Este documento resume los principales aspectos del IVA en las operaciones de comercio exterior en la Unión Europea. Explica las diferencias entre las operaciones intracomunitarias, las importaciones desde terceros países y las operaciones asimiladas a la importación. Detalla conceptos como la base imponible, los tipos de IVA, los sujetos pasivos y la documentación requerida para cada tipo de operación.
3. El IVA en las operaciones intracomunitarias
Concepto.
Hecho imponible.
Exenciones.
Base imponible, tipos y sujeto pasivo.
El IVA en la prestación de servicios intracomunitarios.
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4. Concepto.
La creación del mercado único el 1 de enero de
1993 supuso el fin de los controles fronterizos y
el inicio de la libre circulación de bienes
personas y cosas.
Desde ese momento dejaron de tener sentido el
concepto EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN
entre los estados miembros. (Ley 37/92
Reguladora del IVA, en adelante LIVA)
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5. Concepto.
Tributación en origen
En un principio se estudió la posibilidad de tributación
en origen, aplicando los criterios habituales del IVA.
Se descarto por las diferencias de tipo de cambio
entre monedas y la ausencia de un Banco Central
Europeo que controlara las compensaciones.
Las directivas europeas establecieron un periodo
inicial hasta 31 de diciembre de 1996, periodo que
sigue vigente
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6. Concepto.
Tributación en destino
Las entregas intracomunitarias estarán exentas en
origen, mientras que la correlativa entrega lo estará
en destino, siempre que la operación se realice entre
empresarios.
Si no se tiene la condición de empresario la
operación estará gravada y no exenta en origen y
exenta en destino.
(Ley 37/92 Reguladora del IVA, en adelante LIVA)
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7. Concepto.
Por lo tanto, siguiendo el artículo 15 de LIVA
podemos definir las adquisiciones
intracomunitarias como “la obtención del poder
de disposición sobre bienes corporales
muebles, expedidos, o transportados al territorio
de aplicación del impuesto, con destino al
adquiriente, desde otro Estado miembro por el
transmitente, el propio adquiriente, o un tercero
en nombre de los anteriores”
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8. Hecho imponible
Diseccionemos el Art 15 de LIVA
Una entrega de bienes corporales
Poder de disposición
Operaciones a titulo oneroso
Imprescindible existencia de un transporte intra
europeo
Adquisición por un empresario o profesional
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9. Exenciones
Adquisiciones excluidas (bienes usados)
Regímenes particulares.( agricultura y pesca)
Régimen particular de venta a distancia (tributan
siempre en origen)
Entregas de bienes dirigidas a otros Estados
miembro (cualquier exportación)
Exenciones en las adquisiciones intracomunitarias de
bienes (las adquisiciones triangulares)
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10. Base imponible, tipos y sujeto pasivo.
Art 82 LIVA
La base imponible estará constituida por el importe
de la contraprestación a satisfacer por el adquiriente.
Los tipos serán los mismos que el IVA interior, es
decir los recogidos en los artículos 90 y 91 de LIVA
El sujeto pasivo siempre será el adquirente.
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11. Operativa.
La operativa de una operación intracomunitaria
comprende los siguientes pasos:
• La empresa española ha obtenido un NIF intracomunitario
con anterioridad a la operación y se lo comunica a su
proveedor intracomunitario
• El proveedor comunitario emite una factura por valor del
importe de la facturación sin IVA
• La empresa española recibe la mercancía y debe ahora
repercutirse el IVA como sujeto pasivo
• La empresa española hace su auto factura y se repercute el
IVA a la mercancía que ha adquirido y así quedara reflejado
en su modelo 300 de ingreso trimestral
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12. AUTO FACTURA
Compra por valor de 10.000 euros
IVA auto repercutido 2.100 euros
IVA Soportado 0 (ejemplo)
Cantidad a Ingresar 2.100
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13. El IVA en la prestación de servicios
intracomunitarios
Los servicios no están regulados específicamente en
su vertiente intracomunitaria.
La regla general es que se pagan en origen
Solo en el caso de empresarios se tributaran en
destino
Se produce la “inversión del sujeto pasivo” pues es el
destinatario de ellos es el obligado a auto liquidarse
el impuesto, para posteriormente deducirse las
cuotas ingresadas.
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14. AUTO FACTURA
Asesoría internacional 20.000 euros
IVA auto repercutido 4.200 euros
IVA Soportado 0 (ejemplo)
Cantidad a Ingresar 4.200
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15. EL IVA EN LAS OPERACIONES CON
TERCEROS PAÍSES
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16. Concepto
El artículo 18 de la LIVA define la importación
como “la entrada física de bienes en el territorio
de aplicación del impuesto” por lo tanto
Solo afecta a las mercancías no a los servicios
Es intrascendente el fin al que se destinan los bienes
importados
Los bienes no han de ser comunitarios, ni
comunitarizados, es decir ya introducidos en el
territorio común por un tercer país
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17. Hecho imponible
En los países de la UE existen áreas exentas donde
los bienes pueden entrar sin satisfacer derechos
arancelarios e IVA, Están reguladas en los artículos
23 y 24 de la LIVA, por lo tanto la importación se
produce cuando esos bienes abandonan esas áreas
y entran en el resto de la UE
Existen productos de importación no sujetos a IVA
según el artículo 19 de LIVA, como la importación de
repuestos para buques que realicen navegación
internacional, pero tendrían que tributar si pasaran a
navegar entre países comunitarios
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18. Exenciones
• Exenciones de las importaciones cuya entrega interior
estuviese exenta
• Exenciones de las importaciones definitivas de bienes con
franquicia arancelaria, por ejemplo importación de bienes
personales por traslado de residencia habitual desde un país
tercero, importación de bienes de un viajero, o importación
de bienes de escaso valor
• Exención de importación de productos de pesca
• Exención de importaciones de bienes en régimen
diplomático o consular, y las destinadas a organismos
internacionales
• Exenciones técnicas para evitar la doble imposición
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19. Base imponible y tipos.
La base imponible de las importaciones viene
recogida en el artículo 83 de la LIVA y esta
constituida por el valor de aduana de los productos
importados, determinado en el acuerdo de valoración
del GATT recogido en el código aduanero
comunitario artículos 29 a 32 y definido en su
procedimiento principal como el valor de transacción
que es:
“El precio efectivamente pagado o por pagar de las
mercancías importadas (normalmente el precio de
factura) pactado entre vendedor y comprador”
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20. A este valor hay que añadir ciertos gastos
accesorios como:
• Comisiones de venta
• Coste de embalaje y envase
• Gastos de transporte, carga y seguro hasta el
lugar de entrada
• Cánones y derechos de licencia
• Valor de los productos entregados por el vendedor
gratuitamente
• Participaciones en el precio de reventa que
reviertan en el vendedor
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21. Una vez determinado el valor de aduana se han de
añadir a dicho concepto
• Los derechos impuestos, exacciones y demás gravámenes a
excepción de los derechos arancelarios
• Los gastos accesorios como las comisiones, gastos de
transporte, envases y embalajes hasta el primer destino en
la UE que será el que figure en la carta de porte, de no
existir será aquel en el que se produzca la primera
desagregación de la mercancía en la UE
Los tipos impositivos en las importaciones serán los
mismos que para el IVA interior y el IVA de las
operaciones intracomunitarias, es decir los recogidos
en los artículos 90 y 91 de la LIVA
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22. Sujeto pasivo.
Con carácter general se dispone como sujeto pasivos
del impuesto quienes realicen las importaciones sin
excepción alguna
Es decir el importador es siempre sujeto pasivo con
independencia de su condición de empresario o no y
del fin al que se destinan los bienes importados, sea
este para consumo particular o una actividad
económica
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23. Operativa
Se consideraran importadores
1) Los destinatarios de los bienes importados
2) Los viajeros para los bienes que entren en el
territorio de aplicación del impuesto
3)Los propietarios de los bienes
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24. • 1) Hallar la base imponible de los derechos de arancel de la
importación, incluyendo los gastos accesorios mencionados
anteriormente
• 2) Calcular la cuota correspondiente a los derecho de
arancel, y en su caso a los impuestos especiales
• 3) Calcular la base imponible del IVA a la importación a partir
del valor en aduana de las mercancías importadas
• 4) Añadir los conceptos que no estén comprendidos en la
base imponible expuestos anteriormente
• 5) Aplicar los tipos respectivos para obtener la cuota del IVA
a la importación
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25. EL IVA EN LAS OPERACIONES
ASIMILADAS A LA IMPORTACIÓN.
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26. Concepto
Se consideran asimiladas a las importaciones las
salidas de las áreas exentas de los bienes que en su
entrada se beneficiaron de la exención establecida en
el artículo 36.1 de LIVA
Se trata de establecer la neutralidad del impuesto
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27. Base imponible, tipos y sujeto pasivo.
La base imponible será la de la ultima transacción
exenta, añadiéndolo los gastos y servicios realizados
al amparo de los regímenes considerados exentos
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28. Operativa
La operativa del IVA en una operación asimilada a la
importación puede comprenderse a través del
siguiente ejemplo
• Una empresa alemana factura 100 camisas a 5 euros. 500
euros sin IVA, y la empresa española hace lo siguiente
• Presenta un DUA simplificado para que le autoricen la
entrada de la mercancía en su almacén
• No se produce la auto repercusión del IVA
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29. Operativa
Vende diez camisas a un cliente de Murcia
Factura esas 10 camisas a 10 euros y les repercute
el correspondiente IVA del 21 %
Devenga el IVA de las 10 camisas a 5 euros que
incluye en un modelo 380 para pagar el iva
La diferencia entre el soportado y repercutido será
deducida en su declaración 300
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31. La documentación que hay que presentar en la
declaración de IVA de las operaciones de
comercio exterior es la siguiente:
N.I.F. intracomunitario
Declaración de operaciones intracomunitarias
Declaración de operaciones con terceros países
Declaración de operaciones asimiladas a las
importaciones.
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