Este documento resume las condiciones de los ERTE por causas económicas, técnicas, productivas u organizativas en España a partir de junio de 2020. Indica que las empresas que sigan en ERTE no tienen que hacer nada y finalizarán en la fecha acordada con los trabajadores. Además, describe las bonificaciones a la Seguridad Social de las que se beneficiarán las empresas en función del tamaño de la plantilla y el mes. Por último, señala que los trabajadores suspendidos seguirán cobrando la prestación por desempleo aunque no reúnan