El documento describe el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales, la Constitución Política de Colombia y leyes nacionales que protegen los derechos de los pueblos étnicos. Explica que el Ministerio del Interior colombiano se encarga de certificar la presencia de grupos étnicos en áreas de proyectos para garantizar su derecho a la consulta previa. El proceso de certificación implica verificar la ubicación de comunidades a través de bases de datos y, si es necesario, inspecciones en el terreno
2. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
Convenio OIT No. 169
Sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes
Adoptado en la 76ª Conferencia General de la OIT , llevada a cabo en Ginebra en 1989.
Literal a, numeral 1, art. 6: Consultar a los pueblos interesados, mediante
procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones
representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas
susceptibles de afectarles directamente;
Numeral 2, art. 6: Las consultas llevadas a cabo en aplicación de este Convenio
deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la
finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas
propuestas.
Numeral 2, art. 8: Dichos pueblos deberán tener el derecho de conservar sus
costumbres e instituciones propias, siempre que éstas no sean incompatibles con los
derechos fundamentales definidos por el sistema jurídico nacional ni con los derechos
humanos internacionalmente reconocidos
3. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
Art. 1- Colombia es un Estado social de derecho, es democrática, participativa y pluralista
y tiene prevalencia el interés general.
Art. 2- Son fines esenciales del Estado; facilitar la participación de todos en las decisiones
que los afectan
Art. 7- Protección de la diversidad étnica,
Art. 8- Obliga al Estado y a las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la
Nación.
Art. 10 – Establece que las lenguas y dialectos de los grupos étnicos son oficiales en sus
territorios.
Art. 13 - El Estado debe proteger especialmente a aquellas personas que por su condición
económica se encuentren en circunstancia de debilidad.
Art. 70 - La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad.
Art. 40-2, Permite diversas formas de participación democrática.
Art. 329, Establece los mecanismos para la conformación de las entidades territoriales
indígenas, su forma de administración y las características de los resguardos: propiedad
colectiva y no enajenable.
4. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
Art. 330 Señala que en los territorios indígenas, estarán gobernados por consejos
conformados y reglamentados según los usos y costumbres de sus comunidades, y
determina las funciones que tiene a su cargo:
1. Velar por la aplicación de las normas legales sobre usos del suelo y poblamiento de sus territorios.
2. Diseñar las políticas y los planes y programas de desarrollo económico y social dentro de su territorio,
en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo.
3. Promover las inversiones públicas en sus territorios y velar por su debida ejecución.
4. Percibir y distribuir sus recursos.
5. Velar por la preservación de los recursos naturales.
6. Coordinar los programas y proyectos promovidos por las diferentes comunidades en su territorio.
7. Colaborar con el mantenimiento del orden público dentro de su territorio de acuerdo con las
instrucciones y disposiciones del Gobierno Nacional.
8. Representar a los territorios ante el Gobierno Nacional y las demás entidades a las cuales se integren
PARAGRAFO. La explotación de los recursos naturales en los territorios indígenas se hará sin desmedro de la
integridad cultural, social y económica de las comunidades indígenas. En las decisiones que se adopten
respecto de dicha explotación, el Gobierno propiciará la participación de los representantes
de las respectivas comunidades.
55 transitorio – Reconocimiento de las comunidades negras
5. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
• Ley 99 de 1993 relacionada con la gestión y conservación del medio
ambiente y los recursos naturales renovables
• Decreto 1320 de 1998, “Por la cual se reglamenta la consulta previa con las
comunidades indígenas y negras para la explotación de recursos naturales
dentro de su territorio”.
• Directiva Presidencial 1 de 2010 «reseña los mecanismos para la aplicación
de la Ley 21 de 1991, señala las acciones que requieren la garantía del
derecho a la Consulta Previa y establece los mecanismos mediante los cuales
procede el proceso de Consulta Previa».
• Decreto 2893 de 2011 Estructura del Ministerio del Interior
6. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
El Ministerio del Interior tiene como Misión:
PROTEGER Y GARANTIZAR:
La diversidad étnica y cultural.
Y
LIDERAR Y COORDINAR
La Consulta Previa.
7. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
Ministro Del Interior
Viceministerio Para La Participación
E Igualdad De Derechos
Dirección De Consulta Previa
Área de Gestión Área de
Área Legal
Certificación
8. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
Es un diálogo y concertación intercultural que
busca garantizar la participación real, oportuna, y
legítima de los grupos étnicos en la toma de
decisiones, proyectos o actividades que los
afecten, con el fin de proteger su integridad étnica
y cultural.
9. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
La Consulta Previa más que un procedimiento, es
una obligatoriedad legal y constitucional del Estado
Colombiano y de las personas naturales o jurídicas
que pretenden desarrollar o ejecutar un proyecto
obra o actividad o expedir una norma legal.
La consulta previa es pública, especial y obligatoria,
en la cual se garantiza el debido proceso, la
oportunidad, la comunicación intercultural y el
acceso a la información clara y veraz.
10. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
Legitimidad.
Transparencia.
Participación.
Representatividad.
Entendimiento Intercultural y Bilingüismo.
Oportuna.
11. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
Es un derecho fundamental
Es una obligación del Estado
Es un derecho que genera deberes a los grupos
étnicos
12. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
• La Consulta debe ser:
– LIBRE: sin interferencias, presiones, consientes.
– PREVIA: debe ser anterior a la adopción y
aplicación de la medida leal o administrativa
nacional y a la ejecución del proyecto, obra o
actividad.
– INFORMADA: se debe de dar a conocer el objeto
de la Ley, Decreto o del proyecto obra o actividad.
13. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
Se concibe como una oportunidad para:
La construcción conjunta.
Genera CONFIANZA
14. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
• Antes de emprender cualquier Actividad o proyecto que
afecten directamente a grupos étnicos asentados en su
territorio:
I. Proyectos tales como:
– Mineros
– Energéticos
– Hidrocarburos
– investigativos
– Viales
– Puertos
II. Medidas Administrativas y Legislativas.
15. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
Primer paso.
Antes de iniciar el proyecto, obra, actividad se debe solicitar una
certificación sobre presencia:
• Breve descripción del proyecto, obra o actividad;
• Identificación del área de influencia directa del proyecto, obra o
actividad, acompañada de un mapa que precise su localización
con coordenadas geográficas
16. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
Revisión cartográfica, geográfica y espacial de las bases de datos:
• INCODER
• IGAC
• Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías y Rom
• Dirección de Comunidades Negras, Afrocolombianas,
Raizales y Palenqueras
17. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
En caso de duda sobre la presencia grupos étnicos en la zona de
influencia del proyecto, obra o actividad se programa una verificación
en campo:
• Se realiza un ejercicio de delimitación del área de influencia directa
sociocultural del proyecto específico, a partir del cruce de las
actividades del grupo étnico, las actividades del proyecto y las
posibilidades que una se sobreponga a sobre la otra
• Se establece el grado de afectación o de su cruce o traslape con la
comunidad respectiva,
18. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
Concepto de Afectación
• Se produce en virtud de la condición étnica de los Sujetos
Colectivos o de su vinculación específica con el territorio y no
la que, por sus condiciones de generalidad, afecta por igual a
los habitantes del territorio nacional, para lo cual se debe
establecer:
• Existe una alteración de su estatus
• Se presenta una intromisión intolerable en sus dinámicas
económicas, sociales y culturales
19. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
• Si el ejecutor del proyecto está interesado en llevarlo a cabo
en donde se certifica que el área de influencia del proyecto
afecta a un grupo étnico, debe solicitar el inicio del Proceso de
Consulta Previa.
Eventos extraordinarios:
• Si un ejecutor encuentra una comunidad no certificada en su
área de influencia, debe informarlo al Ministerio del Interior,
con el fin de determinar si ese grupo es sujeto del derecho de
Consulta Previa
• Si un ejecutor de un proyecto encuentra una comunidad en su
área de influencia, debe informarlo al Ministerio del Interior,
con el fin de determinar si ese grupo es sujeto del derecho de
Consulta Previa
20. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
1, Proceso de Certificación de presencia o no de Grupos Étnicos
COORDENADAS
RESPONSABLE: EXTMI que Identifican el
“Solicitud de Certificación de Área de Influencia.
Persona Natural o Jurídica Interesada Presencia de Comunidades
en Ejecutar el Proyecto, Obra, Étnicas” BASES DE DATOS:
Actividad o Medida Administrativa.
1, Dirección de Asuntos Indígenas , ROM y Minorías.
(SERVIDOR NAS-02)
RESPONSABLES:
CONCEPTO 2, Dirección de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.
Cartográfico, (SERVIDOR NAS-02)
Ingenieros Topográficos y/o Geógrafos
3, Consolidado Res. Indígena -66-11 INCODER,
DCP. Geográfico y Espacial
4, Consolidado Títulos Colectivos 2011/2012 INCODER,
5, Información Cartográfica IGAC 2010,
REQUIERE NO REQUIERE 6, Base de Datos de Consulta Previa.
VERIFICACIÓN VERIFICACIÓN Construida a partir de Verificaciones en Campo.
“Existe Incertidumbre sobre la “Existe Claridad y no hay
presencia o no de grupos étnicos incertidumbre sobre la presencia
en el Área de Influencia” o no de grupos étnicos en el Área
de Influencia”
Verificación
RESPONSABLES: RESPONSABLES:
en Campo
Antropólogos y/o Geógrafos Abogados
DCP. CONCEPTO DCP.
Etnográfico
CERTIFICACIÓN
MOTIVACIÓN FINAL:
RESPONSABLES:
Notificación En el caso de REGISTRAR PRESENCIA de Grupos Étnicos, la parte interesada
Abogados DCP. deberá solicitar (En caso de querer continuar con la ejecución del Proyecto) el Inicio
Parte Interesada del Proceso de Consulta:
* Artículo 330 de la Constitución Política.
* Artículos 6 y 7 de la Ley 21 de 1991.
* Artículo 76 de la Ley 99 de 1993.
* Decreto 1320 de 1998.
* Directiva Presidencial 01 de 2010.
21. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
Proporción de CERTIFICACIONES Emitidas (Por Sector
Económico)
Con Presencia
Negras,
Con Con Presencia
SECTOR Cantidad Afrocolombianas,
Verificación Indígena, ROOM
Raizales o
Palenqueras
MINERO 265 13 28 8
ENERGIA 129 19 25 5
HIDROCARBUROS 96 6 17 2
AMBIENTAL 88 4 9 4
INVESTIGACION 45 - 5 3
VIAS 25 4 5 1
OTRO 25 1 7 6
INFRAESTRUCTURA 22 3 5 1
M. ADMINISTRA. 20 2 1
TOTAL
22. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
Proporción de Certificaciones Emitidas (Por Sector Económico)
Infraestructura
Otro 3%
M. Administrativa 3%
4%
Vías
4% Investigación
6%
Minería
37%
Ambiental
12%
Energía
13%
Hidrocarburos
18%
** Otro: Telecomunicaciones, Construcción de Viviendas y Proyectos de Explotación Agropecuarios.
23. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
Proporción de Certificaciones CON
PRESENCIA de Grupos Étnicos (Por Sector
Económico)
Infraestructura
Con Presencia 1%
Otro
M. Administrativa
17% 7%
5%
Vías
5%
Minería
Investigación 27%
5%
Ambiental
Sin Presencia 9%
83% Hidrocarburos
Energía 24%
17%
Proporción de Certificaciones que Registran
Presencia de Grupos Étnicos
24. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
Proporción de Verificaciones (Por Sector
Con
Económico)
Infraestructura
Verificación Otro 4%
M. Administrativa 6%
7%
2%
Vías Minería
25%
8%
Ambiental
8%
Energía
11%
Sin Verificación Hidrocarburos
36%
93%
Proporción de Certificaciones con
Verificación en Campo
25. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
Tiempo Requerido para Generar una Certificación
(SIN Verificación en Campo)
Cantidad de Solicitudes SIN 663
Verificación en Campo
Tiempo Mínimo (Días Hábiles) 4
Tiempo Promedio (Días Hábiles) 14,36
Coeficiente de Variación de la Muestra 38,02%
Tiempo Requerido para Generar una Certificación
(CON Verificación en Campo)
Cantidad de Solicitudes CON 52
Verificación en Campo
Tiempo Mínimo (Días Hábiles) 34,13
Tiempo Promedio (Días Hábiles) 41,53
Coeficiente de Variación de la Muestra 9,69%
26. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
2, Proceso de Consulta Previa con Grupos Étnicos
RESPONSABLE:
Persona Natural o Jurídica Interesada en CERTIFICACION que Identifica los
Ejecutar el Proyecto, Obra o Actividad. GRUPOS ÉTNICOS A
EXTMI
CONSULTAR.
“Solicitud de Inicio del Proceso
* Artículo 330 de la Constitución Política.
* Artículos 6 y 7 de la Ley 21 de 1991. de Consulta Previa”
* Artículo 76 de la Ley 99 de 1993.
* Decreto 1320 de 1998. MACROREGIONES:
* Directiva Presidencial 01 de 2010.
RESPONSABLES:
PROGRAMACIÓN DE
Profesionales TRABAJO
DCP. Macro Regiones
CONVOCATORIA
Acuerdo de las Fechas en ente:
Ministerio del Interior / Comunidades / Parte Interesada
“Citación para las Diferentes ETAPAS del Proceso de Consulta
RESPONSABLES:
Previa”
Ministerio del Interior
Comunidades,
Parete Interesada
DCP.
2. Acta de 3. Acta de
1. Acta de Pre consulta Apertura
4. Acta de
Acercamientos
Taller de Impactos y Medidas de Manejo
5. Acta de •Es el Objetivo esencial de todo el Proceso, puesto que en
8. Acta de
esta ETAPA se firman los acuerdos entre las partes y se
Preacuerdos Cierre dan los permisos para que el Proyecto, Obra o Actividad
de INICIO en el Área de Influencia Consultada.
6. Acta de 7. Acta de
Protocolización Seguimiento •GANA LA EMPRESA
•GANA LA COMUNIDAD ÉTNICA
•GANA EL PAÍS
27. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
o Las fases de la consulta previa son
a) Pre-consulta,
b) Apertura,
c) Talleres de identificación de impactos y definición de
medidas de manejo,
d) Pre-Acuerdos,
e) Reunión de Protocolización,
f) Sistematización y seguimiento al cumplimiento de
acuerdos,
g)Cierre de la Consulta Previa
28. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
PARTES:
•Comunidad
•Empresa
Coordinadores:
• Dirección de Consulta Previa (MI)
•Autoridades Ambientales: MAVDT o Corporaciones Autónomas Regionales
Invitados:
•Entes de Control del Estado (Procuraduría, Defensoría y Personería Municipal)
• Autoridades de los municipios y departamentos (oficinas de asuntos indígenas y negras)
La asistencia es indispensable en todas las etapas
29. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
• Se identifican las autoridades
de la comunidad.
• La empresa informa de
manera clara en qué consiste
el proyecto y todas sus
actividades.
Es entendida como aquella etapa donde se entablan diálogos
tendientes a la adecuada realización de la Consulta Previa.
Teniendo como fin primordial definir la ruta metodológica y
procedimental, en términos de espacios, tiempos y modos.
30. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
Se instala formalmente la Consulta por parte de un
profesional delegado por la Dirección de Consulta Previa
del Ministerio del Interior, donde se hace una
presentación sobre los antecedentes que se tienen para
realizar el proceso de Consulta Previa y se hace un
recuento del marco legal y el desarrollo del proceso.
31. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
En esta etapa se presentan los impactos que puedan
ocasionar el proyecto, obra o actividad a la comunidad
afectada y las medidas que se toman al respecto.
Participan las entidades responsables del proceso, las
entidades de apoyo, los organismos de control y las
comunidades..
32. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
La comunidad y la empresa determinan de manera
preliminar a la protocolización del proceso, cuáles serán
las medidas de compensación a las que se pretende
llegar de conformidad con las afectaciones e impactos
establecidos en la etapa anterior
33. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
Se recogen las diferentes apreciaciones y se procede a llegar a los
acuerdos de manera concertada y verificable de la forma cómo se
realizará el proyecto, obra o actividad entre las autoridades,
organizaciones étnicas y las entidades competentes, determinando
los tiempos, mecanismos de verificación acordes con las
características culturales y ambientales de estos pueblos y sus
territorios.
34. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
Se Crea el comité de
seguimiento, conformado por las
entidades responsables de la
consulta previa, los organismos
de control y los miembros de los
grupos étnicos.
35. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
Culminación de todas las actividades y cumplimiento de todos
los compromisos.
36. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
Durante el Primer Cuatrimestre del 2012,
se llevaron a cabo 470 Protocolizaciones
con Grupos Étnicos, en 65 Procesos de
Consulta Previa.
37. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
Reuniones en cada una de las Etapas de Gestión
Enero - Abril 2012
300
240
250
200
150
86 101 99
100 81
42 33
50 12
0
PRECONSULTA
SEGUIMIENTO
APERTURA
TALLER DE IMPACTOS
CIERRE DE CONSULTA
PREACUERDOS
PROTOCOLIZACIÓN
ACERCAMIENTO
TOTAL: 694 REUNIONES DE CONSULTA PREVIA
38. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
Sectores Económicos Protocolizados
Enero - Abril 2012
INFRAESTRUCTURA VIAL
1%
ENERGETICO
MINERIA
3%
1%
MEDIDA
ADMINISTRATIVA
14%
HIDROCARBUROS
81%
39. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
Tiempo Requerido para Protocolizar un
Proyecto, Obra o Actividad
Cantidad de Comunidades Protocolizadas 470
Tiempo Mínimo (Meses) 0,04
Tiempo Promedio (Meses) 4,76
Coeficiente de Variación de la Muestra 60,34%
40. Libertad y Orden
Ministerio del Interior
República de Colombia
• Improcedencia de honorarios injustificados de asesores
• Improcedencia de remuneraciones por ejercer el derecho
a la Consulta
• Etapa precontractual
• Mantenimiento de infraestructura
• Actividades de iniciativa de los grupos étnicos