4. UNIDADV
EVOLUCIONDELOSCONOCIMIENTOSCRIMINOLOGICOS
(EdadAntiguayMedia.)
• Ideas del Delito y de la Pena en los tiempos primigenios. Código de
Hammurabi.
• El primer código que se conoció a lo largo de la historia fue el de
Hammurabi. Su promulgación puede ubicarse hacia el año 2083 A.C. Este
código regulaba prolijamente todas las actividades de todos los habitantes
de Babilonia. Era de previsiones concisas y específicas. De él extraemos
que en aquella época existían ya instituciones penales que implicaban una
elaborada organización política y social, más avanzadas que muchas
posteriores.
• Los hombres primitivos que vivieron en sociedad crearon costumbres
y la violación de éstas constituida en un delito (Torres, 2000).
• El delito en la prehistoria y en la antigüedad se entiende como un daño a
un bien o un interés, castigado por costumbre, por tradición.
• La pena también se iba fijando por tradición, por la sucesión de hechos en
el correr de los tiempos y el afianzamiento de los criterios de reacción.
5. 2.PrimerPeríodo:LaVenganzaPrivada.Discusión.Individualy
colectiva:
• La venganza privada: La acción penalizadora no se ejercía como
función política del Estado, sino que el ofensor era víctima de una
reacción desorbitada y sin medida, sin que la sociedad como
organización política interviniera. Se trataba de una relación punitiva
entre el ofendido y el ofensor, o entre un grupo familiar y el ofensor.
• La venganza individual: Consiste en ejercer la defensa por el
individuo ofendido, es la simple reacción de la víctima contra el
delincuente, sin más ley que su impulso personal .
• Siguió el período de la venganza divina. La pena se aplicaba en
forma desproporcionada, por la violación de los tabúes, en nombre de
la divinidad, y para calmar la irritación de esa divinidad.
• La venganza colectiva o de sangre: Cuando un miembro de un clan
o tribu cometía un delito, contra otro miembro de otro clan o tribu,
aquí nacía una verdadera guerra de tribus. El derecho penal no se
ejercía por el individuo ofendido, sino por el grupo.
6. 3.Instituciones:ElTalión.Noción.Lacomposición.Origen.Concepto:
• Sus antecedentes se encuentran en el código de Hamurabi Rey de Babilonia
(XX a.c). Sur de Bagdad (Mesopotamia). El sistema talional suponía
existencia de un poder moderador y en consecuencia envuelve ya un
desarrollo social considerable.
• La VENGANZA se limita exactamente equivalente al daño sufrido por el
ofendido. “OJO POR OJO DIENTE POR DIENTE”. En la composición lo
que importaba era el procedimiento público en el cual una parte del pago
estaba destinada a recobrar la protección del poder público y eso se llamaba
FREDUS (dinero de la paz) la parte con la cual la ofensa era compensada se
llamaba MANNELD (precio del hombre).
• LA COMPOSICIÓN, ORIGEN: Tuvo su origen a raíz de la aparición del
Derecho al Asilo, en la cual, la permanencia en un lugar sagrado era
inviolable, es decir, no podría penetrarse en los lugares santos, se deduce que
este sistema religioso dio lugar al nacimiento al Sistema Penal de la
Composición.
• CONCEPTO.: Consiste esta figura en el reemplazo de la pena por un pago de
dinero. Al principio fue voluntario el agraviado podía aceptar o no el pago en
moneda. Su función era evitar las luchas y los males que ellos ocasionaban
• La Composición : (Del latín componere ‘arreglar’, ‘conciliar’).Tarifación del
daño causado por el cual el ofensor pagaba en dinero o en especie al
ofendido, para salvarse de la venganza pública o privada.
7. 4. Segundo Período: La influencia teocrática. La venganza divina como
fundamento del Derecho Penal. 5. Sistema de expiación y retribución como
base de la pena.
• La influencia teocrática. La justicia sacerdotal se encontraba en
manos de las castas sacerdotales. Los sacerdotes eran los
jueces del crimen. Todo poder sacerdotal provenía de lo divino.
La potestad de castigar provenía de Dios.
• Venganza Divina. Consiste en que el trasgresor de las leyes
religiosas debe ser muerto por la comunidad para aplacar a los
dioses. El fin de la pena es la expiación. El daño se confunde
con el pecado. Se da en las sociedades teocráticas.
• (Venganza Pública es la capacidad del Estado para aplicar
penas al autor de un delito.)
El sistema de expiación o retribución como base de pena: La
expiación es la Composición del mal del castigo al mal del delito-
sirvió de base a la pena porque el que rompía la armonía
impuesta a la divinidad, merecía castigo.
8. 6-LegislaciónPenalAntigua:India,Persia,Egipto,PuebloHebreo.
Conceptodeldelitoy delapena.ClasesdePena.
• Legislación penal antigua. 1.- INDIA.: La legislación de la India está
reunida en el Código de Manú (XII a.c). Es el legado más perfecto en
materia Penal. El derecho Penal se aplicaba según las castas los
Brahamanes o Sacerdotes de Dios (en tierra los que aplicaban las penas,
castigos que venía de la Divinidad principal Brahma, de quien era delegado
el Rey. El derecho se aplicaba según las castas, había una profunda
desigualdad en la justicia. Las penas establecidas en el Código de Manú
casi, todas eran corporales y particularmente las Mutilaciones y las penas
de multa.
• PERSIA.: Código “VENDIDAD” la pena no consiste sino en una
purificación. El castigo volvía a darle luz al culpable y para ello las penas
eran crueles y comprendían la muerte que se producía de diversas
maneras:
• a) Aplastándole la cabeza.
• b) Vaciándole estaño fundido en el oído.
• c)Degollando lentamente.
• d)Sepultarlo vivo.
9. • EGIPTO.: La casta sacerdotal era una especie de magistratura, hasta
los mismos Reyes estaban sometidos. Las penas eran generalmente
mutilaciones de todas clases. A la Adultera se le cortaba la nariz, al
Violador se lo castraba y al Falsificador se le cortaba las manos. La
pena de muerte era admitida y se ejecutaba públicamente podía ser:
a) La horca. b) Crucifixión C) Decapitación
• HEBREO: Se halla contenida en los primeros libros del Antiguo
Testamento. No se conocen las castas como en la India: El Derecho es
eminentemente Igualitario. El fundamento del Derecho de castigo es
también la VENGANZA DIVINA y en este sentido la pena reviste
un carácter expiatorio. Las características del Derecho Penal Hebreo se
distinguen en los versículos del Deuteronomio.
• Los delitos y las penas son relevados por Dios al
Moisés en el Monte Sinaí
10. 7- ElDerechoPenalenlosPueblosPrecolombinos:Lasdoslíneasde
accióngeográficas.
• El derecho penal en los pueblos Pre-colombinos. derecho penal azteca.:
Comprendía una doble forma de pena: CORPORAL Y PECUNIARIA. Se
utilizó la VENGANZA DE SANGRE y también la COMPOSICIÓN.
• INCA: El carácter era eminentemente público. La violación de la ley era un
sacrificio, debido a la naturaleza teocrática de la organización política. Al
delincuente se lo castiga no por el delito, sino por quebrantar el
mandamiento y roto la palabra del INCA. La responsabilidad no era
estrictamente individual
• GUARANI: Las cuestiones personales se resolvían en una especie de
duelo reglamentario. Ausencias de cárceles. El anciano aplicaba la pena
de acuerdo a las costumbres. El asesinato se castigaba con la muerte. La
brujería era castigada. Adulterio se castigaba con la muerte.
11. EVOLUCIONDELOSCONOCIMIENTOSCRIMINOLOGICOSll
(EdadModernayContemporánea.)
• La Escuela Positiva. Causas que motivaron su nacimiento.:
La aparición del positivismo fue consecuencia del auge alcanzado
por las ciencias naturales en los estudios filosóficos del siglo XIX, y
se hizo sentir en todas las disciplinas incluyendo al derecho, la
psiquiatría, la criminología y la psicología.
La escuela positiva se inicia como una reacción a la escuela
clásica. De origen italiana, acusa a los clásicos de descuidar a la
figura del delincuente por realizar solo una conceptuación dogmática
y lógica, puramente basada en el derecho. Esta nueva visión provocó
un cambio de método en el estudio del delincuente, el medio, el
delito y de las posibles soluciones que podían aportar los avances
científicos del momento, que tenían como base las ideas
evolucionistas.
12. CésarLombroso.PrincipalesIdeas.Elcriminalnato.
• En el siglo XIX, el científico Cesare Lombroso desarrolló una
teoría que define a posibles delincuentes por algunos de sus
rasgos físicos, un criminólogo y médico italiano nacido en 1835,
fue uno de los precursores de la criminología moderna en cuanto a
que se puede nacer predispuesto a ser un criminal por causas
biológicas.
• Teoría del Delincuente Nato (fundamentos y características): Es
aquel delincuente impulsado por su propia naturaleza, es
una fuerza superior a él, que lo lleva a la comisión del delito. Entre
sus características se puede decir; que es distinguible por sus
caracteres anatómicos, fisiológicos, psíquicos y sociales.
• A esa teoría se le conoce como la del criminal nato o atávico.
Para Lombroso, los criminales natos son un error evolutivo que se
saltó la selección natural y pertenece a etapas primarias del
desarrollo humano.
13. EnriqueFerri.Principalesideas.TeoríasSintéticasdelDelito
• Enrique Ferri. Es el máximo representante de la escuela
positivista italiana del derecho penal y está considerado como
el creador de la criminología moderna.
• Consideró que las razones por las cuales el hombre es
delincuente son ajenas a su voluntad, el delito para Ferri no
existe, existen enfermedades que bien ha heredado o las
adquirió en el transcurso de su vida.
• Ferri afirma que el delito es imputable al delincuente, pero no
deseado libremente por éste; en realidad, actúa por causas
que física o psíquicamente condicionan su voluntad. Por tanto,
la sociedad no puede castigar, sino tan sólo defenderse contra
el desorden que el individuo produce en una convivencia
humana organizada; la sociedad debe asimismo prevenir el
delito, evitando los motivos del mal y acrecentando en
diversas formas los del bien.
14. RafaelGarófalo.Principalesideas.TeoríasdelDelito
Natural
• Garófalo: entendía que la criminalidad se debía abordar
igualmente desde una perspectiva psicológica y antropológica.
Es por ello que es considerado uno de los precursores de la
criminología, y el máximo representante del positivismo
criminológico (denominado en su tiempo, la «Nuova Scuola»)
• El Delito: Es la violación de los sentimientos de piedad y
probidad en la medida media en que son poseídos por una
sociedad determinada. Los sentimientos pueden ser: Cuando
se ataca la vida o la integridad corporal se está violando el
sentimiento de piedad, y cuando se desconoce la propiedad el
de probidad.
15. Método utilizado por la Escuela
Positiva.
• La Escuela Positiva, aplica el método inductivo-
experimental al estudio del delito y del delincuente.
Uno de sus representantes como Enrico Ferri hace
uso de este método inductivo—experimental en el
estudio del delito y del delincuente y dio un impulso a
la Sociología criminal. Otro de sus representantes
como Rafael Garofalo dedujo las consecuencias de las
nuevas ideas para el Derecho penal.
16. La base de la responsabilidad penal.
La pena como defensa social.
• El fundamento de la pena no se halla en la culpabilidad,
sino en la temibilidad o peligrosidad. El delito no
interesa por sí mismo, sino como síntoma de la
peligrosidad del delincuente (Concepción sintomática).
• La defensa social determina la comisión de delito, por
lo tanto, el delincuente no es responsable de sus actos,
el responsable para que un hombre cometa delito es el
medio social. Por eso tampoco acepta los tipos de
delincuentes.
17. Eldelitocomoentenaturalysocialproducidoporel
hombre.
• El DELITO: Es un hecho de la naturaleza y debe
estudiarse como un ente real, actual y existente.
• El DELINCUENTE: Es aquella persona que comete delitos
por influencias del medio en que vive. Busca su
readaptación. A través de los Sustitutivos Penales. Los
Sustitutivos Penales para Ferri son las medidas de orden
económico, político, administrativo, educativo, familiar, etc.,
distintas de la pena que debe adoptar el Estado, actuando
sobre las causas de delincuencia para hacerlas disminuir.
18. TERESASCUOLA: Concepto.
Exponentes: MANUELCARNEVALEY BERNARDINOALIMENA.
• TERZA SCUOLA; La Tercera Escuela, Terza Scuola, escuela critica o escuela del
positivismo critico, tiene su aplicación precisamente por la pugna existente entre las
escuelas clásica y positiva.
• Emanuele Carnevale (Lípari, 1861; Roma, 1941): estudió Derecho en la Universidad
de Mesina donde se licenció en 1884; a lo largo de su vida compaginó su carrera
política.Fue autor de numerosas obras jurídicas –como La questione della pena di
morte (Turín, 1888)–
• Para afirmar que se distanciaba tanto de la escuela clásica como de la escuela
positiva, suscitando una gran polémica entre la doctrina italiana. Aquel texto fue el
que acuñó el término Terza Scuola.
• Bernardino Alimena (Cosenza, 1861 – 1915) prefirió hablar de «nueva tendencia»
en lugar de emplear «escuela» [parola proibita, según él] en el libro Naturalismo
critico e diritto penale (Roma, 1892) pero coincidió con Carnevale en la necesidad
de adoptar una posición intermedia entre las dos grandes corrientes de su época.
Impartió clases en las universidades de Cagliari y Módena y, en 1896, compiló la
legislación penal del vecino reino de Montenegro.
19. Fundamento de la Pena. Defensa Social.
Criminalidad adquirida.
¿Qué es para la Terza Scuola la pena?: La pena tiene el carácter de
coacción sicológica a la que los asociados deben temer. Se crea para
la defensa de la sociedad y tiene la capacidad intimidatoria de los
sujetos que se dispongan a infringir la Ley (Principio de la prevención).
¿Cómo clasifican los de la Terza Scuola la sanción?
Distinguen entre sujetos imputables e inimputables por tanto hay
penas para los primeros y medidas de seguridad para los segundos.
Las penas son aflictivas las medidas de seguridad no lo son.
Se considera el delito como un fenómeno complejo, producto de
factores endógenos y exógenos. Se debe observar el delito como un
fenómeno social naturalmente causado.
Rechazan las clasificaciones positivistas del delincuente, pero aceptan
que existen delincuentes ocasionales, habituales y anormales. No
aceptan el "tipo" criminal.
20. 11.FuncióndelDerechoPenal2)FuncióndelaPena3)
Carácterdeldelito.
• ¿En la Terza Scuola cómo se mira el Derecho Penal?
El Derecho Penal, para ellos, se compone de tres elementos:
sociológicos, sicológicos, y jurídicos
• La finalidad de la pena es no tan sólo el castigo, la retribución,
sino también correctiva y educativa. Debe ser pena-
readaptación.
• ¿Cómo mira el delito la Terza Scuola? Consideran el delito
como un fenómeno complejo, el cual tiene su origen en
causas sociales. Se debe combatir arreglando la problemática
social, mientras no se solucione el problema que genera el
delito, el delito seguirá existiendo. El delito no es entonces, un
simple ente jurídico, su origen esta en el desorden social.