Norma Técnica 2015 - Normas y Orientaciones para el desarrollo del Año Escola...
Rol del docente de DA
1. ROL DEL DOCENTE ESPECIALISTA DE DIFICULTAD DE
APRENDIZAJE EN LAS AULAS INTEGRADAS
Asignatura: Prevención y Atención Temprana
Tutora: Virgilia Salas
Participantes:
Roa Lisbeth
C.I: 13.351.967
Semestre: IV
Educacion Especial
2. Los docentes especialistas en Dificultades de Aprendizaje que laboran en Las
Aulas Integradas, en las Unidades Psicoeducativas (UPE), y en los CENDA,
donde cada funcionario cumple con sus labores educativas específicas se
rigen por las políticas para la atención educativa integral de los alumnos con
Necesidades Educativas Especiales. Las mismas son emanadas del Ministerio
del Poder para la Educación a través de la Dirección de Educación Especial,
siendo éstas las siguientes:
1. ATENCIÓN PERIÓDICA: El Docente Especialista atenderá en forma
diferenciada a los alumnos que presenten dificultades de aprendizaje.
ROL DEL DOCENTE ESPECIALISTA DE
DIFICULTAD DE APRENDIZAJE EN LAS AULAS
INTEGRADAS
3. 2. COOPERACIÓN INTERDISCIPLINARIA: El docente especialista trabajará
conjuntamente con el docente de aula regular, para la aplicación y ejecución del
trabajo en el aula y como servicio de apoyo a los alumnos, docentes y familiares
del alumno integrado regularmente.
3. PROYECCIÓN A LA COMUNIDAD: El docente especialista hará extensiva sus
labores hacia los padres, representantes y comunidad local y regional, además de
realizar actividades intersectoriales que le permitan desarrollar una labor de
calidad
4. DE ACUERDO A DICHAS POLÍTICAS EL DOCENTE ESPECIALISTA DEBERÁ:
1. Establecer los días para atender permanentemente a los alumnos seleccionados
para brindarle el tratamiento en la tención diferenciada.
2. La asesoría técnica para aquellos docentes que lo requieran es de 45 minutos
diarios.
3. Servir de apoyo a los padres y representantes que lo requieran, a través de
orientaciones para superar las deficiencias presentadas por sus respectivos hijos y
según su disponibilidad.
5. 4. La matrícula del docente especialista no debe exceder de 25 alumnos.
5. Realizar, a partir del inicio del año escolar en toda la escuela, las observaciones del
desarrollo de los proyectos pedagógicos comunitarios. (P.E.I.C.E) y de aula (P.A) y aplicación
de pruebas diagnósticas para seleccionar a aquellos alumnos que serán llevados al Aula
Integrada para su tratamiento, recuperación e integración definitiva al Aula regular.
6. Hacer seguimiento a los alumnos integrados a través de visitas al aula regular,
observando al niño, entrevistándose con los docentes para conocer sus progresos y
comunicarse con los servicios de apoyo externo para la asesoría.
7. Brindarle atención durante todo el año escolar a los niños del centro de educación inicial
(C.E.I) que se encuentren dentro o cercano a la escuela donde presta sus servicios, previa
planificación.
6. 8. Cumplir con las políticas Intra e intersectorialidad de acuerdo a las necesidades
presentadas en el desarrollo de las actividades educativas.
9. Debido a la necesidad que existe de realizar un trabajo interdisciplinario (Docente
Especialista – Docente de aula regular), es importante que el docente especialista asista
a los talleres de capacitación ofrecidos por educación básica e inicial para realizar un
trabajo efectivo en función del educando.
10. Trabajar con los padres y representantes, a fin de lograr la integración de los mismos
en las labores educativas de sus representados.
11. El docente especialista expondrá al personal del plantel donde es asignado, su labor
a cumplir dentro y fuera de la institución, a través de una reunión inicial con el personal
directivo, docente, administrativo y obrero.
12. El docente especialista demostrará al personal de la escuela, su vocación de servicio
a través de un trabajo de calidad.
13. El docente especialista de aula integrada, buscará el acercamiento y apoyo con los
docentes de las aulas regulares.
7. 14. Debe organizar y ejecutar con los docentes de aula regular, actividades dentro y fuera
del plantel (Paseos, visitas a los diferentes organismos, instituciones y comunidad en
general.)
15. Debe darle cumplimiento a las actividades planificadas por el departamento de
educación especial.
16. Debe mantener un archivo con todos los recaudos a fin de poderlos ofrecer en el
momento en que le sean solicitados por su respectivo supervisor.
17. Debe informar al personal directivo de la institución, en caso de ausentarse para
cumplir con las labores concernientes a su trabajo y que no hayan sido planificadas.
8. 18. Debe integrarse en forma armoniosa, confiada y respetuosa a todas las actividades
planificadas por la dirección del plantel, dándole prioridad a las ya planificadas por el
departamento de educación especial.
19. Debe evaluar a los niños y niñas que serán atendidos de forma diferenciada de mutuo
acuerdo con el docente de aula regular, el padre, la madre o representantes.
20. El docente especialista en dificultad de aprendizaje demostrará al personal de la
institución donde trabaja, que el diagnóstico de los alumnos con necesidades educativas
especiales no puede hacerse sin fundamento y que algunas veces se deberá recurrir al
personal capacitado (Psicólogo, neurólogo, psiquiatra, pediatra, trabajador social etc).
21. Debe convencer a directivos, docentes, padres, madres y representantes de que el
principio y el fin de su trabajo son los alumnos y, por lo tanto, ha sido enviado a esa
institución educativa para garantizar sus derechos y abocarse a su atención y preparación
para lograr su completa integración.
9. 22. El docente especialista en dificultad de aprendizaje, debe asistir obligatoriamente a los
consejos técnicos del área, planificados por el departamento de educación especial.
23. Debe cumplir cabalmente con los recaudos exigidos en las fechas acordadas y elaborar su
cronograma de atención y entregárselo al personal directivo. También debe mantener una
cartelera informativa en su salón de clases.
24. Debe contar con un espacio físico acorde para realizar su trabajo. El personal directivo,
administrativo y obrero deberán ofrecer respeto, apoyo y consideración hacia la labor
educativa del docente especialista en dificultad de aprendizaje.
25. No es obligación del docente especialista hacer lunes cívico, hacer guardias ni servir como
suplentes en los planteles.