SlideShare uma empresa Scribd logo
1 de 10
Baixar para ler offline
1
Jose Martos - Interforo Abogados Madrid
Organización común de mercados (OCM) de los productos agrarios, sector vitivinícola
Reglamento (UE) Nª 1308/2013 - Segunda Parte -
Plantaciones de vid, prácticas enológicas y variedades de uva para vinificación.
(Diario Oficial de la Unión Europea de 20 de diciembre de 2013, L 347; https://www.boe.es/doue/2013/347/L00671-00854.pdf)
I.- INTRODUCCIÓN.
Mediante el Reglamento de la Unión Europea (UE) Nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de
2013 ("Reglamento"), se aprueba el nuevo régimen legal de la organización común de mercados (OCM) de los productos agrarios
y se deroga los reglamentos de la Comunidad Económica Europea (CEE) números 922/72, 234/79, 1037/2001 y 1234/2007, que
regulaban anteriormente la OCM.
De este modo, el Reglamento pasa a ser el eje sobre el que debe girar toda la legislación sobre el sector vitivinícola, de modo tal
que ninguna norma ya sea de la Unión Europea, del estado español, de las comunidades autónomas o de los consejos reguladores
puede ir en contra de lo previsto en el Reglamento.
Por lo respecta al sector vitivinícola, el Reglamento regula esencialmente las siguientes materias:
 Programas de apoyo en el sector vitivinícola;
 Régimen de autorizaciones para plantaciones de vid, las prácticas enológicas y las variedades de uva de vinificación;
 Denominaciones de origen, indicaciones geográficas, y términos tradicionales en el sector vitivinícola; y
 Etiquetado y presentación en el sector vitivinícola.
2
Jose Martos - Interforo Abogados Madrid
En esta presentación se va a analizar exclusivamente (i) el régimen de autorizaciones para plantaciones de vid, (ii) las prácticas
enológicas y (iii) las variedades de uva de vinificación; dejándose para otras presentaciones el análisis de las restantes materias
del Reglamento.
II.- RÉGIMEN DE AUTORIZACIONES PARA PLANTACIONES DE VID.
Introducción: la normativa española estatal sobre esta materia está desarrollada en el Real Decreto 1244/2008, de 18 de julio, por
el que se regula el potencial de producción vitícola.
Adicionalmente, la mayoría de las Comunidades Autónomas que poseen un sector vitivinícola relevante tienen su propia normativa
específica sobre la misma materia, como es el caso, entre otras, de Castilla y León (Decreto 51/2006, de 20 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley de la Viña y del Vino de Castilla y León), Castilla La-Mancha (Orden de 20/07/2012, de la
Consejería de Agricultura, por la que se regula el potencial vitícola de Castilla-La Mancha), Extremadura (Decreto 89/2009, de 24
de abril, por el que se desarrollan las normas que regulan el potencial de producción vitícola en la Comunidad Autónoma de
Extremadura) y Valencia (Ley 2/2005, de 27 de mayo, de la Generalitat, de Ordenación del Sector Vitivinícola de la Comunidad
Valenciana).
2.1.- Gestión del régimen de autorizaciones para plantaciones de vid.
2.1.1.-Autorizaciones.
Las vides de las variedades de uva de vinificación podrán ser plantadas o replantadas únicamente si se concede una
autorización administrativa.
Los Estados miembros concederán la autorización administrativa, correspondiente a una superficie específica expresada en
hectáreas, previa presentación por parte de los productores de una solicitud que cumpla con los criterios de admisibilidad objetivos
y no discriminatorios. Dicha autorización será concedida sin coste para los productores.
3
Jose Martos - Interforo Abogados Madrid
Las autorizaciones administrativas serán válidas por un periodo de 3 años. Los productores que no hayan utilizado la
autorización en ese periodo, serán objeto de las sanciones.
Este régimen de autorizaciones no aplica, entre otros, a superficies destinadas a fines experimentales o al cultivo de viñas madres
de injertos, y a las superficies cuyo vino o productos vitivinícolas estén destinados exclusivamente al autoconsumo del viticultor.
2.1.2.-Mecanismos de salvaguardia para nuevas plantaciones.
Los Estados miembros pondrán a disposición, cada año, autorizaciones para nuevas plantaciones correspondientes al 1 % de
toda la superficie realmente plantada con vid en su territorio.
Los Estados miembros podrán:
a) Aplicar un porcentaje menor al 1%; y/o
b) Limitar la expedición de autorizaciones a nivel regional, para superficies que puedan optar a la producción de vinos con (i)
denominación de origen protegida, (ii) indicación geográfica protegida o (iii) sin indicación geográfica.
Cualquiera de las limitaciones anteriores deberán contribuir a una expansión ordenada de las plantaciones de vid, dar lugar a un
crecimiento por encima del 0 % y justificarse en uno o varios de los siguientes motivos específicos:
a) La necesidad de evitar el riesgo claramente demostrado de oferta excesiva de productos vinícolas; y/o
b) la necesidad de evitar un riesgo bien demostrado de devaluación significativa de una denominación de origen protegida o
indicación geográfica protegida.
2.1.3.-Concesión de autorizaciones para nuevas plantaciones.
4
Jose Martos - Interforo Abogados Madrid
Si la superficie total cubierta por las solicitudes admisibles, no excede la superficie puesta a disposición por el Estado miembro, se
aceptarán todas las solicitudes siguiendo criterios de admisibilidad objetivos y no discriminatorios.
Si la superficie total cubierta por las solicitudes admisibles supera a la superficie puesta a disposición por los Estados miembros,
las autorizaciones se concederán de acuerdo a una distribución proporcional de hectáreas a todos los solicitantes sobre la base de
la superficie para la que hayan solicitado la autorización. También podrá procederse a dicha concesión parcial o totalmente de
acuerdo con uno o varios de los siguientes criterios de prioridad objetivos y no discriminatorios:
a) que los productores planten vides por primera vez (nuevos viticultores);
b) que se trate de superficies donde los viñedos contribuyan a la preservación del medio ambiente;
c) que se trate de superficies para replantación en el marco de proyectos de concentración parcelaria;
d) que se trate de superficies con limitaciones específicas naturales o de otro tipo;
e) la sostenibilidad de los proyectos de desarrollo sobre la base de una evaluación económica;
f) que se trate de superficies para replantación que contribuyan a aumentar la competitividad en una explotación agrícola a escala
regional;
g) el potencial para mejorar la calidad de los productos con indicaciones geográficas; y/o
h) que se trate de superficies para replantación en el marco del incremento del tamaño de las pequeñas y medianas explotaciones.
2.1.4.- Replantaciones.
5
Jose Martos - Interforo Abogados Madrid
Los Estados miembros concederán de forma automática una autorización a los productores que hayan arrancado una
superficie de vides a partir del 1 de enero de 2016 y hayan presentado una solicitud. Las superficies cubiertas por dicha
autorización no serán contadas a efectos del apartado 2.1.2 anterior ("Mecanismos de salvaguardia para nuevas plantaciones").
Los Estados miembros pueden conceder la autorización de replantación indicada en el párrafo anterior, si el arranque de la
superficie se lleva a cabo, como muy tarde, al término de la cuarta campaña siguiente a la plantación de las nuevas vides.
La autorización de replantación será utilizada en la misma explotación donde se realizó el arranque. En las superficies que puedan
optar a la producción de vinos con denominaciones de origen protegidas e indicaciones geográficas protegidas, los Estados
miembros podrán restringir la replantación de vides que cumplan con la misma denominación de origen protegida o especificación
de indicación geográfica que la superficie arrancada.
El régimen de autorizaciones para replantaciones ahora indicado no aplicará en el caso de arranque de plantaciones no autorizadas.
2.1.5.-Régimen transitorio.
Los derechos de plantación concedidos a productores antes del 31 de diciembre de 2015, que no hayan sido utilizados por
dichos productores y sean todavía válidos a esa fecha, podrán convertirse en autorizaciones con arreglo a lo indicado en el
apartado 2.1 de esta presentación a partir del 1 de enero de 2016. Dicha conversión tendrá lugar previa petición.
Las autorizaciones concedidas tendrán el mismo periodo de validez que los derechos de plantación contemplados en el párrafo
anterior.
Las superficies cubiertas por las autorizaciones concedidas con arreglo a lo previsto en este apartado 2.1.5, no serán contadas a
efectos del apartado 2.1.2 anterior ("Mecanismos de salvaguardia para nuevas plantaciones").
2.2.- Control del régimen de autorizaciones para nuevas plantaciones de vid. Plantaciones no autorizadas.
6
Jose Martos - Interforo Abogados Madrid
Los productores arrancarán, asumiendo el coste, las parcelas plantadas de vides que no dispongan de autorización.
Si los productores no arrancan las vides en el plazo de cuatro meses a partir de la fecha de notificación de la irregularidad, los
Estados miembros garantizarán el arranque de dicha plantación no autorizada en un plazo de dos años a partir de la fecha de
finalización del periodo de cuatro meses. Los costes derivados irán a cargo de los productores de que se trate.
Los productores que no hayan cumplido la obligación de arrancar las vides serán objeto de sanciones.
Las parcelas plantadas con vid sin autorización no tendrán derecho a ayudas o subvenciones.
III.- PRÁCTICAS ENOLÓGICAS.
Introducción: esta materia se encuentra desarrollada casi en su integridad en el Reglamento (CE) Nº 606/2009 de la Comisión de
10 de julio de 2009 que fija determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) Nº 479/2008 del Consejo en lo relativo
a las categorías de productos vitícolas, las prácticas enológicas y las restricciones aplicables. Este reglamento de la CE ha sufrido
numerosos cambios y se puede acceder a su texto en: http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/ALL/?uri=CELEX:32009R0606
3.1. En la producción y conservación de los productos vitícolas solo podrán utilizarse en la Unión las prácticas enológicas
autorizadas de acuerdo con el Reglamento de la Unión Europea (UE) Nº 1308/2013 y en especial su anexo VIII, y en el
Reglamento (CE) Nº 606/2009 antes indicado.
Lo anterior no aplicará a:
a) el zumo de uva y el zumo de uva concentrado; y
b) el mosto de uva y el mosto de uva concentrado destinados a la elaboración de zumo de uva.
7
Jose Martos - Interforo Abogados Madrid
Las prácticas enológicas autorizadas solo podrán utilizarse para garantizar una buena vinificación, una buena
conservación o una crianza adecuada del producto.
Los productos vitícolas, deberán producirse en la Unión con arreglo a las prácticas enológicas establecidas en el anexo VIII.
3.2. Los productos vitícolas no podrán comercializarse en la Unión Europea cuando:
a) se hayan sometido a prácticas enológicas no autorizadas en la Unión Europea;
b) se hayan sometido a prácticas enológicas nacionales no autorizadas; o
c) infrinjan las normas establecidas en el anexo VIII.
Los productos vitivinícolas no comercializables de conformidad con lo previsto en este apartado 3 serán destruidos. Como
excepción a esta norma, los Estados miembros podrán permitir que algunos de esos productos, se utilicen por destilerías o
fábricas de vinagre o para uso industrial.
3.3. Cuando la Comisión autorice las prácticas enológicas:
a) tendrá en cuenta las prácticas enológicas y los métodos de análisis recomendados y publicados por la Organización
Internacional de la Viña y el Vino (OIV), así como los resultados del uso experimental de prácticas enológicas todavía no
autorizadas;
b) tendrá en cuenta la protección de la salud humana;
c) tendrá presentes los posibles riesgos de inducir a error al consumidor;
8
Jose Martos - Interforo Abogados Madrid
d) permitirá la preservación de las características naturales y fundamentales del vino sin que se produzca una modificación
importante en su composición;
e) garantizará un nivel mínimo aceptable de protección medioambiental; y
f) respetará las normas generales sobre prácticas enológicas establecidas en el anexo VIII.
3.4. Disposiciones nacionales aplicables a determinados productos y sectores. Los Estados miembros podrán limitar o prohibir la
utilización de determinadas prácticas enológicas y establecer restricciones más severas para los vinos autorizados por la normativa
de la Unión Europea producidos en su territorio, con el fin de asegurar el mantenimiento de las características esenciales de los
vinos con denominación de origen protegida o indicación geográfica protegida, de los vinos espumosos y los vinos de licor.
IV.- VARIEDADES DE UVA DE VINIFICACIÓN.
Introducción: Esta materia se regula en el Anexo XXI al Real Decreto 1244/2008, de 18 de julio, por el que se regula el potencial de
producción vitícola, anexo del que se puede ver una versión actualizada a 15 de abril de 2014 en:
http://www.boe.es/boe/dias/2014/04/15/pdfs/BOE-A-2014-4064.pdf
4.1. Los productos vitícolas producidos en la Unión deberán elaborarse con variedades de uva de vinificación que sean
clasificables. Los Estados miembros deberán clasificar las variedades de uva de vinificación que se podrán plantar, replantar o
injertar en sus territorios para la producción de vino.
4.2. Los Estados miembros solo podrán incluir en la clasificación las variedades de uva de vinificación que cumplan las
condiciones siguientes:
9
Jose Martos - Interforo Abogados Madrid
a) la variedad en cuestión pertenece a la especie Vitis vinifera o procede de un cruce entre la especie Vitis vinifera y otras especies
del género Vitis;
b) la variedad no es una de las siguientes: Noah, Othello, Isabelle, Jacquez, Clinton y Herbemont.
En caso de que una variedad de uva de vinificación se suprima de la clasificación a que se refiere el apartado 4.1, se procederá a
su arranque en el plazo de quince años a partir de su supresión.
4.3. Los Estados miembros podrán autorizar la plantación, la replantación o el injerto de variedades de uva de vinificación para
investigación científica y experimentación.
4.4. Deberán arrancarse las superficies plantadas con variedades de uva de vinificación para la producción de vino
contraviniendo, entre otros, lo dispuesto en los apartados 4.2 y 4.3 anteriores.
4.5. Utilización específica del vino no conforme a las categorías enumeradas en el anexo VII, parte II, del Reglamento. Salvo
para los vinos embotellados de los que pueda probarse que el embotellado es anterior al 1 de septiembre de 1971, todos aquellos
que no hayan sido elaborados con variedades de uva de vinificación clasificada, solo podrá utilizarse para el autoconsumo, la
producción de vinagre de vino o la destilación.
V.- FECHA DE APLICACIÓN DEL REGLAMENTO.
El Reglamento será de aplicación desde el 1 de enero de 2014.
José Martos Martínez
Abogado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid
email: martosmartinezjose@gmail.com
Interforo Abogados
http://www.interforoabogados.com
10
Jose Martos - Interforo Abogados Madrid
C/ Conde de Xiquena núm. 13 2º Dcha.
28004 - Madrid
Advertencia: Esta presentación contiene información meramente divulgativa sobre el Reglamento (UE) Nº 1308/2013 Del Parlamento Europeo y del Consejo
de 17 de diciembre de 2013 por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos
(CEE) nº 922/72, (CEE) nº 234/79, (CE) nº 1037/2001 y (CE) nº 1234/2007.
La información contenida en la presentación no constituye asesoramiento legal.
No se garantiza que la información contenida en la presentación sea completa.

Mais conteúdo relacionado

Semelhante a Reglamento Uunión Europea 1308/2013 programas de apoyo en el sector vitivinícola II parte

Derechos Plantación Reserva Regional Extremadura 2014
Derechos Plantación Reserva Regional Extremadura 2014Derechos Plantación Reserva Regional Extremadura 2014
Derechos Plantación Reserva Regional Extremadura 2014Jose Martos
 
Reglamento Unión Europea 1308/2013 denominaciones de origen, indicaciones geo...
Reglamento Unión Europea 1308/2013 denominaciones de origen, indicaciones geo...Reglamento Unión Europea 1308/2013 denominaciones de origen, indicaciones geo...
Reglamento Unión Europea 1308/2013 denominaciones de origen, indicaciones geo...Jose Martos
 
Concesión y adjudicación derechos de plantación reserva regional Comunidad Va...
Concesión y adjudicación derechos de plantación reserva regional Comunidad Va...Concesión y adjudicación derechos de plantación reserva regional Comunidad Va...
Concesión y adjudicación derechos de plantación reserva regional Comunidad Va...Jose Martos
 
Medidas del programa de apoyo 2014 2018 al sector vitivinícola español presen...
Medidas del programa de apoyo 2014 2018 al sector vitivinícola español presen...Medidas del programa de apoyo 2014 2018 al sector vitivinícola español presen...
Medidas del programa de apoyo 2014 2018 al sector vitivinícola español presen...Jose Martos
 
Norma de comercialización en el sector del vino y norma especial campaña 2013...
Norma de comercialización en el sector del vino y norma especial campaña 2013...Norma de comercialización en el sector del vino y norma especial campaña 2013...
Norma de comercialización en el sector del vino y norma especial campaña 2013...Jose Martos
 
Medidas de apoyo a explotaciones vitivinícolas afectadas por la sequía presen...
Medidas de apoyo a explotaciones vitivinícolas afectadas por la sequía presen...Medidas de apoyo a explotaciones vitivinícolas afectadas por la sequía presen...
Medidas de apoyo a explotaciones vitivinícolas afectadas por la sequía presen...Jose Martos
 
Boletín informativo octubre 2013 noticias jurídicas de la industria vitivinícola
Boletín informativo octubre 2013 noticias jurídicas de la industria vitivinícolaBoletín informativo octubre 2013 noticias jurídicas de la industria vitivinícola
Boletín informativo octubre 2013 noticias jurídicas de la industria vitivinícolaJose Martos
 
Boletín informativo noticias jurídicas sector vitivinícola mayo 2014
Boletín informativo noticias jurídicas sector vitivinícola mayo 2014Boletín informativo noticias jurídicas sector vitivinícola mayo 2014
Boletín informativo noticias jurídicas sector vitivinícola mayo 2014Jose Martos
 
Planes y ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedos en Castilla ...
Planes y ayudas a la  reestructuración y reconversión de viñedos en Castilla ...Planes y ayudas a la  reestructuración y reconversión de viñedos en Castilla ...
Planes y ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedos en Castilla ...Jose Martos
 
Planes de reestructuración y reconversión de viñedo de castilla la mancha pre...
Planes de reestructuración y reconversión de viñedo de castilla la mancha pre...Planes de reestructuración y reconversión de viñedo de castilla la mancha pre...
Planes de reestructuración y reconversión de viñedo de castilla la mancha pre...Jose Martos
 
Boletín informativo noticias jurídicas sector vitivinícola julio agosto 2014
Boletín informativo noticias jurídicas sector vitivinícola julio agosto 2014Boletín informativo noticias jurídicas sector vitivinícola julio agosto 2014
Boletín informativo noticias jurídicas sector vitivinícola julio agosto 2014Jose Martos
 
JUAN QUINO LUNA ACUERDO DE ALCANCE SEMILLAS.pptx
JUAN QUINO LUNA  ACUERDO DE ALCANCE SEMILLAS.pptxJUAN QUINO LUNA  ACUERDO DE ALCANCE SEMILLAS.pptx
JUAN QUINO LUNA ACUERDO DE ALCANCE SEMILLAS.pptxJuanQuinoluna
 
Boletín informativo de la industria vitivinícola septiembre 2014
Boletín informativo de la industria vitivinícola septiembre 2014Boletín informativo de la industria vitivinícola septiembre 2014
Boletín informativo de la industria vitivinícola septiembre 2014Jose Martos
 
Ley 6 2013, de 14 de noviembre de derogación de la ley de viña y el vino de C...
Ley 6 2013, de 14 de noviembre de derogación de la ley de viña y el vino de C...Ley 6 2013, de 14 de noviembre de derogación de la ley de viña y el vino de C...
Ley 6 2013, de 14 de noviembre de derogación de la ley de viña y el vino de C...Jose Martos
 
Planes y ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedos en la comuni...
Planes y ayudas a la  reestructuración y reconversión de viñedos en la comuni...Planes y ayudas a la  reestructuración y reconversión de viñedos en la comuni...
Planes y ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedos en la comuni...Jose Martos
 
Decreto Reglamentario Ley Fruticola
Decreto Reglamentario Ley FruticolaDecreto Reglamentario Ley Fruticola
Decreto Reglamentario Ley Fruticolaguest86fccb
 
Decreto reglamentario ley fruticola
Decreto reglamentario ley fruticolaDecreto reglamentario ley fruticola
Decreto reglamentario ley fruticolaguest86fccb
 

Semelhante a Reglamento Uunión Europea 1308/2013 programas de apoyo en el sector vitivinícola II parte (20)

Derechos Plantación Reserva Regional Extremadura 2014
Derechos Plantación Reserva Regional Extremadura 2014Derechos Plantación Reserva Regional Extremadura 2014
Derechos Plantación Reserva Regional Extremadura 2014
 
Reglamento Unión Europea 1308/2013 denominaciones de origen, indicaciones geo...
Reglamento Unión Europea 1308/2013 denominaciones de origen, indicaciones geo...Reglamento Unión Europea 1308/2013 denominaciones de origen, indicaciones geo...
Reglamento Unión Europea 1308/2013 denominaciones de origen, indicaciones geo...
 
Orden 19 05_1992
Orden 19 05_1992Orden 19 05_1992
Orden 19 05_1992
 
Concesión y adjudicación derechos de plantación reserva regional Comunidad Va...
Concesión y adjudicación derechos de plantación reserva regional Comunidad Va...Concesión y adjudicación derechos de plantación reserva regional Comunidad Va...
Concesión y adjudicación derechos de plantación reserva regional Comunidad Va...
 
Medidas del programa de apoyo 2014 2018 al sector vitivinícola español presen...
Medidas del programa de apoyo 2014 2018 al sector vitivinícola español presen...Medidas del programa de apoyo 2014 2018 al sector vitivinícola español presen...
Medidas del programa de apoyo 2014 2018 al sector vitivinícola español presen...
 
Norma de comercialización en el sector del vino y norma especial campaña 2013...
Norma de comercialización en el sector del vino y norma especial campaña 2013...Norma de comercialización en el sector del vino y norma especial campaña 2013...
Norma de comercialización en el sector del vino y norma especial campaña 2013...
 
Orden 15-07-2010 para la regulacion del control existencias
Orden 15-07-2010 para la regulacion del control existenciasOrden 15-07-2010 para la regulacion del control existencias
Orden 15-07-2010 para la regulacion del control existencias
 
Medidas de apoyo a explotaciones vitivinícolas afectadas por la sequía presen...
Medidas de apoyo a explotaciones vitivinícolas afectadas por la sequía presen...Medidas de apoyo a explotaciones vitivinícolas afectadas por la sequía presen...
Medidas de apoyo a explotaciones vitivinícolas afectadas por la sequía presen...
 
Boe a-2013-9484 (1)
Boe a-2013-9484 (1)Boe a-2013-9484 (1)
Boe a-2013-9484 (1)
 
Boletín informativo octubre 2013 noticias jurídicas de la industria vitivinícola
Boletín informativo octubre 2013 noticias jurídicas de la industria vitivinícolaBoletín informativo octubre 2013 noticias jurídicas de la industria vitivinícola
Boletín informativo octubre 2013 noticias jurídicas de la industria vitivinícola
 
Boletín informativo noticias jurídicas sector vitivinícola mayo 2014
Boletín informativo noticias jurídicas sector vitivinícola mayo 2014Boletín informativo noticias jurídicas sector vitivinícola mayo 2014
Boletín informativo noticias jurídicas sector vitivinícola mayo 2014
 
Planes y ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedos en Castilla ...
Planes y ayudas a la  reestructuración y reconversión de viñedos en Castilla ...Planes y ayudas a la  reestructuración y reconversión de viñedos en Castilla ...
Planes y ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedos en Castilla ...
 
Planes de reestructuración y reconversión de viñedo de castilla la mancha pre...
Planes de reestructuración y reconversión de viñedo de castilla la mancha pre...Planes de reestructuración y reconversión de viñedo de castilla la mancha pre...
Planes de reestructuración y reconversión de viñedo de castilla la mancha pre...
 
Boletín informativo noticias jurídicas sector vitivinícola julio agosto 2014
Boletín informativo noticias jurídicas sector vitivinícola julio agosto 2014Boletín informativo noticias jurídicas sector vitivinícola julio agosto 2014
Boletín informativo noticias jurídicas sector vitivinícola julio agosto 2014
 
JUAN QUINO LUNA ACUERDO DE ALCANCE SEMILLAS.pptx
JUAN QUINO LUNA  ACUERDO DE ALCANCE SEMILLAS.pptxJUAN QUINO LUNA  ACUERDO DE ALCANCE SEMILLAS.pptx
JUAN QUINO LUNA ACUERDO DE ALCANCE SEMILLAS.pptx
 
Boletín informativo de la industria vitivinícola septiembre 2014
Boletín informativo de la industria vitivinícola septiembre 2014Boletín informativo de la industria vitivinícola septiembre 2014
Boletín informativo de la industria vitivinícola septiembre 2014
 
Ley 6 2013, de 14 de noviembre de derogación de la ley de viña y el vino de C...
Ley 6 2013, de 14 de noviembre de derogación de la ley de viña y el vino de C...Ley 6 2013, de 14 de noviembre de derogación de la ley de viña y el vino de C...
Ley 6 2013, de 14 de noviembre de derogación de la ley de viña y el vino de C...
 
Planes y ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedos en la comuni...
Planes y ayudas a la  reestructuración y reconversión de viñedos en la comuni...Planes y ayudas a la  reestructuración y reconversión de viñedos en la comuni...
Planes y ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedos en la comuni...
 
Decreto Reglamentario Ley Fruticola
Decreto Reglamentario Ley FruticolaDecreto Reglamentario Ley Fruticola
Decreto Reglamentario Ley Fruticola
 
Decreto reglamentario ley fruticola
Decreto reglamentario ley fruticolaDecreto reglamentario ley fruticola
Decreto reglamentario ley fruticola
 

Mais de Jose Martos

Marcas para identificar vinos 10 casos
Marcas para identificar vinos 10 casosMarcas para identificar vinos 10 casos
Marcas para identificar vinos 10 casosJose Martos
 
Boletín informativo del sector vitivinícola marzo y abril 2015.
Boletín informativo del sector vitivinícola marzo y abril 2015.Boletín informativo del sector vitivinícola marzo y abril 2015.
Boletín informativo del sector vitivinícola marzo y abril 2015.Jose Martos
 
Boletín informativo del sector vitivinícola enero y febrero 2015
Boletín informativo del sector vitivinícola enero y febrero 2015Boletín informativo del sector vitivinícola enero y febrero 2015
Boletín informativo del sector vitivinícola enero y febrero 2015Jose Martos
 
Medidas de promoción de mercados en terceros países, Comunidad Valenciana pre...
Medidas de promoción de mercados en terceros países, Comunidad Valenciana pre...Medidas de promoción de mercados en terceros países, Comunidad Valenciana pre...
Medidas de promoción de mercados en terceros países, Comunidad Valenciana pre...Jose Martos
 
Medidas de promocion de mercados en terceros paises extremadura presentacion
Medidas de promocion de mercados en terceros paises  extremadura presentacionMedidas de promocion de mercados en terceros paises  extremadura presentacion
Medidas de promocion de mercados en terceros paises extremadura presentacionJose Martos
 
Ayudas FEGA para programas de información y promoción de productos agrícolas ...
Ayudas FEGA para programas de información y promoción de productos agrícolas ...Ayudas FEGA para programas de información y promoción de productos agrícolas ...
Ayudas FEGA para programas de información y promoción de productos agrícolas ...Jose Martos
 
Boletín informativo de la industria vitivinícola octubre, noviembre y diciemb...
Boletín informativo de la industria vitivinícola octubre, noviembre y diciemb...Boletín informativo de la industria vitivinícola octubre, noviembre y diciemb...
Boletín informativo de la industria vitivinícola octubre, noviembre y diciemb...Jose Martos
 
Informe del Tribunal de Cuentas Europeo sobre la gestión del apoyo a la inve...
Informe del Tribunal de Cuentas Europeo sobre la gestión del apoyo a  la inve...Informe del Tribunal de Cuentas Europeo sobre la gestión del apoyo a  la inve...
Informe del Tribunal de Cuentas Europeo sobre la gestión del apoyo a la inve...Jose Martos
 
Denominaciones de origen protegidas, las indicaciones geográficas protegidas ...
Denominaciones de origen protegidas, las indicaciones geográficas protegidas ...Denominaciones de origen protegidas, las indicaciones geográficas protegidas ...
Denominaciones de origen protegidas, las indicaciones geográficas protegidas ...Jose Martos
 
State of world vitiviniculture situation OIV noviembre 2014
State of world vitiviniculture situation OIV noviembre 2014State of world vitiviniculture situation OIV noviembre 2014
State of world vitiviniculture situation OIV noviembre 2014Jose Martos
 
Boletín noticias jurídicas de la industria vitivinícola, junio 2014
Boletín noticias jurídicas de la industria vitivinícola, junio 2014Boletín noticias jurídicas de la industria vitivinícola, junio 2014
Boletín noticias jurídicas de la industria vitivinícola, junio 2014Jose Martos
 
Ayudas destinadas a la promoción del vino en mercados de terceros países Extr...
Ayudas destinadas a la promoción del vino en mercados de terceros países Extr...Ayudas destinadas a la promoción del vino en mercados de terceros países Extr...
Ayudas destinadas a la promoción del vino en mercados de terceros países Extr...Jose Martos
 
Reglamento UE 1308/2013 etiquetado y presentación en el sector vitivinícola p...
Reglamento UE 1308/2013 etiquetado y presentación en el sector vitivinícola p...Reglamento UE 1308/2013 etiquetado y presentación en el sector vitivinícola p...
Reglamento UE 1308/2013 etiquetado y presentación en el sector vitivinícola p...Jose Martos
 
Modificaciones al prograna de apoayo 2014 2014 al sector vitivinícola
Modificaciones al prograna de apoayo 2014 2014 al sector vitivinícolaModificaciones al prograna de apoayo 2014 2014 al sector vitivinícola
Modificaciones al prograna de apoayo 2014 2014 al sector vitivinícolaJose Martos
 
Presentación de la Organización Internacional de la Viña y el Vino sobre el m...
Presentación de la Organización Internacional de la Viña y el Vino sobre el m...Presentación de la Organización Internacional de la Viña y el Vino sobre el m...
Presentación de la Organización Internacional de la Viña y el Vino sobre el m...Jose Martos
 
El mercado mundial del vino a mayo de 2014 según la Organización Internaciona...
El mercado mundial del vino a mayo de 2014 según la Organización Internaciona...El mercado mundial del vino a mayo de 2014 según la Organización Internaciona...
El mercado mundial del vino a mayo de 2014 según la Organización Internaciona...Jose Martos
 
Brandy y orujo normas complementarias presentación
Brandy y orujo normas complementarias presentaciónBrandy y orujo normas complementarias presentación
Brandy y orujo normas complementarias presentaciónJose Martos
 
Boletín informativo industria vitivinícola abril 2014
Boletín informativo industria vitivinícola abril 2014Boletín informativo industria vitivinícola abril 2014
Boletín informativo industria vitivinícola abril 2014Jose Martos
 
Críticas al propietario y enólogo de una bodega, derecho fundamental al honor...
Críticas al propietario y enólogo de una bodega, derecho fundamental al honor...Críticas al propietario y enólogo de una bodega, derecho fundamental al honor...
Críticas al propietario y enólogo de una bodega, derecho fundamental al honor...Jose Martos
 
Boletín informativo marzo 2014
Boletín informativo marzo 2014Boletín informativo marzo 2014
Boletín informativo marzo 2014Jose Martos
 

Mais de Jose Martos (20)

Marcas para identificar vinos 10 casos
Marcas para identificar vinos 10 casosMarcas para identificar vinos 10 casos
Marcas para identificar vinos 10 casos
 
Boletín informativo del sector vitivinícola marzo y abril 2015.
Boletín informativo del sector vitivinícola marzo y abril 2015.Boletín informativo del sector vitivinícola marzo y abril 2015.
Boletín informativo del sector vitivinícola marzo y abril 2015.
 
Boletín informativo del sector vitivinícola enero y febrero 2015
Boletín informativo del sector vitivinícola enero y febrero 2015Boletín informativo del sector vitivinícola enero y febrero 2015
Boletín informativo del sector vitivinícola enero y febrero 2015
 
Medidas de promoción de mercados en terceros países, Comunidad Valenciana pre...
Medidas de promoción de mercados en terceros países, Comunidad Valenciana pre...Medidas de promoción de mercados en terceros países, Comunidad Valenciana pre...
Medidas de promoción de mercados en terceros países, Comunidad Valenciana pre...
 
Medidas de promocion de mercados en terceros paises extremadura presentacion
Medidas de promocion de mercados en terceros paises  extremadura presentacionMedidas de promocion de mercados en terceros paises  extremadura presentacion
Medidas de promocion de mercados en terceros paises extremadura presentacion
 
Ayudas FEGA para programas de información y promoción de productos agrícolas ...
Ayudas FEGA para programas de información y promoción de productos agrícolas ...Ayudas FEGA para programas de información y promoción de productos agrícolas ...
Ayudas FEGA para programas de información y promoción de productos agrícolas ...
 
Boletín informativo de la industria vitivinícola octubre, noviembre y diciemb...
Boletín informativo de la industria vitivinícola octubre, noviembre y diciemb...Boletín informativo de la industria vitivinícola octubre, noviembre y diciemb...
Boletín informativo de la industria vitivinícola octubre, noviembre y diciemb...
 
Informe del Tribunal de Cuentas Europeo sobre la gestión del apoyo a la inve...
Informe del Tribunal de Cuentas Europeo sobre la gestión del apoyo a  la inve...Informe del Tribunal de Cuentas Europeo sobre la gestión del apoyo a  la inve...
Informe del Tribunal de Cuentas Europeo sobre la gestión del apoyo a la inve...
 
Denominaciones de origen protegidas, las indicaciones geográficas protegidas ...
Denominaciones de origen protegidas, las indicaciones geográficas protegidas ...Denominaciones de origen protegidas, las indicaciones geográficas protegidas ...
Denominaciones de origen protegidas, las indicaciones geográficas protegidas ...
 
State of world vitiviniculture situation OIV noviembre 2014
State of world vitiviniculture situation OIV noviembre 2014State of world vitiviniculture situation OIV noviembre 2014
State of world vitiviniculture situation OIV noviembre 2014
 
Boletín noticias jurídicas de la industria vitivinícola, junio 2014
Boletín noticias jurídicas de la industria vitivinícola, junio 2014Boletín noticias jurídicas de la industria vitivinícola, junio 2014
Boletín noticias jurídicas de la industria vitivinícola, junio 2014
 
Ayudas destinadas a la promoción del vino en mercados de terceros países Extr...
Ayudas destinadas a la promoción del vino en mercados de terceros países Extr...Ayudas destinadas a la promoción del vino en mercados de terceros países Extr...
Ayudas destinadas a la promoción del vino en mercados de terceros países Extr...
 
Reglamento UE 1308/2013 etiquetado y presentación en el sector vitivinícola p...
Reglamento UE 1308/2013 etiquetado y presentación en el sector vitivinícola p...Reglamento UE 1308/2013 etiquetado y presentación en el sector vitivinícola p...
Reglamento UE 1308/2013 etiquetado y presentación en el sector vitivinícola p...
 
Modificaciones al prograna de apoayo 2014 2014 al sector vitivinícola
Modificaciones al prograna de apoayo 2014 2014 al sector vitivinícolaModificaciones al prograna de apoayo 2014 2014 al sector vitivinícola
Modificaciones al prograna de apoayo 2014 2014 al sector vitivinícola
 
Presentación de la Organización Internacional de la Viña y el Vino sobre el m...
Presentación de la Organización Internacional de la Viña y el Vino sobre el m...Presentación de la Organización Internacional de la Viña y el Vino sobre el m...
Presentación de la Organización Internacional de la Viña y el Vino sobre el m...
 
El mercado mundial del vino a mayo de 2014 según la Organización Internaciona...
El mercado mundial del vino a mayo de 2014 según la Organización Internaciona...El mercado mundial del vino a mayo de 2014 según la Organización Internaciona...
El mercado mundial del vino a mayo de 2014 según la Organización Internaciona...
 
Brandy y orujo normas complementarias presentación
Brandy y orujo normas complementarias presentaciónBrandy y orujo normas complementarias presentación
Brandy y orujo normas complementarias presentación
 
Boletín informativo industria vitivinícola abril 2014
Boletín informativo industria vitivinícola abril 2014Boletín informativo industria vitivinícola abril 2014
Boletín informativo industria vitivinícola abril 2014
 
Críticas al propietario y enólogo de una bodega, derecho fundamental al honor...
Críticas al propietario y enólogo de una bodega, derecho fundamental al honor...Críticas al propietario y enólogo de una bodega, derecho fundamental al honor...
Críticas al propietario y enólogo de una bodega, derecho fundamental al honor...
 
Boletín informativo marzo 2014
Boletín informativo marzo 2014Boletín informativo marzo 2014
Boletín informativo marzo 2014
 

Último

informacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdf
informacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdfinformacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdf
informacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdfPriscilaBermello
 
ADMINISTRACIÓN DE CUENTAS POR COBRAR CGSR.pptx
ADMINISTRACIÓN DE CUENTAS POR COBRAR CGSR.pptxADMINISTRACIÓN DE CUENTAS POR COBRAR CGSR.pptx
ADMINISTRACIÓN DE CUENTAS POR COBRAR CGSR.pptxRafaelSabido2
 
TEORÍAS DE LA MOTIVACIÓN Recursos Humanos.pptx
TEORÍAS DE LA MOTIVACIÓN Recursos Humanos.pptxTEORÍAS DE LA MOTIVACIÓN Recursos Humanos.pptx
TEORÍAS DE LA MOTIVACIÓN Recursos Humanos.pptxterciariojaussaudr
 
La Cadena de suministro CocaCola Co.pptx
La Cadena de suministro CocaCola Co.pptxLa Cadena de suministro CocaCola Co.pptx
La Cadena de suministro CocaCola Co.pptxrubengpa
 
INTERESES Y MULTAS DEL IMPUESTO A LA RENTA POWER POINT.pptx
INTERESES Y MULTAS DEL IMPUESTO A LA RENTA POWER POINT.pptxINTERESES Y MULTAS DEL IMPUESTO A LA RENTA POWER POINT.pptx
INTERESES Y MULTAS DEL IMPUESTO A LA RENTA POWER POINT.pptxRENANRODRIGORAMIREZR
 
Manual para las 3 clases de tsunami de ventas.pdf
Manual para las 3 clases de tsunami de ventas.pdfManual para las 3 clases de tsunami de ventas.pdf
Manual para las 3 clases de tsunami de ventas.pdfga476353
 
Caja nacional de salud 0&!(&:(_5+:;?)8-!!(
Caja nacional de salud 0&!(&:(_5+:;?)8-!!(Caja nacional de salud 0&!(&:(_5+:;?)8-!!(
Caja nacional de salud 0&!(&:(_5+:;?)8-!!(HelenDanielaGuaruaBo
 
CULTURA EN LA NEGOCIACIÓN CONCEPTOS Y DEFINICIONES
CULTURA EN LA NEGOCIACIÓN CONCEPTOS Y DEFINICIONESCULTURA EN LA NEGOCIACIÓN CONCEPTOS Y DEFINICIONES
CULTURA EN LA NEGOCIACIÓN CONCEPTOS Y DEFINICIONESMarielaAldanaMoscoso
 
Analisis del art. 37 de la Ley del Impuesto a la Renta
Analisis del art. 37 de la Ley del Impuesto a la RentaAnalisis del art. 37 de la Ley del Impuesto a la Renta
Analisis del art. 37 de la Ley del Impuesto a la Rentamarbin6
 
Maria_diaz.pptx mapa conceptual gerencia industral
Maria_diaz.pptx mapa conceptual   gerencia industralMaria_diaz.pptx mapa conceptual   gerencia industral
Maria_diaz.pptx mapa conceptual gerencia industralmaria diaz
 
senati-powerpoint_5TOS-_ALUMNOS (1).pptx
senati-powerpoint_5TOS-_ALUMNOS (1).pptxsenati-powerpoint_5TOS-_ALUMNOS (1).pptx
senati-powerpoint_5TOS-_ALUMNOS (1).pptxnathalypaolaacostasu
 
S05_s2+Prueba+d.pdfsfeaefadwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwww
S05_s2+Prueba+d.pdfsfeaefadwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwS05_s2+Prueba+d.pdfsfeaefadwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwww
S05_s2+Prueba+d.pdfsfeaefadwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwssuser999064
 
5.Monopolio, comparación perfecta en conta
5.Monopolio, comparación perfecta en conta5.Monopolio, comparación perfecta en conta
5.Monopolio, comparación perfecta en contaSaraithFR
 
Sostenibilidad y continuidad huamcoli robin-cristian.pptx
Sostenibilidad y continuidad huamcoli robin-cristian.pptxSostenibilidad y continuidad huamcoli robin-cristian.pptx
Sostenibilidad y continuidad huamcoli robin-cristian.pptxmarlonrea6
 
Fabricación de Cremas en Industria Farmacéutica
Fabricación de Cremas en Industria FarmacéuticaFabricación de Cremas en Industria Farmacéutica
Fabricación de Cremas en Industria FarmacéuticaGarcaGutirrezBryan
 
Las sociedades anónimas en el Perú , de acuerdo a la Ley general de sociedades
Las sociedades anónimas en el Perú , de acuerdo a la Ley general de sociedadesLas sociedades anónimas en el Perú , de acuerdo a la Ley general de sociedades
Las sociedades anónimas en el Perú , de acuerdo a la Ley general de sociedadesPatrickSteve4
 
el impuesto genera A LAS LAS lasventas IGV
el impuesto genera A LAS  LAS lasventas IGVel impuesto genera A LAS  LAS lasventas IGV
el impuesto genera A LAS LAS lasventas IGVTeresa Rc
 
Tesis_liderazgo_desempeño_laboral_colaboradores_cooperativa_agraria_rutas_Inc...
Tesis_liderazgo_desempeño_laboral_colaboradores_cooperativa_agraria_rutas_Inc...Tesis_liderazgo_desempeño_laboral_colaboradores_cooperativa_agraria_rutas_Inc...
Tesis_liderazgo_desempeño_laboral_colaboradores_cooperativa_agraria_rutas_Inc...MIGUELANGELLEGUIAGUZ
 
Ejemplo Caso: El Juego de la negociación
Ejemplo Caso: El Juego de la negociaciónEjemplo Caso: El Juego de la negociación
Ejemplo Caso: El Juego de la negociaciónlicmarinaglez
 

Último (20)

informacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdf
informacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdfinformacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdf
informacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdf
 
ADMINISTRACIÓN DE CUENTAS POR COBRAR CGSR.pptx
ADMINISTRACIÓN DE CUENTAS POR COBRAR CGSR.pptxADMINISTRACIÓN DE CUENTAS POR COBRAR CGSR.pptx
ADMINISTRACIÓN DE CUENTAS POR COBRAR CGSR.pptx
 
TEORÍAS DE LA MOTIVACIÓN Recursos Humanos.pptx
TEORÍAS DE LA MOTIVACIÓN Recursos Humanos.pptxTEORÍAS DE LA MOTIVACIÓN Recursos Humanos.pptx
TEORÍAS DE LA MOTIVACIÓN Recursos Humanos.pptx
 
La Cadena de suministro CocaCola Co.pptx
La Cadena de suministro CocaCola Co.pptxLa Cadena de suministro CocaCola Co.pptx
La Cadena de suministro CocaCola Co.pptx
 
INTERESES Y MULTAS DEL IMPUESTO A LA RENTA POWER POINT.pptx
INTERESES Y MULTAS DEL IMPUESTO A LA RENTA POWER POINT.pptxINTERESES Y MULTAS DEL IMPUESTO A LA RENTA POWER POINT.pptx
INTERESES Y MULTAS DEL IMPUESTO A LA RENTA POWER POINT.pptx
 
Manual para las 3 clases de tsunami de ventas.pdf
Manual para las 3 clases de tsunami de ventas.pdfManual para las 3 clases de tsunami de ventas.pdf
Manual para las 3 clases de tsunami de ventas.pdf
 
Caja nacional de salud 0&!(&:(_5+:;?)8-!!(
Caja nacional de salud 0&!(&:(_5+:;?)8-!!(Caja nacional de salud 0&!(&:(_5+:;?)8-!!(
Caja nacional de salud 0&!(&:(_5+:;?)8-!!(
 
CULTURA EN LA NEGOCIACIÓN CONCEPTOS Y DEFINICIONES
CULTURA EN LA NEGOCIACIÓN CONCEPTOS Y DEFINICIONESCULTURA EN LA NEGOCIACIÓN CONCEPTOS Y DEFINICIONES
CULTURA EN LA NEGOCIACIÓN CONCEPTOS Y DEFINICIONES
 
Tarea-4-Estadistica-Descriptiva-Materia.ppt
Tarea-4-Estadistica-Descriptiva-Materia.pptTarea-4-Estadistica-Descriptiva-Materia.ppt
Tarea-4-Estadistica-Descriptiva-Materia.ppt
 
Analisis del art. 37 de la Ley del Impuesto a la Renta
Analisis del art. 37 de la Ley del Impuesto a la RentaAnalisis del art. 37 de la Ley del Impuesto a la Renta
Analisis del art. 37 de la Ley del Impuesto a la Renta
 
Maria_diaz.pptx mapa conceptual gerencia industral
Maria_diaz.pptx mapa conceptual   gerencia industralMaria_diaz.pptx mapa conceptual   gerencia industral
Maria_diaz.pptx mapa conceptual gerencia industral
 
senati-powerpoint_5TOS-_ALUMNOS (1).pptx
senati-powerpoint_5TOS-_ALUMNOS (1).pptxsenati-powerpoint_5TOS-_ALUMNOS (1).pptx
senati-powerpoint_5TOS-_ALUMNOS (1).pptx
 
S05_s2+Prueba+d.pdfsfeaefadwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwww
S05_s2+Prueba+d.pdfsfeaefadwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwS05_s2+Prueba+d.pdfsfeaefadwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwww
S05_s2+Prueba+d.pdfsfeaefadwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwwww
 
5.Monopolio, comparación perfecta en conta
5.Monopolio, comparación perfecta en conta5.Monopolio, comparación perfecta en conta
5.Monopolio, comparación perfecta en conta
 
Sostenibilidad y continuidad huamcoli robin-cristian.pptx
Sostenibilidad y continuidad huamcoli robin-cristian.pptxSostenibilidad y continuidad huamcoli robin-cristian.pptx
Sostenibilidad y continuidad huamcoli robin-cristian.pptx
 
Fabricación de Cremas en Industria Farmacéutica
Fabricación de Cremas en Industria FarmacéuticaFabricación de Cremas en Industria Farmacéutica
Fabricación de Cremas en Industria Farmacéutica
 
Las sociedades anónimas en el Perú , de acuerdo a la Ley general de sociedades
Las sociedades anónimas en el Perú , de acuerdo a la Ley general de sociedadesLas sociedades anónimas en el Perú , de acuerdo a la Ley general de sociedades
Las sociedades anónimas en el Perú , de acuerdo a la Ley general de sociedades
 
el impuesto genera A LAS LAS lasventas IGV
el impuesto genera A LAS  LAS lasventas IGVel impuesto genera A LAS  LAS lasventas IGV
el impuesto genera A LAS LAS lasventas IGV
 
Tesis_liderazgo_desempeño_laboral_colaboradores_cooperativa_agraria_rutas_Inc...
Tesis_liderazgo_desempeño_laboral_colaboradores_cooperativa_agraria_rutas_Inc...Tesis_liderazgo_desempeño_laboral_colaboradores_cooperativa_agraria_rutas_Inc...
Tesis_liderazgo_desempeño_laboral_colaboradores_cooperativa_agraria_rutas_Inc...
 
Ejemplo Caso: El Juego de la negociación
Ejemplo Caso: El Juego de la negociaciónEjemplo Caso: El Juego de la negociación
Ejemplo Caso: El Juego de la negociación
 

Reglamento Uunión Europea 1308/2013 programas de apoyo en el sector vitivinícola II parte

  • 1. 1 Jose Martos - Interforo Abogados Madrid Organización común de mercados (OCM) de los productos agrarios, sector vitivinícola Reglamento (UE) Nª 1308/2013 - Segunda Parte - Plantaciones de vid, prácticas enológicas y variedades de uva para vinificación. (Diario Oficial de la Unión Europea de 20 de diciembre de 2013, L 347; https://www.boe.es/doue/2013/347/L00671-00854.pdf) I.- INTRODUCCIÓN. Mediante el Reglamento de la Unión Europea (UE) Nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 ("Reglamento"), se aprueba el nuevo régimen legal de la organización común de mercados (OCM) de los productos agrarios y se deroga los reglamentos de la Comunidad Económica Europea (CEE) números 922/72, 234/79, 1037/2001 y 1234/2007, que regulaban anteriormente la OCM. De este modo, el Reglamento pasa a ser el eje sobre el que debe girar toda la legislación sobre el sector vitivinícola, de modo tal que ninguna norma ya sea de la Unión Europea, del estado español, de las comunidades autónomas o de los consejos reguladores puede ir en contra de lo previsto en el Reglamento. Por lo respecta al sector vitivinícola, el Reglamento regula esencialmente las siguientes materias:  Programas de apoyo en el sector vitivinícola;  Régimen de autorizaciones para plantaciones de vid, las prácticas enológicas y las variedades de uva de vinificación;  Denominaciones de origen, indicaciones geográficas, y términos tradicionales en el sector vitivinícola; y  Etiquetado y presentación en el sector vitivinícola.
  • 2. 2 Jose Martos - Interforo Abogados Madrid En esta presentación se va a analizar exclusivamente (i) el régimen de autorizaciones para plantaciones de vid, (ii) las prácticas enológicas y (iii) las variedades de uva de vinificación; dejándose para otras presentaciones el análisis de las restantes materias del Reglamento. II.- RÉGIMEN DE AUTORIZACIONES PARA PLANTACIONES DE VID. Introducción: la normativa española estatal sobre esta materia está desarrollada en el Real Decreto 1244/2008, de 18 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola. Adicionalmente, la mayoría de las Comunidades Autónomas que poseen un sector vitivinícola relevante tienen su propia normativa específica sobre la misma materia, como es el caso, entre otras, de Castilla y León (Decreto 51/2006, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de la Viña y del Vino de Castilla y León), Castilla La-Mancha (Orden de 20/07/2012, de la Consejería de Agricultura, por la que se regula el potencial vitícola de Castilla-La Mancha), Extremadura (Decreto 89/2009, de 24 de abril, por el que se desarrollan las normas que regulan el potencial de producción vitícola en la Comunidad Autónoma de Extremadura) y Valencia (Ley 2/2005, de 27 de mayo, de la Generalitat, de Ordenación del Sector Vitivinícola de la Comunidad Valenciana). 2.1.- Gestión del régimen de autorizaciones para plantaciones de vid. 2.1.1.-Autorizaciones. Las vides de las variedades de uva de vinificación podrán ser plantadas o replantadas únicamente si se concede una autorización administrativa. Los Estados miembros concederán la autorización administrativa, correspondiente a una superficie específica expresada en hectáreas, previa presentación por parte de los productores de una solicitud que cumpla con los criterios de admisibilidad objetivos y no discriminatorios. Dicha autorización será concedida sin coste para los productores.
  • 3. 3 Jose Martos - Interforo Abogados Madrid Las autorizaciones administrativas serán válidas por un periodo de 3 años. Los productores que no hayan utilizado la autorización en ese periodo, serán objeto de las sanciones. Este régimen de autorizaciones no aplica, entre otros, a superficies destinadas a fines experimentales o al cultivo de viñas madres de injertos, y a las superficies cuyo vino o productos vitivinícolas estén destinados exclusivamente al autoconsumo del viticultor. 2.1.2.-Mecanismos de salvaguardia para nuevas plantaciones. Los Estados miembros pondrán a disposición, cada año, autorizaciones para nuevas plantaciones correspondientes al 1 % de toda la superficie realmente plantada con vid en su territorio. Los Estados miembros podrán: a) Aplicar un porcentaje menor al 1%; y/o b) Limitar la expedición de autorizaciones a nivel regional, para superficies que puedan optar a la producción de vinos con (i) denominación de origen protegida, (ii) indicación geográfica protegida o (iii) sin indicación geográfica. Cualquiera de las limitaciones anteriores deberán contribuir a una expansión ordenada de las plantaciones de vid, dar lugar a un crecimiento por encima del 0 % y justificarse en uno o varios de los siguientes motivos específicos: a) La necesidad de evitar el riesgo claramente demostrado de oferta excesiva de productos vinícolas; y/o b) la necesidad de evitar un riesgo bien demostrado de devaluación significativa de una denominación de origen protegida o indicación geográfica protegida. 2.1.3.-Concesión de autorizaciones para nuevas plantaciones.
  • 4. 4 Jose Martos - Interforo Abogados Madrid Si la superficie total cubierta por las solicitudes admisibles, no excede la superficie puesta a disposición por el Estado miembro, se aceptarán todas las solicitudes siguiendo criterios de admisibilidad objetivos y no discriminatorios. Si la superficie total cubierta por las solicitudes admisibles supera a la superficie puesta a disposición por los Estados miembros, las autorizaciones se concederán de acuerdo a una distribución proporcional de hectáreas a todos los solicitantes sobre la base de la superficie para la que hayan solicitado la autorización. También podrá procederse a dicha concesión parcial o totalmente de acuerdo con uno o varios de los siguientes criterios de prioridad objetivos y no discriminatorios: a) que los productores planten vides por primera vez (nuevos viticultores); b) que se trate de superficies donde los viñedos contribuyan a la preservación del medio ambiente; c) que se trate de superficies para replantación en el marco de proyectos de concentración parcelaria; d) que se trate de superficies con limitaciones específicas naturales o de otro tipo; e) la sostenibilidad de los proyectos de desarrollo sobre la base de una evaluación económica; f) que se trate de superficies para replantación que contribuyan a aumentar la competitividad en una explotación agrícola a escala regional; g) el potencial para mejorar la calidad de los productos con indicaciones geográficas; y/o h) que se trate de superficies para replantación en el marco del incremento del tamaño de las pequeñas y medianas explotaciones. 2.1.4.- Replantaciones.
  • 5. 5 Jose Martos - Interforo Abogados Madrid Los Estados miembros concederán de forma automática una autorización a los productores que hayan arrancado una superficie de vides a partir del 1 de enero de 2016 y hayan presentado una solicitud. Las superficies cubiertas por dicha autorización no serán contadas a efectos del apartado 2.1.2 anterior ("Mecanismos de salvaguardia para nuevas plantaciones"). Los Estados miembros pueden conceder la autorización de replantación indicada en el párrafo anterior, si el arranque de la superficie se lleva a cabo, como muy tarde, al término de la cuarta campaña siguiente a la plantación de las nuevas vides. La autorización de replantación será utilizada en la misma explotación donde se realizó el arranque. En las superficies que puedan optar a la producción de vinos con denominaciones de origen protegidas e indicaciones geográficas protegidas, los Estados miembros podrán restringir la replantación de vides que cumplan con la misma denominación de origen protegida o especificación de indicación geográfica que la superficie arrancada. El régimen de autorizaciones para replantaciones ahora indicado no aplicará en el caso de arranque de plantaciones no autorizadas. 2.1.5.-Régimen transitorio. Los derechos de plantación concedidos a productores antes del 31 de diciembre de 2015, que no hayan sido utilizados por dichos productores y sean todavía válidos a esa fecha, podrán convertirse en autorizaciones con arreglo a lo indicado en el apartado 2.1 de esta presentación a partir del 1 de enero de 2016. Dicha conversión tendrá lugar previa petición. Las autorizaciones concedidas tendrán el mismo periodo de validez que los derechos de plantación contemplados en el párrafo anterior. Las superficies cubiertas por las autorizaciones concedidas con arreglo a lo previsto en este apartado 2.1.5, no serán contadas a efectos del apartado 2.1.2 anterior ("Mecanismos de salvaguardia para nuevas plantaciones"). 2.2.- Control del régimen de autorizaciones para nuevas plantaciones de vid. Plantaciones no autorizadas.
  • 6. 6 Jose Martos - Interforo Abogados Madrid Los productores arrancarán, asumiendo el coste, las parcelas plantadas de vides que no dispongan de autorización. Si los productores no arrancan las vides en el plazo de cuatro meses a partir de la fecha de notificación de la irregularidad, los Estados miembros garantizarán el arranque de dicha plantación no autorizada en un plazo de dos años a partir de la fecha de finalización del periodo de cuatro meses. Los costes derivados irán a cargo de los productores de que se trate. Los productores que no hayan cumplido la obligación de arrancar las vides serán objeto de sanciones. Las parcelas plantadas con vid sin autorización no tendrán derecho a ayudas o subvenciones. III.- PRÁCTICAS ENOLÓGICAS. Introducción: esta materia se encuentra desarrollada casi en su integridad en el Reglamento (CE) Nº 606/2009 de la Comisión de 10 de julio de 2009 que fija determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) Nº 479/2008 del Consejo en lo relativo a las categorías de productos vitícolas, las prácticas enológicas y las restricciones aplicables. Este reglamento de la CE ha sufrido numerosos cambios y se puede acceder a su texto en: http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/ALL/?uri=CELEX:32009R0606 3.1. En la producción y conservación de los productos vitícolas solo podrán utilizarse en la Unión las prácticas enológicas autorizadas de acuerdo con el Reglamento de la Unión Europea (UE) Nº 1308/2013 y en especial su anexo VIII, y en el Reglamento (CE) Nº 606/2009 antes indicado. Lo anterior no aplicará a: a) el zumo de uva y el zumo de uva concentrado; y b) el mosto de uva y el mosto de uva concentrado destinados a la elaboración de zumo de uva.
  • 7. 7 Jose Martos - Interforo Abogados Madrid Las prácticas enológicas autorizadas solo podrán utilizarse para garantizar una buena vinificación, una buena conservación o una crianza adecuada del producto. Los productos vitícolas, deberán producirse en la Unión con arreglo a las prácticas enológicas establecidas en el anexo VIII. 3.2. Los productos vitícolas no podrán comercializarse en la Unión Europea cuando: a) se hayan sometido a prácticas enológicas no autorizadas en la Unión Europea; b) se hayan sometido a prácticas enológicas nacionales no autorizadas; o c) infrinjan las normas establecidas en el anexo VIII. Los productos vitivinícolas no comercializables de conformidad con lo previsto en este apartado 3 serán destruidos. Como excepción a esta norma, los Estados miembros podrán permitir que algunos de esos productos, se utilicen por destilerías o fábricas de vinagre o para uso industrial. 3.3. Cuando la Comisión autorice las prácticas enológicas: a) tendrá en cuenta las prácticas enológicas y los métodos de análisis recomendados y publicados por la Organización Internacional de la Viña y el Vino (OIV), así como los resultados del uso experimental de prácticas enológicas todavía no autorizadas; b) tendrá en cuenta la protección de la salud humana; c) tendrá presentes los posibles riesgos de inducir a error al consumidor;
  • 8. 8 Jose Martos - Interforo Abogados Madrid d) permitirá la preservación de las características naturales y fundamentales del vino sin que se produzca una modificación importante en su composición; e) garantizará un nivel mínimo aceptable de protección medioambiental; y f) respetará las normas generales sobre prácticas enológicas establecidas en el anexo VIII. 3.4. Disposiciones nacionales aplicables a determinados productos y sectores. Los Estados miembros podrán limitar o prohibir la utilización de determinadas prácticas enológicas y establecer restricciones más severas para los vinos autorizados por la normativa de la Unión Europea producidos en su territorio, con el fin de asegurar el mantenimiento de las características esenciales de los vinos con denominación de origen protegida o indicación geográfica protegida, de los vinos espumosos y los vinos de licor. IV.- VARIEDADES DE UVA DE VINIFICACIÓN. Introducción: Esta materia se regula en el Anexo XXI al Real Decreto 1244/2008, de 18 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola, anexo del que se puede ver una versión actualizada a 15 de abril de 2014 en: http://www.boe.es/boe/dias/2014/04/15/pdfs/BOE-A-2014-4064.pdf 4.1. Los productos vitícolas producidos en la Unión deberán elaborarse con variedades de uva de vinificación que sean clasificables. Los Estados miembros deberán clasificar las variedades de uva de vinificación que se podrán plantar, replantar o injertar en sus territorios para la producción de vino. 4.2. Los Estados miembros solo podrán incluir en la clasificación las variedades de uva de vinificación que cumplan las condiciones siguientes:
  • 9. 9 Jose Martos - Interforo Abogados Madrid a) la variedad en cuestión pertenece a la especie Vitis vinifera o procede de un cruce entre la especie Vitis vinifera y otras especies del género Vitis; b) la variedad no es una de las siguientes: Noah, Othello, Isabelle, Jacquez, Clinton y Herbemont. En caso de que una variedad de uva de vinificación se suprima de la clasificación a que se refiere el apartado 4.1, se procederá a su arranque en el plazo de quince años a partir de su supresión. 4.3. Los Estados miembros podrán autorizar la plantación, la replantación o el injerto de variedades de uva de vinificación para investigación científica y experimentación. 4.4. Deberán arrancarse las superficies plantadas con variedades de uva de vinificación para la producción de vino contraviniendo, entre otros, lo dispuesto en los apartados 4.2 y 4.3 anteriores. 4.5. Utilización específica del vino no conforme a las categorías enumeradas en el anexo VII, parte II, del Reglamento. Salvo para los vinos embotellados de los que pueda probarse que el embotellado es anterior al 1 de septiembre de 1971, todos aquellos que no hayan sido elaborados con variedades de uva de vinificación clasificada, solo podrá utilizarse para el autoconsumo, la producción de vinagre de vino o la destilación. V.- FECHA DE APLICACIÓN DEL REGLAMENTO. El Reglamento será de aplicación desde el 1 de enero de 2014. José Martos Martínez Abogado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid email: martosmartinezjose@gmail.com Interforo Abogados http://www.interforoabogados.com
  • 10. 10 Jose Martos - Interforo Abogados Madrid C/ Conde de Xiquena núm. 13 2º Dcha. 28004 - Madrid Advertencia: Esta presentación contiene información meramente divulgativa sobre el Reglamento (UE) Nº 1308/2013 Del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) nº 922/72, (CEE) nº 234/79, (CE) nº 1037/2001 y (CE) nº 1234/2007. La información contenida en la presentación no constituye asesoramiento legal. No se garantiza que la información contenida en la presentación sea completa.