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Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Aspectos informáticos y telemáticos
Campaña Declaraciones
Informativas 2014 y otras
novedades
Bartolomé Borrego Zabala
Delegación de la A.E.A.T. en Andalucía, Ceuta y Melilla
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Programa
Novedades telemáticas e informáticas
para la Campana Informativas 2014
Deducciones anticipadas familiares
Cl@ve. El nuevo sistema de
identificación y autenticación
Obligatoriedad de la factura
electrónica a partir del enero de 2015
Novedades en el sistema de Cita
Previa para asesores
2
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Novedades telemáticas e
informáticas para la Campaña
Informativas 2014
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Presentación, modificación y consulta de modelos:
• Para nuevos ejercicios (no extemporáneas)
• Sólo Sede Electrónica y Plataforma AEAT (no envíos
directos de terceros)
• Se suprime la predeclaración de todos los modelos de
informativas excepto:
– 347: confirmación SMS, sólo Comunidades de
Propietarios. Límite 15 registros.
– 390: confirmación SMS, salvo obligados.
– 190: confirmación SMS, sólo Comunidades de
Propietarios. Límite 15 registros. Nuevo ejercicio 2014.
• Otros servicios (sólo para modelos con Cl@ve PIN):
– Aportar documentación complementaria.
• Normativa: Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por
la que se regulan los procedimientos y las condiciones
generales para la presentación de determinadas
autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza
tributaria, modificada por Orden HAP/1846/2014, de 8 de
octubre
Trámites habilitados para identificarse con Cl@ve PIN
Declaraciones Informativas
Modelo
Límite nº
registros
Fecha
038 sin límite feb-14
180 sin límite ene-14
182 sin límite ene-14
187 sin límite ene-14
188 sin límite ene-14
190 sin límite ene-14
193 sin límite ene-14
198 sin límite ene-14
296 sin límite ene-14
345 sin límite ene-14
347* sin límite feb-14
349 sin límite feb-14
720 sin límite ene-14
390* sin límite ene-14
4
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Trámites habilitados para identificarse con Cl@ve PIN
Autoliquidaciones
 Para nuevos ejercicios (no extemporáneas)
 Sólo Sede Electrónica y Programas Ayuda AEAT (no
envíos directos de terceros)
 Se suprime la predeclaración de todos los modelos de
autoliquidaciones excepto:
– 111, 136, 303
– 115, 130, 131 (se desarrollará en 2015)
– 210, 211, 213, 695 y 696.
 Otros servicios (sólo para modelos con Cl@ve PIN):
– Aportar documentación complementaria.
– Tramitar reconocimientos de deuda.
– Consulta, revocación y modific. de domiciliaciones.
– Pasarela de pagos (excepto algunos modelos).
 Normativa: Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre,
por la que se regulan los procedimientos y las condiciones
generales para la presentación de determinadas
autoliquidaciones y declaraciones informativas de
naturaleza tributaria, modificada por Orden
HAP/1846/2014, de 8 de octubre.
Modelo/ servicio Fecha
100 abr-14
111 abr-14
115 feb-15
117 feb-15
123 feb-15
124 feb-15
126 feb-15
128 feb-15
130 abr-15
131 abr-15
136 abr-14
216 feb-15
303 feb-14
714 abr-14
Confirmación Borrador
Renta
abr-14
Descarga datos fiscales abr-14
Presentación y consulta de modelos:
5
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Informativas 2014/15
Novedades normativas
 Supresión límite 15/100 registros para presentación con Cl@ve PIN.
 Cambio de los tres primeros dígitos del nº de justificante de varios modelos
(180, 188, 192, 194,198, 199, 480, 038, 189 y 195).
 Supresión presentación modelo 183 (pasa a no vigentes).
 Habilitación predeclaración con confirmación vía SMS del modelo 190
(sólo para Comunidades de Propietarios).
 Habilitación presentación TGVI modelo 993.
 Nuevo modelo 990 para AA.PP. (mensual, febrero).
 Modificaciones DR y/o validaciones modelos
(165, 180, 182, 187, 190, 296 y 347).
6
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
IVA 2014/15
Novedades técnicas
 En Sede, supresión de applets (firma-e y gestión de ficheros + otras
utilidades).
– Presentación electrónica con certificado sin criptografía.
– (Presentación electrónica con Cl@ve PIN sin criptografía)
– El usuario siempre deberá seleccionar los ficheros a leer, aunque se envíe la
ruta de localización vía parámetro.
 Normalización DR.
 Evaluación de errores leves e incidencias censales también con Cl@ve PIN.
 Afecta a:
– 390 ejercicios 2014 y siguientes.
– 303 periodo 4T de 2014 y ejercicios siguientes.
– 322 y 353 ejercicios 2015 y siguientes.
7
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
IVA 2014/15
Novedades normativas
 303 4T 2014 y 2015
– Cambios modelo por exoneración a determinados colectivos de la presentación del
modelo 390 (aplicable desde 4T 2014) y otros cambios (aplicable desde 2015).
• Se modifica DR ejercicio 2014 utilizando posiciones reservadas. Los nuevos
campos numéricos aplicables al 4T deberán rellenarse a ceros para para
presentaciones de otros periodos.
• Nuevo DR ejercicio 2015 para suprimir el <VECTOR>, quitar CRLF páginas
modelo y aumentar las posiciones reservadas de cada página. Posibles
cambios normativos (pendiente confirmación).
 390 2014:
– Cambios modelo para obtener información relativa al régimen especial del criterio
de caja y la declaración en concurso.
 322 y 353:
– Adaptación a la Orden HAP/1222/2014, de 9 de julio
• Adaptación al IBAN.
8
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Otras novedades normativas
 1 dic 2014: Nuevo modelo 410 “Pago a cuenta del Impuesto sobre los Depósitos en
las Entidades de Crédito”.
 1 ene 2015: Modificación modelo 036/037 por adaptación a la reforma fiscal (IVA),
habilitación del Cl@ve PIN y otras modificaciones adicionales.
 1 feb 2015: Nuevo modelo DAFAS.
 1 abr 2015: Nuevo modelo 368 “IVA. Regímenes especiales aplicables a los servicios
de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y a los prestados por vía
electrónica. Autoliquidación”.
 1 abr 2015: Modificación modelo 763 “Autoliquidación del Impuesto sobre actividades
de juego en los supuestos de actividades anuales o plurianuales” para tener en
cuenta la tributación conjunta al Estado y a las Administraciones de los Territorios
Históricos del País Vasco y la Comunidad Foral de Navarra.
 1 jul 2015: Modificación modelos de matriculación 05, 06 y 576 para adaptación a la
nueva clasificación europea y al nuevo procedimiento de matriculación de
automóviles de la DGT con ITV electrónica y diligencias de ventas. (pendiente
confirmar fecha)
 1 jul 2015: Nuevo modelo “Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito”
(asociado al 410 de pagos a cuenta).
 (Pendiente fecha) Modificación modelo 210 para incluir tres nuevos tipos de Renta.
9
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Adaptación IBAN al sistema de
presentación telemática por lotes con NRC
 ¿Qué es la obtención de NRCs por Lotes?
– Software utilizado por presentadores autorizados por terceros para el
pago y la obtención de NRCs por lotes en entidades financieras.
– Permite obtener el fichero de NRCs según DR publicado en el Portal
AEAT que se usa en la Presentación por Lotes de autoliquidaciones, y
también en la presentación individual.
– Comunicación directa sistemas informáticos presentadores autorizados
y EEFF.
– Especificaciones elaboradas por EEFF. Se publican en Portal AEAT.
– En el Portal AEAT también se publica la relación de empresas
desarrolladoras de software y EEFF que ofrecen aplicaciones y
servicios de obtención de NRCs por Lotes.
Departamento de Informática Tributaria 10
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Adaptación IBAN al sistema de
presentación telemática por lotes con NRC
 Se adapta al IBAN la obtención NRCs por lotes.
– Se añaden las 4 primeras posiciones del IBAN al final de los registros, en
posiciones actualmente libres.
– Otras modificaciones menores.
 Se adapta al IBAN el DR del fichero de NRCs
– Se añaden las 4 primeras posiciones del IBAN al final del DR, en posiciones
actualmente libres.
– Se reserva el campo 8 (usado para código de admón.)
 Se publicarán nuevas especificaciones en Portal AEAT:
– Interfaz Sw presentador – EEFF.
– DR fichero NRCs.
 Fecha entrada en Producción: 31 de marzo 2015.
Previsto para
diciembre 2014
11
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
aeat.es
www3.aeat.es
www5.aeat.es
www1.aeat.es
www2.aeat.es
www4.aeat.es
www1.agenciatributaria.gob.es
www2.agenciatributaria.gob.es
www6.agenciatributaria.gob.es
Desde el 30/9/2014 en período de transición.
No se garantiza funcionalidad completa.*
Hasta el 01/01/2015 pueden sufrir cortes
temporales de servicio.
Apartir del 01/01/2015 no se garantiza
que estén accesibles.
* En general, se muestra una página que invita a
acceder a la aplicación desde la Sede Electrónica.
Migración a dominios de Sede Electrónica
Autenticación
cliente
certificado-e
Sin
autenticación
cliente
Autenticación
cliente
Cl@ve PIN
Dominios antiguos Dominios Sede Electrónica
12
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Deducciones Anticipadas
Familiares
DAFAS
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Nuevas Deducciones en el IRPF
 Familia numerosa: 1.200 euros anuales (2.400 la especial)
 Por descendientes con discapacidad: 1.200 euros anuales
 Por ascendientes con discapacidad: 1.200 euros anuales
 Límite para cada deducción: las cotizaciones sociales.
 Es posible solicitar el abono anticipado mensual.
 Dificultad:
– Puede haber varios beneficiarios para una deducción (en DAMA sólo es
uno). Se deben pagar sólo 1.200 euros por cada deducción,
independientemente de si hay más de un contribuyente con derecho a
cada una de ellas.
14
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Puede haber más de una solicitud de abono por cada deducción en
función de las solicitudes individuales que hubiera
Previsión de Número
Declaraciones IRPF 2013 Beneficiarios
Descendientes discapacitados 265.300 369.800
Ascendientes discapacitados 30.600 30.600
Familas Numerosas 738.500 1.024.600
Total posibles DAFAs 1.034.400 1.425.000
15
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Se enviará una carta a unos 837.472 contribuyentes candidatos a
solicitar la deducción de forma anticipada: a partir de 17/11/2014
(con invitación a Cl@ve-PIN)
Carta Preparatoria
16
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Condiciones
 Abono anticipado:
– Días de cotización en régimen de la SS (15 días por regla general)
– Cumplir condiciones de Familia Numerosa o Discapacidad el último día
del mes
– Todos los que se mencionen en la solicitud deben disponer de NIF.
 Deducción:
– Límite de importes cotizados por cada deducción.
– Discapacidad: dar derecho al mínimo por descendiente o ascendiente.
17
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 18
Dafa
Individual
50€ 50€
Dafa
Indvidual
Dafa Colectivo Declaración
Conjunta
Declaración
Individual
600€
Declaración
Individual
600€
100€ 1.200€
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Formas de presentación
 Por Internet:
– Colectiva
– Individual
– Posibilidad de adhesión a una solicitud colectiva
 Por teléfono:
– 901 200 345
– aportando importe de la casilla nº 415 del IRPF 2013
 En papel impreso del servicio de impresión de la A.E.A.T.
19
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Modelo 143
Presentación de
un modelo por
cada deducción y
causante:
 Familia
numerosa
 Descendiente
discapacitado
 Ascendiente
discapacitado.
Solicitud electrónica (individual)
20
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Modelo 143
Presentación de
un modelo por
cada deducción y
causante:
 Familia
numerosa
 Descendiente
discapacitado
 Ascendiente
discapacitado.
Solicitud electrónica (colectiva)
21
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Solicitud
 Posibilidades de presentación:
– En nombre propio
– Mediante apoderamiento electrónico, y
– A través de la colaboración social
 Plazo:
– Durante cada mes para solicitar el pago desde ese mes.
– Los de enero, se pueden presentar en enero y febrero.
 Modalidades de presentación:
– Individual.
– Colectiva: por todos los que tengan derecho a cada una de ellas. Más fácil de
comprobar.
 Las predeclaraciones se imprimirán con código de barras válido para
DIGITALIZA, de modo que al escanear la solicitud quedará confirmada y
con la hoja de firmas catalogada.
22
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Inicio de solicitudes por
internet y teléfono
Inicio de pagos a partir
del 20 de febrero
Solicitud y Pagos
Presentación de las solicitudes en
nuestras oficinas con predeclaración
23
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Cl@ve. El nuevo sistema de
identificación y autenticación
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 25
 Plataforma común del Sector Público Administrativo Estatal para la
identificación, autenticación y firma electrónica mediante el uso de claves
concertadas.
 Aprobada por Acuerdo de Consejo de Ministros, de 19 de septiembre de
2014 (Orden PRE/1838/2014, BOE de 9 de octubre de 2014).
 Aprovecha las posibilidades que la rápida evolución de la tecnología ofrece y
apela al principio de proporcionalidad previsto en la Ley 11/2007, permitiendo
a los ciudadanos relacionarse electrónicamente con las Administraciones
Públicas de una forma más sencilla y fácil de usar que con los certificados
electrónicos.
 Se crea para abarcar todo el ámbito del Sector Público Administrativo Estatal
y, en la medida que así se acuerde, del resto del Sector Público Estatal,
Autonómico y Entidades Locales previa adhesión mediante convenio.
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 26
 Contempla la utilización de sistemas de identificación basados en claves
concertadas (usuario y contraseña) y certificados electrónicos.
 Los primeros, los basados en claves, se desarrollan sobre dos sistemas ya
operativos y recientemente implantados:
– El PIN24H de la A.E.A.T., concebido para usuarios con acceso ocasional.
– El «sistema de usuario y contraseña de la Seguridad Social» orientado a
usuarios con acceso frecuente.
 Desde ahora, los ciudadanos podrán utilizar estos sistemas a la hora de
identificarse en las sedes electrónicas de los órganos/organismos que se
encuentren adheridos a Cl@ve.
 Respecto de los segundos, será una posibilidad que se ofrecerá en un futuro
no muy lejano (a lo largo de 2015), que posibilitará la realización de firmas en
la nube mediante certificados electrónicos personales y centralizados
asociados al DNI electrónico (DNI-nb), que serán emitidos por la D.G.P. y
que estarán custodiados por la Administración en servidores remotos.
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 27
 Estarán excluidos de Cl@ve:
– Los servicios y trámites dirigidos a ciudadanos que estén obligados por la
normativa vigente al uso exclusivo de certificados electrónicos incluidos en el
ámbito de la Ley 59/2003 de Firma Electrónica, y
– El resto de trámites o servicios en los que la normativa reguladora no permita la
utilización por los ciudadanos de los sistemas de identificación, autenticación y
firma.
 Elementos esenciales:
– Sistema de Identificación y Autenticación electrónica basado en claves
concertadas, que se complementa con códigos de seguridad que se envían al
teléfono móvil del ciudadano.
– Sistema de Firma Electrónica. Desde Cl@ve se tendrá acceso a cualquiera de
los sistemas de e-firma admitidos, en particular, el denominado DNI en la nube.
– Punto de Acceso Cl@ve, que permitirá presentar un aspecto visual y funcional
para todos los servicios electrónicos.
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 28
 A partir del 17 de noviembre, los ciudadanos que se registren en la A.E.A.T.
o en la Seguridad Social, quedarán integrados en Cl@ve, lo que les va a
permitir utilizar los servicios de aquellas Administraciones que se encuentren
adheridas.
 De forma gradual y antes del 31 de diciembre de 2015, el resto de
organismos del sector público administrativo estatal, deberán adaptarse para
permitir el uso de Cl@ve en los servicios electrónicos que ofrezcan a los
ciudadanos.
Sistema Cl@ve - Proceso de implantación
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
 Identificación en los 2 tipos de sistemas:
– Cl@ve PIN: sistema de contraseña de validez muy limitada en el tiempo,
orientado a usuarios que acceden esporádicamente a los servicios.
En función de los requisitos de seguridad del organismo, la validez temporal del
PIN es la siguiente:
• Nivel básico: el PIN caduca a las 2:00 AM del día siguiente al de su
expedición. De esta forma el PIN tendrá una caducidad de entre 2 y 26
horas.
• Nivel sustancial: el PIN se configura como una clave de un solo uso
(OTP), de forma que se garantice que siempre que se solicite una
autenticación de nivel sustancial se fuerce al usuario a iniciar el proceso de
solicitud de un nuevo PIN para poder autenticarse en esa sesión.
– Cl@ve Permanente: sistema de contraseña de validez duradera en el tiempo
pero no ilimitada, orientado a usuarios habituales.
Validez de 2 años y estará reforzado con claves de un solo uso (OTP) que se
enviarán por SMS para su incorporación en el momento de su autenticación en
el sistema.
29
Descripción del sistema Cl@ve:
Identificación
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
UE
 Infraestructura para todas las Administraciones Públicas
cuyo objetivo es proporcionar medios comunes para la
autenticación y firma electrónica de los ciudadanos en los
procedimientos de administración electrónica.
 Facilidad de uso para el ciudadano y homogeneidad en su
relación con las Administraciones Públicas.
 Máxima seguridad en los sistemas de control de acceso y
en la protección de las claves de firma de los ciudadanos.
 Acorde con los estándares internacionales.
30
Objetivos del proyecto Cl@ve
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 31
 Los órganos/organismos que se integren en Cl@ve deberán ofrecer al
menos uno de los sistemas de identificación y autenticación comentados.
Sistema Cl@ve
Reconocimiento visual
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 32
 Los ciudadanos podrán realizar el registro de forma telemática o
presencial en cualquiera de las oficinas de los organismo que realicen
funciones de Registro de Usuarios de la plataforma.
 Participarán en su construcción e implantación, serán garantes de su
funcionamiento y asumirán la responsabilidad de sus respectivas
actuaciones en los ámbitos de Registro de usuarios, Identificación,
Autenticación y Firma Electrónica, los siguientes órganos y organismos
públicos:
– La A.E.A.T.
– La Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
– La Gerencia de Informática de la Seguridad Social y demás entidades Gestoras
y Servicios Comunes de la Seguridad Social.
– La Dirección General de la Policía.
– La FNMT-RCM.
 Se ha establecido un procedimiento para ofrecer la incorporación a Cl@ve
a los ciudadanos que actualmente estén registrados en los Sistemas
PIN24h y Usuario/Contraseña de la Seguridad Social.
Incorporación de los ciudadanos
al Sistema Cl@ve
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 33
AEAT
REGISTRO
USUARIOS
Oficina de Registro
1EL usuario
se registra
presencial mente
en una Oficina
de Registro
4
Entrega de
Código de
Activación de
la contraseña
(PUK)
3
Se transfieren los
datos de registro
2
Archivado
Documento de
Aceptación y
copia autentica
Registro presencial de ciudadanos
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
 En el acto de acreditación, el interesado deberá mostrar el DNI
– No será válido a estos efectos la exhibición de otros documentos que, pese a
gozar de un uso identificativo socialmente aceptado, han sido expedidos para otros
fines (Pasaporte o el Permiso de Conducir)
 Si el ciudadano fuese extranjero, deberá tener asignado un Número de
Identificación de Extranjeros (NIE).
– Sólo en este supuesto, si el ciudadano extranjero no dispusiera de Tarjeta de
Identidad, podrá acreditarse con el pasaporte o documento de identidad en vigor
emitido por las autoridades de su país de origen, y algún documento en el que
figure el NIE con el que pretende registrarse.
 Los menores de edad también pueden registrarse en Cl@ve.
– En este supuesto, su representante legal, en presencia o no del menor, deberá:
• Exhibir la documentación que justifique la identificación del representante legal.
• Exhibir el documento que justifique la patria potestad (libro de familia, resolución
judicial, etc.)
• Si comparece el menor, exhibirá el DNI, NIE o nº de Tarjeta de Identidad de
Extranjero. En caso contrario, el representante deberá presentar el original de
dichos documentos.
34
Registro presencial de ciudadanos
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 35
Registro en Cl@ve PIN
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 36
SOLO UNO POR USUARIO
NUEVO CAMPO OBLIGATORIO
Registro en Cl@ve PIN
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Registro en Cl@ve Permanente
37
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 38
Solicitud de Cl@ve PIN
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Autenticación
●●●●
Identificación y Autenticación
39
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
 Firma de documentos electrónicos:
– Los sistemas Cl@ave podrán utilizarse para confirmar información, propuestas o
borradores emitidos o exhibidos por una Administración Pública.
– La plataforma Cl@ve ofrecerá una interfaz amigable que permita seleccionar
entre los sistema de firma electrónica señalados en el art. 13.2 de la Ley 11/2007
que exija o permita en cada caso la normativa reguladora de cada actuación.
40
Descripción del sistema Cl@ve:
Firma de documentos electrónicos
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Ventajas del sistema Cl@ve
Más sencillo:
► NO hay que recordar contraseña alguna
► NO hay que revocar, ni cambiar ni recordar el PIN
► PIN de sólo 7 posiciones alfanuméricas
41
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Activación de usuario ya registrado
Verificación de usuario
42
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Se recibe un SMS con un código de un solo uso en el teléfono móvil
Activación de usuario ya registrado
Autenticación del usuario
43
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
El usuario establece su contraseña según las políticas de seguridad establecidas.
Activación de usuario ya registrado
Establecimiento de la contraseña
44
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 45
Integración de Cl@ve en las Sedes Electrónicas.
Intermediador
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 46
CENSO PIN
REGISTRO
USUARIOS
1
El usuario
registrado en PIN
se autentica en la
sede de la AEAT
5
4
Se le informa qué
es Cl@ve,
invitándole a
incorporarse, para
lo cual debe de
consentir la
transferencia de
sus datos a
Cl@ve
Si el ciudadano
acepta la invitación
y transferencia de
sus datos, se le
redirigirá a la web
de la aplicación
Registro Cl@ve
2
3
CENSO CL@VE
REGISTRO
USUARIOS
Se redirige al ciudadano
al Registro Cl@ve y se
transfieren los datos desde el
registro previo para que se
pueda completar el proceso
de incorporación a clave
El ciudadano debe
completar los datos en la
aplicación de Registro y se
le presentará un
nuevo documento
de acepto con las
condiciones de
uso de Cl@ve
Si todo es correcto, se
entrega el documento
de acepto, el Código
de Activación y el
usuario se incorpora
al Registro Cl@ve
6
Usuarios ya inscritos en PIN24H
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 47
Usuarios ya inscritos en PIN24H
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 48
Usuarios ya inscritos en PIN24H
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
http://clave.gob.es
Información sobre el sistema Cl@ve
49
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
App sobre Cl@ve PIN
50
http://es.slideshare.net/barborza
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Obligatoriedad de la factura
electrónica a partir del
mes de enero de 2015
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Ley 56/2007 de medidas de impulso de la sociedad de la
información
Artículo 1. Medidas de impulso de la factura electrónica y del uso de
medios electrónicos en otras fases de los procesos de contratación.
… se entenderá que la factura electrónica es el documento electrónico
que cumple con los requisitos legales y reglamentariamente exigibles a
las facturas y que, además, garantiza la autenticidad de su origen y la
integridad de su contenido, lo que permite atribuir la factura a su
obligado tributario emisor
¿Qué es una factura electrónica?
52
“Documento electrónico que sustituye a la factura tradicional y que
tiene un valor legal idéntico al de esta”.
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Se deriva:
 La necesidad de un formato electrónico de mayor o menor complejidad
(EDI, XML, PDF, html, doc, txt, jpeg, etc).
 Es necesario una transmisión telemática
(tiene que partir de un ordenador y ser recogida por otro ordenador).
 Este formato electrónico y transmisión telemática, deben garantizar su
integridad y autenticidad.
 Obliga a ambas partes (comprador, vendedor).
¿Qué es una factura electrónica?
53
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Artículo 1.3 Ley 56/2007
Los Ministerios de Industria, Turismo y Comercio y de Economía y
Hacienda… aprobarán…las normas sobre formatos estructurados estándar
de facturas electrónicas que sean necesarias para facilitar la interoperabilidad
del sector público con el sector privado y favorecer y potenciar el tratamiento
automatizado de las mismas.
¿Qué es una factura electrónica?
54
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
¿Qué es una factura electrónica?
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Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
¿Qué es una factura electrónica?
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Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
¿Qué es una factura electrónica?
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Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Formatos de factura electrónica
No estructurados Estructurados
58
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Ventajas de facturación electrónica
Costes
directos
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 60
Ventajas de facturación electrónica
Costes
indirectos
Simplificación
Integración
contable/comercial
Eficacia
Automatización
Rapidez
Ahorro tiempo
Confidencialidad
Agiliza
toma decisiones
Disminución costes
Auditorías e Inspecciones
Evita falsificación
Recursos
financieros
Espacio
Costes Sociales
Optimiza
tesorería
Fideliza clientes
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
En definitiva, la integración de la
factura electrónica mejora el
proceso de facturación
aumentando la eficiencia de los
mismos, reduciendo costes y
tiempo.
61
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
 Numero y en su caso serie de la factura.
 Fecha de expedición.
 Nombres y apellidos, razón o denominación
social del comprador.
 Domicilio del vendedor y del comprador.
 Descripción de las operaciones.
 El o los tipos impositivos.
 La cuota tributaria.
Contenido de la factura
62
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Marco normativo
de la factura electrónica.
Régimen de obligatoriedad
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Ley 56/2007, de impulso de la sociedad de la información
Marco
normativo
Artículo 1. Medidas de impulso de la factura electrónica y del uso de medios electrónicos
en otras fases de los procesos de contratación.
La facturación electrónica en el marco de la contratación con el sector público estatal será obligatoria
en los términos que se establezcan en la Ley reguladora de la contratación en el sector público y en su
normativa de desarrollo.
… se entenderá que la factura electrónica es el documento electrónico que cumple con los requisitos
legales y reglamentariamente exigibles a las facturas y que, además, garantiza la autenticidad de su
origen y la integridad de su contenido, lo que permite atribuir la factura a su obligado tributario emisor
Los Ministerios de Industria, Turismo y Comercio y de Economía y Hacienda… aprobarán…las normas
sobre formatos estructurados estándar de facturas electrónicas que sean necesarias para facilitar la
interoperabilidad del sector público con el sector privado y favorecer y potenciar el tratamiento
automatizado de las mismas.
64
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Disposición Final Novena - Habilitación normativa en materia de uso de medios
electrónicos, informáticos o telemáticos, y uso de factura electrónica.
3. En el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de la Ley, el Ministro de Economía y
Hacienda aprobará las normas de desarrollo necesarias para hacer posible el uso de las facturas
electrónicas en los contratos que se celebren por las entidades del sector público estatal.
4. Transcurridos tres meses desde la entrada en vigor de las normas a que se refiere el apartado
anterior la presentación de facturas electrónicas será obligatoria en la contratación con el sector
público estatal para las sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada.
…se extenderá progresivamente la obligatoriedad del uso de las facturas electrónicas para otras
personas físicas y jurídicas en función de sus características y el volumen de su cifra de negocios. En
todo caso, transcurridos dieciocho meses desde la entrada en vigor de las normas a que se refiere el
apartado anterior, el uso de la factura electrónica será obligatorio en todos los contratos del sector
público estatal; no obstante, en los contratos menores, la utilización de la factura electrónica será
obligatoria cuando así se establezca expresamente en estas Órdenes de extensión.
Marco
normativo
Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público
65
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
La ley reconoce el derecho de los ciudadanos a relacionarse con las Administraciones
Públicas por medios electrónicos.
Marco
normativo
Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a las Servicios
Públicos, habilita a las Administraciones Públicas
70
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Establecimiento de unos estándares y condiciones técnicas uniformes en la emisión y
remisión de facturas de aplicación a la Administración General del Estado y a los
organismos públicos vinculados o dependientes de ella.
…la utilización de medios electrónicos para la remisión de facturas electrónicas destinadas
a las Administraciones Públicas incluidas en el ámbito de aplicación de esta orden estará
condicionada al consentimiento expreso de éstas…
La autenticidad del origen e integridad del contenido se garantizará mediante la exigencia
de firma electrónica avanzada
Define el formato facturae y establece la evolución del formato transcurrido dos años
desde la entrada en vigor de la presente orden, al formato UBL (Universal Business
Language) o, en su caso, al formato que establezcan los organismos de normalización de
la Unión Europea CEN (Comité Europeo de Normalización) o CENELEC (Comité Europeo
de Normalización Electrotécnica).
Marco
normativo
Orden PRE/2971/2007 sobre la expedición de facturas por medios electrónicos
cuando el destinatario de las mismas sea la Administración General del Estado u
organismos públicos vinculados o dependientes de aquélla…
71
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
En los supuestos en que el destinatario de las facturas sea:
 La Administración General del Estado, y
 Organismos Públicos Vinculados o dependientes de aquella.
En los supuestos de presentación ante la Administración General del Estado, o sus
organismos públicos vinculados o dependientes, de facturas expedidas entre particulares:
 Afecta a facturas expedidas entre empresas que hayan de aportarse ante AGE con
motivo de algún procedimiento administrativo
(solicitud de subvenciones, ayudas, etc.)
Marco
normativo
Orden PRE/2971/2007 sobre la expedición de facturas por medios electrónicos
cuando el destinatario de las mismas sea la Administración General del Estado u
organismos públicos vinculados o dependientes de aquélla…
72
CONTRATOS
SECTOR
PÚBLICO
OPERACIONES
ENTRE
PARTICULARES
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
La autenticidad del origen y la integridad del contenido de la factura, en papel o electrónica,
podrán garantizarse por cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
Mediante controles de gestión que permitan crear una pista de auditoría fiable que
establezca la necesaria conexión entre la factura y la entrega de bienes o prestación de
servicios que la misma documenta
No obstante se reconoce expresamente la autenticidad en origen y la integridad …:
 “firma electrónica avanzada … basada en un certificado reconocido…”
 “Mediante un intercambio electrónico de datos (EDI)…”
 “Mediante otros medios que los interesados hayan comunicado a la Agencia Estatal de
Administración Tributaria con carácter previo…”
Marco
normativo
RD 1619/2012 por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las
obligaciones de facturación
73
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Ley 25/2013 de impulso de la
factura electrónica y creación del
registro contable de facturas en el
Sector Público
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Reducción de la morosidad
de las Administraciones
Públicas
Promoción de la factura
electrónica en el sector
empresarial español
Mejorar la competitividad de
las empresas a través de la
protección del proveedor
Objetivos
75
Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y creación
del registro contable de facturas en el Sector Público
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Las Administraciones Públicas referidas en el artículo 3.2 del
texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
Aplicación: Facturas emitidas en el marco de las relaciones jurídicas entre
proveedores de bienes y servicios y las Administraciones Públicas según artículo 3.2
de Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
 La Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades
Autónomas y las Entidades que integran la Administración Local.
 Las entidades gestoras y los servicios comunes de la Seguridad Social.
 Organismos autónomos.
 Universidades públicas.
 Las entidades de derecho público que, con independencia funcional o con una
especial autonomía reconocida por la Ley, tengan atribuidas funciones de
regulación o control de carácter externo sobre un determinado sector o actividad.
76
Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y creación
del registro contable de facturas en el Sector Público
Ámbito
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Proveedores obligados a factura electrónica
77
Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y creación
del registro contable de facturas en el Sector Público
Ámbito
 Sociedades anónimas.
 Sociedades de responsabilidad limitada.
 Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan
de nacionalidad española.
 Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no
residentes en territorio español en los términos que establece la
normativa tributaria.
 Uniones temporales de empresas.
 Agrupaciones de interés económico, Fondos
de pensiones, Fondos de capital riesgo,
Fondos de inversiones,…
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
El Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales,
dispondrán de un punto general de entrada de facturas electrónicas a
través del cual se recibirán todas las facturas electrónicas que
correspondan a entidades, entes y organismos vinculados o dependientes.
Cada uno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de esta Ley,
dispondrán de un registro contable de facturas que facilite su
seguimiento, cuya gestión corresponderá al órgano o unidad administrativa
que tenga atribuida la función de contabilidad.
Puntos generales de
entrada y registros
contables
78
Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y creación
del registro contable de facturas en el Sector Público
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Un punto general de entrada para recibir todas las facturas electrónicas que
correspondan a las entidades, entes y organismos vinculados o
dependientes.
EELL posibilidad de adhesión  Diputación, CA, Estado
CCAA posibilidad de adhesión  Estado
El punto general de entrada de facturas electrónicas permitirá el envío de
facturas electrónicas en el formato que se determina en esta ley (facturae).
El proveedor o quien haya presentado la factura podrá consultar el estado
de la tramitación de la factura.
Puntos generales de
entrada y registros
contables
79
Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y creación
del registro contable de facturas en el Sector Público
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
 La ley en su supuesto general obliga a todas las empresas que
presenten sus facturas a todas las administraciones públicas.
 Existe la posibilidad de excluir reglamentariamente de la obligación de
factura electrónica a las facturas cuyo importe sea de hasta 5.000 euros
y a las emitidas por los proveedores a los servicios en el exterior de las
Administraciones Públicas hasta que dichas facturas puedan satisfacer
los requerimientos para su presentación a través del Punto general de
entrada de facturas electrónicas.
 La posibilidad de exclusión reglamentaria se permite al Estado, las
Comunidades Autónomas y los municipios de Madrid y Barcelona.
80
Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y creación
del registro contable de facturas en el Sector Público
Obligación de
facturar en formato
electrónico
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Artículo 5. Formato de las facturas electrónicas y su firma electrónica.
Las facturas electrónicas que se remitan a las Administraciones Públicas deberán
tener un formato estructurado y estar firmadas con firma electrónica avanzada
basada en un certificado reconocido, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10.1
a) del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación…
Disposición adicional segunda. Formato de la factura y firma electrónica.
En tanto no se apruebe la Orden ministerial prevista en el artículo 5, las facturas
electrónicas que se remitan a las Administraciones Públicas se ajustarán al formato
estructurado de la factura electrónica Facturae, versión 3.2, y de firma electrónica
conforme a la especificación XMLAdvanced Electronic Signatures (XAdES).
Formato factura
electrónica
81
Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y creación
del registro contable de facturas en el Sector Público
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Entrada en vigor
Registros Contables de Facturas:
1 de Enero de 2014
Obligación de presentación en electrónico de facturas a todas
las AAPP por parte de las empresas en los
Puntos Generales de Facturas Electrónicas:
15 de Enero de 2015
82
Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y creación
del registro contable de facturas en el Sector Público
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Normas de desarrollo
Orden HAP/492/2014 por la que se
regulan los requisitos
funcionales y técnicos del
registro contable de facturas de
las entidades del ámbito de
aplicación de la Ley 23/2015
Orden HAP/1074/2014 por la que
se regulan las condiciones
técnicas y funcionales que debe
reunir el punto general de
entrada de facturas electrónicas
en el ámbito de aplicación de la
Ley 23/2015
PUBLICADA PUBLICADA
83
Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y creación
del registro contable de facturas en el Sector Público
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Es el formato de factura electrónica que la Administración General de
Estado establece para la presentación de facturas por medios electrónicos
ante la misma o sus organismos públicos vinculados o dependientes.
Igualmente se obliga su uso para las facturas electrónicas que la
Administración expida.
Definido en la Orden PRE/2971/2007 sobre la expedición de facturas por
medios electrónicos cuando el destinatario de las mismas sea la
Administración General del Estado u organismos públicos vinculados o
dependientes de aquélla y sobre la presentación ante la Administración
General del Estado o sus organismos públicos vinculados o dependientes de
facturas expedidas entre particulares.
Facturae
85
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Sector privado y factura
electrónica
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Las empresas prestadoras de los servicios a que alude el artículo 2.2, deberán
expedir y remitir facturas electrónicas en sus relaciones con empresas y particulares
que acepten recibirlas o que las hayan solicitado expresamente. Este deber es
independiente del tamaño de su plantilla o de su volumen anual de
operaciones.
Art 2.2 …agrupen a más de cien trabajadores o su volumen anual de
operaciones, calculado conforme a lo establecido en la normativa del Impuesto
sobre el Valor Añadido, exceda de 6.010.121,04 euros.
Servicios de comunicaciones, bancarios, financieros, suministro eléctrico, agua,
gas, agencias de viajes, transporte,…
No obstante, las agencias de viaje, los servicios de transporte y las actividades de
comercio al por menor sólo están obligadas a emitir facturas electrónicas en los
términos previstos en el párrafo anterior cuando la contratación se haya llevado a
cabo por medios electrónicos.
Modificación Ley
56/2007 LMISI
Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y creación
del registro contable de facturas en el Sector Público
87
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Facturae
¿Dónde puedo encontrar
Información sobre facturae?
www.facturae.es
88
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Facturae
¿Cómo puedo generar
una factura electrónica
en formato facturae?
89
APLICACIÓN GRATUITA DE FACTURACIÓN ELECTRÓNICA
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Facturae
Permite:
 Generar Facturas
 Validar facturas
 Remitir facturas
a Face
 Remitir facturas
por email
90
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Facturae
Permite:
 Generar Facturas
 Validar facturas
 Remitir facturas
a Face
 Remitir facturas
por email
91
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Facturae
Permite:
 Generar Facturas
 Validar facturas
 Remitir facturas
a Face
 Remitir facturas
por email
92
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Permite la remisión de facturas en
formato electrónico a aquellos
organismos de las
administraciones que estén dadas
de alta en el sistema.
FACe - Punto General de Entrada
de Facturas de la Administración
General del Estado
FACe – Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas
94
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Orígenes:
Orden PRE/2794/2011
…el Ministerio de Política Territorial y Administración Pública, a través de
la Secretaría de Estado para la Función Pública, liderará la definición y
desarrollo de un servicio central de gestión de la facturación electrónica
para el ámbito de los órganos de la Administración General del Estado,
sus organismos autónomos y agencias estatales…
…medio único para la recepción y distribución de facturas electrónicas…
95
FACe – Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Marco
normativo
Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y creación del registro
contable de facturas en el Sector Público
Orden HAP/492/2014 por la que se regulan los requisitos funcionales y
técnicos del registro contable de facturas de las entidades del ámbito de
aplicación de la Ley 23/2015
Orden HAP/1074/2014 por la que se regulan las condiciones técnicas y
funcionales que debe reunir el punto general de entrada de facturas
electrónicas en el ámbito de aplicación de la Ley 23/2015
96
FACe – Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Funciones
 Formato de factura – Facturae 3.2
y 3.2.1
 Sistema de seguimiento de las
facturas en su proceso interno.
 Dota a la presentación de la
factura de un asiento en el registro
administrativo.
 Posibilidad de solicitud de
anulación de las facturas para el
proveedor.
97
FACe – Punto General de Entrada de Facturas
Electrónicas
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Funciones
 Remisión automática de las
facturas a los sistemas de
los RCFs de los organismos
adscritos a FACe.
 Descarga de facturas.
 Gestión del directorio.
 Plataforma de facturación
(custodia de facturas).
98
FACe – Punto General de Entrada de Facturas
Electrónicas
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Estructura
Oficina
contable
Unidad o unidades que
tienen atribuida la
función de contabilidad
en el organismo y que
también son
competentes para la
gestión del registro
contable de facturas.
Órgano gestor
Centro directivo,
delegación,
subdelegación territorial
u organismo de la
Administración General
del Estado, Comunidad
Autónoma o Entidad
Local a que
corresponda la
competencia sobre la
aprobación del
expediente de gasto.
Unidad
tramitadora
Órgano administrativo al
que corresponda la
tramitación de los
expedientes, sin perjuicio
de a quien competa su
aprobación.
99
FACe – Punto General de Entrada de Facturas
Electrónicas
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Listado de entidades adheridas en FACe
Directorio de organismos adheridos a FACE
100
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Buscador a nivel de
administración pública
de:
• Oficinas contables
• Órganos gestores
• Unidades de
tramitación
Directorio de organismos adheridos a FACE
101
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Más de 1300
Administraciones
Públicas
adheridas
Directorio de organismos adheridos a FACE
102
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Novedades en el sistema de
Cita Previa para asesores
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Nuevas funcionalidades
 Nueva distribución de servicios e incorporación de agrupaciones de
servicios para adecuarlo a todo tipo de oficinas (grandes-pequeñas)
 Para cita con CSV posibilidad de cambiar a un centro de otra Oficina
Gestora.
 Cita Previa para Colaboradores Sociales (citas vinculadas o agrupadas) =>
para un mismo servicio:
– Hasta 9 citas por servicio y día
 Calendario de puesta en funcionamiento:
– Del 1 al 8 de enero no se dará cita, para enlazar las aplicaciones
– 9 de enero: Cita obligatoria
104
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Selección de servicio
105
NOVEDAD
Servicio dirigido a Gestores
Administrativos (Colaboradores
Sociales)
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Selección de servicio (particulares)
106
Despliegue de los
campos para selección
del procedimiento y
servicio
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Selección de servicio (particulares)
107
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Petición de cita con CSV
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Selección de cita para contribuyentes
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Gestión de citas concedidas
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Consultas Ampliadas
114
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
Consultas Ampliadas
115
Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 116
Bartolomé Borrego Zabala
bartolomeborrego.com
procedimientostelematicos.com
bartolome.borrego@correo.aeat.es
bartolomeborrego
bartolome.borrego
@bartolomebz
dooid.me/barborza
Muchas Gracias

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Novedades AEAT 2014

  • 1. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Aspectos informáticos y telemáticos Campaña Declaraciones Informativas 2014 y otras novedades Bartolomé Borrego Zabala Delegación de la A.E.A.T. en Andalucía, Ceuta y Melilla
  • 2. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Programa Novedades telemáticas e informáticas para la Campana Informativas 2014 Deducciones anticipadas familiares Cl@ve. El nuevo sistema de identificación y autenticación Obligatoriedad de la factura electrónica a partir del enero de 2015 Novedades en el sistema de Cita Previa para asesores 2
  • 3. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Novedades telemáticas e informáticas para la Campaña Informativas 2014
  • 4. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Presentación, modificación y consulta de modelos: • Para nuevos ejercicios (no extemporáneas) • Sólo Sede Electrónica y Plataforma AEAT (no envíos directos de terceros) • Se suprime la predeclaración de todos los modelos de informativas excepto: – 347: confirmación SMS, sólo Comunidades de Propietarios. Límite 15 registros. – 390: confirmación SMS, salvo obligados. – 190: confirmación SMS, sólo Comunidades de Propietarios. Límite 15 registros. Nuevo ejercicio 2014. • Otros servicios (sólo para modelos con Cl@ve PIN): – Aportar documentación complementaria. • Normativa: Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria, modificada por Orden HAP/1846/2014, de 8 de octubre Trámites habilitados para identificarse con Cl@ve PIN Declaraciones Informativas Modelo Límite nº registros Fecha 038 sin límite feb-14 180 sin límite ene-14 182 sin límite ene-14 187 sin límite ene-14 188 sin límite ene-14 190 sin límite ene-14 193 sin límite ene-14 198 sin límite ene-14 296 sin límite ene-14 345 sin límite ene-14 347* sin límite feb-14 349 sin límite feb-14 720 sin límite ene-14 390* sin límite ene-14 4
  • 5. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Trámites habilitados para identificarse con Cl@ve PIN Autoliquidaciones  Para nuevos ejercicios (no extemporáneas)  Sólo Sede Electrónica y Programas Ayuda AEAT (no envíos directos de terceros)  Se suprime la predeclaración de todos los modelos de autoliquidaciones excepto: – 111, 136, 303 – 115, 130, 131 (se desarrollará en 2015) – 210, 211, 213, 695 y 696.  Otros servicios (sólo para modelos con Cl@ve PIN): – Aportar documentación complementaria. – Tramitar reconocimientos de deuda. – Consulta, revocación y modific. de domiciliaciones. – Pasarela de pagos (excepto algunos modelos).  Normativa: Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria, modificada por Orden HAP/1846/2014, de 8 de octubre. Modelo/ servicio Fecha 100 abr-14 111 abr-14 115 feb-15 117 feb-15 123 feb-15 124 feb-15 126 feb-15 128 feb-15 130 abr-15 131 abr-15 136 abr-14 216 feb-15 303 feb-14 714 abr-14 Confirmación Borrador Renta abr-14 Descarga datos fiscales abr-14 Presentación y consulta de modelos: 5
  • 6. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Informativas 2014/15 Novedades normativas  Supresión límite 15/100 registros para presentación con Cl@ve PIN.  Cambio de los tres primeros dígitos del nº de justificante de varios modelos (180, 188, 192, 194,198, 199, 480, 038, 189 y 195).  Supresión presentación modelo 183 (pasa a no vigentes).  Habilitación predeclaración con confirmación vía SMS del modelo 190 (sólo para Comunidades de Propietarios).  Habilitación presentación TGVI modelo 993.  Nuevo modelo 990 para AA.PP. (mensual, febrero).  Modificaciones DR y/o validaciones modelos (165, 180, 182, 187, 190, 296 y 347). 6
  • 7. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla IVA 2014/15 Novedades técnicas  En Sede, supresión de applets (firma-e y gestión de ficheros + otras utilidades). – Presentación electrónica con certificado sin criptografía. – (Presentación electrónica con Cl@ve PIN sin criptografía) – El usuario siempre deberá seleccionar los ficheros a leer, aunque se envíe la ruta de localización vía parámetro.  Normalización DR.  Evaluación de errores leves e incidencias censales también con Cl@ve PIN.  Afecta a: – 390 ejercicios 2014 y siguientes. – 303 periodo 4T de 2014 y ejercicios siguientes. – 322 y 353 ejercicios 2015 y siguientes. 7
  • 8. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla IVA 2014/15 Novedades normativas  303 4T 2014 y 2015 – Cambios modelo por exoneración a determinados colectivos de la presentación del modelo 390 (aplicable desde 4T 2014) y otros cambios (aplicable desde 2015). • Se modifica DR ejercicio 2014 utilizando posiciones reservadas. Los nuevos campos numéricos aplicables al 4T deberán rellenarse a ceros para para presentaciones de otros periodos. • Nuevo DR ejercicio 2015 para suprimir el <VECTOR>, quitar CRLF páginas modelo y aumentar las posiciones reservadas de cada página. Posibles cambios normativos (pendiente confirmación).  390 2014: – Cambios modelo para obtener información relativa al régimen especial del criterio de caja y la declaración en concurso.  322 y 353: – Adaptación a la Orden HAP/1222/2014, de 9 de julio • Adaptación al IBAN. 8
  • 9. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Otras novedades normativas  1 dic 2014: Nuevo modelo 410 “Pago a cuenta del Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito”.  1 ene 2015: Modificación modelo 036/037 por adaptación a la reforma fiscal (IVA), habilitación del Cl@ve PIN y otras modificaciones adicionales.  1 feb 2015: Nuevo modelo DAFAS.  1 abr 2015: Nuevo modelo 368 “IVA. Regímenes especiales aplicables a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y a los prestados por vía electrónica. Autoliquidación”.  1 abr 2015: Modificación modelo 763 “Autoliquidación del Impuesto sobre actividades de juego en los supuestos de actividades anuales o plurianuales” para tener en cuenta la tributación conjunta al Estado y a las Administraciones de los Territorios Históricos del País Vasco y la Comunidad Foral de Navarra.  1 jul 2015: Modificación modelos de matriculación 05, 06 y 576 para adaptación a la nueva clasificación europea y al nuevo procedimiento de matriculación de automóviles de la DGT con ITV electrónica y diligencias de ventas. (pendiente confirmar fecha)  1 jul 2015: Nuevo modelo “Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito” (asociado al 410 de pagos a cuenta).  (Pendiente fecha) Modificación modelo 210 para incluir tres nuevos tipos de Renta. 9
  • 10. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Adaptación IBAN al sistema de presentación telemática por lotes con NRC  ¿Qué es la obtención de NRCs por Lotes? – Software utilizado por presentadores autorizados por terceros para el pago y la obtención de NRCs por lotes en entidades financieras. – Permite obtener el fichero de NRCs según DR publicado en el Portal AEAT que se usa en la Presentación por Lotes de autoliquidaciones, y también en la presentación individual. – Comunicación directa sistemas informáticos presentadores autorizados y EEFF. – Especificaciones elaboradas por EEFF. Se publican en Portal AEAT. – En el Portal AEAT también se publica la relación de empresas desarrolladoras de software y EEFF que ofrecen aplicaciones y servicios de obtención de NRCs por Lotes. Departamento de Informática Tributaria 10
  • 11. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Adaptación IBAN al sistema de presentación telemática por lotes con NRC  Se adapta al IBAN la obtención NRCs por lotes. – Se añaden las 4 primeras posiciones del IBAN al final de los registros, en posiciones actualmente libres. – Otras modificaciones menores.  Se adapta al IBAN el DR del fichero de NRCs – Se añaden las 4 primeras posiciones del IBAN al final del DR, en posiciones actualmente libres. – Se reserva el campo 8 (usado para código de admón.)  Se publicarán nuevas especificaciones en Portal AEAT: – Interfaz Sw presentador – EEFF. – DR fichero NRCs.  Fecha entrada en Producción: 31 de marzo 2015. Previsto para diciembre 2014 11
  • 12. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla aeat.es www3.aeat.es www5.aeat.es www1.aeat.es www2.aeat.es www4.aeat.es www1.agenciatributaria.gob.es www2.agenciatributaria.gob.es www6.agenciatributaria.gob.es Desde el 30/9/2014 en período de transición. No se garantiza funcionalidad completa.* Hasta el 01/01/2015 pueden sufrir cortes temporales de servicio. Apartir del 01/01/2015 no se garantiza que estén accesibles. * En general, se muestra una página que invita a acceder a la aplicación desde la Sede Electrónica. Migración a dominios de Sede Electrónica Autenticación cliente certificado-e Sin autenticación cliente Autenticación cliente Cl@ve PIN Dominios antiguos Dominios Sede Electrónica 12
  • 13. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Deducciones Anticipadas Familiares DAFAS
  • 14. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Nuevas Deducciones en el IRPF  Familia numerosa: 1.200 euros anuales (2.400 la especial)  Por descendientes con discapacidad: 1.200 euros anuales  Por ascendientes con discapacidad: 1.200 euros anuales  Límite para cada deducción: las cotizaciones sociales.  Es posible solicitar el abono anticipado mensual.  Dificultad: – Puede haber varios beneficiarios para una deducción (en DAMA sólo es uno). Se deben pagar sólo 1.200 euros por cada deducción, independientemente de si hay más de un contribuyente con derecho a cada una de ellas. 14
  • 15. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Puede haber más de una solicitud de abono por cada deducción en función de las solicitudes individuales que hubiera Previsión de Número Declaraciones IRPF 2013 Beneficiarios Descendientes discapacitados 265.300 369.800 Ascendientes discapacitados 30.600 30.600 Familas Numerosas 738.500 1.024.600 Total posibles DAFAs 1.034.400 1.425.000 15
  • 16. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Se enviará una carta a unos 837.472 contribuyentes candidatos a solicitar la deducción de forma anticipada: a partir de 17/11/2014 (con invitación a Cl@ve-PIN) Carta Preparatoria 16
  • 17. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Condiciones  Abono anticipado: – Días de cotización en régimen de la SS (15 días por regla general) – Cumplir condiciones de Familia Numerosa o Discapacidad el último día del mes – Todos los que se mencionen en la solicitud deben disponer de NIF.  Deducción: – Límite de importes cotizados por cada deducción. – Discapacidad: dar derecho al mínimo por descendiente o ascendiente. 17
  • 18. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 18 Dafa Individual 50€ 50€ Dafa Indvidual Dafa Colectivo Declaración Conjunta Declaración Individual 600€ Declaración Individual 600€ 100€ 1.200€
  • 19. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Formas de presentación  Por Internet: – Colectiva – Individual – Posibilidad de adhesión a una solicitud colectiva  Por teléfono: – 901 200 345 – aportando importe de la casilla nº 415 del IRPF 2013  En papel impreso del servicio de impresión de la A.E.A.T. 19
  • 20. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Modelo 143 Presentación de un modelo por cada deducción y causante:  Familia numerosa  Descendiente discapacitado  Ascendiente discapacitado. Solicitud electrónica (individual) 20
  • 21. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Modelo 143 Presentación de un modelo por cada deducción y causante:  Familia numerosa  Descendiente discapacitado  Ascendiente discapacitado. Solicitud electrónica (colectiva) 21
  • 22. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Solicitud  Posibilidades de presentación: – En nombre propio – Mediante apoderamiento electrónico, y – A través de la colaboración social  Plazo: – Durante cada mes para solicitar el pago desde ese mes. – Los de enero, se pueden presentar en enero y febrero.  Modalidades de presentación: – Individual. – Colectiva: por todos los que tengan derecho a cada una de ellas. Más fácil de comprobar.  Las predeclaraciones se imprimirán con código de barras válido para DIGITALIZA, de modo que al escanear la solicitud quedará confirmada y con la hoja de firmas catalogada. 22
  • 23. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Inicio de solicitudes por internet y teléfono Inicio de pagos a partir del 20 de febrero Solicitud y Pagos Presentación de las solicitudes en nuestras oficinas con predeclaración 23
  • 24. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Cl@ve. El nuevo sistema de identificación y autenticación
  • 25. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 25  Plataforma común del Sector Público Administrativo Estatal para la identificación, autenticación y firma electrónica mediante el uso de claves concertadas.  Aprobada por Acuerdo de Consejo de Ministros, de 19 de septiembre de 2014 (Orden PRE/1838/2014, BOE de 9 de octubre de 2014).  Aprovecha las posibilidades que la rápida evolución de la tecnología ofrece y apela al principio de proporcionalidad previsto en la Ley 11/2007, permitiendo a los ciudadanos relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas de una forma más sencilla y fácil de usar que con los certificados electrónicos.  Se crea para abarcar todo el ámbito del Sector Público Administrativo Estatal y, en la medida que así se acuerde, del resto del Sector Público Estatal, Autonómico y Entidades Locales previa adhesión mediante convenio.
  • 26. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 26  Contempla la utilización de sistemas de identificación basados en claves concertadas (usuario y contraseña) y certificados electrónicos.  Los primeros, los basados en claves, se desarrollan sobre dos sistemas ya operativos y recientemente implantados: – El PIN24H de la A.E.A.T., concebido para usuarios con acceso ocasional. – El «sistema de usuario y contraseña de la Seguridad Social» orientado a usuarios con acceso frecuente.  Desde ahora, los ciudadanos podrán utilizar estos sistemas a la hora de identificarse en las sedes electrónicas de los órganos/organismos que se encuentren adheridos a Cl@ve.  Respecto de los segundos, será una posibilidad que se ofrecerá en un futuro no muy lejano (a lo largo de 2015), que posibilitará la realización de firmas en la nube mediante certificados electrónicos personales y centralizados asociados al DNI electrónico (DNI-nb), que serán emitidos por la D.G.P. y que estarán custodiados por la Administración en servidores remotos.
  • 27. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 27  Estarán excluidos de Cl@ve: – Los servicios y trámites dirigidos a ciudadanos que estén obligados por la normativa vigente al uso exclusivo de certificados electrónicos incluidos en el ámbito de la Ley 59/2003 de Firma Electrónica, y – El resto de trámites o servicios en los que la normativa reguladora no permita la utilización por los ciudadanos de los sistemas de identificación, autenticación y firma.  Elementos esenciales: – Sistema de Identificación y Autenticación electrónica basado en claves concertadas, que se complementa con códigos de seguridad que se envían al teléfono móvil del ciudadano. – Sistema de Firma Electrónica. Desde Cl@ve se tendrá acceso a cualquiera de los sistemas de e-firma admitidos, en particular, el denominado DNI en la nube. – Punto de Acceso Cl@ve, que permitirá presentar un aspecto visual y funcional para todos los servicios electrónicos.
  • 28. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 28  A partir del 17 de noviembre, los ciudadanos que se registren en la A.E.A.T. o en la Seguridad Social, quedarán integrados en Cl@ve, lo que les va a permitir utilizar los servicios de aquellas Administraciones que se encuentren adheridas.  De forma gradual y antes del 31 de diciembre de 2015, el resto de organismos del sector público administrativo estatal, deberán adaptarse para permitir el uso de Cl@ve en los servicios electrónicos que ofrezcan a los ciudadanos. Sistema Cl@ve - Proceso de implantación
  • 29. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla  Identificación en los 2 tipos de sistemas: – Cl@ve PIN: sistema de contraseña de validez muy limitada en el tiempo, orientado a usuarios que acceden esporádicamente a los servicios. En función de los requisitos de seguridad del organismo, la validez temporal del PIN es la siguiente: • Nivel básico: el PIN caduca a las 2:00 AM del día siguiente al de su expedición. De esta forma el PIN tendrá una caducidad de entre 2 y 26 horas. • Nivel sustancial: el PIN se configura como una clave de un solo uso (OTP), de forma que se garantice que siempre que se solicite una autenticación de nivel sustancial se fuerce al usuario a iniciar el proceso de solicitud de un nuevo PIN para poder autenticarse en esa sesión. – Cl@ve Permanente: sistema de contraseña de validez duradera en el tiempo pero no ilimitada, orientado a usuarios habituales. Validez de 2 años y estará reforzado con claves de un solo uso (OTP) que se enviarán por SMS para su incorporación en el momento de su autenticación en el sistema. 29 Descripción del sistema Cl@ve: Identificación
  • 30. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla UE  Infraestructura para todas las Administraciones Públicas cuyo objetivo es proporcionar medios comunes para la autenticación y firma electrónica de los ciudadanos en los procedimientos de administración electrónica.  Facilidad de uso para el ciudadano y homogeneidad en su relación con las Administraciones Públicas.  Máxima seguridad en los sistemas de control de acceso y en la protección de las claves de firma de los ciudadanos.  Acorde con los estándares internacionales. 30 Objetivos del proyecto Cl@ve
  • 31. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 31  Los órganos/organismos que se integren en Cl@ve deberán ofrecer al menos uno de los sistemas de identificación y autenticación comentados. Sistema Cl@ve Reconocimiento visual
  • 32. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 32  Los ciudadanos podrán realizar el registro de forma telemática o presencial en cualquiera de las oficinas de los organismo que realicen funciones de Registro de Usuarios de la plataforma.  Participarán en su construcción e implantación, serán garantes de su funcionamiento y asumirán la responsabilidad de sus respectivas actuaciones en los ámbitos de Registro de usuarios, Identificación, Autenticación y Firma Electrónica, los siguientes órganos y organismos públicos: – La A.E.A.T. – La Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. – La Gerencia de Informática de la Seguridad Social y demás entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social. – La Dirección General de la Policía. – La FNMT-RCM.  Se ha establecido un procedimiento para ofrecer la incorporación a Cl@ve a los ciudadanos que actualmente estén registrados en los Sistemas PIN24h y Usuario/Contraseña de la Seguridad Social. Incorporación de los ciudadanos al Sistema Cl@ve
  • 33. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 33 AEAT REGISTRO USUARIOS Oficina de Registro 1EL usuario se registra presencial mente en una Oficina de Registro 4 Entrega de Código de Activación de la contraseña (PUK) 3 Se transfieren los datos de registro 2 Archivado Documento de Aceptación y copia autentica Registro presencial de ciudadanos
  • 34. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla  En el acto de acreditación, el interesado deberá mostrar el DNI – No será válido a estos efectos la exhibición de otros documentos que, pese a gozar de un uso identificativo socialmente aceptado, han sido expedidos para otros fines (Pasaporte o el Permiso de Conducir)  Si el ciudadano fuese extranjero, deberá tener asignado un Número de Identificación de Extranjeros (NIE). – Sólo en este supuesto, si el ciudadano extranjero no dispusiera de Tarjeta de Identidad, podrá acreditarse con el pasaporte o documento de identidad en vigor emitido por las autoridades de su país de origen, y algún documento en el que figure el NIE con el que pretende registrarse.  Los menores de edad también pueden registrarse en Cl@ve. – En este supuesto, su representante legal, en presencia o no del menor, deberá: • Exhibir la documentación que justifique la identificación del representante legal. • Exhibir el documento que justifique la patria potestad (libro de familia, resolución judicial, etc.) • Si comparece el menor, exhibirá el DNI, NIE o nº de Tarjeta de Identidad de Extranjero. En caso contrario, el representante deberá presentar el original de dichos documentos. 34 Registro presencial de ciudadanos
  • 35. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 35 Registro en Cl@ve PIN
  • 36. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 36 SOLO UNO POR USUARIO NUEVO CAMPO OBLIGATORIO Registro en Cl@ve PIN
  • 37. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Registro en Cl@ve Permanente 37
  • 38. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 38 Solicitud de Cl@ve PIN
  • 39. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Autenticación ●●●● Identificación y Autenticación 39
  • 40. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla  Firma de documentos electrónicos: – Los sistemas Cl@ave podrán utilizarse para confirmar información, propuestas o borradores emitidos o exhibidos por una Administración Pública. – La plataforma Cl@ve ofrecerá una interfaz amigable que permita seleccionar entre los sistema de firma electrónica señalados en el art. 13.2 de la Ley 11/2007 que exija o permita en cada caso la normativa reguladora de cada actuación. 40 Descripción del sistema Cl@ve: Firma de documentos electrónicos
  • 41. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Ventajas del sistema Cl@ve Más sencillo: ► NO hay que recordar contraseña alguna ► NO hay que revocar, ni cambiar ni recordar el PIN ► PIN de sólo 7 posiciones alfanuméricas 41
  • 42. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Activación de usuario ya registrado Verificación de usuario 42
  • 43. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Se recibe un SMS con un código de un solo uso en el teléfono móvil Activación de usuario ya registrado Autenticación del usuario 43
  • 44. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla El usuario establece su contraseña según las políticas de seguridad establecidas. Activación de usuario ya registrado Establecimiento de la contraseña 44
  • 45. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 45 Integración de Cl@ve en las Sedes Electrónicas. Intermediador
  • 46. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 46 CENSO PIN REGISTRO USUARIOS 1 El usuario registrado en PIN se autentica en la sede de la AEAT 5 4 Se le informa qué es Cl@ve, invitándole a incorporarse, para lo cual debe de consentir la transferencia de sus datos a Cl@ve Si el ciudadano acepta la invitación y transferencia de sus datos, se le redirigirá a la web de la aplicación Registro Cl@ve 2 3 CENSO CL@VE REGISTRO USUARIOS Se redirige al ciudadano al Registro Cl@ve y se transfieren los datos desde el registro previo para que se pueda completar el proceso de incorporación a clave El ciudadano debe completar los datos en la aplicación de Registro y se le presentará un nuevo documento de acepto con las condiciones de uso de Cl@ve Si todo es correcto, se entrega el documento de acepto, el Código de Activación y el usuario se incorpora al Registro Cl@ve 6 Usuarios ya inscritos en PIN24H
  • 47. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 47 Usuarios ya inscritos en PIN24H
  • 48. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 48 Usuarios ya inscritos en PIN24H
  • 49. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla http://clave.gob.es Información sobre el sistema Cl@ve 49
  • 50. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla App sobre Cl@ve PIN 50 http://es.slideshare.net/barborza
  • 51. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Obligatoriedad de la factura electrónica a partir del mes de enero de 2015
  • 52. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Ley 56/2007 de medidas de impulso de la sociedad de la información Artículo 1. Medidas de impulso de la factura electrónica y del uso de medios electrónicos en otras fases de los procesos de contratación. … se entenderá que la factura electrónica es el documento electrónico que cumple con los requisitos legales y reglamentariamente exigibles a las facturas y que, además, garantiza la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido, lo que permite atribuir la factura a su obligado tributario emisor ¿Qué es una factura electrónica? 52 “Documento electrónico que sustituye a la factura tradicional y que tiene un valor legal idéntico al de esta”.
  • 53. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Se deriva:  La necesidad de un formato electrónico de mayor o menor complejidad (EDI, XML, PDF, html, doc, txt, jpeg, etc).  Es necesario una transmisión telemática (tiene que partir de un ordenador y ser recogida por otro ordenador).  Este formato electrónico y transmisión telemática, deben garantizar su integridad y autenticidad.  Obliga a ambas partes (comprador, vendedor). ¿Qué es una factura electrónica? 53
  • 54. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Artículo 1.3 Ley 56/2007 Los Ministerios de Industria, Turismo y Comercio y de Economía y Hacienda… aprobarán…las normas sobre formatos estructurados estándar de facturas electrónicas que sean necesarias para facilitar la interoperabilidad del sector público con el sector privado y favorecer y potenciar el tratamiento automatizado de las mismas. ¿Qué es una factura electrónica? 54
  • 55. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla ¿Qué es una factura electrónica? 55
  • 56. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla ¿Qué es una factura electrónica? 56
  • 57. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla ¿Qué es una factura electrónica? 57
  • 58. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Formatos de factura electrónica No estructurados Estructurados 58
  • 59. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 59 Ventajas de facturación electrónica Costes directos
  • 60. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 60 Ventajas de facturación electrónica Costes indirectos Simplificación Integración contable/comercial Eficacia Automatización Rapidez Ahorro tiempo Confidencialidad Agiliza toma decisiones Disminución costes Auditorías e Inspecciones Evita falsificación Recursos financieros Espacio Costes Sociales Optimiza tesorería Fideliza clientes
  • 61. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla En definitiva, la integración de la factura electrónica mejora el proceso de facturación aumentando la eficiencia de los mismos, reduciendo costes y tiempo. 61
  • 62. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla  Numero y en su caso serie de la factura.  Fecha de expedición.  Nombres y apellidos, razón o denominación social del comprador.  Domicilio del vendedor y del comprador.  Descripción de las operaciones.  El o los tipos impositivos.  La cuota tributaria. Contenido de la factura 62
  • 63. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Marco normativo de la factura electrónica. Régimen de obligatoriedad
  • 64. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Ley 56/2007, de impulso de la sociedad de la información Marco normativo Artículo 1. Medidas de impulso de la factura electrónica y del uso de medios electrónicos en otras fases de los procesos de contratación. La facturación electrónica en el marco de la contratación con el sector público estatal será obligatoria en los términos que se establezcan en la Ley reguladora de la contratación en el sector público y en su normativa de desarrollo. … se entenderá que la factura electrónica es el documento electrónico que cumple con los requisitos legales y reglamentariamente exigibles a las facturas y que, además, garantiza la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido, lo que permite atribuir la factura a su obligado tributario emisor Los Ministerios de Industria, Turismo y Comercio y de Economía y Hacienda… aprobarán…las normas sobre formatos estructurados estándar de facturas electrónicas que sean necesarias para facilitar la interoperabilidad del sector público con el sector privado y favorecer y potenciar el tratamiento automatizado de las mismas. 64
  • 65. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Disposición Final Novena - Habilitación normativa en materia de uso de medios electrónicos, informáticos o telemáticos, y uso de factura electrónica. 3. En el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de la Ley, el Ministro de Economía y Hacienda aprobará las normas de desarrollo necesarias para hacer posible el uso de las facturas electrónicas en los contratos que se celebren por las entidades del sector público estatal. 4. Transcurridos tres meses desde la entrada en vigor de las normas a que se refiere el apartado anterior la presentación de facturas electrónicas será obligatoria en la contratación con el sector público estatal para las sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada. …se extenderá progresivamente la obligatoriedad del uso de las facturas electrónicas para otras personas físicas y jurídicas en función de sus características y el volumen de su cifra de negocios. En todo caso, transcurridos dieciocho meses desde la entrada en vigor de las normas a que se refiere el apartado anterior, el uso de la factura electrónica será obligatorio en todos los contratos del sector público estatal; no obstante, en los contratos menores, la utilización de la factura electrónica será obligatoria cuando así se establezca expresamente en estas Órdenes de extensión. Marco normativo Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público 65
  • 66. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla La ley reconoce el derecho de los ciudadanos a relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos. Marco normativo Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a las Servicios Públicos, habilita a las Administraciones Públicas 70
  • 67. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Establecimiento de unos estándares y condiciones técnicas uniformes en la emisión y remisión de facturas de aplicación a la Administración General del Estado y a los organismos públicos vinculados o dependientes de ella. …la utilización de medios electrónicos para la remisión de facturas electrónicas destinadas a las Administraciones Públicas incluidas en el ámbito de aplicación de esta orden estará condicionada al consentimiento expreso de éstas… La autenticidad del origen e integridad del contenido se garantizará mediante la exigencia de firma electrónica avanzada Define el formato facturae y establece la evolución del formato transcurrido dos años desde la entrada en vigor de la presente orden, al formato UBL (Universal Business Language) o, en su caso, al formato que establezcan los organismos de normalización de la Unión Europea CEN (Comité Europeo de Normalización) o CENELEC (Comité Europeo de Normalización Electrotécnica). Marco normativo Orden PRE/2971/2007 sobre la expedición de facturas por medios electrónicos cuando el destinatario de las mismas sea la Administración General del Estado u organismos públicos vinculados o dependientes de aquélla… 71
  • 68. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla En los supuestos en que el destinatario de las facturas sea:  La Administración General del Estado, y  Organismos Públicos Vinculados o dependientes de aquella. En los supuestos de presentación ante la Administración General del Estado, o sus organismos públicos vinculados o dependientes, de facturas expedidas entre particulares:  Afecta a facturas expedidas entre empresas que hayan de aportarse ante AGE con motivo de algún procedimiento administrativo (solicitud de subvenciones, ayudas, etc.) Marco normativo Orden PRE/2971/2007 sobre la expedición de facturas por medios electrónicos cuando el destinatario de las mismas sea la Administración General del Estado u organismos públicos vinculados o dependientes de aquélla… 72 CONTRATOS SECTOR PÚBLICO OPERACIONES ENTRE PARTICULARES
  • 69. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla La autenticidad del origen y la integridad del contenido de la factura, en papel o electrónica, podrán garantizarse por cualquier medio de prueba admitido en Derecho. Mediante controles de gestión que permitan crear una pista de auditoría fiable que establezca la necesaria conexión entre la factura y la entrega de bienes o prestación de servicios que la misma documenta No obstante se reconoce expresamente la autenticidad en origen y la integridad …:  “firma electrónica avanzada … basada en un certificado reconocido…”  “Mediante un intercambio electrónico de datos (EDI)…”  “Mediante otros medios que los interesados hayan comunicado a la Agencia Estatal de Administración Tributaria con carácter previo…” Marco normativo RD 1619/2012 por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación 73
  • 70. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público
  • 71. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Reducción de la morosidad de las Administraciones Públicas Promoción de la factura electrónica en el sector empresarial español Mejorar la competitividad de las empresas a través de la protección del proveedor Objetivos 75 Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público
  • 72. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Las Administraciones Públicas referidas en el artículo 3.2 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público Aplicación: Facturas emitidas en el marco de las relaciones jurídicas entre proveedores de bienes y servicios y las Administraciones Públicas según artículo 3.2 de Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.  La Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las Entidades que integran la Administración Local.  Las entidades gestoras y los servicios comunes de la Seguridad Social.  Organismos autónomos.  Universidades públicas.  Las entidades de derecho público que, con independencia funcional o con una especial autonomía reconocida por la Ley, tengan atribuidas funciones de regulación o control de carácter externo sobre un determinado sector o actividad. 76 Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público Ámbito
  • 73. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Proveedores obligados a factura electrónica 77 Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público Ámbito  Sociedades anónimas.  Sociedades de responsabilidad limitada.  Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española.  Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria.  Uniones temporales de empresas.  Agrupaciones de interés económico, Fondos de pensiones, Fondos de capital riesgo, Fondos de inversiones,…
  • 74. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla El Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, dispondrán de un punto general de entrada de facturas electrónicas a través del cual se recibirán todas las facturas electrónicas que correspondan a entidades, entes y organismos vinculados o dependientes. Cada uno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de esta Ley, dispondrán de un registro contable de facturas que facilite su seguimiento, cuya gestión corresponderá al órgano o unidad administrativa que tenga atribuida la función de contabilidad. Puntos generales de entrada y registros contables 78 Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público
  • 75. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Un punto general de entrada para recibir todas las facturas electrónicas que correspondan a las entidades, entes y organismos vinculados o dependientes. EELL posibilidad de adhesión  Diputación, CA, Estado CCAA posibilidad de adhesión  Estado El punto general de entrada de facturas electrónicas permitirá el envío de facturas electrónicas en el formato que se determina en esta ley (facturae). El proveedor o quien haya presentado la factura podrá consultar el estado de la tramitación de la factura. Puntos generales de entrada y registros contables 79 Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público
  • 76. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla  La ley en su supuesto general obliga a todas las empresas que presenten sus facturas a todas las administraciones públicas.  Existe la posibilidad de excluir reglamentariamente de la obligación de factura electrónica a las facturas cuyo importe sea de hasta 5.000 euros y a las emitidas por los proveedores a los servicios en el exterior de las Administraciones Públicas hasta que dichas facturas puedan satisfacer los requerimientos para su presentación a través del Punto general de entrada de facturas electrónicas.  La posibilidad de exclusión reglamentaria se permite al Estado, las Comunidades Autónomas y los municipios de Madrid y Barcelona. 80 Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público Obligación de facturar en formato electrónico
  • 77. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Artículo 5. Formato de las facturas electrónicas y su firma electrónica. Las facturas electrónicas que se remitan a las Administraciones Públicas deberán tener un formato estructurado y estar firmadas con firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10.1 a) del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación… Disposición adicional segunda. Formato de la factura y firma electrónica. En tanto no se apruebe la Orden ministerial prevista en el artículo 5, las facturas electrónicas que se remitan a las Administraciones Públicas se ajustarán al formato estructurado de la factura electrónica Facturae, versión 3.2, y de firma electrónica conforme a la especificación XMLAdvanced Electronic Signatures (XAdES). Formato factura electrónica 81 Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público
  • 78. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Entrada en vigor Registros Contables de Facturas: 1 de Enero de 2014 Obligación de presentación en electrónico de facturas a todas las AAPP por parte de las empresas en los Puntos Generales de Facturas Electrónicas: 15 de Enero de 2015 82 Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público
  • 79. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Normas de desarrollo Orden HAP/492/2014 por la que se regulan los requisitos funcionales y técnicos del registro contable de facturas de las entidades del ámbito de aplicación de la Ley 23/2015 Orden HAP/1074/2014 por la que se regulan las condiciones técnicas y funcionales que debe reunir el punto general de entrada de facturas electrónicas en el ámbito de aplicación de la Ley 23/2015 PUBLICADA PUBLICADA 83 Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público
  • 80. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
  • 81. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Es el formato de factura electrónica que la Administración General de Estado establece para la presentación de facturas por medios electrónicos ante la misma o sus organismos públicos vinculados o dependientes. Igualmente se obliga su uso para las facturas electrónicas que la Administración expida. Definido en la Orden PRE/2971/2007 sobre la expedición de facturas por medios electrónicos cuando el destinatario de las mismas sea la Administración General del Estado u organismos públicos vinculados o dependientes de aquélla y sobre la presentación ante la Administración General del Estado o sus organismos públicos vinculados o dependientes de facturas expedidas entre particulares. Facturae 85
  • 82. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Sector privado y factura electrónica
  • 83. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Las empresas prestadoras de los servicios a que alude el artículo 2.2, deberán expedir y remitir facturas electrónicas en sus relaciones con empresas y particulares que acepten recibirlas o que las hayan solicitado expresamente. Este deber es independiente del tamaño de su plantilla o de su volumen anual de operaciones. Art 2.2 …agrupen a más de cien trabajadores o su volumen anual de operaciones, calculado conforme a lo establecido en la normativa del Impuesto sobre el Valor Añadido, exceda de 6.010.121,04 euros. Servicios de comunicaciones, bancarios, financieros, suministro eléctrico, agua, gas, agencias de viajes, transporte,… No obstante, las agencias de viaje, los servicios de transporte y las actividades de comercio al por menor sólo están obligadas a emitir facturas electrónicas en los términos previstos en el párrafo anterior cuando la contratación se haya llevado a cabo por medios electrónicos. Modificación Ley 56/2007 LMISI Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público 87
  • 84. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Facturae ¿Dónde puedo encontrar Información sobre facturae? www.facturae.es 88
  • 85. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Facturae ¿Cómo puedo generar una factura electrónica en formato facturae? 89 APLICACIÓN GRATUITA DE FACTURACIÓN ELECTRÓNICA
  • 86. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Facturae Permite:  Generar Facturas  Validar facturas  Remitir facturas a Face  Remitir facturas por email 90
  • 87. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Facturae Permite:  Generar Facturas  Validar facturas  Remitir facturas a Face  Remitir facturas por email 91
  • 88. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Facturae Permite:  Generar Facturas  Validar facturas  Remitir facturas a Face  Remitir facturas por email 92
  • 89. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla
  • 90. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Permite la remisión de facturas en formato electrónico a aquellos organismos de las administraciones que estén dadas de alta en el sistema. FACe - Punto General de Entrada de Facturas de la Administración General del Estado FACe – Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas 94
  • 91. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Orígenes: Orden PRE/2794/2011 …el Ministerio de Política Territorial y Administración Pública, a través de la Secretaría de Estado para la Función Pública, liderará la definición y desarrollo de un servicio central de gestión de la facturación electrónica para el ámbito de los órganos de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y agencias estatales… …medio único para la recepción y distribución de facturas electrónicas… 95 FACe – Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas
  • 92. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Marco normativo Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público Orden HAP/492/2014 por la que se regulan los requisitos funcionales y técnicos del registro contable de facturas de las entidades del ámbito de aplicación de la Ley 23/2015 Orden HAP/1074/2014 por la que se regulan las condiciones técnicas y funcionales que debe reunir el punto general de entrada de facturas electrónicas en el ámbito de aplicación de la Ley 23/2015 96 FACe – Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas
  • 93. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Funciones  Formato de factura – Facturae 3.2 y 3.2.1  Sistema de seguimiento de las facturas en su proceso interno.  Dota a la presentación de la factura de un asiento en el registro administrativo.  Posibilidad de solicitud de anulación de las facturas para el proveedor. 97 FACe – Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas
  • 94. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Funciones  Remisión automática de las facturas a los sistemas de los RCFs de los organismos adscritos a FACe.  Descarga de facturas.  Gestión del directorio.  Plataforma de facturación (custodia de facturas). 98 FACe – Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas
  • 95. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Estructura Oficina contable Unidad o unidades que tienen atribuida la función de contabilidad en el organismo y que también son competentes para la gestión del registro contable de facturas. Órgano gestor Centro directivo, delegación, subdelegación territorial u organismo de la Administración General del Estado, Comunidad Autónoma o Entidad Local a que corresponda la competencia sobre la aprobación del expediente de gasto. Unidad tramitadora Órgano administrativo al que corresponda la tramitación de los expedientes, sin perjuicio de a quien competa su aprobación. 99 FACe – Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas
  • 96. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Listado de entidades adheridas en FACe Directorio de organismos adheridos a FACE 100
  • 97. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Buscador a nivel de administración pública de: • Oficinas contables • Órganos gestores • Unidades de tramitación Directorio de organismos adheridos a FACE 101
  • 98. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Más de 1300 Administraciones Públicas adheridas Directorio de organismos adheridos a FACE 102
  • 99. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Novedades en el sistema de Cita Previa para asesores
  • 100. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Nuevas funcionalidades  Nueva distribución de servicios e incorporación de agrupaciones de servicios para adecuarlo a todo tipo de oficinas (grandes-pequeñas)  Para cita con CSV posibilidad de cambiar a un centro de otra Oficina Gestora.  Cita Previa para Colaboradores Sociales (citas vinculadas o agrupadas) => para un mismo servicio: – Hasta 9 citas por servicio y día  Calendario de puesta en funcionamiento: – Del 1 al 8 de enero no se dará cita, para enlazar las aplicaciones – 9 de enero: Cita obligatoria 104
  • 101. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Selección de servicio 105 NOVEDAD Servicio dirigido a Gestores Administrativos (Colaboradores Sociales)
  • 102. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Selección de servicio (particulares) 106 Despliegue de los campos para selección del procedimiento y servicio
  • 103. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Selección de servicio (particulares) 107
  • 104. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Petición de cita con CSV 108
  • 105. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Opciones de Cita para Gestores 109
  • 106. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Procedimientos y Servicios de cita para Gestores 110
  • 107. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Selección de cita para contribuyentes 111
  • 108. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Selección de cita para contribuyentes 112
  • 109. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Gestión de citas concedidas 113
  • 110. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Consultas Ampliadas 114
  • 111. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla Consultas Ampliadas 115
  • 112. Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Andalucía, Ceuta y Melilla 116 Bartolomé Borrego Zabala bartolomeborrego.com procedimientostelematicos.com bartolome.borrego@correo.aeat.es bartolomeborrego bartolome.borrego @bartolomebz dooid.me/barborza Muchas Gracias