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Facultad de Ciencias Empresariales y
Turismo de Ourense
Régimen Fiscal de la Empresa 2
Curso 2013-14
EJEMPLO 1: LIQUIDACIÓN DE UNA HERENCIA
D. Ernesto Alla, soltero, falleció en Verín el 29 de octubre del año 0 a la edad de 62
años. Deja como herederos a un hermano suyo y a un sobrino. El volumen de la
adquisición hereditaria individual es de 51.100 euros para el hermano y de 18.000
euros para el sobrino. Cada uno tiene un patrimonio propio que alcanza los 420.700
euros. Todos residen en Galicia
6
Se pide: Determinar las cuotas tributarias correspondientes a los herederos.
John Leyton Velásquez.
Régimen Fiscal II.
Práctica 1: ISD.
Universidade de Vigo. Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo de Ourense.
2013-2014
Práctica 1.
EJEMPLO 1.
Liquidaciones de las obligaciones fiscales del hermano, colateral de segunda grado (grupo III: reducción y coeficiente).
 1. Base imponible:.......................................................................................51.100€
 2. Reducción:................................................................................................8.000€
 3. Base Liquidable: (1-2) .............................................................................43.100€
 4. Cuota Íntegra: (A+B) ...............................................................................4.110,24€
A. Hasta 39.943,26€ ................................................................................3.734,59€
B. Resto: (43.100-39.943,26) x 11,9% ..................................................375,65€
 5. Coeficiente multiplicador: Grupo III ...................................................1,6676
 Cuota Tributaria: (4 x 5) ............................................................................6.854,24€
Liquidaciones de las obligaciones fiscales del sobrino, colateral de tercer grado (grupo III: reducción y coeficiente).
 1. Base imponible:.......................................................................................18.000€
 2. Reducción:................................................................................................8.000€
 3. Base Liquidable: (1-2) .............................................................................10.000€
 4. Cuota Íntegra: (A+B) ...............................................................................782,05€
A. Hasta 7.993,46.....................................................................................611,5€
B. Resto: (10.000-7.993,46) x 8,5%.......................................................170,55€
 5. Coeficiente multiplicador: Grupo III ...................................................1,6676
 Cuota Tributaria: (4 x 5) ............................................................................1.304,15€
Facultad de Ciencias Empresariales y
Turismo de Ourense
Régimen Fiscal de la Empresa 2
Curso 2013-14
EJEMPLO 2: LIQUIDACIÓN DE UNA HERENCIA
D. Manuel Malasombra, viudo con dos hijos, José y María, fallece en octubre del año
0, dejando su herencia a sus herederos por partes iguales.
D. Manuel tenía contrató en (-12) un seguro de vida a favor de su hija María,
minusválida con un grado del 35%, por 90.151,82 euros.
El fallecido deja dos inmuebles valorados cada una en 90.151,82 euros y un depósito
7
El fallecido deja dos inmuebles valorados cada una en 90.151,82 euros y un depósito
bancario a plazo por 63.418,80 euros.
Por mutuo acuerdo, cada heredero se adjudica un inmueble y la mitad del depósito.
Los dos son mayores de 25 años y su patrimonio preexistente es de 3.000 euros.
La Administración Tributaria previo expediente de comprobación confirma los valores y
determina que no existe ajuar doméstico. Tanto el causante como los causahabientes
residen en Galicia.
Se pide: Liquídese el lmpuesto de Sucesiones y Donaciones, aplicando la normativa
autonómica gallega.
John Leyton Velásquez.
Régimen Fiscal II.
Práctica 1: ISD.
Universidade de Vigo. Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo de Ourense.
2013-2014
EJEMPLO 2.
Determinación de los sujetos pasivo: Sr. José y Sra. María. Patrimonio preexistente 3.000.
Valoración del Hecho Imponible:
- Seguro de vida por en (-12) a favor de Sra. María (con minusvalía del 35%) por 90.151,82€.
- Dos inmuebles por 90.151,82€ cada uno.
- Depósito bancario a plazo por 63.418,8€
o Masa hereditaria: (90.151.82 x 2) +63.418,8=.............................243.722,44€
Recordemos que no existe ajuar doméstico, sino habría que sumarlo.
Liquidaciones de las obligaciones fiscales del Sr. José, colateral de segunda grado (grupo II: reducción y coeficiente).
 1. Base imponible: 0,5 x 243.722,44=......................................................121.861,22€
 2. Reducción: (art. 20 LISD) .......................................................................18.000€
 3. Base Liquidable: (1-2) .............................................................................103.861,22€
 4. Cuota Íntegra: (A+B) ...............................................................................6.270,28€
A. Hasta 50.000€......................................................................................2.500€
B. Resto: (103.861,22-50.000) x 7%......................................................3.770,28€
 5. Coeficiente multiplicador: Grupo II.....................................................1
 Cuota Tributaria: (4 x 5) ............................................................................6.270,28€
No obstante, la cuota a pagar es cero, debido a la DEUCCIÓN POR PARENTESCO de la CA de Galicia. Vemos como
explicita lo siguiente:
- En el caso de adquisiciones mortis causa por sujetos pasivo incluidos en el grupo II, se aplicará una deducción
del 100% de la cuota tributaria siempre que s base imponible fuese igual o inferior a 125.000€.
John Leyton Velásquez.
Régimen Fiscal II.
Práctica 1: ISD.
Universidade de Vigo. Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo de Ourense.
2013-2014
Liquidaciones de las obligaciones fiscales de la Sra. María, colateral de segunda grado (grupo II: reducción y coeficiente).
 1. Base imponible: 0,5 x 243.722,44 + 90.151,82= ...............................212.013,04€
 2. Reducción (art. 20 LISD): A+B+C..........................................................177.195,49€
A. Por parentesco:....................................................................................18.000€
B. Por minusvalía:....................................................................................150.000€
C. Por seguro de vida:.............................................................................9.195,49€
 3. Base Liquidable: (1-2) .............................................................................34.817,55
 4. Cuota Íntegra: (A+B)...............................................................................1.740,88€
A. Hasta 0€ ................................................................................................0€
B. Resto: (34.817,55 - 0) x 5%................................................................1.740,88€
 5. Coeficiente multiplicador: Grupo II.....................................................1
 Cuota Tributaria: (4 x 5) ............................................................................1.740,88€
No obstante, la cuota a pagar es cero, debido a la DEUCCIÓN POR PARENTESCO de la CA de Galicia. Vemos como
explicita lo siguiente:
- En el caso de adquisiciones mortis causa por sujetos pasivo incluidos en el grupo II, se aplicará una deducción
del 100% de la cuota tributaria siempre que s base imponible fuese igual o inferior a 125.000€.
Facultad de Ciencias Empresariales y
Turismo de Ourense
Régimen Fiscal de la Empresa 2
Curso 2013-14
EJEMPLO 3: LIQUIDACIÓN DE UNA HERENCIA
D. Antonio David, residente en el municipio de Pereiro de Aguiar, ha heredado
de su hermano en el año 0 una finca en Ourense valorada en 20.000 euros y
un piso en Ginebra, que era propiedad de su hermano, emigrante en Suiza
hasta su fallecimiento.
8
Por la herencia ha tenido que pagar impuestos en Suiza por 30.000 euros. El
piso tiene un valor de 200.000 euros.
Se pide: Determine si procede la liquidación y establezca el monto a
practicar. Aplique normativa estatal.
Pista: Para resolver este ejercicio debe tener en cuenta que se trata de un supuesto de doble
imposición internacional en el ISD, por lo que en algún momento OBLIGATORIAMENTE deberá
aplicar el articulo 23 de la LISD (deducción por doble imposición internacional)
John Leyton Velásquez.
Régimen Fiscal II.
Práctica 1: ISD.
Universidade de Vigo. Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo de Ourense.
2013-2014
EJEMPLO 3.
Determinación del sujeto pasivo: Sr. Antonio David, colateral de segundo grado (Grupo III: reducción y coeficiente).
Residente en España, tiene obligación personal (Art. 6 LISD).
Valoración del Hecho Imponible:
- Finca en Verín por 20.000€.
- Piso en Ginebra por 200.000€.
o Masa hereditaria: 20.000 + 200.000=...........................................220.000€
Liquidaciones de las obligaciones fiscales del Sr. Antonio David, colateral de segunda grado (grupo III: reducción y
coeficiente).
 1. Base imponible........................................................................................220.000€
 2. Reducción: (art. 20.2.a LISD).................................................................7.993,46€
 3. Base Liquidable: (1-2) .............................................................................212.006,54€
 4. Cuota Íntegra: (A+B) ...............................................................................34.192,24€
A. Hasta 159.634,83€..............................................................................23.063,25€
B. Resto: (212.006,54-159.634,83) x 21,25% .....................................11.128,99€
 5. Coeficiente multiplicador: Grupo III (Art. 22.2 LISD).......................1,5882
 Cuota Tributaria: (4 x 5) ............................................................................54.304,11€
No obstante, al tener obligación personal y tener que “pagar dos veces por el mismo impuesto” (Doble imposición), éste
tiene derecho a una deducción.
VER ARTÍCULO 23 LISD.
John Leyton Velásquez.
Régimen Fiscal II.
Práctica 1: ISD.
Universidade de Vigo. Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo de Ourense.
2013-2014
- En el caso de adquisiciones mortis causa por sujetos pasivo incluidos en el grupo II, se aplicará una deducción
del 100% de la cuota tributaria siempre que s base imponible fuese igual o inferior a 125.000€.
Por lo tanto, podremos deducir el menor de las siguientes cantidades:
a) Importe satisfecho en Suiza por impuesto similar= 30.000€
b) Resultado de aplicar el tipo medio efectivo. Para ello, realizamos:
 Tipo medio efectivo= Cuota tributaria/Base Liquidable= 54.304,11/212.006,54= 25,61%
 Incremento patrimonial= 200.000€.
i. Resultado= 200.000 x 0,2561= ............................................51.220€
Es decir, resulta de aplicación como deducción los 30.000€.
Por lo tanto, la cuota tributaria final es:
 Cuota Tributaria final: 54.304,11 – 30.000=..........................................24.304,11€

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Práctica 1

  • 1. Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo de Ourense Régimen Fiscal de la Empresa 2 Curso 2013-14 EJEMPLO 1: LIQUIDACIÓN DE UNA HERENCIA D. Ernesto Alla, soltero, falleció en Verín el 29 de octubre del año 0 a la edad de 62 años. Deja como herederos a un hermano suyo y a un sobrino. El volumen de la adquisición hereditaria individual es de 51.100 euros para el hermano y de 18.000 euros para el sobrino. Cada uno tiene un patrimonio propio que alcanza los 420.700 euros. Todos residen en Galicia 6 Se pide: Determinar las cuotas tributarias correspondientes a los herederos.
  • 2. John Leyton Velásquez. Régimen Fiscal II. Práctica 1: ISD. Universidade de Vigo. Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo de Ourense. 2013-2014 Práctica 1. EJEMPLO 1. Liquidaciones de las obligaciones fiscales del hermano, colateral de segunda grado (grupo III: reducción y coeficiente).  1. Base imponible:.......................................................................................51.100€  2. Reducción:................................................................................................8.000€  3. Base Liquidable: (1-2) .............................................................................43.100€  4. Cuota Íntegra: (A+B) ...............................................................................4.110,24€ A. Hasta 39.943,26€ ................................................................................3.734,59€ B. Resto: (43.100-39.943,26) x 11,9% ..................................................375,65€  5. Coeficiente multiplicador: Grupo III ...................................................1,6676  Cuota Tributaria: (4 x 5) ............................................................................6.854,24€ Liquidaciones de las obligaciones fiscales del sobrino, colateral de tercer grado (grupo III: reducción y coeficiente).  1. Base imponible:.......................................................................................18.000€  2. Reducción:................................................................................................8.000€  3. Base Liquidable: (1-2) .............................................................................10.000€  4. Cuota Íntegra: (A+B) ...............................................................................782,05€ A. Hasta 7.993,46.....................................................................................611,5€ B. Resto: (10.000-7.993,46) x 8,5%.......................................................170,55€  5. Coeficiente multiplicador: Grupo III ...................................................1,6676  Cuota Tributaria: (4 x 5) ............................................................................1.304,15€
  • 3. Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo de Ourense Régimen Fiscal de la Empresa 2 Curso 2013-14 EJEMPLO 2: LIQUIDACIÓN DE UNA HERENCIA D. Manuel Malasombra, viudo con dos hijos, José y María, fallece en octubre del año 0, dejando su herencia a sus herederos por partes iguales. D. Manuel tenía contrató en (-12) un seguro de vida a favor de su hija María, minusválida con un grado del 35%, por 90.151,82 euros. El fallecido deja dos inmuebles valorados cada una en 90.151,82 euros y un depósito 7 El fallecido deja dos inmuebles valorados cada una en 90.151,82 euros y un depósito bancario a plazo por 63.418,80 euros. Por mutuo acuerdo, cada heredero se adjudica un inmueble y la mitad del depósito. Los dos son mayores de 25 años y su patrimonio preexistente es de 3.000 euros. La Administración Tributaria previo expediente de comprobación confirma los valores y determina que no existe ajuar doméstico. Tanto el causante como los causahabientes residen en Galicia. Se pide: Liquídese el lmpuesto de Sucesiones y Donaciones, aplicando la normativa autonómica gallega.
  • 4. John Leyton Velásquez. Régimen Fiscal II. Práctica 1: ISD. Universidade de Vigo. Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo de Ourense. 2013-2014 EJEMPLO 2. Determinación de los sujetos pasivo: Sr. José y Sra. María. Patrimonio preexistente 3.000. Valoración del Hecho Imponible: - Seguro de vida por en (-12) a favor de Sra. María (con minusvalía del 35%) por 90.151,82€. - Dos inmuebles por 90.151,82€ cada uno. - Depósito bancario a plazo por 63.418,8€ o Masa hereditaria: (90.151.82 x 2) +63.418,8=.............................243.722,44€ Recordemos que no existe ajuar doméstico, sino habría que sumarlo. Liquidaciones de las obligaciones fiscales del Sr. José, colateral de segunda grado (grupo II: reducción y coeficiente).  1. Base imponible: 0,5 x 243.722,44=......................................................121.861,22€  2. Reducción: (art. 20 LISD) .......................................................................18.000€  3. Base Liquidable: (1-2) .............................................................................103.861,22€  4. Cuota Íntegra: (A+B) ...............................................................................6.270,28€ A. Hasta 50.000€......................................................................................2.500€ B. Resto: (103.861,22-50.000) x 7%......................................................3.770,28€  5. Coeficiente multiplicador: Grupo II.....................................................1  Cuota Tributaria: (4 x 5) ............................................................................6.270,28€ No obstante, la cuota a pagar es cero, debido a la DEUCCIÓN POR PARENTESCO de la CA de Galicia. Vemos como explicita lo siguiente: - En el caso de adquisiciones mortis causa por sujetos pasivo incluidos en el grupo II, se aplicará una deducción del 100% de la cuota tributaria siempre que s base imponible fuese igual o inferior a 125.000€.
  • 5. John Leyton Velásquez. Régimen Fiscal II. Práctica 1: ISD. Universidade de Vigo. Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo de Ourense. 2013-2014 Liquidaciones de las obligaciones fiscales de la Sra. María, colateral de segunda grado (grupo II: reducción y coeficiente).  1. Base imponible: 0,5 x 243.722,44 + 90.151,82= ...............................212.013,04€  2. Reducción (art. 20 LISD): A+B+C..........................................................177.195,49€ A. Por parentesco:....................................................................................18.000€ B. Por minusvalía:....................................................................................150.000€ C. Por seguro de vida:.............................................................................9.195,49€  3. Base Liquidable: (1-2) .............................................................................34.817,55  4. Cuota Íntegra: (A+B)...............................................................................1.740,88€ A. Hasta 0€ ................................................................................................0€ B. Resto: (34.817,55 - 0) x 5%................................................................1.740,88€  5. Coeficiente multiplicador: Grupo II.....................................................1  Cuota Tributaria: (4 x 5) ............................................................................1.740,88€ No obstante, la cuota a pagar es cero, debido a la DEUCCIÓN POR PARENTESCO de la CA de Galicia. Vemos como explicita lo siguiente: - En el caso de adquisiciones mortis causa por sujetos pasivo incluidos en el grupo II, se aplicará una deducción del 100% de la cuota tributaria siempre que s base imponible fuese igual o inferior a 125.000€.
  • 6. Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo de Ourense Régimen Fiscal de la Empresa 2 Curso 2013-14 EJEMPLO 3: LIQUIDACIÓN DE UNA HERENCIA D. Antonio David, residente en el municipio de Pereiro de Aguiar, ha heredado de su hermano en el año 0 una finca en Ourense valorada en 20.000 euros y un piso en Ginebra, que era propiedad de su hermano, emigrante en Suiza hasta su fallecimiento. 8 Por la herencia ha tenido que pagar impuestos en Suiza por 30.000 euros. El piso tiene un valor de 200.000 euros. Se pide: Determine si procede la liquidación y establezca el monto a practicar. Aplique normativa estatal. Pista: Para resolver este ejercicio debe tener en cuenta que se trata de un supuesto de doble imposición internacional en el ISD, por lo que en algún momento OBLIGATORIAMENTE deberá aplicar el articulo 23 de la LISD (deducción por doble imposición internacional)
  • 7. John Leyton Velásquez. Régimen Fiscal II. Práctica 1: ISD. Universidade de Vigo. Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo de Ourense. 2013-2014 EJEMPLO 3. Determinación del sujeto pasivo: Sr. Antonio David, colateral de segundo grado (Grupo III: reducción y coeficiente). Residente en España, tiene obligación personal (Art. 6 LISD). Valoración del Hecho Imponible: - Finca en Verín por 20.000€. - Piso en Ginebra por 200.000€. o Masa hereditaria: 20.000 + 200.000=...........................................220.000€ Liquidaciones de las obligaciones fiscales del Sr. Antonio David, colateral de segunda grado (grupo III: reducción y coeficiente).  1. Base imponible........................................................................................220.000€  2. Reducción: (art. 20.2.a LISD).................................................................7.993,46€  3. Base Liquidable: (1-2) .............................................................................212.006,54€  4. Cuota Íntegra: (A+B) ...............................................................................34.192,24€ A. Hasta 159.634,83€..............................................................................23.063,25€ B. Resto: (212.006,54-159.634,83) x 21,25% .....................................11.128,99€  5. Coeficiente multiplicador: Grupo III (Art. 22.2 LISD).......................1,5882  Cuota Tributaria: (4 x 5) ............................................................................54.304,11€ No obstante, al tener obligación personal y tener que “pagar dos veces por el mismo impuesto” (Doble imposición), éste tiene derecho a una deducción. VER ARTÍCULO 23 LISD.
  • 8. John Leyton Velásquez. Régimen Fiscal II. Práctica 1: ISD. Universidade de Vigo. Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo de Ourense. 2013-2014 - En el caso de adquisiciones mortis causa por sujetos pasivo incluidos en el grupo II, se aplicará una deducción del 100% de la cuota tributaria siempre que s base imponible fuese igual o inferior a 125.000€. Por lo tanto, podremos deducir el menor de las siguientes cantidades: a) Importe satisfecho en Suiza por impuesto similar= 30.000€ b) Resultado de aplicar el tipo medio efectivo. Para ello, realizamos:  Tipo medio efectivo= Cuota tributaria/Base Liquidable= 54.304,11/212.006,54= 25,61%  Incremento patrimonial= 200.000€. i. Resultado= 200.000 x 0,2561= ............................................51.220€ Es decir, resulta de aplicación como deducción los 30.000€. Por lo tanto, la cuota tributaria final es:  Cuota Tributaria final: 54.304,11 – 30.000=..........................................24.304,11€