El documento describe los tres poderes del Estado mexicano (Legislativo, Ejecutivo y Judicial) y sus características. El poder Legislativo se deposita en el Congreso de la Unión y está conformado por la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores. El poder Ejecutivo se deposita en el Presidente de México. El poder Judicial se deposita en la Suprema Corte de Justicia y otros tribunales.
2. Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
3. Artículo 49. El Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo , Ejecutivo y Judicial . Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
4. PODER LEGISLATIVO El Poder Legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se deposita en el Congreso de la Unión, que se divide en dos Cámaras, una de Diputados y otra de Senadores . Constitución: Título Tercero Capítulo II: PODER LEGISLATIVO Artículos: 50-79
5. Artículo 51. La Cámara de Diputados se compondrá de representantes de la Nación, electos en su totalidad cada tres años. Por cada diputado propietario, se elegirá un suplente.
6. La Cámara de Diputados está conformada por: 500 Diputados 1 x Distrito Electoral Uninominales Por % X # Lista Plurinominal I
7. MESA DIRECTIVA Garantizar que en el desarrollo del trabajo legislativo se cumpla cabalmente con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y que en su actuación prevalezcan los principios de imparcialidad y objetividad. I
8. COMPOSICIÓN Cuenta con : * Un Presidente *3 Vicepresidentes de diferentes partidos *7 Secretarios de diferentes partidos I
9. Listado de Comisiones Ordinarias I. Comisión de Agricultura y Ganadería II. Comisión de Asuntos Indígenas III. Comisión de Atención a Grupos Vulnerables IV. Comisión de Ciencia y Tecnología V. Comisión de Comunicaciones VI. Comisión de Cultura VII. Comisión de Defensa Nacional VIII. Comisión de Desarrollo Metropolitano IX. Comisión de Desarrollo Rural X. Comisión de Desarrollo Social Comisión de Distrito Federal XII. Comisión de Economía XIII. Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos XIV. Comisión de Energía XV. Comisión de Equidad y Género XVI. Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social XVII. Comisión de Fortalecimiento al Federalismo XVIII. Comisión de Función Pública XIX. Comisión de Gobernación I
10. XX. Comisión de Hacienda y Comisión Jurisdiccional XXII. Comisión de Justicia y Derechos Humanos XXIII. Comisión de Juventud y Deporte XXIV. Comisión de Marina XXV. Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales XXVI. Comisión de Participación Ciudadana XXVII. Comisión de Pesca XXVIII. Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios XXIX. Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública XXX. Comisión de Puntos Constitucionales XXXI. Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía XXXII. Comisión de Recursos Hidráulicos XXXIII. Comisión de Reforma Agraria XXXIV. Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias XXXV. Comisión de Relaciones Exteriores XXXVI. Comisión de Salud XXXVII. Comisión de Seguridad Pública XXXVIII. Comisión de Seguridad Social XXXIX. Comisión de Trabajo y Previsión Social XL. Comisión de Transportes XLI. Comisión de Turismo XLII. Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación XLIII. Comisión de Vivienda I
11. http://www.500sobre500.com En 500/500 queremos que la responsabilidad de los legisladores sea acompañada de vigilantes ciudadanos dispuestos a dedicar tiempo y esfuerzo para revisar la información que se genera a partir del trabajo de los diputados y los resultados que dan. Además de involucrar a los ciudadanos con el trabajo legislativo, 500 ciudadanos sobre 500 diputados pretende generar mecanismos imaginativos y creativos para impulsar la transparencia y la rendición de cuentas por parte de los diputados. I
12. Artículo 56. La Cámara de Senadores se integrará por ciento veintiocho senadores, 4 de cada Estado y del Distrito Federal. I
13. La Cámara de Senadores está conformada por: 128 Senadores I
14. MESA DIRECTIVA La Mesa preside los trabajos de la Cámara, lleva los debates y votaciones del pleno, remite los asuntos a las comisiones de acuerdo a la materia que les corresponde, conduce las relaciones con la Cámara de Diputados, los poderes Ejecutivo y Judicial Federal, con los poderes de los estados y del Distrito Federal, designando a quienes deben representar a la Cámara en eventos de carácter internacional. Elabora las normas para la organización de las Secretarías Generales, Tesorería y el Servicio Civil de Carrera, expide los nombramientos y remociones de los funcionarios de la Cámara. I
15. COMPOSICIÓN Un Presidente y dos Secretarios, dentro de la integración se incorporan a senadores de los distintos grupos parlamentarios los que podrán pertenecer hasta en 5 de ellas. Las reuniones podrán ser públicas y las decisiones tomadas son aprobadas por la mayoría de votos de sus integrantes. Las comisiones se constituyen durante el primer mes del ejercicio de la legislatura y los Grupos Parlamentarios tendrán derecho a solicitar cambios en la adscripción de sus integrantes. I
16. Proceso Legislativo Artículos: 71-72 Etapas de formación de Leyes: I) INICIATIVA II) DISCUSIÓN III) APROBACIÓN IV) SANCIÓN V) PROMULGACIÓN VI) PUBLICACIÓN I I
17. Diario Oficial de la Federación ¿Qué es y para qué sirve? Es el periódico oficial del Gobierno Constitucional de México. Su función es la publicación de leyes, reglamentos, acuerdos, circulares, órdenes y demás actos expedidos por los poderes de la Federación, a fin de que éstos sean observados y aplicados debidamente en sus respectivos ámbitos de competencia en el territorio nacional. Y sirve para para notificar cambios en los lineamientos de los gobiernos y/o nuevos reglamentos que aprueban las cámaras de diputados y senadores, por ejemplo, si van a prohibir el fumar en lugares cerrados a partir de tal fecha, bueno, en este diario es donde se publica por primera vez.
18. PODER EJECUTIVO Artículo 80. Se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión en un solo individuo, que se denominará "Presidente de los Estados Unidos Mexicanos." Constitución: Título Tercero Capítulo III: PODER EJECUTIVO Artículos: 80-93
19. Requisitos para ser Presidente Según el artículo 82 de la Constitución de 1917, para ser Presidente se requiere: Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno goce de sus derechos, hijo de padre, o madre mexicana y haber residido en el país al menos durante veinte años. Tener 35 años cumplidos al tiempo de la elección. Haber residido en el país durante todo el año anterior al día de la elección. La ausencia del país hasta por treinta días, no interrumpe la residencia. No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto. No estar en servicio activo, en caso de pertenecer al Ejército, seis meses antes del día de la elección. No ser secretario o subsecretario de Estado, jefe o secretario general de Departamento Administrativo, Procurador General de la República ni Gobernador de algún Estado, a menos de que se separe de su puesto seis meses antes del día de la elección. No estar comprendido en alguna de las causas de incapacidad establecidas en el artículo 83.
20. Gabinete Presidencial JOSE FRACISCO BLAKE MORA: SECRETARIO DE GOBERNACIÓN PATRICIA ESPINOZA CANTELLANO: SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES JOSE ANTONIO MEADE KURIBREÑA: SECRETARIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO GRAL. GUILLERMO GALVAN GALVAN: SECRETARIO DE LA DEFENSA NACIONAL ALMTE. MARIANO FRANCISCO SAYNEZ MENDOZA : SECRETARIO DE MARINA BRUNO FERRARI GARCIA DE ALBA : SECRETARIO DE ECONOMÍA HERIBERTO FELIZ GUERRA: SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL MARISELA MORALES IBAÑEZ: PROCURADORA GENERAL DE LA REPÚBLICA GENARO GARCÍA LUNA: SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA SALVADOR VEGA CASILLAS: SECRETARIO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DIONISIO PERES-JACOME FRISCIONE: SECRETARIO DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES JAVIER LOZANO ALARCON: SECRETARIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL JUAN RAFAEL ELVIRA QUESADA: SECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURAL JORDY HERRERA FLORES: SECRETARIO DE ENERGÍA FRANCIOSCO JAVIER MAYORGA CASTAÑEDA: SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN ALONSO LUJAMBIO IRAZABAL: SECRETARIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
21. Función de las Secretarías Federales SAGARPA: La Secretaría de Agricultura , Ganaderia, Desarrollo Rural, PescayAlimentación (SAGARPA) tiene dentro de susactividades el coordinaracciones para elevar el nivel de desarrollo humano y patrimonial de 25 millones de mexicanos. SCT: La Secretaría de Comunicaciones yTransportes (SCT) tiene como misión dotar al país con sistemas de transporte y de comunicaciones que, por diversos medios, hagan posible la unión de todos los mexicanos. SEDENA: La Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) tiene entre sus funciones y servicios, el coordinar del Servicio Militar Nacional. SE: La Secretaría de Economía (SE) es una dependencia del Pode rEjecutivo Federal quepromueve la competitividad y el crecimiento económico de las empresas.
22. PODER JUDICIAL Artículo 94. Se deposita el ejercicio del Poder Judicial de la Federación en una Suprema Corte de Justicia, en un Tribunal Electoral, en Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y en Juzgados de Distrito. Constitución: Título Tercero Capítulo IV: PODER JUDICIAL Artículos: 94-107
23.
24. Presidente de la SCJN Ministro Juan N. Silva Meza 1 de ellos fungirá como su Presidente .
26. Los Ministros de la SCJN se elegirán de la siguiente forma: 1. El Presidente de la República forma una terna de candidatos. 2. Las propuestas del Ejecutivo se someten a la consideración de la Cámara de Senadores. 3. Cadauno de los aspirantescomparece ante el Senado 4. La Cámara de Senadores tiene 30 días para emitir su veredicto, por el voto de las dos terceras partes de sus miembros. 5. Si el Senado no resuelve dentro de dicho plazo, ocupará el cargo de Ministro la persona que, dentro de dicha terna, designe el Presidente de la República. 6. En caso de que la Cámara rechace la terna propuesta, el Presidente de la República someterá una nueva. Si esta segunda terna fuera rechazada, ocupará el cargo la persona que designe el Presidente.