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CUARTA UNIDAD:
EL PODER DE POLICIA

   DERECHO ADMINISTRATIVO
  AURORA CASTILLO FUERMAN
25 de Octubre de 2008


      PODER DE POLICIA

CONCEPTO
CARACTERISTICAS
PODER DE POLICÍA
          NOCION DE POLICIA
Agente del Estado, policía preventivo y
policía judicial
Órgano Estatal, con atribuciones de
vigilancia o investigación
Actividad del Estado como tema del
Derecho Administrativo
(Luis Humberto Delgadillo Gutiérrez y Manuel Lucero
Espinoza)
PODER DE POLICÍA
         Actividades del Estado
En la realización de funciones para la
consecución de sus fines, el Estado
realiza diversos tipos de actividades,
agrupadas por sus características en
actividades de policía, de servicio y de
fomento, cuyo contenido difiere de
acuerdo a la época y lugar que se trate
(Luis Humberto Delgadillo Gutiérrez y Manuel Lucero
Espinoza)
PODER DE POLICÍA
                Actividades del Estado
     Gaspar Ariño clasifica formas materiales de
     actuación de la Administración:
1.   ACTIVIDAD DE POLICIA
2.   Actividad de fomento
3.    actividad de servicio publico
4.   Actividad sancionadora
5.   Actividad de solución de controversias
6.   Actividad empresarial o industrial
7.   Actividad de planificación
PODER DE POLICÍA
           ORIGEN Y EVOLUCION
Grecia: Polis (ciudad-estado), actividad pública
o estatal
Siglo XVI: se separa lo referente a relaciones
internacionales, luego justicia y finanzas
Siglo XVII: Juan Esteban Putter: “Suprema
potestad que se ejerce para evitar los males
futuros en el estado de las cosas internas”
Siglo XVIII: Función del Estado, parte de la
función ejecutiva (Agustín Gordillo)
PODER DE POLICÍA
            ORIGEN Y EVOLUCION
Siglo XVIII: Poder jurídicamente ilimitado de
coacción donde el buen orden de la comunidad
estuviera en peligro
Noción Liberal: Facultad de imponer limitaciones
y restricciones a los derechos individuales, con
la finalidad de salvaguardar solamente la
seguridad, salubridad y moralidad públicas
contra los ataques y peligros que pudieran
acecharla (Agustín Gordillo)
PODER DE POLICÍA
    PODER DE POLICIA Y POLICIA
PODER DE POLICIA:
Potestad del Estado
POLICIA ADMINISTRATIVA:
Actividad de la función administrativa
 (Luis Humberto Delgadillo Gutiérrez y Manuel Lucero
Espinoza)
PODER DE POLICÍA
        PODER DE POLICIA Y POLICIA
PODER DE POLICIA: Parte de la función
legislativa que tiene por objeto la promoción del
bienestar general, regulando a ese fin los
derechos individuales, versa sobre la limitación
de los derechos reconocidos a fin de promover
el bienestar general
POLICIA: es la parte de la función administrativa
que tiene por objeto la ejecución de las leyes de
policía y se manifiesta a través de normas
particulares (actos administrativos) (Roberto Dromi)
PODER DE POLICÍA
                CONCEPTO
Conjunto de servicios organizados por la
Administración Pública con el fin de
asegurar el orden público y garantizar la
integridad física, y aún moral, de las
personas mediante limitaciones impuestas
a la actividad personal o colectiva de ellas
(Rafael Bielsa)
PODER DE POLICÍA
                CONCEPTO
Es la protección y limitación legal de la
libertad     individual    en    la  órbita
administrativa, no librada a la discreción
de ella, sino regulada en más
lineamientos       generales    por  actos
legislativos,         susceptibles      de
complementación reglamentaria. (Gustavo
Bacacorzo)
PODER DE POLICÍA
              CONCEPTO
Aquella actividad que la Administración
despliega en el ejercicio de sus propias
potestades que, por razones de interés
público limita los derechos de los
administrados mediante el ejercicio, en su
caso, de la coacción sobre los mismos
(Garrido Falla)
PODER DE POLICÍA
              CONCEPTO
El ejercicio de la función administrativa
que se manifiesta en el establecimiento
de limitaciones y restricciones a los
derechos de los particulares por parte de
los órganos de la administración pública
constituyen la policía administrativa (Luis
Humberto Delgadillo Gutiérrez y Manuel Lucero Espinoza)
PODER DE POLICÍA
   ALCANCE DE LAS MEDIDAS DE
            POLICIA
ACEPCIÓN NEGATIVA: restricciones,
limitaciones, prohibiciones y represiones
ACEPCIÓN POSITIVA: Ayuda, fomento,
asistencia, tutela que merecen protección
jurídica pública (Luis Humberto Delgadillo Gutiérrez y
Manuel Lucero Espinoza)
PODER DE POLICÍA
             CARACTERES
Es una función y no un órgano de la
administración.
No tiene peculiaridades que la distingan
como función estatal propia y autónoma,
regulación común a función administrativa
(Roberto Dromi)
PODER DE POLICÍA
                CARACTERES
Se trata de potestad consubstancial a toda
soberanía en Estados organizados y con sólido
funcionamiento constitucional
Corresponde al administrativo regular y proteger
propia función y a sus ejecutores como agentes
del Estado, siempre que procedan respetando
principio de razonabilidad y no violando
derechos ajenos (Gustavo Bacacarzo)
PODER DE POLICÍA
                 FINES
    Finalidad Policía Administrativa
                    =
            Fines del Estado

(Luis Humberto Delgadillo Gutiérrez y Manuel Lucero Espinoza )
PODER DE POLICÍA
Finalidad en Estado Liberal:
Salvaguardar la Seguridad, Salubridad y
moralidad pública
Finalidad en Estado a fines siglo XX:
 Además de seguridad, salubridad y moralidad
pública amplia bienes jurídicos que Estado
protege a través de limitaciones y restricciones
a derechos individuales (Agustín Gordillo)
PODER DE POLICÍA
      Finalidad en Estado a fines siglo XX:

1.     Tranquilidad pública
2.     Confianza pública
3.     Economía pública
4.     Estética pública
5.     Decoro público
6.     Seguridad Social
7.     Protección de la minoridad contra la explotación
8.     Diversión y entretenimiento públicos
9.     Libertad diversas conductas no punidas
10.    Libertad de tránsito y movimiento

        Por eso algunos autores dicen Poder de policía protege orden público,
       bien común, buen orden de la comunidad, etc (Agustín Gordillo)
PODER DE POLICÍA
             NATURALEZA
 Actividad de la función administrativa de
carácter preventivo, para preservar el
interés general, respecto de cada uno de
los bienes jurídicos tutelados: salubridad,
tranquilidad, seguridad, decoro, moral,
confianza, economía, estética y decoro
públicos, así como en materia de
seguridad social. (Luis Humberto Delgadillo
Gutiérrez y Manuel Lucero Espinoza)
PODER DE POLICÍA
             MEDIOS DE LA POLICIA
a)     Reglamento de Policía
b)     Autorizaciones
c)     Órdenes
d)     Coacción
     (Luis Humberto Delgadillo Gutiérrez y Manuel Lucero Espinoza )
PODER DE POLICÍA
         REGLAMENTOS DE POLICÍA
Facilita cumplimiento de disposiciones legales.
Tiene soporte previo de la ley.
         AUTORIZACION DE POLICÍA
Actos administrativos que remueven los
obstáculos (limitaciones) para el ejercicio de un
derecho previamente adquirido. Los obstáculos
se establecen en función del interés general, la
autorización que los salva se otorgan en razón
del interés individual de quien la solicita (Luis
Humberto Delgadillo Gutiérrez y Manuel Lucero Espinoza)
PODER DE POLICÍA
ORDENES DE POLICIA ADMINISTRATIVA
 Especie del acto administrativo que
 constituye una declaración unilateral de la
 voluntad de un órgano administrativo que
 establece una relación jurídica entre la
 administración y el administrado, a fin de
 crear una situación concreta e individual
 que     restringe   esfera     jurídica         del
 administrado. (Luis Humberto Delgadillo Gutiérrez y
  Manuel Lucero Espinoza)
PODER DE POLICÍA
              COACCION
Medio de tipo material, a través del cual la
administración    pública    reprime       las
conductas violatorias de los particulares a
las normas de policía o de manera
forzosa ejecuta su acto administrativo
(orden de policía), que no es cumplido
voluntariamente por el particular (Luis Humberto
Delgadillo Gutiérrez y Manuel Lucero Espinoza)
PODER DE POLICÍA
                   CRITICAS
Poder estatal es uno solo, con varias funciones
No puede tomarse como punto de partida el
poder del Estado sobre los individuos
Contramarcha elaborar “teoría” dedicada
exclusivamente a limitaciones a derechos
No existe, hoy en día, una “noción” autónoma y
suficiente de “poder de policía”, no existe porque
esa función se ha distribuido dentro de toda
actividad estatal (Agustín Gordillo)
PODER DE POLICÍA
                CRITICAS
Facultades     para      limitar  derechos
individuales no pueden subsumirse en un
concepto común con vigencia jurídica
autónoma y que fundamente nuevas
facultades y nuevas limitaciones.
Propone eliminación de noción de policía,
para enfatizar su polo opuesto, las
libertades y garantías individuales
(Agustín Gordillo)
PODER DE POLICÍA
               CRITICAS
Para imponer una limitación no puede
invocarse simplemente el “poder de
policía”   debe     buscarse     concreto
fundamento normativo de la restricción
en normas legales y constitucionales
La coacción no permite demarcación
segura entre policía y otras actividades
del Estado, el orden coactivo esta
presente en la esencia del Estado
(Agustín Gordillo)
PODER DE POLICÍA
     CONSTITUCION DE 1993: art. 2°. Toda
     persona tiene derecho:
3.    (…)     El ejercicio público de todas las
     confesiones es libre, siempre que no ofenda la
     moral ni altere el orden público.
5.   (…) Se exceptúan las informaciones que
     afectan la intimidad personal y las que
     expresamente se excluyan por ley o por
     razones de seguridad nacional.
9.   A la inviolabilidad del domicilio. (…) Las
     excepciones por motivos de sanidad o de
     grave riesgo son reguladas por la ley.
PODER DE POLICÍA
CONSTITUCION DE 1993: art. 2°. Toda persona tiene
    derecho:
11. elegir lugar residencia (…) salvo limitaciones por
    razones de sanidad o por mandato judicial o por
    aplicación de la ley de extranjería.
12. A reunirse pacíficamente sin armas. Las reuniones
    (…) la que puede prohibirlas solamente por motivos
    probados de seguridad o de sanidad públicas.
14. A contratar con fines lícitos, siempre que no se
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    24. A la libertad y a la seguridad personales. (…) b. No
    se permite forma alguna de restricción de la libertad
    personal, salvo en los casos previstos por la ley. (…)
PODER DE POLICÍA
44°. Deberes primordiales del Estado: defender
la soberanía nacional; garantizar la plena
vigencia de los derechos humanos; proteger a la
población de las amenazas contra su seguridad;
y promover el bienestar general que se
fundamenta en la justicia y en el desarrollo
integral y equilibrado de la Nación. (…)
45°. El poder del Estado emana del pueblo.
Quienes lo ejercen lo hacen con las limitaciones
y responsabilidades que la Constitución y las
leyes establecen.
PODER DE POLICÍA
65°. El Estado defiende el interés de los
consumidores y usuarios. Para tal efecto
garantiza el derecho a la información
sobre los bienes y servicios que se
encuentran a su disposición en el
mercado. Asimismo vela, en particular,
por la salud y la seguridad de la
población.
PODER DE POLICÍA
70°. El derecho de propiedad es inviolable. El Estado lo
garantiza. Se ejerce en armonía con el bien común y
dentro de los límites de ley. A nadie puede privarse de
su propiedad sino, exclusivamente, por causa de
seguridad nacional o necesidad pública, declarada por
ley, y previo pago en efectivo de indemnización
justipreciada que incluya compensación por el eventual
perjuicio. Hay acción ante el Poder Judicial para
contestar el valor de la propiedad que el Estado haya
señalado en el procedimiento expropiatorio.
72°. La ley puede, sólo por razón de seguridad nacional,
establecer temporalmente restricciones y prohibiciones
específicas para la adquisición, posesión, explotación y
transferencia de determinados bienes.
BIBLIOGRAFIA
ARIÑO ORTIZ GASPAR y otros, Principios de Derecho
Público Económico, Primera Edición, Editorial Comares,
Granada, 1999.
BACACORZO GUSTAVO, Derecho Administrativo del
Perú. Tomo I. Cultural Cuzco Editores, Lima, 1992
BIELSA, Rafael. Derecho Administrativo, Buenos Aires,
Editorial La Ley, 1965
DELGADILLO GUTIÉRREZ, Luis Humberto y LUCERO
ESPINOZA,        Manuel,     Elementos    de   Derecho
Administrativo, Segundo Curso, Noriega Editores,
Editorial Limusa, 1º edición, 1989
DROMI, Roberto. Derecho Administrativo, Lima, Gaceta
Jurídica, Lima, 2005
GORDILLO,         Agustín.     Tratado   de    Derecho
Administrativo, www.gordillo.com

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25 oct poder de policia

  • 1. CUARTA UNIDAD: EL PODER DE POLICIA DERECHO ADMINISTRATIVO AURORA CASTILLO FUERMAN
  • 2. 25 de Octubre de 2008 PODER DE POLICIA CONCEPTO CARACTERISTICAS
  • 3. PODER DE POLICÍA NOCION DE POLICIA Agente del Estado, policía preventivo y policía judicial Órgano Estatal, con atribuciones de vigilancia o investigación Actividad del Estado como tema del Derecho Administrativo (Luis Humberto Delgadillo Gutiérrez y Manuel Lucero Espinoza)
  • 4. PODER DE POLICÍA Actividades del Estado En la realización de funciones para la consecución de sus fines, el Estado realiza diversos tipos de actividades, agrupadas por sus características en actividades de policía, de servicio y de fomento, cuyo contenido difiere de acuerdo a la época y lugar que se trate (Luis Humberto Delgadillo Gutiérrez y Manuel Lucero Espinoza)
  • 5. PODER DE POLICÍA Actividades del Estado Gaspar Ariño clasifica formas materiales de actuación de la Administración: 1. ACTIVIDAD DE POLICIA 2. Actividad de fomento 3. actividad de servicio publico 4. Actividad sancionadora 5. Actividad de solución de controversias 6. Actividad empresarial o industrial 7. Actividad de planificación
  • 6. PODER DE POLICÍA ORIGEN Y EVOLUCION Grecia: Polis (ciudad-estado), actividad pública o estatal Siglo XVI: se separa lo referente a relaciones internacionales, luego justicia y finanzas Siglo XVII: Juan Esteban Putter: “Suprema potestad que se ejerce para evitar los males futuros en el estado de las cosas internas” Siglo XVIII: Función del Estado, parte de la función ejecutiva (Agustín Gordillo)
  • 7. PODER DE POLICÍA ORIGEN Y EVOLUCION Siglo XVIII: Poder jurídicamente ilimitado de coacción donde el buen orden de la comunidad estuviera en peligro Noción Liberal: Facultad de imponer limitaciones y restricciones a los derechos individuales, con la finalidad de salvaguardar solamente la seguridad, salubridad y moralidad públicas contra los ataques y peligros que pudieran acecharla (Agustín Gordillo)
  • 8. PODER DE POLICÍA PODER DE POLICIA Y POLICIA PODER DE POLICIA: Potestad del Estado POLICIA ADMINISTRATIVA: Actividad de la función administrativa (Luis Humberto Delgadillo Gutiérrez y Manuel Lucero Espinoza)
  • 9. PODER DE POLICÍA PODER DE POLICIA Y POLICIA PODER DE POLICIA: Parte de la función legislativa que tiene por objeto la promoción del bienestar general, regulando a ese fin los derechos individuales, versa sobre la limitación de los derechos reconocidos a fin de promover el bienestar general POLICIA: es la parte de la función administrativa que tiene por objeto la ejecución de las leyes de policía y se manifiesta a través de normas particulares (actos administrativos) (Roberto Dromi)
  • 10. PODER DE POLICÍA CONCEPTO Conjunto de servicios organizados por la Administración Pública con el fin de asegurar el orden público y garantizar la integridad física, y aún moral, de las personas mediante limitaciones impuestas a la actividad personal o colectiva de ellas (Rafael Bielsa)
  • 11. PODER DE POLICÍA CONCEPTO Es la protección y limitación legal de la libertad individual en la órbita administrativa, no librada a la discreción de ella, sino regulada en más lineamientos generales por actos legislativos, susceptibles de complementación reglamentaria. (Gustavo Bacacorzo)
  • 12. PODER DE POLICÍA CONCEPTO Aquella actividad que la Administración despliega en el ejercicio de sus propias potestades que, por razones de interés público limita los derechos de los administrados mediante el ejercicio, en su caso, de la coacción sobre los mismos (Garrido Falla)
  • 13. PODER DE POLICÍA CONCEPTO El ejercicio de la función administrativa que se manifiesta en el establecimiento de limitaciones y restricciones a los derechos de los particulares por parte de los órganos de la administración pública constituyen la policía administrativa (Luis Humberto Delgadillo Gutiérrez y Manuel Lucero Espinoza)
  • 14. PODER DE POLICÍA ALCANCE DE LAS MEDIDAS DE POLICIA ACEPCIÓN NEGATIVA: restricciones, limitaciones, prohibiciones y represiones ACEPCIÓN POSITIVA: Ayuda, fomento, asistencia, tutela que merecen protección jurídica pública (Luis Humberto Delgadillo Gutiérrez y Manuel Lucero Espinoza)
  • 15. PODER DE POLICÍA CARACTERES Es una función y no un órgano de la administración. No tiene peculiaridades que la distingan como función estatal propia y autónoma, regulación común a función administrativa (Roberto Dromi)
  • 16. PODER DE POLICÍA CARACTERES Se trata de potestad consubstancial a toda soberanía en Estados organizados y con sólido funcionamiento constitucional Corresponde al administrativo regular y proteger propia función y a sus ejecutores como agentes del Estado, siempre que procedan respetando principio de razonabilidad y no violando derechos ajenos (Gustavo Bacacarzo)
  • 17. PODER DE POLICÍA FINES Finalidad Policía Administrativa = Fines del Estado (Luis Humberto Delgadillo Gutiérrez y Manuel Lucero Espinoza )
  • 18. PODER DE POLICÍA Finalidad en Estado Liberal: Salvaguardar la Seguridad, Salubridad y moralidad pública Finalidad en Estado a fines siglo XX: Además de seguridad, salubridad y moralidad pública amplia bienes jurídicos que Estado protege a través de limitaciones y restricciones a derechos individuales (Agustín Gordillo)
  • 19. PODER DE POLICÍA Finalidad en Estado a fines siglo XX: 1. Tranquilidad pública 2. Confianza pública 3. Economía pública 4. Estética pública 5. Decoro público 6. Seguridad Social 7. Protección de la minoridad contra la explotación 8. Diversión y entretenimiento públicos 9. Libertad diversas conductas no punidas 10. Libertad de tránsito y movimiento Por eso algunos autores dicen Poder de policía protege orden público, bien común, buen orden de la comunidad, etc (Agustín Gordillo)
  • 20. PODER DE POLICÍA NATURALEZA Actividad de la función administrativa de carácter preventivo, para preservar el interés general, respecto de cada uno de los bienes jurídicos tutelados: salubridad, tranquilidad, seguridad, decoro, moral, confianza, economía, estética y decoro públicos, así como en materia de seguridad social. (Luis Humberto Delgadillo Gutiérrez y Manuel Lucero Espinoza)
  • 21. PODER DE POLICÍA MEDIOS DE LA POLICIA a) Reglamento de Policía b) Autorizaciones c) Órdenes d) Coacción (Luis Humberto Delgadillo Gutiérrez y Manuel Lucero Espinoza )
  • 22. PODER DE POLICÍA REGLAMENTOS DE POLICÍA Facilita cumplimiento de disposiciones legales. Tiene soporte previo de la ley. AUTORIZACION DE POLICÍA Actos administrativos que remueven los obstáculos (limitaciones) para el ejercicio de un derecho previamente adquirido. Los obstáculos se establecen en función del interés general, la autorización que los salva se otorgan en razón del interés individual de quien la solicita (Luis Humberto Delgadillo Gutiérrez y Manuel Lucero Espinoza)
  • 23. PODER DE POLICÍA ORDENES DE POLICIA ADMINISTRATIVA Especie del acto administrativo que constituye una declaración unilateral de la voluntad de un órgano administrativo que establece una relación jurídica entre la administración y el administrado, a fin de crear una situación concreta e individual que restringe esfera jurídica del administrado. (Luis Humberto Delgadillo Gutiérrez y Manuel Lucero Espinoza)
  • 24. PODER DE POLICÍA COACCION Medio de tipo material, a través del cual la administración pública reprime las conductas violatorias de los particulares a las normas de policía o de manera forzosa ejecuta su acto administrativo (orden de policía), que no es cumplido voluntariamente por el particular (Luis Humberto Delgadillo Gutiérrez y Manuel Lucero Espinoza)
  • 25. PODER DE POLICÍA CRITICAS Poder estatal es uno solo, con varias funciones No puede tomarse como punto de partida el poder del Estado sobre los individuos Contramarcha elaborar “teoría” dedicada exclusivamente a limitaciones a derechos No existe, hoy en día, una “noción” autónoma y suficiente de “poder de policía”, no existe porque esa función se ha distribuido dentro de toda actividad estatal (Agustín Gordillo)
  • 26. PODER DE POLICÍA CRITICAS Facultades para limitar derechos individuales no pueden subsumirse en un concepto común con vigencia jurídica autónoma y que fundamente nuevas facultades y nuevas limitaciones. Propone eliminación de noción de policía, para enfatizar su polo opuesto, las libertades y garantías individuales (Agustín Gordillo)
  • 27. PODER DE POLICÍA CRITICAS Para imponer una limitación no puede invocarse simplemente el “poder de policía” debe buscarse concreto fundamento normativo de la restricción en normas legales y constitucionales La coacción no permite demarcación segura entre policía y otras actividades del Estado, el orden coactivo esta presente en la esencia del Estado (Agustín Gordillo)
  • 28. PODER DE POLICÍA CONSTITUCION DE 1993: art. 2°. Toda persona tiene derecho: 3. (…) El ejercicio público de todas las confesiones es libre, siempre que no ofenda la moral ni altere el orden público. 5. (…) Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional. 9. A la inviolabilidad del domicilio. (…) Las excepciones por motivos de sanidad o de grave riesgo son reguladas por la ley.
  • 29. PODER DE POLICÍA CONSTITUCION DE 1993: art. 2°. Toda persona tiene derecho: 11. elegir lugar residencia (…) salvo limitaciones por razones de sanidad o por mandato judicial o por aplicación de la ley de extranjería. 12. A reunirse pacíficamente sin armas. Las reuniones (…) la que puede prohibirlas solamente por motivos probados de seguridad o de sanidad públicas. 14. A contratar con fines lícitos, siempre que no se contravengan leyes de orden público. 24. A la libertad y a la seguridad personales. (…) b. No se permite forma alguna de restricción de la libertad personal, salvo en los casos previstos por la ley. (…)
  • 30. PODER DE POLICÍA 44°. Deberes primordiales del Estado: defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación. (…) 45°. El poder del Estado emana del pueblo. Quienes lo ejercen lo hacen con las limitaciones y responsabilidades que la Constitución y las leyes establecen.
  • 31. PODER DE POLICÍA 65°. El Estado defiende el interés de los consumidores y usuarios. Para tal efecto garantiza el derecho a la información sobre los bienes y servicios que se encuentran a su disposición en el mercado. Asimismo vela, en particular, por la salud y la seguridad de la población.
  • 32. PODER DE POLICÍA 70°. El derecho de propiedad es inviolable. El Estado lo garantiza. Se ejerce en armonía con el bien común y dentro de los límites de ley. A nadie puede privarse de su propiedad sino, exclusivamente, por causa de seguridad nacional o necesidad pública, declarada por ley, y previo pago en efectivo de indemnización justipreciada que incluya compensación por el eventual perjuicio. Hay acción ante el Poder Judicial para contestar el valor de la propiedad que el Estado haya señalado en el procedimiento expropiatorio. 72°. La ley puede, sólo por razón de seguridad nacional, establecer temporalmente restricciones y prohibiciones específicas para la adquisición, posesión, explotación y transferencia de determinados bienes.
  • 33. BIBLIOGRAFIA ARIÑO ORTIZ GASPAR y otros, Principios de Derecho Público Económico, Primera Edición, Editorial Comares, Granada, 1999. BACACORZO GUSTAVO, Derecho Administrativo del Perú. Tomo I. Cultural Cuzco Editores, Lima, 1992 BIELSA, Rafael. Derecho Administrativo, Buenos Aires, Editorial La Ley, 1965 DELGADILLO GUTIÉRREZ, Luis Humberto y LUCERO ESPINOZA, Manuel, Elementos de Derecho Administrativo, Segundo Curso, Noriega Editores, Editorial Limusa, 1º edición, 1989 DROMI, Roberto. Derecho Administrativo, Lima, Gaceta Jurídica, Lima, 2005 GORDILLO, Agustín. Tratado de Derecho Administrativo, www.gordillo.com