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1aI00 2/006
olIO'   2008 MIB 11115   FAX '5quot;quot;153 J.       M.   HARTOS

                                                      CONTENCIOSO , AlaECIRAS                            Iift 001/(105
  2J/05 20DS 12:33 F~X      95S021215




                   Joq8do de lo COllteDeiOlo-Admilliltratlvo uquot; 1 de Algeclras
                   Avunida. VttpJI del Cami-. ss
                   Tel.: 956 02 72 13..14  hlo 9quot; 02 121S
                   NJ.O.; 1l0044S0200S1....1l9
                   Procedimiento: l'IEZA SEPARAPA 53/08
                         . .e 10 e ci I de      •6n                      hos F dame1l:           5/08
        ANA M' PARCIA HORMIGO

             I   B MAYO 2008
          UCENCIADA EN DERECHO
                                I                             AUTO.
                                            En la ciudad de Algecirao 22 de quot;'quot;Yo de 2008
          PROCURllOOAA




                                                                                F_.
                       PRIMERO. Por la peecuradcra de los Tribunal.. doiIa Ana Garcla, actuando en
                    nombre y _ _taci6n de den Esrebon Rodriguez Martín. se ha iDleJpuosto ,,,,''''so
                    C<lnteacioso-aclmi%listravo de ptOte<:ción de DcAcho.
                    rcsolucl6a de 11 de marzo de 2008 del DIRECTOR GERENTE DEL ÁREA DE
                                                                                               oonlm la

                    GESTIÓN SANITAAIA DEL CAMPO DE GIBRA!.TA,r que no acept6 la pe1ición
                    fomwla4a por el demandante. FEA de ginecologla del Azoa de Gesrión Sanitaria cIeI
                    Cllmpo de Gtbta!tor. de exoneración de la consulta de diapóstico prenatal.

                    Al'Ol'l1 ésta petici<le el abola d.,...,...quot;,.,. _     ... vla admiJliwaliva como en el
                    escrito de intaposición del RlCutSO contcncioso-administra.tivg. en BU ~ a la
                    Objeción de Concirncía. iDlegrado en el Dao<:Ioo Fundamental a l. Hbertad ícIeol6gica
                    Yreligiosa que CORSlIl!lquot; el artículo 16 de la Consli1:u<i6n Eopallola.


                    g!_
                      Mediante otros)' solicitó la adopci6D de medida cantel. consistente en la suapemión
                              de la ej~ióo de la resoluciáll ÍDIpUClIllda, ..am;énclole de la prMa<:i6u del
                    serviloio de DJap6stico Preoatal mlOlltlaS se lOSIIOIve el lIdWl1 recutSO, pasando a
                    pnlsIar5Ot'Iieio'. enCquot;.quot;'quot;    lO rein<oJp<ne lobaralmente. en eualqui.. oua actividad

         -          ptopla de la espec;íalidad de Ginee<llos(ay Obolc1rieia

                           SEGIDmO. Fotmada l. eorrespoadieule pieza sepmada, se ha dado traslado de
                   la petición a la defellsa del SERVICIO ANDALUZ DE SALUD, que presentó eserito
                   opouiáldose a la adopción de la medida cautelar Y tmnhiéu el Mím-io FisQl que
                   ¡n1!eOll6 i¡uaImente eJtrito pero maSlriadose favanble a la adopción de lo l1le<lida
                   pwvisional solicitada


                                            FUNpAMENTOSO§ DERECHO
IlJOO!/OOi
04/015 2008 MIS 14115   PAX !l5UUquot;! J.        M.   MARTOS

                                                      CONTENCIOSO 1 ALGECIRAS                                 tiIIo02l005
  23/05 2008 12:33 FAX     856021215




                PRIMERO -. La vigeme rcgulaci6a de laa medid.s cBUlelares en el proceso
                ceoteneiooo .dminiall'lltivo de la Lar 29/1991, de 13 de julio (CapllU1o IJ del Titulo VI)
                se inte..... como se h. cxpnosado, por ID o i _ ¡¡enaral (artículos 129 a 134) y dos
                supuestos especiales (_os 135 y 136), caraetarizéadose 01 siotema general por las
                siguicntea notas:

                1'. CODOIituye un sistema de _lio ámbito, por . . - teouha de aplicaci6r> al
                proc:cdimieDlo ordinario, al ilbreviado (artí<;ulo 71 LlUCA), as! como al de pzotecci6n
                de los det=hos fundamquot;quot;Blos (lltÚa>Ios 114 y siguientes); Y las medid... pueden
                adcpcar•• _        respecte de adc8 _iniatrativos como de disposicio.... _aleo, si
                bien losp«:to de eatas sólo es posible la clásica _ida de suspensi6r> Y ....... con
                a¡unas eapocialidades pquot;,casalas (arlo. 129.2 Y134.2 IJ).
                2quot;. Se tIzmI_ en un p$I~o clam y evIdaml!: la _                               da! porioullllll in
                mora. :En el artiC1,l),o 130.1, inciso ~ se dala que quot;la medida t'sutrl • podrá
                quot;quot;quot;'e ÚZlieameme cuando la ojOC1lCli6r> del lK:lo o la aplicación de la disposición
                                                                                                                    -
                pudieran ha=' perderJU finaHdad legitima. al recursoquot;.
                3'. Como .-tiapeso o ~ da CClJIlI:Ilci6D do! BIlteñor aiterio. el quot;quot;quot;quot;quot; si-..
                exicc. al misquot;quot;, liempc, una detallado vaJor.aolÓll o pcwIcn<:i6n do! intczés general o de
                - . . . En CODClet.>, ea a11111íoWc 30.2 se oolIa1a que, lIl> oblIl'''te la concunenci. del
                paicu1um infDOf8, quot;la medida caureJar podrá deDoproe ..quot;quot;,.¡quot; de ála plldlenI seguixoe
                perI:I.llbaci6n grave de los iDb::t [ses poemlcs o da teKero-.



                                                            _s
                4'. Desde una perspec1iva prcca4imenla la _               ley BpIINIa decididameutc por la
                moti_ión de la medida caureJar, _ _cí. de la previa pOnderacióll de los
                interesas en conflicto; uf, ... el anículo 130.1.1 CXÍF para su adopción la quot;pIevia
                vaclnoí6r> circun.stam:lada de _         es          en eoufIictg.; expresi6n qne teitera en
                el utIeu10 30.2 'in fiDe', al ezigir ~ una pondcncl6r¡ 'en _
                circunstanciada' de los cilldoo iDIero... geoeralai o de teteero.
                5quot;. Con la nueva tegulaci6a OOlK>luye al .-cpolio lega do la mecIida _lar de
                SUJPeIlSÍÓO, paúndose a un sistEma de .quot;.quot;quot;..... opertus', de medidas inDomínadas,
                enee las que sic du4a se _ _ las de _                     positivo. Bl artia>Io 129.1 ... remite
                • quot;cuantas medidas _ l a efec:Iividad de la quot; quot; - ' .
                6'. Se establece quot;quot;quot; Jquot;quot;Cisi6r> el ámbito lilmpcual de las medidas: La soIicitod podiá
                u.quot;.,.., • cabo 'en cualquie< es1ado do! p¡eceooquot; (129.1, con la c:xcepción delllllm. 2
                para 1M dísposiciCDeS genesaloa), eo<Iemtiéod_, en cuanto a ... clunci6n, ........ qlle
                recaiga sentencia firme que ponga b. al proo:djmiCllO en que se hayan acordado, o
                hasta que .... fiDaice por c:uaquicza de las CIlI$II5 pmIÚ1lII en . - Loy' (1321),
                <ODIItmplándosc.lIO obstmtte, su modificación por cambio de circlmatancias (132.1 Y2).
                quot;r. Por ú1timo~ y en com:~a om. la apeatur& de las :medidas camtelm=i. la                 nueva
                Ley 11eva a cabo una ompliaci6n de laa COlI!rlll:allIe pomñtiáldose, sin límite alguno,
                que puedan acordaao quot;laa medidas que ...... adecuadasquot; pIIflI .eví1or o pa1Iar 'lo.
                pe<j1Ú<ios de cualquier - . 1            que pudionn deri....... de la medido <aUtdar que se
                1llIoP'quot; (133.1); a!IwñéncIo             s que la mi..... quot;pcdrá <OIISII1Iline ca e:ua1quI.... de
                las flmnas admitidas COl deteeIoquot; (133.3) quot;.

                  Tieee declllllIdo el TS que quot;quot;esta Sala ~ ha declareclo de manera rc:iteIada, en el
                articulo 130 de la Ley 2911991, de 13 de julio, Reguladora de la Jurilldicci6n
                Con_oso AdmiIIistraiiva., el criterio eleg;do pIIflI decidir la 5USpolISi6n CllUli:lar as
                c¡ue la ejeeuoión puede hacer perder su floaJid.d Jccítlma al reo cese. Y esta cxi¡cncia
                viene a repr=ntar lo que tredlcicnalm_ se ha denominado el teqUisito do! periculum
u/os 2008 I'U.B 1&111      FAX   nUtl,.!i) J.   N. IURTOS                                                      !f1JOO4l¡006

  23/g5 20G8 12.34 FAX       B55027215               CONTENCIOSO 1     AlGECIR~S                              11003/005




                jn moraquot;; resoluciones que se6al1G ClUCI el mismo quot;opera c:omo           crnmodecisor de la
                suspensión cautelarquot;. Por su porte, loo AA1iSde 2 de noviembre de 2000 Y S de fclnem,
                21 de mazzo y 2S de junio de 2001 exponen que quot;en el 'quot;quot;quot;'o n!gimen de medidas
                eau1elares, ya 110 sólo limitado a la ~ ¡..-...do l'O' 1. Ley 29/1998, de 13 de
                julio, R.:¡uIadora da la JUrisdicción Contencioso-Administnltiva. particnde da aquel
                principio general, -na otro StClIIdo puede ,.quot;,.. el adverbio quot;l:oicalD......quot; da! artículo
                 130.1-, se permite al Óqj3no jurlsdicciooal en o'quot; articulo. 129 y 130. la adopción de
                las medida. _             teniendo en cuenta qna doble re_ia: valo<ando D.O .Ólo la
                l'Osibilidad de que: la *cución del ll<;to pudiera _      perder su fínalidad legitima al
                tGf;UZ'aO, sino tmIbién la de que: con la medida caureIar pudiera seguirse perturbación
                grave de 108 intezese. s_es o de _ . que el J_ OTribullal ponderará de fi>mla
                - . d a . La <llI4esis del pn:ceplo _ucc a las siglIientes cone!nsionel: a) la
                adopeión de la medida, exige de modo iDeludiblo, que el ........., pueda perder SU
                fínalidad legitima, lo que si&Jrifica que, do ejeeutaae el aete, se c:rearian situaciones
                juridicas iJ:rcvemiblcs haciendo lnofl_ 1......teoA>ia '1'quot; se dielo • imposibUi1&lldo el
                elllllJ)lirDioMo do la mi5lDa en ,.,. propios      támina..eon ll>Ol'D13 del ¡dneipio do
                idemidad, en el caso de estimarse el quot;'cutSO; b) 31m eollCllIriendo el anterior
                pn:sI1pulCSto, puede d_<se la medida cautelar, lliempre que se apreele per!llrbIoiÓl>
                gravo d. 108 intereses generales o de tereeeo, 10 que obliga a efeotuar lliempre un juicio
                compmallvo de todos loo intereses en juego, coneed1elido especial relevancia, • la hora
                de decidir. a la mayor pertllrbaeión que la medida cause al in_ genera o al de un
                .....ero afi:otado l'O' la oli<:acia del acto impugnado; y, e) ... todo easo el juicio de
                poDdeIaelón que al efecto ha de reali_ el Órgano jurisdieciooal debe lllender a las
                ell'CUl1rtlmelas particulares de cada situación, y quot;quot;ige llDa motivlICián _          con el
                _           lógoe eÑOtWldo para justifieo: la adopei6n o DO de la meclicIa eaule1ar
                solicl1ada·,
                Como hemos seft(l8dc en nuestra. STS de 18 de llOYi.embte de 2003 quot;la finalidad
                legitima del ....urso es, no sólo. pero si priorilllriatnanle. la efectividad de la sentencia
                que fi»a!Jnlorlte boya de ... díelada en 'k de suerte que el instillllo de las medid..
                CIlrtela:tes tiene IV razón de ser. prioritaria, aunque DO única, en la necesidad de
                preservar osa efecto útil de la lViwa senteaeia, ante la posibilidad d. ,!ue el _
                da! tiompo en que ha de desenvolverse el proceso lo ponga en riesgo, por pocIeT sur¡ir,
                en ese espacio temporal, siluaeiones i=wrslbles o de cIi1lcll o eoatoaa roveroibllida<!.
                La pénlida de lo linaIiclad legítima del n:CUIllO es, as!, la eausa que legitima la adopción
                do las tnedidas cautelares que sean adecuadas. sufi_ Y no ex<esívas, para evItaII.
                eo el caso eo c o _ . valorotldo para ello, de lDlIIlCfIl circllDSlODCÍada, esto es,
     -          armuliendo a las eirtUnS13nCias del case. todos los inlerases en conflicto.
                De abl. también, que DO quepa onteoder vedada, eo esa valoración y para apreciar si
                concurre o 110 ac¡oeJla causa. la aIe!1CiÓD, en la medida de lo necosario, al criterio dal
                fiunus boni luri. O apariencia de bueII derocho, puco lo. inlereses en confIíeto DO pueden
                dejar de conremp1arse, en DI P'-so judicial, deDtm del ma:co jurídico por el que se
                 .
                fl&CD quot;•

                SEGUNDO. Trasladando la anterior docTrina al supuesto que nos 0C1lp&, roou1la
                procedéd1te an,,1i 7lJ r 10$ dífénmtes 8lg1.1mentos vtllizados por las perles para. cba'ificar el
                alcance y preferencia que debe clme &100 diversos intefo... en eonfIieto.

                 El> primer lugar y rospeeto a lo a1.Bado por el actor resulta ~ _ b l e que
                la na adopción de la mecIida _lar para perder, al menos pareialmente-eníolo .....
04/011 2001 MIB 14l1l     FAX     uuues),   J.   N.   KARl'OS                                                 1iI005/00a

  23/05 2008 12.34 FAX       956021215                   CO~TENCIOSG   1 AlGECIRAS                           a004/005




                 _ o en una dimensiÓD temponl1 -l. finalidad del recuno puoalo que el demBndBDte,
                 durante .1 tiempo CIquot;quot; tarde en      trBmi_.
                                                            el pro<Odi_ judioíal, será sometido a una
                 situación profesional CIquot;quot;, fiDalmonte, puede ser decIonIda _toña contra su derecho
                 a Ia Objeción d. Concicnc:ía. Continuando eee esIIo ~iento Y teniendo en ouema
                 l. interp:eTal:ión jw:isprudcocial del orlt<:rio legal qne se detalla en .1 fuodameutos
                 derecho anterior. pomo. también razonable coooluir que eso. pe>jlicio$ que lioa!mellre
                 pudiOllUl causarse al _       ..nao de difi<il _ i ó n o lademniquot;quot;;órl, DO .ólo por
                 afectar o inoidir sobre un Dcrec:ho FuN!amOlllal, sioD, talI1bién, OOlDO veremo5, por
                 _         ~ba al mean. ¡nimarla de q.. pgeden afector a la salud mental Yestabilidad
                 emocional del r=te.

                  E* úIlimo dato, avalado oI DKIlDl ~ por c!IfeteoIM Inti>rmes ll>6di.....
                c¡oe, si bi... quot;'quot; luU1 sido debidamente ratifio.dos lampoco han sido euestill8dos ,viene a
                relbozar la D<COSidad de J>I01Ic&er el _
                oI .... pecto del Tnlnmal SIIIquot;quot;quot;quot;'> _
                                                                 portie:u1ar del cjnoancIante. 1ioIIe - . l o
                                                             otras en _           de 3 de abril de 2001, q... la
                                                                                                                   -
                opciÓD de ootqIOJe< la ¡xo1loc:eión a la salud a la defensa de iDterescs ooledivos y
                -u.Imente útiles es GOJIC<,'fa y _          COI> el cri1=io maoteDido por el propio Tnlnmal
                SU_M>. A. _           .rectos, en el iufonDe defidJa 4 de-.... de 200&. ....QIPIIIodo_
                el escrito de intcoposielón del toOllnO, fumado por el médico psiqnlatra don J0e6
                MeIwe1 _              Moyeoo se iIdiea CIquot;quot; el _              quot;está _           de UIl _
                edaptldivo _ oi_IDIlÍl1 mixta aosioso dep:eslva OOD un _ _ bien
                claIo cómo es la COIlllliCllvidad 1IbanI ID el bospitlll Puma de Europa. Se BCOIISeja
                lDlIIlIeDer la laoapoeidad Iabot>l t<:mporal llasla mojona de su psú:opetoIDgfa. es
                COII5eÍftltill de que el ¡xobl..... 1IbanI debe so1uoi_ de ID ~o su 1nIstomo ..
                perpetuara en el 1íeIbpo, pudiendo incluso derivar bocia un problema de salud mental
                IDÚ     gravequot;.

                    Frente a ello y al 0I'Iljl8f0 del artIoulo 130. Dos de la ley reguladom de la JurlocIiociÓD
                 Contcndos<>-Administtalíva, la defensa de la lIdm1nIrtreción demaDdoda _ _ qnc
                 la adopgjÓD ele la medida cautclor _                 pe>juieios graves a la adminislnáón
                 sanitaria y el a _ s . Suocclc, sin embargo, que pese a que por la defensa de la
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                 0010, no supone que la SUSpensiÓD de la efieaeia de la resolución adm;oi_tivu y la
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                 lIi1mauiOlle8 que puedan lIcsara ...,.. sl1ua<lonas de ri..¡O pora 105 usuarios del mismo.
                 Eota COIUlccU8DCia ni siquiera se alega JI, lo 'lue IaJ11a máS rol_. DO puede
                 declueirse rllZOIlBbI_ CIquot;quot; se prod...... de los datos de los que .. ~ en este
                 momc:nto. Noa estamos rclirieocle, no sóID. como pone de JlUIIlltiesto Ministerio Fiscal,
                 a que en la _elidad el scrvioín se sigue pastando sin la aportación del dem...dante,

                 reei_.
                 sino también a que según a1ell8 ..... (elato DO ~ d. eOl>lrario) ~ jpocas
                            y mieolIas fue je1il del Setvicio db.u Evuisto Domil>¡uez Ramos, su solicitud
                 fue aceptada, desí¡Dandole olnS 1anlas del seMcio sin qnc, le blsistc, oonste ni se baya
                 alcpdo que a l esa situaoión anterior elsquot;quot;¡cio público rcsul1aba _              ... afOeIado.
04/0& 2008 KIB 11117   PAX 9511511quot;'53 J.   M. KARTOS                                                      1iI006/0011

  23/05 2008 12:34 FAX    S5602121~                 CONTENCIOSO 1 AlSECIRAS                                Ii 005/005




                  pquot;quot;, quot;quot;neluir debe ponerse de _tiesto que lo. _ _ particulares. lo, que hemo,
                hecho ¡eferal<:j. deben príoNar.lc solm: la necesidad de quot;quot;'quot;quot;,,iza< el servicio
                ....itario ( única c:ircllJlSWlci. alegada Y de prcvi.i~ produccióo) y 1llmbiéll solm: lo.
                hipotético. pajuicio. que puedan SIfrir 1quot;, compalloros del demandanll! de lo. que ni
                siquiera se alega ...... ele la trascendencia dio aquellos que se considera acrecIltado puede
                SIIl!ir el actor.

                 TERCKIlO. En _ _ de quot;quot;quot;quot;quot; pmcésale., no _iáDdo.. mala Ji> o temeridad ...
                Los plonleemion..,. _didos por los
                                              ~.. no 1 quot; _ hacer . _ coadena en
                ..,.. a JlÍnBURa do ellas.

                       En _00 a 10 e><pUeSto.
                                              PARD DISlOSITIVA.                                                 -
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                      AII lo 0l'U0lda, m y fimla D .. CONSTANIlNO MERINO QONZALSZ,
                MAGlSTRADO-JUEZ del 1quot; cIo de lo Ct<aIoDcios<>-~ rf' 1 de AlIaciru
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Foro Familia Granada: JUEZ CONCEDE MEDIDAS CAUTELARES PARA PROTEGER EL DERECHO A OBJETAR DE UN GINECÓLOG

  • 1. 1aI00 2/006 olIO' 2008 MIB 11115 FAX '5quot;quot;153 J. M. HARTOS CONTENCIOSO , AlaECIRAS Iift 001/(105 2J/05 20DS 12:33 F~X 95S021215 Joq8do de lo COllteDeiOlo-Admilliltratlvo uquot; 1 de Algeclras Avunida. VttpJI del Cami-. ss Tel.: 956 02 72 13..14 hlo 9quot; 02 121S NJ.O.; 1l0044S0200S1....1l9 Procedimiento: l'IEZA SEPARAPA 53/08 . .e 10 e ci I de •6n hos F dame1l: 5/08 ANA M' PARCIA HORMIGO I B MAYO 2008 UCENCIADA EN DERECHO I AUTO. En la ciudad de Algecirao 22 de quot;'quot;Yo de 2008 PROCURllOOAA F_. PRIMERO. Por la peecuradcra de los Tribunal.. doiIa Ana Garcla, actuando en nombre y _ _taci6n de den Esrebon Rodriguez Martín. se ha iDleJpuosto ,,,,''''so C<lnteacioso-aclmi%listravo de ptOte<:ción de DcAcho. rcsolucl6a de 11 de marzo de 2008 del DIRECTOR GERENTE DEL ÁREA DE oonlm la GESTIÓN SANITAAIA DEL CAMPO DE GIBRA!.TA,r que no acept6 la pe1ición fomwla4a por el demandante. FEA de ginecologla del Azoa de Gesrión Sanitaria cIeI Cllmpo de Gtbta!tor. de exoneración de la consulta de diapóstico prenatal. Al'Ol'l1 ésta petici<le el abola d.,...,...quot;,.,. _ ... vla admiJliwaliva como en el escrito de intaposición del RlCutSO contcncioso-administra.tivg. en BU ~ a la Objeción de Concirncía. iDlegrado en el Dao<:Ioo Fundamental a l. Hbertad ícIeol6gica Yreligiosa que CORSlIl!lquot; el artículo 16 de la Consli1:u<i6n Eopallola. g!_ Mediante otros)' solicitó la adopci6D de medida cantel. consistente en la suapemión de la ej~ióo de la resoluciáll ÍDIpUClIllda, ..am;énclole de la prMa<:i6u del serviloio de DJap6stico Preoatal mlOlltlaS se lOSIIOIve el lIdWl1 recutSO, pasando a pnlsIar5Ot'Iieio'. enCquot;.quot;'quot; lO rein<oJp<ne lobaralmente. en eualqui.. oua actividad - ptopla de la espec;íalidad de Ginee<llos(ay Obolc1rieia SEGIDmO. Fotmada l. eorrespoadieule pieza sepmada, se ha dado traslado de la petición a la defellsa del SERVICIO ANDALUZ DE SALUD, que presentó eserito opouiáldose a la adopción de la medida cautelar Y tmnhiéu el Mím-io FisQl que ¡n1!eOll6 i¡uaImente eJtrito pero maSlriadose favanble a la adopción de lo l1le<lida pwvisional solicitada FUNpAMENTOSO§ DERECHO
  • 2. IlJOO!/OOi 04/015 2008 MIS 14115 PAX !l5UUquot;! J. M. MARTOS CONTENCIOSO 1 ALGECIRAS tiIIo02l005 23/05 2008 12:33 FAX 856021215 PRIMERO -. La vigeme rcgulaci6a de laa medid.s cBUlelares en el proceso ceoteneiooo .dminiall'lltivo de la Lar 29/1991, de 13 de julio (CapllU1o IJ del Titulo VI) se inte..... como se h. cxpnosado, por ID o i _ ¡¡enaral (artículos 129 a 134) y dos supuestos especiales (_os 135 y 136), caraetarizéadose 01 siotema general por las siguicntea notas: 1'. CODOIituye un sistema de _lio ámbito, por . . - teouha de aplicaci6r> al proc:cdimieDlo ordinario, al ilbreviado (artí<;ulo 71 LlUCA), as! como al de pzotecci6n de los det=hos fundamquot;quot;Blos (lltÚa>Ios 114 y siguientes); Y las medid... pueden adcpcar•• _ respecte de adc8 _iniatrativos como de disposicio.... _aleo, si bien losp«:to de eatas sólo es posible la clásica _ida de suspensi6r> Y ....... con a¡unas eapocialidades pquot;,casalas (arlo. 129.2 Y134.2 IJ). 2quot;. Se tIzmI_ en un p$I~o clam y evIdaml!: la _ da! porioullllll in mora. :En el artiC1,l),o 130.1, inciso ~ se dala que quot;la medida t'sutrl • podrá quot;quot;quot;'e ÚZlieameme cuando la ojOC1lCli6r> del lK:lo o la aplicación de la disposición - pudieran ha=' perderJU finaHdad legitima. al recursoquot;. 3'. Como .-tiapeso o ~ da CClJIlI:Ilci6D do! BIlteñor aiterio. el quot;quot;quot;quot;quot; si-.. exicc. al misquot;quot;, liempc, una detallado vaJor.aolÓll o pcwIcn<:i6n do! intczés general o de - . . . En CODClet.>, ea a11111íoWc 30.2 se oolIa1a que, lIl> oblIl'''te la concunenci. del paicu1um infDOf8, quot;la medida caureJar podrá deDoproe ..quot;quot;,.¡quot; de ála plldlenI seguixoe perI:I.llbaci6n grave de los iDb::t [ses poemlcs o da teKero-. _s 4'. Desde una perspec1iva prcca4imenla la _ ley BpIINIa decididameutc por la moti_ión de la medida caureJar, _ _cí. de la previa pOnderacióll de los interesas en conflicto; uf, ... el anículo 130.1.1 CXÍF para su adopción la quot;pIevia vaclnoí6r> circun.stam:lada de _ es en eoufIictg.; expresi6n qne teitera en el utIeu10 30.2 'in fiDe', al ezigir ~ una pondcncl6r¡ 'en _ circunstanciada' de los cilldoo iDIero... geoeralai o de teteero. 5quot;. Con la nueva tegulaci6a OOlK>luye al .-cpolio lega do la mecIida _lar de SUJPeIlSÍÓO, paúndose a un sistEma de .quot;.quot;quot;..... opertus', de medidas inDomínadas, enee las que sic du4a se _ _ las de _ positivo. Bl artia>Io 129.1 ... remite • quot;cuantas medidas _ l a efec:Iividad de la quot; quot; - ' . 6'. Se establece quot;quot;quot; Jquot;quot;Cisi6r> el ámbito lilmpcual de las medidas: La soIicitod podiá u.quot;.,.., • cabo 'en cualquie< es1ado do! p¡eceooquot; (129.1, con la c:xcepción delllllm. 2 para 1M dísposiciCDeS genesaloa), eo<Iemtiéod_, en cuanto a ... clunci6n, ........ qlle recaiga sentencia firme que ponga b. al proo:djmiCllO en que se hayan acordado, o hasta que .... fiDaice por c:uaquicza de las CIlI$II5 pmIÚ1lII en . - Loy' (1321), <ODIItmplándosc.lIO obstmtte, su modificación por cambio de circlmatancias (132.1 Y2). quot;r. Por ú1timo~ y en com:~a om. la apeatur& de las :medidas camtelm=i. la nueva Ley 11eva a cabo una ompliaci6n de laa COlI!rlll:allIe pomñtiáldose, sin límite alguno, que puedan acordaao quot;laa medidas que ...... adecuadasquot; pIIflI .eví1or o pa1Iar 'lo. pe<j1Ú<ios de cualquier - . 1 que pudionn deri....... de la medido <aUtdar que se 1llIoP'quot; (133.1); a!IwñéncIo s que la mi..... quot;pcdrá <OIISII1Iline ca e:ua1quI.... de las flmnas admitidas COl deteeIoquot; (133.3) quot;. Tieee declllllIdo el TS que quot;quot;esta Sala ~ ha declareclo de manera rc:iteIada, en el articulo 130 de la Ley 2911991, de 13 de julio, Reguladora de la Jurilldicci6n Con_oso AdmiIIistraiiva., el criterio eleg;do pIIflI decidir la 5USpolISi6n CllUli:lar as c¡ue la ejeeuoión puede hacer perder su floaJid.d Jccítlma al reo cese. Y esta cxi¡cncia viene a repr=ntar lo que tredlcicnalm_ se ha denominado el teqUisito do! periculum
  • 3. u/os 2008 I'U.B 1&111 FAX nUtl,.!i) J. N. IURTOS !f1JOO4l¡006 23/g5 20G8 12.34 FAX B55027215 CONTENCIOSO 1 AlGECIR~S 11003/005 jn moraquot;; resoluciones que se6al1G ClUCI el mismo quot;opera c:omo crnmodecisor de la suspensión cautelarquot;. Por su porte, loo AA1iSde 2 de noviembre de 2000 Y S de fclnem, 21 de mazzo y 2S de junio de 2001 exponen que quot;en el 'quot;quot;quot;'o n!gimen de medidas eau1elares, ya 110 sólo limitado a la ~ ¡..-...do l'O' 1. Ley 29/1998, de 13 de julio, R.:¡uIadora da la JUrisdicción Contencioso-Administnltiva. particnde da aquel principio general, -na otro StClIIdo puede ,.quot;,.. el adverbio quot;l:oicalD......quot; da! artículo 130.1-, se permite al Óqj3no jurlsdicciooal en o'quot; articulo. 129 y 130. la adopción de las medida. _ teniendo en cuenta qna doble re_ia: valo<ando D.O .Ólo la l'Osibilidad de que: la *cución del ll<;to pudiera _ perder su fínalidad legitima al tGf;UZ'aO, sino tmIbién la de que: con la medida caureIar pudiera seguirse perturbación grave de 108 intezese. s_es o de _ . que el J_ OTribullal ponderará de fi>mla - . d a . La <llI4esis del pn:ceplo _ucc a las siglIientes cone!nsionel: a) la adopeión de la medida, exige de modo iDeludiblo, que el ........., pueda perder SU fínalidad legitima, lo que si&Jrifica que, do ejeeutaae el aete, se c:rearian situaciones juridicas iJ:rcvemiblcs haciendo lnofl_ 1......teoA>ia '1'quot; se dielo • imposibUi1&lldo el elllllJ)lirDioMo do la mi5lDa en ,.,. propios támina..eon ll>Ol'D13 del ¡dneipio do idemidad, en el caso de estimarse el quot;'cutSO; b) 31m eollCllIriendo el anterior pn:sI1pulCSto, puede d_<se la medida cautelar, lliempre que se apreele per!llrbIoiÓl> gravo d. 108 intereses generales o de tereeeo, 10 que obliga a efeotuar lliempre un juicio compmallvo de todos loo intereses en juego, coneed1elido especial relevancia, • la hora de decidir. a la mayor pertllrbaeión que la medida cause al in_ genera o al de un .....ero afi:otado l'O' la oli<:acia del acto impugnado; y, e) ... todo easo el juicio de poDdeIaelón que al efecto ha de reali_ el Órgano jurisdieciooal debe lllender a las ell'CUl1rtlmelas particulares de cada situación, y quot;quot;ige llDa motivlICián _ con el _ lógoe eÑOtWldo para justifieo: la adopei6n o DO de la meclicIa eaule1ar solicl1ada·, Como hemos seft(l8dc en nuestra. STS de 18 de llOYi.embte de 2003 quot;la finalidad legitima del ....urso es, no sólo. pero si priorilllriatnanle. la efectividad de la sentencia que fi»a!Jnlorlte boya de ... díelada en 'k de suerte que el instillllo de las medid.. CIlrtela:tes tiene IV razón de ser. prioritaria, aunque DO única, en la necesidad de preservar osa efecto útil de la lViwa senteaeia, ante la posibilidad d. ,!ue el _ da! tiompo en que ha de desenvolverse el proceso lo ponga en riesgo, por pocIeT sur¡ir, en ese espacio temporal, siluaeiones i=wrslbles o de cIi1lcll o eoatoaa roveroibllida<!. La pénlida de lo linaIiclad legítima del n:CUIllO es, as!, la eausa que legitima la adopción do las tnedidas cautelares que sean adecuadas. sufi_ Y no ex<esívas, para evItaII. eo el caso eo c o _ . valorotldo para ello, de lDlIIlCfIl circllDSlODCÍada, esto es, - armuliendo a las eirtUnS13nCias del case. todos los inlerases en conflicto. De abl. también, que DO quepa onteoder vedada, eo esa valoración y para apreciar si concurre o 110 ac¡oeJla causa. la aIe!1CiÓD, en la medida de lo necosario, al criterio dal fiunus boni luri. O apariencia de bueII derocho, puco lo. inlereses en confIíeto DO pueden dejar de conremp1arse, en DI P'-so judicial, deDtm del ma:co jurídico por el que se . fl&CD quot;• SEGUNDO. Trasladando la anterior docTrina al supuesto que nos 0C1lp&, roou1la procedéd1te an,,1i 7lJ r 10$ dífénmtes 8lg1.1mentos vtllizados por las perles para. cba'ificar el alcance y preferencia que debe clme &100 diversos intefo... en eonfIieto. El> primer lugar y rospeeto a lo a1.Bado por el actor resulta ~ _ b l e que la na adopción de la mecIida _lar para perder, al menos pareialmente-eníolo .....
  • 4. 04/011 2001 MIB 14l1l FAX uuues), J. N. KARl'OS 1iI005/00a 23/05 2008 12.34 FAX 956021215 CO~TENCIOSG 1 AlGECIRAS a004/005 _ o en una dimensiÓD temponl1 -l. finalidad del recuno puoalo que el demBndBDte, durante .1 tiempo CIquot;quot; tarde en trBmi_. el pro<Odi_ judioíal, será sometido a una situación profesional CIquot;quot;, fiDalmonte, puede ser decIonIda _toña contra su derecho a Ia Objeción d. Concicnc:ía. Continuando eee esIIo ~iento Y teniendo en ouema l. interp:eTal:ión jw:isprudcocial del orlt<:rio legal qne se detalla en .1 fuodameutos derecho anterior. pomo. también razonable coooluir que eso. pe>jlicio$ que lioa!mellre pudiOllUl causarse al _ ..nao de difi<il _ i ó n o lademniquot;quot;;órl, DO .ólo por afectar o inoidir sobre un Dcrec:ho FuN!amOlllal, sioD, talI1bién, OOlDO veremo5, por _ ~ba al mean. ¡nimarla de q.. pgeden afector a la salud mental Yestabilidad emocional del r=te. E* úIlimo dato, avalado oI DKIlDl ~ por c!IfeteoIM Inti>rmes ll>6di..... c¡oe, si bi... quot;'quot; luU1 sido debidamente ratifio.dos lampoco han sido euestill8dos ,viene a relbozar la D<COSidad de J>I01Ic&er el _ oI .... pecto del Tnlnmal SIIIquot;quot;quot;quot;'> _ portie:u1ar del cjnoancIante. 1ioIIe - . l o otras en _ de 3 de abril de 2001, q... la - opciÓD de ootqIOJe< la ¡xo1loc:eión a la salud a la defensa de iDterescs ooledivos y -u.Imente útiles es GOJIC<,'fa y _ COI> el cri1=io maoteDido por el propio Tnlnmal SU_M>. A. _ .rectos, en el iufonDe defidJa 4 de-.... de 200&. ....QIPIIIodo_ el escrito de intcoposielón del toOllnO, fumado por el médico psiqnlatra don J0e6 MeIwe1 _ Moyeoo se iIdiea CIquot;quot; el _ quot;está _ de UIl _ edaptldivo _ oi_IDIlÍl1 mixta aosioso dep:eslva OOD un _ _ bien claIo cómo es la COIlllliCllvidad 1IbanI ID el bospitlll Puma de Europa. Se BCOIISeja lDlIIlIeDer la laoapoeidad Iabot>l t<:mporal llasla mojona de su psú:opetoIDgfa. es COII5eÍftltill de que el ¡xobl..... 1IbanI debe so1uoi_ de ID ~o su 1nIstomo .. perpetuara en el 1íeIbpo, pudiendo incluso derivar bocia un problema de salud mental IDÚ gravequot;. Frente a ello y al 0I'Iljl8f0 del artIoulo 130. Dos de la ley reguladom de la JurlocIiociÓD Contcndos<>-Administtalíva, la defensa de la lIdm1nIrtreción demaDdoda _ _ qnc la adopgjÓD ele la medida cautclor _ pe>juieios graves a la adminislnáón sanitaria y el a _ s . Suocclc, sin embargo, que pese a que por la defensa de la administración 58 destaca, en su primera alegación, la _idad de probar el ¡nesu¡mesto fáctico ele la norma (aplioando esta consic!enlQón a las a1esaciOlllla fonnuladaa por el actor), SU propio ar¡wncnto DO aparece acreclIbldo. Siendo merlo CIquot;quot; el Or¡plDismo A_mo .. el _argado d. ¡ x - 11I oervlcio básico y fUndamental poro los ciudadanos, vinculado ~ Dcrec:ho p'..dO!flent:al a la vida que censa¡ra el articulo 1S ele la CJ!, tambi6n ID el 'lue este dato e COIIJideraclórl, por si 0010, no supone que la SUSpensiÓD de la efieaeia de la resolución adm;oi_tivu y la eonsi¡uicntc adll>ÍsiÓD de la solicitud del demandaota _ de Wl modo afectivo, snm: pe>juicio para el _ fuocionami.- cIcI JerVicio públi... originandc aacmallas o lIi1mauiOlle8 que puedan lIcsara ...,.. sl1ua<lonas de ri..¡O pora 105 usuarios del mismo. Eota COIUlccU8DCia ni siquiera se alega JI, lo 'lue IaJ11a máS rol_. DO puede declueirse rllZOIlBbI_ CIquot;quot; se prod...... de los datos de los que .. ~ en este momc:nto. Noa estamos rclirieocle, no sóID. como pone de JlUIIlltiesto Ministerio Fiscal, a que en la _elidad el scrvioín se sigue pastando sin la aportación del dem...dante, reei_. sino también a que según a1ell8 ..... (elato DO ~ d. eOl>lrario) ~ jpocas y mieolIas fue je1il del Setvicio db.u Evuisto Domil>¡uez Ramos, su solicitud fue aceptada, desí¡Dandole olnS 1anlas del seMcio sin qnc, le blsistc, oonste ni se baya alcpdo que a l esa situaoión anterior elsquot;quot;¡cio público rcsul1aba _ ... afOeIado.
  • 5. 04/0& 2008 KIB 11117 PAX 9511511quot;'53 J. M. KARTOS 1iI006/0011 23/05 2008 12:34 FAX S5602121~ CONTENCIOSO 1 AlSECIRAS Ii 005/005 pquot;quot;, quot;quot;neluir debe ponerse de _tiesto que lo. _ _ particulares. lo, que hemo, hecho ¡eferal<:j. deben príoNar.lc solm: la necesidad de quot;quot;'quot;quot;,,iza< el servicio ....itario ( única c:ircllJlSWlci. alegada Y de prcvi.i~ produccióo) y 1llmbiéll solm: lo. hipotético. pajuicio. que puedan SIfrir 1quot;, compalloros del demandanll! de lo. que ni siquiera se alega ...... ele la trascendencia dio aquellos que se considera acrecIltado puede SIIl!ir el actor. TERCKIlO. En _ _ de quot;quot;quot;quot;quot; pmcésale., no _iáDdo.. mala Ji> o temeridad ... Los plonleemion..,. _didos por los ~.. no 1 quot; _ hacer . _ coadena en ..,.. a JlÍnBURa do ellas. En _00 a 10 e><pUeSto. PARD DISlOSITIVA. - Se 0SIjma la solic:jlud de adopción d. medida _la< planteada por - - ' 0 0 procesal da clms Estebao Rodrl¡uez Martln, _ la suspeusióo dela eficacia do la rcsolucl6n administrativa descrita en 01 antece_ desecho pr!m«o do .... _ y. en conw:uencia, se ClXima al demande do la Jm!!steMn del servioio de Qiae»6stjga Pmmpl míeptrv se resuclye el aetga1 reet1JSO contmcioso-e4mim!lJ?tivo, papndp 8. prcmr servicio. en enpato se rcincorpglJ laboralmente. en eualguíc;r otta actiyid,d propja de la espma'jdad de Ginec:otosú y ºbstctricla presen_ NotiIiquese esta resolución haciendo sabor que COIll:lllamisma cabe intetpouet RECURSO DE APELACIóN EN UN SOLO IlI'ECTO, por escrito en este J1lZgado ... el plazo de QUINCE DIAs, <OdIado. desde al Jigu;aote • SU DOtifl_iÓD AII lo 0l'U0lda, m y fimla D .. CONSTANIlNO MERINO QONZALSZ, MAGlSTRADO-JUEZ del 1quot; cIo de lo Ct<aIoDcios<>-~ rf' 1 de AlIaciru de ALGECIRAS. Doy fe. EL MAGISTRADo-ruEZ LA SECRETARIA nJDICIAL