2. CARRERA: Licenciatura en Ingeniería en Sistemas de la Información NOMBRE: Carla Ivette García Cruz TEMA: Derecho de Autor 20 de Septiembre de 2010
3. DERECHO DE AUTOR El Derecho de Autor (copyright*) es una forma de protección proporcionada por las leyes de los Estados Unidos. (Título 17, Código Federal de Leyes de los Estados Unidos) para los autores de "obras originales" incluyendo obras literarias, dramáticas, musicales, artísticas e intelectuales. Es el reconocimiento que hace el estado a favor de todo creador de obras literarias y artísticas.
4. CASOS EN LOS QUE OPERA EL DERECHO DE AUTOR LITERARIA CINEMATOGRÁFICA Y DEMÁS AUDIOVISUALES MUSICAL ARQUITECTONICA PROGRAMAS DE RADIO Y TV DRAMATICA PROGRAMAS DE COMPUTO DANZA FOTOGRÁFIA CARICATURA E HISTORIETA ARTE
5. LIMITACIONES Las limitaciones al derecho de autor son figuras legales de carácter taxativo por medio de las cuales se busca un equilibrio entre una efectiva y razonable protección del derecho patrimonial de los autores por una parte y del interés público a la información, la educación y el acceso a la cultura por otra.
6. CONTRATO DE ALQUILER Es un documento que se pacta entre el propietario de una vivienda y un inquilino para dejar constancia del arrendamiento de la misma.
8. DERECHOS DE AUTOR DE ORIGEN NACIONAL En la fecha de la primera publicación, uno o varios de los autores sea nacional o domiciliaria de los Estados Unidos, o es una, a domicilio, o soberana autoridad nacional de una Parte en virtud de tratados, o trata de un apátrida, siempre que sea esa persona puede ser su domicilio. La obra es una grabación de sonido que primero se resolvió en una de las partes del tratado. La obra se publicó por primera vez en los Estados Unidos o en una nación extranjera que, en la fecha de la primera publicación, es parte del tratado.
9. CÓMO SE RECONOCE EL DERECHO DE AUTOR ? Se reconoce dos tipos de prerrogativas a favor de los autores; unos son de carácter personal y los otros de carácter primordial . La ley reconoce un conjunto de derechos que no tienen una implicación patrimonial directa y los denomina derechos morales El autor es el único, primigenio y perpetuo titular de los derechos morales sobre las obras de su creación.
10.
11. Las obras de expresión corporal, tales como obras coreográficas, pantomimas, mímica y marionetas.