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el Presidente Regional
Entre las atribuciones del presidente regional, está la entrega de
propuestas y productos al consejo regional para su aprobación,
tales como:
ü Presentar su Informe Anual.
ü Presentar la memoria y el informe de los estados presupuestarios y
financieros del gobierno regional.
ü Promulgar las ordenanzas regionales o hacer uso de su derecho a
observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los
acuerdos del consejo regional.
ü Presentar: PDRC, Plan Anual, Presupuesto Participativo Anual,
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Institucional, etc.
El presidente regional puede asistir a las sesiones del consejo
regional cuando lo considere necesario o cuando éste lo invite, con
derecho a voz.
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L El ejercicio de cualquier otra función pública proveniente de elección
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Consejeros Regionales, obtengan concesiones de los Gobiernos
Regionales, así como en empresas del sistema crediticio financiero
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trabajadores, en cuyo caso gozaran de licencia durante el tiempo que
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Vacancia: Causales
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Ø Basado en los principios del debido proceso y el derecho de
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Conociendo mas acerca del Consejo Regional

  • 1. Programa de Entrenamiento para Consejeras y Consejeros Regionales (Período 2015-2018) “Fortaleciendolascapacidadesderepresentación,producciónnormativayfiscalizaciónparaunamejor prestacióndelosserviciospúblicosalaciudadanía” Sesión 2: Conociendo más acerca del Consejo Regional
  • 2. Estructura orgánica del Gobierno Regional Consejo Regional: Órgano normativo y fiscalizador Presidencia Regional: Órgano ejecutivo Consejo de Coordinación Regional: Órgano consultivo y de coordinación
  • 3. El Consejo Regional como órgano de gobierno Gobernar • Dirigir, conducir y definir los objetivos, políticas y metas del gobierno. El gobierno se ejerce con preferencia del interés público. Administrar • Organizar, programar, coordinar y controlar los procesos de la entidad del Estado Gestionar • Organizar y utilizar de manera óptima los recursos. La gestión es clave para obtener resultados y legitimidad social
  • 4. Funcionamiento del Consejo Regional • El reglamento interno es el instrumento que ordena y guía el funcionamiento de los consejos regionales. Se aprueba mediante ordenanza y debe regular, entre otros aspectos: ü Los derechos y obligaciones funcionales de sus miembros, así como las incompatibilidades y las responsabilidades del cargo. ü La convocatoria y la forma cómo se organizan las sesiones (ordinarias y extraordinarias) y las comisiones. ü Incorporar las garantías de acceso a la información y la transparencia de cada uno de los actos del consejo regional. Debe ser elaborado por todos/as los/as integrantes Debe enmarcarse en el marco legal correspondiente Debe publicarse para conocimiento de la población
  • 5. Atribuciones del Consejo Regional Atribución o facultad: Señala el poder o capacidad de decisión que, mediante disposición legal, se le confiere al titular del cargo de un órgano o entidad administrativa.
  • 6. Atribuciones del Consejo Regional Ámbito Atribución del consejo regional Planificación del desarrollo y presupuesto · Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del gobierno regional. · Aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, concordante con el Plan Nacional de Desarrollo y buscando la articulación entre zonas urbanas y rurales, concertadas con el Consejo de Coordinación Regional. · Aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Regional Participativo, en el marco del Plan de Desarrollo Regional Concertado y de conformidad con la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las leyes anuales del Presupuesto General de la República y la Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal. · Aprobar el plan regional de desarrollo de capacidades humanas y el programa de desarrollo institucional. · Aprobar los estados financieros y presupuestarios. Promoción del desarrollo económico y la competitividad · Aprobar el programa de promoción de inversiones y exportaciones regionales. · Aprobar el plan de competitividad regional, los acuerdos de cooperación con otros gobiernos regionales e integrar las estrategias de acciones macroregionales.
  • 7. Atribuciones del Consejo Regional Ámbito Atribución del consejo regional Gestión y Control institucional · Aprobar su reglamento interno. · Fijar la remuneración mensual del presidente, y vicepresidente y las dietas de los consejeros y consejeras. · Declarar la vacancia y suspensión del presidente, vicepresidente y los consejeros y consejeras. · Fiscalizar la gestión y conducta pública de los funcionarios del gobierno regional y llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional. Gestión financiera y comercial · Autorizar, conforme a Ley, las operaciones de crédito interno y externo incluidas en el Plan de Desarrollo Regional Concertado y solicitadas por el presidente regional. · Proponer la creación, modificación o supresión de tributos regionales o exoneraciones, conforme a la Constitución y la Ley. · Autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del gobierno regional. · Aprobar la creación, venta, concesión o contratos, disolución de sus empresas y otras formas empresariales, bienes y/o activos regionales, conforme a la Constitución y la Ley.
  • 8. Atribuciones del Consejo Regional Ámbito Atribución del consejo regional Iniciativa legislativa · Proponer ante el Congreso de la República las iniciativas legislativas en materias y asuntos de su competencia. Participación ciudadana · Definir la política permanente del fomento de la participación ciudadana. Política de frontera · Proponer y desarrollar acciones de integración fronteriza de conformidad con los convenios y tratados internacionales, en acuerdo con el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • 9. El enfoque de desarrollo humano Consiste en la ampliación de las oportunidades de las personas, aumentando sus derechos y sus capacidades para que puedan vivir de acuerdo con sus valores y aspiraciones. Bajo este enfoque: El ejercicio de las atribuciones supone promover el cumplimiento de los derechos: el derecho a la vida, a la identidad, a la salud, la educación, a un entorno con buen trato y afecto, así como a participar en la vida de la comunidad y en las decisiones que afecten sus vidas.
  • 10. Relaciones entre el Consejo Regional y el Presidente Regional Entre las atribuciones del presidente regional, está la entrega de propuestas y productos al consejo regional para su aprobación, tales como: ü Presentar su Informe Anual. ü Presentar la memoria y el informe de los estados presupuestarios y financieros del gobierno regional. ü Promulgar las ordenanzas regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del consejo regional. ü Presentar: PDRC, Plan Anual, Presupuesto Participativo Anual, Programa de Competitividad Regional, Programa de Desarrollo Institucional, etc. El presidente regional puede asistir a las sesiones del consejo regional cuando lo considere necesario o cuando éste lo invite, con derecho a voz.
  • 11. Derechos y obligaciones Proponer normas y acuerdos regionales. Fiscalizar los actos de los órganos de dirección y administración del GR Integrar comisiones ordinarias, investigadoras o especiales. Asistir a las sesiones del consejo regional y comisiones correspondientes con derecho a voz y voto. Otras asignadas por ley o por el consejo regional. No pueden ser trasladados ni reasignados sin su expreso consentimiento mientras ejercen la función regional.
  • 12. Incompatibilidades L El ejercicio de cualquier otra función pública proveniente de elección popular. L Con la condición de gerente, apoderado, representante, mandatario, abogado, accionista o miembro del directorio de empresas o de instituciones que tienen con el Gobierno Regional contratos de obras, de suministro o de aprovisionamiento, administran rentas públicas o prestan servicios públicos. L Con cargos similares en empresas que, durante el mandato de los Consejeros Regionales, obtengan concesiones de los Gobiernos Regionales, así como en empresas del sistema crediticio financiero supervisadas por la Superintendencia de Banca y Seguros. L Cargos en el gobierno regional, salvo que hayan sido elegidos siendo trabajadores, en cuyo caso gozaran de licencia durante el tiempo que dure su cargo. L La intervención a favor de terceros en causas pendientes con el gobierno regional. Tráfico de influencias.
  • 13. Dietas No son remuneraciones. Se pagan por asistencia efectiva a las sesiones Se fijan por el consejo regional dentro del primer trimestre de cada ejercicio anual. La publicidad de la norma que las aprueba es obligatoria. Están afectas al impuesto a la renta.
  • 14. Licencias Son permisos que tienen los consejeros y consejeras regionales de su centro laboral para ejercer el cargo, con goce de sus haberes, hasta por 80 horas mensuales.
  • 15. Vacancia: Causales 1. Fallecimiento. 2. Incapacidad física o mental permanente debidamente acreditada por el organismo competente y declarada por el Consejo Regional. 3. Condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad. 4. Dejar de residir de manera injustificada hasta un máximo de 180 días en la región o por un término igual al máximo permitido por Ley para hacer uso de licencia. 5. Inasistencia injustificada al Consejo Regional, a tres sesiones consecutivas o cuatro alternadas durante un año.
  • 16. Vacancia: Procedimiento y medio probatorio Ø Basado en los principios del debido proceso y el derecho de defensa. Ø La vacancia del presidente y vicepresidente regional requiere de los 2/3 del número legal de sus miembros. Ø La vacancia de los consejeros regionales requiere del voto mayoritario de los sus miembros. Ø La decisión es apelable al JNE dentro de los 8 días siguientes de la notificación. El fallo del JNE es inapelable e irrevisable.