Reglamento de la universidad bicentenaria de aragua 03
1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE PSICOLOGIA
ESCUELA DE PSICOLOGÍA
SAN JOAQUÍN DE TURMERO- ESTADO ARAGUA
Análisis del Reglamento
Participante:
José Roberto Labrador.
CI:27541173
2. El reglamento de la Universidad Bicentenaria de Aragua va dirigido a docentes
y alumnos, para formar individuos con capacidades de enfrentar situaciones con
base en sus estudios.
El objetivo primordial de la universidad es formar profesionales orientados al
buen desarrollo y desempeño humano tomando en cuenta los valores y
principios de la persona
Los aspectos que se muestran a continuación están contemplados en el
Reglamento de Evaluación Estudiantil, de la Universidad Bicentenaria de
Aragua, el cual tiene por objeto, regular el régimen de evaluación, permanencia,
avance, asistencia, nivelación de los estudiantes de las carreras que ofrece la
Universidad Bicentenaria de Aragua, así como las condiciones y requisitos de
graduación.
Capítulo I
Objeto y ámbito de aplicación
Artículo 1: este nos indica lo referente a los procesos académicos y
administrativos de los estudiantes relacionado específicamente con las
inasistencias, incumplimiento de las normas, actividades de evaluación, revisión,
entre otras y así como también la responsabilidad del docente y estudiantes que
cursan las materias ofertadas por la UBA.
Capítulo II
Los estudiantes.
Articulo III: establece que un estudiante regular de la universidad, es aquel que
cumple con todos los requisitos internos de la Universidad durante su proceso
de formación académica para poder optar por el titulo de las carreras ofertadas
por la universidad.
3. Capítulo III
Naturaleza y propósito de evaluación.
Hace referencia al proceso de evaluación del estudiante donde debe existir un
dominio apropiado sobre las unidades curriculares que ofrece la universidad, al
igual determinar causas que puedan ocasionar deficiencia en el estudiante y
ayudar en la motivación o encontrar métodos diferentes para consolidar su
eficiencia y calidad en la enseñanza y el aprendizaje.
Capítulo IV
Actividades de evaluación.
Artículo 4-5-6-7: las evaluaciones son de carácter diagnóstico, formativo y
sumativo. Y serán aplicadas a través del plan del docente, indicando las fechas
y estrategias. Las evaluaciones deben cubrir el 100% del contenido desarrollado.
Al inicio de cada lapso el docente y los estudiantes deberán discutir y acordar el
plan de evaluación.
Artículo 8-9-10-11-12-13-14: los resultados de las evaluaciones deben ser
asentados por el docente en una escala de (01-100). El proceso evaluativo es
continuo y debe contar con un mínimo de 4 evaluaciones. En la modalidad
semipresencial al menos un 25% debe ser presencial. En caso de no presentar
una evaluación se colocará (NP) no presento y en caso de no presentar ninguna
(NA) no asistió. La ponderación de una actividad no debe superar el 25%. La
nota mínima aprobatoria es de 57,50 en la escala (01-100). Al concluir los lapsos
académicos las calificaciones emitidas serán en la escala (01-20).
Artículo 15-16: se refieren a las unidades curriculares de prácticas
profesionales donde la mínima nota aprobatoria es 67,50 según la tabla de
apreciación del (01-100) y 14 en la escale del (01-20), la evaluación de estas
prácticas serán realizadas por un tutor académico y un tutor externo; el tutor
académico deberá evaluar con un 30% el acatamiento y desempeño del
cronograma establecido en la empresa o institución del mismo modo hará el tutor
externo pero con un 40% y el estudiante cumplirá con un informe de dichas
4. actividades programada y desarrolladas en el lugar donde realizo la practica
laboral lo cual se pondera con un 30% .
Artículo 17-18-19-20-21-22: el docente deberá asentar las calificaciones antes
de realizar la retroalimentación. Además de las actividades sumativas se deben
efectuar actividades diagnósticas y formativas. De acuerdo con los resultados de
las actividades el docente deberá si es necesario aplicar actividades remediales.
El docente debe llevar un registro de las actividades realizadas y mantener
informados a los estudiantes sobre sus resultados, ya que las observaciones de
estos deberán ser analizados con el docente.
Artículo 23-24-25-26-27: cuando un estudiante cometa faltas como copiarse,
tener material no autorizado entre otros, el docente anulará la prueba y su nota
será (01). El docente podrá solicitar la nulidad de la evaluación si se demuestra
alguna irregularidad. El coordinador podrá anular la evaluación sí; el contenido
no corresponde con lo visto en clase o no están en el plan de evaluación. En
caso de que no aplique con lo antes mencionado el consejo de la escuela
analizara y decidirá. El consejo académico tendrá conocimiento de todas las
decisiones tomadas.
Capítulo V
Revisión de actividades de evaluación
Artículo 28-29-30-31-32-33-34: el estudiante tiene derecho a estar informado
sobre todo lo relacionado a las evaluaciones; como será corregido y a solicitar
revisión de alguna actividad. Para esto deberá elaborar una carta explicativa y
anexar pruebas o soportes que justifiquen su situación, el coordinador o director
verificará si cumple con los requisitos para convocar a fin de realizar una revisión.
Capítulo VI
Asistencias a las actividades académicas.
El estudiante debe asistir a todas las actividades académicas previstas en el
calendario académico y en el Plan de Evaluación.: El docente, cada vez que
5. tenga actividad académica con los estudiantes, debe llevar un registro de
asistencia en concordancia con el calendario académico establecido.: Las
inasistencias de los estudiantes a las actividades académicas y de evaluación
previstas en el Calendario Académico, sólo pueden justificarse por las razones
siguientes: a) Enfermedad o accidente grave del estudiante. 11 b) Enfermedad
grave o muerte de familiar hasta segundo grado de consanguinidad y afinidad.
c) Representar a la Universidad.
Capítulo VII
Del incumplimiento de las normas por parte de los estudiantes
Al estudiante que no cumpla con las normas y atente contra la ética, la moral y
comprometa la validez y confiabilidad del acto de evaluación le será anulada la
actividad de evaluación.
Capítulo VIII
Del proceso de retroinformación.
La retroinformación. debe ser realizada en el acto académico, en la hora y
fecha prevista según el horario de clase de la unidad curricular. Igualmente, en
el mismo acto el docente debe entregar al estudiante las pruebas, documentos,
soportes o instrumentos utilizados en el acto de evaluación que certifiquen el
mismo. estudiantes serán responsables de la guarda y custodia de los referidos
soportes: El estudiante será responsable de constatar el resultado de su
evaluación, en el día y oportunidad fijado por el Docente en el aula. En caso de
no estar conforme con la calificación, deberá proceder de acuerdo al artículo
siguiente.: El estudiante tiene un plazo de tres (03) días hábiles, a partir de la
retroinformación, para solicitar la revisión de la calificación ante la Coordinación
de Cátedra. Para tal efecto el estudiante debe elaborar una carta motivada y
anexar los soportes respectivos que justifiquen la revisión de la evaluación.
6. CAPÍTULO IX
De los requisitos para optar al grado académico
a) Constancia de haber cumplido con los requisitos académicos establecidos en
el pensum de la Carrera respectiva. b) Solvencia de todas las instancias
académicas y administrativas de la Universidad. c) Tener un Índice Académico
acumulado igual o mayor a catorce (14) puntos. d) Certificación de haber logrado
las competencias digitales a través de los niveles de informática respectivos a la
carrera; certificación de haber aprobado las competencias lingüísticas a través
de los niveles de idiomas modernos, respectivos a la carrera. e) Otros que
establezca el Consejo Universitario.
CAPÍTULO XIII
de los reconocimientos académicos
Se le otorgará diploma a los graduandos que obtengan mayor Índice Académico
en la Promoción correspondiente a los estudios cursados. A los estudiantes que
se destaque,
CAPÍTULO XV
Disposiciones finales
La Universidad a través del Consejo Universitario, tendrán conocimiento de las
decisiones tomadas acerca de cualquiera de las actividades señaladas en este
Reglamento. Lo no previsto en este Reglamento será considerado en el Consejo
Académico respectivo, previa opinión y certificación del Consejo Universitario.