2. 1) Contrato Consensual.- Es aquel que se
perfecciona por la mera voluntad explícita en
la manifestación del consentimiento de las
partes contratantes. El consentimiento no
puede tenerse por sobreentendido ni cabe
por omisión, siendo estrictamente necesario
que se manifieste de forma expresa. El
contrato consensual se contrapone al
solemne, para cuya validez la ley prescribe
formas especiales indispensables.
3. 2) Gestionar.-Hacer las gestiones
necesarias para conseguir o resolver una
cosa.
Ejemplo:
"el notario gestionó el asunto de la
herencia"
4. 3) Constituir.- Formar, componer: constituir una familia,
uno.
Ser: esto no constituye una falta.
Hacer: le constituyó heredero.
Organizar: constituir una sociedad.
Establecer: constituir una pensión.
Asumir una obligación, un cargo o cuidado: constituirse
en fiador, en guardador.
5. 4) Vincular.-Unión o relación no material,
sobre todo cuando se establece entre dos
personas
6. 5) Rescisión.- Es un concepto que hace referencia al
negocio jurídico por el que se deja sin efecto, mediante
declaración judicial, un negocio, contrato o acto
jurídico. También conocida como la acción de nulidad
de los contratos o negocios jurídicos, y en derecho
notarial, como acción proforma.
Se entiende principalmente con respecto a los
contratos, negocios o actos jurídicos que están
afectados de la nulidad relativa, de la cual en la
mayoría de las legislaciones anglosajonas, solo le es
permitida intentarla a la persona en cuyo favor se ha
establecido, a menos que sea ésta la que reporta un
provecho o enriquecimiento.
8. 7) Portente.- Persona, cosa o hecho que
produce admiración por tener cualidades
excepcionales o por sobresalir dentro de
los de su género.
9. 8) Provengan.- Prevenir algún acontecimiento.
9) Contractualista.-Término derivado de la palabra
contrato) es una corriente moderna de filosofía política
y del derecho, que piensa el origen de la sociedad y
del Estado como un contrato original entre humanos,
por el cual se acepta una limitación de las libertades a
cambio de leyes que garanticen la perpetuación y
ciertas ventajas del cuerpo social. No es una doctrina
política única o uniforme, sino un conjunto de ideas con
un nexo común, si bien extremadamente adaptable a
diferentes contextos, lo que explica su vitalidad y su
capacidad para ir evolucionando y redefiniéndose
hasta la actualidad.
10. 10) Compañías atípicas.- Que se aparta de
las características representativas del
género a que pertenece.
11. 11) Objetividad.- La objetividad es la
cualidad de lo objetivo, de tal forma que
es perteneciente o relativo al objeto en sí
mismo, con independencia de la propia
manera de pensar o de sentir (o de las
condiciones de observación) que pueda
tener cualquier sujeto que lo observe o
considere
12. 12) Peculiar.- Que es propio y único de
una persona o una cosa.
Ejemplo:
Tiene un modo peculiar de hablar
Esta fruta tiene un sabor muy peculiar.
13. 13) Anagrama.- Un anagrama (del griego
ἀνά -ana-, prefijo que significa "de vuelta",
y γράμμα -gramma-, "letra") es una
palabra o frase que resulta de la
transposición de letras de otra palabra o
frase.
Por ejemplo:
AMOR - ROMA - OMAR - MORA - RAMO -
ARMO - MARO
14. 14) Factor.- Elemento o circunstancia que
contribuye, junto con otras cosas, a
producir un resultado.
Ejemplo:
el ejercicio físico es un factor decisivo en
la calidad de vida.
15. 15) Sujetarse.- Mantenerse a una norma o
cosa establecida y seguirla de acuerdo a
como se decidio.
16) Subrogar.- La subrogación es un término
empleado en Derecho relacionado con la
delegación o reemplazo de competencias
hacia otros; es un tipo de sucesión. Se trata de
un negocio jurídico mediante el cual una
persona sustituye a otra en una obligación.
16. 17) Vicio.- Un vicio es todo palabra puede
referirse también a una falta, a un defecto,
a una enfermedad o tan sólo a un mal
hábito. Algunos sinónimos de este término
son: falta, depravación, exceso, mala
costumbre, afición, desviación.
17. 18) Capitalización.- Fijación del capital
que corresponde a determinado
rendimiento o interés, que depende del
tipo que se adopte para el cálculo.
18. 19) Personería Jurídica.- a personería
jurídica o personalidad jurídica es el
reconocimiento a un ser humano, una
organización, una empresa u otro tipo de
entidad para asumir una actividad o una
obligación que produce una plena
responsabilidad desde la mirada jurídica,
tanto frente a sí mismo como respecto a
otros.
19. 20) Ambigüedad.- Posibilidad de que algo
pueda entenderse de varias maneras
modos o de que admita distintas
interpretaciones.