El documento analiza la implementación de la Ley 1448 de 2011 en Medellín. Resalta los avances de la Unidad Municipal de Atención a Víctimas, como la atención integral de casi 1,000 personas diariamente. No obstante, propone mejorar la atención en zonas periféricas y comunicar más los derechos de las víctimas. También sugiere aumentar la representación jurídica de víctimas y pedir al gobierno nacional agilizar la valoración de estas.
Sesión Ley de Víctimas - Presentación de Carlos Mario Mejía Múnera
1. Análisis de la implementación
de la ley 1448 de 2011 en la
ciudad de Medellín
11 de Marzo de 2013
2. El propósito
Un año después de la implementación de la Ley 1442 de
2011 conocida como la Ley de Víctimas, tiene sentido
que la Corporación Pública Concejo de Medellín evalúe
cómo se ha desempeñado la Alcaldía de Medellín frente a
esta normativa, y así mismo que identifique aspectos que
deban mejorarse y proponga planes de manejo frente a
ellos.
3. Temas
1. El punto de partida: Los derechos de las
victimas.
2. Papel de las entidades territoriales en la
atención a víctimas, a partir de la Ley 1442 de
2011.
3. Avances de la Administración
4. ¿En qué se debe mejorar?
5. Las propuestas y acciones a futuro
4. 1. Las víctimas tienen derecho a:
• La verdad, la justicia y la reparación integral.
• Ser destinatario de las acciones afirmativas
adelantadas por el Estado para proteger y
garantizar el derecho a la vida en
condiciones de dignidad.
• Solicitar y recibir atención humanitaria.
5. 1. Las víctimas tienen derecho a (2)
• La reunificación familiar.
• Retornar a su lugar de origen o reubicarse
en condiciones de voluntariedad, seguridad y
dignidad, en el marco de la política de seguridad
nacional.
• La restitución de la tierra si hubiere sido
despojado de ella.
6. 1. Las víctimas tienen derecho a (3)
• Recibir información sobre las rutas y los
medios de acceso a las medidas que se establecen
en la Ley.
• Conocer el estado de procesos judiciales y
administrativos que se estén adelantando en
los que tengan un interés como parte o
intervinientes
7. 1. Las víctimas tienen derecho a (4)
• Participar en la formulación, implementación y
seguimiento de la política pública de
prevención, atención y reparación
integral.
• Que la política pública de asistencia, atención y
reparación tenga enfoque diferencial.
10. 2. El papel de las entidades
territoriales (Alcaldía de Medellín)
De acuerdo con el artículo 174 de la Ley de
Víctimas las entidades territoriales están
obligadas a:
•Implementar programas de prevención,
protección, atención, asistencia y reparación
integral a las víctimas de todos los hechos
victimizantes.
•El Alcalde Municipal deberá presidir el Comité
Territorial de Justicia Transicional que debe trazar
planes y articular la oferta institucional para
garantizar los derechos de las víctimas.
11. 2. El papel de las entidades territoriales
(Alcaldía de Medellín) (2)
• Asistencia de urgencia
• Asistencia funeraria
• Complementar medidas de reparación integral
• Garantizar atención de otras autoridades
• Garantizar el servicio de salud, educación, agua
potable y saneamiento básico
• Garantizar la seguridad y protección de las
víctimas con la coordinación del Gobierno
Nacional
12. 3. ¿Avances de la administración?
• Resultado del proceso de modernización,
la Alcaldía de Medellín cuenta hoy con la
Unidad Municipal de Atención y
Reparación a Víctimas del Conflicto
Armado, la cual ha sido ubicada en la
Armado
Subsecretaria de Derechos Humanos, al interior
de la Secretaria de Gobierno y Derechos
Humanos.
13. 3. ¿Avances de la administración? (2)
• En esta nueva unidad, la Alcaldía ha fusionado
la experiencia de la antigua Gerencia para el
Desplazamiento y el Programa Municipal
de Atención a Víctimas del Conflicto
Armado, con el fin de responder a las
Armado
nuevas funciones que le asigna la Ley 1448
de 2011.
14. 3. ¿Avances de la administración? (3)
• Hoy la Unidad de Atención a Víctimas de la
Alcaldía de Medellín es reconocida en el plano
nacional como portadora de la política pública
más avanzada en el país para la atención a
víctimas. Constantemente es consultada por la Corte
Constitucional, el Congreso de la República y
estudiosos nacionales e internacionales del tema.
• Adicionalmente, la cooperación nacional e
internacional, destinada a procesos especiales que
recibe la Unidad, expresan ese reconocimiento.
15. 3. ¿Avances de la administración? (4)
• Internamente la Unidad ha sido
organizada de tal manera que
responda funcionalmente a las
exigencias de la Ley 1448 de 2011.
Tiene componentes como: Atención
básica, Restablecimiento (autonomía
económica), Retornos y reubicaciones,
Participación y reconocimiento, Equipo de
Análisis de la Política Pública, entre otros.
16. 3. ¿Avances de la administración? (5)
• Vale la pena destacar el Equipo de
Análisis de la Política Pública que
ayuda a su mejora permanente y el
Equipo de Retornos con experiencias
exitosas como el caso San Carlos y el caso
Granada.
17. 3. ¿Avances de la administración? (6)
• En concurso con la Personería de Medellín, la
Unidad de Víctimas ha venido contribuyendo con
la conformación de la futura Mesa Municipal de
Víctimas. Se destaca que allí se encuentren
participando un poco más de 80 organizaciones de
víctimas y de trabajo con víctimas.
• El proceso de caracterización de la organizaciones que
actualmente se adelanta, posibilita conocer las
necesidades de estas organizaciones para orientar mejor
las acciones.
18. 3. ¿Avances de la administración? (7)
• La Unidad de Víctimas atiende cerca de
300 personas diarias en cada uno de los
Centros de Atención a Víctimas. En
Medellín son atendidas un poco
más de 1.000 personas en
condición de víctimas
diariamente, lo cual da cuenta de una
importante fortaleza institucional.
19. 3. ¿Avances de la administración? (8)
• La atención en los Centros de Atención a
Víctimas es integral, existe apoyo y
atención psicosocial y diferencial, durante
los tiempos de espera en las filas hay
aprovechamiento para realizar actividades
informativa y lúdicas.
20. 3. ¿Avances de la administración? (9)
• Quienes actualmente son desplazados
forzados intermunicipales o intraurbanos y
son atendidos por el Ministerio Público en
Medellín, cuentan con un albergue de
emergencia y no pasan la noche en la
calle. La Unidad de Víctimas cuenta con
albergues y personal de valoración y
acompañamiento para ofrecer este servicio,
el cual se activa diariamente.
21. 4. ¿Qué se debe mejorar?
• El conjunto de la Administración no debe
permitir que se entienda la Unidad Municipal
de Atención a Víctimas como un programa de
atención a la pobreza, ni como una alternativa
de protección inmediata a quienes tengan en
riesgo su vida o se encuentren amenazados.
Se deben articular acciones concretas de
intervención en Medellín Solidaria para
lo uno y en la Secretaría de Seguridad
para lo otro.
22. 4. ¿Qué se debe mejorar? (2)
• Aunque las tareas de la Unidad
Municipal de Atención a Víctimas
tienen presencia en algunos territorios,
se deben mejorar en la atención a
comunidades víctimas que se
encuentren en zonas periféricas de la
ciudad. Se propone la realización
de jornadas de atención en
barrios frontera del perímetro
urbano.
23. 4. ¿Qué se debe mejorar? (3)
• En necesario profundizar en
procesos comunicacionales y de
información sobre los derechos de las
víctimas y las rutas para obtenerlos.
Aún se percibe mucho
desconocimiento en la ciudad
sobre cómo debe proceder las
víctimas para obtener sus
derechos.
24. 4. ¿Qué se debe mejorar? (4)
• Otras entidades, caso del Gobierno
Nacional y las agencias del Ministerio
Público, deben mejorar su capacidad de
respuesta.
El Gobierno Nacional debe cumplir los tiempos
dispuestos para la valoración y el
reconocimiento de las víctimas. Lo contrario
lleva al Municipio de Medellín a sobrecostos
que dificultan la atención integral de las
víctimas.
25. 4. ¿Qué se debe mejorar? (5)
La Personería de Medellín, al igual que otras
agencias del Ministerio Público, deben mejorar
su capacidad de recepción de inscripción de las
víctimas.
El Colombiano del 8 de marzo de 2013, señaló que la
Ley de Víctimas desbordó la capacidad de las
personerías. Manifestó que el 86% de estas
entidades carecen de personal y elementos
básicos.
En el caso de Medellín, la Personería tiene
represadas, por incapacidad física de atención, cerca
de 4.000 atenciones que involucran el registro de las
víctimas.
26. 5. Las propuestas y acciones
El Gobierno Nacional según datos de la unidad
de atención y reparación a víctimas reconoce
que 6.063.174 personas están inscritas en el
registro único de víctimas.
27. 5. Las propuestas y acciones
(2)
Según el informe anual de la alta comisionada de las
Naciones Unidas para los derechos humanos en
Colombia presentado el 07 de enero de 2013, el 10 % de
la población colombiana ha sido víctima del conflicto.
28. 5. Las propuestas y acciones
(3)
La oficina de la ONU en su último informe
señala (Pág. 6) que la reparación no debe
limitarse a una reparación económica, los
económica
planes de reparación deben permitir las
reconstrucción de una vida digna y los colectivos
deben orientarse a la recuperación del tejido social
de las personas afectadas.
29. 5. Las propuestas y acciones
(4)
Existe preocupación por la falta de información y
de procesos sencillos para facilitar el ejercicio de los
derechos de las víctimas.
30. 5. Las propuestas y acciones
(5)
Actualmente, la ciudad de Medellín cuenta con 35
abogados de la defensoría de pueblo para la
representación judicial de las víctimas, en promedio
cada abogado representa judicialmente 800 casos,
casos
lo que hace inviable una adecuada representación
para la garantía real de acceso a sus derechos.
Fuente: Coldefensa
31. 5. Las propuestas y acciones
(6)
Mediante la presentación de un Acuerdo Municipal:
Municipal
1. Diseñar un programa de atención integral de
asistencia y representación jurídica a las víctimas
del conflicto armado residentes en la ciudad de Medellín.
2. Crear un espacio de comunicación masiva que
informe, oriente y capacite a la ciudadanía sobre el
conflicto armado.
32. 5. Las propuestas y acciones
(7)
Mediante proposición y comunicación
oficial:
Solicitar al Gobierno Nacional,
corregir en el término de la
distancia los retardos en la
valoración de las víctimas, así
mismo, reponer los sobrecostos
ocasionados al Municipio por esta
razón.