1. RETENCION EN LA FUENTE La retención en la fuente no es un impuesto, sino un mecanismo de cobro anticipado de un impuesto en el momento en que sucede el hecho generador. Contrario el concepto popular, la retención en la fuente no es ningún impuesto, sino que es el simple cobro anticipado de un impuesto, que bien puede ser el impuesto de renta, a las ventas o de industria y comercio.
2. ORIGEN DE LA RETENCIÓN EN LA FUENTE Surge originalmente como un mecanismo de recaudo del Impuesto sobre la Renta para inversionistas extranjeros sin domicilio en el país, por concepto de dividendos. El D.1651/61 autorizó al Gobierno para “establecer retenciones en la fuente con el fin de facilitar, acelerar y asegurar el recaudo del impuesto sobre la renta y sus complementarios, las cuales serán tenidas como buena cuenta o anticipos.
3. AGENTES RETENEDORES Los agentes retenedores son empresas fiscales, semifiscales o organismo fiscales, municipalidades, personas jurídicas en general, sean o no contribuyentes de la Ley de la Renta y tengan que llevar contabilidad o no, personas naturales o jurídicas que ganen Rentas de la primera categoría , siempre que obtengan Ingresos que se clasifiquen en esta categoría, por disposición legal están obligados a retener los Impuestos que afectan a los contribuyentes con los cuales realizan transacciones.
4. Casos en que no se practica retención en la fuente por IVA. 1. Cuando la operación económica no supera los topes mínimos de 4 UVT para servicios y de 27 UVT para compras. 2. Cuando la operación sujeta a retención se realiza entre responsables del Régimen común. 3. Cuando el que compra es Régimen común y el que vende es un Gran contribuyente o una Entidad estatal. 4. Cuando la operación sujeta a retención se realiza entre una Entidad estatal y un Gran contribuyente. 5. Cuando la operación sujeta a retención se realiza entre Entidades estatales. 6. Cuando la operación sujeta a retención se realiza entre Grandes contribuyentes.
5. OBJETIVOS DE LA RETEFUENTE Acelera y asegura el recaudo de los impuestos. Da liquidez al estado, consiguiendo que el impuesto en lo posible, sea recaudado en el mismo ejercicio gravable en el cual se cause. Mecanismo de Control y Cruce de información. Previene la Evasión. Da presencia del estado en muchos lugares.
6. AGENTES RETENEDORES DE IVA Son los contribuyentes (personas naturales y jurídicas) autorizados para aplicar cambio de sujeto del IVA, por lo que adquieren la calidad de agentes retenedores del Impuesto al Valor Agregado (IVA). De esta forma se hacen responsables de la obligación tributaria de retener, declarar y pagar los Impuestos correspondientes.
7. AGENTES RETENEDORES DE RENTA Son los contribuyentes (personas naturales o jurídicas) que tienen la obligación por ley a retener parte de las Rentas que entreguen a terceras personas. Ante el SII, los Agentes Retenedores tienen la responsabilidad de presentar Declaraciones Juradas en el periodo correspondiente de cada año tributario por las sumas retenidas en un determinado año comercial.
8. ELEMENTOS DE LA RETENCIÓN Sujeto activo: Es el estado. Existe un sujeto que representa al estado que es el AGENTE RETENEDOR. Sujeto pasivo: Persona sobre quien se realiza la retención. Hecho generador: Pago o abono en cuenta. Base: Valor de la transacción, sin tener en cuenta IVA, descuentos no condicionados, tributos en general, etc. Tarifa: Porcentuales. Cada concepto tiene una tarifa a aplicar.
9. Contabilización de la retención en la fuente por IVA. Siguiendo con el ejemplo, la empresa A, que es la que retiene deberá contabilizar el valor retenido a la empresa B como un crédito a la cuenta 236701 (Impuesto a las ventas retenido). La empresa B, a quien la empresa A le practicó la retención, deberá contabilizar esa retención por IVA como un debito a la cuenta 135517 (Impuesto a las ventas retenido). La empresa A, debe declarar esa retención en el mes en el cual la practicó (Declaración de retención en la fuente), y la empresa B, debe incluir esa retención practicada en la declaración de IVA del respectivo bimestre.
10. OBLIGACIONES DEL AGENTE RETENEDOR Efectuar la retención. Presentar la Declaración de Rete fuente mensualmente dentro de los plazos fijados por la ley. Consignar oportunamente la retención. Expedir certificados: Por concepto de salarios. Por otros conceptos.
11. La retención en la fuente es diferente para cada impuesto.Existe la retención en la fuente por renta, la retención en la fuente por IVA o mas conocida como reteiva y la retención en la fuente por Ica, también conocida como reteica…
12. DEFINICION: La Retención en la fuente es un sistema de recaudo anticipado de los impuestos en el cual se descuenta o retiene de un desembolso o abono en cuenta, la parte correspondiente al monto que la Ley ha decretado previamente que se cobre al sujeto pasivo realizador de la obligación tributaria sustancial.La retención en la fuente habitualmente es efectuada por quien ejecuta el pago, pero la Ley también puede determinar que quien efectúe la retención en la fuente sea el propio sujeto pasivo cuando recibe el pago o asienta en cuenta el ingreso.
13. HISTORIA El procedimiento de recaudo de impuestos a través de la retención en la fuente tiene sus orígenes en Inglaterra hacía 1801, cuando se utilizo este mecanismo como estrategia para lograr el pago anticipado del impuesto de renta bajo el concepto de “pay as you earn”.En Colombia, surge originalmente como un mecanismo de recaudo del Impuesto sobre la Renta durante el gobierno de Mariano Ospina Pérez, en el año de 1948, mediante la promulgación de los Decretos-Leyes 1961 y 2118, en los cuales se establecieron retenciones, pero sólo en lo referente a los pagos o abonos de dividendos o títulos al portador para inversionistas extranjeros sin domicilio en el país, en todas las sociedades anónimas o en comandita por acciones.El paso determinante para el establecimiento de la retención en la fuente en Colombia se dio en 1961, en el gobierno de Alberto Lleras Camargo, con la expedición del Decreto 1651, mediante el cual se faculto al Gobierno para establecer retenciones en la fuente con el fin de facilitar, acelerar y asegurar el recaudo del impuesto sobre la renta y sus complementarios, las cuales serán tenidas como buena cuenta o anticipos.