1. ¿LA PENA DE MUERTE ES EN VERDAD UN
MEDIO IDONEO PARA DISMUNUIR LA
DELINCUENCIA?
MARIA DAYANA DIAZ PALACIOS
ENSAYO
2. INTRODUCCION
En lo que este tema respecta “LA PENA DE MUERTE” o “LA PENA CAPITAL” ha
ido a la par con la humanidad, la postura que quiero dar a demostrar es en contra
ya que varios estudios demuestran que la aplicación de este método tan riguroso a
mi parecer está infectada de arbitrariedad, discriminación y racismo.
Además, está comprobado que a lo largo de la historia quitar la vida de otro ser
humano ha sido considerado el acto supremo de venganza mas no de justicia y
esto no es objeto de justificación.
Se piensa que, en el fondo la pena de muerte más que un tema de urnas, es una
cuestión de profundamente personal y emotiva entre los familiares que participan
en este acto de ambas partes.
Pienso que esta no es la manera para evitar la delincuencia ya que dice
Descartes:
“Para solucionar un problema tengo que solucionar las partes que conforman el
problema y una vez que resolví todas y cada una de esas partes he resuelto todo
el problema”
A lo que quiero dar a entender es que el verdadero problema no está en el tipo de
sanción que se les aplica a los delincuentes, más bien yo opino al cómo o que es
que provoca que ocurran delitos para así eliminar esos verdaderos problemas.
Diversos países han dado a demostrar que el hecho de que ya sea aplicable esta
sanción y no es del todo eficaz ya que la delincuencia sigue y sigue en aumento.
Grupos en los que se oponen Autores que fueron los primeros en decir que no era
un verdadero método y temas en los que se profundiza la dignidad de los seres
humanos y meramente sus DERECHOS HUMANOS.
Aplicar la ley del talión no sirve de nada ya que esa idea era de antiguos
pensamientos ignorantes más no ahora en la actualidad.
3. ¿LA PENA DE MUERTE EN VERDAD ES UN MEDIO
IDONEO PARA DISMINUIR LA DELINCUENCIA?
1 .ANTECEDENTES, HISTORIA
La pena de muerte era aplicada en ocasiones en forma discrecional en los pueblos
de la antigüedad. Entre los egipcios aparejaba a la vez que una sanción jurídica,
una de carácter religioso.
Entre los hebreos la pena de muerte era impuesta principalmente en los casos de
delitos de idolatría, homicidio, sodomía, incesto, etc.
De un modo general se aplicaban la de lapidación y la de decapitación.
Los reyes, los sacerdotes de las distintas religiones, las cúpulas dirigentes de
cualquier sociedad, siempre han reivindicado de forma unánime, hasta tiempos muy
recientes, el ejército legítimo, en determinadas circunstancias, de la máxima
violencia contra sus súbditos de cualquier sociedad y es: la pena de muerte
El Derecho Romano instituyo también en la pena de muerte. El delito de traición
contra el estado, fue quizás el primero en ser objeto de sanción. Más tarde al
promulgarse la ley de las XII tablas, se reglamentó la pena capital, estableciéndola
también con relación a los delitos de sedición, concusión de árbitros y jueces,
atentados contra la vida, profanación de templos y , murallas, deshonestidad de las
vestales, desobediencia a los mandatos de los augures, homicidio intencional,
parricidio, falso testimonio, incendio intencional, robo nocturno, etc. La aplicabilidad
de la pena de muerte fue también reglamentada por leyes posteriores.
L a pena de muerte también adopto, entre los romanos diversas modalidades. Y
así la pena de muerte fue abarcando diversos países en los que se consideraba
como una buena forma para tener orden y tranquilidad de un pueblo.
Bibliografía
villarreal, L. G. (2009). la pena de muerte en el mundo. mexico: SPE.
4. 1.1PENA DE MUERTE DEFINICION, OBJETIVO Y FIN
Se ha considerado que la pena de muerte fue tomada como castigo tiende a
reprimir la conducta antisocial.
Este tiene un fin específico, se aplica a quien está pecando como lo dice su
significado y por el otro lado se considera en forma como medio para la
consecución de fines determinados, se aplica "en peccetur" (para que nadie
peque) es decir como advertencia para el demás pueblo
Hay varias teorías absolutas, afirman que la pena se justifica a sí misma y no es
un medio para otros fines.
Estas teorías son relativas, sostienen que la pena será entendida como un
propósito de prevención para los demás y la pena se impone y surte efecto en el
delincuente.
Las teorías mixtas en este orden de ideas son que la pena para la mayoría de los
pensadores juristas tiene como fin último la justicia y la defensa social.
Ignacio Villalobos sostiene que la pena para que sea eficaz, deberá ser:
intimidatorio, por lo que será aflictiva; ejemplar, por lo que debe ser publica;
correctiva, por lo que deberá disponer de medios curativos; educativa y de
adaptación; eliminatoria y justa.
Como pena capital la pena de muerte es la "sanción penal que ordena la privación
de la vida al delincuente. Ejecución que tiene muchas variantes, pero en común
deben matar a quien se aplique".
Bibliografía
NIETO, D. A. (2014). LOS DERECHOS HUMANOS Y LA PENA DE MUERTE.
MEXICO: CODHEM.
5. 1.2 DISCUCIONES PARA DOCTRINARLA
Existen también algunos pensadores que no justifican el restablecimiento de la
pena de muerte, aun cuando no se pueda decir que son abolicionistas.
Acerca de la pena de muerte, Castellanos un autor reconocido de nombre: Tena
manifiesta que "revela la práctica que no sirve de ejemplo para quienes han
delinquido, pues en los lugares donde existe sigue delinquiéndose, además es
bien sabido que muchos condenados a muerte han presenciado anteriores
ejecuciones".
Mario Ruiz Funes, también se pronuncia en contra de la pena de muerte, al
expresar que "la aplicación de la pena de muerte no termina con su crueldad
cuando se extingue la vida de quien fue condenado, pretende también causarle
daño moral, que sobreviva su mera memoria y el recuerdo que pueda quedar de el
en la conciencia delictiva. Además infringirle la muerte, se le castiga con la
infamia".
Francisco González de la Vega, se pronuncia también en contra de la pena de
muerte y dice que "México presenta, por desgracia, una tradición sanguinaria; se
mata por motivo político, social, religioso, pasional, y aun por puro placer de matar;
la ley "ley fuga", la ejecución ilegal de presuntos delincuentes, es otra
manifestación de la bárbara costumbre; las convulsiones políticas mexicanas se
han distinguido por el exceso en el derramamiento de sangre".
Ahora bien, de lo anterior se desprende para Castellanos Tena, que la pena de
muerte es ejemplar para los lugares donde se sigue delinquiendo, ya que es allí
donde se demuestra que no hay real intimidación, sino que la única amenaza es
con la vida.
Tampoco podemos decir que no intimida, pero también debemos reconocer que si
anteriores delincuentes presenciaron penas de muerte y continúan delinquiendo,
es solo una demostración que es incorregible. Ignacio Villalobos alega que
muchos han presenciado de una ejecución o tuvieron noticias de ellas no significa
que la intimidación y la ejemplaridad no son eficaces en forma absoluta".
6. Bibliografía
villarreal, L. G. (2009). la pena de muerte en el mundo. mexico: SPE.
1.3 POSTURAS A FAVOR
En la actualidad, abarca varios aspectos como el filosófico, el ético, el religioso, el
político, el comparativo, el biológico, el criminológico, el jurídico, el estadístico, y el
de control social.
Los Estados no abolicionistas o retencioncitas que apoyan esta forma de corregir
dicen que admiten que la pena capital es cruel e inhumana, pero pretenden
justificar su utilización por razones de necesidad: Detal forma que justifican el
castigo que se infiere a un ser humano hasta su muerte.
El castigo como fin mismo
Se trata de una justificación racionalista es el justo castigo por el mal que se ha
causado y por ende es proporcional al delito. La vía del talión o también llamada
“Ley del Talión”, se reduce a que se considera justo quien ha cometido una acción
para que sufra el mal que ha provocado con ella, la muerte es una exigencia de
justicia.
Disuadir mediante la intimidación
Constituye el argumento central que utilizan los partidarios de la pena capital. Se
trata de que ella, por sí, por su simple enunciado y por su aplicación, intimide
odisuada a los delincuentes frente a la advertencia generalizada de perder la vida
ya los timoratos del delito, por idéntica razón.
Bibliografía
villarreal, L. G. (2009). la pena de muerte en el mundo. mexico: SPE.
1.4 POSTURAS EN CONTRA
7. Imposibilita la rehabilitación cuando se mata como castigo penal no queda
alternativa posible. Solo muerte a secas. Se desecha para siempre la posibilidad
de un arrepentimiento o de una evolución psíquica y/o moral, una conversión, un
ajuste interno, que opere en laconciencia moral de un condenado. Cuando se
mata, como única salida, seniegan muchas cosas al sentenciado y a la propia
sociedad.
Es que lo irreparable e irreversible de la pena capital impide la posibilidad de
rehabilitar al condenado, premisa ínsita en la penalidad, con lo que - cabe advertir
que se cumple con la finalidad que la pena establece.
Error judicial
Cuando se trata del error judicial y de la subsiguiente muerte de inocentes. El error
judicial no implica únicamente, según cierto hábito expositivo, que elsentenciado o
el ejecutado no haya sido el autor material del delito del que se leestá culpando.
También ocurre cuando no se ha estudiado de modo fehaciente elhecho de que la
legítima defensa, estado de necesidad o de la emoción violentaque pudo haber
embargado al condenado, o cuando se trata de un enfermomental que desconoce
la criminalidad de sus actos y causa muerte a su víctima. (NIETO, 2014)
2 . PENA DE MUERTE EN OTROS PAISES
En 2015 hace un año solamente en Irán ejecutó al menos a 977 personas, lo que
supone un 82 % de todas las ejecuciones confirmadas en la región de Oriente
Medio. El país ejecutó al menos a 16 mujeres y a no menos de 4 personas que
eran menores de edad en el momento del delito del que habían sido declaradas
culpables.
Pakistán continuó con la oleada de homicidios sancionados por el Estado que
había emprendido desde diciembre de 2014. Más de 320 personas fueron
enviadas a la horca en 2015, la cifra más alta jamás registrada por Amnistía
Internacional en el país.
El número de personas que han sido ejecutadas en Arabia Saudí fue de al menos
a 158 (4 mujeres y 154 hombres), la cifra más alta desde 1995 con un incremento
del 76% en comparación con el 2014.
8. Por séptimo año consecutivo Estados Unidos fue el único país que aplicó la pena
de muerte en la región de América. Ejecutó a 28 personas, la cifra más baja desde
1991. El número de condenas a muerte impuestas (52) fue el más bajo que se
registraba desde 1977. (villarreal, 2009)
2.2 EN LA ACTUALIDAD
Al menos 1.634 personas fueron ejecutadas en 2015. El dato supone un aumento
de más del 50% con respecto al año anterior y es la cifra más alta registrada por
Amnistía Internacional desde 1989. Además, China no se incluye en esta cifra
total. En este país es probable que fueran ejecutadas miles de personas más, pero
los datos sobre la pena de muerte se tratan como secreto de Estado.
De todas las ejecuciones registradas, el 89 % se llevaron a cabo en solo tres
países: Irán, Pakistán y Arabia Saudí. Estados Unidos completa el grupo de los
cinco principales verdugos del mundo.
Si bien hoy en día las ejecuciones y si apoyo han crecido a tal grado de casi
convertirlo en teoría o leyes en muchos países considero que esto debe parar ya
sea por parte de autoridades que no estén de acuerdo o de parte de las mismas
personas el pueblo ya que hay varios estudios en los que investigue que el
terminar con la vida de un delincuente no disminuye un 100% la delincuencia.
Conclusión
9. A mi parecer la pena de muerte nació como una manera de mejorar y corregir a la
sociedad, sin embargo esta ha crecido y cambiado ya que en los últimos años las
muertes han ido creciendo y como comentaba antes la delincuencia ha ido en
aumento y por lo consiguiente esta justicia no es una buena manera ya que no
cura del todo a la sociedad como suelen decir varios autores a favor de esto.
Otro punto de vista que a través de esta investigación me di cuenta fue que la
mejor manera en la que pude llegar por ultimo seria que la mejor manera de
resolver la delincuencia es ver que es lo que ocasiona desde la raíz este
fenómeno podría hacerse un estudio de la pobreza ya que a mi parecer es lo que
lo ocasiona, el robar para conseguir sustento a la familia ya que por motivos de
escaso trabajo o muy poco salario es razón suficiente para llegar a recurrir a
extremos.
Sin embargo algunos motivos para el optimismo y seguir el camino para no apoyar
esta cruel forma de justicia si así se le puede llamar a pesar de estas malas
noticias en 2015 que comentaba, hay motivos para el optimismo. El número de
condenas a muerte impuestas en 2015 ha decrecido en comparación con el año
anterior.
Además, por primera vez, la mayoría de los países del mundo, 103, han abolido ya
por completo la pena de muerte. En total, hay en todo el mundo: 140 estados
abolicionistas, ya sea en la ley como en la práctica, y 58 estados que son
retencioncitas. Los últimos países en los que se ha conseguido la abolición son: la
República del Congo, Fiji, Madagascar y Surinam. Además, Mongolia se ha
comprometido a la abolición de la pena de muerte para cualquier delito en 2016.