SlideShare uma empresa Scribd logo
1 de 4
ETAPAS DEL PROCESO DE CONOCIMIENTO.
I. POSTULATORIA
Presentación de la demanda.
La demanda es admitida, de lo contrario, ha sido calificada como: (ART. 128 DEL CPC)
A. Inadmisible (si tiene defectos de forma subsanables) ART. 426 DEL CPC
B. Improcedente (si tiene defectos insubsanables). Normalmente la falta de interés procesal no se puede
subsanar dentro del mismo proceso una vez ya iniciado. Otros ejemplos son los casos no justiciables.
ART. 427 DEL CPC
Calificación Positiva:
La demanda es calificada de manera positiva y se admite a trámite cuando los requisitos de fondo y de forma
se han cumplido de manera correcta, en tal caso se da por ofrecido los medios probatorios y se corre traslado
de la demanda al demandado para que comparezca al proceso. ART. 430.
 Primera resolución: Se admite la demanda y se ordena que se notifique. ART. 431
DEL CPC.
Emplazamiento:
Notificar la demanda al demandado. (Se tiene que notificar en todos los casos en que corresponda). ART. 431
DEL CPC
En ciertos casos, se recurre a la utilización de edictos: Se notifica por este medio cuando se han agotado las
vías para poder localizar al demandado.
Contestación Tácita:
Rebeldía (Presunción relativa de la verdad de los hechos expuestos en la demanda) ARTÍCULO 461 Y 473 DEL
CPC.
ENTONCES: => JUZGAMIENTO ANTICIPADO
Defensa
Defensa de Fondo:
CONTESTACIÓN EXPRESA:
B. RECONOCIMIENTO => EXPIDE SENTENCIA
C. ALLANAMIENTO => EXPIDE SENTENCIA
D. ACEPTA LOS HECHOS, NO EL DERECHO =>JUZGAMIENTO ANTICIPADO
E. NIEGA LOS HECHOS Y EL DERECHO => SE DESARROLLA TODAS LAS ETAPAS DEL
PROCESO.
 TREINTA DIAS PARA CONTESTAR LA DEMANDA Y RECONVENIR.
 TREINTA DÍAS PARA ABSOLVER EL TRASLADO DE LA RECONVENCIÓN.
 DIEZ DIAS PARA OFRECER MEDIOS PROBATORIOS SI EN LA CONTESTACIÓN SE INVOCA HECHOS
NO EXPUESTOS EN LA DEMANDA O EN LA RECONVENCIÓN. CONFORME AL ARTÍCULO 440 DEL
CPC.
Defensa de Forma:
EXCEPCIONES: DILATORIAS Y PERENTORIAS.
DEFENSA PREVIA: DEFENSAS PREVIAS: LEGALES (BENEFICIO DE EXCUSIÓNM Y BENEFICIO DE
INVENTARIO) Y CONVENCIONALES.
 DIEZ DÍAS PARA INTERPONER EXCEPCIONES O DEFENSAS PREVIAS, CONTADOS DESDE LA
NOTIFICACIÓN DE LA DEMANDA O DE LA RECONVENCIÓN.
 DIEZ DIAS PARA ABSOLVER EL TRASLADO DE LAS EXCEPCIONES O DEFENSAS PREVIAS.
 Segunda resolución: El juez confirma que la demanda ha sido contestada por el
demandado.
Saneamiento Procesal.-
El Juez verifica 4 aspectos:
1) Presupuestos procesales:
a. Competencia jurisdiccional
b. Capacidad procesal
c. Requisitos de la demanda.
2) Condiciones de la acción:
a. Legitimidad para obrar
b. Interés para obrar.
3) Emplazamiento válido.
4) Inexistencia de otros vicios de nulidad (subsanables o insubsanables)
Y Puede pronunciarse estableciendo:
1. Conclusión del proceso por invalidez insubsanable de la relación, precisando sus efectos. Art. 465 Inc.
2 del CPC.
2. Suspensión del proceso hasta que se subsane los defectos de la relación jurídica procesal, de
naturaleza subsanable =>concediendo un plazo máximo de 10 días, a efecto de subsanarlo. Art. 465
Inc. 3 del CPC.}
 DIEZ DÍAS PARA SUBSANAR LOS DEFECTOS ADVERTIDOS EN LA RELACIÓN
PROCESAL, CONFORME AL ARTICULO 465.
- No subsana.- declara nulo y consiguiente conclusión. Art.
465 Segundo Párrafo del CPC.
- Si subsana entonces el juez declara saneado el proceso
por existir una relación jurídica procesal válida. Art. 465
Segundo Párrafo del CPC.
3. Continuación del proceso.-el juez declara la existencia de una relación jurídica
procesal válida. Art. 465 Inc. 1 del CPC.
ENTONCES: => Expide un Auto de Saneamiento.
Audiencias de: Conciliación, fijación de Puntos Controvertidos, Saneamiento Probatorio y Actuación de
Medios Probatorios de Cuestiones Probatorias
(El Art. 449 del CPC Modificado por Ley 29057 elimina la audiencia de saneamiento; el juez resolverá las
excepciones sin más, dentro de los 10 días de absuelto el traslado o transcurrido el plazo para hacerlo, de esta
manera se busca eliminar la demora que puede significar la audiencia de saneamiento)
Art. 468.- Fijación de puntos controvertidos y saneamiento probatorio.-
Expedido el auto de saneamiento procesal, las partes dentro del tercero día de notificadas propondrán al juez
por escrito los puntos controvertidos, vencido este plazo con o sin la propuesta de las partes el juez procederá a
fijar los puntos controvertidos y la declaración de admisión o rechazo según sea el caso, de los medios
probatorios ofrecidos. Solo cuando la actuación de los medios probatorios admitidos lo requiera el juez
señalará día y hora para la realización de la Audiencia de Pruebas.
 CINCO DÍAS PARA INTERPONER TACHAS U OPOSICIONES A LOS MEDIOS
PROBATORIOS, CONTADOS DESDE LA NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN
QUE LOS TIENE POR OFRECIDOS.
 CINCO DÍAS PARA ABSOLVER LAS TACHAS U OPOSICIONES
Saneamiento probatorio.-
Una vez fijada los puntos controvertidos, los hechos que son materia de prueba y que son determinantes para
ver si deben desencadenarse la aplicación de la consecuencia jurídica o no, el juez selecciona que medios de
prueba es legal, idóneo y útil para alcanzar el esclarecimiento.
El juez debe verificar si los medios probatorios son aptos jurídicamente, para lo cual examina minuciosamente si
estos cumplen con los requisitos intrínsecos y extrínsecos, estos es: el juez hace un juicio de procedencia y
admisibilidad:
1. Requisitos intrínsecos.- referidos al mismo medio probatorio y su objeto:
 Conducencia de la prueba.
 Pertinencia.
 Utilidad.
2. Requisitos extrínsecos.- circunstancia que guarden alguna vinculación con él y lo perfeccionen:
 Formalidades exigibles para la prueba.
 Limitaciones para el ofrecimiento de un medio probatorio.
 Competencia del juzgador.
 Oportunidad de la prueba
Juicios.-
El juez mérita tanto los elementos formales del medio probatorio como los elementos sustanciales del
medio probatorio.
1) Juicio de procedencia: referido al mismo medio probatorio e incluye su objeto. Juicio de conducencia,
pertinencia y utilidad.
2) Juicio de Admisibilidad: este juicio trata sobre las circunstancias que guardan alguna relación con el
medio probatorio y lo perfeccionan. Se verifica los requisitos de forma.
Elasticidad.-
Artículo 201.- Defecto de forma: el defecto de forma en el ofrecimiento del medio probatorio no invalida este si
cumple su finalidad.
Siempre y cuando los requisitos exigidos, no sean de orden público y de obligatorio cumplimiento.
II. PROBATORIA
En esta fase, las pruebas admitidas son actuadas.
III. DECISORIA / RESOLUTORIA
En esta fase, el juez revisa lo que las partes han alegado en la demanda y la contestación, y a la luz de los medios
probatorios, realiza la subsunción; esto es, revisar qué hechos están acreditados, y establecer qué normas de derecho
material son aplicables, para finalmente decidir quién tiene la razón, emitiendo una sentencia.
IV. IMPUGNATORIA
La parte que ha perdido el proceso puede cuestionar la decisión de primera instancia, mediante el recurso de
impugnación.
V. EJECUCIÓN
Finalmente, cuando la decisión judicial ha recorrido toda la etapa de revisiones posibles y ha adquirido firmeza y calidad
de cosa juzgada (es decir, ya no puede ser cuestionada), se ejecutan la sentencia.

Mais conteúdo relacionado

Mais procurados

Conducencia pertinencia y utilidad de la prueba
Conducencia pertinencia y utilidad de la pruebaConducencia pertinencia y utilidad de la prueba
Conducencia pertinencia y utilidad de la pruebaLeo WilMar
 
MODELO DE DEMANDA DE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO
MODELO DE DEMANDA DE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINEROMODELO DE DEMANDA DE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO
MODELO DE DEMANDA DE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINEROMassey Abogados (Oscar Massey)
 
CONTESTACION DE DEMANDA DE DESALOJO POR OCUPANTE PRECARIO
CONTESTACION DE DEMANDA DE DESALOJO POR OCUPANTE PRECARIOCONTESTACION DE DEMANDA DE DESALOJO POR OCUPANTE PRECARIO
CONTESTACION DE DEMANDA DE DESALOJO POR OCUPANTE PRECARIOMiguelAngelAvilesSea
 
Conclusion del Proceso con Declaracion de Fondo
Conclusion del Proceso con Declaracion de FondoConclusion del Proceso con Declaracion de Fondo
Conclusion del Proceso con Declaracion de Fondocqam
 
2. relacion jurídica procesal
2. relacion jurídica procesal2. relacion jurídica procesal
2. relacion jurídica procesalJose Ramos Flores
 
La ejecucion Forzada - Flores Dios Fiorella
La ejecucion Forzada - Flores Dios FiorellaLa ejecucion Forzada - Flores Dios Fiorella
La ejecucion Forzada - Flores Dios FiorellaFiorella Flowers
 
Modelo de solicitud de medida cautelar de secuestro de vehículo autor josé m...
Modelo de solicitud de medida cautelar de secuestro de vehículo  autor josé m...Modelo de solicitud de medida cautelar de secuestro de vehículo  autor josé m...
Modelo de solicitud de medida cautelar de secuestro de vehículo autor josé m...Corporación Hiram Servicios Legales
 
ETAPA POSTULATORIA DEL PROCESO CIVIL - LA DEMANDA
ETAPA POSTULATORIA DEL PROCESO CIVIL - LA DEMANDAETAPA POSTULATORIA DEL PROCESO CIVIL - LA DEMANDA
ETAPA POSTULATORIA DEL PROCESO CIVIL - LA DEMANDARonald Lobaton
 
Prueba anticipada
Prueba anticipadaPrueba anticipada
Prueba anticipadaJhaja DC
 
Solicito auto de saneamiento procesal remitir a la fiscalia
Solicito auto de saneamiento procesal   remitir a la fiscaliaSolicito auto de saneamiento procesal   remitir a la fiscalia
Solicito auto de saneamiento procesal remitir a la fiscaliaYoni Farfan Yaguana
 
Demanda de filiacion extramatrimonial
Demanda de filiacion extramatrimonialDemanda de filiacion extramatrimonial
Demanda de filiacion extramatrimonialJohnny Curioso Caycho
 
Teoria argumentacion juridica
Teoria argumentacion juridicaTeoria argumentacion juridica
Teoria argumentacion juridicaRam Cerv
 

Mais procurados (20)

Conducencia pertinencia y utilidad de la prueba
Conducencia pertinencia y utilidad de la pruebaConducencia pertinencia y utilidad de la prueba
Conducencia pertinencia y utilidad de la prueba
 
Proceso Unico De EjecucióN
Proceso Unico De EjecucióNProceso Unico De EjecucióN
Proceso Unico De EjecucióN
 
MODELO DE DEMANDA DE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO
MODELO DE DEMANDA DE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINEROMODELO DE DEMANDA DE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO
MODELO DE DEMANDA DE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO
 
El proceso penal
El proceso penalEl proceso penal
El proceso penal
 
Modelo de demanda de interdicto de recobrar
Modelo de demanda de interdicto de recobrarModelo de demanda de interdicto de recobrar
Modelo de demanda de interdicto de recobrar
 
Modelo de demanda de desalojo
Modelo de demanda de desalojoModelo de demanda de desalojo
Modelo de demanda de desalojo
 
CONTESTACION DE DEMANDA DE DESALOJO POR OCUPANTE PRECARIO
CONTESTACION DE DEMANDA DE DESALOJO POR OCUPANTE PRECARIOCONTESTACION DE DEMANDA DE DESALOJO POR OCUPANTE PRECARIO
CONTESTACION DE DEMANDA DE DESALOJO POR OCUPANTE PRECARIO
 
Conclusion del Proceso con Declaracion de Fondo
Conclusion del Proceso con Declaracion de FondoConclusion del Proceso con Declaracion de Fondo
Conclusion del Proceso con Declaracion de Fondo
 
2. relacion jurídica procesal
2. relacion jurídica procesal2. relacion jurídica procesal
2. relacion jurídica procesal
 
Escrito contestacion dem.
Escrito contestacion dem.Escrito contestacion dem.
Escrito contestacion dem.
 
Divorcio por separacion de hecho
Divorcio por separacion de hechoDivorcio por separacion de hecho
Divorcio por separacion de hecho
 
Derecho procesal civil ii (i unidad)
Derecho procesal civil ii (i unidad)Derecho procesal civil ii (i unidad)
Derecho procesal civil ii (i unidad)
 
La ejecucion Forzada - Flores Dios Fiorella
La ejecucion Forzada - Flores Dios FiorellaLa ejecucion Forzada - Flores Dios Fiorella
La ejecucion Forzada - Flores Dios Fiorella
 
Demandas (MODELOS) PERU
Demandas (MODELOS) PERU Demandas (MODELOS) PERU
Demandas (MODELOS) PERU
 
Modelo de solicitud de medida cautelar de secuestro de vehículo autor josé m...
Modelo de solicitud de medida cautelar de secuestro de vehículo  autor josé m...Modelo de solicitud de medida cautelar de secuestro de vehículo  autor josé m...
Modelo de solicitud de medida cautelar de secuestro de vehículo autor josé m...
 
ETAPA POSTULATORIA DEL PROCESO CIVIL - LA DEMANDA
ETAPA POSTULATORIA DEL PROCESO CIVIL - LA DEMANDAETAPA POSTULATORIA DEL PROCESO CIVIL - LA DEMANDA
ETAPA POSTULATORIA DEL PROCESO CIVIL - LA DEMANDA
 
Prueba anticipada
Prueba anticipadaPrueba anticipada
Prueba anticipada
 
Solicito auto de saneamiento procesal remitir a la fiscalia
Solicito auto de saneamiento procesal   remitir a la fiscaliaSolicito auto de saneamiento procesal   remitir a la fiscalia
Solicito auto de saneamiento procesal remitir a la fiscalia
 
Demanda de filiacion extramatrimonial
Demanda de filiacion extramatrimonialDemanda de filiacion extramatrimonial
Demanda de filiacion extramatrimonial
 
Teoria argumentacion juridica
Teoria argumentacion juridicaTeoria argumentacion juridica
Teoria argumentacion juridica
 

Semelhante a Tramite del proceso de conocimiento

ESTRUCTURA DEL PROCESO CIVIL PERUANO. JOSE RAMOS FLORES
ESTRUCTURA DEL PROCESO CIVIL PERUANO. JOSE RAMOS FLORESESTRUCTURA DEL PROCESO CIVIL PERUANO. JOSE RAMOS FLORES
ESTRUCTURA DEL PROCESO CIVIL PERUANO. JOSE RAMOS FLORESJose Ramos Flores
 
Mapa conceptual yenitza rodriguez
Mapa conceptual yenitza rodriguezMapa conceptual yenitza rodriguez
Mapa conceptual yenitza rodriguezyenitza27
 
Apuntes de derecho procesal civil ii
Apuntes de derecho procesal civil iiApuntes de derecho procesal civil ii
Apuntes de derecho procesal civil iiYesi Chiquita
 
procs pnl n l nvo cd. asdasdasdasdasd.pdf
procs pnl n l nvo cd. asdasdasdasdasd.pdfprocs pnl n l nvo cd. asdasdasdasdasd.pdf
procs pnl n l nvo cd. asdasdasdasdasd.pdfDavidCuevaFuster
 
ETAPA-INTERMEDIA-AUDIENCIA-DE-CONTROL-DE-ACUSACIÓN.pdf
ETAPA-INTERMEDIA-AUDIENCIA-DE-CONTROL-DE-ACUSACIÓN.pdfETAPA-INTERMEDIA-AUDIENCIA-DE-CONTROL-DE-ACUSACIÓN.pdf
ETAPA-INTERMEDIA-AUDIENCIA-DE-CONTROL-DE-ACUSACIÓN.pdfMartinGutierrez338369
 
TAREA 2 - ANALISIS ART 368 - 372 - 372 CODIGO GENERAL DEL PROCESO.pdf
TAREA 2 - ANALISIS ART 368 - 372 - 372 CODIGO GENERAL DEL PROCESO.pdfTAREA 2 - ANALISIS ART 368 - 372 - 372 CODIGO GENERAL DEL PROCESO.pdf
TAREA 2 - ANALISIS ART 368 - 372 - 372 CODIGO GENERAL DEL PROCESO.pdfCapitan Diaz
 
Recurso apelacion1
Recurso apelacion1Recurso apelacion1
Recurso apelacion1calacademica
 
Recurso apelacion1
Recurso apelacion1Recurso apelacion1
Recurso apelacion1calacademica
 
Cuadro sinoptico. lapso probatorios del juicio ordinario
Cuadro sinoptico. lapso probatorios del juicio ordinarioCuadro sinoptico. lapso probatorios del juicio ordinario
Cuadro sinoptico. lapso probatorios del juicio ordinarioRosmaryVizcaya
 
CAPACITACIÓN-COGEP.pdf
CAPACITACIÓN-COGEP.pdfCAPACITACIÓN-COGEP.pdf
CAPACITACIÓN-COGEP.pdfAlexa116894
 

Semelhante a Tramite del proceso de conocimiento (20)

ESTRUCTURA DEL PROCESO CIVIL PERUANO. JOSE RAMOS FLORES
ESTRUCTURA DEL PROCESO CIVIL PERUANO. JOSE RAMOS FLORESESTRUCTURA DEL PROCESO CIVIL PERUANO. JOSE RAMOS FLORES
ESTRUCTURA DEL PROCESO CIVIL PERUANO. JOSE RAMOS FLORES
 
LA ETAPA INTERMEDIA.pdf
LA ETAPA INTERMEDIA.pdfLA ETAPA INTERMEDIA.pdf
LA ETAPA INTERMEDIA.pdf
 
Mapa conceptual yenitza rodriguez
Mapa conceptual yenitza rodriguezMapa conceptual yenitza rodriguez
Mapa conceptual yenitza rodriguez
 
El juicio ordinario
El juicio ordinarioEl juicio ordinario
El juicio ordinario
 
Apuntes de derecho procesal civil ii
Apuntes de derecho procesal civil iiApuntes de derecho procesal civil ii
Apuntes de derecho procesal civil ii
 
23 11
23 1123 11
23 11
 
123
123123
123
 
23 11
23 1123 11
23 11
 
Primero
PrimeroPrimero
Primero
 
procs pnl n l nvo cd. asdasdasdasdasd.pdf
procs pnl n l nvo cd. asdasdasdasdasd.pdfprocs pnl n l nvo cd. asdasdasdasdasd.pdf
procs pnl n l nvo cd. asdasdasdasdasd.pdf
 
ETAPA-INTERMEDIA-AUDIENCIA-DE-CONTROL-DE-ACUSACIÓN.pdf
ETAPA-INTERMEDIA-AUDIENCIA-DE-CONTROL-DE-ACUSACIÓN.pdfETAPA-INTERMEDIA-AUDIENCIA-DE-CONTROL-DE-ACUSACIÓN.pdf
ETAPA-INTERMEDIA-AUDIENCIA-DE-CONTROL-DE-ACUSACIÓN.pdf
 
TAREA 2 - ANALISIS ART 368 - 372 - 372 CODIGO GENERAL DEL PROCESO.pdf
TAREA 2 - ANALISIS ART 368 - 372 - 372 CODIGO GENERAL DEL PROCESO.pdfTAREA 2 - ANALISIS ART 368 - 372 - 372 CODIGO GENERAL DEL PROCESO.pdf
TAREA 2 - ANALISIS ART 368 - 372 - 372 CODIGO GENERAL DEL PROCESO.pdf
 
123
123123
123
 
Recurso apelacion1
Recurso apelacion1Recurso apelacion1
Recurso apelacion1
 
Recurso apelacion1
Recurso apelacion1Recurso apelacion1
Recurso apelacion1
 
Procedimiento laboral oral2
Procedimiento laboral oral2Procedimiento laboral oral2
Procedimiento laboral oral2
 
Final
FinalFinal
Final
 
Fase instrucción de la causa
Fase instrucción de la causaFase instrucción de la causa
Fase instrucción de la causa
 
Cuadro sinoptico. lapso probatorios del juicio ordinario
Cuadro sinoptico. lapso probatorios del juicio ordinarioCuadro sinoptico. lapso probatorios del juicio ordinario
Cuadro sinoptico. lapso probatorios del juicio ordinario
 
CAPACITACIÓN-COGEP.pdf
CAPACITACIÓN-COGEP.pdfCAPACITACIÓN-COGEP.pdf
CAPACITACIÓN-COGEP.pdf
 

Tramite del proceso de conocimiento

  • 1. ETAPAS DEL PROCESO DE CONOCIMIENTO. I. POSTULATORIA Presentación de la demanda. La demanda es admitida, de lo contrario, ha sido calificada como: (ART. 128 DEL CPC) A. Inadmisible (si tiene defectos de forma subsanables) ART. 426 DEL CPC B. Improcedente (si tiene defectos insubsanables). Normalmente la falta de interés procesal no se puede subsanar dentro del mismo proceso una vez ya iniciado. Otros ejemplos son los casos no justiciables. ART. 427 DEL CPC Calificación Positiva: La demanda es calificada de manera positiva y se admite a trámite cuando los requisitos de fondo y de forma se han cumplido de manera correcta, en tal caso se da por ofrecido los medios probatorios y se corre traslado de la demanda al demandado para que comparezca al proceso. ART. 430.  Primera resolución: Se admite la demanda y se ordena que se notifique. ART. 431 DEL CPC. Emplazamiento: Notificar la demanda al demandado. (Se tiene que notificar en todos los casos en que corresponda). ART. 431 DEL CPC En ciertos casos, se recurre a la utilización de edictos: Se notifica por este medio cuando se han agotado las vías para poder localizar al demandado. Contestación Tácita: Rebeldía (Presunción relativa de la verdad de los hechos expuestos en la demanda) ARTÍCULO 461 Y 473 DEL CPC. ENTONCES: => JUZGAMIENTO ANTICIPADO Defensa Defensa de Fondo: CONTESTACIÓN EXPRESA: B. RECONOCIMIENTO => EXPIDE SENTENCIA C. ALLANAMIENTO => EXPIDE SENTENCIA D. ACEPTA LOS HECHOS, NO EL DERECHO =>JUZGAMIENTO ANTICIPADO E. NIEGA LOS HECHOS Y EL DERECHO => SE DESARROLLA TODAS LAS ETAPAS DEL PROCESO.  TREINTA DIAS PARA CONTESTAR LA DEMANDA Y RECONVENIR.
  • 2.  TREINTA DÍAS PARA ABSOLVER EL TRASLADO DE LA RECONVENCIÓN.  DIEZ DIAS PARA OFRECER MEDIOS PROBATORIOS SI EN LA CONTESTACIÓN SE INVOCA HECHOS NO EXPUESTOS EN LA DEMANDA O EN LA RECONVENCIÓN. CONFORME AL ARTÍCULO 440 DEL CPC. Defensa de Forma: EXCEPCIONES: DILATORIAS Y PERENTORIAS. DEFENSA PREVIA: DEFENSAS PREVIAS: LEGALES (BENEFICIO DE EXCUSIÓNM Y BENEFICIO DE INVENTARIO) Y CONVENCIONALES.  DIEZ DÍAS PARA INTERPONER EXCEPCIONES O DEFENSAS PREVIAS, CONTADOS DESDE LA NOTIFICACIÓN DE LA DEMANDA O DE LA RECONVENCIÓN.  DIEZ DIAS PARA ABSOLVER EL TRASLADO DE LAS EXCEPCIONES O DEFENSAS PREVIAS.  Segunda resolución: El juez confirma que la demanda ha sido contestada por el demandado. Saneamiento Procesal.- El Juez verifica 4 aspectos: 1) Presupuestos procesales: a. Competencia jurisdiccional b. Capacidad procesal c. Requisitos de la demanda. 2) Condiciones de la acción: a. Legitimidad para obrar b. Interés para obrar. 3) Emplazamiento válido. 4) Inexistencia de otros vicios de nulidad (subsanables o insubsanables) Y Puede pronunciarse estableciendo: 1. Conclusión del proceso por invalidez insubsanable de la relación, precisando sus efectos. Art. 465 Inc. 2 del CPC. 2. Suspensión del proceso hasta que se subsane los defectos de la relación jurídica procesal, de naturaleza subsanable =>concediendo un plazo máximo de 10 días, a efecto de subsanarlo. Art. 465 Inc. 3 del CPC.}  DIEZ DÍAS PARA SUBSANAR LOS DEFECTOS ADVERTIDOS EN LA RELACIÓN PROCESAL, CONFORME AL ARTICULO 465. - No subsana.- declara nulo y consiguiente conclusión. Art. 465 Segundo Párrafo del CPC. - Si subsana entonces el juez declara saneado el proceso por existir una relación jurídica procesal válida. Art. 465 Segundo Párrafo del CPC.
  • 3. 3. Continuación del proceso.-el juez declara la existencia de una relación jurídica procesal válida. Art. 465 Inc. 1 del CPC. ENTONCES: => Expide un Auto de Saneamiento. Audiencias de: Conciliación, fijación de Puntos Controvertidos, Saneamiento Probatorio y Actuación de Medios Probatorios de Cuestiones Probatorias (El Art. 449 del CPC Modificado por Ley 29057 elimina la audiencia de saneamiento; el juez resolverá las excepciones sin más, dentro de los 10 días de absuelto el traslado o transcurrido el plazo para hacerlo, de esta manera se busca eliminar la demora que puede significar la audiencia de saneamiento) Art. 468.- Fijación de puntos controvertidos y saneamiento probatorio.- Expedido el auto de saneamiento procesal, las partes dentro del tercero día de notificadas propondrán al juez por escrito los puntos controvertidos, vencido este plazo con o sin la propuesta de las partes el juez procederá a fijar los puntos controvertidos y la declaración de admisión o rechazo según sea el caso, de los medios probatorios ofrecidos. Solo cuando la actuación de los medios probatorios admitidos lo requiera el juez señalará día y hora para la realización de la Audiencia de Pruebas.  CINCO DÍAS PARA INTERPONER TACHAS U OPOSICIONES A LOS MEDIOS PROBATORIOS, CONTADOS DESDE LA NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN QUE LOS TIENE POR OFRECIDOS.  CINCO DÍAS PARA ABSOLVER LAS TACHAS U OPOSICIONES Saneamiento probatorio.- Una vez fijada los puntos controvertidos, los hechos que son materia de prueba y que son determinantes para ver si deben desencadenarse la aplicación de la consecuencia jurídica o no, el juez selecciona que medios de prueba es legal, idóneo y útil para alcanzar el esclarecimiento. El juez debe verificar si los medios probatorios son aptos jurídicamente, para lo cual examina minuciosamente si estos cumplen con los requisitos intrínsecos y extrínsecos, estos es: el juez hace un juicio de procedencia y admisibilidad: 1. Requisitos intrínsecos.- referidos al mismo medio probatorio y su objeto:  Conducencia de la prueba.  Pertinencia.  Utilidad. 2. Requisitos extrínsecos.- circunstancia que guarden alguna vinculación con él y lo perfeccionen:  Formalidades exigibles para la prueba.  Limitaciones para el ofrecimiento de un medio probatorio.  Competencia del juzgador.  Oportunidad de la prueba Juicios.- El juez mérita tanto los elementos formales del medio probatorio como los elementos sustanciales del medio probatorio.
  • 4. 1) Juicio de procedencia: referido al mismo medio probatorio e incluye su objeto. Juicio de conducencia, pertinencia y utilidad. 2) Juicio de Admisibilidad: este juicio trata sobre las circunstancias que guardan alguna relación con el medio probatorio y lo perfeccionan. Se verifica los requisitos de forma. Elasticidad.- Artículo 201.- Defecto de forma: el defecto de forma en el ofrecimiento del medio probatorio no invalida este si cumple su finalidad. Siempre y cuando los requisitos exigidos, no sean de orden público y de obligatorio cumplimiento. II. PROBATORIA En esta fase, las pruebas admitidas son actuadas. III. DECISORIA / RESOLUTORIA En esta fase, el juez revisa lo que las partes han alegado en la demanda y la contestación, y a la luz de los medios probatorios, realiza la subsunción; esto es, revisar qué hechos están acreditados, y establecer qué normas de derecho material son aplicables, para finalmente decidir quién tiene la razón, emitiendo una sentencia. IV. IMPUGNATORIA La parte que ha perdido el proceso puede cuestionar la decisión de primera instancia, mediante el recurso de impugnación. V. EJECUCIÓN Finalmente, cuando la decisión judicial ha recorrido toda la etapa de revisiones posibles y ha adquirido firmeza y calidad de cosa juzgada (es decir, ya no puede ser cuestionada), se ejecutan la sentencia.