2. ¿Qué es redacción oficial?
Es el conjunto de
comunicaciones y
documentos que se
utilizan en los servicios del
Estado y sus organismos
auxiliares.
3. CARACTERÍSTICAS
Por competer a la
administración del
Estado, deben ser mesurados
en su contenido y claros en
las materias que tratan.
En esta correspondencia
existen fórmulas legales que
se refieren al tratamiento
especial que se le debe
otorgar al funcionario a quien
se dirige comunicación.
La correspondencia oficial
tiene una disposición
reglamentada por la autoridad
superior del país.
5. COMUNICACIONES OFICIALES
• OFICIO
Es la más importante.
Su objetivo es impartir
normas o dar
informaciones de
relevancia. Sirve para
establecer relaciones
entre jefes de
servicio, sección, departa
mentos, etc.
Características
Redacción clara, precisa
y breve.
Puede ser ordinario
(ORD.), reservado (RES.)
o secreto (SEC.).
6. • Estructura
– Membrete
– Clasificación y número de
orden
– Antecedentes
– Materia o asunto
– Lugar y fecha de emisión
– Emisor (uso de “DE”)
– Receptor (uso de “A”)
– Contenido
– Saludo de despedida
– Inclusos o adjuntos
– Pie de firma
– Iniciales de responsabilidad
– Distribución
7. • Circular
Se diferencia del oficio por
cuanto es dirigido a varios
destinatarios.
Características:
Párrafos cortos
Contenido claro y preciso
Estructura:
–
–
–
–
–
–
–
–
–
Membrete
Título y número de orden.
Lugar y fecha de emisión.
Rubro alusivo a la materia.
Texto, se escribe en
párrafos numerados.
Frase de saludo.
Nombre, cargo y firma de
la autoridad.
Iniciales de
responsabilidad.
Destinatarios.
8. • Memorándum
Se utiliza para pedir o enviar
documentos, solicitar o
entregar información.
Características:
Redacción clara, breve y
precisa
De uso frecuente
De circulación interna
Lo emite un jefe de
sección o departamento
Estructura:
– Membrete
– Palabra MEMORÁNDUM y
N° de orden.
– Fecha sólo con números.
– Preposición "DE"
– Preposición "A"
– Texto
– Comúnmente: media firma
– Iniciales de
responsabilidad.
10. Características
Tiene importancia legal.
Emitido por una
autoridad para que tenga
validez.
Estructura
Membrete.
Iniciales de
Responsabilidad.
Palabra CERTIFICADO y N°
de orden.
Texto: autoridad
que suscribe, nombre del
peticionario, hecho que
atestigua y destinación.
Lugar y fecha de emisión.
Nombre, firma, cargo y
timbre de la autoridad.
11. • Resolución
Sirve para dictar o disponer
en forma imperativa toda
clase de asuntos
administrativos.
Estructura
Membrete.
Lugar y fecha.
Cita de las disposiciones pertinentes.
Título "RESOLUCIÓN"
Puntos numerados que considera la resolución.
Anotación común de: Anótese y comuníquese.
Cita de la cantidad de copias de los destinatarios.
12. • Decreto
Resolución, decisión, dete
rminación, orden o
mandato que por escrito
extienden las más altas
autoridades del qué hacer
nacional, regional, provinc
ial o comunal.
13. Estructura
• Ministerio que da origen al decreto.
• Exposición resumida de la materia.
• Lugar y fecha.
• Título (Decreto con fuerza de ley)
• Materia, distribuida en considerados
numerados.
• Final: "TÓMESE RAZÓN..." etc. y la firma
de la autoridad pertinente.
•
•
•
•
•
•
•
¿Quiénes pueden
dictar decretos?
El Presidente de
la República.
Los Ministros de
Estado.
Los Directores
Generales de los
diversos Servicios
de la
Administración
Pública.
Los Magistrados.
Los Gobernadores.
Los Intendentes.
Los Alcaldes.
14. DOCUMENTOS NOTARIALES
• Declaración Jurada
Documento en el cual se
declara, bajo
juramento, que una persona
está habilitada para ejercer
una función publica.
Asimismo, sirve para
declarar que no hay vinculos
de parentesco con
funcionarios que laboran en
el mismo lugar.
15. Estructura
Membrete de la notaria.
Título del documento en
mayúsculas: DECLARACIÓN
JURADA.
Identificación del
declarante.
Nombre completo, domicili
o, DUI, estado civil.
Frase "Declara bajo
juramento".
Situación declarado.
Fecha
Firma del declarante.
Nombre. firma y timbre de
la notaria.
16. • Carta Poder (o Poder)
Es un documento legal
que autoriza
representación. Por medio
de él una
persona autoriza a otra
para que la represente y
reemplace en diversas
gestiones.
Puede ser simple o
especial.
• Simple: es privada y
sólo se necesita DUI.
• Especial: es de carácter
público.
Las dos deben ser
firmadas ante un notario
público.
17. • Acta
Documento escrito en el
que hace constar la
relación de lo acontecido
durante la celebración de
una
asamblea, congreso, sesión.
Estructura
• Membrete.
• Título "Acta" y N°
de orden.
• Lugar y fecha de emisión.
• Lectura del acta anterior.
• Tabla: temas que se
tratarán.
• Acuerdos.
• Cierre.
• Firma del presidente y del
secretario
18. • La carta comercial: escrito
que resulta de relaciones
comerciales entre dos
particulares, empresas o
entidades.
• El informe: Noticia o
instrucción que se da
sobre un suceso, un
negocio, o bien sobre una
persona.
• El "currículum vitae":
relación de datos
biográficos que sirvan para
calificar a una persona.
• La instancia: Escrito
mediante el cual se
formula una petición a una
persona de cargo superior
o a un organismo.