                                                                                       20
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   * Res. 1.899 de 1999, SAG, Establece obligación de declarar al Servicio Agrícola y
   Ganadero la existencia de plaguicidas caducados. (N)
   * Res. 3.670 de 1999, SAG, Establece normas para autorización de plaguicidas de uso
   agrícola. (N)
   * Res. 3.671 de 1999, SAG, Establece muestreo y análisis de todos los plaguicidas de
   uso agrícola que se importen al país y de aquellos formulados en Chile, antes de su
   comercialización. (N)
   * Res. 1.315 de 2000, SAG, Establece normas para ingreso de muestras de plaguicidas
   para ensayo o experimentación. (N)
   * Res. 2.195 de 2000, SAG, Establece los requisitos que deben cumplir las etiquetas
   de los envases de los plaguicidas de uso agrícola. (N)
   * Res. 2.196 de 2000, SAG, Establece clasificación toxicológica de plaguicidas de uso
   agrícola. (N)
   * Res. 2.197, de 2.000, SAG, Establece denominación y códigos de formulaciones de
   plaguicidas de uso agrícola. (N)
   * Res. 2.198 de 2.000, SAG, Establece protocolos para ensayos con plaguicidas.(N)

   * NCh 382 Of.89 Sustancias Peligrosas - Terminología y Clasificación General
   (INN). (N)
   * NCh 383 de 1955, MINECON, Medidas de seguridad en almacenamiento de
   explosivos. (N)
   * NCh 385, D.S. 954 de 1955, MINECOM, Medidas de seguridad en el transporte de
   materiales inflamables y explosivos. (N)
   * NCh 387, D.S. 1.314 de 1955, MINECON, Medidas de seguridad en el empleo y
   manejo de materias inflamables. (N)
   * NCh 391 de 1960, D.S. 236 de 1960, MINECON, Medidas adicionales de
   seguridad en el transporte en camiones de explosivos y de materiales inflamables. (N)
   * NCh 758 de 1971, MINECON, Sustancias peligrosas - Almacenamiento de líquidos
   inflamables - Medidas particulares de seguridad (N)
   * NCh 389 of 74, D.S. 1.164 de 1974, MOP, Sustancias peligrosas - Almacenamiento
   de sólidos, líquidos y gases inflamables - Medidas generales de seguridad. (N)
   * NCh 1411/4 de 1978, MINECON, Prevención de riesgos - Parte 4: Identificación de
   riesgos de materiales. (N)
   * NCh 2120/6.Of89, D.S. 171 de 1989, MTT, parte 1 a 9, sobre Clasificación de
   sustancias peligrosas. (E)
   * NCh 2137 de 1992, MTT, Sustancias peligrosas - Embalajes/Envases - Terminología,
   clasificación y designación. (N)




                                   Cristian Patricio Carter Roa
                                                                                     21
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   * NCh 2190 de 1993, MTT, Sustancias peligrosas - Marcas para información de
   riesgos, DS. 90 de 1993. (N)
   * NCh 2245 de 1993, MINECON, Hoja de datos de seguridad de productos químicos -
   Contenido y disposición de los temas. (N)
   * NCh 2353 de 1996, MTT, Sustancias peligrosas - Transporte por carretera - Hoja de
   Datos de Seguridad. (N)
   * NCh 382 de 1998, MTT, Sustancias peligrosas - Terminología y clasificación
   general. (N)
   * NCh 2120/1 al 9 de 1998, MTT, Sustancias peligrosas – Partes 1 a 9. (N)

   * Convención de las NU sobre el Derecho del Mar, D. S. 1.393 de 1997. (E)
   * Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, MARPOL
   73/78. (E)
   * Convenio Internacional sobre Responsabilidad Civil por Daños Causados por la
   Contaminación de las Aguas del Mar por Hidrocarburos. (N)
   * Convenio para la Protección del Medio Ambiente y la Zona Costera del Pacífico
   Sudeste. (E)
   * Acuerdo sobre la Cooperación Regional para el Combate de la Contaminación del
   Pacífico Sudeste por Hidrocarburos y otras Sustancias Nocivas en casos de
   Emergencia y su protocolo. (E)
   * Protocolo para la Protección del Pacífico Sudeste contra la Contaminación
   Proveniente de Fuentes Terrestres. (E)
   * Protocolo para la Conservación y Administración de las Áreas Marinas y Costeras
   Protegidas del Pacífico Sudeste. (E)
   * Convenio Internacional Relativo a la Intervención en Alta Mar en Casos de
   Accidentes que Causen una Contaminación por Hidrocarburos. (N)
   * Protocolo Relativo a la Intervención en Alta Mar en casos de Contaminación por
   Sustancias Distintas de los Hidrocarburos. (N)
   * Convenio de Aviación Civil Internacional (OACI), D.S. 509 de 1957. (N)
   * Convenio para la unificación de Ciertas Reglas Relativas al Transporte Aéreo
   Internacional, de 1929, Varsovia, y Protocolo que lo modifica, de 1955, en la Haya.
   D.S. 458 de 1970. (E)
   * Convenio de Trafico ferroviario Multinacional de Carga, D.S. 541 de 1976. (N)
   * Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los
   Desechos Peligrosos y su Eliminación. (E)
   * Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente, adoptado en
   Madrid, de 1991. (E)




                                   Cristian Patricio Carter Roa
                                                                                    22
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      10.- NORMAS AMBIENTALES RELATIVAS AL RUIDO

   NORMAS SOBRE CONTAMINACION ACUSTICA DE FUENTES MOVILES

   * L. 18.290 de 1984, de transito. Arts. 76 a 78 (E)

   * D.S. 286 de 1984, Regl. sobre Niveles Máximos Permisibles de Ruidos. (E)
   * D.S. 75 de 1987, prohíbe hacer sonar cilindros de gas para su venta. (E)
   * D.S. 122 de 1991, MTT, Clasificación de buses y máx. de ruidos. (N)
   * D.S. 212 de 1992, MTT, Prohibición tocar música en locomoción. (E)
   * D.S. 129 de 2002, NE ruido buses locomoción colectiva. (E)




   NORMAS SOBRE CONTAMINACION ACUSTICA DE FUENTES FIJAS

   * D.F.L. 458, de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones. (E)

   * D.S. 146 de 1997, deroga DS 286 de 1984, NE ruidos molestos de fuentes fijas. (E)
   * D.S. 686 de 1998, SGP, NE para la regulación de la contaminación lumínica. (E)
   * D.S. 594 de 2000, Regl. sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los
   Lugares de Trabajo. (E)

   * Res. 505 de 2000, SUBTEL, Fija norma técnica sobre requisitos de seguridad
   aplicable a la instalación de servicios de telecomunicaciones que generan ondas
   electromagnéticas. (N)

   * NCh 1619.Of79, INN. (N)




                                     Cristian Patricio Carter Roa
                                                                                    23
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         11.- NORMAS RELATIVAS A LA BIODIVERSIDAD
                   Y RECURSOS NATURALES

   * L. 17.288 de 1970, sobre Monumentos Nacionales. (E)
   * L. 18.348 de 1984, crea Corp. Nacional Forestal y de Protección de recursos Naturales
   Renovables. (E)
   * L. 18.362 de 1984, crea Sistema Nacional de Áreas Protegidas del Estado * Vigente
   una vez que riga L. 18.348, que disuelve a CONAF. (E)
   * L. 18.378 de 1984, Creación de áreas de Protección Turística. (E)
   * L. 18.892 de 1989, General de Pesca y Acuicultura, texto refundido D.S. 430 de
   1992, MINECON. Tit. VI, VII. (E)
   * L. 19.300 de 1994, de Bases del Medio Ambiente (E)
   * L. 19.473 de 1996, de Caza. Sustituye L. 4.601 (E)

   * D.L. 701 de 1974, Fomento Forestal, reemplazado por D.L. 2.565 de 1979. (E)
   * D.L. 1.939 de 1977, sobre adquisición, administración y disposición de bienes del
   Estado. (E)
   * D.L. 2.222 de 1978, Ley de Navegación, Art. 142. (E)
   * D.L. 2.565 de 1979, que reemplazo al D.L. 701 de 1974 (E)
   * D.L. 3.557 de 1980, Min. Agricultura, Establece disposiciones sobre protección
   agrícola (INC)

   * D.F.L. 265 de 1931, Ley de Bosques, texto refundido por DS 4.363 de 1931. (E)
   * D.F.L. 15 de 1968, Sanciona explotación ilegal de maderas. (N)

   * D.S. 4.363 de 1931, Min. Agricultura, Ley de bosques. Regula el corte de arbolado
   y arbustos nativos. Mod. por L. 18.979, la Ley de Bosques. (E)
   * D.S. 908 de 1941, reglamenta explotación palma chilena. (N)
   * D.S. 366 de 1944, Establece requisitos para permisos de corte y tala de bosques. (E)
   * D.S. 268 de 1955, prohíbe caza aves silvestres durante su anidación. (N)
   * D.S. 16 de 1963, Sanidad y protección animal. (E)
   * D.S. 490 de 1976, Min. Agricultura, declara monumento nacional al alerce. (E)
   * D.S. 259 de 1980, Regl. Del D.L. 701 de 1974 (E)
   * D.S. 276 de 1980, Reglamento sobre Roce con Fuego. (INC)
   * D.S. 43 de 1990, declara monumento nacional Araucaria araucana. (N)
   * D.S. 100 de 1990, Prohíbe el Empleo del Fuego para Destruir la Vegetación. (E)
   * D.S. 430 de 1991, que fija Ley 18.892 de 1989, Ley de Pesca y Acuicultura. (E)
   * D.S. 133 de 1993, MinAgric, Regl. de la Ley de Caza. (E)




                                    Cristian Patricio Carter Roa
                                                                                       24
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                           Normas Ambientales, Su situación en Chile




   * D.S. 342 de 1993, sobre mataderos. (E)
   * D.S. 5 de 1998, Reglamento de la Ley de Caza 19.473. (E)
   * D.S. 193 de 1998, Min. Agricultura, Reglamento del D.L. 701, sobre Fomento
   Forestal. (E)
   * D.S. 319 de 2001, Regl. Riesgo especies hidrobiológicas. (N)
   * D.S.        de 28/05/2003, Reglamento de áreas silvestres privadas. En Contraloría.
   (E)

   * Res. 1927 de 1993, del SAG, que establece normas para la internación de material
   vegetal de reproducción Transgénico (modificación genética vegetal).

   * Convención para la protección de la Fauna, la Flora y la Belleza Escénicas
   Naturales de América, en Washington, de 1940. D.S. 531 de 1967. (E)
   * Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y
   Flora Silvestres, 3 marzo 1973.      D.S. 141 de 1975. (E)
   * Convención Internacional para la caza de la Ballena (CBI), de 1946, Ratificada 6
   julio de 1979.     D.S. 489 de 1979. (E)
   * Convenio para la Conservación de las Focas Antárticas”, 1 junio de 1972.     D.S.
   191, D.O. 24 de 1980. (E)
   * Convenio para la Conservación y manejo de la Vicuña, Firmado en Lima, Perú, 20
   dic. 1979. D.S. 212 de 1981. (E)
   * Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos.
   Canberra. de 1980. Ratif. por D.S. 662 de 1981. (E)
   * Convención sobre la Conservación de Zonas Húmedas de Importancia Internacional,
   especialmente como hábitat de Aves Acuáticas, Ramsar, Irán. de 1971. D.S. 771 de
   1981 (D.S. 2.734 de 1981, declara Zona Húmeda Nacional el área de Carlos
   Andwanter en Valdivia) (E)
   * Convención sobre la Protección de las Especies Migratorias (Trashumantes) de
   Animales Silvestres. Suscrito en RFA de 1979. Aprobado D.S. 868 de 1981. (E)
   * Convenio sobre la Diversidad Biológica, de 1992. D.S. 1963 de 1995. (E)




                                    Cristian Patricio Carter Roa
                                                                                      25
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             12.- NORMAS AMBIENTALES RELATIVAS A LA
                   SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL

   * Ley 16.744 de 1968, MINTRAB, sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades
   Profesionales. (E)
   * Ley 18.164 de 1982, seguridad ocupacional, Internación de ciertos productos
   químicos (E)

   * D.F.L. 725 de 1967, MINSAL, Código Sanitario. Art. 82 a 88: De la higiene y
   seguridad en los lugares de trabajo. (E)
   * D.F.L. 1 de 1994, Seguridad y Salud ocupacional. (E)

   * D.S. 954 de 1955, MINECOM, Transporte de materiales inflamables y explosivos.
   N)
   * D.S. 40 de 1969, MINTRAB, Regl. sobre Prevención de Riesgos Profesionales.
   Modificado por el DS 95/1995. (E)
   * D.S. 54 de 1969, MINTRAB, Regl. de los Comités Paritarios de Higiene y
   Seguridad. (E)
   * D.S. 48 de 1984, MINSAL, Reglamento de Calderas y Generadores de Vapor. (N)
   * D.S. 91 de 1984, MINECON, Oficializa NCh. Elec. 10/1984 que establece trámite
   para la puesta en servicio de una instalación interior. (N)
   * D.S. 133 de 1984, MINSAL, Regl. sobre autorizaciones para instalaciones
   radioactivas o equipos generadores de radiaciones ionizantes, personal que se
   desempeña en ellas, u opere tales equipos y otras actividades. (N)
   * D.S. 3         de 1985, MINSAL, Regl. Protección radiológica e instalaciones
   Radioactivas. (N)
   * D.S. 72 de 1985, Min. Minería, Regl. de seguridad minera. (E)
   * D.S. 222 de 1996, MINECON, Regl. de Instalaciones Interiores de Gas. (E)
   * D.S. 369 de 1996, MINECON, Regl. de Normas sobre Extintores Portátiles. (E)
   * D.S. 594 de 2000, MINSAL, Condiciones sanitarias y ambientales básicas en los
   lugares de trabajo. Modificado por D.S. 201 de 2001. (E)

   * NCh 388 de 1955, MINECON, Prevención y extinción de incendios en
   almacenamientos de materias inflamables y explosivas. (N)
   * NCh 1432/1 al 4 de 1995, MINECON, Extintores Portátiles – Pruebas de Fuego.
   (INC)




                                   Cristian Patricio Carter Roa
                                                                               26
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   * NCh 1430 de 1997, MINECON, Extintores Portátiles – Clasificación y Rotulación
   (INC).
   * NCh 2111 de 1999, MINECON, Protección contra incendio - Señales de seguridad.
   (N)
   * NCh 2056 de 1999, MINECON, Extintores portátiles - Inspección, mantención y
   recarga. (N)




             13.- NORMAS AMBIENTALES RELATIVAS A
                         COMBUSTIBLES

   * D.F.L. 323 de 1931, ley de Servicios de Gas (E)

   * D.S. 29 de 1986, Regl. de gas licuado. (N)
   * D.S. 379 de 1985, combustibles derivados del petróleo. (E)
   * D.S. 90 de 1990, Regl. Combustibles derivados de petróleo. (E)
   * D.S. 739 de 1994, transporte y distribución gas de ciudad. (E)
   * D.S. 254 de 1995, Regl. Transporte y distribución gas natural. (E)
   * D.S 90 de 1996, Regl. Almacenamiento, transporte y refinación de combustibles
   derivados del Petróleo. (E)
   * D.S. 191 de 1996, Regl. de instaladores de gas. (N)
   * D.S. 222 de 1996, Regl. de instalaciones Interiores de gas. (E)




                                   Cristian Patricio Carter Roa
                                                                                 27
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             14.- DECLARACIONES DE ZONA SATURADA

   * D.S. 346 de 1993, Min. Agricultura, Declara zona saturada por anhídrido sulfuroso
   y material particulado al área circundante al complejo industrial Ventanas. (E)
   * D.S. 1.162 de 1993, MINSAL, Declara zona saturada por material particulado
   respirable área indicada. (Pedro de Valdivia y María Elena). (E)
   * D.S. 255 de 1993, MINSAL, Declara zona saturada por anhídrido sulfuroso a la zona
   entorno a la fundición Hernán Videla Lira, III Región. (E)
   * D.S. 179 de 1994, SGP, Declara zona saturada por anhídrido sulfuroso y material
   particulado al área circundante a la fundición Caletones, Región del Libertador General
   Bernardo O’Higgins. (E)
   * D.S. 131 de 1996, SGP, Declara zona saturada por ozono, Material Particulado
   respirable, partículas en suspensión y monóxido de carbono, y Zona Latente por
   dióxido de nitrógeno a la R.M. (E)
   * D.S.      18 de 1997, SGP, Declara zona saturada por SO2 y PM-10 a la zona
   circundante a Potrerillos. (E)




                15.- PLANES DE DESCONTAMINACIÓN

   * D.S. 252 de 1992, Minería, Plan Desc. Complejo Industrial las Ventanas (E)
   * D.S. 180 de 1994, SGP, Plan Desc. Fundición Hernán Videla Lira (E)
   * D.S. 81 de 1998, SGP, Plan Desc. Fundición Caletones (E)
   * D.S. 164 de 1999, SGP, Plan Desc. Local Maria Elena y Pedro Valdivia (E)
   * D.S. 179 de 1999, SGP, Plan Desc. Fundición Potrerillos, Codelco. (E)
   * D.S. 20 de 2000, SGP, Plan Prevención y Desc. Atmósf. para la R. M. (E)
   * D.S. 206 de 2001, SGP, Plan Desc. Zona Fundición Chuquicamata. (E)
   * D.S. 20 de 2000, Plan de prevención y descontaminación atmosférica de la Región
   Metropolitana, modifica D.S 16 de 1998. (INC)




                                    Cristian Patricio Carter Roa
                                                                                       28
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                     16.- NORMAS SECTORIALES
          Si bien en los autores e instituciones organizan las normas ambientales según
   materias como anteriormente se ha expuesto, en seguida se expondrán las principales
   Normas Sectoriales, es decir aquellas que dan competencia a ciertos órganos en materia
   ambiental o sistema de Protección Ambiental.
          Muchas de estas normas ya se han expuesto en el desarrollo del trabajo, pero se
   destacan por los autores las siguientes: (sobre todo en relación al SEIA).

   * L.O.C. 18.575 de 1986, de Bases Generales de la Administración del Estado. Ej. Art.
   20. (E)
   * L.O.C. 18.695 de 1988, de municipalidades. Competencia variada en materia
   ambiental. Ej: Art. 20 letra b) Nº 1, en permiso construcción. (E)
   * L.O.C. 19.175 de 1992, de Gobierno y Administración Regional (E)

   * Ley 2.890 de 1914, del Ministerio de Relaciones Exteriores Culto y Colonización.
   (N)
   * Ley 3.133, de 1916, Autorización para Sist. de Trat. de Residuos Industriales
   Sólidos. Ley 19.821, la derogó. (N)
   * Ley 4.601, sobre Caza, art. 5º; 9; 25. (E)
   * Ley 16.391, crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, D.O. de 16/12/65. (E)
   * Ley 16.572, fija organización y funciones y establece disposiciones generales a la
   Dirección General de Aeronáutica Civil D.O. de 17/02/68. (INC)
   * Ley 17.288 de 1970, sobre Monumentos Nacionales, Art. 11 y 12; 22 y 23; 30; 31. (E)
   * Ley 18.059 de 1981, asigna al MTT, carácter de organismo rector de tránsito y le
   señala atribuciones. (N)
   * Ley 18.164 de 1982, Hacienda, que introduce modificaciones a la legislación
   aduanera. (E)
   * Ley 18.201. Crea la Secretaría General de la Presidencia, D.O. de 27/01/83. (E)
   * Ley 18.248 de 1983, Código de Minería, Art. 17 Nº 1, Nº 2, Nº 6. (E)
   * Ley 18.290 de 1984, Ley del Tránsito. (E)
   * Ley 18.302, Ley de Seguridad Nuclear, Art. 4. (E)
   * Ley 18.410, da competencia a Superintendencia de Electricidad y Combustibles
   (SEC), en materia de combustibles. (E)
   * Ley 18.755 de 1989, que establece normas sobre el Servicio Agrícola y Ganadero.
   (E)




                                   Cristian Patricio Carter Roa
                                                                                      29
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   * Ley 18.892 de 1989, General de Pesca y Acuicultura, texto refundido D.S. 430 de
   1992, MINECON. Tit. VI, VII. (E)
   * Ley 18.902 de 1990, crea Superintendencia de Servicios Sanitarios, mod. Por L.
   19.549 de 1998. Producción y distribución de agua potable o recolección y disposición
   de aguas servidas. (E)
   * Ley 19.175, sobre Gobiernos Regionales, el Intendente debe fomentar y velar por la
   protección, conservación y mejoramiento del medio ambiente. (E)
   * Ley 19.253, de Indígenas y Crea CONADI. Regula el reconocimiento, protección y
   desarrollo de tierras indígenas. (E)
   * Ley 19.473 de 1996, Min. Agricultura, Ley de caza. (E)
   * Ley 19.542 de 1997, que Moderniza el Sector Portuario Nacional. (E)

   * D.L. 369 de 1974, que crea a la ONEMI, entre otras para evitar y enfrentar
   catástrofes, ej. Ambientales. (E)
   * D.L. 701 de 1974, sobre Fomento Forestal, Art. 21. Plan de manejo forestal.
   Sustituido por D.L. 2565, de 1979. (E)
   * D.L. 1939 de 1977, de Tierras y Colonización (hoy Bienes Nacionales).
   * D.L. 2.222 de 1978, Ley de Navegación, art. 142. (E)
   * D.L. 2.224 de 1978, faculta a la Comisión Nacional de Energía elaborar y proponer al
   Gobierno las normas para la seguridad y adecuado funcionamiento y desarrollo del
   sistema en su conjunto. (E)
   * D.L. 2.763 de 1979, facultada al Departamento de Programas sobre el Ambiente de
   la Oficina de Planificación y Presupuesto del MinSal para estudiar, elaborar y proponer
   las políticas de salud. (E)
   * D.L. 3.525 de 1980, faculta al Servicio Nacional de Geología y Minería puede
   proponer al Ministerio de Minería, la dictación de normas mejoren las condiciones de
   higiene y seguridad en la industria minera. (E)
   * D.L. 3.557 de 1980, Min. Agricultura, Establece disposiciones sobre protección
   agrícola. (E)

   * D.F.L. 7.912 de 1927, Min. Interior, Ministerios a través de los cuales el Presidente
   de la República ejercerá el gobierno y administración del Estado y dispone que en cada
   Ministerio habrá Subsecretarías. (N)
   * D.F.L. 292 de 1953, Min. de Hacienda, Ley Orgánica de la Dirección General del
   Territorio Marítimo y de Marina Mercante. (E)
   * D.F.L 153 de 1960, Min. Hacienda, que crea la Empresa Nacional de Minería. (E)
   * D.F.L 294 de 1960, Min. Hacienda, que establece funciones y estructuras del
   Ministerio de Agricultura. (E)




                                    Cristian Patricio Carter Roa
                                                                                       30
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   * D.F.L 302 de 1960, Min. Minería, que aprueba Disposiciones Orgánicas y
   Reglamentarias del Ministerio de Minería. (E)
   * D.F.L. 340 de 1960, Min. Defensa, sobre Concesiones Marítimas. (E)
   * D.F.L. 725 de 1967, MinSal, Código Sanitario, art. 71 letra a) y b); art. 74; arts. 79
   y
   80. (E)
   * D.F.L. 557 de 1974, crea el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. (N)
   * D.F.L. 458 de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones. Art. 116, respecto
   a permiso de construcción; Art. 9 y 144, Certif. recepción de obras. (E)
   * D.F.L. 161 de 1978, Estatuto Orgánico del Ministerio de Relaciones Exteriores. (E)
   * D.F.L. 329 de 1979, Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas, respecto a paso
   de sustancias peligrosas. (N)
   * D.F.L. 1.122 de 1981, Min. de Justicia, Código de Aguas, art. 58; 63; 171; 294.
   (E)
   * D.F.L. 1 de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos. (E)
   * D.F.L. 30 de 1982, Min. Hacienda. Ordenanza General de Aduanas. Hoy D.F.L. 2
   de 1997, hacienda, que fija texto refundido del D.F.L. 213 de 1953. (N)
   * D.F.L 1 de 1989, MinSal, Determina materias que requieren autorización sanitaria
   expresa. (E)
   * D.F.L. 242 de 1990, da a SERNAC facultad emitir los informes técnicos que
   procedan en la tramitación de los permisos para la instalación de nuevas industrias. (E)
   * D.F.L. 850 de 1997, del MOP, Art. 14, regularización de las riberas y cauces; 17,
   obras de riego; 18, 26, 36, 41. Realización de obras, de y en, caminos; 19 obras
   portuarias marítima; 16 obras en edificios públicos; 20 obras de aeropuertos. (E)

   * D.S. 2.491 de 1916, Regl. Ley 3.133 de Residuos Industriales Sólidos. Derogada por
   Ley 19.821. (E)
   * D.S. 4.363 de 1931, Min. Agricultura, Ley de bosques. Regula el corte de arbolado
   y arbustos nativos. (E)
   * D.S. 655 de 1940, Min. Trabajo, Reglamento sobre Higiene y Seguridad Industriales.
   Libro 3 del Cód. Sanitario. (E)
   * D.S. 1.340 de 1941, Min. Defensa, Reglamento de orden, Seguridad y Disciplina en
   la Naves y Litoral de la República. (E)
   * D.S.      86 de 1970, Min. Minería, Regl. de Constr. y Operación de Tranques de
   Relaves, art. 47. (N)
   * D.S. 357 de 1970, MinSal, Regl. General de Cementerios, artículo 5º.
   (E)
   * D.S 455 de 1973, Min. Justicia, que aprueba los estatutos de la Corp. Nacional
   Forestal. (N)
   * D.S. 490 de 1976, del Ministerio de Agricultura. (N)
   * D.S. 155 de 1977, Min. Interior, competencia a ONEMI en emergencia (E)
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                                   Cristian Patricio Carter Roa
                                                                  31
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   * D.S. 718 de 1977, Min. Vivienda y Urbanismo, que crea la Comisión Mixta de
   Agricultura, Urbanismo, Turismo y Bienes Nacionales (E)
   * D.S. 194 de 1978, Regl. Sanitario de Hoteles y Establecimientos Similares. (E)
   * D.S. 395 de 1979, MinSal, aprueba el Reglamento del Ministerio de Salud. (E)
   * D.S. 259 de 1980, Regl. Técnico del D.L. 701. (E)
   * D.S. 255 de 1981, MTT, Aprueba Política Nacional de Tránsito. (N)
   * D.S. 67 de 1982, Min. Agricultura, otorga a los Secretarios Regionales Ministeriales
   de Agricultura las atribuciones y facultades que indica y deroga D.S. 232, de 1982. (N)
   * D.S. 206 de 1982, da al Servicio de Salud del Ambiente de la Región Metropolitana
   tiene competencias en materia ambiental. (E)
   * D.S. 310 de 1983, MINECON, Regl. de Seguridad para el Transporte de
   Combustibles Líquidos por vía Férrea (N)
   * D.S. 12 de 1985, Min. Minería, que aprueba Reglamento para el Transporte Seguro
   de
   Materiales Radiactivos, art. 1.
   (N)
   * D.S. 72 de 1985, Min. Minería, Regl. de Seguridad Minera, art. 318. modif.. por
   D.S. 73 de 2001. (E)
   * D.S. 42 de 1986, MinSal, Regl. Orgánico de los Servicios de Salud. (E)
   * D.S. 174 de 1986, MINECOM, Regl. Orgánico de la Superintendencia de
   Electricidad y Combustibles. (E)
   * D.S. 379 de 1986, MINECOM, aprueba Reglamento sobre requisitos mínimos de
   seguridad para el almacenamiento y manipulación de combustibles líquidos derivados
   del petróleo destinados a consumos propios. (E)
   * D.S. 660 de 1988, Min. Defensa, que sustituye el Reglamento sobre Concesiones
   Marítimas. (E)
   * D.S. 289 de 1989, MINSAL, Reglamento sobre condiciones Sanitarias mínimas en
   Establecimientos Educacionales. (N)
   * D.S. 43 de 1990, del Min. de Agricultura. (N)
   * D.S. 446 de 1990, MinSal, Aprueba el Reglamento Orgánico de los Servicios de
   Salud. (E)
   * D.S. 746 de 1990, Regl. de Transporte sin Riesgos de Mercancías Peligrosas por Vía
   Aérea. (N)
   * D.S. 484 de 1990, Min. Educ., Regl. Excavaciones y/o Prospecciones
   Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. (E)
   * D.S. 1 de 1992, Min. Defensa, Reg. para el Control de la Contaminación Acuática
   Arts. 108 y 109; 113; 116; 117; 140. modif.. por D.S. 820 de 1993. (E)
   * D.S.     47 de 1992, Min. Vivienda, fija nuevo texto de la Ordenanza General de
   Urbanismo y Construcciones. Art. 4.14.2; 47. (E)
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                                   Cristian Patricio Carter Roa
                                                                  32
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                            Normas Ambientales, Su situación en Chile




   * D.S. 13 de 1995, Min. de Agricultura. (N)
   * D.S. 298 de 1995, MTT, Regl. Transporte de Cargas Peligrosas por calles y
   caminos. (E)
   * D.S. 90 de       1996, MINECON, Regl. de Seguridad para el almacenamiento,
   refinación, transporte y expendio al público de combustibles líquidos derivados del
   Petróleo. (E)
   * D.S. 977 de 1996, MINSAL, Regl. Sanitario de los alimentos. (E)
   * D.S. 1.222 de 1996, MinSal, da al Instituto de Salud Pública de Chile competencias
   generales en materia de salud. (E)
   * D.S. 594 de 2000, MinSal, Regl. Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales
   Básicas en los Servicios de Salud (E)
   * D.S. 320 de 2001, MINECON, Regl. Ambiental para la acuicultura. (E)

   * Res. 2.723 de 1989 del Ser. Salud de Antofagasta, sobre transporte de materiales
   peligrosos. (E)




            17.- NORMAS RESPECTO AL DAÑO AMBIENTAL

   General: Art. 3 Ley 19.300.- , sistema de responsabilidad Subjetiva, causados mediante
   dolo o culpa, y además establece presunciones de responsabilidad. (E)

   Especiales:
         a) Ley de Seguridad Nuclear, 18.302, de 1984. Art. 49, establece sistema de
             responsabilidad objetiva, por el sólo daño. (E)
         b) Ley de Navegación, Dto. Ley 2.222 de 1978. Art. 144. Responsabilidad
             Objetiva. (E)
         c) Ley de Protección Agrícola, 3.557 de 1981. Art. 36, establece también
             responsabilidad objetiva (E)




                                    Cristian Patricio Carter Roa
                                                                                       33
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                           Normas Ambientales, Su situación en Chile




                         FUENTES CONSULTADAS

         * CIMA, Centro Información Medio Ambiental, utilización del programa en y
   con la autorización de Universidad Católica de Temuco, Facultad de Ciencias
   Ambientales con fines educacionales.
         * Manual de Derecho Ambiental, Pedro Fernández Bitterlich.
         * Revistas “Estudios de Legislación Ambiental”, de CONAMA.
         * Paginas Web y Links de órganos de la Administración del Estado con
   competencia en materia ambiental, Ej. Del MINSAL
         * Diversas Páginas Web especificas, como por ejemplo.
                www.conama.cl/coain/propertyvalue-5481.html
                www.inn.cl/busquedas/normas_chilenas/normas_chilenas.asp
                http://www.conama.cl/gestion_ambiental/acuerdos_inter/acuerdos_iterna
         _home.htm
                http://www.unep.ch/ozone/spanish/montreal-sp.shtml
                http://www.biodiv.org/ http://www.pic.int/es/viewpage.asp?
                id_cat=0 http://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/c-
                16.html
                http://ccad.sgsica.org/legislacion/legislacion yprevencion.htm
                http://www.conama.cl/chile-
         canada/f/9925.htm#LEGISLACION%20GENERAL
                http://www.directemar.cl/reglamar/INDICE.htm
                http://www.directemar.cl/reglamar/INDICE.htm




                                   Cristian Patricio Carter Roa
                                                                                  34
De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com



                           Normas Ambientales, Su situación en Chile




                               ABREVIACIONES

   Agric.        = Agricultura
   COD.          = Código
   NE            = Normas de Emisión
   NC            = Norma de Calidad
   NCP           = Norma de calidad primaria
   L.            = Ley
   Derog.        = Derogado.
   D.L.          = Decreto Ley
   D.S.          = Decreto Supremo
   D.O.          = Diario Oficial
   NCH           = Norma Chilena
   MINECON       = Ministerio de Economía
   MINSAL        = Ministerio Salud
   Modif.        = Modificada
   MTT           = Ministerio del Transporte y Telecomunicaciones.
   NU o UN       = Naciones Unidas
   Min.          = Ministerio
   Ratif.        = Ratificada
   Reempl.       = Reemplazado
   Regl.         = Reglamento
   R.M.          = Región Metropolitana
   SAG           = Servicio Agrícola y Ganadero
   San.          = Sanitario
   SGP           = Ministerio Secretaria General de la Presidencia
   SEIA          = Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
   SISS          = Superintendencia Servicios Sanitarios
   SUBTEL        = Subsecretaria de Telecomunicaciones

   Nota: Algunas abreviaciones no se señalan aquí porque son de lógicas y de sentido
   común.




                                   Cristian Patricio Carter Roa
                                                                                   35

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Libro recopilación normas ambientales de Cristian Carter

  • 1. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile Universidad Católica de Temuco Escuela de Derecho E Clínica Institucional n Unidad Jurídica CONAMA IX Región REC OPILACION DE NORMAS AMBIENTALES De Cristian Patricio Carter Roa Cristian Patricio Carter Roa 0
  • 2. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile NORMAS AMBIENTALES, SU SITUACIÓN EN CHILE Cristian Patricio Carter Roa. INDICE Contenido Página Ideas Centrales 2 1.- Derecho Internacional como fuente indirecta de derecho ambiental 4 2.- Tratado Internacionales vigentes como fuente directa de derecho ambiental 6 3.- Marco General Ambiental 9 4.- Normas Ambientales relativas al Suelo 10 5.- Normas Ambientales relativas al Aire 12 6.- Normas Ambientales relativas al Agua 15 7.- Normas Ambientales relativas a Residuos Sólidos 17 8.- Normas Ambientales relativas a Residuos Líquidos 18 9.- Normas Ambientales relativas a Sustancias Peligrosas 20 10.- Normas Ambientales relativas al Ruido (contaminación acústica) 23 11.- Normas Ambientales relativas a la Biodiversidad y Recursos Naturales 24 12.- Normas Ambientales relativas a la Seguridad y Salud Ocupacional 26 13.- Normas Ambientales relativas a combustibles 27 14.- Declaraciones de zona saturada 28 15.- Planes de descontaminación 28 16.- Normas Ambientales Sectoriales 29 17.- Normas respecto daño Ambiental 33 Fuentes Consultadas 34 Abreviaciones 35 Cristian Patricio Carter Roa 1
  • 3. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile IDEAS CENTRALES Concepto de Derecho Ambiental: Según Rafael Valenzuela, “no es más que el conjunto normativo que apunta al resguardo de la estabilidad funcional de los sistemas ambientales”. Creer que la normativa ambiental está compuesta por pocas normas es un error, al contrario está conformada por un sinnúmero de normas, que incluye: Norma Constitucional, Tratados Internacionales, Leyes, Decretos Leyes, Decretos con Fuerza de Ley, Decretos Supremos, Resoluciones, así como Normas Chilenas que luego se han oficializado, y también de principios rectores y derecho consuetudinario. Esto porque si bien existen normas centrales que conforman un Marco General, también existen numerosas otras normas relacionadas con el Medio Ambiente, es decir con el sistema de protección del entorno natural y artificial que permite el desarrollo de la vida. En este trabajo informe he ocupado de señalar las normas que objetivamente se señalan por la doctrina e instituciones como de carácter ambiental. Se incluyen en el desarrollo del trabajo a las normas sectoriales, es decir aquellas que dan competencia a ciertas instituciones en materia ambiental. Se expondrán por materias las normas, para mejor organización, por ello algunas normas pueden que se repitan, por que tienen ingerencia en esa materia. Todo este trabajo trae como consecuencia una segunda fase cual es la recopilación de estas normas en medios electrónicos. Respecto a las normas chilenas sólo se nombraran las más importantes sobre la materia. Más infamación sobre ellas puede buscarse en www.inn.cl/busquedas/normas_chilenas, donde existen listas las múltiples existentes en Chile; así como también en esta página se pueden bajar electrónicamente las mismas normas, pero su precio es elevado, por ello es que sólo baje de Internet aquellas que eran gratuitas. Se ha señalado que el derecho ambiental es un derecho social, ya que escapa del ámbito individual, es decir, nos interesa a todos los que nos desenvolvemos en el medioambiente, incluso a los demás animales. Tanto actualmente como en el futuro. Algunos incluso señalan que es un derecho humano, lo que en nuestro ordenamiento significaría ser una norma de rango Constitucional. En relación al art. 5 Cristian Patricio Carter Roa 2
  • 4. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile de nuestra Carta Fundamental de 1980. Esto porque su inobservancia podría poner en riesgo la existencia misma del hombre. En nuestro país no existe un Código de Legislación Ambiental, el tratamiento no es armónico y sistemático, y la normativa puede causar dolores de cabeza a un abogado acostumbrado a un sistema clásico, codificado y estático. Ya que esta normativa es amplia, dinámica y muchas veces la encontramos en un lenguaje técnico no jurídico. Está conformada por Normas de antigua data, parcialmente derogada y también por normativa muy nueva. Existen países con códigos ambientales, como Colombia. ESTADO EN FORMATO ELECTRÓNICO (E) = Se Encuentran en formato electrónico (N) = Buscadas y No encontradas (Inc) = Incompletas Cristian Patricio Carter Roa 3
  • 5. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile 1.- DERECHO INTERNACIONAL Expondremos inmediatamente normas internacionales ambientales, es decir aquellas que emanan de sujetos de derecho internacional, como son la ONU y los Estados. Se nombrarán algunas que no son fuentes directas ambientales, pero tienen importancia en la creación de nuestra actual legislación ambiental, así como en la evolución, aplicación y entendimiento del derecho ambiental. Entendiéndose fuentes indirectas aquellas que no son directamente vinculantes en Chile, sin perjuicio que también formen parte del derecho ambiental. Como la Jurisprudencia Ambiental, que es base de la fijación de la norma ambiental, o como la Doctrina Ambiental. Ej. Carta de Costa Brava, de 1987, Chile, ACHIDAM. Todo esto para hacer más completo el informe. Se nombran en forma cronológica para mantener orden en el desarrollo. 1.- “Declaración de Founex”, sobre desarrollo y el medio ambiente de 1971. Fuente indirecta ambiental, establece recomendaciones ambientales, que progresivamente se van cumpliendo en el tiempo. (N) 2.- “Conferencia de la ONU sobre el Medio Humano”. Estocolmo, de 1972. Declaración de 26 principios en materia ambiental. Fuente indirecta. (E) 3.- “Declaración de Cocoyoc”, México, de 1974. Tiene por objeto hacer conciencia sobre daño ambiental vs. Desarrollo económico. Fuente indirecta. (N) 4.- “Que hacer” Informe de la fundación Hammarjöld, sobre desarrollo económico y cooperación Internacional, Asamblea de las NU, de 1975, trata desigualdad en repartición de riquezas entre países y la degradación del medio ambiente. (N) 5.- “Estrategia Mundial para la Conservación”, de 1980, recuerda que los recursos son limitados y debemos conservarlos para generaciones futuras. Fuente indirecta. (N) 6.- “Carta Mundial de la Naturaleza”, aprobada por las NU el 28 octubre de 1982. Chile se abstuvo de votar, fuente indirecta. (E) 7.- “Nuestro futuro común” informe de la Comisión Brundtland sobre el medio ambiente y desarrollo, de 1987. Hace conciencia sobre los problemas en el medio ambiente, incluso la pobreza. Fuente indirecta. (N) 8.- “Nuestra propia agenda”, de 1990, Comisión del medio ambiente de América Latina, hace análisis sobre problemas ambientales, que sirve como preludio a la declaración de Río. Fuente Indirecta. (N) 9.- “Cuidar la tierra, estrategia para el futuro de la vida”, libro de ONU (N) Cristian Patricio Carter Roa 4
  • 6. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile 10.- En Reunión Cumbre de la Tierra sobre Desarrollo y Medio Ambiente de Río de Janeiro, en 1992, se suscriben los siguientes documentos: a).- “Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y Desarrollo”, Conferencia de la ONU sobre Medio ambiente y desarrollo, de Río de Janeiro, de 1992, estableciendo principios sobre el tema. (E) b).- “La agenda XXI”, establece directrices para colocar en práctica las principios de la Declaración de Río. (E) c).- “Convenio Sobre la Biodiversidad Biológica”, D.S. 1963, D.O. del 6 mayo de 1995. (E) d).- “Convención Marco sobre Cambio Climático”, D.S. 23 de 1995. Se preocupa sobre concentraciones de gases de efecto invernadero. (E) Encíclicas en materia ambiental: 1.- “Octogésima Adveniens”, Pablo VI, 1971, advierte peligro degradación de la naturaleza. (E) 2.- “Encíclica Redemptor Hominis”, Juan Pablo II, 1979, sobre explotación racional recursos naturales. (E) 3.- “Sollicitudo Rei Sociales”, Juan pablo II, 1987, el respeto por la naturaleza es un nuevo valor y es esencial. (E) Cristian Patricio Carter Roa 5
  • 7. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile 2.- TRATADOS INTERNACIONALES VIGENTES EN CHILE EN MATERIA AMBIENTAL En adelante nombraré los tratados internacionales más importantes sobre el sistema de protección ambiental, sin embargo en el transcurso del trabajo también se nombraran otros, pero son de un carácter menos relevantes. 1.- “Convenio relativo al empleo de la Cerusa en la Pintura”, de 1921. D.L. 470 de 1925. (E) 2.- “Acuerdo Sanitario Chile y Argentina” D.S. 282 de 1952. (E) 3.- “Convención Internacional de Protección Fitosanitaria”, de 1951. Ratificada el 3 abril de 1952. (N) 4.- “Tratado Antártico”. . De 1959. D.S. 361 de 1961. (E) 5.- “Tratado por el que se prohíben los Ensayos con Armas Nucleares en la Atmósfera, el espacio Ultraterrestre y debajo del Agua”, de 1963. Ratificado el 6 de oct. de 1965. (E) 6.- “Convenci ón para la protección de la Fauna, la Flora y la Belleza Escénicas Naturales de América”, en Washington, de 1940. D.S. 531 de 1967. (E) 7.- “Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres ( CITES )”, de 1973. D.S. 141 de 1975. (E) 8.- “Convenio Internacional para prevenir la Contaminación del Mar por Hidrocarburos”, de 1969. Adhesión D.S. 474 de 1977 (N). 9.- “Convenio Internacional sobre Responsabilidad Civil por Daños Causados por la Contaminación de las Aguas de Mar por Hidrocarburos”, de 1969. Adhesión D.S. 475 de 1977. (N) 10.- “Convención sobre la Prevención de la Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y otras Materias (London Dumping Convention. LDC), de 1972. D.S. 476 de 1977. (N) 11.- “Convención sobre la protección del Patrimonio Arqueológico, Histórico y Artístico de las Naciones Americanas (Convención de San Salvador)”, de 1976. Suscrita el 12 de julio de 1978. (E) 12.- “Convención Internacional para la caza de la Ballena (CBI)”. D.S. 489 de 1979. (E) 13.- “Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Natural y Cultural”, de 1972. D.S. 259 de 1980. (E) 14.- “Convención sobre Producción y Almacenamiento de Armas Bacteriológicas (Biológicas) y Toxinas y sobre su Destrucción”. de 1972. D.S. 385 de 1980. (E) Cristian Patricio Carter Roa 6
  • 8. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile 15.- “Convenio para la Conservación de las Focas Antárticas”, de 1972. D.S. 385, 1980. (E) 16.- “Convenio para la Conservación y manejo de la Vicuña”, Perú, de 1979. D.S. 212 de 1981. (E) 17.- “Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos. Canberra”, de 1980. Ratif. D.S. 662. de 1981. (E) 18.- “Convención sobre la Conservación de Zonas Húmedas de Importancia Internacional, especialmente como hábitat de Aves Acuáticas”, Ramsar, Irán. De 1971. D.S. 771 de 1981 (E) (D.S. 2.734 de 3 junio 1981, declara Zona Húmeda Nacional el área de Carlos Andwanter en Valdivia) 19.- “Convención sobre la Protección de las Especies Migratorias (Trashumantes) de Animales Silvestres (Convención de Bonn)”. Suscrito en RFA (Alemania), de 1979. D.S. 868 de 1981. (E) 20.- “Convenio para la Protección de la Capa de Ozono”, Austria, de 1985. D.S. 719 de 1990. (E) 21.- “Convenio para la protección del medio Ambiente y la Zona Costera del Pacífico Sudeste”. D.S. 296 de 1986. (E) 22.- “Protocolo para la Protección del Pacífico Sudeste contra la Contaminación proveniente de Fuentes Terrestres y sus Anexos”, D.S. 295 de 1986. (E) 23.- “Acuerdo sobre Cooperación Regional para el Combate contra la Contaminación del Pacífico Sudeste por Hidrocarburos y otras Substancias Nocivas en Casos de Emergencia”, D.S. 425 de 1986 (E). 24.- “Protocolo Complementario del Acuerdo sobre Cooperación Regional para Combate contra la Contaminación del Pacífico Sudeste por Hidrocarburos y otras Substancias Nocivas”. D.S. 656 de 1986. (E) 25.- “Protocolo de Montreal relativo a Substancias que Agotan Ozono”, de 1987. D.S. 238 de 1990. (E) 26.- “Convención sobre seguridad Nuclear”, D.S. 272 de 1992. (N) 27.- “Convenio de Basilea sobre Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su eliminación”, de 1989. D.S. 685 de 1992. (E) 28.- “Tratado Chile Argentina sobre Medio Ambiente” D.S. 67, de 1992 (E) 29.- “Protocolo al tratado antártico de 1959”, Madrid 1991, ratificado el 16 enero 1998. (E) 30.- “Acuerdo de Marrakech que establece la Organización Mundial de Comercio”. D.S. 16 de 1995. (E) Cristian Patricio Carter Roa 7
  • 9. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile 31.- “Convención Marco de la ONU sobre el Cambio Climático” D.S. 123 de 1995 (E) 32.- “Convenio sobre la Diversidad Biológica” de 1992. D.S. 1963 de 1995 (E) 33.- “Convenio Inter nacional relativo a la Intervención en Alta Mar en Casos de Accidentes que Causen Contaminación por Hidrocarburos”, de 1969. D.S. 358 de 1995. (E) 34.- “Protocolo para la Protección del Pacífico Sudeste Contra la Contaminación Radioactiva”, D.S. 720 de 1995. (E) 35.- "Protocolo de 1978 del Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los buques, MARPOL 73/78””, de 1973 el convenio y de 1978 el protocolo, promulgado por D.S. 1689 de 1994. (E) 36.- “Convenio cooperación protección pueblos Andinos y Camélidos domésticos Sudamericanos” de 1994, Lima, Perú. (E) 37.- “Convención sobre Seguridad Nuclear”, D.S. 272 de 1997. (N) 38.- “Tratado de Libre Comercio, Acuerdo de Cooperación Ambiental y Acuerdo de Cooperación Laboral, suscritos con Canadá”, D.S. 1020 de 1997. (E) 39.- “La Convención de las NU sobre el Derecho de Mar”, de 1982. D.S. 1393 de 1997. (E) 40.- “Convención de las NU de lucha contra la Desertificación, en los países afectados por Sequías Graves o Desertificación, en particular África”, D.S. 2065 de 1998. (E) 41.- “Protocolo de Cartagena de Seguridad Bacteriológica” de 2000. (N) Cristian Patricio Carter Roa 8
  • 10. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile DERECHO NACIONAL AMBIENTAL 3.- MARCO GENERAL AMBIENTAL: * Constitución Política de la República de Chile (1980), especialmente Art. 19 Nº 8. (E) * Ley 19.300 de 1994, de Bases del Medio Ambiente. (E) * Proyecto Ley sobre Bonos de Descontaminación, de 2003. (E) * D.S. 93 de 1995, Regl. para la dictación de Normas de Calidad Ambiental y de Emisión. (E) * D.S. 94 de 1995, Regl. que fija el procedimiento y etapas para establecer Planes de Prevención y de Descontaminación. (E) * D.S. 166 de 1999, Regl. del Consejo Consultivo de la Comisión Nacional y de las Comisiones Regionales del Medio Ambiente. (E) * D.S. 95 de 2001, Regl. Del SEIA. (E) * LOC 18.695, de 1988, de Municipalidades. (E) * LOC 19.795, de 1993, sobre Gobierno y Administración Regional. (E) * Código Sanitario, D.F.L. 725, del 11/12/1967, D.O. 31/01/1968. (E) * Código de Aguas, D.F.L. 1.122, del 13/08/1981, D.O. 29/10/1981. (E) * Código de Minería, Ley 18.248, del 14/10/1983. (E) * Código Penal, Ej. Art. 289, 290,314. (E) * Código de Comercio, Ej. Art. 115, respecto a sustancias peligrosas. (E) * Código Civil, ley común. (E) Cristian Patricio Carter Roa 9
  • 11. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile PRINCIPALES NORMAS JURIDICAS DE INCIDENCIA AMBIENTAL 4.- NORMAS RELATIVAS AL SUELO: * L. 4.601, de Caza, actualizada por L. 19.473 de 1996. (E) * L. 14.511 de 1961, de comunidades indígenas. (N) * L. 18.362 de 1984, crea Sistema Nacional de Áreas Protegidas del Estado (E) * L. 18.348 de 1984, crea la nueva Corporación Nacional Forestal y de Protección De los Recursos Naturales, condicionada a la disolución de la actual CONAF. No vigente aún. (E) * L. 18.378, de 1984, sobre Distritos de Conservación de Suelos. (E) * L. 18.755 de 1989, sobre Organización y atribuciones del Servicio Agrícola Ganadero, SAG. (E) * L. 19.253, de Indígenas y Crea CONADI. Regula el reconocimiento, protección y desarrollo de tierras indígenas. (E) * D.L. 701 de 1974, sobre Fomento Forestal, modificado por L. 19.561 de 1998. Reemplazada por D.S. 2.565 de 1979, que mantiene su numero “701” (E) * D.L. 3.516 de 1980, sobre división de predios rústicos. (E) * D.L. 3.557 de 1981, sobre Protección Agrícola. (E) * D.F.L. 850 de 1998, Ley Orgánica del MOP (E) * D.F.L. 235 de 1999, de Suelos Degradados. (E) * D.S. 4.363 de 1931, Ley de Bosques (E) * D.S. 4.111 de 1931, Reservas indígenas.(N) * D.S. 655 de 1940, Min. del Trabajo, Regl. de Higiene y Seguridad. (Cód. Sanit. Libro III). (E) * D.S. 86 de 1970, Reglamento de Construcción y Operación de Tranques de Relaves. (N) * D.S. 718 de 1977, crea Comisión Mixta de Agricultura, Urbanismo, Turismo y Bienes Nacionales. (N) * D.S. 158 de 1980, Fija el Peso Máximo de los Vehículos que pueden circular por Caminos Públicos. (N) * D.S. 3.516 de 1980, Protección de Suelos Agrícolas. (N) * D.S. 294 de 1984, Requisitos para transitar por caminos con pesos que excedan el máximo. (N) Cristian Patricio Carter Roa 10
  • 12. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile * D.S. 83 de 1985, MTT, Sobre redes Viales Básicas, modificado por el D.S. 345 de 1.996. (N) * D.S. 47 de 1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. (E) * D.S. 24, de 1997, Min. Agricultura, Sobre Suelos Degradados. (N) * D.S. 193 de 1998, Regl. D.L. 701 de 1974, sobre fomento forestal. (E) * D.S. 507 de 1999, Regl. DS 235 de 1999, incentivo uso suelo degrado. (E) * D.S. de , Min. SGP, Reglamento Áreas Silvestres Protegidas Privadas, todavía no oficializado. * Res. Ex. 107, SAG, D.O. 14 feb. 1985 (N) * Res. Ex. 2.142, SAG, D.O. 24 Oct. 1987. (N) * Res. Ex. 1.595, SAG, D.O. 24 sept. 1988 (N) * Res. Ex. 2.179, Min. Agric., D.O. 23 julio 1998 (N) * Res. Ex. 2.180, Min. Agric., D.O. 23 julio 1998. (E) * Res. 5.081 de 1993, del SESMA, residuos sólidos. (E) * Res. 0027 de 1999, CONAMA, anteproyecto Reglamento de Lodos. (E) * Convención de las NU de lucha contra la Desertificación, en los países afectados por Sequías Graves o Desertificación, en particular África. D.S. 2065 de 1998. (E) * Convención de Washington de Protección Fauna y Flora en América, D.S. 531 de 1967. (E) 4.1.- Medio ambiente construido * L. 16.391 crea min. De vivienda y urbanismo. (E) * L. 17.288 de 1970, sobre Monumentos Nacionales. (E) * L. 19.537 de 1997, sobre Copropiedad Inmobiliaria y su Reglamento. (E) * D.L. 3.516 de 1980, sobre Subdivisión de Predios Rústicos. (E) * D.F.L. 458 de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones. (E) * D.S. 484 de 1990, Min. Educ., Regl. L. 17.288, de Monumentos Nacionales. (E) * D.S. 47 de 1992, “Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones”. (E) * Plan Regulador Intercomunal y Planes Reguladores Comunales que correspondan. (E) Cristian Patricio Carter Roa 11
  • 13. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile 5.- NORMAS AMBIENTALES RELATIVAS AL AIRE 5.1.- Normas de emisión de contaminantes de fuentes fijas: * D.F.L. 458 de 1975, Ley Gral. Urb. y Construc., Emanaciones o Molestias al Vecindario. (E) * D.S. 32 de 1990, Regl. de funcionamiento de fuentes emisoras de contaminantes Atmosféricos, en situación de emergencia. Mod. por DS 322 de1991, DS 356 de 1997 y DS 16 de 1998. (E) * D.S. 4 de 1991, Agricultura, Norma de Calidad “NC” de aire para material particulado sedimentable en la cuenca del río Huasco. (N) * D.S. 185 de 1991, Min. Minería, Regl. Funcion. de Establec. Emisores de Anhídrido Sulfuroso, Material Particulado y Arsénico en Todo el Territorio de la República, Modificado por D.S. 59/1998. (N) * DS 322 de 1991, modifica al D.S. 32 de 1990. (N) * D.S. 4 de 1992, MinSal., Norma de Emisión “NE” de material particulado a fuentes estacionarias puntuales y grupales ubicadas, para la Región Metropolitana. (E) * D.S. 811 de 1993, MINSAL, Prohíbe funcionamiento de chimeneas para calefacción en viviendas y establecimientos de la Región Metropolitana. Modificado por DS 463/1997 y DS 16/1998. (E) * D.S. 1.583 de 1993, MINSAL, NE de material particulado a fuentes estacionarias puntuales que indica. Para la Región Metropolitana. (E) * D.S. 1.905 de 1993, MINSAL, NE material particulado a calderas de calefacción que indica. Para la Región Metropolitana. Mod. por DS 16/1998. (E) * D.S. 2467 de 1994, Regl. Laboratorios medición de emisiones atmosféricas.(N) * D.S. 812 de 1995, compensación emisiones para fuente estacionarias que indica (N) * D.S. 456 de 1997, MinEcon, establece requisito para combustibles que indica. (E) * D.S. 463 de 1997, mod. D.S. 811 de 1993. (N) * D.S. 16 de 1998, SGP, Plan de Prevención y descontaminación Atmosférica PPDA de la RM, mod. por el DS 20 2001. (E) * D.S. 20 de 1998, que modif. D.S. 516. (N) * D.S. 59 de 1998, NCP para material particulado respirable MP-10, en especial de los valores que definen situaciones de emergencia. Mod. por D.S. 45/ 2001. (E) * D.S. 165 de 1999, SGP. NE de arsénico aire. (E) * D.S. 167 de 1999, SGP, NE para Olores molestos (compuestos sulfuro de hidrógeno y mercaptanos: gases TRS) asociados a la fabricación de pulpa sulfatada. (E) * D.S. 136 de 2000, NCP de Plomo en el Aire. (E) Cristian Patricio Carter Roa 12
  • 14. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile * D.S. 20 de 2001, modifica D.S. 16 de 1998. (N) * D.S. 110 de 2001, SGP, Deja sin efecto Norma de calidad primaria “NCP” de Aire para Partículas Totales en Suspensión (PTS), D.O. el 06 de Marzo de 2003. (E) * D.S. 112 de 2002, NCP de Aire para Ozono O3. (E) * D.S. 113 de 2002, NCP de Aire para Dióxido de Azufre SO2. (E) * D.S. 114 de 2002, NCP de Aire para Dióxido de Nitrógeno NO2. (E) * D.S. 115 de 2002, NCP de Aire para Monóxido Carbono CO. (E) * Res. 7.077 de 1976, Prohíbe la Incineración. (N) * Res. 1.215 de 1978, Normas sanitarias mínimas contaminación atmosférica. (N) * Res. 15.027 de 1994, Sesma, Establece procedimiento de declaración de emisiones para fuentes estacionarias que se indica. (Para la Región Metropolitana). (E) * Res. 11.481 de 1998, MinSal, clasifica estaciones de monitoreo de material particulado respirable MO19. (E) * Res 5.155 de 1999, Sesma, Establece forma de declaración de emisiones gaseosas para las fuentes estacionarias que indica. (N) * Res. 5.163 de 1999, Sesma, Condiciones de operación y mantención de equipos de combustión, tipo calderas puntuales existentes, que no compensen emisiones de material particulado y utilicen gas natural, gas licuado (LPG), gas de ciudad o biogás como combustible y otros de similares características. (N) * Res. 700 de 1999, CONAMA, Aprueba anteproyecto de Norma de Emision de material particulado para la cuenca del río Huasco. (N) * Res. 10.047 de 2000, Sesma, Aprueba nueva forma para implementar la metodología de pronóstico de calidad de aire para material particulado respirable PM-10, en la R.M. (N) 5.2.- Normas de emisión de contaminantes de fuentes móviles * Ley 18.290 de 1984, de Transito. Art. 82. (E) * D.S. 144 de 1961, MINSAL, Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. (E) * D.S. 75 de 1987, MTT, Establece condiciones para el Transporte de Carga que indica (E) * D.S. 82 de 1993, NE vehículos de Locomoción Colectiva en Santiago. (E) * D.S. 4 de 1994, MTT, Norma de Emisión de CO, HC y humo visibles. (E) Cristian Patricio Carter Roa 13
  • 15. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile * D.S. 54 de 1994, MTT, sobre Contaminación de Vehículos Motorizados en C0, HC, NOx y part. a motores Diesel. (E) * D.S. 55 de 1994, MTT, NE aplicables a vehículos motorizados pesados que indica. (N) * D.S. 55 de 1998, MTT, establece requisitos para empleo de gas natural comprimido como combustibles de vehículos que indica. (E) * D.S. 103 de 2000, NE hidrocarburos no metánicos para vehículos livianos y medianos (E) * D.S. 104 de 2000, NE Motocicletas. (E) * D.S. 130 de 2002, Norma de Emisión (NE) Co, HCT, HCNM, CH4, Nox y material particulado (MP) respecto a buses en Santiago. (E) * Res. 1.215 de 1978, MINSAL, Normas sanitarias mínimas destinadas a prevenir y controlar la contaminación atmosférica.(N) * Res. 353 de 1993, Reducción Emisiones. (N) * Convenio de Viena protección capa ozono, D.S. 719 de 8 marzo de 1990. (E) * Protocolo de Montreal relativo a Substancias que Agotan Ozono, sept. 1987. D.S. 238, DO 28 abril 1990. Chile firmó el 14 junio de 1988. (E) * Convención Marco de la ONU sobre el Cambio Climático, D.S. 123 DO 13 abril 1995. (E) * Protocolo de Kyoto de la convención sobre cambio climático, de 1997, todavía no ratificado. (E) 5.3.- Normas de Medición y Análisis de Emisiones * D.S. 2.467 de 1993 MINSAL, Regl. de laboratorios de medición y análisis de emisiones atmosféricas provenientes de fuentes estacionarias. (N) * Res. 1.349 de 1997 Sesma, Normas técnicas que indica sobre metodologías de medición y análisis de emisiones de fuentes estacionarias.(N) * Res. 535 de 1999, Sesma, Aprueba normas técnicas que indica sobre metodologías de medición y análisis de emisiones de fuentes estacionarias. (N) * Res. 559 de 1999, Sesma, Aprueba normas técnicas que indica sobre metodologías de medición y análisis de emisiones de fuentes estacionarias. (N) * Res. 752 de 2000, MINSAL, Aprueba normas técnicas que indica sobre metodologías de medición y análisis de emisiones de fuentes estacionarias. (N) Cristian Patricio Carter Roa 14
  • 16. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile 6.- NORMAS AMBIENTALES RELATIVAS AL AGUA * Cód. Penal. Libro II, Tit. VI, parr. 14, sobre contaminación del agua. (E) * L. 3.133 de 1916, sobre neutralización de residuos. Derogada por Ley 19.821. (E) * L. 11.402 de 1953, MOP, Sobre Obras de Defensa y Regularización de Riberas y Cauces. (INC) * L. 18.892 de 1989, De Pesca y Acuicultura. Refundida por DS 430 de 1992. (E) * L. 18.902 de 1990, crea Superintendencia de Servicios Sanitarios, modificada por L. 19.549 de 1998. (E) * Ley 19.525 de 1997, Regula sistemas de evaluación y drenaje de aguas lluvias. (E) * D.L. 2.222 de 1978, Ley de Navegación. (E) * D.F.L. 725 de 1967, Código Sanitario. (E) * D.F.L. 1.122 de 1981, Código de Aguas. (E) * D.F.L. 382 de 1989, Ley General de Servicios Sanitarios. (E) * D.S. 236 de 1926, modificado por el D.S. 833 "Reglamento General de Alcantarillados Particulares" (INC) * D.S. 655 de 1940, Min. Trab., Regl. Higiene y Seguridad Industrial (D.O. 7.03.1941). Hoy en el libro 3º del Cód. Sanitario. (E) * D.S. 735 de 1969, Requisitos del agua para consumo humano. (INC) * D.S. 263 de 1985, MinSal, Regl. de Sanidad Marítima, Aérea y de las Fronteras. (E) * D.S. 351 de 1992, Reglamento de Ley 3.133 de 1916, derogada por Ley 19.821. (N) * D.S. 1 de 1992, Regl. Control Contaminación Acuática, Modificado por D.S. 820 de 1993. (INC) * D.S. 745 de 1992, Regl. Cond. Amb. y Sanit. Básicas en lugares de trabajo. D.S. 594, de 1999, Regl. Condic. Sanitar. Básicas y Amb. en lugar de trabajo. (E) * D.S. 820 de 1993, Regl. para el control de la Contaminación Acuática, Regl. del D.L. 2.222, Ley de Navegación. (E) * D.S. 609 de 1998, sobre Emisión Residuos Líquidos al alcantarillado. (E) * D.S. 850 de 1998, MOP, Modificaciones en Cauces Naturales. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 15.840 de 1964 y del D.F.L. 206 de 1960, D.O. 25/02/98. (INC) * D.S. 90 de 2000, NE Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales, D.O. 2001. (E) * D.S. 320 de 2001, Regl. Para la acuicultura. (E) * D.S. 46 de 2002, NE de residuos líquidos a aguas subterráneas. D.O. 2003. (E) Cristian Patricio Carter Roa 15
  • 17. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile * Res. 12.600/422 de 1995, DIRECTEMAR, medidas control contam. Acuática. (N) * Res. 12.600/323, 324, 325 de 1994, DIRECTEMAR, Sistema de Evaluación de Impacto ambiental “SEIA” ante DIRECTEMAR (N) * Res. 186 de 1996, de Dir. Gral. Aguas, sobre aguas subterráneas (E) * Res. 1239 de 1998, de la SISS, aprueba Guía para la Elaboración de Proyectos de Tratamientos de Residuos Líquidos Industriales (N) Normas Chilenas Oficiales del agua potable: * NCH 409/1, de D.O. 3 marzo 1984 sobre requisitos del agua potable. INN. (E) * NCH 409/2, de D.O. 3 marzo 1984, sobre procedimiento de la NCH 409/1. por INN. (E) * NCH 1.333/Of. 78, modif. en 1987. Requisitos de calidad del agua para diferentes usos. (INC) * NCH 2.313, D.S. 414 de 1999. (N) * Convenio Internacional para prevenir la Contaminación del Mar por Hidrocarburos, 29 nov. 1969. D.S. 474 de 1977. (N) * Convenio Internacional sobre Responsabilidad Civil por Daños Causados por la Contaminación de las Aguas de Mar por Hidrocarburos, de 1969. D.S. 475. de 1977. (N) * Convención sobre la Prevención de la Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y otras Materias (London Dumping Convention. LDC). 29 dic. De 1972. D.S. 476 de 1977. (N) * Protocolo para la Protección del Pacífico Sudeste contra la Contaminación proveniente de Fuentes Terrestres y sus Anexos, D.S. 295 de 1986. (E) * Acuerdo sobre Cooperación Regional para el Combate contra la Contaminación del Pacífico Sudeste por Hidrocarburos y otras Substancias Nocivas en Casos de Emergencia, D.S. 425 de 1986. (E) * Tratado sobre Medio Ambiente y su Protocolos Específicos Adicionales sobre Protección del Medio Ambiente Antártico y Recursos Hídricos Compartidos. D.S. 67 de 1992. (E) * Protocolo para la Protección del Pacífico Sudeste contra la Contaminación Radioactiva, D.S. 720 de 1995. (E) Cristian Patricio Carter Roa 16
  • 18. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile 7.- NORMAS AMBIENTALES RELATIVAS A RESIDUOS SÓLIDOS * D.F.L. 725 de 1967, Código Sanitario. (E) * D.F.L. 1 de 1989, materias que requieren autorización Sanitaria expresa. (E) * D.S. 4.740 de 1947, Min. Interior, Normas sanitarias mínimas municipales (N) * D.S. 144 de 1961, MINSAL, Normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Art. 6 (E) * D.S. 161 de 1982, MINSAL, Regl. Hospitales y Clínicas Privadas (E) * D.S. 594 de 2000, MINSAL, Regl. Condiciones Sanitarias Básicas y Ambientales en lugar de trabajo. Modificado por DS 201/2001. (E) * D.S. 655 de 1940, Min. Trabajo, Reglamento sobre Higiene y Seguridad Industrial (D.O. 7.03.1941). Libro 3º Cód. sanitario. (E) * D.S. , 2003, Proyecto en consulta publica del Regl. De Rellenos Sanitarios (E) * Convenio de Basilea, que establece el control de los movimientos Transfronterizos de desechos peligrosos. D.S. 685 de 1992, RR.EE. (E) * Res. 7.077 de 1976, MINSAL Prohíbe incineración como método de eliminación de residuos sólidos de origen doméstico e industrial en determinadas comunas de la R. M. (N) * Res. 7.539 de 1976, MINSAL, Normas mínimas para operación de basurales en Stgo. (N) * Res. 3.276 de 1977, MINSAL, Transporte de desechos orgánicos provenientes de lugares de fabricación y/o elaboración. de alimentos, susceptibles a ser7 empleados en la crianza y engorda de animales. (N) * Res. 5.081 de 1993, SESMA, Establece sistema de declaración y seguimiento de desechos sólidos industriales, en la Región Metropolitana. (E) * Res. 0027 de 1999, CONAMA, anteproyecto Reglamento de Lodos. (E) Cristian Patricio Carter Roa 17
  • 19. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile 8.- NORMAS RELATIVAS A RESIDUOS LIQUIDOS ESPECIALMENTE RILES * Ley 18.902 de 1990, MOP, Crea la Superintendencia de Servicios Sanitarios y le otorga la facultad del control de Riles en Art. 2. Modificada por Ley 19.549 de 1998, establece sanciones a Establecimientos Industriales por causas que señala en Art. 11. Y modificada también por la Ley 19.821. (E) * Ley 19.821 de 2002, MOP, Modifica la Ley 18.902, y deroga la Ley 3.133 (de 1916) sobre neutralización de residuos provenientes de establecimientos industriales. (E) * D.F.L. 725 de 1967, MINSAL, El Código Sanitario establece, en los artículos 69 a 76 del Libro Tercero, disposiciones relativas a las aguas y sus usos sanitarios. (E) * D.F.L. 382 de 1988, Ley Gral. Servicios Sanitarios (E) * D.F.L. 1 de 1989, MINSAL, Determina materias que requieren autorización sanitaria expresa. (E) * D.S. 236 de 1926. Regl. Gral. De Alcantarillados y Aguas Servidas. (E) * D.S. 4.740 de 1947, Min. Interior, Normas sanitarias mínimas municipales. (N) * D.S. 144 de 1961, MINSAL, Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Art. 6. (E) * D.S. 121 de 1991, MOP, Reglamento del D.F.L. 382 de 1988. (E) * D.S. 119 de 1992, Defensa, Regl. para el control de la contaminación acuática. (N) * D.S. 351 de 1993, MOP, sobre residuos líquidos industriales. (E) * D.S. 1.172 de 1997, MOP, Mod. Regl. de la Ley 3.133 y D.S. 351.(N) * D.S. 609 de 1998, MOP, NE Regulación de contam. asociados a las descargas de residuos industriales líquidos a sistemas de alcantarillado. Modificado por D.S. 3.592/2000. (E) * D.S. 594 de 2000, MINSAL, Establece condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Art. 16 a 20. Modificado por D.S. 201/2001. (E) * D.S. 90 de 2000, CONAMA, NE regulac. de contamin. asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales. (E) * D.S. 46 de 2002, NE de residuos líquidos a aguas subterráneas. D.O. 2003. (E) * D.S. 22 Norma para la regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Superficiales. (E) * Res. 7.077 de 1976, MINSAL, Prohíbe incineración como método de eliminación de residuos sólidos de origen doméstico e industrial en determinadas comunas de la Región Metropolitana. (N) Cristian Patricio Carter Roa 18
  • 20. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile * Res. 7.539 de 1976, MINSAL, Normas mínimas para operación de basurales en Stgo. (N) * Res. 3.276 de 1977, MINSAL, Transporte de desechos orgánicos provenientes de lugares de fabricación y/o elaboración. de alimentos, susceptibles a ser empleados en la crianza y engorda de animales. (N) * Res. 1.248 de 1998, SISS, Aprueba contenido de informe técnico de la concesionaria. (N) * Res. 1.239 de 1998, SISS, Aprueba guía para la elaboración de proyectos de tratamiento de riles. (N) * Res. 2.327 de 2000, SISS, Hace extensiva Norma Provisoria SISS que regula Descargas de Riles a Aguas Superficiales a los concesionarios de servicio público de disposición de aguas servidas. (E) * Res. 256 de 2001, NE aguas subterráneas. (N) * Res. 1.124 de 2001, SISS, Procedimiento para la calificación de establecimiento industrial.(N) * Res. 1.841 de 2002, SISS, Establece nueva fecha respecto de norma DS. SEGPRES 90. Industriales suscritos a Acuerdos de Producción Limpia (APL) en materia del control de residuos líquidos, quedan excluidos de realizar este trámite en razón de que estos acuerdos también apuntan a comprometerlos, mediante un calendario de trabajo. (N) * NCh 1.333 de 1978, Requisitos de calidad de agua para diferentes usos. (INC) * Convenio de Basilea, que establece el control de los movimiento transfronterizos de desechos peligrosos, D.S. 685 de 1992, RR.EE. (E) Cristian Patricio Carter Roa 19
  • 21. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile 9.- NORMAS AMBIENTALES RELATIVAS A SUSTANCIAS PELIGROSAS * L. 3.133 de 1916, sobre neutralización de residuos. Derogada por Ley 19.821. (E) * L. 18.916, Código Aeronáutico. Sobre transporte sustancias peligrosas en aeronaves. (E) * D.F.L. 725 de 1967, MINSAL, Código Sanitario. Art. 90 a 93: De las sustancias tóxicas o peligrosas para la salud. (E) * D.F.L. 850 de 1998, MOP, fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la L. 15.840 Orgánica del MOP de 1964 y del D.F.L. 206, de caminos, de 1960. (E) * D.S. 236 de 1960, MINECON, Normativa de Seguridad en el empleo y Manejo de explosivos, materias inflamables, municiones y petróleo. (N) * D.S. 12 de 1985, Min. Minería, Regl. para el transporte seguro de materiales radioactivos. (N) * D.S. 75 de 1987, MTT., sobre condiciones de transporte. (INC) * D.S. 746 de 1990, Min. Defensa, Subsecretaría de Aviación, Reglamento de Transporte sin riesgos de Mercancías Peligrosas por Vía Aérea. (E) * D.S. 379 de 1994, MINECON, Regl. Requisitos mínimos de seguridad para almacenamiento y manipulación de combustibles líquidos derivados del petróleo. (E) * D.S. 298 de 1994, MTT, Reglamenta el Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos. Modificado por D.S. 198 de 2000. (E) * D.S. 90 de 1996, MINECON, Regl. de seguridad para el almacenamiento, refinación transporte y expendio al público de combustibles líquidos derivados del petróleo. (INC) * D.S. 105 de 1998, MINSAL, Regl. de empresas aplicadoras de pesticidas de uso doméstico y sanitario. (E) * D.S. 594 de 2000, MINSAL, Establece condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Art. 42: Establece condiciones de almacenamiento de sustancias peligrosas. Modificado por D.S. 201 de 2001. (E) * D.S. 656 de 2001, MINSAL, Prohíbe uso de asbestos en productos que indica. (E) * Res. 350 de 1981, SAG, Normas para el ingreso de mercaderías peligrosas al país. (N) * Res. 639 de 1984, Prohíbe la Importación, Fabricación, Venta, Distribución y Uso del Plaguicida DDT. (N) * Res. 996 de 1993, Prohíbe la Importación, Fabricación, Distribución, Venta y Uso de Plaguicidas Agrícolas que contengan Sales Orgánicas o Inorgánicas de Mercurio. (N) Cristian Patricio Carter Roa 20
  • 22. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile * Res. 1.899 de 1999, SAG, Establece obligación de declarar al Servicio Agrícola y Ganadero la existencia de plaguicidas caducados. (N) * Res. 3.670 de 1999, SAG, Establece normas para autorización de plaguicidas de uso agrícola. (N) * Res. 3.671 de 1999, SAG, Establece muestreo y análisis de todos los plaguicidas de uso agrícola que se importen al país y de aquellos formulados en Chile, antes de su comercialización. (N) * Res. 1.315 de 2000, SAG, Establece normas para ingreso de muestras de plaguicidas para ensayo o experimentación. (N) * Res. 2.195 de 2000, SAG, Establece los requisitos que deben cumplir las etiquetas de los envases de los plaguicidas de uso agrícola. (N) * Res. 2.196 de 2000, SAG, Establece clasificación toxicológica de plaguicidas de uso agrícola. (N) * Res. 2.197, de 2.000, SAG, Establece denominación y códigos de formulaciones de plaguicidas de uso agrícola. (N) * Res. 2.198 de 2.000, SAG, Establece protocolos para ensayos con plaguicidas.(N) * NCh 382 Of.89 Sustancias Peligrosas - Terminología y Clasificación General (INN). (N) * NCh 383 de 1955, MINECON, Medidas de seguridad en almacenamiento de explosivos. (N) * NCh 385, D.S. 954 de 1955, MINECOM, Medidas de seguridad en el transporte de materiales inflamables y explosivos. (N) * NCh 387, D.S. 1.314 de 1955, MINECON, Medidas de seguridad en el empleo y manejo de materias inflamables. (N) * NCh 391 de 1960, D.S. 236 de 1960, MINECON, Medidas adicionales de seguridad en el transporte en camiones de explosivos y de materiales inflamables. (N) * NCh 758 de 1971, MINECON, Sustancias peligrosas - Almacenamiento de líquidos inflamables - Medidas particulares de seguridad (N) * NCh 389 of 74, D.S. 1.164 de 1974, MOP, Sustancias peligrosas - Almacenamiento de sólidos, líquidos y gases inflamables - Medidas generales de seguridad. (N) * NCh 1411/4 de 1978, MINECON, Prevención de riesgos - Parte 4: Identificación de riesgos de materiales. (N) * NCh 2120/6.Of89, D.S. 171 de 1989, MTT, parte 1 a 9, sobre Clasificación de sustancias peligrosas. (E) * NCh 2137 de 1992, MTT, Sustancias peligrosas - Embalajes/Envases - Terminología, clasificación y designación. (N) Cristian Patricio Carter Roa 21
  • 23. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile * NCh 2190 de 1993, MTT, Sustancias peligrosas - Marcas para información de riesgos, DS. 90 de 1993. (N) * NCh 2245 de 1993, MINECON, Hoja de datos de seguridad de productos químicos - Contenido y disposición de los temas. (N) * NCh 2353 de 1996, MTT, Sustancias peligrosas - Transporte por carretera - Hoja de Datos de Seguridad. (N) * NCh 382 de 1998, MTT, Sustancias peligrosas - Terminología y clasificación general. (N) * NCh 2120/1 al 9 de 1998, MTT, Sustancias peligrosas – Partes 1 a 9. (N) * Convención de las NU sobre el Derecho del Mar, D. S. 1.393 de 1997. (E) * Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, MARPOL 73/78. (E) * Convenio Internacional sobre Responsabilidad Civil por Daños Causados por la Contaminación de las Aguas del Mar por Hidrocarburos. (N) * Convenio para la Protección del Medio Ambiente y la Zona Costera del Pacífico Sudeste. (E) * Acuerdo sobre la Cooperación Regional para el Combate de la Contaminación del Pacífico Sudeste por Hidrocarburos y otras Sustancias Nocivas en casos de Emergencia y su protocolo. (E) * Protocolo para la Protección del Pacífico Sudeste contra la Contaminación Proveniente de Fuentes Terrestres. (E) * Protocolo para la Conservación y Administración de las Áreas Marinas y Costeras Protegidas del Pacífico Sudeste. (E) * Convenio Internacional Relativo a la Intervención en Alta Mar en Casos de Accidentes que Causen una Contaminación por Hidrocarburos. (N) * Protocolo Relativo a la Intervención en Alta Mar en casos de Contaminación por Sustancias Distintas de los Hidrocarburos. (N) * Convenio de Aviación Civil Internacional (OACI), D.S. 509 de 1957. (N) * Convenio para la unificación de Ciertas Reglas Relativas al Transporte Aéreo Internacional, de 1929, Varsovia, y Protocolo que lo modifica, de 1955, en la Haya. D.S. 458 de 1970. (E) * Convenio de Trafico ferroviario Multinacional de Carga, D.S. 541 de 1976. (N) * Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación. (E) * Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente, adoptado en Madrid, de 1991. (E) Cristian Patricio Carter Roa 22
  • 24. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile 10.- NORMAS AMBIENTALES RELATIVAS AL RUIDO NORMAS SOBRE CONTAMINACION ACUSTICA DE FUENTES MOVILES * L. 18.290 de 1984, de transito. Arts. 76 a 78 (E) * D.S. 286 de 1984, Regl. sobre Niveles Máximos Permisibles de Ruidos. (E) * D.S. 75 de 1987, prohíbe hacer sonar cilindros de gas para su venta. (E) * D.S. 122 de 1991, MTT, Clasificación de buses y máx. de ruidos. (N) * D.S. 212 de 1992, MTT, Prohibición tocar música en locomoción. (E) * D.S. 129 de 2002, NE ruido buses locomoción colectiva. (E) NORMAS SOBRE CONTAMINACION ACUSTICA DE FUENTES FIJAS * D.F.L. 458, de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones. (E) * D.S. 146 de 1997, deroga DS 286 de 1984, NE ruidos molestos de fuentes fijas. (E) * D.S. 686 de 1998, SGP, NE para la regulación de la contaminación lumínica. (E) * D.S. 594 de 2000, Regl. sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. (E) * Res. 505 de 2000, SUBTEL, Fija norma técnica sobre requisitos de seguridad aplicable a la instalación de servicios de telecomunicaciones que generan ondas electromagnéticas. (N) * NCh 1619.Of79, INN. (N) Cristian Patricio Carter Roa 23
  • 25. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile 11.- NORMAS RELATIVAS A LA BIODIVERSIDAD Y RECURSOS NATURALES * L. 17.288 de 1970, sobre Monumentos Nacionales. (E) * L. 18.348 de 1984, crea Corp. Nacional Forestal y de Protección de recursos Naturales Renovables. (E) * L. 18.362 de 1984, crea Sistema Nacional de Áreas Protegidas del Estado * Vigente una vez que riga L. 18.348, que disuelve a CONAF. (E) * L. 18.378 de 1984, Creación de áreas de Protección Turística. (E) * L. 18.892 de 1989, General de Pesca y Acuicultura, texto refundido D.S. 430 de 1992, MINECON. Tit. VI, VII. (E) * L. 19.300 de 1994, de Bases del Medio Ambiente (E) * L. 19.473 de 1996, de Caza. Sustituye L. 4.601 (E) * D.L. 701 de 1974, Fomento Forestal, reemplazado por D.L. 2.565 de 1979. (E) * D.L. 1.939 de 1977, sobre adquisición, administración y disposición de bienes del Estado. (E) * D.L. 2.222 de 1978, Ley de Navegación, Art. 142. (E) * D.L. 2.565 de 1979, que reemplazo al D.L. 701 de 1974 (E) * D.L. 3.557 de 1980, Min. Agricultura, Establece disposiciones sobre protección agrícola (INC) * D.F.L. 265 de 1931, Ley de Bosques, texto refundido por DS 4.363 de 1931. (E) * D.F.L. 15 de 1968, Sanciona explotación ilegal de maderas. (N) * D.S. 4.363 de 1931, Min. Agricultura, Ley de bosques. Regula el corte de arbolado y arbustos nativos. Mod. por L. 18.979, la Ley de Bosques. (E) * D.S. 908 de 1941, reglamenta explotación palma chilena. (N) * D.S. 366 de 1944, Establece requisitos para permisos de corte y tala de bosques. (E) * D.S. 268 de 1955, prohíbe caza aves silvestres durante su anidación. (N) * D.S. 16 de 1963, Sanidad y protección animal. (E) * D.S. 490 de 1976, Min. Agricultura, declara monumento nacional al alerce. (E) * D.S. 259 de 1980, Regl. Del D.L. 701 de 1974 (E) * D.S. 276 de 1980, Reglamento sobre Roce con Fuego. (INC) * D.S. 43 de 1990, declara monumento nacional Araucaria araucana. (N) * D.S. 100 de 1990, Prohíbe el Empleo del Fuego para Destruir la Vegetación. (E) * D.S. 430 de 1991, que fija Ley 18.892 de 1989, Ley de Pesca y Acuicultura. (E) * D.S. 133 de 1993, MinAgric, Regl. de la Ley de Caza. (E) Cristian Patricio Carter Roa 24
  • 26. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile * D.S. 342 de 1993, sobre mataderos. (E) * D.S. 5 de 1998, Reglamento de la Ley de Caza 19.473. (E) * D.S. 193 de 1998, Min. Agricultura, Reglamento del D.L. 701, sobre Fomento Forestal. (E) * D.S. 319 de 2001, Regl. Riesgo especies hidrobiológicas. (N) * D.S. de 28/05/2003, Reglamento de áreas silvestres privadas. En Contraloría. (E) * Res. 1927 de 1993, del SAG, que establece normas para la internación de material vegetal de reproducción Transgénico (modificación genética vegetal). * Convención para la protección de la Fauna, la Flora y la Belleza Escénicas Naturales de América, en Washington, de 1940. D.S. 531 de 1967. (E) * Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, 3 marzo 1973. D.S. 141 de 1975. (E) * Convención Internacional para la caza de la Ballena (CBI), de 1946, Ratificada 6 julio de 1979. D.S. 489 de 1979. (E) * Convenio para la Conservación de las Focas Antárticas”, 1 junio de 1972. D.S. 191, D.O. 24 de 1980. (E) * Convenio para la Conservación y manejo de la Vicuña, Firmado en Lima, Perú, 20 dic. 1979. D.S. 212 de 1981. (E) * Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos. Canberra. de 1980. Ratif. por D.S. 662 de 1981. (E) * Convención sobre la Conservación de Zonas Húmedas de Importancia Internacional, especialmente como hábitat de Aves Acuáticas, Ramsar, Irán. de 1971. D.S. 771 de 1981 (D.S. 2.734 de 1981, declara Zona Húmeda Nacional el área de Carlos Andwanter en Valdivia) (E) * Convención sobre la Protección de las Especies Migratorias (Trashumantes) de Animales Silvestres. Suscrito en RFA de 1979. Aprobado D.S. 868 de 1981. (E) * Convenio sobre la Diversidad Biológica, de 1992. D.S. 1963 de 1995. (E) Cristian Patricio Carter Roa 25
  • 27. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile 12.- NORMAS AMBIENTALES RELATIVAS A LA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL * Ley 16.744 de 1968, MINTRAB, sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. (E) * Ley 18.164 de 1982, seguridad ocupacional, Internación de ciertos productos químicos (E) * D.F.L. 725 de 1967, MINSAL, Código Sanitario. Art. 82 a 88: De la higiene y seguridad en los lugares de trabajo. (E) * D.F.L. 1 de 1994, Seguridad y Salud ocupacional. (E) * D.S. 954 de 1955, MINECOM, Transporte de materiales inflamables y explosivos. N) * D.S. 40 de 1969, MINTRAB, Regl. sobre Prevención de Riesgos Profesionales. Modificado por el DS 95/1995. (E) * D.S. 54 de 1969, MINTRAB, Regl. de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad. (E) * D.S. 48 de 1984, MINSAL, Reglamento de Calderas y Generadores de Vapor. (N) * D.S. 91 de 1984, MINECON, Oficializa NCh. Elec. 10/1984 que establece trámite para la puesta en servicio de una instalación interior. (N) * D.S. 133 de 1984, MINSAL, Regl. sobre autorizaciones para instalaciones radioactivas o equipos generadores de radiaciones ionizantes, personal que se desempeña en ellas, u opere tales equipos y otras actividades. (N) * D.S. 3 de 1985, MINSAL, Regl. Protección radiológica e instalaciones Radioactivas. (N) * D.S. 72 de 1985, Min. Minería, Regl. de seguridad minera. (E) * D.S. 222 de 1996, MINECON, Regl. de Instalaciones Interiores de Gas. (E) * D.S. 369 de 1996, MINECON, Regl. de Normas sobre Extintores Portátiles. (E) * D.S. 594 de 2000, MINSAL, Condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Modificado por D.S. 201 de 2001. (E) * NCh 388 de 1955, MINECON, Prevención y extinción de incendios en almacenamientos de materias inflamables y explosivas. (N) * NCh 1432/1 al 4 de 1995, MINECON, Extintores Portátiles – Pruebas de Fuego. (INC) Cristian Patricio Carter Roa 26
  • 28. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile * NCh 1430 de 1997, MINECON, Extintores Portátiles – Clasificación y Rotulación (INC). * NCh 2111 de 1999, MINECON, Protección contra incendio - Señales de seguridad. (N) * NCh 2056 de 1999, MINECON, Extintores portátiles - Inspección, mantención y recarga. (N) 13.- NORMAS AMBIENTALES RELATIVAS A COMBUSTIBLES * D.F.L. 323 de 1931, ley de Servicios de Gas (E) * D.S. 29 de 1986, Regl. de gas licuado. (N) * D.S. 379 de 1985, combustibles derivados del petróleo. (E) * D.S. 90 de 1990, Regl. Combustibles derivados de petróleo. (E) * D.S. 739 de 1994, transporte y distribución gas de ciudad. (E) * D.S. 254 de 1995, Regl. Transporte y distribución gas natural. (E) * D.S 90 de 1996, Regl. Almacenamiento, transporte y refinación de combustibles derivados del Petróleo. (E) * D.S. 191 de 1996, Regl. de instaladores de gas. (N) * D.S. 222 de 1996, Regl. de instalaciones Interiores de gas. (E) Cristian Patricio Carter Roa 27
  • 29. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile 14.- DECLARACIONES DE ZONA SATURADA * D.S. 346 de 1993, Min. Agricultura, Declara zona saturada por anhídrido sulfuroso y material particulado al área circundante al complejo industrial Ventanas. (E) * D.S. 1.162 de 1993, MINSAL, Declara zona saturada por material particulado respirable área indicada. (Pedro de Valdivia y María Elena). (E) * D.S. 255 de 1993, MINSAL, Declara zona saturada por anhídrido sulfuroso a la zona entorno a la fundición Hernán Videla Lira, III Región. (E) * D.S. 179 de 1994, SGP, Declara zona saturada por anhídrido sulfuroso y material particulado al área circundante a la fundición Caletones, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. (E) * D.S. 131 de 1996, SGP, Declara zona saturada por ozono, Material Particulado respirable, partículas en suspensión y monóxido de carbono, y Zona Latente por dióxido de nitrógeno a la R.M. (E) * D.S. 18 de 1997, SGP, Declara zona saturada por SO2 y PM-10 a la zona circundante a Potrerillos. (E) 15.- PLANES DE DESCONTAMINACIÓN * D.S. 252 de 1992, Minería, Plan Desc. Complejo Industrial las Ventanas (E) * D.S. 180 de 1994, SGP, Plan Desc. Fundición Hernán Videla Lira (E) * D.S. 81 de 1998, SGP, Plan Desc. Fundición Caletones (E) * D.S. 164 de 1999, SGP, Plan Desc. Local Maria Elena y Pedro Valdivia (E) * D.S. 179 de 1999, SGP, Plan Desc. Fundición Potrerillos, Codelco. (E) * D.S. 20 de 2000, SGP, Plan Prevención y Desc. Atmósf. para la R. M. (E) * D.S. 206 de 2001, SGP, Plan Desc. Zona Fundición Chuquicamata. (E) * D.S. 20 de 2000, Plan de prevención y descontaminación atmosférica de la Región Metropolitana, modifica D.S 16 de 1998. (INC) Cristian Patricio Carter Roa 28
  • 30. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile 16.- NORMAS SECTORIALES Si bien en los autores e instituciones organizan las normas ambientales según materias como anteriormente se ha expuesto, en seguida se expondrán las principales Normas Sectoriales, es decir aquellas que dan competencia a ciertos órganos en materia ambiental o sistema de Protección Ambiental. Muchas de estas normas ya se han expuesto en el desarrollo del trabajo, pero se destacan por los autores las siguientes: (sobre todo en relación al SEIA). * L.O.C. 18.575 de 1986, de Bases Generales de la Administración del Estado. Ej. Art. 20. (E) * L.O.C. 18.695 de 1988, de municipalidades. Competencia variada en materia ambiental. Ej: Art. 20 letra b) Nº 1, en permiso construcción. (E) * L.O.C. 19.175 de 1992, de Gobierno y Administración Regional (E) * Ley 2.890 de 1914, del Ministerio de Relaciones Exteriores Culto y Colonización. (N) * Ley 3.133, de 1916, Autorización para Sist. de Trat. de Residuos Industriales Sólidos. Ley 19.821, la derogó. (N) * Ley 4.601, sobre Caza, art. 5º; 9; 25. (E) * Ley 16.391, crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, D.O. de 16/12/65. (E) * Ley 16.572, fija organización y funciones y establece disposiciones generales a la Dirección General de Aeronáutica Civil D.O. de 17/02/68. (INC) * Ley 17.288 de 1970, sobre Monumentos Nacionales, Art. 11 y 12; 22 y 23; 30; 31. (E) * Ley 18.059 de 1981, asigna al MTT, carácter de organismo rector de tránsito y le señala atribuciones. (N) * Ley 18.164 de 1982, Hacienda, que introduce modificaciones a la legislación aduanera. (E) * Ley 18.201. Crea la Secretaría General de la Presidencia, D.O. de 27/01/83. (E) * Ley 18.248 de 1983, Código de Minería, Art. 17 Nº 1, Nº 2, Nº 6. (E) * Ley 18.290 de 1984, Ley del Tránsito. (E) * Ley 18.302, Ley de Seguridad Nuclear, Art. 4. (E) * Ley 18.410, da competencia a Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), en materia de combustibles. (E) * Ley 18.755 de 1989, que establece normas sobre el Servicio Agrícola y Ganadero. (E) Cristian Patricio Carter Roa 29
  • 31. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile * Ley 18.892 de 1989, General de Pesca y Acuicultura, texto refundido D.S. 430 de 1992, MINECON. Tit. VI, VII. (E) * Ley 18.902 de 1990, crea Superintendencia de Servicios Sanitarios, mod. Por L. 19.549 de 1998. Producción y distribución de agua potable o recolección y disposición de aguas servidas. (E) * Ley 19.175, sobre Gobiernos Regionales, el Intendente debe fomentar y velar por la protección, conservación y mejoramiento del medio ambiente. (E) * Ley 19.253, de Indígenas y Crea CONADI. Regula el reconocimiento, protección y desarrollo de tierras indígenas. (E) * Ley 19.473 de 1996, Min. Agricultura, Ley de caza. (E) * Ley 19.542 de 1997, que Moderniza el Sector Portuario Nacional. (E) * D.L. 369 de 1974, que crea a la ONEMI, entre otras para evitar y enfrentar catástrofes, ej. Ambientales. (E) * D.L. 701 de 1974, sobre Fomento Forestal, Art. 21. Plan de manejo forestal. Sustituido por D.L. 2565, de 1979. (E) * D.L. 1939 de 1977, de Tierras y Colonización (hoy Bienes Nacionales). * D.L. 2.222 de 1978, Ley de Navegación, art. 142. (E) * D.L. 2.224 de 1978, faculta a la Comisión Nacional de Energía elaborar y proponer al Gobierno las normas para la seguridad y adecuado funcionamiento y desarrollo del sistema en su conjunto. (E) * D.L. 2.763 de 1979, facultada al Departamento de Programas sobre el Ambiente de la Oficina de Planificación y Presupuesto del MinSal para estudiar, elaborar y proponer las políticas de salud. (E) * D.L. 3.525 de 1980, faculta al Servicio Nacional de Geología y Minería puede proponer al Ministerio de Minería, la dictación de normas mejoren las condiciones de higiene y seguridad en la industria minera. (E) * D.L. 3.557 de 1980, Min. Agricultura, Establece disposiciones sobre protección agrícola. (E) * D.F.L. 7.912 de 1927, Min. Interior, Ministerios a través de los cuales el Presidente de la República ejercerá el gobierno y administración del Estado y dispone que en cada Ministerio habrá Subsecretarías. (N) * D.F.L. 292 de 1953, Min. de Hacienda, Ley Orgánica de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante. (E) * D.F.L 153 de 1960, Min. Hacienda, que crea la Empresa Nacional de Minería. (E) * D.F.L 294 de 1960, Min. Hacienda, que establece funciones y estructuras del Ministerio de Agricultura. (E) Cristian Patricio Carter Roa 30
  • 32. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile * D.F.L 302 de 1960, Min. Minería, que aprueba Disposiciones Orgánicas y Reglamentarias del Ministerio de Minería. (E) * D.F.L. 340 de 1960, Min. Defensa, sobre Concesiones Marítimas. (E) * D.F.L. 725 de 1967, MinSal, Código Sanitario, art. 71 letra a) y b); art. 74; arts. 79 y 80. (E) * D.F.L. 557 de 1974, crea el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. (N) * D.F.L. 458 de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones. Art. 116, respecto a permiso de construcción; Art. 9 y 144, Certif. recepción de obras. (E) * D.F.L. 161 de 1978, Estatuto Orgánico del Ministerio de Relaciones Exteriores. (E) * D.F.L. 329 de 1979, Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas, respecto a paso de sustancias peligrosas. (N) * D.F.L. 1.122 de 1981, Min. de Justicia, Código de Aguas, art. 58; 63; 171; 294. (E) * D.F.L. 1 de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos. (E) * D.F.L. 30 de 1982, Min. Hacienda. Ordenanza General de Aduanas. Hoy D.F.L. 2 de 1997, hacienda, que fija texto refundido del D.F.L. 213 de 1953. (N) * D.F.L 1 de 1989, MinSal, Determina materias que requieren autorización sanitaria expresa. (E) * D.F.L. 242 de 1990, da a SERNAC facultad emitir los informes técnicos que procedan en la tramitación de los permisos para la instalación de nuevas industrias. (E) * D.F.L. 850 de 1997, del MOP, Art. 14, regularización de las riberas y cauces; 17, obras de riego; 18, 26, 36, 41. Realización de obras, de y en, caminos; 19 obras portuarias marítima; 16 obras en edificios públicos; 20 obras de aeropuertos. (E) * D.S. 2.491 de 1916, Regl. Ley 3.133 de Residuos Industriales Sólidos. Derogada por Ley 19.821. (E) * D.S. 4.363 de 1931, Min. Agricultura, Ley de bosques. Regula el corte de arbolado y arbustos nativos. (E) * D.S. 655 de 1940, Min. Trabajo, Reglamento sobre Higiene y Seguridad Industriales. Libro 3 del Cód. Sanitario. (E) * D.S. 1.340 de 1941, Min. Defensa, Reglamento de orden, Seguridad y Disciplina en la Naves y Litoral de la República. (E) * D.S. 86 de 1970, Min. Minería, Regl. de Constr. y Operación de Tranques de Relaves, art. 47. (N) * D.S. 357 de 1970, MinSal, Regl. General de Cementerios, artículo 5º. (E) * D.S 455 de 1973, Min. Justicia, que aprueba los estatutos de la Corp. Nacional Forestal. (N) * D.S. 490 de 1976, del Ministerio de Agricultura. (N) * D.S. 155 de 1977, Min. Interior, competencia a ONEMI en emergencia (E)
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  • 34. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile * D.S. 718 de 1977, Min. Vivienda y Urbanismo, que crea la Comisión Mixta de Agricultura, Urbanismo, Turismo y Bienes Nacionales (E) * D.S. 194 de 1978, Regl. Sanitario de Hoteles y Establecimientos Similares. (E) * D.S. 395 de 1979, MinSal, aprueba el Reglamento del Ministerio de Salud. (E) * D.S. 259 de 1980, Regl. Técnico del D.L. 701. (E) * D.S. 255 de 1981, MTT, Aprueba Política Nacional de Tránsito. (N) * D.S. 67 de 1982, Min. Agricultura, otorga a los Secretarios Regionales Ministeriales de Agricultura las atribuciones y facultades que indica y deroga D.S. 232, de 1982. (N) * D.S. 206 de 1982, da al Servicio de Salud del Ambiente de la Región Metropolitana tiene competencias en materia ambiental. (E) * D.S. 310 de 1983, MINECON, Regl. de Seguridad para el Transporte de Combustibles Líquidos por vía Férrea (N) * D.S. 12 de 1985, Min. Minería, que aprueba Reglamento para el Transporte Seguro de Materiales Radiactivos, art. 1. (N) * D.S. 72 de 1985, Min. Minería, Regl. de Seguridad Minera, art. 318. modif.. por D.S. 73 de 2001. (E) * D.S. 42 de 1986, MinSal, Regl. Orgánico de los Servicios de Salud. (E) * D.S. 174 de 1986, MINECOM, Regl. Orgánico de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. (E) * D.S. 379 de 1986, MINECOM, aprueba Reglamento sobre requisitos mínimos de seguridad para el almacenamiento y manipulación de combustibles líquidos derivados del petróleo destinados a consumos propios. (E) * D.S. 660 de 1988, Min. Defensa, que sustituye el Reglamento sobre Concesiones Marítimas. (E) * D.S. 289 de 1989, MINSAL, Reglamento sobre condiciones Sanitarias mínimas en Establecimientos Educacionales. (N) * D.S. 43 de 1990, del Min. de Agricultura. (N) * D.S. 446 de 1990, MinSal, Aprueba el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud. (E) * D.S. 746 de 1990, Regl. de Transporte sin Riesgos de Mercancías Peligrosas por Vía Aérea. (N) * D.S. 484 de 1990, Min. Educ., Regl. Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. (E) * D.S. 1 de 1992, Min. Defensa, Reg. para el Control de la Contaminación Acuática Arts. 108 y 109; 113; 116; 117; 140. modif.. por D.S. 820 de 1993. (E) * D.S. 47 de 1992, Min. Vivienda, fija nuevo texto de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Art. 4.14.2; 47. (E)
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  • 36. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile * D.S. 13 de 1995, Min. de Agricultura. (N) * D.S. 298 de 1995, MTT, Regl. Transporte de Cargas Peligrosas por calles y caminos. (E) * D.S. 90 de 1996, MINECON, Regl. de Seguridad para el almacenamiento, refinación, transporte y expendio al público de combustibles líquidos derivados del Petróleo. (E) * D.S. 977 de 1996, MINSAL, Regl. Sanitario de los alimentos. (E) * D.S. 1.222 de 1996, MinSal, da al Instituto de Salud Pública de Chile competencias generales en materia de salud. (E) * D.S. 594 de 2000, MinSal, Regl. Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Servicios de Salud (E) * D.S. 320 de 2001, MINECON, Regl. Ambiental para la acuicultura. (E) * Res. 2.723 de 1989 del Ser. Salud de Antofagasta, sobre transporte de materiales peligrosos. (E) 17.- NORMAS RESPECTO AL DAÑO AMBIENTAL General: Art. 3 Ley 19.300.- , sistema de responsabilidad Subjetiva, causados mediante dolo o culpa, y además establece presunciones de responsabilidad. (E) Especiales: a) Ley de Seguridad Nuclear, 18.302, de 1984. Art. 49, establece sistema de responsabilidad objetiva, por el sólo daño. (E) b) Ley de Navegación, Dto. Ley 2.222 de 1978. Art. 144. Responsabilidad Objetiva. (E) c) Ley de Protección Agrícola, 3.557 de 1981. Art. 36, establece también responsabilidad objetiva (E) Cristian Patricio Carter Roa 33
  • 37. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile FUENTES CONSULTADAS * CIMA, Centro Información Medio Ambiental, utilización del programa en y con la autorización de Universidad Católica de Temuco, Facultad de Ciencias Ambientales con fines educacionales. * Manual de Derecho Ambiental, Pedro Fernández Bitterlich. * Revistas “Estudios de Legislación Ambiental”, de CONAMA. * Paginas Web y Links de órganos de la Administración del Estado con competencia en materia ambiental, Ej. Del MINSAL * Diversas Páginas Web especificas, como por ejemplo. www.conama.cl/coain/propertyvalue-5481.html www.inn.cl/busquedas/normas_chilenas/normas_chilenas.asp http://www.conama.cl/gestion_ambiental/acuerdos_inter/acuerdos_iterna _home.htm http://www.unep.ch/ozone/spanish/montreal-sp.shtml http://www.biodiv.org/ http://www.pic.int/es/viewpage.asp? id_cat=0 http://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/c- 16.html http://ccad.sgsica.org/legislacion/legislacion yprevencion.htm http://www.conama.cl/chile- canada/f/9925.htm#LEGISLACION%20GENERAL http://www.directemar.cl/reglamar/INDICE.htm http://www.directemar.cl/reglamar/INDICE.htm Cristian Patricio Carter Roa 34
  • 38. De Cristian Carter, http://cristcarter4.spaces.live.com Normas Ambientales, Su situación en Chile ABREVIACIONES Agric. = Agricultura COD. = Código NE = Normas de Emisión NC = Norma de Calidad NCP = Norma de calidad primaria L. = Ley Derog. = Derogado. D.L. = Decreto Ley D.S. = Decreto Supremo D.O. = Diario Oficial NCH = Norma Chilena MINECON = Ministerio de Economía MINSAL = Ministerio Salud Modif. = Modificada MTT = Ministerio del Transporte y Telecomunicaciones. NU o UN = Naciones Unidas Min. = Ministerio Ratif. = Ratificada Reempl. = Reemplazado Regl. = Reglamento R.M. = Región Metropolitana SAG = Servicio Agrícola y Ganadero San. = Sanitario SGP = Ministerio Secretaria General de la Presidencia SEIA = Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. SISS = Superintendencia Servicios Sanitarios SUBTEL = Subsecretaria de Telecomunicaciones Nota: Algunas abreviaciones no se señalan aquí porque son de lógicas y de sentido común. Cristian Patricio Carter Roa 35