1. SI NO SI NO
Importación ordinaria Es la introducción En libre A. Registro o licencia de importación que ampare la mercancía, cuando El obligado a declarar es el
de mercancías de disposición, X a ello hubiere lugar. importador, entendido éste
procedencia con el pago B. Factura comercial, cuando hubiere lugar a ella; como quien realiza la
extranjera al de los tributos C. Documento de transporte; operación de importación o
territorio aduanero aduaneros a D. Certificado de origen, cuando se requiera para la aplicación de aquella persona por cuya
nacional con el fin que hubiere disposiciones especiales; cuenta se realiza.
de permanecer en él lugar y E. Certificado de sanidad y aquellos otros documentos exigidos por
de manera indefinida siguiendo el normas especiales, cuando hubiere lugar;
MODALIDADES CARACTERISTICAS procedimiento
LIBRE GARANTIA F. Lista de DOC. SOPORTE hubiere lugar a ella;
empaque, cuando OBLIGACIONES
DE pue a G. Mandato, cuando no exista endoso aduanero y la Declaración de
IMPORTACION continuación Importación se presente a través de una Sociedad de Intermediación
se establece. Aduanera o apoderado y,
H. Declaración Andina del Valor y los documentos soporte cuando a
ello hubiere lugar.
I. adicionado por el artículo 1 del Decreto 4431 de 2004. El nuevo texto
es el siguiente:> Declaración de exportación o el documento que
acredite la operación de exportación ante la autoridad aduanera del
país de procedencia de la mercancía, en los eventos en que la
Dirección de Impuestos y Aduanas así lo exija
J. adicionado por el artículo 5 del Decreto 2174 de 2007. El nuevo texto
es el siguiente:> Las autorizaciones previas establecidas por la
DIAN para la importación de determinadas mercancías.
K. Adicionado por el artículo 4 del Decreto 2942 de 2007. El nuevo
texto es el siguiente:> Documento de constitución del Consorcio o
Unión Temporal cuando los documentos de transporte y demás
documentos soporte de la operación de comercio exterior se
consignen, endosen o expidan, según corresponda, a nombre de un
Consorcio o de una Unión Temporal.
No tiene obligaciones
Información con Es aquella X X IDEM IMPORTACION ORDINARIA
franquicia importación que en
virtud de Tratado,
Convenio o Ley, goza
de exención total o
parcial de tributos
aduaneros
REIMPORTACION POR Paga tributos A. Copia de la declaración de exportación temporal. Deberá presentarse en la
PERFECCIONAMIENTO aduaneros sobre el B. Factura comercial que acredite del valor agregado en el misma jurisdicción aduanera
PASIVO valor agregado en X X extranjero por la que se haya
el exterior C. Documento de trasporte. efectuado la exportación de
D. Mandato cuando no exigen endoso aduanero la mercancía objeto de
elaboración, reparación o
transformación salvo casos
excepcionales debidamente
justificados ante la dirección
de impuestos y aduanas
nacionales
REIMPORTACION EN Se podrá importar X A. Copia de la declaración de exportación. La declaración de
EL MISMO ESTADO siempre y cuando la siempre y B. Documento de trasporte. importación deberá
mercancía haya cuando no X C. Prueba de la devolución de las sumas percibidas por conceptos de presentarse dentro del año
sido modificada haya sido incentivos a la exportación o del pago de impuestos internos siguiente a la exportación de
modificada en exonerados con motivo de la misma. la mercancía
el extranjero D. Mandato cuando no exista endoso aduanero.
IMPORTACION EN No paga los tributos A. Copia de declaración de exportación definitiva o temporal. Deberán hacer cumplir la
CUMPLIMIENTO DE aduaneros. B. Garantía original expedida por el fabricante o proveedor de la garantía que dentro de los 6
GARANTIA No importa si la X X mercancía. meses deberán sustituir la
mercancía fue C. Documento original de trasporte. mercancía dañada o
reparada o D. Mandato cuando no exista endoso aduanero. averiada
sustituida en el
exterior
IMPORTACION De corto plazo:
TEMPORAL PARA Determina las A. Factura comercial o documento que acredite la tenencia de la Cuando la mercancía se
REEXPORTACION EN mercancías mercancía. importa para atender un
EL MISMO ESTADO destinadas a la B. Documento de trasporte. finalidad específica que
reexportación en un C. Certificado de origen. determine su corta
2.
3. IMPORTACION POR Que todos los envíos
TRAFICO POSTAL Y que llegan al Recibir, almacenar y entregar los envíos de correspondencia, los envíos
ENVIOS URGENTES territorio nacional que lleguen al territorio nacional por la red oficial de correos y los
por la red oficial de
correos y los envíos
envíos urgentes, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos
urgentes siempre en las normas aduaneras.
que su valor exceda
de 2000 us
b) Llevar al lugar habilitado como Depósito únicamente las mercancías
introducidas bajo esta modalidad de importación.
c) <Literal modificado por el artículo 11 del Decreto 1470 de 2008. El
nuevo texto es el siguiente:> Liquidar en la declaración de importación
simplificada y recaudar en el momento de la entrega de las mercancías
al destinatario, los tributos aduaneros que se causen por concepto de la
importación bajo esta modalidad, así como el valor del rescate por
abandono cuando a ello hubiere lugar.
d) <Literal modificado por el artículo 11 del Decreto 1470 de 2008. El
nuevo texto es el siguiente:> Presentar en la oportunidad y forma
previstas en las normas aduaneras la declaración consolidada de pagos
a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales y cancelar oportunamente a través de
los bancos o entidades financieras, autorizadas por la Dirección de
impuestos y aduanas, los tributos aduaneros y el valor del rescate
correspondiente a los envíos que lleguen al territorio nacional por la
red oficial de correos y envíos urgentes entregados a los destinatarios.
e) Poner a disposición de la autoridad aduanera las mercancías objeto
de la modalidad de importación de tráfico postal y de envíos urgentes,
que vencido su término de almacenamiento no hayan sido entregadas a
su destinatario.
l) <Literal adicionado por el artículo 11 del Decreto 1470 de 2008. El
nuevo texto es el siguiente:> Tener a disposición de la autoridad
aduanera, la información de la ubicación de la mercancía previa la
entrega al destinatario.
f) Conservar a disposición de la autoridad aduanera la Declaración
Consolidada de Pagos y Declaraciones Simplificadas de Importación,
por el término de cinco (5) años, contados a partir de la fecha de la
presentación a la Aduana de la Declaración Consolidada de Pagos.
g) Llevar un registro de control de mercancías recibidas y entregadas,
4. MUESTRAS SIN VALOR Toda aquella Cuando se trate del ingreso
COMERCIAL modalidad que no de auxilios para
damnificados de catástrofes
contenga valor
o siniestros, las mercancías
comercial se le X X No hay clasificables por los
aplicara a la Capítulos 84 a 90 del Arancel
aplicación ordinaria a de Aduanas, deberán
acepción de la reexportarse o someterse a
modalidad de viajeros la modalidad de importación
que corresponda,
inmediatamente cumplan
con el fin para el cual fueron
importadas.
Importación de energía La administración a) Factura comercial expedida por el proveedor por la cantidad y el precio de la el declarante deberá presentar
eléctrica aduanera en cuya energía eléctrica puesta en el punto de ingreso; una declaración simplificada
jurisdicción se b) Documento donde se registre la cantidad de energía eléctrica importada de importación, el último día de
encuentre el punto de X durante el respectivo mes calendario; cada mes
ingreso efectivo de la c) Certificado de origen, cuando se requiera;
energía eléctrica al d) Mandato, cuando no exista endoso aduanero y la Declaración se presente a
territorio aduanero través de una Sociedad de Intermediación Aduanera o apoderado, y
nacional, lo habilitará, e) Declaración Andina del Valor y los documentos soporte, cuando a ello hubiere
previa solicitud de la lugar.
empresa interesada.
Esta habilitación, de
acuerdo con las
circunstancias, podrá
ser permanente o
transitoria.