1. Derechos de Autor
La propiedad intelectual son disciplinas jurídicas que protegen los bienes
intangibles, productos de la inteligencia y creatividad humana de una persona, los
cuales protegen los derechos de autor, propiedad intelectual y derechos conexos.
Los derechos de autor protegen las obras y derechos, como obras literarias y
musicales, artísticas fotográficas, derechos de artistas, interpretes, editores de
libros, productores. Según la Ley de Propiedad Intelectual, el plazo de protección
por derechos de autor es de 50 años a partir de la muerte del autor. Si se trata de
más de un autor, el plazo se calcula a partir de muerte del último de los
colaboradores. Después de ese plazo, la obra pasa a formar parte del “dominio
público” en cuanto a los derechos patrimoniales. Por otro lado, la propiedad
industrial, son derechos de carácter personas o patrimonial, protegiendo las
invenciones y los signos distintivos como: diseños industriales, patentes, marcas,
nombres, signos, símbolos, etc.
El sistema de derechos de autor marca que todos los derechos están reservados,
sin embargo se han creado iniciativas para que el autor decida que hacer con su
obra y así determinar algunos derechos reservados mediante diferentes tipos de
licencias. Sin embargo hoy en día muchas personas en el mundo si no es que la
gran mayoría, baja música de i nternet, según el video “cuando los derechos de
autor van mal”, se estima que en tan solo estados unidos ha habido 35,000
demandas por descargar música. Ahora imaginemos en todo el mundo la cantidad
de música que de descarga gratuitamente. Ahora, bajar música de internet ¿es
legal o no?, en un articulo del Tecnológico de Monterrey establece que en algunos
sitios de internet el autor o las disqueras dan su consentimiento para que pueda
ser bajada la canción por los usuarios, pero la mayoría de los sitios no cuentan
con esa autorización y se pueden bajar gratuitamente a un CD o a un reproductor
de música, y esto representa una conducta ilícita pero no criminal salvo que se
2. realices copias de forma masivas para su venta. 1 Este punto lo considero
importante ya que es el trabajo de personas que se esfuerzan por ganarse la vida
y muchas personas, si no es la mayoría uti liza medios para bajar la música sin
autorización, ya se ha vuelto de forma incontrolable este problema que tenemos
como sociedad y es muy difícil pararlo.
Sin embargo, el articulo mencionado y la ley de propiedad industrial establecen
que con el objeto de difundir la cultura y el conocimiento que contienen libros o
publicaciones, el estado permite que sean usados por profesores y estudiantes de
forma privada, sin la necesidad de remunerar al autor o titulares.. 2 este punto a
diferencia del anterior, creo que está bien ya que para poder fomentar la cultura y
mejorar la educación en nuestro país, es necesario que se usen fuentes, ideas,
pensamientos e investigaciones que han sido plasmadas en libros o artículos de
los cuales es necesario para las escuelas y universidades para mejorar la cultura
de la sociedad. Sin embargo es muy importante citar a dichos autores ya que es
un trabajo que ellos realizan con esfuerzo y si no los citamos seria demeritar su
esfuerzo.
Estos dos puntos son importantes ya que fomenta el crimen organizado y el
terrorismo en nuestro país, al “piratear” películas , canciones. Lo que causa este
problema, según el video. Además, la piratería esta tipificado en nuestro país
como delito federal como se establece en el artículo 424 del código penal federal.
Luis Stolovich establece que la piratería es tener acceso a diferente tipo de
material a un costo menor, mientras que para los propietarios de los derechos
involucra grandes pérdidas. Así como la tecnología a influido mucho en este delito
ya que permiten las manipulaciones de las imágenes y de los sonidos, la
1 Red Nacional de Cooperación Bibliotecaria. (Septiembre 2005). Boletín Informativo de
Derechos de Autor. 1 de octubre del 2014, de Tecnológico de Monterrey Sitio web:
http://alejandria.ccm.itesm.mx/biblioteca/boletin_da/articulo.html
2 Red Nacional de Cooperación Bibliotecaria. (Septiembre 2005). Boletín Informativo de
Derechos de Autor. 1 de octubre del 2014, de Tecnológico de Monterrey Sitio web:
http://alejandria.ccm.itesm.mx/biblioteca/boletin_da/articulo.html
3. reutilización.3
En conclusión estoy a favor de la protección a los derechos de autor y propiedad
intelectual ya que es una forma de robarse el trabajo y los esfuerzos que una
persona realizo en determinado momento y aunque este plasmado en un libro, un
articulo, en una revista, un cd, etc., merecen ser reconocidos y no violar su
derecho. Creo que es importante que determinadas cosas consten con un permiso
de poder usarlas siempre y cuando se cite correctamente a cada autor y titular del
trabajo, respetar el trabajo de los demás y fomentar la cultura con su trabajo, pero
siempre citando ya que finalmente es un derecho Universal. Si este problema no
se sigue protegiendo y toman medidas mas drásticas, habrá mas piratería en el
mundo, habrá gente que no podría vivir de sus inventos, investigaciones e ideas,
ya que es una fuente de ingresos para muchos, si es reconocido su trabajo
deberían remunerarse.
Referencias:
López Cuenca, Alberto y Ramírez Pedrajo, Eduardo. (2008). propiedad intelectual
nuevas tecnologías y libre acceso a la cultura. 1 de septiembre del 2014, de
creative commons Sitio web: http://es.scribd.com/doc/39829576/Propiedad-intelectual-
nuevas-tecnologi-as-y-libre-acceso-a-la-cultura
Stolovich, Luis. (2005). La Piratería ¿Perversión o Desequilibrio?. 1 de septiembre
del 2014, de UNESCO Sitio web:
http://www.cerlalc.org/Revista_Pirateria/pdf/n_art03.pdf
3 Stolovich, Luis. (2005). La Piratería ¿Perversión o Desequilibrio?. 1 de septiembre del
2014, de UNESCO Sitio web: http://www.cerlalc.org/Revista_Pirateria/pdf/n_art03.pdf
4. Red Nacional de Cooperación Bibliotecaria. (Septiembre 2005). Boletín Informativo
de Derechos de Autor. 1 de octubre del 2014, de Tecnológico de Monterrey Sitio
web: http://alejandria.ccm.itesm.mx/biblioteca/boletin_da/articulo.html
“Cuando los derechos de autor van mal”. Recuperado de youtube.
(http://youtu.be/euVfKj9HgWc)