Cuadro Explicativo la Elección de cargos Públicos Estadales-Yusbely Becerra
1. República Bolivariana de Venezuela
Vice-Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Cuadro Explicativo Sobre la Eleccion de
Cargos Publicos Estadales
Integrante:
Becerra Yusbely C.I.: V-17.278.713
Participación Ciudadana y Gestión
Local -2020B
Prof. Emily Ramírez
3ro. de Derecho, Sección: M-613
Araure, Mayo del 2021.
2. PODER
PÚBLICO
ESTADAL
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), establece
claramente que “Los Estados son entidades autónomas e iguales en lo político,
con personalidad jurídica plena, y quedan obligados a mantener la
independencia, soberanía e integridad nacional, y a cumplir y hacer cumplir esta
Constitución y las leyes de la República”. De conformidad con lo previsto el
Artículo 159.
CLASIFICACIÓN PODER EJECUTIVO ESTADAL PODER LEGISLATIVO ESTADAL
Definición
Nuestra Carta Magna, Es decir nuestra
CRBV, lo define en su Artículo 160, como
el gobierno y administración de cada
Estado corresponde a un Gobernador o
Gobernadora.
Según el Artículo 162, de la CRBV El Poder
Legislativo, se define como el poder que se
ejercerá en cada Estado por un Consejo
Legislativo conformado por un número no
mayor de quince ni menor de siete
integrantes, quienes proporcionalmente
representarán a la población del Estado y a
los Municipios.
Requisitos
-Los (las) candidatos (as) deben haber nacido en Venezuela o ser ciudadanos o
ciudadanas naturalizados (as) con al menos 15 años de residencia ininterrumpida en el
país.
-Los (las) candidatos (as) deben tener al menos 25 años de edad (21 años para los
Consejos Legislativos Estadales).
-Los (las) candidatos (as) no pueden formar parte del cuerpo clerical.
-Los (las) candidatos (as) no deben estar sujetos a ninguna prohibición de tipo civil,
inhabilitación administrativa o acusación criminal.
-Adicionalmente,los (las) candidatos (as) al Consejo Legislativo Estadal no pueden tener
otro cargo gubernamental ni administrar compañías relacionadas con contratos con el
Estado.
Artículo 55, de la LOPE. Los requisitos ycondiciones para que los electores ylas electoras
puedan postularse a los distintos cargos de elección popular, son los que se encuentran
establecidos en la Constitución de la República y en las leyes.
Atribuciones
El Gobernador (a) de conformidad con los
artículos 51 y 52 de la Ley Orgánica de la
Contraloría General de la República y del
Sistema Nacional de Control Fiscal
rendirá cuentas de su gestión anual y
públicamente, ante la Contraloría del
Estado y presentaran un informe del
mismo al Consejo Legislativo y el Consejo
de Planificación y Coordinación de
Políticas Públicas. En Venezuela, el
gobernador es la suprema autoridad de un
Estado de manera más amplia el
Gobernador es el jefe del gobierno
regional, y como tal ejerce el poder
ejecutivo a nivel regional, asistido por su
propio gabinete o tren ejecutivo. En virtud
de esto el gobernador o gobernadora tiene
una función muy importante y es la de
administrar los recursos del situado
constitucional;también se encarga de velar
para que estos recursos sean utilizados
generando bienestar a todas las personas.
Y el 161 de C.R.B.V.
El Consejo Legislativo tendrá las
atribuciones siguientes:
1. Legislar sobre las materias de la
competencia estadal.
2. Sancionar la Ley de Presupuesto del
Estado.
3. Las demás que establezcan esta
Constitución y la ley.
3. Periodo
El Gobernador o Gobernadora será elegido
o elegida por un período de cuatro años
por mayoría de las personas que voten.
Los legisladores o legisladoras estadales
serán elegidos (as) por un período de cuatro
años.
Reelección
El Gobernador o Gobernadora podrá ser
reelegido o reelegida, de inmediato y por
una sola vez, para un nuevo período.
Pudiendo ser reelegidos o reelegidas por
dos períodos consecutivos como máximo.
Financiamiento
No se permitirá el financiamiento de las asociaciones con fines políticos con fondos
provenientes del estado. La ley regulará lo concerniente al financiamiento y a las
contribuciones privadas de las organizaciones con fines políticos, y los mecanismos de
control que aseguren la pulcritud en el origen y manejo de las mismas.Así mismo regulará
las campañas políticas y electorales, su duración y límites de gastos propendiendo a su
democratización. El financiamiento de la propaganda política y de las campañas
electorales será regulado por la ley. Las direcciones de las asociaciones con fines políticos
no podrán contratar con entidades del sector público.
Postulantes
En cuanto a la postulación de estos candidatos a cargos públicos estadales es pertinente
recordar lo establecido en el Artículo 67 de nuestra Carta Magna, donde queda explícita la
participación ciudadana en la elección de estos cargos.
En cuanto a los Postulantes y las Condiciones para Postularse, de la Ley Orgánica de
Procesos Electorales (LOPE) establece:
Artículo 47. Únicamente tendrán derecho a postular candidatos y candidatas para los
procesos electorales regulados en la presente Ley, los siguientes:
1. Las organizaciones con fines políticos. ART 48 Y ART 51
2. Los grupos de electores y electoras. ART 49, ART 50 Y ART 51
3. Los ciudadanos y las ciudadanas por iniciativa propia. ART 52 Y ART 53
4. Las comunidades u organizaciones indígenas.
Ejemplos
Para ejemplificar cómo se constituyó el poder público estadal con la partición ciudadana,
en las elecciones de los cargos públicos a nivel estadal se puede hacer mención de las
últimas Elecciones Regionales realizadas en Venezuela, las cuales tuvieron lugar el 23 de
Noviembre de 2008. En esa oportunidad se escogieron 233 cargos en los Consejos
Legislativos Estadales (PODER LEGISLATIVO), y de igual manera se eligieron 22 cargos
para Gobernador y gobernadora y 328 para Alcalde y alcaldesa, (PODER EJECUTIVO
ESTADAL Y MUNICIPAL). Los (las) candidatos (as) que resultaron ganadores (as) en el
año 2008 ocuparán sus cargos hasta el año 2012, cuando se debe convocar a un nuevo
proceso de elecciones regionales.
4. Referencias Bibliograficas
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Gaceta Oficial
Extraordinario Nº 5.4.53, viernes 24 de marzo del 2000.
Ley Orgánica de Procesos Electorales.
https://www.ejemplode.com/69-leyes/2828-
ejemplo_de_poder_ejecutivo.html#ixzz6uwPtRA6j
https://www.ejemplode.com/69-leyes/2828-
ejemplo_de_poder_ejecutivo.html#ixzz6uxK1k4JS
Material SAIA Virtual Incorporado en la Materia.