4. Artículo 66
Se reconoceygarantizará a las personas:
1. El derecho a la inviolabilidad de la vida. No habrápena de muerte.
2. El derecho a unavidadigna, queasegure la salud, alimentaciónynutrición, agua potable, vivienda,
saneamientoambiental, educación, trabajo, empleo, descansoyocio, culturafísica, vestido, seguridad
social yotrosserviciossocialesnecesarios.
3. El derecho a la integridad personal, queincluye:
a) La integridadfísica, psíquica, moral y sexual.
b) Unavidalibre de violencia en el ámbitopúblicoyprivado. El Estado
adoptarálasmedidasnecesariasparaprevenir, eliminarysancionartoda forma de violencia, en especial
la ejercida contra lasmujeres, niñas, niñosyadolescentes, personas adultasmayores, personas con
discapacidady contra toda persona en situación de desventajaovulnerabilidad; idénticasmedidas se
tomarán contra la violencia, la esclavitudy la explotación sexual.
c) La prohibición de la tortura, la desapariciónforzaday los tratosypenascrueles,
inhumanosodegradantes.
d) La prohibición del uso de material genéticoy la experimentacióncientíficaqueatenten contra los
derechoshumanos.
5. Artículo 66
4.Derecho a la igualdad formal, igualdad material y no discriminación.
5. El derecho al libredesarrollo de la personalidad, sin máslimitacionesque los derechos de los demás.
6. El derecho a opinaryexpresarsupensamientolibrementey en todassusformasymanifestaciones.
7. El derecho de toda persona agraviadaporinformaciones sin pruebasoinexactas, emitidaspormedios de
comunicación social, a la correspondienterectificación, réplicaorespuesta, en forma
inmediata, obligatoriaygratuita, en el mismoespaciouhorario.
8. El derecho a practicar, conservar, cambiar, profesar en públicoo en privado, sureligiónosuscreencias, y a
difundirlas individual ocolectivamente, con lasrestriccionesqueimpone el respeto a los derechos. El Estado
protegerá la prácticareligiosavoluntaria, asícomo la expresión de quienes no
profesanreligiónalguna, yfavorecerá un ambiente de pluralidadytolerancia.
6. Artículo 66
9. El derecho a tomardecisioneslibres, informadas, voluntariasyresponsablessobresusexualidad,
ysuvidayorientación sexual. El Estado promoverá el acceso a los mediosnecesariosparaqueestasdecisiones
se den en condicionesseguras.
10. El derecho a tomardecisioneslibres, responsableseinformadassobresusaludyvidareproductivay a
decidircuándoycuántashijasehijostener.
11. El derecho a guardarreservasobresusconvicciones. Nadiepodrá ser obligado a declararsobrelasmismas. En
ningúncaso se podráexigiroutilizar sin autorización del titular o de suslegítimosrepresentantes, la
información personal o de tercerossobresuscreenciasreligiosas, filiaciónopensamientopolítico;
nisobredatosreferentes a susaludyvida sexual, salvo pornecesidades de atenciónmédica.
12. El derecho a la objeción de conciencia, que no podrámenoscabarotrosderechos, nicausardaño a las
personas o a la naturaleza.
Toda persona tienederecho a negarse a usar la violenciay a participar en el serviciomilitar.
7. Artículo 66
13. El derecho a asociarse, reunirseymanifestarse en forma libreyvoluntaria.
14. EI derecho a transitarlibrementepor el territorionacionaly a escogersuresidencia, asícomo a
entrarysalirlibremente del país, cuyoejercicio se regulará de acuerdo con la ley. La prohibición de salir del
paíssólopodrá ser ordenadaporjuezcompetente.
Las personas extranjeras no podrán ser devueltasoexpulsadas a un paísdondesuvida, libertad,
seguridadointegridado la de susfamiliarespeligrenporcausa de suetnia, religión, nacionalidad,
ideología, pertenencia a determinadogrupo social, oporsusopinionespolíticas.
Se prohíbe la expulsión de colectivos de extranjeros. Los procesosmigratoriosdeberán ser singularizados.
15. El derecho a desarrollaractividadeseconómicas, en forma individual ocolectiva, conforme a los principios
de solidaridad, responsabilidad social yambiental.
16. El derecho a la libertad de contratación.
17. EI derecho a la libertad de trabajo. Nadieseráobligado a realizar un trabajogratuitooforzoso, salvo los
casosque determine la ley.
18. El derecho al honor y al buennombre. La leyprotegerá la imageny la voz de la persona.
8. Artículo 66
19. El derecho a la protección de datos de carácter personal, queincluye el accesoy la
decisiónsobreinformaciónydatos de estecarácter, asícomosucorrespondienteprotección. La
recolección, archivo, procesamiento, distribuciónodifusión de estosdatosoinformaciónrequerirán la
autorización del titular o el mandato de la ley.
20. El derecho a la intimidad personal y familiar.
21. El derecho a la inviolabilidady al secreto de la correspondenciafísicay virtual; ésta no podrá ser retenida,
abiertaniexaminada, excepto en los casosprevistos en la ley, previaintervención judicial y con la obligación de
guardar el secreto de los asuntosajenos al hechoque motive suexamen. Este
derechoprotegecualquierotrotipoo forma de comunicación.
22. El derecho a la inviolabilidad de domicilio. No se podráingresar en el domicilio de una
persona, nirealizarinspeccionesoregistros sin suautorizacióno sin orden judicial, salvo delito flagrante, en
los casosy forma queestablezca la ley.
23. El derecho a dirigirquejasypeticionesindividualesycolectivas a lasautoridadesy a
recibiratenciónorespuestasmotivadas. No se podrádirigirpeticiones a nombre del pueblo.
24. El derecho a participar en la vida cultural de la comunidad.
9. Artículo 66
25. EI derecho a acceder a bienesyserviciospúblicosyprivados de calidad, con eficiencia, eficaciaybuentrato, asícomo a
recibirinformaciónadecuadayverazsobresucontenidoycaracterísticas.
26. El derecho a la propiedad en todassusformas, con funciónyresponsabilidad social yambiental. El derecho al acceso
a la propiedad se haráefectivo con la adopción de políticaspúblicas, entre otrasmedidas.
27. EI derecho a vivir en un ambientesano, ecológicamenteequilibrado, libre de contaminacióny en armonía con la
naturaleza.
28. El derecho a la identidad personal
ycolectiva, queincluyetenernombreyapellido, debidamenteregistradosylibrementeescogidos;
yconservar, desarrollaryfortalecerlascaracterísticasmaterialeseinmateriales de la identidad, tales como la
nacionalidad, la procedencia
familiar, lasmanifestacionesespirituales, culturales, religiosas, lingüísticas, políticasysociales.
29. Los derechos de libertadtambiénincluyen:
a) El reconocimiento de quetodaslas personas nacenlibres.
b) La prohibición de la esclavitud, la explotación, la servidumbrey el tráficoy la trata de sereshumanos en
todassusformas. El Estado adoptarámedidas de prevenciónyerradicación de la trata de personas, y de
protecciónyreinserción social de lasvíctimas de la tratay de otrasformas de violación de la libertad.
c) Queninguna persona pueda ser privada de
sulibertadpordeudas, costas, multas, tributos, niotrasobligaciones, excepto el caso de pensionesalimenticias.
d) Queninguna persona pueda ser obligada a haceralgoprohibidoo a dejar de haceralgo no prohibidopor la ley.
10. ¿Qué es el derecho a la réplica?
Se denominaderecho de rectificaciónorespuesta a la facultad de unapersona afectadaporinformaciones
inexactasoagraviantesemitidas en superjuicioa través de medios de difusión de efectuarpor el mismomedio
de difusión, en forma gratuitaeinmediatay en condicionesanálogasla corrección, modificación, o
contestacióna lo expresado.
Rectificación: del error o la noticiaquedesnaturaliza lo concerniente a la persona (no de ideas ocriterios)
Respuesta: argumentocontrario al expuesto se usaparaponer la noticia en su
lugarodesagraviar, cuandopormedio de informaciones de hechoso
situacioneshubo error quedaña a la persona oagravioqueofende al honor
11. Convención interamericana de DDHH
Art 14 sobre Replica: Derecho de Rectificacióno Respuesta
1. Toda persona afectadaporinformacionesinexactasoagraviantesemitidas en superjuicio a través de
mediosde difusiónlegalmentereglamentadosyque se dirijan al público en general, tienederecho a
efectuarpor el mismoórgano de difusiónsurectificaciónorespuesta en lascondicionesqueestablezca la ley.
2. En ningúncaso la rectificacióno la respuestaeximirán de lasotrasresponsabilidadeslegales en quese
hubieseincurrido.
3. Para la efectivaprotección de la honray la reputación, todapublicaciónoempresaperiodística,
cinematográfica, de radio otelevisióntendráuna persona responsableque no
estéprotegidaporinmunidadesnidisponga de fuero especial.
12. DERECHO DE REPLICA SEGÚN EL PACTO DE SAN JOSE
DE COSTA RICA
El mentadoderechofuereconocidopor el art. 14 de la Convención Americana de Derechos
Humanos(Pacto de San Jose de Costa Rica) en el año 1969, fecha de su firma, perola
incorporaciónde estederecho al sistemajurídicoargentino se produjorecien en 1984 ysuscitounafuerte
controversiayaque no se encontrabareglamentado.
DERECHOS DE RECTIFICACION O RESPUESTA.
1. Toda persona afectadaporinformacionesinexactasoagraviantesemitidas en superjuicio, a travesde
mediosde difusiónlegalmentereglamentadosyque se dirijan al público en general, tienederechoaefectuarpor el
mismoórgano de difusíonsurectificaciónorespuesta en lascondicionesqueestablezca la Ley.
2. En ninguncaso la rectificacióno la respuestaeximirán de lasotrasresponsabilidadeslegales en que
sehubieseincurrido.
3. Para la efectivaprotección de la honray la reputación, todapublicaciónoempresaperiodística,
cinematrográfica, de radio otelevisióntendráuna persona responsableque no
estéprotegidaporinmunidadesnidisponga de fuero especial.
14. Artículo 24: Derecho a la réplica
Toda persona ocolectivohumanoquehayasidodirectamentealudidaa travésde un
medio de comunicación, de forma queafectesusderechos a la dignidad, honrao
reputación; tienederecho a queesemediodifundasu
réplicade forma gratuita, en el mismoespacio, páginaysecciónen
mediosescritos, o en el mismoprograma en mediosaudiovisualesy en un plazono
mayor a 72 horas a partir de la solicitudplanteadapor el aludido.
En caso de que el medio de comunicación no vlablllceporsupropiaIniciativael
derechode réplica, la Superintendencia de la InformaciónyComunicaciónpodrá
disponer, previa la calificaciónsobre la pertinencia del reclamo, lasmismasmedidas
administrativasestablecidaspara la violación del derecho a la rectificación.