El documento habla sobre simulacros de emergencias en centros educativos. Explica la legislación vigente sobre prevención y protección ante emergencias, y destaca la importancia de analizar los riesgos, adoptar medidas de emergencia como primeros auxilios y evacuación, y designar personal encargado. Asimismo, resalta la necesidad de practicar simulacros periódicamente para comprobar el correcto funcionamiento de los protocolos establecidos.
5. Art. 20 MEDIDAS DE EMERGENCIA . “ EL EMPRESARIO, TENIENDO EN CUENTA EL TAMAÑO Y LA ACTIVIDAD DE LA EMPRESA, ASÍ COMO LA POSIBLE PRESENCIA DE PERSONAS AJENAS A LA MISMA, DEBERÁ ANALIZAR LAS POSIBLES SITUACIONES DE EMERGENCIA Y ADOPTAR LAS MEDIDAS NECESARIAS EN MATERIA DE PRIMEROS AUXILIOS, LUCHA CONTRA INCENDIOS Y EVACUACIÓN DE LOS TRABAJADORES, DESIGNANDO PARA ELLO AL PERSONAL ENCARGADO DE PONER EN PRÁCTICA ESTAS MEDIDAS Y COMPROBANDO PERIÓDICAMENTE, EN SU CASO, SU CORRECTO FUNCIONAMIENTO. EL CITADO PERSONAL DEBERÁ POSEER LA FORMACIÓN NECESARIA, SER SUFICIENTE EN NÚMERO Y DISPONER DEL MATERIAL ADECUADO...” LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
6. Por lo tanto, en base al ART. 20 , tenemos obligación de : 1. Analizar las posibles situaciones de emergencia (estudio del centro y de la actividad en cuanto al riesgo) . 2. Adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los ocupantes (qué hacer, cómo y quien). 3. Designar al personal encargado (equipos de emergencias). 4. Comprobar periódicamente lo establecido (revisiones de las instalaciones y simulacros). 5. Dar la formación y medios necesarios al personal designado (formación específica y medios técnicos) INFRACCIONES Y SANCIONES Se considera Infracción Grave por LPRL el incumplimiento de las medidas previstas en el art. 20. con: Sanciones administrativas, en su grado mínimo 1.500 € y grado máximo 30.000 €.
7. El PLAN DE AUTOPROTECCIÓN , es un estudio desde el punto de vista de la seguridad del edificio, que incluye las actividades que se desarrollan en el mismo, la evaluación del riesgo, las instalaciones de prevención y de protección con que se cuenta, así como la organización de los medios humanos y materiales disponibles, con objeto de hacer frente, de forma rápida y eficaz, a una posible emergencia . (según Guía Manual de Autoprotección del Ministerio del Interior) Para poder cumplir con lo anteriormente establecido disponemos de una herramienta: 3.- PLAN DE AUTOPROTECCIÓN
8. DOC. 3 “ PLAN DE EMERGENCIA” “ PLAN DE ACTUACIÓN” DOC. 1 “ IDENTIFICACIÓN DEL RIESGO” DOC. 2 “ MEDIOS DE PROTECCIÓN” DOC. 4 “ IMPLANTACIÓN” ESTRUCTURA
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11. MEDIOS TÉCNICOS DE PROTECCIÓN SEÑALIZACIÓN: En equipos de protección. En vías y salidas. EQUIPOS DE PROTECCIÓN: EXTINTORES cubrir toda la superficie del centro, cada 15 m BIE´S en superficies construidas 2000 m 2 . DETECCIÓN Y ALARMA detectores y pulsadores en superficies construidas de 5000 m 2 . VIAS Y SALIDAS DE EVACUACIÓN: Siempre libres de obstáculos. Abrir hacia el exterior y nunca con llave o cadenas. Iluminación de emergencia. PRIMEROS AUXILIOS: Botiquines, salas de primeros auxilios ( >50 trabajadores).
12. DEFINICION ¿QUÉ ES? Es un documento que regula las actuaciones que se han de seguir durante una emergencia, con la finalidad de reducir la improvisación en el caso de que se produzca cualquier siniestro. Deberá dar respuesta a: ¿QUÉ PUEDE PASAR? Se ha de analizar los riesgos existentes en el centro docente y en su entorno para prevenirlos. DOC.3 : PLAN DE EMERGENCIA
13. ¿CÓMO ORGANIZARSE? Ha de establecer qué hará el director/a del centro, los profesores, los alumnos y el personal no docente. ¿QUÉ HAY QUE HACER Y CÓMO HACERLO? Ha de determinar cuándo se debe evacuar el centro o cuándo se debe confinar, y cómo ha de llevarse a término la evacuación o el confinamiento. Deberá dar respuesta a:
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15. FACTORES DE RIESGO: RIESGOS ASOCIADOS A LA SALUD DE LOS ALUMNOS: Quemaduras, atragantamiento, traumatismo grave, electrocución, ahogamiento por inmersión, etc. RIESGOS INTERIORES: Incendios, explosiones, fuga de gas, etc. RIESGOS EXTERIORES: Inundaciones, nevadas, terremotos, vendavales y tempestades, incendios forestales, accidente químico, etc .
16. CLASIFICACIÓN DE EMERGENCIAS: CONATO Es el siniestro o accidente que puede ser controlado y dominado de forma sencilla y rápida por el personal y los medios de protección del Centro. (p.e. fuego en una pequeña papelera, pequeño corte). EMERGENCIA PARCIAL y GENERAL Es el siniestro o accidente que requiere para su control la actuación de equipos propios y externos. Habrá que realizar la evacuación parcial o general del centro dependiendo del grado de peligrosidad que encierre la propia situación. (p.e. Incendio en una sala, traumatismo grave).
17. EQUIPO DE EMERGENCIA GENERAL E.E.G.: Constituye el conjunto de personas especialmente entrenadas y organizadas para la prevención y actuación en siniestros y accidentes dentro del ámbito del centro docente (si existen varios edificios dentro del mismo centro se elegirán diferentes equipos de emergencia general. EQUIPO DE EMERGENCIA GENERAL E.E.G.: Los equipos de evacuación de aula estarán formados por el profesor de ese grupo y cuatro alumnos . En principio, los componentes de estos equipos pueden ser el delegado, el subdelegado y otros dos alumnos. La composición de este equipo quedará plasmado en un cartel junto a la puerta del aula junto al cartel donde se indiquen las vías de evacuación.
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23. EQUIPO DE EMERGENCIA DE AULA E.E.A. Estos equipos tienen como labor fundamental el colaborar en la evacuación ordenada del correspondiente grupo académico. El centro dispondrá de tantos E.E.A como aulas haya, y habrá que definir al principio del curso la forma de actuar en clases optativas, refuerzos, grupos con necesidades educativas especiales, biblioteca,…
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26. Antes de establecer los protocolos de actuación en caso de emergencia, conviene tener definidos una serie de puntos: PROTOCOLO DE ACTUACIÓN: PREMISAS PREVIAS CENTRO DE CONTROL Y/O PUNTO DE REUNIÓN INTERIOR. PUNTO DE ENCUENTRO O PUNTO DE REUNIÓN EXTERIOR. MEDIOS DISPONIBLES PARA COMUNICACIÓN DE LA EMERGENCIA.
27. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN TIPO: ACCIDENTE AVISO A UN PROFESOR SE INFORMA A: DETECCIÓN DE UN ACCIDENTE POR CUALQUIER PERSONA JEFE DE EMERGENCIA (DIRECTOR DEL CENTRO) GRAVE AVISO A PADRES AVISA A: AYUDAS EXTERIORES (SERVICIOS MEDICOS..) 112 LEVE E.P.A. EQUIPO PRIMEROS AUXILIOS ESPERA LLEGADA AYUDAS EXTERIORES, O EN SU CASO, ORDENA TRASLADO A CENTRO SALUD ATENCIÓN PERSONAL SANITARIO TRASLADO CENTRO ESCOLAR TRASLADO A DOMICILIO SE REDACTA INFORME E.P.A. EQUIPO PRIMEROS AUXILIOS SE REDACTA INFORME Accidente Escolar P.A.S. PROTEGER AVISAR SOCORRER SE ENTIENDE POR PRIMEROS AUXILIOS EL CONJUNTO DE ACTUACIONES Y TÉCNICAS QUE PERMITEN LA ATENCIÓN INMEDIATA DE UN ACCIDENTADO HASTA QUE LLEGA LA ASISTENCIA MÉDICA PROFESIONAL, AFÍN DE QUE LAS LESIONES QUE SE HAN SUFRIDO NO EMPEOREN. Emergencia Médica
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29. RESPONSABILIDAD DE LA IMPLANTACIÓN. Es del titular de la actividad , es decir del Director del Centro , si bien se podrá delegar en otra persona con la suficiente autoridad para la ejecución. Para ello: -Establecerá criterios de actuación. -Planificará cursos de formación. -Programará simulacros. -Asegurará del mantenimiento instalaciones, etc. COMITÉ DE EMERGENCIA: JEFES EMERGENCIA y RESPONSABLES DE PLANTA
30. DIVULGACIÓN. Es un factor decisivo para la eficacia del Plan de Autoprotección, podrá desarrollarse mediante: - Realización de reuniones informativas. - Realización de carteles y folletos con consignas de actuación, planos, etc. (..). MEDIOS TÉCNICOS. Las instalaciones, tanto de protección contra incendios, como las susceptibles de ocasionarlo deberán estar sometidas a las condiciones generales de mantenimiento, revisión y uso establecidas en la legislación vigente.
31. MEDIOS HUMANOS. Art. 29.3 LPRL “el incumplimiento por los trabajadores de las obligaciones en materia de PRL (..) tendrá la consideración de incumplimiento laboral a los efectos previstos en el artículo 58.1 RD 1/95 Ley del Estatuto de los Trabajadores” . Los trabajadores designados recibirán la formación necesaria para desempeñar las funciones asignadas (según el art. 20 LPRL). Art. 19.1 LPRL “En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva (...)”. Se procederá a la designación de los trabajadores que configurarán el equipo de emergencia (según el art. 20 LPRL).
32. SIMULACROS. Son necesarios para comprobar el funcionamiento del plan y crear unos hábitos de comportamiento con el fin de afrontar una situación de emergencia sin improvisaciones, de manera automática y ordenada. DOC.4 : IMPLANTACIÓN
33. SIMULACROS – OBJETIVOS. Entrenamiento del equipo de emergencia y del personal que ocupa el Centro. La comprobación del correcto funcionamiento del equipamiento y de los medios de protección existentes. Detectar desajustes en protocolos de actuación incluidos en el Plan de Autoprotección. Medición de tiempos de evacuación para su comparación con los teóricos.
35. SIMULACROS – PASOS: 1.- El Conserje hará sonar el timbre con varias pulsaciones cortas (o la se ñ al de alarma previamente establecida). 2.- El Director Gerente avisará a los equipos externos de protecci ó n (bomberos y ambulancias). 3.- Los conserjes abrirán las puertas de salida de emergencias, fijando su posici ó n para evitar que se cierren durante la evacuaci ó n. 4.- Se procederá a cortar la corriente eléctrica de todos los m ó dulos afectados por la evacuaci ó n.
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39. SIMULACROS – ORGANIZACIÓN. Los simulacros deben realizarse al menos una vez al año. Preferible cuando la ocupación sea máxima. Preparación del simulacro con antelación. No improvisar. Se informará a los padres y alumnos de la realización del simulacro. PARA SU ORGANIZACIÓN CONTAMOS CON NORMATIVA ESPECÍFICA: ORDEN DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA 13/11/84 EVACUACIÓN EN CENTROS DOCENTES. INSTRUCCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE SIMULACROS.
40. SIMULACROS – RESULTADOS. Al finalizar se elaborará ACTA que certifique la realización (ante el SP, representantes de los trabajadores, auditorias internas, etc.). El ACTA incluirá : Descripción supuesto contemplado. Tiempos reales de evacuación. Valoración del comportamiento colectivo de los alumnos. Anomalías detectadas e incidentes. Mejoras propuestas.