1. CONFERENCIA-TALLER
SOBRE LA ONG
Alejandro Maldonado
Asociación EntreMundos
Quetzaltenango 2 de octubre de 2,008.
2. LA ONG:
Siglas que sirven para abreviar Organización No
Gubernamental.
Una ONG es constituída por hombres y mujeres
que se reúnen con la finalidad de promover
objetivos en común de forma no lucrativa.
Existen varios formatos institucionales para la
constitución de una organización sin fines
lucrativos: asociación civíl, fundación,
organización religiosa, partidos políticos, etc.
Por no tener objetivos confesionales ni
eleccionarios, jurídicamente toda ONG es una
Asociación Civíl o una Fundación Privada.
3. No toda asociación civíl o fundación es una
ONG. Las ONGs tienen objetivos distintos, a
veces hasta opuestos.
Según Herbert de Souza: “una ONG se define por
su vocación política, por su positividad política;
una entidad sin fines de lucro cuyo objetivo
fundamental es desenvolver una sociedad
democrática, ésto es: una sociedad fundada en
los valores de la democracia – libertad,
igualdad, diversidad, participación y
solidaridad. Las ONGs son comités
ciudadanos y surgen para ayudar a construír
la sociedad democrática que todos soñamos.
4.
5. Cooperación Internacional
Cooperación es una palabra de origen latino
proveniente de cooperari que significa obrar
juntamente con otro u otros para un mismo fin.
Cooperación Internacional es un concepto amplio que
comprende todo tipo de actividades realizadas
conjunta y coordinadamente por dos o más Estados y/
o por éstos y organizaciones internacionales
cualquiera que sea su ámbito u objetivo.
Recuperado 08/07/12 :
http://www.apci.gob.pe/contenido_concepto.php?ID=250
6. Cooperación no gubernamental
Es aquella que se canaliza y fluye en forma paralela a
la cooperación que se gestiona a través de los estados
u organismos oficiales. En general, salvo casos muy
particulares, las entidades oficiales, tienen poca o
ninguna injerencia en este flujo, ya que proviene de
entidades privadas no lucrativas, organizaciones
religiosas, gremios empresariales, universidades,
gobiernos locales, autonomías regionales, entre otras.
Recuperado 08/07/12 :
http://www.apci.gob.pe/contenido_concepto.php?ID=266
7. En el Perú, la forma jurídica que usualmente adoptan
las ONGD, como entidades sin fines de lucro, es como
asociación. También pueden constituirse como
fundación, en cuyo caso su funcionamiento está
supeditado a las regulaciones que emanan del Consejo
Nacional de Supervigilancia de Fundaciones del
Ministerio de Justicia.
8. Coloquialmente la denominación de "Organización
No Gubernamental" (ONG) es aplicable, en el sentido
más extenso del término, a cualquier entidad privada
que no forma parte del Estado. Bajo esta definición
son ONG, los clubes deportivos y departamentales, las
cofradías religiosas, entidades educativas, gremios de
empresarios, sindicatos, asociaciones de vecinos o
pobladores, etc.
9. En forma estricta el término de Organización No
Gubernamental de Desarrollo (ONGD) es aplicable a
las entidades privadas no lucrativas que ejecutan
proyectos de desarrollo.
La denominación de "Organización No
Gubernamental de Desarrollo receptora de
Cooperación Técnica Internacional (ONGD - Perú)"
se aplica a las asociaciones o fundaciones inscritas en
el Registro respectivo a cargo de la APCI.
La inscripción como ONGD - Perú, permite que estas
entidades se puedan acoger a ciertos beneficios y
facilidades:
10. La inscripción como ONGD - Perú, permite que estas
entidades se puedan acoger a ciertos beneficios y
facilidades:
Calificar para la devolución de los impuestos pagados
en la adquisición de bienes y servicios con recursos de
la cooperación técnica no reembolsable.
Poder contar con la presencia oficial de voluntarios y
expertos extranjeros en el marco de proyectos con
cooperación técnica internacional.
Reconocimiento del Estado como receptores de
cooperación técnica internacional.
11. Las ONGD inscritas en la APCI, adquieren los
siguientes compromisos:
Ejecutar proyectos en las áreas prioritarias señaladas
por los planes de desarrollo.
Desarrollar mecanismos para la participación de la
población objetivo en el proyecto desde su
identificación y formulación.
Establecer niveles de coordinación también con
organismos públicos.
Presentar el informe anual de las actividades/
proyectos que ejecutan, indicando montos, población
12. El financiamiento de las ONGD nacionales proviene
fundamentalmente de fuentes de financiamiento
identificadas por ellas mismas. En este sentido, la
relación y condiciones bajo las cuales se celebran los
acuerdos o contratos de ejecución son de absoluta y
total responsabilidad de las partes, en los que no
interviene el Estado Peruano.
13. ¿Por qué constituír una ONG?
Muchos movimientos comunitarios o sociales
actúan informalmente. Este es normalmente el
funcionamiento de muchas ONGs.
La constitución de una ONG permite reconocer y
asumir derechos y obligaciones de esa sociedad
colectiva para sus integrantes, colaboradores,
beneficiarios, estado y la población en general.
Así mismo, al constituír una ONG, la Misión debe
explicar por qué la organización existe con
claridad y coherencia. Los fundadores deben
tener un compromiso con la causa y conciencia
del propósito de sus esfuerzos.
14. Además es necesario conocer el propósito,
procurando en todo momento la
sustentabilidad y viabilidad.
Sin embargo, la constitución de una ONG es uno
de los primeros pasos; el mayor desafío se dará
a lo largo del tiempo, por lo que se necesitará
dedicación, responsabilidad y profesionalismo.
La Constitución Jurídica de una organización de
sociedad civíl sin fines lucrativos es un requisito
indispensable, para que pueda actuar
legalmente en su propio nombre (Ej. Gestionar
fondos, contratar personas, promover acciones
civíles públicas, etc.)
15. ¿Cómo constituír una Asociación sin
fines Lucrativos?
1. Convocatoria a reunión para explicar la
necesidad de adquirir personería jurídica,
misión, objetivos, etc.
2. Los participantes de la Asamblea de
Constitución serán los miembros fundadores
de la Asociación y tendrán las siguientes
atribuciones:
• Aprobación de las características de la
Organización (denominación, misión,
objetivos, dirección de la sede, duración,
administración, etc.)
16. • Aprobación de Estatutos (documento que
regula las características anteriores y regula el
funcionamiento de la organización.)
b.Denominación, fines y una sede.
c. Requisitos de admisión, inadmisión y exclusión
de los asociados.
d.Derechos y obligaciones de los Asociados.
e.Recursos necesarios para su funcionamiento.
f. Forma de Constitución y funcionamiento de
órganos deliberativos (Asamblea General,
Representante Legal, Consejo Directivo, etc.)
17. a. Condiciones para cambiar las disposiciones de
los estatutos y para la disolución de la entidad.
b. La forma de la gestión administrativa y
aprobación de cuentas.
c. Criterios de elección de administradores.
d. Modo de representación (activa, pasiva,
judicial, extrajudicial)
e. Si los miembros responden o no
subsidiariamente a las obligaciones sociales.
f. Destino del patrimonio en caso de disolución.
g. Quórum para la celebración de la Asamblea
General.
h. Etc.
18. El Consejo Directivo
• Es electo por la Asamblea General.
• Normalmente se compone de cinco o siete
personas, quedando conformado así:
Presidente
Vice-presidente
Secretario
Tesorero
Vocal
En algunas ocasiones se nombran dos vocales más, y
en otras un prosecretario y un protesorero. Solo es
asunto de forma, no tanto de fondo.
19. Funciones del Consejo Directivo
• Velar por el cumplimiento de los objetivos
para los cuáles fue creada la organización:
Planeación Estratégica
Contratación de Director Ejecutivo y Staff
Evaluación del desempeño del Director
Ejecutivo
Revisión mensual, bimestral, trimestral,
semestral o anual de presupuestos, estados
financieros, cumplimiento de metas y
objetivos, administración, etc.
20. Dirección, supervisión y control de la adecuada
ejecución de la Planeación Estratégica.
Gestión de Recursos y asignación
presupuestaria.
Toma de decisiones estratégicas.
Etc.
21. AGENCIA PERUANA DE
COOPERACIÓN INTERNACIONAL
Abreviatura: APCI
Sector: Ministerio de Relaciones Exteriores
Dirección: Av. José Pardo 261, Lima 18 – PERU
Departamento: LIMA
Provincia: LIMA
Distrito: MIRAFLORES
Teléfono:(51-1) 319-3600Fax:(51-1) 319-3688Página
Web: www.apci.gob.pe
22. MISION
La APCI es el ente rector de la cooperación técnica
internacional y tiene la responsabilidad de conducir,
programar, organizar y supervisar la cooperación
internacional no reembolsable, en función de la
política nacional de desarrollo, en el marco de las
disposiciones legales que regulan la cooperación
técnica internacional. Cumple sus funciones basada
en la eficiencia, la transparencia y la concertación
entre los actores públicos y la sociedad civil, tanto
nacionales como internacionales.
23. EL VOLUNTARIO EN LA ONG
Muchas ONGs debido a la escasez de recursos
optan por recibir el apoyo de personas que
actúan en calidad de voluntarios en las
organizaciones.
Los voluntarios aportan Ad-Honorem (sin
remuneración) su tiempo, experiencia,
conocimientos, entusiasmo, dedicación,
responsabilidad, profesionalismo, etc. a la
organización. Algunas veces ellos aportan
dinero para pagar algunas cosas necesarias en
para la organización.
24. En otras palabras, ellos realizan las funciones que
cualquier colaborador asalariado de la empresa
realizaría. Sin embargo, muchas organizaciones no
toman en cuenta todo lo anterior, ya que el
voluntario muchas veces no es tomado en cuenta,
otras veces le asignan funciones adicionales, se
aprovechan de él o simplemente es tratado como
un colaborador de la organización.
Es necesario tomar en cuenta que existen muchas
diferencias entre un colaborador y un voluntario
sea éste una persona procedente de otro país o sea
de nuestro país.
25. Por consiguiente, el voluntario debe ser tratado de
forma diferente, motivado de forma diferente,
evaluado de forma diferente, compensado de
forma diferente.
Veamos algunos ejemplos de las diferencias:
• En el proceso de selección del voluntario, es
necesario establecer el perfil personal, profesional,
atribuciones y derechos, de esa forma será mucho
más fácil conocer para qué queremos a un
voluntario.
• Las funciones del voluntario son diferentes, aunque
tiene la responsabilidad de cumplir las atribuciones
para las que fue requerido, no puede ser tratado
como un colaborador.
26. • Hay que tomar en cuenta que él dejó las
comodidades de su casa y posiblemente un
trabajo y un futuro más prometedores; sin
embargo se entrega sin ningún beneficio más
que la satisfacción de su solidaridad con las
comunidades más vulnerables de nuestro país.
• Al voluntario hay que compensarlo con cariño y
agradecimiento, haciéndole ver que su trabajo
es excelente. Hay que guiarlo, enseñarle con
paciencia, compartir con él, agradecerle de
muchas formas.
• El no espera nada a cambio, pero si hacemos
esto, la diferencia será muy grande.