1. Seguridad Social
Visítenos en: www.seguridadsocialperu.com para todos y todas
DISTRIBUCIÓN GRATUITA Nº 04. Lima, Mayo del 2010
Pag. 4 Pag. 8 Pag. 9
Régimen de Seguridad Propuesta de las
Social para Trabajadores Informe de CEAR/ OIT sobre el Centrales Sindicales para
Independientes Sistema de Seguridad Social la Reforma del Sistema de
en el País Seguridad Social
Seguridad Social
Hacia una reforma universal y solidaria
Sin exclusionesEsta es una publicación del Instituto Sindical de Cooperación al Desarrollo ISCOD - Perú, a través
de su proyecto Salud Laboral y Protección Social para Trabajadores y Trabajadoras, con el apoyo
de la Junta de Comunidades Autónomas Castilla La Mancha.
Equipo técnico responsable: Luis Miguel Monje Gutiérrez, Jaime Sánchez Arteaga, Patricia Balda
Valenzuela, Diego Motta Villegas, Mary Eliana García Calderón.
Comentarios y sugerencias: Jr. Lloque Yupanqui 1399, Jesús María - Lima - Perú (511) 472-6418
1
http://www.seguridadsocialperu.com / delegacionperu@iscod.org / twitter: @ISCOD
Seguridad Social 1
saludlaboral.proteccionsocial@yahoo.es / Facebook: saludlaboralpara todos y social
proteccion todas
2. Editorial
Para reformar la Seguridad Social
¿Falta recursos o falta voluntad política?
Uno de los principales argumentos que se esgrimen pretendiendo sistema de seguridad social y, por tanto, a contribuir a financiar la
demostrar la inviabilidad de procesos de reforma de la seguridad seguridad social. Prefieren administrar el statu quo, pues resulta
social para mejorarla, ampliarla y garantizarla, es la falta de recursos menos complicado y oneroso para la gestión. Los empleadores,
financieros. En realidad, los problemas son otros. incluido el propio Estado en su condición de empleador, retienen las
contribuciones a la seguridad social y, peor aún, evaden las
Es cierto que el impulso de políticas promotoras de la Seguridad contribuciones a la Seguridad Social generando un evidente
Social y la gestión eficiente de la misma requieren una sólida base problema en la recaudación. El Estado, quien esta llamado política y
financiera para hacerla sostenible. Las prestaciones que la seguridad moralmente a cumplir sus compromisos internacionales contraídos
social otorga a los afiliados al sistema, su eficacia y eficiencia con la suscripción de convenios internacionales, como el convenio
requieren estar debidamente financiadas. La incorporación de 102, es el principar moroso y evasor de las contribuciones a la
amplios sectores de la población a los sistemas de seguridad social seguridad social. Pero además, adopta medidas de políticas que
requiere un adecuado y oportuno financiamiento. Pero cabe afectan financieramente la seguridad social. Así tenemos el caso del
preguntarse: ¿Es el problema de los recursos para financiar la CAS mediante el cual se incluye a un sector de los trabajadores
seguridad social el problema de fondo? ¿No es acaso mas importante públicos a la seguridad social pero estableciendo un tope a la
definir que sociedad queremos construir? ¿La protección social debe remuneración asegurable demasiado bajo que afecta la recaudación
o no ser una prioridad? ¿No hay recursos para financiar la seguridad y encarece los servicios que se debe pagar. Se mantiene en la
social o no están adecuadamente distribuidos? ¿No hay recursos seguridad social en salud el Seguro Agrario un régimen en el cual el
para financiar la seguridad social o quienes deben recaudarlos no lo aporte (4%) que debe pagar el empleador es 60% menor a la tasa de
hacen con la eficiencia y la suficiencia requeridas? ¿No hay recursos aporte regular (9%), lo que ocasiona un problema de financiamiento al
o no los proveen quienes están obligados a hacerlo a través del pago seguro regular. Lamentablemente, los que se benefician con este
de impuestos? ¿No hay recursos financieros o quienes pueden y aporte reducido no son los pequeños productores agrarios y los
deben pagar contribuciones a la seguridad social no son persuadidos campesinos sino un reducido grupo de grandes empresas
a pagar? ¿No hay recursos o no se persigue la evasión y la morosidad exportadoras agroindustriales.
en el pago de los aportes a la seguridad social?.
La recaudación de los aportes a la seguridad social no constituye la
Como lo ha señalado Hernán Pena1, “la cuestión principal, y el debate principal prioridad de la entidad pública (SUNAT) a cargo de la
a dar, es la definición de sociedad que se pretende desarrollar y la recaudación tributaria. Como % del PBI la recaudación de aportes a la
porción de los recursos que se dedican a la cobertura de las seguridad social resulta mas baja que la recaudación de otros
contingencias sociales. Las técnicas a utilizar pueden determinar la impuestos.
magnitud de las transferencias entre generaciones o en los
programas o entre ellos y los recursos de origen fiscal, pero el tema
de fondo es la sociedad pretendida”. La cuestión es si pretendemos
una sociedad en la que el respeto del derecho humano a la seguridad
social es prioritario o debe subordinarse a consideraciones
estrictamente de viabilidad fiscal y económica. Esta última lógica, que
considera a la seguridad social como un costo, es la que ha estado y
está presente en el país; se trata ahora de cambiar esta lógica por una
en la que la seguridad social sea valorada como un indicador del
respeto a los derechos humanos de las personas y un factor de
cohesión social y de lucha contra la pobreza. Es este cambio,
reivindicado por el mundo del trabajo y la ciudadanía, el que
favorecerá el desarrollo de las políticas públicas que extiendan la
cobertura de la seguridad social y la mejora de las prestaciones y de
la gestión.
Políticas que limitan el financiamiento de la Seguridad Social
Precisamente, las carencias del sistema de seguridad social peruano
se deben mas que a un asunto financiero y económico, a no
considerar la protección social como una prioridad de las políticas
públicas, a la falta de voluntad política para adoptar las medidas
necesarias para terminar con las carencias e ineficiencias,
especialmente las referidas a las carencias financieras.
En el país existen diversos factores que limitan los recursos
financieros para la seguridad social. Los organismos que gestionan la
seguridad social no diseñan ofertas atractivas dirigidas a los amplios 1 “Algunas reflexiones sobre la Re-reforma del Sistema de Pensiones
sectores de la población que están dispuestos a contribuir a un Argentino”. Boletín “Seguridad Social para todos y todas”. Nº 1, Septiembre
de 2009. ISCOD.
2 Seguridad Social 2 para todos y todas
3. Notas
El Estado, que debe destinar fondos La Morosidad y evasión contributiva
públicos para extender la cobertura de la en la Seguridad Social en salud
seguridad social a través de mecanismos no
contributivos, no cumple con esta
obligación. La propuesta para otorgar Uno de las graves carencias institucionales de la evasión contributiva a la seguridad social.
pensiones no contributivas a ancianos la Seguridad Social en el país es la morosidad y
pobres sin cobertura del sistema de la evasión del pago de aportes por parte de los Aquí ya no estamos frente a la morosidad en
pensiones no encuentra respaldo pleno en empleadores. En recientes declaraciones el pago sino a la evasión del pago porque no
los hacedores de políticas y el denominado César Chanamé, Gerente Central de Seguros declara a los trabajadores a la seguridad
Aseguramiento universal en salud no cuenta de Essalud, indicó que “El 2009 recaudamos social generando un doble problema: a) Los
con los recursos necesarios ni siquiera para S/. 5,000 millones. Las empresas públicas y trabajadores carecen de cobertura de la
garantizar la cobertura en las regiones privadas no pagaron más de S/. 500 millones, seguridad social en salud; b) La seguridad
pilotos, sin contar con la deuda que tiene el que es más del 10% de nuestra recaudación social en salud deja de percibir
SIS con los prestadores. anual. Afilian a sus trabajadores, pero no pagan contribuciones, para financiar los servicios
puntualmente”. Esto sucede porque si bien los que presta la seguridad social.
En el ámbito del sistema de pensiones se trabajadores son declarados a la seguridad El Ministerio de Trabajo ha emprendido una
diseñó y aplicó una política que debilitó el social las empresas no cumplen con efectuar campaña de fiscalización en Lima que
sistema público de pensiones en beneficio oportunamente los pagos de aporte a la alcanzaría aproximadamente a 5,000
del régimen de capitalización individual de seguridad social. empresas para verificar el registro de los
gestión privada. La migración masiva de trabajadores en la seguridad social y el
afiliados del régimen público de reparto al La deuda que los empleadores públicos y cumplimiento del pago de los aportes a
régimen de capitalización individual y el nulo privados tienen con la Seguridad Social en Essalud.
aporte de los afiliados del régimen de Salud (Essalud) asciende a unos S/. 2,000
capitalización individual al sostenimiento millones. De la deuda total, un 50% Es necesario y urgente realizar cambios
solidario del régimen público basado en el correspondería a entidades públicas como normativos que permitan sancionar
reparto, agravaron los problemas de Municipalidades y los Gobiernos regionales; drásticamente la morosidad y la evasión
financiamiento del régimen público de mientras que el otro 50% correspondería al contributiva a la seguridad social.
pensiones. La ausencia de una política de sector privado, pero a la alta morosidad se
promoción de la afiliación al sistema público suma un problema aún más grave como es el de
de pensiones. El hecho de que solo el 50%
de los afiliados al SPP de pensiones cotice
genera un grave problema a largo plazo para
las pensiones que recibirían los afiliados al
sistema. El impacto de la crisis económica y
Convenio de Seguridad Social
financiera pusieron una vez mas en Perú - Argentina
evidencia las debilidades e inequidades del
sistema pero no se han adoptado políticas Cerca de 90 mil peruanos que actualmente Este documento, agregó, se suscribe luego
de protección a la rentabilidad de los fondos. residen en argentina serán beneficiados con el que en septiembre del 2008, ambos países
No obstante estar demostrado que las altas acuerdo administrativo de aplicación del
comisiones que cobran las AFP disminuyen conversaron sobre la necesidad de
los fondos de pensiones de los afiliados, convenio de seguridad social suscrito hoy por actualizar el Convenio de Seguridad Social
tampoco se ha adoptado una medida clara los gobiernos de ambos países, informó la que Perú y Argentina firmaron en 1979. En
para protegerlos de la ineficiencia en la ministra de trabajo, Manuela García. Precisó
gestión. ese contexto, se decidió que lo más
que con la firma de este documento se está conveniente sería negociar un proyecto de
Vistas así las cosas, se puede concluir que regulando lo concerniente a las prestaciones acuerdo administrativo de aplicación que
no necesariamente el problema de la
previstas en los regímenes de seguridad social permita implementar el referido convenio.
seguridad social pasa porque no existen
recursos para ello, sino porque no se han de cada una de las partes como son: jubilación, Esta mañana, en Palacio de Gobierno, el
adoptado ni se pretenden adoptar las invalidez, sobrevivencia y asignación de Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad
políticas necesarias tendientes a su
sepelio, incluyendo los regímenes de Social de Argentina, Carlos Alfonso Tomada y
sostenibilidad financiera.(JJ)
capitalización imperante en cada parte el canciller peruano, José Antonio García
contratante. Además, dijo, se acordó que la Belaúnde firmaron el referido documento.
reglamentación de las cuestiones relativas a los Por la tarde, la ministra García recibió en su
regímenes de salud para trabajadores y su despacho a su homólogo argentino, Carlos
grupo familiar, asignaciones familiares, riesgos Alfonso Tomada, para intercambiar
de trabajo y transferencia de fondos de los opiniones sobre diversos temas relativos al
sistemas de capitalización individual serán sector trabajo.
objeto de acuerdos administrativos
complementarios posteriores.
Seguridad Social 3 para todos y todas 3
4. Trabajadores Independientes
1. Introducción
Las terribles condiciones laborales y sociales de
inicios del siglo XIX generaron en los trabajadores
la necesidad de organizarse en pos de alcanzar,
entre otras cosas, un sistema de protección
mediante el cual la sociedad los salvaguarde frente
a las fatalidades laborales, en retribución del aporte
de estos a la comunidad.
Ello, unido al interés de los gobiernos de ese
entonces por atraerse el apoyo de los trabajadores
frente al avance del comunismo, posibilitó que en
Alemania, en la época del ultra conservador
Canciller Otto von Bismarck, se emitiera en 1883, la El régimen de Seguridad
Ley del Seguro de Enfermedad. De acuerdo al
consenso general esta sería la primera norma de
seguridad social, la cual versaría precisamente
Social en salud
sobre asistencia médica.
No obstante a pesar del tiempo transcurrido esta
de los trabajadores
protección social en materia de salud sigue siendo
una meta lejana para muchos sectores de la independientes
población. En el Perú, a pesar de los avances, Por: Diego Motta
siguen siendo numerosos aquellos que no cuentan
con este derecho, así como exiguas las acciones Seguridad Social) la cual regula el No obstante, si bien la Ley N° 26790 reconocía
del Estado por garantizarlo. Un caso emblemático funcionamiento del Seguro Social de el principio constitucional de la universalidad
es el de los trabajadores independientes. Salud que es como se brinda del derecho a la seguridad social en salud, este
principalmente la seguridad social en tenía una vigencia relativa no solo por que
2. El marco normativo de la Seguridad Social en salud en el país. De acuerdo a la norma de recogía el derecho al bienestar y garantizaba el
Salud 1997 la seguridad social en salud se brinda libre acceso a las prestaciones de salud
En el caso peruano la Constitución de 1993 a través de ESSALUD (régimen público) y solamente a los asegurados regulares o
reconoce en su artículo 10 “el derecho universal y de las Entidades Prestadoras-EPS de potestativos (quedando fuera los no
progresivo de toda persona a la seguridad social, Salud (privado). contribuyentes), si no porque entre las
para su protección frente a las contingencias que prestaciones brindadas a los afiliados
precise la ley y para la elevación de su calidad de El Convenio 102 de la OIT y la
Seguridad Social en Salud regulares y facultativos existían diferencias en
vida”. (Subrayado nuestro). prejuicio de estos últimos.
El Convenio número 102 de la OIT
¿Qué es la Seguridad Social? sobre Seguridad Social (norma Esta situación era hasta cierto punto tolerada
mínima) de 1952, establece el nivel por el propio artículo 10 de la Constitución, el
La Organización Internacional del Trabajo (OIT), mínimo de prestaciones, así como las cual afirma que la Seguridad Social es de
en un documento publicado en 1991 condiciones para poder acceder a las carácter “universal”, pero también “progresivo”.
denominado "Administración de la seguridad mismas. Las nueve ramas principales Por lo que, a fin de efectivizar el principio de
social", definió la seguridad social como: “La de la seguridad social establecidas en universalidad del derecho, se deberá
protección que la sociedad proporciona a sus el convenio son: asistencia médica, establecer determinados pasos para habilitar
miembros, mediante una serie de medidas enfermedad, desempleo, vejez, su acceso y asegurar su cobertura total a la
públicas, contra las privaciones económicas y accidentes del trabajo y enfermedades población, lo cual se realizará de manera
sociales que, de no ser así, ocasionarían la profesionales, familia, maternidad, gradual, dependiendo de la situación de cada
desaparición o una fuerte reducción de los invalidez, y prestaciones de país. En ese sentido, sería tolerable que
ingresos por causa de enfermedad, maternidad, sobrevivientes. existieran sectores con menor protección.
accidente de trabajo, o enfermedad laboral,
desempleo, invalidez, vejez y muerte; y también la En el caso de la asistencia médica Sin embargo, ello ocasiona una vulneración al
protección en forma de asistencia médica y de esta comprende, según el artículo 7 del principio-derecho de igualdad y el principio de
ayuda a las familias con hijos”. Convenio 102, todo estado mórbido, universalidad (artículos 13 y 14 del Convenio
cualquiera que fuere su causa y la Nº 102 de la OIT), dado que genera una
A nivel legal y en el ámbito de la salud la norma que necesidad de asistencia médica que de discriminación de los afiliados regulares que
desarrolla la disposición constitucional es la Ley ella se deriva. Cubre igualmente la tienen acceso al 100% de las prestaciones del
Marco de Aseguramiento Universal en Salud -Ley asistencia médica necesaria durante el seguro social (ESSALUD o EPS), respecto a
Nº 29344- de 2009. Esta ley establece el marco embarazo, el parto y sus los potestativos. Ello en los hechos supone una
normativo del aseguramiento universal en salud, a consecuencias; así como establece el acción discriminadora hacia los trabajadores
fin de garantizar el derecho pleno y progresivo de deber del Estado de garantizar a las denominados independientes, que son los
toda persona a la seguridad social en salud. La personas protegidas la concesión de destinatarios de los seguros facultativos (como
norma en mención complementa la Ley N° 26790 de asistencia médica de carácter veremos más adelante).
1997 (mal llamada Ley de Modernización de la preventivo.
4 Seguridad Social 4 para todos y todas
5. Trabajadores Independientes
Pero por sobre todo ello, las disposiciones del
Convenio 102 reencausan las obligaciones GRÁFICO 1
estatales. Así un Estado social y constitucional PEA OCUPADA NACIONAL SEGÚN ESTRUCTURA DE MERCADO
de derecho no puede abdicar de sus funciones.
Este convenio presenta principios y reglas en la
construcción de un sistema de seguridad social
equitativo, eficiente y sostenible a partir de la
constatación de la insuficiente cobertura y
protección de los sistemas existentes. Por ello,
si bien el acceso a este derecho universal es
gradual, esta “progresividad” de acciones por
parte del Estado en el acceso a prestaciones
sociales “debe expresarse en el planteamiento
de políticas de largo plazo, planes verificables
periódicamente y metas concretas, medibles y
surgidas del consenso” . Lamentablemente en
el Perú ninguno de estos parámetros han sido
tomados en cuenta seriamente.
3.Situación de la Seguridad Social en Salud
de los trabajadores independientes
Respecto a la cobertura de la Seguridad Social En el primer caso el Seguro Social de Salud es
4.1.
Aseguramiento potestativo en ESSALUD
en salud tenemos que los trabajadores obligatorio para todos los trabajadores,
independientes (que no son profesionales), los asalariados y en relación de dependencia, que
trabajadores familiares no remunerados y los Cobertura
El artículo 3 de la Ley Nº 26790 señala que son se encuentren en planilla. En el segundo caso
de la microempresa son los sectores más la afiliación es de carácter voluntario. Este
desprotegidos. Justamente estos son los asegurados “los afiliados regulares o
potestativos”. Son afiliados regulares aquellos seguro potestativo es brindado como seguro
sectores más numerosos de la PEA ocupada, independiente, conocido como + SALUD, y
con forme se aprecia en el gráfico 1. trabajadores activos que laboran bajo relación
de dependencia, así como los pensionistas, brinda cobertura médica en los Centros
De acuerdo a datos del MTPE sólo el 18% de mientras que se considera asegurados Asistenciales de ESSALUD a aquellas
los trabajadores independientes están afiliados potestativos a todas las personas que no personas que se afilien voluntariamente
a un sistema de salud. Sin embargo, si trabajan bajo relación de dependencia, (vendedores, amas de casa, etc.) que no son
excluimos de este grupo a los profesionales cualquiera sea el régimen laboral o modalidad a asegurados regulares. Éste puede ser
(trabajadores independientes calificados) y la cual se encuentren sujetos. solicitado por una persona sola o con su familia
agregamos a los trabajadores que laboran en (hijos hasta los 18 años).
negocios familiares no remunerados (TFNR), Trabajadores independientes ¿De qué
que deberían figurar también como estamos hablando? El Plan Protección Total, el Plan Protección
independientes; el porcentaje de afiliación Vital y el Plan de Emergencias Accidentales
disminuiría ostensiblemente. De igual manera En el Perú más de la mitad del total de (respecto al cual se aprueba la denominación
el porcentaje se reduciría aún más si no se personas que tienen un trabajo (cualquiera pero no hace referencia en que consiste el
tomara en cuenta el Seguro Integral de Salud que sea), es decir la PEA ocupada, son mismo ni como se va a implementar) son los
(SIS), el mismo que no cumple con los trabajadores independientes no tres planes que ESSALUD creó con el Nuevo
estándares mínimos establecidos por el profesionales o aquellos que laboran en
Convenio 102. negocios familiares (TFNR) sin recibir una
remuneración. Es decir, estamos hablando
4.¿Cómo funciona la Seguridad Social en por ejemplo de los que conducen un puesto
Salud para trabajadores independientes o comercial en un mercado (más de 5
autónomos? millones) o de quienes tienen una pequeña
bodega en casa o realizan labores
Tanto la Ley Nº 26790 y la Ley Marco de domésticas sin recibir una remuneración a
Aseguramiento Universal en Salud señalan que cambio (más de 2 millones).
el sistema de salud se brinda a través del sector Este sector está caracterizado
público y del privado a través de cinco principalmente por el escaso nivel de
subsistemas. calificación de la mayoría de sus
integrantes, situación que no les permite
En el sector público tenemos el Seguro Social obtener un mayor nivel productividad y con
en Salud – ESSALUD; el Ministerio de Salud ello la generación de mayores ingresos y el
(MINSA) que comprende al Seguro Integral de incremento de su bienestar. Así el ingreso
Salud (SIS); las Sanidades de Fuerzas promedio de los trabajadores
Armadas y la Sanidad de la Policía Nacional independientes que desarrollan actividades
del Perú. Mientras en el sector privado existen no profesionales es de S/. 372.
las entidades prestadoras de salud (EPS).
Seguridad Social 5 para todos y todas 5
6. Trabajadores Independientes
En el primer caso el Seguro Social de Salud es En dicho informe la Defensoría del Pueblo los costos resultan elevados para un trabajador
obligatorio para todos los trabajadores, señala que ESSALUD en enero de 2005 emitió independiente, siendo ello un grave perjuicio
asalariados y en relación de dependencia, que un comunicado indicando que “debido a la gran para las economías de los trabajadores
se encuentren en planilla. En el segundo caso demanda y con el fin de optimizar y ordenar el independientes si desean mantenerse o
la afiliación es de carácter voluntario. Este traslado o migración de los asegurados que se acogerse a estos planes.
seguro potestativo es brindado como seguro encontraban comprendidos en los Regímenes
independiente, conocido como + SALUD, y Especiales al Nuevo Seguro Potestativo, éstos Es válido afirmar entonces que este sistema de
brinda cobertura médica en los Centros deberían inscribirse en los nuevos planes aportaciones tal y como está diseñado resulta
Asistenciales de ESSALUD a aquellas denominados "Plan Protección Total" y "Plan ineficiente. La encrucijada se manifiesta de la
personas que se afilien voluntariamente Protección Vital", según el cronograma siguiente manera: de un lado, las aportaciones
(vendedores, amas de casa, etc.) que no son publicado”. potestativas son muy elevadas y por tanto
asegurados regulares. Éste puede ser excluyentes; y de otro, estas escasamente
solicitado por una persona sola o con su familia Este traslado a los nuevos planes ha generado cubren los gastos que demandan las
(hijos hasta los 18 años). la reacción negativa de un sector de la atenciones brindadas. Por lo que tomando en
población asegurada, expresada a través de cuenta esta situación y considerando que los
El Plan Protección Total, el Plan Protección Vital los medios de comunicación y de las consultas, trabajadores independientes son los de más
y el Plan de Emergencias Accidentales petitorios o quejas presentadas ante las exiguos recursos y de condiciones laborales
(respecto al cual se aprueba la denominación Oficinas de la Defensoría del Pueblo. Una de más precarias, debería el Estado encontrar
pero no hace referencia en que consiste el las principales causas de este malestar esta en mecanismos de subsidios idóneos para este
mismo ni como se va a implementar) son los relación a la cobertura de los planes y las caso.
tres planes que ESSALUD creó con el Nuevo exclusiones que implica.
Seguro Potestativo de enero de 2005. De En relación a los beneficiarios del Plan Sin embargo ello no asegura de por si la mejora
acuerdo a ESSALUD ambos cubren a los Protección Total, el informe de la Defensoría del sistema, dado que uno de los graves
asegurados potestativos de la siguiente del Pueblo asevera que al haberse excluido a problemas ha sido el irrespeto a la
manera: El primero ofrece a las personas los concubinos y concubinas, así como a los intangibilidad de estos fondos por parte de los
mayores de 56 años las mismas prestaciones hijos mayores de edad con incapacidad total y gobiernos de turno, los cuales han usado los
de salud, económicas y sociales de las que permanente para el trabajo, se contraviene lo fondos de la Seguridad Social (provenientes de
gozaban anteriormente. El segundo está a dispuesto en el artículo 3° de la Ley N° 26790, la afiliación regular y potestativa) como su caja
disposición de cualquier persona que de afectándose el principio de legalidad y chica. Ello sumado a la insuficiencia de
manera voluntaria desee contratarlo. Se diseñó jerarquía normativa. recursos financieros que el Estado destina a la
para darles acceso a los asegurados menores salud en general y la preocupante situación
de 56 años y sería el seguro más económico del Financiamiento financiera del Seguro Social de Salud en
mercado. El Seguro Social de Salud – ESSALUD se particular, ocasionan que el gasto en salud sea
financia por medio de los aportes de sus financiado en gran medida por las propias
A pesar de la existencia de estos mecanismos beneficiarios. Así mientras la aportación de los familias (“gasto de bolsillo”).
en la actualidad el nivel de cobertura de ambos afiliados regulares (trabajadores activos)
no supera el 20% de la población, como se equivale al 9% de la remuneración o ingreso y
manifiesta en el Gráfico 2. Una respuesta a ello Dicha situación ha sido constatada en un
el de los afiliados regulares pensionistas al 4%. estudio financiero actuarial de la OIT del 2005,
la podemos encontrar en lo indicado por la Los costos de las aportaciones en el caso de
Defensoría del Pueblo en su Informe en el que se manifiesta que de mantenerse esta
los afiliados potestativos varían de acuerdo a situación “se generaría un resultado
Defensorial N° 93 del 2005. los paquetes de seguro que se ofrecen, los económico negativo (déficit operativo anual) a
mismos que están determinados por la edad partir del año 2005, que se incrementaría en el
del titular y al número de derechohabientes que tiempo. El actual costo global del Seguro de
se desee afiliar, siendo más elevado el costo a Salud de 7.27, crecería hasta 8.3% en el 2015”.
mayor edad del afiliado. Dadas estas perspectivas, ESSALUD ha de
APORTES MENSUALES PLAN darse la tarea de desarrollar acciones
BAJA COBERTURA, 2009
tendientes a afrontar un panorama futuro
económicamente tenso”.
Prestaciones
Baja cobertura, datos poco confiables En ambos casos, el seguro regular y el
potestativo, las prestaciones son determinadas
In d ivid u o s afiliad o s a s eg u ro s d e salu d, 2009
en función del tipo de afiliación. En el caso del
seguro regular comprende los siguientes
conceptos:
Adicionalmente, se estableció un copago de S/.
10.00 por cada consulta externa e
interconsulta, así como un copago hospitalario a) Prestaciones de prevención, promoción y
equivalente a la tarifa de un día de atención de la salud, b) Prestaciones de
hospitalización más I.G.V. bienestar y promoción social, c) Prestaciones
Fu ent e: MINS A
en dinero correspondientes a subsidios por
incapacidad temporal y maternidad y d)
En ese sentido el Informe Defensorial N° 93 ha Prestaciones por sepelio, cubre los servicios
señalado que las principales críticas recogidas funerarios por la muerte del asegurado regular,
están relacionadas con la percepción de que
6 Seguridad Social 6 para todos y todas
7. Trabajadores Independientes
sea activo o pensionista, de acuerdo a las
normas que fija ESSALUD. Otra diferencia con el régimen regular son las
prestaciones de prevención y promoción de la
De otro lado, en el caso del seguro potestativo la salud las cuales no están incluidas y se podrán
cobertura en atención que brinda el seguro contratar adicionalmente. Lo cual implicaría
independiente dependerá de los distintos una nueva discriminación.
paquetes que oferta y de los períodos de
aportación, siendo en todos los casos menor Un aspecto aparentemente positivo es que
que la cobertura regular. En términos generales existe una cobertura obligatoria que debe
se brindan las siguientes prestaciones: otorgar cada EPS, la cual comprende, como
mínimo, la cobertura de la atención a la capa
simple de salud, la atención de dolencias
?
Atención médica, ambulatoria, hospitalaria y de
preexistentes y la atención de accidentes de
emergencia.
trabajo y enfermedades profesionales no
?Medicamentos e insumos médicos (según cubiertas por el Seguro Complementario de
oferta). Trabajo de Riesgo. Esta atención a la capa
?Ayuda al diagnóstico (según oferta). simple es similar al del régimen regular, y por
?Atención por maternidad, que incluye control tanto involucra sus mismas limitaciones ya
de la estación del parto, puerperio y atención del reseñadas. Es decir vulneran el principio-
recién nacido, siempre que la gestante se derecho de igualdad y el principio de
encuentre afiliada al momento de la universalidad contraviniendo ello el Convenio
concepción. 102 y la Constitución.
?Prestaciones de prevención y promoción de la
salud. Conclusiones
?Cobertura de enfermedades preexistentes
siempre que estén dentro del Plan Mínimo de La obligación de los Estados por brindar
Atención. aseguramiento social en salud a la población
no es nueva, data de hace dos siglos. En el
Los problemas se observan al analizar de Dichas diferencias suponen uno de los Perú esta obligación está sancionada en las
manera independiente cada plan, así según principales problemas del seguro potestativo, normas de más alta jerarquía e involucra a los
afirma la Defensoría del Pueblo en el citado pues discrimina a los usuarios del plan PPV, trabajadores independientes al ser universal.
informe mientras el PPT otorga cobertura a vulnerando el principio-derecho de igualdad y
enfermedades de la capa simple y compleja, el universalidad recogidos en el Convenio 102 y A pesar de existir diversos planes de
PPV sólo cubre las enfermedades del Plan por ello vinculante a nuestro ordenamiento a aseguramiento en salud para los trabajadores
Mínimo de Atención, por lo tanto no tienen nivel constitucional. independientes, la situación precaria de estos y
cobertura las enfermedades de capa compleja la ausencia de una política adecuada de parte
que no se encuentran comprendidas en dicho
del Estado hace que no todos los trabajadores
listado, tales como las enfermedades 4.2. Aseguramiento potestativo en EPS
puedan acceder a este derecho.
oncológicas, reumatológicas, hemodiálisis y En el caso de las EPS, los trabajadores
diálisis peritoneal en programa, VIH/SIDA, independientes se afilian bajo la modalidad de Las nuevas disposiciones normativas lejos de
trasplante de órganos y tejidos, trastornos asegurados potestativos, solicitando el plan de garantizar sistemas de seguridad en salud de
mentales y del comportamiento (trastornos salud potestativo que desee y calidad y eficientes en cobertura,
neuropsiquiátricos), entre otras. Por otro lado, el comprometiéndose a pagarlo de forma financiamiento y prestaciones afectan los
PPV tampoco brinda prestaciones económicas independiente. Estos planes pueden ser derechos de las personas: exclusiones en la
(sepelio), ni sociales. diversos y dependerán del contrato suscrito cobertura, altos costos, menores prestaciones,
entre ambas partes, siendo siempre de etc.
carácter voluntario al igual que en el caso de
¿Qué es la Capa Simple? ESSALUD.
Ello hace que la ecuación: inversión (aportes)
La capa simple es un listado de los trabajadores independientes y servicios
El plan de salud es el conjunto de prestaciones de salud recibidos, tenga un saldo negativo.
de las enfermedades, de que debe brindar una EPS al trabajador que
mayor frecuencia y menor Abonando en estos trabajadores la percepción
voluntariamente se afilia a ella. Debe incluir la de la poca utilidad de la seguridad social en
complejidad, definidas en el descripción de los beneficiarios,
anexo 1 del reglamento de la salud y fomentando una cultura “cortoplacista”
establecimientos en los que se brindará la que ignora la idea de la protección social.
Ley N° 26790. Básicamente atención, los requisitos para la atención, la
comprende consulta cobertura durante el periodo de latencia, las
ambulatoria, parto normal y exclusiones y limitaciones. Estas limitaciones y La ausencia de una política estatal que fomente
cirugía de día. exclusiones, al igual que en el caso de del y promocione un real y adecuado sistema de
aseguramiento potestativo en ESSALUD, seguridad social en salud para los trabajadores
suponen diferencias discriminatorias con independientes, perpetúa esta situación. Por lo
respecto a las prestaciones recibidas por los que se hace necesario una reforma integral de
asegurados regulares. la seguridad social no solo para los
trabajadores independientes, si no para todos
los peruanos.
Seguridad Social 7 para todos y todas 7
8. Informe CEAR/OIT ? Omisión del principio de asegurar la
entrega de pensiones durante toda la
contingencia y la garantía de una tasa
mínima de prestaciones.
Como sabemos, de acuerdo al sistema
privado de pensiones las prestaciones de
vejez se calculan con base en el capital del
que dispone cada asegurado en su Cuenta
Individual de Capitalización (CIC). El informe
advierte que cuando éste se agota, “el
derecho a una pensión puede dejar de existir y
el asegurado que superase la esperanza de
vida media podría quedarse sin su única
fuente de ingresos”. Ello viola los principios
básicos y la garantía de una tasa mínima
La OIT detecta serios problemas establecida por el Convenio 102, ya que “el
nivel de las pensiones que se pagan en el
marco de un sistema privado no puede, por
en el Sistema de Seguridad Social razones inherentes a este tipo de pensiones,
ser conocido hasta el momento de la
Se debe elaborar una estrategia para el desarrollo de la Seguridad Social jubilación”.
Serios problemas encontrados en el
La Comisión de Expertos en Convenios y administración sólo están a cargo de los funcionamiento del sistema de seguridad
Recomendaciones de la OIT ha formulado trabajadores afiliados a una Administradora social.
recientemente un comentario general relativo Privada de Fondos de Pensiones (AFP) y a la
al grado de cumplimiento por parte del Estado Oficina de Normalización Provisional (ONP). Es La Comisión encontró una serie de problemas
peruano del conjunto de los convenios de decir, “los empleadores no contribuyen a orgánicos en el propio sistema de seguridad
seguridad social ratificados por el Perú. El financiar los fondos de pensiones (público y social, en su administración, cobertura, en las
informe, como veremos a continuación, no nos privado) y los gastos de administración solo lo prestaciones brindadas, etc. Algunos de los
deja muy bien parados en un contexto en el que asumen los trabajadores, lo cual es contrario al cuales reseñamos brevemente.
frente a la crisis económica y financiera global principio de financiación colectiva.” 1
la seguridad social es reivindicada como parte Mala gestión del sistema público de
?
de la solución. Inobservancia del principio de gestión
? pensiones.
democrática y transparente. Conforme lo observa la Comisión la ONP
Incumplimiento de los principios de la El Informe recuerda que una obligación padece serios problemas en la determinación
seguridad social. emanada del Convenio número 102 de la OIT del derecho a pensiones, escandalosos
refiere que cuando el Estado no puede retrasos que generan muchos conflictos
La Comisión señala que los principios básicos garantizar la administración del sistema de judiciales (alrededor de 100 000 demandas
garantizados por los convenios de la seguridad seguridad social, los representantes de las estaban en espera de decisión).
social de la OIT contribuyen “a la puesta en personas protegidas deben participar en la
práctica en el Perú de un Estado de Derecho administración de éste con carácter consultivo Entre los problemas encontrados se aprecia
basado en la solidaridad, la gobernanza (artículo 72, párrafo 1, del Convenio). “la inexistencia de un registro actualizado
participativa y el reconocimiento de mínimos sobre las contribuciones por afiliado, que la
sociales”. De ello podemos sostener que su De acuerdo al Informe esta participación deberá carga de la prueba de los períodos de
inobservancia no permite superar los ser efectiva y permitir a los usuarios “influir contribución no la tiene que asumir la ONP,
problemas de desigualdad social presentes en sobre las decisiones efectuadas en materia de sino los asegurados, y que los procedimientos
nuestra patria. inversiones y de gestión”. Por lo que solicita al para otorgar pensiones son excesivamente
Gobierno peruano informe sobre “los progresos complejos”. Finalmente la Comisión le solicita
? de la financiación colectiva.
El caso realizados en la participación de los al Gobierno que demuestre como asume
El informe destaca que en los diferentes representantes de los asegurados en la plenamente y totalmente su responsabilidad
componentes del sistema de seguridad social supervisión de las actividades de los relativa al pago de las prestaciones y a la
no se cumplen los principios básicos operadores privados.” Señala además, que en buena administración de la seguridad social.
establecidos por los convenios internacionales “la misma lógica y teniendo en cuenta las bajas
OIT de seguridad social, tales como el principio tasas de afiliación a la seguridad social, el Cobertura insuficiente y evasión de la
?
de financiación colectiva de las prestaciones, Gobierno debería asegurar la participación de obligación de afiliación.
en virtud del cual, su costo y los gastos de representantes de los asegurados en las Conforme a la OIT en el 2007 sólo el 35 por
administración deberán ser financiadas por labores del organismo nacional encargado de la ciento de la población económicamente activa
medio de cotizaciones o de impuestos. En recaudación de impuestos y de cotizaciones asalariada disfrutaba de una cobertura de
base a ello llama la atención acerca de que en sociales — la Superintendencia Nacional de la vejez, invalidez y sobrevivientes, lo cual
el sistema de pensiones -público y privado- Administración Tributaria (SUNAT.” Afirmación evidencia una gran evasión a la obligación de
solo los asegurados contribuyen a las cuentas sin duda polémica para nuestro conservador afiliación. De acuerdo al Informe “de entre los
individuales de capitalización y a la sistema de recaudación fiscal, que sin embargo 2,2 millones de personas que tenían más de
financiación de las primas del seguro de no ha recibido eco de las propias 65 años, sólo 500.000 percibían prestaciones
invalidez y de sobrevivientes. De esta manera, organizaciones sociales posiblemente de vejez, invalidez o sobrevivientes, lo que
las contribuciones y los gastos de beneficiadas. representa una tasa de cobertura de las
8 Seguridad Social 8 para todos y todas
9. Propuesta de las Centrales
personas de edad de alrededor del 23 por
ciento. En lo que concierne a la protección de la
salud, sólo el 36 por ciento de la población total
disfrutaba de cobertura”.
El solo hecho de que la Comisión, como órgano
técnico especializado y representativo a nivel
mundial, haga evidente estas cifras debería
implicar una seria voluntad de cambio por parte
de nuestro Estado y del Gobierno, respecto al
actual curso de las cosas en materia de
seguridad social y la necesidad de una urgente
reforma.
Las deficientes e insuficientes reformas
?
emprendidas por el Gobierno: el acceso de
la Seguridad Social para las MYPES y la Ley
Marco de Aseguramiento Universal en
Salud.
La Comisión señala que el sistema especial de
pensiones para trabajadores y conductores de
microempresas creado por el decreto legislativo
número 1086 establece que la afiliación al
sistema de pensiones será voluntaria, cuando
antes era obligatoria. Asimismo se menciona
que esta medida sólo representa “una solución
transitoria aplicable exclusivamente a las
nuevas microempresas”.
Propuesta de las Centrales Sindicales para
Con respecto a la ley marco de aseguramiento
universal en salud la Comición reconoce que
la reforma del Sistema de Seguridad Social
esta medida podría ayudar a extender la para la cohesión y desarrollo social
cobertura, si es bien aplicada. Sin embargo, nuestras propuestas de reforma al sistema
1. Objetivos del nuevo sistema de
observa que, la norma “debería verse de seguridad social en el Perú.
complementada por reglamentos técnicos de seguridad Social
aplicación que garanticen el respeto de la La reforma de la seguridad social que
Universalización: El nuevo régimen de
obligación de afiliación y de cotización, proponemos tiene como objetivo prioritario
seguridad social que proponemos, está
especialmente en lo que concierne a los la extensión de la cobertura a la mayoría
concebido para ampliar la cobertura,
asalariados de la economía formal, en donde el de la población del país; otorgar las
incluyendo como obligatoria la afiliación de
incumplimiento de la obligación de afiliarse es prestaciones que correspondan a las
los trabajadores independientes y por cuenta
particularmente elevado”. Asimismo, manifiesta necesidades de los asegurados y su
propia, y otorgando prestaciones no
su preocupación respecto “a los asalariados de familia; que estas prestaciones sean
contributivas para personas en situación de
la economía informal, los trabajadores oportunas y suficientes; contar un régimen
pobreza.
independientes y las poblaciones rurales”, en de seguridad social solidario, eficiente y
donde debería haber mayores propuestas que sostenible financieramente; que el
Solidaridad financiera: Nuestra propuesta
aseguren la ampliación de la cobertura. sistema de seguridad social se constituya
de reforma del sistema de seguridad social en
en un instrumento de cohesión y desarrollo
el Perú, recobra el principio fundamental de la
Finalmente, en atención a todo lo expuesto la social; que los distintos regímenes del
solidaridad financiera, ausente en el modelo
Comisión, evidenciando la ausencia de una sistema de seguridad social se adapten al
actual sustentado en el régimen privado,
planificación seria a largo plazo, recalca la cambiante mercado de trabajo de tal forma
particularmente en materia de pensiones. En
necesidad de elaborar una estrategia nacional que tales cambios no se constituyan en un
primer término, porque incorporamos
para el desarrollo sostenible de la seguridad obstáculo insalvable para el acceder a la
nuevamente la contribución bipartita. En
social. Esta es una necesidad derivada de la seguridad social; lograr que el Estado
materia de pensiones, el régimen público,
responsabilidad general del Estado establecida cumpla con sus obligaciones de mejorar,
permite el subsidio de los trabadores de más
por el Convenio 102 de garantizar la ampliar y garantizar seguridad social para
altos ingresos a aquellos de ingresos
sostenibilidad y buen funcionamiento del los ciudadanos; y, finalmente, la inserción
menores, gracias a la fijación de una pensión
sistema de la seguridad social. ? de nuestro sistema de seguridad social en
mínima y una pensión máxima, y la
los procesos de integración regionales y
mancomunidad de los riesgos de invalidez y
sub regionales.
muerte.
De igual manera, tanto en salud como en
2. Principios y conceptos en los que se
pensiones, se define la creación de un
sustenta el nuevo sistema de seguridad
1Cabe recordar que la Propuesta de las centrales régimen no contributivo para personas en
sindicales para la reforma de la seguridad social en el social.
situación de pobreza con aporte financiero del
Perú “recobra el principio fundamental de la solidaridad A continuación explicitamos los principios y
Estado.
financiera, ausente en el modelo actual (…) e incorpora conceptos fundamentales sobre los que giran
la contribución bipartita”.
Seguridad Social 9 para9 todos ytodos y todas
Seguridad Social para todas 9
10. Propuesta de las Centrales
Sostenibilidad financiera: Los beneficios de las mujeres se encuentran en desventaja formular la propuesta de creación de la
incluidos en nuestra propuesta de reforma del laboral (ocupación en el trabajo reproductivo, Tesorería de la Seguridad Social.
sistema de seguridad social, las fuentes y mayor tasa de desempleo, menores salarios Esta Tesorería será la encargada de las
mecanismos de financiamiento, los requisitos respecto a los hombres, trayectoria laboral más funciones de afiliación, recaudación y
exigidos para el otorgamiento de las discontinua, menos densidad de cotización) y fiscalización de los deberes contributivos.
prestaciones deben tener la consistencia y son más longevas, siendo ambas condiciones Una de las principales tareas de la Tesorería
congruencia necesaria, que asegure la un obstáculo para acceder a la protección de la será acabar con la evasión contributiva del
sostenibilidad de cada uno de sus componentes seguridad social en salud, pensiones y riesgos sector formal de la economía y la del propio
y del sistema como un todo. del trabajo. Estado.
La responsabilidad general del Estado: La Fortalecer las tareas de rectoría, supervisión El Instituto Nacional de Pensiones (INP)
propuesta tiene como valor supremo, que el y regulación, así como, el dialogo social: Una Creación del Instituto Nacional de Pensiones
Estado, asuma nuevamente, de una forma de las aspiraciones de nuestra propuesta de (INP) sobre la base de la actual ONP, con
activa y dinámica, la responsabilidad que le reforma de la seguridad social, es que se avance participación tripartita, para la
compete en materia de protección social, en en esta materia, y se cuente con un organismo administración del régimen de pensiones
particular, respecto al sistema de seguridad rector, que dirija con claridad y contundencia el público y obligatorio: institución con
social en materia de salud y pensiones y la proceso de cambio, y que tenga la visión del autonomía económica, financiera y
protección financiera de la vejez. No debe futuro que se desea del sistema seguridad social. administrativa que tendrá a cargo el citado
olvidarse que el Estado es el “último garante Por otro lado, se requiere la intervención régimen, en forma centralizada, y con
responsable del financiamiento del sistema, aún eficiente de los organismos reguladores capacidades y competencias para la gestión
cuanto la gestión sea privada” (89º conferencia reformados y la participación de los asegurados y de los beneficios del régimen público de
OIT). trabajadores, en concordancia con lo que pensiones.
establece el convenio 102 de OIT, y en la El Consejo Nacional de Seguridad Social
Las políticas de seguridad social como dirección de fortalecer el diálogo social. designa al Presidente Ejecutivo del Instituto
componente de la política social: Nacional de Pensiones.
No es factible de ninguna forma, negar que las 3. Instituciones del nuevo sistema de
decisiones, políticas y mecanismos diseñados seguridad social propuesto. El Instituto de Seguridad Social de Salud
por los pueblos para proveer seguridad social a Crear e Institucionalizar el Consejo Nacional (ISSS)
las personas, cuando sus capacidades de de Seguridad Social (CNSS), como espacio El Instituto de Seguridad Social de Salud,
generar ingresos, para su manutención o a la de para la formulación do políticas, supervisión y creado sobre la base del actual Seguro
su familia, mediante la ejecución de un trabajo regulación Social de Salud-Essalud, con participación
remunerado, se ven reducidas o limitadas tripartita, será una institución con autonomía
sensiblemente por razones de salud o El consejo tendrá como funciones centrales la económica, financiera y administrativa que
envejecimiento, son cuestiones, estrechamente formulación de políticas en materia de seguridad gestionará y administrará el seguro social de
ligadas con la política social y de desarrollo de social, la supervisión y la regulación de los salud para cuyo efecto se deberán
una nación. actores, incluido el sector privado. implementar cambios profundos en la
En el Consejo Nacional de Seguridad Social gestión.
Participación democrática de los participarían representantes de los trabajadores, El Consejo Nacional de Seguridad Social
trabajadores y asegurados en la empleadores, autoridades públicas y otros designa al Presidente Ejecutivo del Instituto
administración y gestión de la seguridad actores sociales involucradas en el sistema de de Seguridad Social en Salud.
social. seguridad social y en los objetivos de la reforma.
La participación de los representantes de los El Instituto de Riesgo del Trabajo (IRT)
trabajadores y asegurados en la administración La Tesorería de la seguridad social (TSS) El Instituto de Riesgos del Trabajo será una
de los regímenes de seguridad social y de la La necesidad de separar las funciones críticas institución de conformación tripartita, con
gestión de la institucionalidad de la seguridad que deben ser atribuidas al Estado y a los autonomía económica, financiera y
social constituye un elemento central a fin de regímenes de seguridad social nos lleva a administrativa que gestionará y administrará
garantizar una gestión sistémica más articulada
y una representación y participación efectiva en
los roles de rectoría, regulación y supervisión.
Fortalecimiento del marco institucional: Es
de vital importancia separar las funciones
críticas que deben ser atribuidas al Estado y a
los regímenes de seguridad social. En efecto,
las funciones de recaudación, fiscalización y
afiliación debería ser competencia de un
organismo público especializado con las
facultades necesarias a través de ajustes en la
normatividad.
Equidad de género: Se reconoce quo los
cambios en el mercado de trabajo, el
establecimiento de los sistemas privados de
pensiones y de planes de salud privados han
acentuado la inequidad de género. La mayoría
10 Seguridad Social? para todos y todas
11. Propuesta de las Centrales
obligatorio para todos complementado con
un régimen de administración privada.
La Seguridad Social es, como se sabe, un
derecho humano fundamental y un instrumento
para la creación de cohesión social, forma
parte indispensable de la política social de los
Estados.
Siendo la Seguridad Social ante todo un
sistema de naturaleza pública, nuestra
propuesta se sostiene en la idea de una
seguridad social básica y obligatoria
garantizada por el Estado pero admite la
posibilidad de complementos voluntarios, sin
que ello desnaturalice el modelo esencialmente
público de nuestro sistema de seguridad social.
? Fortalecer el control contributivo
Para garantizar el financiamiento que requiere
el seguro contra riesgos del trabajo. protección. la extensión de la cobertura a sectores de baja
El Consejo Nacional de Seguridad Social Para universalizar la cobertura consideramos capacidad contributiva, en cumplimiento del
designa al Presidente Ejecutivo del Instituto necesario recurrir a una pluralidad de principio de solidaridad, proponemos fortalecer
de Riesgo del Trabajo. mecanismos de protección y a un conjunto de el control contributivo, mejorar la inspección de
estrategias contributivas y no contributivas. la seguridad social y las reformas legislativas
La Superintendencia de Aseguramiento en Se requiere implementar políticas inmediatas necesarias que tipifiquen y sancionen
Salud (SAS) para el incremento de la cobertura, como lograr drásticamente la morosidad y la evasión en el
Tendrá por finalidad asegurar y cautelar la elevar la cobertura en las empresas de la aseguramiento.
idoneidad y calidad de los servicios de salud economía formal e innovar con esquemas
proporcionados por los prestadores, incluidos alternativos de aseguramiento contributivo 4.2 El nuevo sistema previsional
los privados. (trabajadores por cuenta propia y de la Nuestra propuesta de reforma del sistema
El Consejo Nacional de Seguridad Social economía informal) previsional peruano se sustenta en los
regula y supervisa a la Superintendencia de principios y conceptos ya expuestos para la
Aseguramiento en Salud y designa al Es imprescindible y urgente también formalizar reforma del sistema de seguridad social y,
superintendente. la situación de la cobertura de los empleados además, en el cumplimiento del derecho a una
públicos (contratados bajo los dominados pensión justa y equitativa, en la necesidad de
Superintendencia de administradoras de regímenes de servicios no personales) y de los garantizar una pensión mínima decente, en la
fondos de pensiones (SAFP) trabajadores de las empresas (Servis) que libre elección, en la eficiencia de la gestión del
Tendría por finalidad cautelar los fondos e prestan servicios a la administración pública. sistema y en el papel de Estado como último
intereses de los pensionistas mediante la garante del sistema.
supervisión de las administradoras de fondos ? La prevención como elemento central de
de pensiones, aplicando las políticas la política social de Estado en materia de Estructura del nuevo sistema previsional:
establecidas por el Consejo Nacional da seguridad social hacia un sistema multipilar
Seguridad Social. Las políticas sociales del Estado deben En términos de diseño y estructura,
El Consejo Nacional de Seguridad social orientarse a reforzar la política preventiva proponemos la integración en un sistema de
regula y supervisa a la Superintendencia de sanitaria y de seguridad y salud en el trabajo pensiones sustentado en tres pilares, que
Administradora de Fondos de Pensiones y que reduciría las enfermedades e actúan con carácter de complementarios. El
designa al superintendente. incapacidades; potenciar la política educativa primer pilar, tiene dos componentes: i)
que contribuirían a combatir y prevenir la contributivo-obligatorio (base del sistema),
Superintendencia de aseguramiento de exclusión social y la pobreza y priorizar la cuya tasa de reemplazo oscilaría entre un 35%
riesgos del trabajo (SART) solución de los problemas de salud de mayor y un 45%, pero con un limite inferior, que
Tendría por finalidad supervisar a las prevalencia. corresponde a una pensión mínima; los aportes
aseguradoras de riesgos del trabajo, incluidos ? Financiamiento y prestaciones provienen del empleador y el trabajador, en el
las privadas. contributivas y no contributivas orden de un 5.5% y 2.75%, respectivamente, y
El Consejo Nacional de Seguridad Social El modelo de Seguridad Social actual es uno los beneficios de pensión por vejez se
regula y supervisa a la Superintendencia de basado en el financiamiento contributivo, y ello consolidan considerando tanto la edad de la
Aseguramiento de riesgos del trabajo y se debe a que nuestro sistema se edificó sobre persona como el número de cuotas aportadas
designa al superintendente. la idea del aseguramiento de los trabajadores al régimen; ii) no contributivo-asistencial,
4. Características básicas del nuevo asalariados. dirigido a los adultos mayores de 65 años o
sistema de seguridad social El objetivo de extender la cobertura de la más, en condición de pobreza, y cuyo
seguridad social nos lleva necesariamente a financiamiento será a partir de una contribución
4.1 Propuestas de reforma aplicable a todo proponer la necesidad de recurrir a estrategias adicional del patrono sobre la nómina y
el sistema de seguridad social de financiamiento no contributivo con aportes transferencias complementarias del Estado.
del Estado. El segundo pilar, responde al esquema actual
? Universalizar la cobertura en los vigente en el Perú, es decir, un sistema privado,
diversos regímenes, compatibilizándola ? Régimen de seguridad social básico basado en cuentas individuales, carente de
con la pluralidad de mecanismos de (salud y pensiones) de naturaleza pública y
Seguridad Socialㄱ para todos y todas 11
12. Propuesta de las Centrales
solidaridad financiera interna, y con la con prioridad para los ancianos pobres, niños y es de vital importancia para universalizar y en
administración en manos de las mujeres embarazadas y se financia con consecuencia, ampliar la cobertura de los
Administradoras de Fondos de Pensiones. trasferencias del Estado. Para estos fines se riesgos profesionales en nuestro país, pues, al
Este es un régimen voluntario y con una tasa de crea un sistema de calificación de considerar que los empleadores responden
reemplazo esperada de aproximadamente un beneficiarios, con participación de los por ser los generadores del riesgo, todos los
30%. Gobiernos Regionales, para determinar trabajadores asalariados son sujetos de
Por último, un tercer pilar, voluntario, de cuenta quienes serían las personas con derecho a cobertura obligatoria, independientemente de
individual y complementaria a las pensiones de cobertura. la actividad productiva o de servicios que
los otros dos pilares. Normalmente, se hace La administración del Régimen No Contributivo desempeñe.
uso de incentivos fiscales para promover su de Aseguramiento en Salud estará a cargo de La universalización de la cobertura del
adopción, pero en general, sus afiliados son una entidad con autonomía de gobierno, aseguramiento de los riesgos del trabajo
trabajadores de ingresos medios y altos. administrativa, económica y financiera. permitirá comprender a todos los trabajadores,
Se pretende un balance mayor en las Como es de todos conocido, la gestión de la incluyendo a los trabajadores del sector
prestaciones otorgadas por ambos regímenes, seguridad social en salud a cargo del Seguro público (incluido los trabajadores de los
tomando en cuenta, la estructura demográfica Social de Salud-Essalud (que proponemos se SERVIS que prestan servicios al Estado) y
del país, que aún mantiene un grupo convierta en el ISSS), adolece de notables privado, independientemente de la actividad
importante de población joven, con capacidad deficiencias en la gestión que se traducen en productiva o de servicios que desempeñe.
de concretar un extenso historial de aportes a altos costos operativos asistenciales, baja Una de las carencias básicas atribuidas a
su cuenta individual. De igual manera, se calidad de los servicios y deterioro de la nuestro sistema de aseguramiento de los
reincorpora el apoyo financiero del empleador, imagen institucional frente a los asegurados. riesgos del trabajo es su falta de orientación a
eliminado con la reforma previa del sistema. la cultura preventiva.
Es imprescindible y urgente adoptar las Todo sistema moderno de aseguramiento de
4.3 Seguridad Social en salud universal y medidas necesarias a efectos de mejorar la riesgos del trabajo tienen con objetivo la
solidaria gestión y la calidad de los servicios. Para ello, reducción del costo de los accidentes y
Con el propósito de avanzar hacia el objetivo Essalud (ISSS en conformidad con nuestra enfermedades profesionales; para ello, debe
de lograr una seguridad social en salud propuesta) cuenta con un diagnóstico de su orientarse, entre otras medidas
universal y solidaria, proponemos la situación económica, financiera y de gestión (indemnización de las víctimas, bajar los
estructuración de un programa de seguridad recientemente elaborado por la OIT, por lo que gastos administrativos), a disminuir el número
social en salud básico de naturaleza pública y proponemos que los esfuerzos institucionales de los accidentes producidos y su gravedad.
obligatoria, financiada con prestaciones deberían orientarse y concentrarse en la En esta dirección, debe realizar esfuerzos con
contributivas y no contributivas. implementación de sus recomendaciones la finalidad de prevenir los accidentes de
Este sistema de financiamiento implica que especialmente las relacionadas con el trabajo y enfermedades profesionales,
toda la población del país dotada de capacidad financiamiento del régimen contributivo, la además de otras medidas (como establecer
contributiva pague su seguro de salud y que el extensión de la cobertura y las mejoras en la primas fundadas en el nivel de riesgo y
Estado financie un seguro de salud no gestión. establecer sanciones). La prevención es pues
contributivo y subsidiado para quienes tienen fundamental.
poca o ninguna capacidad contributiva. 4.4 Programa para la universalización de la Esto implica que los planes de aseguramiento
La afiliación en el régimen contributivo sería cobertura de aseguramiento de riesgos de riesgos del trabajo de las entidades
obligatoria para todos los trabajadores activos, laborales a toda la población asalariada aseguradoras, deberán comprender y otorgar
tanto asalariados como independientes, cuyas El modelo de aseguramiento de riesgos mayor prioridad a las acciones de prevención
aportaciones estarían en función de su laborales que se proponen se inspira en los de los riesgos laborales.
capacidad contributiva, medida por los salarios principios de responsabilidad objetiva del La necesidad de universalizar la cobertura del
o ingresos devengados. empleador, universalidad, automaticidad, aseguramiento de los riesgos del trabajo, el
integralidad, suficiencia y uniformidad y se ordenamiento de la gestión del sistema y la
El régimen contributivo se financia con aportes orienta a la cultura preventiva y participación necesidad de incentivar en los empleadores
del empleador y del trabajador, en el orden del tripartita. una conducta de prevención de accidentes y
6% y 3% respectivamente. El modelo propuesto, retoma la concepción enfermedades profesionales, hacen
El régimen no contributivo financiado por el moderna de la protección contra los riesgos del imprescindible que el Perú ratifique la Parte VI
Estado permitiría extender la cobertura a trabajo y enfermedades profesionales, del Convenio 102 de OIT, pues como se
amplios sectores de la población, en inspirada en la responsabilidad objetiva del recordará el Art. 37º del referido Convenio,
condiciones de pobreza o de ingresos empleador (los empleadores responden por establece que “las prestaciones mencionadas
precarios, cuya cobertura sería imposible ser los generadores del riesgo), a fin de en el Art. 34 y 36 deberán garantizarse, en la
mediante los esquemas contributivos sustituir el modelo actualmente vigente, contingencia cubierta, por lo menos a las
tradicionales. basado en lo que se denominó protección personas protegidas que estuvieran
contra los riesgos del trabajo y enfermedades empleadas como asalariados en el territorio del
Por ello, proponemos la creación del Régimen profesionales en las actividades de “alto Miembro en el momento del accidente o en el
No Contributivo de Aseguramiento en Salud y riesgo”, que limita el ámbito de la momento en que se contrajo la enfermedad; y
su respectivo Fondo. El Fondo de este responsabilidad objetiva del empleador al si se trata de pagos periódicos resultantes del
Régimen No Contributivo es independiente y excluir a diversas actividades de la obligación fallecimiento del sostén de la familia, a la viuda
autónomo, con la participación de los de asegurar a los trabajadores contra los y a los hijos de aquel”.
Gobiernos Regionales en su ejecución accidentes de trabajo y enfermedades
regional. profesionales.
El Régimen No Contributivo en Salud, Extender el ámbito de aplicación del principio
inicialmente estaría dirigido a los más pobres de la responsabilidad objetiva del empleador
12 Seguridad Socialㄲ para todos y todas