El documento trata sobre la acción restaurativa en el derecho procesal penal. Explica que la acción restaurativa permite a las víctimas de un delito obtener una reparación por los daños sufridos a través de la jurisdicción penal o civil. También describe que puede ser ejercida por la víctima si se constituye como querellante y el juez puede decretar la reparación de los daños civiles. No afecta el derecho de la víctima a ejercer esta acción aunque se extinga la acción penal.
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
La acción restaurativa
1.
2. ACCIÓN CIVIL EN EL CAMPO DEL DERECHO PROCESAL PENAL
“Es la acción concedida a la víctima de una infracción penal, para obtener
la reparación del daño que le causó la infracción (costas y gastos
determinados en el proceso penal, restituciones, daños y perjuicios). Esta
puede ser ejercida al mismo tiempo y ante los mismo jueces que la acción
pública, o también en forma separada antes la jurisdicción civil”
(SILVA, José Alberto. Derecho Procesal Penal. Edit. Harla. México, D. F.
1990. pág. 715)
ACCIÓN CIVIL DERIVADA DEL DELITO
“Acción que las víctimas del delito puede ejercer contra los autores o
partícipes o terceros civilmente responsables para obtener la
reparación del daño causado por la infracción a la Ley penal o por la vía de
la jurisdicción civil ordinaria” (CUESTA, Carlos. Diccionario de Derecho
Procesal Penal. Colecciones Judiciales. Escuela Judicial. Panamá. 2000.
pág. 1)
3. ACCIÓN PENAL
“Es el derecho ejercido por la Autoridad, Ministerio
Público, en nombre de la sociedad, para llegar a la
comprobación del hecho punible, de la culpabilidad del
delincuente y aplicación de las penas establecidas por la
Ley, con sujeción en las normas del procedimiento
penal” (SANJUR OTERO, Agustín. La Acción Civil de
Reparación del Daño en el Proceso Penal. Trabajo de
Grado para optar por el Título de Magíster en Derecho
con Especialización en Ciencias Penales. Universidad
de Panamá. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas.
Panamá. 2002)
4. Justicia penal retributiva concibe el hecho o la
conducta delictuosa como una ofensa al status
quo.
Justicia Restaurativa se caracteriza por
involucrar a la víctima como una parte
indispensable dentro del proceso.
5. ANTIGUEDAD
LEY MOSAICA
DERECHO ROMANO
LEY DEL TALIÓN
SISTEMA DE COMPENSACIÓN
EDAD MEDIA
DERECHO GERMANICO
PERÍODO HUMANITARIO
A mitad del Siglo XX se retoma el tema
sobre la práctica de reparación del daño
causado al ofendido.
EDAD CONTEMPORÁNEA
AUSTRALIA
NUEVA ZELANDA
CANADA
ESTADOS UNIDOS
6. La acción restaurativa es para el
reintegro de la cosa y la
indemnización o reparación de los
daños y perjuicios ocasionados por
el hecho punible, contra el autor o
partícipe o el tercero civilmente
responsable.
7. Podrá ser ejercida por la víctima del
delito, siempre y cuando se haya
constituido en querellante.
8. El Juez puede decretar la
reparación de los daños civiles.
9. En la Fase de
Investigación.
Al final del
Procedimiento en
caso que el Infractor
sea encontrado
Culpable.
10. Es más común la Acción Restaurativa en los siguientes delitos:
1. Homicidio culposo, lesiones personales y lesiones
culposas.
2. Hurto, apropiación indebida, estafa y otros
fraudes, usurpación, daños y delitos cometidos con cheque.
3. Incumplimiento de los deberes familiares y actos libidinosos
cuando la víctima sea mayor de edad.
4. Evasión de cuotas o retención indebida, siempre que no
afecte bienes del Estado.
5. Contra la propiedad intelectual que no causen peligro a la
salud pública.
6. Calumnia e injuria.
7. Inviolabilidad del domicilio e inviolabilidad del secreto.
8. Falsificación de documentos en perjuicio de particulares.
11. No afecta el Derecho de la Víctima
a ejercer la Acción Restaurativa.
12. 1. Que el imputado actuó amparado en una
causa de justificación, excepto en los casos
de estado de necesidad cuando se afecten
bienes patrimoniales.
2. Que el imputado no tuvo participación
alguna en el delito motivador del juicio.
3. Que el hecho atribuido no se ha cometido.
13. Sí es Autónoma, ya que la
extinción de la acción penal no
lleva consigo la extinción de la
acción restaurativa que nazca del
mismo delito.
14. En los casos en que el ejercicio de la
acción penal no pueda proseguir por
rebeldía del imputado.
Por causas que suspenda el proceso.
Por enajenación mental sobreviniente
al infractor.
15. Libros
BARRIOS GONZÁLEZ, Boris. Estudio del Derecho Procesal Penal Panameño.
Editorial Jurídica Ancón. 5 Ed. Actualizada al 2012, Tomo 2, Capítulo 7, Páginas 493-
564.
MARISCAL B., Sonia y SORIANO M., Emixse. El Sistema Penal Acusatorio en
Panamá, Preguntas y Respuestas. Impreso en los Talleres de la Universidad de
Panamá. Panamá. 2012.
FOLLETOS
Alianza Ciudadana Pro Justicia. Manual Ciudadano del Nuevo Sistema Penal
Acusatorio. Panamá.
Alianza Ciudadana Pro Justicia. Hablemos sobre la Reforma de la Justicia
Panameña: Folleto de Educación Práctica. Elaborado por Álvarez, Maity. Panamá:
Alianza Ciudadana Pro Justicia, 2010.
Alianza Ciudadana Pro Justicia. Conozcamos la Mediación Penal en Panamá.
Elaborado por Pinder, Karla y Scandale Julia. Panamá: Alianza Ciudadana Pro
Justicia, 2012.
Códigos
Código Penal. Editorial Mizrachi & Pujol. Agosto 2012.
Código Procesal Penal. Editorial Mizrachi & Pujol. Agosto 2012.