Absolucion de demanda de alimentos wilfredo contreras vilchez
1. Expediente: 00227-2017-0-2501-JP-FC-01
Esp. Legal: Elmer Ysaias Mejía Murillo
Cuaderno: Principal
Escrito Nº: 01
Sumilla: Contesta demanda.
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE SANTA
CONTRERAS VILCHEZ WILFREDO, identificado con
D.N.I Nº 40142390, con domicilio real en Jr. Cesar
Vallejo N° 250 – Coishco – Santa – Ancash; y
domicilio procesal en Jr. Francisco Bolognesi N° 526
– Coishco– Santa – Ancash;CasillaJudicial enN°383
de la Corte Superiorde Justiciadel Santa; y CASILLA
ELECTRONICA N° 67320; en los seguidos por
VILLANUEVA MARTINEZ VIRGINIA VICTORIA, en
representación de mis menores hijos, sobre
ALIMENTOS, ante usted con el debido
respeto atentamente digo:
Que, dentro del plazo de ley, y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 554 del
Código Procesal Civil, formulo CONTESTACIÓN DE DEMANDA, en base a las siguientes
consideraciones de hecho y de derecho que paso a exponer:
I. FUNDAMENTO DE HECHO:
1. Que,efectivamenteytal comoloseñalalademandante enel primerconsiderando
de su fundamento de hecho de su demanda, producto de la relación
extramatrimonial sostenida, procreamos a nuestros menores hijos ELIZABETH
PAOLA Y ROBERTO EMILIANOCONTRERASVILLANUEVA,tal comose desprendede
las partidas de nacimiento adjuntadas al escrito de demanda consignada como
anexo 1.B. y 1.C.
2. Que, en lo que respecta al segundo considerando, es FALSO; ya que siempre he
cumplido con mi obligación de padre, pues en reiteradas oportunidades el
recurrente entregó dinero en efectivo directamente a la demandante y de los
cuales se negó a firmar algún comprobante de pago. Asimismo, es falso lo que la
demandante alegaal decirque nosseparamosporincompatibilidadde caracteres;
dadoque me abandonoyse fue consunuevaparejaydesdeesafechahe cumplido
con mi obligación de padre; cubriendo las necesidades de mis hijos; ya que soy
seguridadde embarcacionespesquerasysolopercibo el salariomínimovital, para
lo cual adjunto copia de mis boletas de pago que me realiza mi empleadora;
agregandoque misdoshijosse encuentranaseguradospormi trabajoante ESsalud.
2. 3. Debo señalar señor Juez que También a lo referido a su vestimenta y todo lo
referente asueducacióncomoloes lamatrículaescolar,pensionesescolares,útiles
escolares, uniformes escolares, de acuerdo a mis posibilidades económicas, de la
pensiónalimenticiade S/300.00 Nuevossolesmensuales, debidoaestode ningún
modo he desatendido mis obligaciones alimentarías, asimismo se tenga en
consideraciónqueporcumplirconmisobligacionesnose pongaenriesgomipropia
subsistencia;lomásrazonableseríaque losgastosdealimentosyotrasnecesidades
del menor sea compartido también por la demandante en forma equitativa y
razonable; ya que es una mujer joven y que trabaja y tiene un sueldo mensual de
un mil solesconloscualesdebe tambiénaportaralaalimentaciónde mismenores
hijos; ya que por propia información d mis hijos, me manifiestan que los tiene
abandonados por dedicarle más tiempo a su nueva pareja y a mis hijos las deja
abandonados en varias ocasiones.
4. Que si es ciertotrabajoenla EmpresaSeguridadyServiciosGeneralesCONTRERAS
E.I.R.L. (Servicio de Vigilancia y Embarcaciones Pesqueras, Chatas, Plantas
Industriales y otros) con Ruc 20541756711; donde me desempeño personal de
seguridad. Pero es falso que perciba una remuneración de S/. 1500.00 soles
mensuales;yaque lo contradigolo dicho con mis propiasboletasenoriginal de la
empresa, en donde acredito que percibo el sueldo mínimo vital como
remuneración fija mensual la suma de S/. 850.00 soles; menos los descuentosde
ley(S/.110.00 Sistemade PensionesD.L.19990), quedandoel sueldonetoapagar
la suma de S/. 740.00 soles mensuales.
5. Señor Juez;debo de agregar que la demandante muy tiene conocimientoque yo
me encuentro al cuidado de mi anciana madre, quien tiene la enfermedad de
cáncer; la cual necesitacontante tratamiento médico y se trata en ESsalud, dado
que mi madre es pensionista,perola mísera pensiónque se le asigna no alcanza
para cubrir sus necesidades básicas, menos para su tratamiento médico, razón
por la cual es mi obligación moral y legal asistir también a mi señora madre que
ensu vida dio todo por mi; y enlo poco que me quedade mi salario puedocubrir
nuestra subsistencia tanto mía como la de mi madre que vive conmigo.
6. SeñorJuezel recurrente nose rehúsaa pasar una pensiónde alimentosafavorde
mismenoreshijos,sinomuyporel contrario,perosolicitoque al momentode fijar
el monto se tenga en cuenta el estado de necesidad y las posibilidades del
recurrente,asícomolasobligacionesque tiene lademandantecomomadre de mis
hijos; la misma que también está en la obligación legal y moral de ayudar con la
pensión de alimentos, dado que es una mujer joven de 36 años de edad, sin
incapacidad física ni psíquica, además que también trabaja y sé que gana un
aproximado de S/. 900.00 y no realiza trabajo doméstico a favor de mis hijos.
7. Señor Juez; el recurrente ofrece pasar lo que siempre he estadoaportando desde
hace más de un año,que eslasuma de S/.300.00 solesmensuales (S/.150.00 C/U)
y la demandante también debe de aportar con la suma de S/. 300.00 soles
mensuales;serianuntotal de S/. 600.00 solespara cubrir las necesidadesbásicas
de mis dos hijos.
8. Señor Juez; uno como padre debe de criar a sus hijos de acuerdo a la situación
económica de los ingresos económicos; y no aparentar vida de rico adinerado
cuando uno gana un sueldo básico; lo digo por la demandante, sabiendo nuestra
situación crítica, se empeñó en matricular a nuestros hijos en colegio particular,
habiendo muchos colegios estatales muy buenos, en los cuales se pueden ahorrar
3. el dinero de las pensionesde enseñanzasy matricula; pero por darse la ricachona,
matriculo a mis dos hijos en colegio particular, sin medir las consecuencias
económicas en contra de mis hijos; trayendo a colación toda esta situación de
reclamos y ahora demandas.
9. Por tales hechos señor Juez, llegando a una conclusión razonada, oportunamente
vuestro Despacho deberá fijar una pensión de alimentos razonable y equitativa,
conforme a las pruebas aportadas y a la crítica situación económica en la que me
encuentro, es justicia que espero alcanzar.
II. FUNDAMENTO JURIDICO:
Amparomi contestaciónenlodispuestoporlossiguientesArtículosde carácter Adjetivo
y Sustancial:
Artículos 130, 424, 425 y 442 del Código Procesal Civil; Referente a que mi
parte está dando estricto cumpliendo a los requisitos y anexos que debe
contener una contestación de demanda.
Artículo 565 del Código Procesal Civil; Que expone, el Juez no admitirá la
contestación si el demandado no acompaña la última declaración jurada
presentada para la aplicación de su impuesto a la renta o del documento que
legalmente la sustituye. De no estar obligado a la declaración citada,
acompañará una certificación jurada de sus ingresos, con firma legalizada;
Figura procesal que estoy cumpliendo adjuntando una Boleta de Pago.
El Artículo481 del CódigoCivil;Que señala:Losalimentosseregulanporel juez
enproporcióna las necesidades dequienlos pide y a las posibilidadesdel que
debe darlos, atendiendo además a las circunstancias personales de
ambos, especialmente a las obligaciones a que se halle sujeto el deudor.
III. MEDIOS PROBATORIOS:
1. Que, ofrezco el mérito de mis 3 ultimas boletas de pagos del mes
correspondientes a septiembre, Octubre y Noviembre, a fin de acreditar mi
sueldo de S/. 740.00.
2. Que, ofrezco el mérito de las copias de las Consultas externas ambulatoria en
ESsaludde mi señorMadre VílchezPradoMaría, quienpadece de CANCERyestá
enconstante tratamientomédico,afinde acreditarqueel recurrente tieneotras
obligaciones.
IV. ANEXOS:
1-A.- Copia de mi documento nacional de identidad.
1-B.- Tres (03) original de Boleta de pago correspondiente al mes de Setiembre,
octubre y noviembre.
1-C.- Arancel Judicial por concepto de ofrecimiento de pruebas.
4. 1-D.- Cedulas de Notificación.
POR TANTO:
Sírvase Ud.señorJuez,tenerporcontestadalademandayensuoportunidad señalaruna
pensión a favor de nuestros menores hijos con arreglo a ley.
PRIMER OTRO SI DIGO.- Que conforme al artículo 80° del Código Procesal Civil; Otorgo
poder en favor del Dr. Luis Alberto Carlos Pascual, para que ejerza las facultades de la
representaciónaque se refiere elartículo74° del CódigoProcesal Civil,porloque declaro
estar instruidode losalcancesde esta representaciónyque en este acto confiero,y que
mi domicilio procesal, casilla Judicial, y Casilla Electrónica es el indicado en la parte
introductoria del presente recurso.
SEGUNDOOTRO SÍ DIGO.- De conformidadalodispuestoporel Artículo133° del Código
Procesal Civil,adjuntocopiassuficientesdel presenterecursode losanexosparalaparte
contraria.
Santa,26 de diciembre del 2017
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CONTRERAS VILCHEZ WILFREDO
D.N.I Nº 40142390
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Luis Alberto Carlos Pascual
ABOGADO
CAS N° 1431