PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
Unidad 10. Obligaciones y contratos mercantiles
1.
2. Es el acuerdo de dos o más voluntades para crear o
transferir derechos y obligaciones de naturaleza
mercantil, en la actividad de producción y
distribución o circulación de bienes y en donde las
partes están realizando un acto de comercio.
3. 10.1 Las obligaciones en los
contratos mercantiles
10.2 Modalidades de las
obligaciones
10.3 Cumplimiento de las
obligaciones
10.4 Moneda de pago
10.5 Incumplimiento de las
obligaciones. La mora
10.6 La cláusula penal
4. En general las obligaciones y contratos
mercantiles se someten a lo prescrito en el
Código Civil Federal, salvo las disposiciones
establecidas en el del Código de Comercio.
5. Condición: es un acontecimiento futuro e incierto del cual se
hace depender el nacimiento o la extinción de loa obligación.
Plazo: es un acontecimiento futuro e incierto del cual depende
el cumplimiento de una obligación al cual se encuentra sujeta su
extinción.
Modo: consiste n una forma particular de cumplir la obligación
que impone al sujeto pasivo la necesidad de realizar ciertas
cargas.
6. DE DAR
Enajenación
Restitución
Pago
DE NO HACER
Abstención del
deudor a realizar
determinado hecho
DE HACER
Prestación de un
hecho o actividad
7. De ejecución instantánea.
De tracto sucesivo.
Según den o no facultad
para exigir su
cumplimiento
Civiles
Naturales
8. Artículo 7 de la Ley Monetaria.
Se denomina invariablemente en pesos y en
su caso fracciones si es moneda extranjera
será el equivalente en pesos, moneda
nacional.
9. MORA: es el retardo en el cumplimiento de las obligaciones.
DAÑO O PERJUICIO: el deudor no paga la prestación motivo
de su obligación, produciendo responsabilidades civiles al
deudor.
DAÑO: es la perdida o menoscabo del patrimonio de una
persona.
PERJUICIO: es la privación de la ganancia lisita por parte del
acreedor.
10. Si la cláusula penal se establece para el caso de mora o
en seguridad de un pacto determinado, el acreedor
estará facultado para exigir el integro de la cláusula
penal así como cumplimiento de la obligación
principal.