2. Aplicación y Conflicto de la Ley en el
Tiempo y en el Espacio
Toda ley tiene un ámbito temporal y un ámbito
espacial de vigencia. Esto significa que sólo obliga
por cierto tiempo, y en determinada porción del
espacio.
3. García Máynez nos dice que los problemas
relacionados con la aplicación de leyes que tienen
diferente ámbito temporal de vigencia suelen ser
llamados conflictos de leyes en el tiempo.
Paralelamente a éstos se habla de conflictos de leyes
en el espacio. El supuesto ineludible de los últimos
es la coexistencia de preceptos legales relativos a los
mismos hechos, pero que pertenecen a sistemas
jurídicos cuyos ámbitos espaciales de vigencia son
distintos.
4. IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY
Es un principio universal de derecho que la ley rige
para el futuro y que no tiene efectos retroactivos,
sino en los casos en que se determinan como
excepción, y que se concretan en las 17 reglas que
constan en el Art. 7 del Código Civil y alguna
disposición Transitoria de la última Constitución
Política del Ecuador.
5. Art. 7 del Código Civil
En efecto el Art. 7 del Código Civil ecuatoriano con
claridad manda que la ley no dispone sino para lo
venidero y que no tiene efectos retroactivos; y, que
sólo en conflicto de una ley posterior con otra
anterior, se observan las reglas de excepción.
6. Ley para el futuro
Este es el elemental sentido de la irretroactividad de
la ley, y el principio claro y supremo que toda Ley
rige para el futuro, con pocas excepciones que se dan
también en materia económica y tributaria. Si no
fuese así, cada ley que se promulga, removería hasta
a los muertos.
7. Retroactividad
La retroactividad, en derecho, es un posible efecto
de las normas o actos jurídicos que implica la
extensión de su aplicación a que una norma
establezca que su aplicación será sobre hechos
futuros. Sin embargo, dicha posibilidad supone una
situación excepcional, porque puede entrar en
contradicción con el principio de seguridad jurídica
que protege la certidumbre sobre los derechos y
obligaciones que las personas poseen.
8. Conflicto de Aplicación de la Ley
Se dice que para la aplicación de la ley existen
diversos conflictos, la situación que se produce a
causa de las legislaciones aplicables sucesivamente
en un mismo lugar o en lugares distintos, o también
en un mismo lugar con referencia a grupos distintos
de individuos, ósea, que los conflictos de leyes nacen
o surgen de las diferencias entre las legislaciones.
9. Conflicto de Ley en el Espacio: es el conflicto entre
las leyes que se hayan simultáneamente en vigor en
dos lugares distintos.
Conflictos de Leyes personales: es el conflicto entre
las leyes de los diversos grupos en que las colonias y
países de protectorado continúan sometidos al
régimen de personalidad del derecho, ej, Los
musulmanes y los Israelitas.
10. Las normas internacionales pueden estar en conflicto
con la norma interna, en eso reside el conflicto entre
la norma internacional y la norma interna. Ambas
regulan una misma cuestión jurídica, pero las
soluciones por ellas previstas son distintas.
11. La Norma de Conflicto:
La mayoría de las normas de Derecho Internacional
Privado son formales, a diferencia de las normas
materiales, Las normas formales señalan la norma
jurídica competente o aplicable para regir un
conflicto específico, y las normas materiales
resuelven concretamente la situación dada.
12. Entre los elementos que componen la norma de
conflictos tenemos:
El Estado.
La capacidad de las personas.
La herencia.
La forma de los actos o las obligaciones
convencionales.
13. Conflicto entre tratados y
leyes.
Las normas internacionales pueden estar en conflicto
con la norma interna, en eso reside el conflicto entre
la norma internacional y la norma interna. Ambas
regulan una misma cuestión jurídica, pero las
soluciones por ellas previstas son distintas.