Este decreto establece las directrices para regularizar y cerrar el primer semestre del año académico 2011 en la Universidad Católica del Norte después de una interrupción de las actividades académicas. Los estudiantes podrán optar por no regularizar o por regularizar mediante evaluaciones adicionales, actividades durante el período de regularización o cerrando las asignaturas con la calificación actual. El decreto también establece los plazos y procedimientos para la toma de decisiones de los estudiantes, las actividades de los profes
1. EXTRACTO DECRETO N° 60/2011
1° Oficializase a partir de esta fecha la regularización y el cierre del primer semestre del año
académico 2011.
2° Los estudiantes de la Universidad Católica del Norte podrán optar por no realizar
actividades académicas para la regularización y cierre del primer semestre del año
académico 2011 u optar por regularizar su trabajo académico del semestre referido.
3° En el caso de que un estudiante elija no realizar trabajo para regularizar y cerrar el primer
semestre del año académico 2011 se procederá a evaluar sus asignaturas en función de las
evaluaciones realizadas hasta la fecha en que se interrumpieron las actividades académicas
y calificando con nota mínima aquellas evaluaciones que se establezcan en cada asignatura
durante el periodo de regularización del primer semestre del año académico 2011.
4° Aquellos estudiantes que opten por realizar trabajo académico para regularizar y cerrar el
primer semestre del año académico 2011 se acogerán a los procedimientos señalados más
adelante.
5° El plazo para que los estudiantes manifiesten su opción de no regularizar o regularizar el
primer semestre de 2011, se iniciará el día 6 de octubre y finalizará el día 12 de octubre de
2011.
6° La Universidad Católica del Norte cumple de esta forma, bajo las condiciones excepcionales
que existen, con su compromiso académico del primer semestre del año académico 2011 y
es de responsabilidad de cada estudiante cumplir con el trabajo académico que esto
demande.
Así también, será responsabilidad de cada estudiante las implicancias en términos de
mantención de becas y beneficios y en el avance en su proceso formativo, asociadas a la
alternativa que elija de las señaladas en el considerando segundo de este Decreto.
7° El llamado a manifestar la opción de cada estudiante será habilitado en los servicios online
de la Universidad y comunicado a través del correo oficial de cada estudiante y en el sitio
web de la Universidad.
8° Se entenderá que aquellos estudiantes que no manifiesten su opción en el plazo establecido
en el considerando 5º, optan por no realizar trabajo académico para regularizar y cerrar el
primer semestre año académico 2011.
9° En el caso que un estudiante opte por regularizar y cerrar el primer semestre del año
académico 2011, se establecen las siguientes alternativas para el cierre académico de las
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2. asignaturas, dependiendo del avance logrado antes de la interrupción de las actividades
académicas y de la naturaleza de cada asignatura:
a. Cierre de la asignatura con trabajo realizado a la fecha. Este cierre requiere que se
hayan alcanzado, de acuerdo a criterio del profesor, al menos un 75% de los
resultados de aprendizaje esperados para la asignatura y que se hayan rendido al
menos dos evaluaciones parciales.
Este procedimiento se aplicará a aquellos estudiantes que presenten un promedio
superior a 4.0 y que explícitamente opten por cerrar la asignatura con su promedio
parcial a la fecha. El estudiante tiene derecho a optar por rendir evaluaciones
adicionales para mejorar su promedio de acuerdo al procedimiento señalado en la
letra b que sigue.
Este procedimiento de cierre será aplicable a asignaturas de formación general y de
naturaleza teórica.
b. Cierre con evaluación adicional. Podrá utilizarse en el caso que, a juicio del profesor,
se hayan alcanzado al menos un 75% de los resultados de aprendizaje; pero que
requieran de una evaluación adicional debido a que se cuenta con menos de dos
evaluaciones parciales o estas evaluaciones no sean suficientes para evaluar el
trabajo académico del estudiante. Este procedimiento se utilizará también, en el caso
de estudiantes que exhiban promedios inferiores a 4.0 en asignaturas en las que se
haya optado por aplicar el procedimiento descrito en la letra a o que exhibiendo una
nota promedio superior a 4.0 en esas asignaturas, deseen rendir una evaluación
adicional.
Este procedimiento se podrá utilizar en el caso de asignaturas de formación general,
asignaturas teóricas y asignaturas teórico-prácticas.
c. Cierre con actividades académicas y evaluaciones durante periodo de
regularización. Se aplicará a aquellas asignaturas que a juicio de profesor no
presenten un avance en términos de resultados de aprendizaje de al menos un 75% o
que por su naturaleza práctica requieran de un periodo adicional de actividades
académicas para completar un avance significativo de sus resultados de aprendizaje.
10° Los estudiantes que opten por regularizar el cierre de semestre podrán voluntariamente
renunciar, de manera excepcional a una de las asignaturas inscritas para el primer semestre
2011. Las implicancias de estas anulaciones en términos de avance en su proceso formativo
y mantención de becas y beneficios serán de responsabilidad del estudiante. El periodo
excepcional de renuncia de asignaturas estará comprendido entre el 13 y el 17 de octubre
de 2011.
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3. Las solicitudes especiales para renunciar a más de una asignatura deben contar con la
recomendación del Jefe de Carrera respectivo y presentarse a la Dirección General de
Docencia para su resolución final.
11° Cada Departamento académico o Escuela determinará en conjunto con sus profesores y el
Jefe de Carrera correspondiente, tanto la naturaleza de la asignatura –teórica, teórico-
práctica o práctica–, su estado de avance en términos de resultados de aprendizaje y notas,
y los procedimientos de cierre aplicables. Esta información será remitida a la Dirección
General de Docencia antes del 11 de octubre de 2011, para efectos de coordinar la logística
necesaria e informar a los estudiantes de los procedimientos de cierre disponibles en cada
asignatura. Dirección General de Docencia generará el instructivo correspondiente.
12° El periodo de regularización docente comenzará el día 11 de octubre y finalizará el día 11 de
noviembre del presente año. Durante ese periodo se desarrollarán actividades académicas
bajo las modalidades de e-learning, presencial o una combinación de las anteriores. En este
periodo se comprende tanto la realización de actividades docentes, como evaluaciones,
exámenes y exámenes recuperativos.
13° Para el año académico 2011 se modificarán la duración de los bloques de clases
presenciales, reduciéndose a una hora con diez minutos cada bloque. La diferencia de
tiempos en clases presenciales respecto a la duración tradicional de una hora con treinta
minutos, se transferirá al tiempo de trabajo personal del estudiante con lo que se mantiene
carga de trabajo total por asignatura y su creditaje. Los nuevos horarios utilizando esta
modificación se resumen en la siguiente tabla:
Horas Bloque Bloque antiguo
8:10-9:20 A 1-2
9:30-10:40 B 3-4
10:50-12:00 C Bloque adicional
12:10-13:20 D 5-6
13:30-14:40 E Almuerzo
14:50-16:00 F 7-8
16:10-17:20 G 9-10
17:30-18:40 H Bloque adicional
18:50-20:00 I 11-12
20:10-21:20 J 13-14
21:30-22:40 K 15-16
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4. 14° Se establece el siguiente calendario para el cierre para el primer semestre del año
académico 2011:
6 de octubre de 2011: Inicio de periodo de regularización para el cierre de asignaturas.
6 de octubre de 2011: Inicio del periodo para optar a cierre del primer semestre del año
académico 2011 por parte de los estudiantes de la Universidad Católica del Norte. Las
unidades académicas comienzan el proceso de definición del cierre académico de las
asignaturas.
11 de octubre de 2011: Término del plazo de recepción de información de cierre de cada
asignatura por parte de Departamentos y Escuelas.
12 de octubre de 2011: Término del plazo para que los estudiantes manifiesten su opción
de cierre del primer semestre de 2011 o su opción de no incorporarse a la regularización y
cierre ofrecido.
17 de octubre de 2011: Término del plazo para renunciar a asignaturas por parte de los
estudiantes que optaron por regularizar el primer semestre.
11 de noviembre de 2011: Término del periodo de normalización incluidas evaluaciones.
Cierre del primer semestre de 2011.
15° Las situaciones especiales o pruebas recuperativas sin resolverse antes del 11 de noviembre
de 2011 serán regularizadas por la vía de corrección de actas de calificaciones a partir del 14
de noviembre del presente año.
16° Los procedimientos complementarios específicos para implementar estas directrices serán
establecidos mediante instructivos de la Vicerrectoría Académica.
17° Cualquier aspecto académico no considerado en este decreto será resuelto por la
Vicerrectoría Académica.
Octubre 6, 2011.
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